5
Estado de derecho Un Estado de derecho [1] es aquel que se rige por un sis- tema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución, la cual es el fundamento jurídico de las au- toridades y funcionarios, que se someten a las normas de ésta. Cualquier medida o acción debe estar sujeta o ser referida a una norma jurídica escrita. A diferencia de lo que sucede ocasionalmente en muchas dictaduras perso- nales, donde el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica. En un estado de derecho las leyes organizan y fijan límites de derechos en que toda acción está sujeta a una norma ju- rídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de estado de derecho es la llamada “acepción débil” o “formal” del estado de derecho. Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se apli- ca en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público. El término 'Estado de derecho' tiene su origen en la doc- trina alemana del Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue el libro La ciencia de política alemana en conformidad con los principios de los Estados de dere- cho (en alemán Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el rule of law. 1 Concepciones y requisitos Existen dos acepciones tradicionales del concepto estado de derecho: La acepción débil o meramente formal (estado de derecho en sentido formal), el único requisito para que un estado sea de derecho según esta acepción es que en su organización político-social de «cualquier poder deba ser conferido por la ley y ejercido en las formas y procedimientos establecidos por ella». Es- ta acepción no excluye a los estados autoritarios, ya que la anterior condición puede ser satisfecha por sus sistemas jurídicos. La acepción fuerte o substantiva (estado de de- recho en sentido real o material), requiere además que «cualquier poder sea limitado por la ley, que condiciona no solo sus formas sino también sus contenidos» [2] Esta segunda condición según qué contenidos sean señalados como deseables excluiría a los estados totalitarios. Si se fijan una serie de requisitos como los siguientes: 1. Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Es- tado y cada uno de ellos debe asumir una de las fun- ciones de estado. 2. Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente. Es decir, sus dictámenes o decisio- nes no pueden ser invalidados, modificados o anula- dos por otro órgano. 3. Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del respectivo órgano, y las solemnida- des y procedimientos para poner término a sus car- gos. 4. El poder debe estar institucionalizado y no perso- nalizado, vale decir, debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus ma- nos mientras revisten su cargo. 5. Tal vez el requisito más importante tiene que ver con que tanto las normas jurídicas del respectivo Esta- do como las actuaciones de sus autoridades cuan- do aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad. Para la acepción débil del estado de derecho se requeri- ría satisfacer las cuatro primeras condiciones, mientras que la quinta condición es típica de una acepción fuerte del estado de derecho. Ha existido un considerable de- bate sobre la utilidad de las dos acepciones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sen- tido material. Autores como Joseph Raz son partidarios de usar el término estado de derecho en sentido formal reduciendo el estado de derecho al principio de legalidad: 1

Estado de Derecho

Embed Size (px)

DESCRIPTION

fdf

Citation preview

  • Estado de derecho

    Un Estado de derecho[1] es aquel que se rige por un sis-tema de leyes e instituciones ordenado en torno de unaconstitucin, la cual es el fundamento jurdico de las au-toridades y funcionarios, que se someten a las normas desta. Cualquier medida o accin debe estar sujeta o serreferida a una norma jurdica escrita. A diferencia de loque sucede ocasionalmente en muchas dictaduras perso-nales, donde el deseo del dictador es la base de una granmedida de acciones sin que medie una norma jurdica. Enun estado de derecho las leyes organizan y jan lmites dederechos en que toda accin est sujeta a una norma ju-rdica previamente aprobada y de conocimiento pblico(en ese sentido no debe confundirse un estado de derechocon un estado democrtico, aunque ambas condicionessuelan darse simultneamente). Esta acepcin de estadode derecho es la llamada acepcin dbil o formal delestado de derecho.Este se crea cuando toda accin social y estatal encuentrasustento en la norma; es as que el poder del Estado quedasubordinado al orden jurdico vigente por cumplir con elprocedimiento para su creacin y es ecaz cuando se apli-ca en la realidad con base en el poder del Estado a travsde sus rganos de gobierno, creando as un ambiente derespeto absoluto del ser humano y del orden pblico.El trmino 'Estado de derecho' tiene su origen en la doc-trina alemana del Rechtsstaat. El primero que lo utilizcomo tal fue el libro La ciencia de poltica alemana enconformidad con los principios de los Estados de dere-cho (en alemn Die deutsche Polizeiwissenschaft nach denGrundstzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayorade los autores alemanes ubican el origen del concepto enla obra de Immanuel Kant. En la tradicin anglosajona,el trmino ms equivalente en trminos conceptuales esel rule of law.

    1 Concepciones y requisitosExisten dos acepciones tradicionales del concepto estadode derecho:

    La acepcin dbil o meramente formal (estado dederecho en sentido formal), el nico requisito paraque un estado sea de derecho segn esta acepcin esque en su organizacin poltico-social de cualquierpoder deba ser conferido por la ley y ejercido en lasformas y procedimientos establecidos por ella. Es-ta acepcin no excluye a los estados autoritarios, yaque la anterior condicin puede ser satisfecha por

    sus sistemas jurdicos.

    La acepcin fuerte o substantiva (estado de de-recho en sentido real o material), requiere ademsque cualquier poder sea limitado por la ley, quecondiciona no solo sus formas sino tambin suscontenidos[2] Esta segunda condicin segn qucontenidos sean sealados como deseables excluiraa los estados totalitarios.

    Si se jan una serie de requisitos como los siguientes:

    1. Deben crearse diferentes rganos del cuerpo del Es-tado y cada uno de ellos debe asumir una de las fun-ciones de estado.

    2. Esos rganos de poder del Estado deben actuarautnomamente. Es decir, sus dictmenes o decisio-nes no pueden ser invalidados, modicados o anula-dos por otro rgano.

    3. Debe estar establecida la forma en que se nombranlos titulares del respectivo rgano, y las solemnida-des y procedimientos para poner trmino a sus car-gos.

    4. El poder debe estar institucionalizado y no perso-nalizado, vale decir, debe recaer en institucionesjurdico-polticas y no en autoridades especcas,las cuales tienen temporalmente el poder en sus ma-nos mientras revisten su cargo.

    5. Tal vez el requisito ms importante tiene que ver conque tanto las normas jurdicas del respectivo Esta-do como las actuaciones de sus autoridades cuan-do aplican dichas normas jurdicas, deben respetar,promover y consagrar los derechos esenciales queemanan de la naturaleza de las personas y de loscuerpos intermedios que constituyen la trama de lasociedad.

    Para la acepcin dbil del estado de derecho se requeri-ra satisfacer las cuatro primeras condiciones, mientrasque la quinta condicin es tpica de una acepcin fuertedel estado de derecho. Ha existido un considerable de-bate sobre la utilidad de las dos acepciones: El Estado deDerecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sen-tido material. Autores como Joseph Raz son partidariosde usar el trmino estado de derecho en sentido formalreduciendo el estado de derecho al principio de legalidad:

    1

  • 2 1 CONCEPCIONES Y REQUISITOS

    Un sistema jurdico no democrtico, ba-sado en la negacin de los derechos humanos,en una gran pobreza, en segregacin racial,en desigualdad sexual y en la persecuacinreligiosa puede, en principio, conformarse alos requerimientos del Estado cualesquiera delos sistemas jurdicos de las ms ilustradasdemocracias occidentales. Esto no signicaque este sistema sea mejor que aquellas demo-cracias occidentales. Sera un sistema jurdicoinconmensurablemente pero sobresaldra enun aspecto: en su conformidad al Estado dederecho.J. Raz: La autoridad del derecho[3]

    El ordenamiento jurdico del Estado debe reunir una seriede caractersticas que dan origen a un Estado de Derechoreal o material.Por contra otros autores, entre ellos el mexicano ReyesHeroles se adhieren a una acepcinmaterial o sustantiva yconsideran que el Estado deDerecho se asientan en cuatroprincipios amplios:

    1. Principio de legalidad.2. Obligatoriedad del Derecho con respecto al estado.3. La supremaca de la constitucin.4. La responsabilidad del estado por sus actos frente a

    los ciudadanos

    1.1 El Estado de Derecho en sentido for-mal

    Un Estado de Derecho es aquel en el que la ley es elinstrumento preferente para guiar la conducta de losciudadanos. La transparencia, predictibilidad y genera-lidad estn implcitas en l. Esto conlleva a que se facilitelas interacciones humanas, permite la prevencin y solu-cin efectiva, eciente y pacca de los conictos; y nosayuda al desarrollo sostenible y a la paz social. Para unEstado de Derecho efectivo es necesario:[4]

    Que el Derecho sea el principal instrumento de go-bierno.

    Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana. Que los poderes la interpreten y apliquen congruen-

    temente.

    1.2 El Estado de Derecho en sentido mate-rial

    El vnculo a la observacin de las leyes sera intil e ine-caz si no se pudiera garantizar que las leyes que ellos mis-mos son los garantes de los derechos fundamentales. Por

    lo tanto, los elementos formales del Estado de Derecho sehan desarrollado y ampliado por parte de elementos ma-teriales del Estado, en particular mediante la adopcin denormas que protegen los derechos fundamentales.Por ejemplo, la Constitucin federal de la ConfederacinSuiza establece:

    Art. 5 Principios de la actividad del Estado regidospor el Derecho[5]

    1. El Derecho es la base y el lmite de la actividad delEstado.

    2. La actividad del Estado debe responder a un interspblico y ser proporcionada al n buscado.

    3. Los rganos del Estado y los particulares deben ac-tuar de manera conforme a las reglas de la buena fe.

    4. La Confederacin y los cantones deben respetar elDerecho internacional.

    Ejemplos de concrecin material para el Estado de Dere-cho (extradas del catlogo de los derechos fundamentalesde la Constitucin Federal de la Confederacin Suiza de18 de abril de 1999):

    Art. 7 La dignidad humana[6]

    1. La dignidad humana debe ser respetada y protegida.

    Art. 8 Igualdad ante la ley[7]

    1. Todos los seres humanos son iguales ante la ley.

    2. Nadie podr ser discriminado, en particular a cau-sa de su origen, raza, sexo, edad, idioma, posicinsocial, el modo de vida, convicciones religiosas, -loscas o polticas, o por causa de una decienciacorporal, mental o psquica.

    3. El hombre y la mujer son iguales en derechos. Laley debe garantizar su igualdad de derecho y de he-cho, en particular en los dominios de la familia, laeducacin y el trabajo. El hombre y la mujer tienenderecho a un salario igual por un trabajo de igualvalor.

    4. La ley procurar medidas encaminadas a la elimina-cin de las desigualdades que afectan a las personascon discapacidad.

    Por otra parte, de acuerdo con el ndice del Estado deDerecho[8] publicado anualmente por proyecto mundialde justicia (World Justice Project),[9] un Estado de De-recho es aquel en el cual se respetan los siguientes cuatroprincipios:

  • 31. El gobierno en su conjunto y sus funcionarios sonpblicamente responsables ante la ley;

    2. Las leyes son claras, pblicas, estables, y justas, yprotegen derechos fundamentales tales como la se-guridad de los ciudadanos y la defensa de su propie-dad;

    3. El proceso a travs del cual las leyes son aprobadas,administradas, e implementadas es accesible, justo,y eciente;

    4. El acceso a la justicia es garantizado por represen-tantes e instancias jurdicas que son competentes,independientes, ticas, sucientes en nmero, quetienen recursos sucientes, y que reejan las carac-tersticas de las comunidades que sirven.

    2 El Estado constitucionalSegn algunos autores, la presencia de una Constitucinrgida y del control de legitimidad constitucional daralugar a una legitimidad constitucional del Estado en loque se describi como Estado constitucional. El surgi-miento del Estado de Derecho coincide con el nal delabsolutismo e implica la imposicin de la burguesa entreel siglo XVIII y siglo XIX, que a partir del poder econ-mico alcanzado impusieron reclamos polticos y deter-minaron una transformacin radical en la sociedad y elconcepto de Estado.En teora, la proclamacin del Estado de Derecho surgecomo oposicin explcita al Estado absolutista. En estaltima forma de Estado, los titulares del poder eran ab-solutos, o sea que se liberaban de cualquier poder supe-rior a ellos. Actualmente, de hecho, en gran parte de losEstados del mundo los derechos civiles y polticos estngarantizados a todos los individuos sin distincin, graciasa la evolucin histrica y poltica que, a partir del Esta-do absolutista, ha aportado al surgimiento de lo que seconoce como Estado de Derecho.Podemos reconocer un ejemplo precursor del Estado deDerecho en la constitucin inglesa del siglo XVII. LaRevolucin Gloriosa, combatida contra el absolutismo dela dinasta Stuart conduce a una serie de documentos (elBill of Rights, el hbeas corpus, el Acta de Establecimien-to), que demuestra la inviolabilidad de los derechos fun-damentales de los ciudadanos y de la subordinacin delrey al parlamento (que es representante del pueblo).La proclamacin consciente y presente del Estado de De-recho se logra a travs de las dos grandes revoluciones delsiglo XVIII: la Declaracin de Independencia de los Es-tados Unidos y la Revolucin francesa.Las crticas que se dirigen en general al Estado de Dere-cho por la mayora de la historiografa jurdica, a partirde diversas franjas ideolgicas (socialistas, doctrina so-cial de la Iglesia, por ejemplo) y las partes de la masa

    surgidas a nes del ochocientos y principios del nove-cientos es aquella de haber reconocido slo en abstractolos derechos humanos fundamentales, sin tratar la actua-cin concreta de tales derechos. Por lo tanto, se ha rea-lizado en todos los Estados liberales de facto una situa-cin que de hecho contrastaba con las proclamaciones deDerecho prevista por los textos constitucionales vigentes.Estas deciencias se subsanan con la introduccin de losprincipios del Estado del bienestar y la democracia; con-cretndose en el llamado Estado social y democrtico deDerecho.

    3 Vase tambin

    Portal:Derecho. Contenido relacionado conDerecho.

    Constitucin Economa constitucional Estado unitario Cultura de la legalidad Principio de legalidad Estado social Imperio de la ley Rechtsstaat Estado constitucional de Derecho

    4 Referencias[1] Debe escribirse "Estado" con mayscula y "derecho" con

    minscula, segn Fundu ().

    [2] L. Ferrajoli, Diritto e ragione, Laterza, Roma-Bari, 1989,pp. 896; trad. esp. Derecho y razn. Teora del pragmatis-mo penal, Trotta, Madrid, 2005.

    [3] Raz, Joseph (1985): La autoridad del derecho. Ensayossobre derecho y moral, 2 ed., Instituto de InvestigacionesJurdicas, UNAM,Mexico, pg. 264. ISBN 968-837-540-3

    [4] Payne, J. Mark; Alonso, Pablo (2007). Repblica del Pe-r: Evaluacin de la gobernabilidad democrtica. Madrid:Universidad Complutense, Instituto Complutense de Es-tudios Internacionales. p. 66.

    [5] Art. 5 - Rule of law (en ingls, idioma no ocial). Art. 5 -Principes de lactivit de lEtat rgi par le droit (en francs,uno de los idiomas ociales).

    [6] Art. 7 - Human dignity (en ingls, idioma no ocial).

  • 4 5 ENLACES EXTERNOS

    [7] Art. 8 - Equality before the law (en ingls, idioma no o-cial). Art. 8 - Egalit (en francs, uno de los idiomas o-ciales).

    [8] Rule of Law Index (en ingls, idioma no ocial).

    [9] World Justice Project (en ingls, idioma no ocial).

    5 Enlaces externos Rule of Law in Armed Conicts Project.

  • 56 Texto e imgenes de origen, colaboradores y licencias6.1 Texto

    Estado de derecho Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_derecho?oldid=82847254 Colaboradores: Dovidena, Cantus, Feli-pe.bachomo, Alstradiaan, Cookie, Barcex, Yakoo, Erri4a, Azim~eswiki, Huhsunqu, Richy, Magister Mathematicae, Cciriaco, Orgullo-bot~eswiki, RobotQuistnix, Yrbot, Adrruiz, Vitamine, BOTijo, YurikBot, Gaeddal, Pepepotamo93, KnightRider, Jvano~eswiki, Nietzgohg,Dariopy~eswiki, C-3POrao, Eloy, JanoMasoneria, Vbenedetti, Lancaster, Tomatejc, Filipo, Nihilo, BOTpolicia, David Morn~eswiki, Da-mian fanel, CEM-bot, Rafa sanz, Retama, Baiji, Davius, Rastrojo, Mr. Moonlight, Montgomery, Estevoaei, ngel Luis Alfaro, Alakasam,Alex28, Isha, Gngora, JAnDbot, Deop, Muro de Aguas, Xenon chile, Daniel Cordoba-Bahle, MHQ1973, Juan Trespiernas, Humberto,Netito777, Idioma-bot, Plux, Jmvkrecords, Wgarciamachmar, Lnegro, YoLoL, VolkovBot, Snakeyes, Nachomixxx, Momoelf, Matdrodes,DJ Nietzsche, Maria yaneth, Pablovp, Emoyano, Francisco Mochis, Loveless, Lamban, AXaerO, Greek, Pedro Felipe, Tirithel, Javierito92,HUB, Antn Francho, Eduardosalg, Leonpolanco, Poco a poco, BetoCG, Fvmeteo, -antonio-, Terminemos con el exceso de maysculas,UA31, Comenagir, AVBOT, David0811, LucienBOT, Gochuxabaz, Angel GN, Diegusjaimes, Arjuno3, Andreasmperu, Nukerojo, Leiro& Law, Nixn, Luis Felipe Schenone, SuperBraulio13, Xqbot, Jkbw, Dreitmen, Dossier2, Ricardogpn, Botarel, AstaBOTh15, Rubiks-Master110, Panderine!, D'ohBot, TiriBOT, Hprmedina, PatruBOT, LilyKitty, ArwinJ, HermanHn, Etanol, Axvolution, Any 13cultural,Afrasiab, Savh, AVIADOR, Ajraddatz, Grillitus, Nicolmotion, Rubpe19, MadriCR, Waka Waka, Pierpietro, Juanmanuelbotero, Whatsup-chap, SaeedVilla, MerlIwBot, Sanya3, TeleMania, Travelour, Johnbot, Mega-buses, Elvisor, Becarioliberal, Helmy oved, DanielMndezV,JaviP96, Alan, -ecarv-, ConnieGB, Marco Totti, Churrasco italiano, Canito 123, Jarould y Annimos: 317

    6.2 Imgenes Archivo:Scale_of_justice_2.svg Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/0/0e/Scale_of_justice_2.svg Licencia: Pu-

    blic domain Colaboradores: Trabajo propio Artista original: DTR

    6.3 Licencia de contenido Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0

    Concepciones y requisitos El Estado de Derecho en sentido formal El Estado de Derecho en sentido material

    El Estado constitucional Vase tambin Referencias Enlaces externos Texto e imgenes de origen, colaboradores y licenciasTextoImgenesLicencia de contenido