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REALIDAD NACIONAL RESUMENDEL CAPITULO 2 DEL ESTUDIO DEL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN EN EL PERU Capítulo 2: Actual proceso de Descentralización 2.1 Marco Normativo El 2001 se promulgaron una seria de decretos y leyes que dieron proceso a la descentralización. 2.1.1 Ley de reforma constitucional, Ley N° 27680 El 2012 se apoyó y promulgo la ley de reforma constitucional del Capítulo XIV del título IV sobre descentralización. Donde se define que descentralización es: “una forma de organización democrática y constituir una política permanente del estado, de carácter obligatorio que tiene como objetico fundamental el desarrollo integral del país.” Donde la división territorial: “el tiritado de la república está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos” Conformación de regiones._ Muy aparte por la modificación del artículo 190 se dispone que las regiones se realicen sobre la base de “áreas contiguas integradas histórica, cultural y económicamente formando unidades geoeconómicas sostenibles”. La integración de dos o más departamentos se dará mediantes referéndum. Autonomía de los gobiernos._ artículo 191 que establece una autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Constituciones de gobiernos locales._ Constituido por: consejo, órgano normativo. El presidente, el consejo regional y otros. Competencias de gobiernos regionales._ entre ellas “promover el desarrollo y economía regional, fomentar las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad; otorga y regular las autorizaciones, etc.” Recursos de los gobiernos regionales._ el articulo 193 hace referencia a la creación e Fondos de compensación Regional, que tiene carácter distributivo. Organización y funciones de las Municipalidades._ las funciones encargadas a las municipalidades son casi idénticas a los gobiernos regionales.

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Resumen del capitulo 2 del proceso de descentralizacion

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REALIDAD NACIONAL

RESUMENDEL CAPITULO 2 DEL ESTUDIO DEL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN EN EL PERU

Capítulo 2: Actual proceso de Descentralización

2.1 Marco Normativo

El 2001 se promulgaron una seria de decretos y leyes que dieron proceso a la descentralización.

2.1.1 Ley de reforma constitucional, Ley N° 27680

El 2012 se apoyó y promulgo la ley de reforma constitucional del Capítulo XIV del título IV sobre descentralización. Donde se define que descentralización es: “una forma de organización democrática y constituir una política permanente del estado, de carácter obligatorio que tiene como objetico fundamental el desarrollo integral del país.” Donde la división territorial: “el tiritado de la república está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos”

Conformación de regiones._ Muy aparte por la modificación del artículo 190 se dispone que las regiones se realicen sobre la base de “áreas contiguas integradas histórica, cultural y económicamente formando unidades geoeconómicas sostenibles”. La integración de dos o más departamentos se dará mediantes referéndum.

Autonomía de los gobiernos._ artículo 191 que establece una autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Constituciones de gobiernos locales._ Constituido por: consejo, órgano normativo. El presidente, el consejo regional y otros.

Competencias de gobiernos regionales._ entre ellas “promover el desarrollo y economía regional, fomentar las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad; otorga y regular las autorizaciones, etc.”

Recursos de los gobiernos regionales._ el articulo 193 hace referencia a la creación e Fondos de compensación Regional, que tiene carácter distributivo.

Organización y funciones de las Municipalidades._ las funciones encargadas a las municipalidades son casi idénticas a los gobiernos regionales.

Control y Fiscalización._ dispone que tanto gobiernos regionales y municipales son sujetos al control y supervisión dela Contraloría General de la Republica.

2.1.2 Ley de las Elecciones Regionales Ley n° 27683

Promulgada en marzo de 2001, las autoridades sujetas a elección son los Presidentes, vicepresidentes y miembros del consejo regional.

2.1.3 Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27783

Regulación de la descentralización y los tres niveles de gobierno._ Define normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, etc que establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralización.

Autonomías de Gobierno._ Justifica la necesidad de “afianzar en las poblaciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones”. Y en ellas se da la Autonomía Política, administrativa y económica.

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Distribución de Competencias._ Se clasifica en tres tipos: exclusivas, compartidas y delegables y la ley establece criterios para la designación de competencias: la subsidiaridad, la selectividad, la provisión y la concurrencia.

Participación ciudadana. Que los Gobiernos promuevan el debate, consulta control y rendición de cuentas.

Fiscalización y control._ Sera realizada por el consejo Regional además de los ciudadanos de cada jurisdicción.

Creación del Consejo Nacional de Descentralización._ Se crea como un organismo “Independiente y descentralizado, adscripto la Presidencia del Consejo de Ministro.”

2.1.4 Ley de la Demarcación y Organización Territorial, Ley N| 27795

La tarea del saneamiento de límites y la organización racional está encargada por el poder ejecutivo.

2.1.5 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley n° 27867

Regula con mayor detalle la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales; así mismo acredita las capacidades de transferencia de competencia y plan de capacitación en gestión pública. También se aprovecha la ocasión para introducir la disposición transitoria para definir las direcciones regionales sectoriales bajo la doble dirección de ministerio y la región.

2.1.6 Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972

Ratifica la estructuración básica de la municipalidad y fija al consejo municipal como órgano normativo fiscalizador y alcalde como órgano ejecutor.

2.1.7 Otras Leyes entre el 2004-2004

Ley Contenido

Marco del presupuesto Participativo Efectiva Participación de la sociedad Civil del presupuesto con planes de desarrollo.

Promoción de la Inversión Descentralizada Para lograr desarrollo en la región haciendo alianzas estratégicas.

Descentralización fiscal Regula la asignación de los recursos a los gobiernos regionales y locales.

Sistema de Acreditación delos gobiernos regionales y locales.

Normas y procedimientos para la capacidad de gestión de gobiernos regionales y locales.

Ley de incentivos para la integración y conformación de regiones

Procesos de conformación de regiones y procedimientos previos al referéndum

2.1.8 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158

Adecuar la legislación del gobierno Nacional para que este adaptara al nuevo modelo de Estado Unitaria descentralizado y determinar su rectoría, establece los principios y normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo.

Se establece la naturaleza y creación de entidades públicas como entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo y son de dos tipos:

Organismos Públicos ejecutores Organismos Públicos Especializados

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Así mismo Establece la Creación de dos sistemas como un conjunto de normas y principios normas y procedimientos las cuales organizan las actividades de la administración Publica;

Sistemas Funcionales Sistemas Administrativos

2.2 Diseño de Proceso

Etapa Preparatoria y aprobación de leyesAl congreso le corresponde:

o Nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.o Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.o Nueva Ley Orgánica de Municipalidades.o Ley de Ordenamiento y Demarcación Territorial.o Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones.

Al poder Ejecutivo:o Realización de la operación piloto para el planeamiento y programación

participativa del presupuesto, en materia de gastos de inversión.o Inventario, registro y valorización de los activos y pasivos de los consejos

transitorios de administración regional, a efectos de su transferencia a los futuros gobiernos regionales.

o Plan de Capacitación a nivel regional y municipal.o Inversión Pública.

Primera Etapa: instalación y oración de los gobiernos regionales y locales.Segunda Etapa: Consolidación del proceso de regionalización.Tercera etapa: Transferencia y recepción de competencias sectoriales.Cuarta etapa: trasferencia y recepción de competencias sectoriales en educación y salud

2.2.1 Reforma Institucional para la gestión DescentralizadaSe concentró principalmente en la regulación de las transferencias de competencias y la acreditación.

Proceso de transferencia de competencias._ “ esta etapa estaba referida a la aprobación del marco normativo que debía regular el proceso de descentralización, principalmente la Nueva ley Orgánica del Poder Ejecutiva y otros” (defensoría del Pueblo 2009)La primera etapa consiste en la constitución de gobiernos regionales sobre los departamentos existentes y la elección de autoridades. La segunda etapa se inició en enero de 2003 y comprendió la promoción para la conformación de regiones, mediante la integración de departamentos y la aprobación de Regionalización.La tercera etapa iniciada en enero de 2004 de acuerdo a la ley de Bases de descentralización donde se daría la transferencia de las funciones hacia los gobiernos regionales en los sectores productivos tales como agricultura, pesquería, industria, etc.La ley de la Descentralización previa a una cuarta etapa en la que se daría la “trasferencia de competencias en materia de Salud y Educación.”De otro lado se estableció que anualmente debida aprobarse el Plan Anual de Trasferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos regionales resultado de la evaluación y coordinación de los planes anuales de transferencia.

Sistema de Acreditación

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El equipo de la Presidencia del Consejo de Ministros quería construir una tipología de municipalidades y hacerlas pasar por un proceso de acreditación donde se clasificaría según sus recursos y capacidades y adquiera una mayor autonomía financiera y funciones.El reglamento de la ley del Sistema de Acreditación seria resultado de la evolución que se practique a los gobiernos locales y regionales que solicitan la transferencia de funciones sectoriales contenidas en el Plan Anual.

Etapas del Proceso de Acreditación:1. Aprobación del Plan Anual de Transferencia

o Funciones sectoriales a transferir.o Requisitos generales y específicos.o Cronograma detallado del proceso.

2. Solicitud de transferencia de los gobiernos regionales.3. Capacitación y asistencia técnica.4. Certificación.5. Acreditación.6. Efectivización.

2.2.2 Conducción del Proceso, articulación y coordinación para la gestión descentralizadaLa Ley de Bases de Descentralización creo el Consejo Nacional de Descentralización para “dirigir, monitorear y conducir el proceso con éxito, libre de presiones o injerencias políticas de cualquier tipo”. Este consejo es responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas del proceso.La ley de Bases también creo los consejos de coordinación regional y los consejos de coordinación locas como espacios de coordinación y concertación entre los gobiernos descentralizados.

2.2.3 Fortalecimiento de capacidadesSe debía empezar a partir de un estudio diferenciado pro las regiones para tener certeza acerca de cuáles eran las debilidades que requerían soporte y fortalecimiento en cada uno de los gobiernos regionales.

2.2.4. Descentralización fiscalComo un respaldo para la asunción de nuevas funciones conferidas a los gobiernos regionales. Sus principios específicos fueron: determinación de las competencias, transparencia y predictibilidad, requisitos para el endeudamiento externo. Otra forma de financiamiento par a los gobiernos regionales fue el ejercicio de la potestad tributaria.

2.2.5 Regionalización y ordenamiento territorialSe buscó generar políticas de estado orientados a que los gobiernos regionales en funcionamiento ejecutaran acciones encaminadas a la integración física, económica, fiscal , social y política con otras regiones, para la conformaciones de regiones más grandes la cuales promoverían el desarrollo económico.Las propuestas para la conformación e regiones requerían la presentación de un Expediente Técnico en el que se fundamentara la viabilidad de la región propuesta, que concluyera los criterios de acondicionamiento territorial, integración vial, comunicaciones, etc.

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2.2.6 Democracia Representativa y Participación CiudadanaRespecto a la participación ciudadana, la descentralización trajo consigo la creación de nuevos mecanismos de democracia participativa. Estos mecanismos fueron: i) los planes de desarrollo concertado y presupuestoParticipativo; ii) los consejos de coordinación regionales y locales; iii) las audiencias de rendición de cuentas; y, iv) las reglas establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

2.2.7 Descentralización EconómicaEn el 2003 se promulgo la Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, con esta norma se crearon las agencias de fomento a la inversión privada dándoles una serie de funciones en tanto entes especializados en la materia. Se incluyó el Banco Regional de Proyectos para contar con información económica y estadística sobre las regiones, las ideas e iniciativas de proyectos regionales, información de todos los proyectos de inversión pública, entre otros. PROINVERSION jugaría el rol de asistencia técnica para los gobiernos regionales y locales en los procesos de inversión privada.

2.2.8 Descentralización y control GubernamentalLa Ley de Bases de Descentralización se limitó a señalar que los gobiernos regionales y locales estarían sujetos al control y supervisión permanente de la Contraloría General de la República en el marco del Sistema Nacional de Control. Además, se dio a la Contraloría el mandato de organizarse con una estructura descentralizada y de establecer criterios mínimos y comunes para la gestión y control de los gobiernos sub nacionales.

2.2.9 El modelo resultanteA posteriori es posible reconstruir el modelo implícito que estuvo detrás de la legislación inicial que diseñó el proceso. Para estos efectos, se considera como legislación inicial cuatro leyes: la Ley de Reforma Constitucional, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades.

2.3 Actores involucrados en el Diseño Congreso de la república. Presidencia del Consejo de Ministros. Gobiernos Descentralizados. Ministerios (MEF y MINSA). Entes rectores de los Sistemas Administrativos. Órganos Constitucionales Autónomos. Organismos Públicos Descentralizados. Entidades Representativas de Gobiernos Locales. Órganos Cooperantes. Sociedad Civil.