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– XI Congreso Argentino de Antropología Social – Facultad de Humanidades y Artes – UNR – Rosario, Argentina 1 XI Congreso Argentino de Antropología Social Rosario, 23 al 26 de Julio de 2014 GRUPO DE TRABAJO GT59-De ecologías y conservaciones: la relación naturaleza-cultura en la antropología reciente TÍTULO DE TRABAJO Visiones con respecto al destino de los bosques nativos de Salta en tanto ‘bien común’. Nombre y apellido. Institución de pertenencia. María Constanza Casalderrey Zapata. Universidad de Buenos Aires

Casaldelrrey y Zapata

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    XI Congreso Argentino de Antropologa Social

    Rosario, 23 al 26 de Julio de 2014

    GRUPO DE TRABAJO

    GT59-De ecologas y conservaciones: la relacin naturaleza-cultura en la antropologa reciente

    TTULO DE TRABAJO

    Visiones con respecto al destino de los bosques nativos de Salta en tanto bien comn.

    Nombre y apellido. Institucin de pertenencia.

    Mara Constanza Casalderrey Zapata. Universidad de Buenos Aires

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    Introduccin

    Desde hace ya varias dcadas, tanto desde el mundo de los movimientos

    sociales como desde la comunidad acadmica, el debate en torno a la relacin del

    hombre con la naturaleza viene cobrando cada vez ms auge. El creciente inters

    en esta temtica proviene en gran parte de la intensificacin de la crisis

    climtica/ambiental, entendida como resultado de la racionalidad productiva

    hegemnica que sustenta al modo de produccin capitalista. Ya son varios los

    autores que han buscado, desde diferentes corrientes tericas, explicar cmo y

    por qu este modelo productivo es particularmente destructivo para el medio

    ambiente natural (Leff 2004; Martnez Alier 2002; OConnor 1998). En este

    trabajo, partimos de considerar al modelo neo-extractivista progresista (Gudynas

    2009) que se viene desarrollando en Amrica Latina, como la continuacin

    incluso profundizacinde lo que David Harvey da en llamar modelo de

    acumulacin mediante desposesin (Harvey 2005). Este implica la desposesin

    fsica que el Capital ejerce sobre los hombres al despojarlos de sus medios de

    produccin y de vida, pero adems supone o se sustenta en una forma particular

    de concebir la relacin del hombre con la naturaleza. En palabras de Gudynas se

    mantiene un estilo de desarrollo basado en la apropiacin de la Naturaleza (2009:

    188).

    Lo que nos proponemos hacer en este trabajo es reflexionar cmo, en el marco de

    un Estado que se reconoce culturalmente diverso, se logra mantener una forma

    determinada de concebir la relacin del hombre con el medio, que es la que

    posibilita o sustenta al modelo neo-extractivista. Se hace esto en detrimento de

    otras formas de ver la naturaleza, de relacionarnos con el medio? Cmo hace el

    Estado para legitimar el modelo neo-extractivista, si es que efectivamente as lo

    hace, y al mismo tiempo cumplir con su deber de asegurar el derecho a la

    diferencia? Para esto, analizamos los argumentos esgrimidos tanto por la parte

    actora (campesinos e indgenas) como por la parte demandada (Estado Nacional y

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    Provincial) durante la audiencia pblica llevada a cabo en el marco de la causa

    Salas, Dino y otros vs. Provincia de Salta y Estado Nacional en la Corte Suprema

    de Justicia de la Nacin. Consideramos que este caso puso en evidencia la

    existencia de conflictos socio-ambientales en Argentina que disputan no slo el

    tipo de uso que debe hacerse de los recursos naturales, sino la definicin misma

    de La Naturaleza ya no slo como recurso sino en tanto bien comn,

    llamndonos as a pensar la posibilidad de una verdadera poltica de la

    diferencia.

    El neo-extractivismo

    En el transcurso de la ltima dcada hemos visto surgir en Latinoamrica

    gobiernos que se dicen progresistas. Gobiernos que han ampliado la obtencin de

    derechos a poblaciones marginalizadas, que buscan hacer una redistribucin de

    la riqueza, mejorar la calidad de vida de aquellos que sufren las consecuencias

    del modelo capitalista. Paradjicamente, este progresismo no ha implicado un

    viraje en lo que atae a la poltica econmica. En palabras de Gudynas, Bajo este

    nuevo extractivismo se mantiene un estilo de desarrollo basado en la apropiacin

    de la Naturaleza () y que si bien el Estado juega un papel ms activo, y logra

    una mayor legitimacin por medio de la redistribucin de algunos de los

    excedentes generados por ese extractivismo, de todos modos se repiten los

    impactos sociales y ambientales negativos. (2009: 188).

    El caso que vamos a analizar est estrechamente ligado al avance del

    agronegocio, el cual constituye en Argentina una de las actividades que mejor

    ejemplifica el neo-extractivismo del que nos habla Gudynas, ya que avanza en

    detrimento de ecosistemas naturales y de las poblaciones locales que viven en y

    de ellos.

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    Una de las consecuencias ms graves del agronegocio1 es el avance de la

    frontera agropecuaria que si bien no es un fenmeno nuevo ni exclusivo de

    Argentina ni del agronegocio, ha cobrado desde el cambio de siglo una intensidad

    y velocidad nunca antes vista. Esto es as no slo en Argentina. Incluso la ONU ha

    llamado la atencin sobre este tema al identificar a la actividad agropecuaria como

    la causa principal de la deforestacin de los bosques2 a nivel mundial, siendo esta

    ltima, a su vez, la tercera actividad que ms emisiones de GEI (gases de efecto

    invernadero) libera a la atmsfera y por ende factor importante en la crisis

    climtica3. Esto es importante mencionarlo ya que actualmente dicha crisis ha sido

    reconocida por la ONU y por los estados miembro y es actualmente motor de

    innumerables movimientos y organizaciones sociales, de protestas sociales y de

    cambios en las polticas internas de muchos Estados, entre los cuales se

    encuentra Argentina.

    As, la crisis climtica ha incentivado y oficializado el debate en torno a la

    sostenibilidad4 del desarrollo del sistema capitalista de produccin. Paralelamente,

    y tal vez sin quererlo, ha promovido tambin una crtica ms profunda que parte de

    pensar esta crisis climtica como resultado de un modelo civilizatorio donde el

    problema no pasa solamente por la sostenibilidad del sistema actual. Segn esta

    corriente, estamos ante una crisis cultural: la crisis civilizatoria de la racionalidad

    moderna-capitalista que implica reformular nuestra concepcin de la naturaleza

    (Leff 2004). O en palabras de Sousa Santos, nos enfrentamos a problemas

    modernos para los cuales no hay soluciones modernas (Sousa Santos 2003: 30).

    11Podramosmencionartambin,entreotrastantascosas:elaltoniveldeherbicidasyplaguicidasqueusanenloscultivosylasconsecuenciasqueestotraeparalaspoblacioneshumanas,animalesyvegetalesdellugar.2UN-REDD Framework Document 2008. Disponible en: http://www.un-redd.org/3Esdecir,elcalentamientoglobal.4Elegimoseltrminosostenibilidadenlugardesustentabilidad,yaquesteesunanglicismodetrminosustainability.Latraduccincorrectadedichotrminoessostenibilidad,decisinquehemostomadobasndonosenladefinicindelaRealAcademiaEspaola.

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    Volviendo al neo-extractivismo progresista, y siguiendo esta lnea de pensamiento,

    cabe preguntarse por el rol del Estado ante estos problemas, que son problemas

    modernos; inherentes a la racionalidad moderna-capitalista. Son muchos los

    conflictos y problemas ambientales a los que debemos hacer frente hoy en da en

    Argentina. Es un pas con una gran diversidad geogrfica y climtica, con lo cual

    tenemos problemas tan dismiles como sequas en una regin (cuyo), mientras en

    otra hay inundaciones (litoral). Sin embargo, esto no nos impide elegir un

    problema y buscar analizarlo, siempre siendo conscientes de que no es el nico y

    de que forma parte de un todo complejo. Dicho esto aqu nos vamos a centrar en

    un conflicto que consideramos resultado del avance de la frontera agropecuaria, el

    cual constituye, si no la primera, seguro la segunda actividad econmica5 que ms

    dao est causando a los ecosistemas naturales especialmente en el norte del

    territorio nacional.

    Un poco de contexto

    Ya dijimos que el avance de la frontera agropecuaria es la causante de la

    mayor parte de la deforestacin en todo el mundo. Argentina no es la excepcin.

    Esto queda demostrado con la sancin en el ao 2007 de la ley 26.331 Ley de

    presupuestos mnimos de proteccin ambiental de los bosques nativos, tambin

    conocida como Ley de Bosques o Ley Bonasso6 en cuyo artculo tres especifica

    como primer objetivo: Promover la conservacin mediante el Ordenamiento

    Territorial de los Bosques Nativos y la regulacin de la expansin de la frontera

    agropecuaria y de cualquier otro cambio de uso del suelo7.

    5Conelimpulsoquehacobradolamegamineraennuestropas,nomeatrevoaafirmarqueseaotralaactividadquemsdaoestcausando.6Porsuautor,elentoncesdiputadonacionalMiguelBonasso.7Elsubrayadoesmo

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    El parque chaqueo constituye cerca del 70% del rea poblada por bosque

    nativos en Argentina8 y ha sido tambin el que ms se ha deforestado. Entre

    1998-2002 se deforest a una tasa del 0,82% anual, entre 2002-2006 la tasa se

    increment notablemente llegando al 1,23% anual. Finalmente entre el 2006-2011

    la tasa se mantuvo en el 1,22% anual9.

    La provincia de Salta, luego de Santiago del Estero, es en la que ms ha

    avanzado la deforestacin del bosque nativo. En el perodo que va desde el ao

    2006 hasta la sancin de la ley de bosques en el 2007, se deforestaron 191.649

    ha, lo cual corresponde al 33,42% del total deforestado de parque chaqueo, selva

    misionera y selva tucumano-boliviana10 en dicho perodo.

    Esta situacin condujo a la formacin en agosto del 2008 de la mesa de

    tierras del norte de Salta, compuesta por 18 organizaciones, tanto indgenas como

    criollas, as como tambin asociaciones de acompaamiento social como

    ASOCIANA, FUNDAPAZ y TEPEYAC. En su primer comunicado11 queda claro

    cules son los problemas que comparten: 1) la regularizacin y titularizacin de

    sus tierras; 2) el avance de los desmontes; 3) la tala ilegal; 4) participacin efectiva

    en la toma de decisiones sobre el uso del territorio y sus recursos naturales.

    Paralelamente, como consecuencia de la sancin de la Ley de bosques a

    finales del 2007, en el trascurso del ao 2008 se empezaron a llevar a cabo las

    audiencias pblicas para la realizacin del OTBN12 y el mapa correspondiente.

    Segn dicha Ley, cada provincia deba llevar a cabo este ltimo en el plazo de un 8InformeN1BosqueNativoenSalta:leydebosquesanlisisdedeforestacinysituacindelBosquechaqueoenlaprovincia,realizadoporlaREDAF:redaf.org.ar9MonitoreodelaSuperficiedeBosqueNativodelaRepblicaArgentinaperodo20062011:regionesforestalesparquechaqueo,selvamisionerayselvatucumanoboliviana.SAyDSjunio201210dem11http://www.mundowichi.blogspot.com.ar/2008/12/actadedeclaraciondelamesade.html12Ordenamientoterritorialdebosquesnativosquedebehacersesiguiendotrescategoras:a)categoraverde,quesepuededestinaralaexplotacindesmonte;b)categoraamarillo,quesepuedeexplotardemanerasustentablenosepuededesmontar;c)categorarojo,sedebeconservar,nopermiteningntipodeexplotacinmaderera.

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    ao, durante el cual se prohiba autorizar desmontes. Otro punto a destacar es

    que la ley provee criterios para la realizacin del OTBN, entre los que

    encontramos, adems de aquellos netamente biolgicos/ambientales y

    econmicos, criterios sociales, que tienen que ver con la valorizacin que las

    comunidades locales, tanto indgenas como campesinas, hacen de los bosques

    nativos. Aqu hay dos puntos que consideramos nodales. Uno es el problema de

    cmo lograr que distintas valorizaciones de un mismo territorio puedan coexistir y

    otro es el problema de la tenencia de la tierra; el problema de la propiedad. Estos

    dos problemas vienen de la mano en este caso, tal y como queda reflejado en el

    primer comunicado que hace la mesa de tierras. En este trabajo nos vamos a

    enfocar en el primero.

    Acercndose el plazo de un ao para culminar el OTBN, empez a circular

    un mapa, propuesto por el Senador Olmedo, dnde se consideraba factible el

    desmonte de unas 5 millones de hectreas (Seghezzo et al 2011: 203). A esto se

    sumaron denuncias por parte de algunos pobladores criollos y comunidades

    indgenas respecto a la continuidad de la tala y desmonte en sus territorios y la

    falta en la regularizacin de sus tierras.13La situacin de incertidumbre respecto al

    debate que se estaba llevando a cabo en la cmara de Senadores de Salta, la

    sensacin por parte de los habitantes locales de haber sido burlados, de no haber

    sido tenidos en cuenta, de que no se les reconociera la propiedad comunitaria de

    su territorio, fueron tambin incentivos a la hora de presentar el recurso de amparo

    en la CSJN. La fecha no es casual, tan slo un da despus de que fuese

    sancionada la Ley Provincial 7543 (ratificatoria de la Ley de Bosques 26331), se

    estaba presentando el recurso de amparo "contra la provincia de Salta y el Estado

    Nacional, a fin de que se disponga el cese inmediato y definitivo de los desmontes

    y talas indiscriminadas de los bosques nativos situados en los departamentos San

    13ParamsdetallesobreelprocesodelOTBNenSaltavereltextodeSeghezzoetal2011.

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    Martn, Orn, Rivadavia y Santa Victoria14. Se pidi tambin que se declarase la

    inconstitucionalidad de las autorizaciones otorgadas y se prohibiese otorgar ms

    en el futuro, que la parte demandada deba recomponer el ambiente o, en caso de

    que no fuese posible, otorgar una indemnizacin que la CSJN fijase a favor de la

    parte actora. Por ltimo, se le solicit a la CSJN que dictase una medida cautelar

    prohibiendo provisionalmente el desmonte y la tala de bosques nativos en la

    zona referida hasta que la CSJN llegase a una resolucin final.

    A partir de ah, la causa tuvo mucho movimiento. Tan slo dos das

    despus de presentada la demanda, el 19 de diciembre, la CSJN emiti el primer

    fallo de la causa, donde se le pide al Procurador General que se expida sobre la

    competencia de la Corte por va originaria. Sin embargo, el da 29 del mismo mes

    se emite otro fallo dnde se convoca a las partes a una audiencia pblica a

    realizarse el da 18 de febrero, hacen lugar a la medida cautelar solicitada,

    ordenando el cese provisional de los desmontes y talas de bosques nativos. Si

    bien para ese momento todava no se haba determinado la competencia de la

    CSJN, los jueces determinaron que podan actuar igualmente ya que le

    corresponde al Poder Judicial de la Nacin buscar los caminos que permitan

    garantizar la eficiencia de los derechos, y evitar que estos sean vulnerados, como

    objetivo fundamental"15. Tambin se basaron en el principio precautorio de la Ley

    General de Ambiente que bsicamente plantea que ante la duda o inexistencia de

    conocimiento cientfico sobre el dao que pudiese causar alguna accin humana

    en este caso el desmonte y la tala se debe ante todo tomar medidas

    conducentes a la proteccin del medio ambiente.

    Un hecho que si bien es externo al proceso judicial, creemos importante traer a

    colacin, fue el alud del 9 de enero del 2009 tan slo das antes de la audiencia

    14Asseresumeelpedidodelaparteactoraenelprimerfallodeestacausa,correspondientealdadel19/12/2008. 15Extradodelsegundofalloporestacausa,delda29/12/2008

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    convocada por la CSJN en la ciudad de Tartagal16 que muchos, tanto cientficos

    como gente del lugar, plantearon fue consecuencia de la tala y de la exploracin

    petrolera. Este hecho le dio mucha ms visibilidad a la causa Salas, ya que

    Tartagal es la cabecera del departamento San Martn, uno de los alcanzados por

    la medida cautelar. El pas entero observ las consecuencias de la deforestacin y

    degradacin de los bosques nativos. Fue el momento ideal para incluir a la

    sociedad toda en el debate sobre cmo deberamos concebir a la naturaleza y

    cmo deberamos relacionarnos con ella.

    La audiencia

    El 18 de febrero del 2009 se llev a cabo la audiencia pblica por la causa Salas,

    Dino y otros vs. Provincia de Salta y Estado Nacional en el Palacio de Justicia en

    Buenos Aires. Participaron en la misma: a) por un lado la parte actora con el

    abogado Dr. Ral Ferreyra, Dino Salas, en representacin de las comunidades

    indgenas, y Alfredo Riera, en representacin del sector criollo/campesino; b) por

    el lado de la parte demandada el Fiscal de Estado de la Provincia de Salta, Dr.

    Ricardo Casali Rey, el Ministro de Ambiente de la Provincia, Julio Nasser y en

    representacin del Estado Nacional, el Secretario de Ambiente y Desarrollo

    Sustentable de la Nacin, el Dr. Homero Bibiloni. Los jueces presentes fueron:

    Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, Elena Highton de Nolasco, Enrique

    Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Ral Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay.

    Durante la audiencia, que tuvo una duracin de aproximadamente dos horas, las

    partes se sometieron a las preguntas de los jueces y pudieron, en mayor o menor

    medida, exponer sus respectivos argumentos. Nuestra intencin aqu es identificar

    los sentidos que las partes le atribuyeron a los bosques nativos y a partir de ah

    caracterizar sus respectivas posturas. 16Notasrelacionadas:http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/314071220100221.htmlConsultado25deabrildel2014http://www.lanacion.com.ar/1098346desastreentartagalporunaluddelodoConsultado25deabrildel2014

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    Desde ya anticipo que en la audiencia no se hace referencia directa a los bienes

    comunes. Ni siquiera se habla en trminos de inters general o de inters

    nacional. Pero sin embargo, pensamos que esto es lo que est en el trasfondo de

    toda la argumentacin que se lleva a cabo. Es difcil, debido a las restricciones de

    espacio, poder demostrar esto cabalmente, ya que hacerlo implicara realizar un

    anlisis discursivo mucho ms detallado de lo aqu podemos hacer. Por ese

    motivo, presento aqu las interpretaciones a las que llegu a partir de la lectura y

    anlisis de la audiencia. Reconozco que tambin recurr a otros materiales, como

    son los fallos de la Corte, legislacin nacional y provincial, decretos e informes

    nacionales y provinciales y a algunos de los informes presentados por las ONG

    que intervinieron. Sin embargo, el grueso de lo aqu expuesto se basa

    exclusivamente en la audiencia pblica17.

    El primero en hacer uso de la palabra fue el abogado de la parte actora, el Dr.

    Ferreyra. Dedic gran parte de su exposicin a ilustrar, a travs de grficos, fotos

    e imgenes satelitales, cuan extensivo y grave es el dao que la deforestacin ha

    causado en la zona referida en la causa. La idea que est tratando de insertar es,

    en sus palabras, que de seguir as, los salteos y las salteas, los argentinos y

    las argentinas, vamos a tener bosque salteo por cincuenta aos ms. Ntese,

    adems del tono un tanto apocalptico, que el discurso va dirigido primero a los

    habitantes de la provincia y luego a los del pas. El territorio, el recurso cuyo

    destino est en juego es salteo. Efectivamente, segn la Constitucin Nacional,

    corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales

    existentes en su territorio (art 124 CN). Queda claro que el abogado no est

    debatiendo si le corresponde o no a la provincia el manejo de sus recursos

    naturales, y por ende de los bosques nativos, ya que reconoce que los bosques 17Enesteapartadoloqueponemosentrecomillasrefierealaspalabrastextualesdelosactoresdurantelaaudiencia,delacualtenemoslaversintaquigrficaylosvideos,quepuedenserconsultadosenhttps://www.youtube.com/watch?v=pQKlsQByeYconsultadoel20/06/2014Casocontrarioserdebidamenteespecificadalafuente.

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    son salteos. Lo que discute es que la provincia no ha cumplido con su deber, que

    el manejo que hacen de sus bosques no es el adecuado, que va en contra de lo

    que establece la Constitucin Nacional y la legislacin nacional en la materia. Por

    qu es un problema de todos los argentinos y no solo de los salteos? Pues

    porque si bien el manejo de los recursos naturales es potestad de cada provincia,

    esto no significa que cada provincia sea totalmente autnoma. Deben cumplir con

    las normas mnimas que establece la Nacin, deben seguir un mismo objetivo,

    comn a todos los argentinos, tanto en el presente como a futuro. Por eso el Dr.

    Ferreyra habla constantemente de las generaciones futuras, porque est tratando

    de instalar el debate sobre el destino de los bosques nativos, que si bien son

    salteos, son recursos que deben ser utilizados siguiendo una lnea, un modelo,

    una racionalidad en comn: el inters general de la nacin. Por eso los abogados

    de la parte actora buscan demostrar la irracionalidad del modelo. En palabras del

    mismo Ferreyra: ustedes podrn advertir que algunos bosques se tiran, otros no

    se tiran. No hay el mnimo criterio de racionalidad. Cul es el criterio de la

    racionalidad? De qu racionalidad estamos hablando? Pues eso es lo que se

    discute, porque el modelo de pas, el inters general no es algo que est escrito

    en ninguna ley, o mejor dicho, no es algo que este explcitamente definido, de ah

    que sea objeto de disputa, de constante definicin.

    Ahora bien, que se haya argumentado de esta manera no signific dejar de lado la

    cuestin indgena y campesina. El Dr. Ferreyra se refiere en su exposicin a la

    situacin que viven tanto las comunidades indgenas y como las campesinas e

    implcitamente argumenta que no pueden mantener su modo de vida sin el

    monte, sin los bosques nativos. Dice: La comunidad wichi tiene particularmente

    que su entorno no es exactamente 100 metros cuadrados ni 200 metros

    cuadrados. Como estn dedicados a la caza y a la recoleccin, es

    significativamente amplio. Mientras dice esto, muestra diapositivas que reflejan el

    modo de vida wich. Como el uso que hacen del territorio va ms all de sus

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    lugares de vivienda, de sus respectivas casas, insertndose varios kilmetros en

    el monte, donde buscan lea, recolectan miel, cazan y pescan, visitan sus lugares

    sagrados, etc. Viven en y del bosque nativo.

    Con lo expuesto hasta aqu, cabe preguntarse cmo se conjuga el inters

    particular de los pueblos originarios y campesinos con ese inters nacional por

    preservar los bosques nativos, con la preservacin del derecho para las

    generaciones futuras. La clave para contestar esto la encontramos en la misma

    audiencia, cuando el Dr. Ferreyra dice: La pregunta del milln, que se puede

    hacer la Corte, que se pueden hacer los ciudadanos y las ciudadanas, es cuntos

    de esos bosques nativos son susceptibles de ser colorados con color rojo y con

    color amarillo, porque si fuera todo bosque verde y no estuvieran las comunidades

    indgenas, esta audiencia no tendra sentido y nuestra presencia tampoco. Es

    decir, es gracias a la presencia y resistencia de estas comunidades frente al

    avance del agronegocio que se presenta este recurso de amparo, son ellas las

    que protegen nuestros bienes comunes, de todos nosotros, salteos/as y

    argentinos/as.

    A Dino Salas y a Alfredo Riera se les concede un minuto respectivamente para

    hablar. El primero en hablar es Dino Salas. De todo lo expuesto, que por ser corto

    no deja de ser sumamente rico analticamente, vamos a concentrarnos en tres

    puntos. Primero en la construccin de su identidad. Empieza su discurso diciendo

    Soy de raza wich, lo cual no significa que renuncie a su identidad como

    ciudadano argentino, ni siquiera que la contraponga a la misma. As, en todo su

    discurso notamos un juego constante entre ambas identidades, y los derechos que

    ambas le confieren. Construye su identidad desde la autoridad que le confiere ser

    del lugar: Somos del lugar, tanto como los hermanos campesinos, los hermanos

    collas, guaranes, tobas. Pero habla tambin como ciudadano argentino y salteo:

    () en nuestra querida Salta () Es mi pas y nuestro pas, que nos hace falta.

    En ese reconocimiento de su identidad nacional, vemos una forma de reclamar su

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    derecho a la igualdad, pero al reconocerse tambin como indgena, reconoce su

    diferencia y en ese sentido retoma el derecho que debemos tener en nuestro

    territorio ancestral y uso tradicional, que nosotros sabemos bien que nos

    pertenece.

    Este es el segundo punto, la cuestin de la propiedad y la posesin de la tierra, ya

    que es su condicin indgena la que le otorga el derecho a la propiedad

    comunitaria del territorio que les viene conferido por su preexistencia al Estado

    Nacin. Su discurso no es confrontativo: Estoy aqu para pedirles que

    compartamos (). Es decir, sabe que el territorio les corresponde, que debera

    serles cedido en propiedad, pero, aun conociendo este derecho, est dispuesto a

    compartir su territorio y le pide al Estado que haga lo mismo.

    El tercer y ltimo punto que nos parece importante traer aqu, es la referencia a su

    modo de vida. En el monte tenemos el sustento, para subsistir. Por qu? Por

    qu existimos? Porque sabemos que el monte nos da para subsistir. De esta

    manera, logra comunicarle a los jueces y a toda la Nacin la relacin especial que

    el wichi, y el indgena, tiene con la tierra. Lo cual les confiere el derecho al uso del

    territorio. Esto se relaciona inexorablemente con los dos puntos anteriores. La

    identidad indgena les confiere derechos especiales que no tienen, por ejemplo,

    los campesinos. Y aun si se les concediera la propiedad comunitaria de la tierra,

    esto no significa que no deban atenerse a las obligaciones mnimas que establece

    la Nacin. Por eso se coloca tambin como protector de La Naturaleza: Estoy

    reclamando por esa naturaleza que est perdiendo nuestro territorio. Empezamos

    a notar cmo se busca el dilogo entre intereses diferentes, entre su inters

    privado, que es tambin colectivo, y el inters general. Es decir, su inters como

    indgena y el inters de todos los argentinos, el que concuerda o se condice con

    un objetivo comn: cuidar la naturaleza, pero no slo en un sentido

    conservacionista, sino como lugar de vida, lugar que puede darnos para vivir y a

    la vez en el que podemos vivir.

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    Luego se le otorga la palabra a Alfredo Riera. Dos puntos a resaltar de su

    discurso. Por un lado, se reconoce como campesino, como pequeo productor de

    ganado. Su autoridad se la confiere el ser del lugar, el ser local, tanto como los

    indgenas, si bien reconoce la preexistencia de stos. Por otro lado, su discurso

    nos parece ms combativo. Acusa frontalmente al gobierno provincial: Estamos

    abandonados en la zona del Chaco salteo a nuestra suerte () no tenemos

    cobertura para la salud () ni los criollos ni los aborgenes. Culpa al gobierno por

    no estar presente, no estar ah para ellos, tanto indgenas como campesinos. Le

    imputa frontalmente al gobierno de Salta el llevar a cabo una poltica de

    despoblamiento del chaco salteo: () con este mtodo vamos a terminar con la

    vida de las comunidades, va a quedar sin gente. Y bueno, tal vez a eso apuntar

    el gobierno de la Provincia de Salta, que se despueble Salta para poner algunos

    granos ms de soja, criar algunas vacas ms (). Le imputa lo que nosotros

    entendemos es la implementacin de un modelo productivo que no los tiene en

    cuenta, que no valoriza al pequeo productor18.

    Para ir resumiendo, entonces, vemos que los abogados de la parte actora parecen

    querer demostrar que el conflicto es ms amplio, que lo que se est vulnerando no

    son solamente los derechos indgenas, sino los de todos los argentinos, presentes

    y futuros, y que es gracias a las comunidades indgenas y criollas que se ha

    logrado preservar lo poco que nos queda de bosques nativos. Ante el avance de la

    frontera agropecuaria, del avance del modelo neo-extractivista, son estas

    comunidades las que luchan por preservar ese bien comn, semi-destruido y

    degradado, para las generaciones futuras. Son estas comunidades las que

    presentan este recurso de amparo para detener los desmontes y la tala ilegal. Y lo

    hacen para ellos, movidos por su propio inters, pero buscan demostrar que su

    inters privado no se contrapone con el inters general. Todo lo contrario, si

    18AlfredoRierahablaenrepresentacindelaAsociacindepequeosproductoresdelchacosalteo.Larelacinentrelostrminoscriollo,pequeoproductorycampesinoaparecemezclada,ascomotambinenlareferenciaalosindgenascomopueblosoriginarios,indgenas,aborgenes,inclusoelconceptoderaza.

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    entendemos que el inters general consiste en preservar un medio ambiente

    sano para las generaciones presentes y futuras, entonces el modo de vida

    indgena y el modo de vida campesino se ajusta mejor a ese propsito que,

    digamos, el agronegocio.

    As, empezamos a ver en el transcurso del proceso judicial esta tensin

    permanente entre los intereses particulares y el inters general, donde se pone

    en discusin, inevitablemente, si el inters general, entendido como el inters de

    las mayoras, debe necesariamente o inexorablemente prevalecer sobre los

    intereses de los grupos minoritarios que conforman la totalidad de la Nacin. En

    ese sentido, a qu intereses debe responder el uso que se hace de los bosques

    nativos. No pueden convivir los intereses particulares de los indgenas y

    campesinos con el inters general? Esto es lo que est en juego.

    Ante este planteo de la parte actora el Estado provincial ante todo niega que exista

    un conflicto entre el Estado y los grupos representados en la parte actora: el

    Estado provincial considera absolutamente desde un punto de vista de honestidad,

    que no hay un conflicto entre el Estado y ninguno de los grupos. Por otro lado,

    desde un primer momento dejaron en claro que, de existir algn conflicto, este no

    sera competencia de la CSJN sino de la Provincia de Salta, con lo cual queda

    claro que para ellos los bosques nativos de Salta son un recurso que debe estar al

    servicio de los salteos. Reconocen que s se dieron la cantidad de autorizaciones

    que menciona la parte actora, pero buscan desligarse de ese hecho declarando

    que esas autorizaciones fueron concedidas durante el gobierno anterior de Juan

    Carlos Romero19. Sobre esta cuestin de las autorizaciones hay dos puntos que

    vale la pena resaltar. En el intento por justificar sus acciones y el pedido de que se

    levantase la medida cautelar, el fiscal plantea que la ley provincial 707020 permite

    19Recordemos que Juan Manuel Urtubey asume el 10 de diciembre de dicho ao y tan solo das antes de la sancin de la ley de bosques. 20LeyprovincialDeProteccindelMedioAmbiente.BoletnOficialdeSaltaN15827

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    16

    la intervencin para impugnar en sede administrativa o judicial de cualquiera que

    invoque un simple inters. Es decir, est previsto por ley que cualquier persona

    puede intervenir en las audiencias pblicas para defender su inters particular. Y

    agrega y es lo que han hecho las ONGs. Efectivamente, esto fue tambin

    reconocido por la parte actora, el problema es que esa participacin no tiene

    carcter vinculante. En todo caso lo que lograron hacer las ONGs con dichas

    impugnaciones fue retrasar algunas de las autorizaciones, segn nos inform un

    miembro de ASOSIANA.

    El escenario sera el siguiente. Hay un territorio que tiene un dueo, y ese dueo

    pide que se autorice el desmonte de determinada cantidad de hectreas. Entre las

    funciones del Estado, se encuentra la de llamar a una audiencia pblica en la que

    dan a conocer en qu consiste el proyecto de desmonte o aprovechamiento

    forestal a quienes estn interesados o que se sientan directamente afectados.

    Estas personas, sean fsicas o jurdicas, representando intereses individuales o

    colectivos, pueden hacer observaciones y explicar por qu la autorizacin de

    desmonte (o tala) los afecta. Cul es el deber del Estado en esta situacin?

    Hacer cumplir la ley. Los intereses de quienes no son los dueos del terreno

    afectado por la autorizacin no tienen, por supuesto, el mismo peso que tiene el

    del propio dueo. Y esto es algo muy importante a tener en cuenta cuando

    hablamos de bosques nativos, ya sea como recurso natural o bien comn. Porque

    a diferencia de lo que sucede con los minerales del subsuelo, los bosques nativos

    no son propiedad del Estado21. La Ley de bosques justamente amplia el poder del

    Estado sobre un bien que, si bien es propiedad privada, es tambin un recurso

    estratgico para la poblacin de la Provincia y/o de la Nacin. Segn el Fiscal de

    Salta, la provincia cumpli con sus deberes, es decir, cumpli con lo que dicta la

    ley, llam a las audiencias pblicas y control los estudios de impacto ambiental

    que cada proponente debe realizar. Sin embargo los jueces se detuvieron en estos

    21Amenosqueseencuentrenenunparquenacionaloenterrenosfiscales.

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    17

    puntos. Por un lado, que se hayan realizado las audiencias pblicas no asegura

    que haya habido una participacin real. Ante la denuncia, planteada

    especialmente por el Sr. Riera, de que no eran informados sobre las audiencias,

    de que se les dificultaba la participacin por lejana de los lugares de encuentro,

    entre otros factores, el fiscal defiende al gobierno, que era el anterior, diciendo que

    la forma de convocatoria haba sido inclusiva Mediante cartas dirigidas,

    comunicaciones dirigidas a estas organizaciones ()se puede advertir que

    inclusive en forma personal representantes o familias criollas y aborgenes han

    tomado parte en estas audiencias. Por qu es tan importante la participacin?

    Porque, si bien se trata de una propiedad privada, toda propiedad tiene ante todo

    una funcin social, no puede ser usada de cualquier manera, mucho menos en

    contra del inters general. Es deber del Estado el controlar que los usos que los

    particulares hacen de su propiedad cumplan con este mandato. Todo derecho

    invoca tambin un deber. Este deber viene, en este caso, por el lado de los

    estudios de impacto ambiental.

    Como explica el Sr. Nasser a los jueces, la Ley 7070 determina que todo aquel

    que pide una autorizacin de aprovechamiento forestal (sea tala o desmonte) debe

    presentarla junto a un estudio de impacto ambiental que lo hace una persona que

    debe estar inscripta en el Registro de evaluadores y formuladores de estos

    proyectos, y esa presentacin es revisada por la autoridad de aplicacin, en este

    caso la Secretara de Poltica Ambiental de la Provincia de Salta. Respecto a esto

    los jueces le preguntan a los representante de la Provincia cmo se van a adecuar

    las autorizaciones ya otorgadas al nuevo marco que introduce la promulgacin de

    la Ley de Bosques a nivel Nacional, que obliga a realizar el ordenamiento territorial

    de los bosques nativos, es decir, a la confeccin del mapa con la categorizacin

    en rojo, amarillo o verde, segn corresponda. Segn el principio precautorio de la

    ley general de ambiente, ante el desconocimiento del efecto que pueda tener una

    accin del hombre sobre el medio ambiente, se debe actuar, valga la redundancia,

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    18

    precautoriamente. El OTBN est en relacin directa con este principio: primero hay

    que hacer el mapa, ver qu se podra desmontar y que no, y a partir de ah decidir

    sobre las autorizaciones de desmonte otorgadas previamente a la confeccin del

    mapa de OTBN. Se desprende del intercambio entre los jueces y los

    representantes de la Provincia que sta no tena la intencin de actuar de esa

    manera, ya que segn el artculo 30 del captulo III de la ley 7.54322, se habla de

    una prrroga por el trmino de tres aos para continuar con la ejecucin de los

    desmontes. Sobre este punto Lorenzeti le pregunta de forma muy directa, cul es

    la postura de la Provincia: La pregunta concreta es la siguiente, doctor, porque

    debemos clarificar un poco nuestras ideas. Una cosa es decir que va a haber una

    gran reglamentacin de la materia, de ac para el futuro, una vez que ya est todo

    deforestado y todas estas autorizaciones aprobadas y consolidadas, y otra es que,

    como se va a dictar una reglamentacin, se suspende precautoriamente estas

    autorizaciones hasta ver cul es el impacto ambiental global. Cul es las dos

    alternativas es la que ustedes sostienen? A lo que el Fiscal de Estado de la

    Provincia responde: Me atrevera a decir que la provincia, lo que trata, es de

    hacer la mejor combinacin posible de estas dos cuestiones. Es decir, trata de

    combinar entre talar antes de tener conocimiento de las consecuencias, y no

    hacerlo hasta tener dicho conocimiento. La prrroga de tres aos para continuar

    con las autorizaciones de desmontes concuerda, segn el fiscal de Estado, con

    esta postura, porque lo que se busca es evitar que la concrecin del desmonte se

    haga de manera abrupta, que eventualmente podra tener un impacto ambiental

    an ms agudo."

    Nos resulta notable lo ambigua que termina siendo la postura del Estado

    Provincial, pues todo el esfuerzo que hicieron por desligarse del gobierno anterior

    es anulado cuando aprueban las autorizaciones que dicho gobierno otorg e

    incluso, dado el nuevo marco de la Ley de Bosques, otorgan prorrogas para que

    22LeydeOrdenamientoTerritorialdeBosquesNativosdelaProvinciadeSalta

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    19

    se puedan realizar. Esto es indicativo de que hay una continuidad en el proyecto

    de desarrollo de la provincia, por lo menos en lo que respecta a la poltica

    ambiental.

    Finalmente con la intervencin del Dr Bibiloni, en representacin del Estado

    Nacional, queda claro que el problema con el derecho ambiental, cristalizado en

    este caso en la ley general de ambiente, la ley de bosques y el artculo 41 de la

    CN, es que si bien impone la proteccin del derecho ambiental que consagra ()

    tambin impone la armona entre produccin y ambiente y ambiente y produccin,

    con un equilibrio entre el hombre, la naturaleza. Es decir, s, la ley y la

    constitucin nos mandan a actuar precautoriamente y a preservar un ambiente

    sano para las generaciones futuras, para que estas tambin puedan disfrutar de

    sus recursos y servicios, pero tambin debemos desarrollarnos, debemos

    producir, debemos seguir creciendo. Creo que en este enunciado se resumen muy

    bien la postura del Estado como un todo, tanto a nivel provincial como nacional.

    Esto, sumado a la ambigedad que mencionamos ms arriba, evidencia cul debe

    ser la tarea del Estado, por lo menos del Estado-Nacin moderno: incentivar la

    produccin para el desarrollo (crecimiento) econmico de la Nacin. Cuando esa

    armona entre produccin y desarrollo se pone en jaque, es decir, cuando el

    avance del desarrollo, del progreso, implica destruir un ecosistema natural, parece

    clara la postura del Estado: prima el desarrollo.

    El principio de utilidad: fundamento de la racionalidad moderna capitalista

    Volvamos ahora al punto del cual partimos y veamos si podemos echar luz sobre

    las preguntas que nos formulamos al principio. Pero antes, algunas aclaraciones

    son necesarias. Cuando Gudynas caracteriza el neo-extractivismo progresista,

    plantea que ste no es exactamente igual al modelo neo-liberal anterior, pero que

    comparte muchas caractersticas en comn. Una de esas caractersticas en

  • XI Congreso Argentino de Antropologa Social Facultad de Humanidades y Artes UNR Rosario, Argentina

    20

    comn es que mantienen la misma racionalidad productiva y la misma forma de

    gobierno. Nos parece que Foucault ayuda a entender esto.

    El liberalismo, del cual el neoliberalismo es heredero, es una forma de gobernar

    que tiene dos anclajes: el mercado por un lado, como mecanismo de los

    intercambios (Foucault 2007: 64) y el principio de utilidad como regulador del

    poder pblico. El lmite de la competencia del gobierno se definir a travs de las

    fronteras de la utilidad de una intervencin gubernamental () (Foucault 2007:

    64). Lo que interesa rescatar aqu es que el Estado acta de acuerdo con este

    principio. Cundo debe intervenir el Estado? Cuando hay un conflicto de

    intereses: slo est legitimado, fundado en el derecho y la razn para intervenir

    en la medida en que el inters, los intereses, los juegos de los intereses hacen

    que tal o cual individuo o tal o cual cosa, o tal o cual bien, o tal o cual riqueza o

    proceso, tenga cierto inters para los individuos ().(Foucault 2007: 65) El

    Estado, en tanto es ejercicio del gobierno, es algo que manipula intereses, y

    especficamente lo hace buscando el equilibrio entre la utilidad social y la

    ganancia econmica.(dem: 64) Es decir, el Estado moderno responde a una

    racionalidad utilitarista, que implica una, y no varias, formas de valorar. Al

    determinar la utilidad de los bosques nativos para el conjunto de la poblacin, se

    est legitimando el destino al que deben someterse.

    Entonces, con esto me atrevo a decir que el modelo neo-extractivista progresista

    sigue siendo en este sentido un modelo liberal (y neoliberal), ya que responde a

    estos mismos principios: mercado y utilidad. En este caso que hemos analizado el

    Estado interviene en un conflicto de intereses donde el propio Estado es parte, es

    decir, el Estado est siendo acusado de defender o favorecer unos intereses sobre

    otros. Cul inters es ms til para la sociedad y cul representa la mayor

    ganancia econmica para el Estado?

  • XI Congreso Argentino de Antropologa Social Facultad de Humanidades y Artes UNR Rosario, Argentina

    21

    Primero recordemos cules intereses estn en pugna tratando de traducirlos al

    lenguaje de la utilidad. Por un lado tenemos a las poblaciones locales, indgenas y

    criollas, que platean la utilidad de preservar los bosques nativos. Lo hacen desde

    su propio inters, ya que viven en y del bosque nativo, Pero, como sabemos que

    el Estado gobierna en pos del inters pblico, del inters general, plantean

    adems que nos es til a todos. Esta utilidad radicara en el valor que tienen los

    servicios y recursos ambientales que nos proveen los bosques nativos, tal cual

    son definidos en la Ley de Bosques. Entre algunos de ellos podemos citar:

    regulacin hdrica, conservacin de la Biodiversidad () defensa de la identidad

    cultural (Ley 26.331 art 5). Es decir, el propio Estado reconoce que es til

    preservar los bosques nativos por los servicios ambientales que nos proveen,

    entre los cuales, curiosamente, incluye defensa de la identidad cultural.

    Por otro lado, tenemos la postura del Estado provincial, que, recordemos, fue

    bastante ambigua. Buscaron desligarse del gobierno anterior de Juan Carlos

    Romero, que haba tenido una muy mala imagen en lo que respecta a poltica

    ambiental, pero terminaron defendiendo las autorizaciones de desmonte que dicho

    gobierno haba otorgado aduciendo que cumplan con los procesos legales

    correspondientes. Especficamente que se haban realizado las audiencias

    pblicas y los estudios de impacto ambiental. Lo que es ms, con el nuevo

    gobierno se haban otorgado prorrogas para la concrecin de todos los desmontes

    previamente autorizados. Esto, sumado al hecho de no haber incorporado el mapa

    de OTBN, son datos que nos permiten plantear que el Estado no comparta el

    inters de la parte actora en preservar los bosques nativos. Su inters radicaba o

    se alineaba con otros intereses particulares, los de aquellos interesados en

    desmontar. Lo que no lograron hacer los representantes de la provincia fue

    demostrar cmo estos desmontes responden al inters general.

    En este sentido, s es iluminador la postura del Estado Nacional, que plante que

    si bien es cierto que debemos preservar los bosques nativos, por todas las

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    razones que se exponen en la Ley de Bosques, tambin es cierto que en esa

    misma ley, as como en la ley general de ambiente y en la Constitucin Nacional,

    se llama a hacer uso de los recursos econmicos que nos proveen, ya que

    tambin son tiles para el desarrollo nacional. Este, el desarrollo Nacional,

    tambin es til al conjunto de la poblacin. Subyace a esta idea, que esa utilidad

    proviene de la riqueza que le genera al pas.

    Aqu est diferencia del modelo neo-extractivista progresista con el modelo

    neoliberal anterior: bajo este modelo esa riqueza es redistribuida ms

    equitativamente. En este caso, esa riqueza consiste en la renta sojera que es

    luego redistribuida bajo la forma de subsidios. As justifican, por lo menos en parte,

    continuar con un modelo extractivista.

    Pero, tanto neo-extractivismo progresista como neoliberalismo responden a los

    mismos fundamentos, a la misma racionalidad, al sistema de acumulacin por

    desposesin, slo que con el primero se tratan de amortiguar un poco ms los

    efectos sociales negativos a travs de una redistribucin de la renta que el

    extractivismo le deja al Estado. Es decir, el Estado no cambia; el modelo, la

    estructura que subyace al funcionamiento del Estado, los principios que regulan el

    arte de gobernar, siguen siendo los mismos, no slo liberales, sino precisamente

    modernos.

    Reflexiones finales

    El neo-extractivismo es la forma en la que se cristaliza en nuestro pas el modelo

    de acumulacin por desposesin. Como ya dijimos, ese modelo avanza sobre

    territorios otros y sobre las poblaciones que los habitan. Al hacer esto elimina

    tambin las formas de vida que esas poblaciones mantienen. As, y para

    responder a la pregunta que nos planteamos al principio, es que nos atrevemos a

    afirmar que efectivamente el modelo neo-extractivista, que, como vimos, se

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    23

    sustenta en una racionalidad determinada por los principios de mercado y de

    utilidad, es inconmensurable con otras formas de vida.

    El Estado argentino es en los hechos culturalmente diverso, y desde el plano

    discursivo ha reconocido esa diversidad, pero contina manteniendo un modelo

    productivo que atenta contra esa diversidad. Mientras sea una racionalidad, y solo

    una, la que determine la finalidad del gobierno y el inters general por el cual debe

    velar, entonces nunca va a ser posible una poltica de la diferencia y sin esta

    cualquier transformacin en la racionalidad hegemnica pierde sentido e

    importancia. Si no es posible el dilogo entre racionalidades distintas, si una

    implica la eliminacin de la otra, nunca podremos ser verdaderamente

    multiculturales, porque siempre habr dominacin de una racionalidad sobre otra,

    de una forma de vida sobre otra, de una forma de valorizacin sobre otra.

    Viendo este caso no pareciera tan evidente esa crisis civilazotaria de la que nos

    habla Enrique Leff. S, hay cosas positivas para rescatar. Podemos ver en la

    legislacin ambiental de la ltima dcada un intento por traducir de alguna manera

    la nocin de bienes comunes en trminos jurdicos. Se ha incorporado en esta

    legislacin la idea de servicios ambientales, lo cual, si bien no se aleja mucho de

    la idea de recurso, implica una nocin de naturaleza ms compleja, ms

    holstica, ya no como mera proveedora recursos, sino como ecosistemas

    interconectados que nos brindan muchas otras cosas que no son extrables ni

    reemplazables. Pero, ms all de esto, sigue predominando una visin

    desarrollista/extractivista por los funcionarios que son los que deben hacer cumplir

    estas normas. Seguimos bien plantados en la modernidad. Ser posible un

    Estado que supere su propia modernidad? Un Estado que activamente busque

    las soluciones que esta modernidad ha generado, y que lo haga trascendiendo su

    propia condicin moderna?

  • XI Congreso Argentino de Antropologa Social Facultad de Humanidades y Artes UNR Rosario, Argentina

    24

    Esto nos plantea muchsimas preguntas y desafos, que a su vez abre

    innumerables lneas de investigacin que nos obligan a traspasar las barreras

    disciplinares. Por ahora, seguiremos este caso, analizando las polticas pblicas,

    programas, decretos, legislacin e informes que se han construido alrededor del

    mismo. La intencin sigue siendo aportar, a la usanza antropolgica, a la

    desnaturalizacin del Estado moderno. O mejor dicho, rastrear la modernidad en

    el funcionamiento contemporneo del Estado, especialmente aquellos principios

    que sustentan la desposesin y el despojo que acarrea el modelo socio-

    econmico actual. Aqu intentamos centrarnos en el problema de la valorizacin

    diferencial que las partes presentaron respecto a los bosques nativos a travs del

    concepto de inters. Lo que sigue es centrarnos en el derecho a la propiedad y

    los desafos que para este implica el trmino de bienes comunes.

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