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ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
Tel. (506) 2527 8516 Fax: (506) 2253 8066 Apdo. 59-2015 Registro Público / E-mail: [email protected] 200 Norte de la Hyundai, Edificio SIGMA, 3er. Piso, San Pedro de Montes de Oca, San José, Costa Rica
JUNTA DIRECTIVA
PRESIDENTA
MSC. ALEJANDRA MORA MORA
PRESIDENTA EJECUTIVA
MINISTRA DE LA CONDICIÓN DE LA MUJER
VICEPRESIDENTA
LICDA. EDDA QUIRÓS RODRÍGUEZ REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA
MSC. ANA GABRIELA GONZÁLEZ SOLÍS REPRESENTANTE DEL INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
MSC. NANCY MARÍN ESPINOZA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
LICDA. CAROLINA CARMONA QUIRÓS REPRESENTANTE DEL INSTITUTO MIXTO
DE AYUDA SOCIAL
MSC. TERESITA RAMELLINI CENTELLA REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES DE MUJERES
LIC. LUIS PABLO ZÚÑIGA MORALES REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
ACTA NÚMERO VEINTISÉIS-DOS MIL DIECISIETE
DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA
JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE
LAS MUJERES EL DÍA SEIS DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISIETE, LA CUAL DIO INICIO
A LAS DIECISIETE HORAS CON CUATRO MINUTOS,
CON LA PRESENCIA DE LA MSC. ALEJANDRA
MORA MORA, QUIEN PRESIDE Y LAS DIRECTORAS
EDDA QUIRÓS RODRÍGUEZ; ANA GABRIELA
GONZÁLEZ SOLÍS; NANCY MARÍN ESPINOZA;
TERESITA RAMELLINI CENTELLA; CAROLINA
CARMONA QUIRÓS Y EL DIRECTOR LUIS PABLO
ZÚÑIGA MORALES.
AGENDA
CAPÍTULO I LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA
CAPÍTULO II LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR
1. Aprobación del Acta N° 25-2017 correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de octubre del 2017.
CAPÍTULO III ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA
CAPÍTULO IV ASUNTOS DE LA JUNTA DIRECTIVA
1. Revisión de la propuesta de Reglamento de Teletrabajo para personas funcionarias del INAMU. Oficio DGAE-104-11-2017
del 06 de noviembre del 2017, suscrito por la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas.
2. Oficios UIN-0107-10-2017; UIN-0109-10-2017; UIN-0110-10-2017; UIN-0111-10-2017; UIN-0112-10-2017 recibidos en la
Secretaría de Junta Directiva en fecha 26 de octubre del 2017, suscritos por la señora Ingrid Trejos Marín, Jefa de la
Unidad de Informática del INAMU, en que da cumplimiento al Acuerdo N° 4 tomado en la Sesión Ordinaria
N° 20-2017 del 11 de setiembre del presente año, que comisionaba a la Jefatura de la Unidad de Informática a
elaborar un plan remedial atendiendo cada una de las recomendaciones señaladas en la Auditoría Externa
realizada al 31 de diciembre del 2016 y presentar a la Junta Directiva un cronograma de trabajo y las personas responsables
de su ejecución.
3. Oficio FMI-07-2017 de fecha 01 de noviembre del 2017 suscrita por la señora Ana Felicia Torres Redondo,
Coordinadora del Foro de Mujeres del INAMU, en que solicita autorización para la convocatoria a la III Asamblea
General Ordinaria del Foro de Mujeres del INAMU, para el viernes 08 de diciembre del 2017 de 8:30 a.m. a
2:00 p.m. en las instalaciones del Centro de Formación del INAMU, situado en Los Yoses.
4. Presentación de documentos suscritos por la señora Ema Rebeca Alfaro, Auditora Interna, a saber:
a. Oficio AI-211-2017 del 11 de octubre del 2017, en que brinda Asesoría sobre las atribuciones de la Junta Directiva,
la Presidencia Ejecutiva, la Secretaria (integrante del Órgano Colegiado) y la Secretaria (cargo de Secretaria Ejecutiva),
así como el seguimiento de Acuerdos.
b. AI-222-2017 del 18 de octubre 2017, en que hace un recordatorio de solicitud de reconsideración para continuar
con la contratación del Sistema AudiNet.
c. AI-228-2017 adjunta AI-Inf-041-2017 de 27 de octubre 2017, brinda asesoría sobre la “Reorganización Parcial
del INAMU fundamentada en una creación y modificación de unidades administrativas”.
d. AI-229-2017 (AI-Inf-042-2017) de 31 de octubre del 2017, en que remite el informe AI-Inf-042-2017 que contiene
el informe parcial de labores de la Auditoría Interna durante el 2017.
ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
Tel. (506) 2527 8516 Fax: (506) 2253 8066 Apdo. 59-2015 Registro Público / E-mail: [email protected] 200 Norte de la Hyundai, Edificio SIGMA, 3er. Piso, San Pedro de Montes de Oca, San José, Costa Rica
e. AI-232-2017 fechado 03 de noviembre del 2017, en que la Auditora Interna presenta invitación de la Contraloría
General de la República a participar en la Mesa Redonda del 09 de noviembre del 2017.
CORRESPONDENCIA
1. Conocimiento de oficios AFC-104-2017 y AFC-105-2017 de 25 de octubre 2017, suscritos por la Coordinadora Financiero
Contable, en respuesta a oficios DAF-335-09-2017 y DAF-339-09-2017 de la Dirección Administrativa Financiera, sobre
recomendaciones competentes asociadas a las actividades del Área Financiera Contable.
2. Oficio DGAE-201-10-2017 del 19 de octubre del 2017 de la Directora General de Áreas Estratégicas, que da
cumplimiento al Acuerdo N° 4 de la Sesión Ordinaria N° 19-2017, en Seguimiento a las Acciones y Recomendaciones
emitidas por la Auditoría Interna.
3. Oficio INAMU-PE-559-10-2017 del 16 de octubre del 2017, mediante el cual la Presidencia Ejecutiva da cumplimiento
al Acuerdo N° 8 del Acta N° 20-2017, que solicita a las Áreas del INAMU convocar al Foro de Mujeres del INAMU,
a todas las actividades institucionales que sean de valor formativo o informativo.
4. Oficio INAMU-PE-UPI-045-2017 del 31 de octubre del 2017 que da seguimiento a los acuerdos N° 4 del Acta N° 06-2017
y Acuerdo N° 3 del Acta N° 14-2017.
CAPÍTULO V ASUNTOS VARIOS
1. Propuesta de la Directora Teresita Ramellini Centella, en torno a la previsión institucional requerida para afrontar el
proceso de transición hacia los cambios de Administración en el INAMU para el período 2018.
CAPÍTULO I LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA
La Presidenta Alejandra Mora procede a dar lectura a la Agenda, con el consiguiente acuerdo:
ACUERDO NÚMERO UNO
SE ACUERDA
1. APROBAR LA AGENDA PARA LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO VEINTISÉIS-DOS MIL DIECISIETE.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
CAPÍTULO II LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR
1. Aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria N° 25-2017 celebrada el 30 de octubre del 2017.
Una vez que la Presidenta Alejandra Mora somete a consideración el Acta indicada, se acuerda:
ACUERDO NÚMERO DOS
SE ACUERDA
1. APROBAR EL ACTA NÚMERO VEINTICINCO-DOS MIL DIECISIETE CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA EL DÍA TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, SIN MODIFICACIÓN ALGUNA.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
Se abstiene de votar la Directora Carolina Carmona, por no encontrarse presente en la Sesión N° 25-2017.
CAPÍTULO III ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA
1. Revisión de la propuesta de Reglamento de Teletrabajo para personas funcionarias del INAMU,
presentada mediante oficio DGAE-104-11-2017 de fecha 06 de noviembre del 2017, suscrito por la
señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas.
Se autoriza el ingreso de la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, al ser las
diecisiete horas con siete minutos.
La Directora Técnica explica que el Reglamento de Teletrabajo fundamenta su contenido y forma en el
Decreto N° 39225-MP-MTSS-MICYTT emitido el 21 de octubre del 2015, así como en los instrumentos
normativos: Perfil del Programa de Teletrabajo Institucional; Directriz que regula la práctica del
Teletrabajo; Contrato de Trabajo; Prácticas de Salud Ocupacional para el Teletrabajo; Normativa Interna
en materia laboral; y como Normativa externa la Ley de Administración Pública.
El objetivo general que se establece en el Decreto es promover y regular el Teletrabajo en las instituciones
del Estado, como instrumento para impulsar la modernización de las organizaciones; reducir el gasto en
las instituciones públicas; incrementar la productividad de las personas funcionarias; reducir el consumo
de combustibles; favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; promover la inserción
laboral, el desarrollo laboral en los territorios; contribuir con la protección del medio ambiente, así como
apoyar las políticas públicas en materia de empleo, mediante la utilización de las Tecnologías de
Información y las Comunicaciones (TIC’s).
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Explica la señora Yolanda Delgado que el Reglamento de Teletrabajo propuesto para el INAMU, está
siendo aplicable en principio, únicamente para las personas trabajadoras que laboran en el Área Técnica,
y que se determine por parte de la Comisión Institucional de Teletrabajo, que cumplen con las condiciones
establecidas para las personas teletrabajables.
Asimismo, indica que el Teletrabajo es la prestación de servicios de carácter no presencial fuera de las
instalaciones de las instituciones del Sector Público -siempre que las necesidades del servicio lo permitan-,
en virtud de la cual una persona trabajadora puede desarrollar su jornada laboral de forma parcial
o total desde su propio domicilio, centro que se define para tal fin, en atención al cliente, o en trabajos
de campo, mediante el uso de medios telemáticos. Esta definición indica que el Teletrabajo se puede
realizar en diferentes lugares, siempre que se cumpla con las normativas laborales establecidas. Se debe
tener presente que para aplicar a esta modalidad, las actividades de los puestos deben cumplir como
mínimo con lo siguiente:
1. Se pueden realizar fuera de las instalaciones del patrono utilizando las tecnologías de la información
y comunicación, sin afectar el normal desempeño de otros puestos, de los procesos y de los servicios
que se brindan.
2. Se pueden establecer objetivos claros y metas específicas que permitan la planificación, seguimiento
y control de las actividades asignadas.
3. La supervisión ejercida no requiere la presencia física del funcionario y se puede realizar de forma
indirecta y por resultados.
4. La naturaliza del trabajo permite que la comunicación se realice principalmente por medios telemáticos.
De igual manera la Directora Técnica hace saber la conformación de la Comisión Institucional de Teletrabajo:
Yolanda Delgado Cascante, Directora General de Áreas Estratégicas, Coordinadora
Ana Victoria Naranjo Porras, Jefa de la Unidad de Planificación Institucional
Odette Brenes Solano; Jefa de la Unidad de Asesoría Legal
Nelson Sánchez Valverde, Coordinador del Área de Recursos Humanos
Adolfo Marín Zamora, Profesional del Área de Recursos Humanos
Wendy López Castrillo, Representante del Sindicato ANEP-INAMU
En cuanto al análisis y descripción de los puestos, las áreas y tareas, así como las personas teletrabajables,
la Directora Técnica detalla:
Puestos teletrabajables del Programa Técnico
Coordinadora
Jefatura de Unidad
Profesional Especialista
Tareas o áreas teletrabajables
Elaboración de informes
Diseño de metodología
Elaboración de documentos
Diseño de investigación
Análisis de documentos
Personas teletrabajables
Todas las personas funcionarias que aprobaron la prueba psicométrica
Como características esenciales del teletrabajo para efectos de este Reglamento, se definen:
a. Se ejecuta fuera del centro habitual de trabajo
b. La persona teletrabajadora dispone de recursos tecnológicos para la prestación de los servicios y la
comunicación
c. Está sujeta al cumplimiento de metas, objetivos y entrega de productos previamente indicados por el
titular subordinado
d. La persona teletrabajadora debe estar disponible durante la jornada laboral, establecida en el
Reglamento Autónomo de Trabajo de la Institución o de acuerdo a su horario previamente establecido
y registrado en el Área de Recursos Humanos del INAMU
e. No genera ningún derecho
f. No requiere de supervisión presencial para su ejecución
g. Sólo los días establecidos en el acuerdo son teletrabajables
h. Se requerirá de un proceso de supervisión de la Jefatura en el momento en que se considere oportuno
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En cuanto al cambio de modalidad del contrato laboral, se establece:
1. Cuando las condiciones que justificaron el ingreso a la modalidad de teletrabajo concluyan
2. Cuando la modalidad de teletrabajo se interrumpa en forma anticipada por alguna causa que implique
la imposibilidad de ejecutarla.
En ambos casos la persona trabajadora debe comunicarlo a la Comisión Institucional de Teletrabajo para
dejar sin efecto el contrato o acuerdo en forma anticipada y la persona funcionaria continuará sus
servicios de manera presencial.
La Directora Yolanda Delgado explica que el Reglamento una vez dictaminado, iniciará su primera
etapa, la cual será evaluada a los tres meses de puesto en funcionamiento este instrumento reglamentario.
La Directora Edda Quirós manifiesta preocupación por varios aspectos referentes al Reglamento de
Teletrabajo; en primera instancia consulta si éste incluye alguna cláusula que contemple el espacio
de cuido de hijos e hijas menores durante la labor de teletrabajo. Asimismo, si estipula lo concerniente
a la programación de reuniones de trabajo; y además si permite la desviación de llamadas telefónicas
en consultas vinculadas a casos de violencia.
La Directora Técnica indica que la reflexión sobre el tema de cuido fue compleja para la Comisión, en
virtud de las diferentes aristas que éste considera. Señala varios aspectos importantes, entre ellos, el tener
claridad en que la modalidad de teletrabajo significa no desplazarse de su casa y que se debe trabajar
en el tiempo laboral establecido institucionalmente; por lo que fundamentalmente se debe tener
resuelto el tema de cuido; además, que es labor de la Comisión hacer la respectiva supervisión del
trabajo, por lo que puede desplazarse a realizar la inspección sin previo aviso. Asimismo, que siendo la
naturaleza del trabajo no presenciable, se da la modalidad de videoconferencia como la opción
viable, no siendo permitidas las reuniones, y dado que el teletrabajo está vinculado en gran medida a la
telemática, va a privilegiar el uso de las tecnologías de información. En cuanto a las llamadas telefónicas,
la Comisión precisó en relación con los servicios prestados desde el Área de Violencia, que éstos no son
teletrabajables y sí valorar para una segunda fase, si podría considerarse esa posibilidad, sin embargo si
existe un proceso de trabajo vinculado a la atención telefónica, si permitiría la derivación de llamadas
a los teléfonos celulares.
En este contexto la Directora Ana Gabriela González refiere a que la experiencia va a ser aplicable a
veinte personas funcionarias como un pilotaje, si tiene la intención de iniciar su primera fase a partir
de la aprobación, por un período de tres meses, lo que implicaría proceder con la evaluación una vez
finalizada esa etapa del proceso.
Asimismo la Directora Nancy Marín manifiesta que desde su posición en el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, le es grato conocer que el análisis en cuanto a la circulación y la productividad esté siendo
considerado, cuando es sabido que el Sector Público se ha quedado rezagado en el tema de
Teletrabajo, mientras el Sector Privado ha ido en avance; por lo que estima fundamental y urgente
que las instituciones públicas entren en este proceso de manera inmediata. Opina que el Reglamento
de Teletrabajo propuesto para el INAMU está muy bien planteado, particularmente bien estructurado.
Indica la Directora Nancy Marín en cuanto al tema de cuido, que coincide con la percepción de la
Directora Edda Quirós, en que es discriminatorio, incluir el tema de cuido en el Reglamento; tratándose
de una relación laboral, se parte de la buena fe de que la persona funcionaria está respetando esa
condición. En lo referente al tema de reuniones, opina que la opción viable es la comunicación vía skype.
Hace la observación de que únicamente veinte personas funcionarias aplicando para la modalidad de
teletrabajo, hace que sea un grupo muy pequeño para un plan piloto, dada la cantidad de personas
funcionarias que tiene el INAMU; coincide asimismo en que se debe establecer un período base para la
valoración y revisar el instrumento reglamentario, de manera que permita ampliar el número de personas
beneficiadas con este proceso.
En línea con lo anterior, la Directora Yolanda Delgado explica que en esta primera fase de aplicación del
Reglamento, la apertura del proceso se dio en la Sede Central del INAMU, donde se ubican cerca de
100 personas en el Área Técnica. Explica que en esta oportunidad no aplica para el Área de Servicios
ni para las Unidades Regionales; de igual manera esta primera fase no está autorizada para las personas
funcionarias del Área Administrativa, en razón de la naturaleza de los procesos especializados y en algunos
casos unipersonales, propios del quehacer financiero y administrativo institucional.
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En este contexto, el Director Luis Pablo Zúñiga hace la acotación sobre la exclusión de las personas
funcionarias del Área Administrativa y las Unidades Regionales; y consulta a la Directora Técnica si esta fue
una decisión de las Jefaturas o si medió un estudio técnico.
A la consulta la Directora Técnica responde que fue una decisión de la Directora Financiera Contable
señora Juanita Grant, fundamentada en la naturaleza de los procesos especializados y en algunos casos
unipersonales, vinculados al ejercicio financiero y administrativo de la institución. En cuanto a la no
participación de las Unidades Regionales, fue una decisión consensuada con la Coordinadora del Área
de Desarrollo Regional, señora María Esther Vargas, en razón de un elemento fundamental, es un Área
de Servicios, ya que las personas funcionarias del PAM no podrían participar por su labor de campo en
capacitaciones; y de igual manera las Unidades Regionales, que en su mayoría son instancias que por
su tamaño, cuentan con procesos unipersonales.
El Director Luis Pablo Zúñiga hace la observación principalmente por las personas funcionarias del Área
Administrativa, dado que no hay un criterio objetivo para privar de este beneficio a estas instancias y del
derecho a teletrabajar; siendo que se trata de un Reglamento universal, que debe cubrir a todos por igual,
excepto aquellas áreas que por su naturaleza no pueden realizar su trabajo bajo esta modalidad.
La Directora Yolanda Delgado indica que hay un elemento fundamental en el Área Administrativa que tiene
que ver con su ejercicio, y es la dependencia con los sistemas informáticos de gestión administrativa, que
como es conocido, es un tema complicado por las deficiencias que presenta.
La Presidenta Alejandra Mora hace algunas consideraciones al respecto; en primera instancia, sobre la
importancia de que la formulación del Reglamento se haya hecho sobre la base asesora de una
Comisión; en segundo término opina que es de vital importancia hacer la fundamentación de las razones
integrales por las que el Área Administrativa no fue incluida en esta primera fase del proceso; indica
además que apostaría por un sistema que elimine la subjetividad y permita la reflexión en la toma
de decisiones consensuadas, con la articulación de las recomendaciones de las diferentes direcciones
que son las responsables directas del proceso, permitiendo asimismo la retroalimentación y evitando los
sesgos que puedan ser señalados por alguna de las partes.
Opina la señora Presidenta que la modalidad de teletrabajo, en términos generales, es un instrumento
que resuelve la conciliación entre lo productivo y lo reproductivo, desde la perspectiva de las voces de
las mujeres; indica que colocados en este escenario, no se está tocando lo estructural; sin embargo,
en la política de corresponsabilidad de cuido sí se toca lo estructural; siendo éste un avance cualitativo
en términos que permite que las mujeres puedan resolver y avanzar en el proceso.
La Presidenta Alejandra Mora le solicita a la Directora Técnica, incorporar las recomendaciones y
observaciones planteadas en esta Sesión; precisando las razones que justifican la inclusión en esta
primera fase de aplicación del Reglamento de Teletrabajo, únicamente a las personas funcionarias
que laboran en el Área Técnica. Asimismo, le solicita formular una introducción en el documento que
afiance dichas recomendaciones en relación con la norma escrita.
Una vez esbozadas las observaciones y hechas las aclaraciones respectivas, se acuerda:
ACUERDO NÚMERO TRES
CONSIDERANDO
1. La exposición sobre el Reglamento de Teletrabajo del Instituto Nacional de las Mujeres, realizada por la
Directora General de Áreas Estratégicas señora Yolanda Delgado Cascante.
2. La recepción del oficio DGAE-104-11-2017 de fecha 06 de noviembre del 2017, donde se remite el
Reglamento de Teletrabajo del INAMU.
3. El proceso de reflexión realizado en colectivo en esta Sesión, con el fin de dar claridad a los diferentes
aspectos de este instrumento, el cual tendrá una primera fase que será valorada a los tres meses de
su puesta en ejecución.
4. Las recomendaciones y observaciones planteadas en esta Sesión sobre la propuesta reglamentaria;
en la que particularmente se requiere precisar las razones que justifican la inclusión en esta
primera fase de aplicación del Reglamento de Teletrabajo, únicamente a las personas funcionarias
que laboran en el Área Técnica, que cumplen con las condiciones establecidas para las personas
teletrabajables.
ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
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5. Que las personas funcionarias del INAMU que pertenecen al Área Administrativa, serán consideradas
para desarrollar su jornada laboral en forma no presencial, en la segunda fase del Reglamento de
Teletrabajo.
SE ACUERDA 1. APROBAR EL REGLAMENTO DE TELETRABAJO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, PRESENTADO POR LA
DIRECTORA GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS, SEÑORA YOLANDA DELGADO CASCANTE, MEDIANTE OFICIO DGAE-104-2017 DE FECHA 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017.
2. INSTRUIR A LA DIRECTORA GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS, PARA QUE PROCEDA A INCORPORAR EN EL DOCUMENTO APROBADO POR ESTA JUNTA DIRECTIVA, LAS CONSIDERACIONES Y REFLEXIONES FORMULADAS EN COLECTIVO EN ESTA SESIÓN, CON EL FIN DE DAR CLARIDAD A LOS DIFERENTES ASPECTOS DE ESTE INSTRUMENTO; Y QUE DE IGUAL MANERA, SE INSERTE UN APARTADO INTRODUCTORIO, EN EL QUE SE PRECISEN LAS RAZONES QUE FUNDAMENTAN LA INCLUSIÓN EN LA PRIMERA FASE DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE TELETRABAJO, ÚNICAMENTE A LAS PERSONAS FUNCIONARIAS DEL INAMU QUE LABORAN EN EL ÁREA TÉCNICA, UNA VEZ SE VERIFIQUE POR PARTE DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL DE TELETRABAJO, QUE CUMPLEN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA LAS PERSONAS TELETRABAJABLES; SIENDO QUE LAS PERSONAS FUNCIONARIAS QUE PERTENECEN EN EL ÁREA ADMINISTRATIVA, SERÁN INCORPORADAS EN EL REGLAMENTO EN LA SEGUNDA FASE, EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LAS FUNCIONES QUE SE REALIZAN EN CADA UNA DE LAS DEPENDENCIAS.
3. COMISIONAR A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA, LA REMISIÓN DEL REGLAMENTO DE TELETRABAJO APROBADO POR ESTA JUNTA DIRECTIVA, A LA UNIDAD DE ASESORÍA LEGAL DEL INAMU, PARA EL TRÁMITE RESPECTIVO.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. ACUERDO FIRME.
La señora Yolanda Delgado se retira al ser las diecisiete horas con cincuenta y ocho minutos.
REGLAMENTO DE TELETRABAJO PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (INAMU)
Considerando:
I. —Que el inciso d) del artículo 8 de la Ley de Creación del INAMU, número 7801, faculta a la Junta Directiva a dictar los reglamentos internos de la Institución.
II.-Que en Costa Rica se reguló por primera vez el Teletrabajo en el Sector Público en el año 2008 fecha a partir de la cual se inició la promoción, sensibilización e implementación de programas piloto de Teletrabajo en las instituciones del sector público cuyos resultados han sido de una valoración altamente positiva, que llevó al Poder Ejecutivo a emitir el Decreto Nº 37695- MP-MTSS, del 11 de febrero del 2013 "Promoción del Teletrabajo en las Instituciones Públicas"; el cual tiene por objeto promover y regular el Teletrabajo en las Instituciones del Estado, como instrumento para impulsar la modernización de las organizaciones, la inserción laboral, reducir el gasto en las Instituciones Públicas, incrementar la productividad del funcionario, el ahorro de combustibles, la protección del medio ambiente, y favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, mediante la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC´s).
III.-Que la figura del Teletrabajo se define como aquella modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial, en virtud de la cual una persona funcionaria pública, puede desarrollar parte de su jornada laboral mediante el uso de medios telemáticos desde su propio domicilio, u otro lugar habilitado al efecto, siempre que las necesidades y naturaleza del servicio lo permitan, y en el marco de la política de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas funcionarias públicas.
IV.-Que el Instituto Nacional de las Mujeres, apoya dicha iniciativa del Gobierno, razón por la cual se suma a las instituciones que han decidido aplicar la técnica del teletrabajo, con la finalidad de obtener beneficios para el país colaborando en la reducción del consumo de combustible, en el impacto positivo en el medio ambiente.
Por tanto, Mediante acuerdo número de la Sesión Ordinaria número del día del mes de j del año 2017, la Junta Directiva del Instituto Nacional de las Mujeres, aprobar el reglamento de Teletrabajo de la siguiente manera:
CAPÍTULO I De las disposiciones generales
Artículo 1º-Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto establecer los lineamientos técnicos y administrativos necesarios para aplicar el Teletrabajo de conformidad con las nuevas tecnologías de la Información y Comunicación desarrolladas o que lleguen a serlo dentro del Instituto Nacional de las Mujeres, con la finalidad de mejorar la prestación de los servicios a los administrados, aumentar la productividad, reducir costos y mejorar la calidad de vida de sus funcionarios.
ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
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Artículo 2º-Ámbito de Aplicación. Este reglamento es aplicable a las personas trabajadoras del Instituto Nacional de las Mujeres que realizan labores que la institución determine como teletrabajables en el lugar donde existan las condiciones tecnológicas requeridas. Artículo 3º-Definiciones y abreviaturas.
a) Actividades Teletrabajables: Conjunto de tareas que pueden ser realizadas por medios telemáticos desde el domicilio o centro de trabajo destinado para tal fin y que no requieren la presencia física del trabajador en su oficina.
b) Comisión Institucional Teletrabajo (CIT): Equipo que coordina y brinda asesoría para el direccionamiento técnico y administrativo de la modalidad de Teletrabajo en el INAMU.
c) Convenio o Acuerdo: Documento firmado entre la persona funcionaria y su empleadora, en donde se especifican detalladamente las condiciones de la relación de servicio mediante el sistema de teletrabajo.
d) Domicilio Personal o lugar Habilitado a los Efectos: La casa de habitación de la persona teletrabajadora o cualquier otro lugar autorizado y habilitado adecuadamente desde donde se van a realizar las labores encomendadas.
e) Jornada de Teletrabajo: es el tiempo dedicado para realizar las actividades teletrabajables dentro de la jornada de trabajo establecida en la Institución.
f) Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC): Es un conjunto de servicios, redes, software, hardware y dispositivos que tienen como fin el mejoramiento de la calidad de vida, de las personas dentro un entorno, y que se integran a un sistema de información interconectado y complementario.
g) Telecentro de Trabajo: Es el lugar destinado por la Institución para que sus trabajadores puedan desarrollar las actividades que previamente fueron definidas como teletrabajables.
h) Teletrabajo: Es toda modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial, en virtud de la cual un funcionario público, puede desarrollar, parte de su jornada laboral mediante el uso de medios telemáticos desde su propio domicilio, u otro lugar habilitado al efecto, siempre que las necesidades y naturaleza del servicio lo permitan, y en el marco de la política de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas funcionarias públicas.
i) Persona Teletrabajadora: Aquella persona que, en el desempeño de su puesto de trabajo en una institución pública, alterna su presencia en el centro de trabajo con alguna de las modalidades de carácter no presencial.
j) Servicios no presenciales: Aquellos servicios públicos, definidos en los perfiles en este caso, que para su correcta y oportuna ejecución no es necesario que la persona funcionaria que los realiza se encuentre dentro de la entidad o institución donde brinda sus servicios.
k) Titular subordinado: Jefe (a) inmediato de la persona teletrabajadora.
l) Jerarca: La Presidenta del INAMU.
m) ARH: Área de Recursos Humanos.
n) UIN: Unidad de Informática.
o) INAMU: Instituto Nacional de las Mujeres.
Artículo 4º-Características esenciales del teletrabajo. Para los efectos de este Reglamento, algunas de las características esenciales del teletrabajo son las siguientes:
a) Se ejecuta fuera del centro habitual de trabajo. b) La persona teletrabajadora dispone de recursos tecnológicos para la prestación de los servicios y la comunicación. c) Está sujeta al cumplimiento de metas, objetivos y entrega de productos previamente indicados por el titular subordinado. d) La persona teletrabajadora debe estar disponible durante la jornada laboral, establecida en el Reglamento Autónomo de
Trabajo de la institución o de acuerdo a su horario previamente establecido y registrado en Recursos Humanos del INAMU. e) No genera ningún derecho. f) No requiere de supervisión presencial para su ejecución. g) Sólo los días establecidos en el acuerdo son teletrabajables. h) Se requerirá de un proceso de supervision de la Jefatura en el momento que se considere oportuno.
Artículo 5º-De los puestos de trabajo en los cuales se implementará la modalidad de teletrabajo. La modalidad de teletrabajo se aplicará en aquellos puestos en los cuales su función se puede desarrollar de manera no presencial a discreción de la jefatura correspondiente, la cual se determinará mediante la revisión y estudio de los perfiles de los puestos y sus funciones de conformidad amparado en el Manual de puestos, durante el período de seis meses para valorar los resultados y su continuidad.
Artículo 6º-De las Actividades Teletrabajables. Las actividades teletrabajables son de carácter permanente, sin embargo, si por conveniencia institucional se decide realizar actividades de forma parcial o temporal, el tiempo y los recursos son consensuados entre la persona teletrabajadora y su jefatura. Se excluyen de esta modalidad, aquellas actividades, que por su naturaleza o necesidad institucional, deben realizarse solo en forma presencial. Dependiendo de las posibilidades técnicas que ofrezca la institución, la conectividad y el equipo pueden ser aportados por la persona teletrabajadora para cumplir con sus labores, previo acuerdo entre las partes. Tales circunstancias deberán quedar establecidas en el convenio que para todos los efectos se suscribirá entre la administración y la persona teletrabajadora.
Artículo 7º-Cambio de modalidad de contrato laboral.
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1- Cuando las condiciones que justificaron el ingreso a la modalidad de teletrabajo concluyan. 2- Cuando la modalidad de teletrabajo se interrumpa en forma anticipada por alguna causa que implique la imposibilidad de ejecutarla. En ambos casos la persona trabajadora debe comunicarlo a la Comisión Institucional de Teletrabajo para dejar sin efecto el contrato o acuerdo en forma anticipada y la persona funcionaria continuará sus servicios de manera presencial.
Artículo 8º-Medición de la eficiencia y cumplimiento de la p e r s o n a teletrabajadora. La eficiencia y cumplimiento en las labores encomendadas a las personas teletrabajadoras se medirá de acuerdo con los resultados según la meta u objetivo a cumplir, y según los informes que al efecto se presentarán y aprobarán oportunamente por la Jefatura.
Artículo 9º-Visto bueno de la jefatura. Toda persona teletrabajadora debe contar con el visto bueno de la Jefatura para realizar teletrabajo.
Artículo 10.-De la Rescisión del Contrato de Teletrabajo. La Jefatura debe comunicar a la Comisión cuando deba de excluirse alguna persona teletrabajadora; sea por mutuo acuerdo, por conveniencia institucional, por decisión de la persona teletrabajadora o cuando la persona funcionaria incumpla con las disposiciones establecidas en este Reglamento.
Artículo 11.-Tiempo Extraordinario. La modalidad de teletrabajo no contempla la remuneración de tiempo extraordinario.
Artículo 12.-Domicilio de la persona teletrabajadora. El domicilio o lugar establecido previamente para teletrabajar, debe reunir un espacio acondicionado con las condiciones mínimas para realizar la labor de teletrabajo. En caso de modificar el lugar indicado en el contrato o acuerdo inicial la persona teletrabajadora deberá comunicarlo a la Jefatura con un mes de anticipación.
CAPÍTULO II Confidencialidad de la información
Artículo 13.-Confidencialidad de la información. La persona teletrabajadora es responsable por el uso inapropiado de la información a la que tenga acceso, de su deterioro y de su confidencialidad, por lo que podrá incurrir en responsabilidad civil, penal y administrativa en caso de hacer mal uso de la información atribuible a dolo, culpa o falta grave.
CAPÍTULO III De la Comisión Institucional de Teletrabajo (CIT)
Artículo 14.-De la Comisión Institucional de Teletrabajo (CIT). La CIT es nombrada por la jerarca de la Institución y le corresponde planificar, coordinar y desarrollar acciones para la aplicación del teletrabajo en la Institución, así como establecer la normativa y procedimientos requeridos para ello.
Artículo 15.-De las funciones de la CIT. Para lograr la implementación de la modalidad de teletrabajo en el INAMU, le corresponde a la CIT, las siguientes funciones: a) Administrar la información referente a todas las personas teletrabajadoras en la Institución y coordinar con las áreas involucradas las acciones necesarias para el buen desarrollo de esta modalidad. b) Mantener actualizados los reglamentos y formularios para asegurar la correcta aplicación de esta modalidad de trabajo a nivel institucional y capacitar a las áreas involucradas sobre el tema. c) Brindar informes semestrales a la jerarca sobre el desarrollo del sistema de teletrabajo, así como a Gobierno Digital. d) Recomendar acciones que impulsen el mejoramiento de la productividad por medio del teletrabajo en la institución. e) Coordinar las acciones relacionadas con el programa de comunicación del teletrabajo. f) Fiscalizar que el lugar de trabajo de la persona teletrabajadora cuente con todos los requisitos establecidos en este Reglamento y/o en el acuerdo o convenio que se firme entre el INAMU y la persona Teletrabajadora.
CAPÍTULO IV Requisitos de la persona Teletrabajadora
Artículo 16.-De la persona teletrabajadora. Las personas funcionarias incorporadas al sistema de teletrabajo, deben mantener las condiciones que justificaron su ingreso a éste, así como cumplir con todas las obligaciones y responsabilidades adquiridas. En caso de que surja alguna imposibilidad de mantener dichas condiciones, debe plantearlo ante su jefatura y ésta ante la CIT para resolver lo que proceda. La decisión de teletrabajar por parte de la persona funcionaria es de carácter voluntario. La jefatura o dirección correspondiente, definirán en definitiva cuales personas funcionarias a su cargo teletrabajarán y lo recomendarán a la Comisión.
Artículo 17.- La Persona funcionaria del INAMU, deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Ser persona funcionaria del INAMU. b) Contar con el aval de las jefaturas correspondientes. c) Cumplir con el perfil psicosociolaboral definido por la institución. d) Contar con un espacio físico de acuerdo a la Ley 6727 de Riesgos de T rabajo y su normativa. e) Tener acceso a internet en el lugar señalado para teletrabajar. f) Suscribir un contrato laboral que regula la prestación de los servicios que presta al INAMU, bajo la modalidad de teletrabajo.
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La Comisión de Teletrabajo se reserva la facultad de aceptar la participación de sus trabajadores/as en esta modalidad de trabajo, dependiendo de la conectividad disponible y otros aspectos que estime pertinentes los establecerá la comisión.
Artículo 18.-De los derechos y obligaciones. La persona teletrabajadora, durante la ejecución de sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, tendrá, además de los derechos y las obligaciones establecidas en el Reglamento Autónomo de Servicio del Instituto Nacional de las Mujeres los siguientes derechos y obligaciones:
a) Resguardar la confidencialidad y seguridad de la información que utilice y a la que pueda acceder en el desempeño de sus funciones, evitando por todos los medios un uso inapropiado de la misma, según se establece en la normativa institucional. b) Contar con un espacio físico con las características recomendadas por la Comisión de Teletrabajo y permitir el acceso para las inspecciones de las condiciones ergonómicas, de seguridad e higiene del puesto de trabajo. c) Firmar un contrato donde se especificarán las condiciones en que laborará dentro del Programa de Teletrabajo y en el cual s e hará constar que conoce todas las estipulaciones del Programa. d) En caso de que la persona teletrabajadora se traslade de domicilio, deberá tomar todas las previsiones necesarias para no interrumpir la ejecución de sus actividades, comunicándolo a su jefatura con al menos un mes de anticipación, a efecto de gestionar los trámites correspondientes. Si el lugar al que se traslada no tiene acceso a la conectividad, deberá reintegrarse a su centro de trabajo, mientras no se disponga del acceso requerido. Quedará exento la persona funcionaria de dar dicho aviso de un mes cuando esté de por medio caso fortuito o fuerza mayor. e) La persona teletrabajadora indistintamente de la modalidad en que se encuentre, podrá hacer uso de telecentros y salas de videoconferencias disponibles para realizar sus funciones en forma transitoria y debe acatar las normas de uso que se establezcan. f) La persona teletrabajadora deberá estar disponible dentro de la jornada laboral acordada, para atender asuntos de su jefatura, compañeros (as) y usuarios(as) ya sea por medio de correo electrónico, teléfono, videoconferencia u otro medio. En caso de que la Jefatura requiera la presencia física de la persona teletrabajadora, deberá convocársele con 24 horas de antelación, salvo casos muy calificados o excepcionales de extrema urgencia, en cuyo caso la persona trabajadora deberá presentarse de inmediato considerando los tiempos de traslado desde su lugar de teletrabajo, caso contrario, se aplicará lo que establece la normativa disciplinaria vigente, siendo ésta el Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de las Mujeres . g) Asumir los gastos de electricidad, servicio telefónico, servicio de internet agua y alimentación, derivados de la ejecución de las actividades teletrabajables. En el caso de traslados para realizar giras o reuniones de trabajo como parte de su función, se aplicará lo establecido en el Reglamento de Viáticos y Gastos de Transporte del Instituto Nacional de las Mujeres. h) Brindar información veraz y oportuna en todos los procesos de investigación, evaluación del desempeño y medición a los que deba someterse. En caso de comprobarse algún incumplimiento, que amerite eventualmente la aplicación del régimen disciplinario se aplicarán las normas establecidas tanto en el Reglamento Autónomo de Servicio del Instituto Nacional de las Mujeres, este reglamento como en el convenio suscrito, previa realización del debido proceso. De lo ahí resuelto se remitirá un informe a la Área de Recursos Humanos quien a su vez lo elevará a la Jerarca para efectos de ordenar o no la apertura de un procedimiento Ordinario Administrativo. i) Cumplir con la jornada laboral de la Institución, sin embargo el horario podrá ser flexibilizado, siempre y cuando sea consensuado con su jefatura y no afecte el normal desarrollo de las actividades de otras p e r s o n a s compañeras (os), de otros procesos y/o el servicio a la persona usuaria.
Artículo 19.-Jornada. La modalidad de teletrabajo se podrá realizar uno, dos o tres días por semana, mismos que se definirán mediante acuerdo mutuo entre la p e r s o n a teletrabajadora y l a J e f a t u r a En los demás días la persona funcionaria deberá desempeñar sus labores presenciales en las instalaciones del INAMU.
CAPÍTULO V Del titular subordinado
Artículo 20.-Obligaciones. Los titulares subordinados de las dependencias del INAMU, en las cuales se aplica la modalidad de teletrabajo, además de las establecidas en la normativa vigente, tendrán las siguientes obligaciones: a) Facilitar la aclaración de dudas y solución de conflictos o contratiempos que se puedan presentar en el desarrollo de las actividades bajo esta modalidad. b) Definir y evaluar el cumplimiento de las metas de la persona teletrabajadora y recomendar las acciones que permitan mejorar el desempeño. Para este fin, debe llevar los registros correspondientes, hacer evaluaciones mensuales e informar a los interesados y a la CIT. c) Cuando el rendimiento de las personas teletrabajadoras no cumpla con lo programado, debe realizar un análisis de las causas y formular las recomendaciones que correspondan para mejorar el desempeño del teletrabajador. En caso de que determinen mediante un debido proceso, que las causas de bajo desempeño son atribuibles al teletrabajador, deberán proceder conforme lo establece este Reglamento. d) Determinar si la información a la cual tiene acceso la persona Teletrabajadora es de carácter confidencial y sensible a los intereses de la institución y proceder de acuerdo con el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto N° 27130-MP referente a la discrecionalidad y confidencialidad.
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e) Promover el uso intensivo de las tecnologías de información y comunicación entre todo el personal de su área para simplificar y digitalizar trámites que contribuyan con la modernización de la gestión. f) Velar porque se mantenga el ambiente laboral adecuado, la formación y las oportunidades de desarrollo e integración social de las personas teletrabajadoras. g) Gestionar ante la Comisión Institucional de Teletrabajo todos los aspectos y acciones de mejora relacionados con la modalidad para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Programa de Teletrabajo. h) Suspender el teletrabajo sin previo aviso, cuando sea necesario para garantizar el cumplimiento de los principios fundamentales del servicio público, asegurando su continuidad y eficiencia.
CAPÍTULO VI Tecnologías de Información
Artículo 21.-Recursos Tecnológicos. Los recursos tecnológicos como computadora y servicio de internet requeridos para el cumplimiento de las actividades serán suministrados por la persona funcionaria teletrabajadora. Mismos recursos deben satisfacer los requerimientos propios de las tareas asignadas y deben cumplir con todas las características técnicas que se establezca a nivel Institucional por parte de la Unidad de Informática. También podrán ser suministrados por la Institución, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
Al cese del contrato o convenio, la persona funcionaria teletrabajadora deberá restituir el equipo institucional.
Artículo 22.- Soporte técnico a los sistemas y equipos para el teletrabajo. El INAMU por medio de la Unidad de Informática, brindará el soporte técnico a los equipos y sistemas informáticos aportados por la Institución para que la persona teletrabajadora desarrolle sus funciones.
En el caso de que el equipo sea aportado por la persona teletrabajadora, el soporte técnico se limitará a resolver los prob lemas de conectividad y sistemas de la plataforma tecnológica institucional. La actualización del sistema operativo y el antivirus de la computadora, será responsabilidad de la persona teletrabajadora.
El soporte técnico que se realice a los equipos y recursos tecnológicos se llevará a cabo de manera remota por un profesional de la Unidad Informática, para lo cual la persona teletrabajadora brindará el apoyo que sea necesario. En caso de que esta op ción no dé los resultados esperados, se le asistirá telefónicamente o por cualquier otro medio.
Así mismo, la Unidad de Informática indicará los lineamientos correspondientes para el mantenimiento de los equipos institucionales que se utilizan para realizar teletrabajo.
Artículo 23.-Eximentes de responsabilidad del INAMU por mal uso de los recursos informáticos. La Unidad Informática del INAMU se exime de brindar soporte en caso de problemas generados por el mal uso de los recursos tecnológicos institucionales, como por ejemplo la disminución del rendimiento de la computadora, saturación del disco duro o cualquier otra falla de las herramientas de trabajo por descargas o copias de música, vídeos, paquetes de software ilegales, fotos o cualquier elemento ajeno a las actividades teletrabajables.
Artículo 24.-Responsabilidad en caso de daño o pérdida de los recursos informáticos institucionales. Las personas teletrabajadoras incurrirán en responsabilidad civil en caso de deterioro o pérdida de los equipos de trabajo institucionales , siempre y cuando lo anterior haya sido causado por dolo o culpa grave debidamente comprobada. Conforme lo dicta el Reglamento de Administración de Activos del Instituto Nacional De Las Mujeres.
Artículo 25.- Actualización Tecnológica. Durante la ejecución del contrato la persona teletrabajadora, mantendrá su derecho de participar en las capacitaciones programadas que imparte la Institución. Será su responsabilidad mantenerse actualizada en cuanto al uso de las herramientas de la plataforma tecnológica que demanda la ejecución de sus acti vidades, de acuerdo con la capacitación que imparte el INAMU.
Disposiciones Finales
Artículo 26.-Vigencia. Rige a partir de su publicación.
San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil diecisiete.
2. Oficios UIN-0107-10-2017; UIN-0109-10-2017; UIN-0110-10-2017; UIN-0111-10-2017; UIN-0112-10-2017
recibidos en la Secretaría de Junta Directiva en fecha 26 de octubre del 2017, suscritos por la
señora Ingrid Trejos Marín, Jefa de la Unidad de Informática del INAMU, en que da cumplimiento al
Acuerdo N° 4 tomado en la Sesión Ordinaria N° 20-2017 del 11 de setiembre del presente año, que
comisionaba a la Jefatura de la Unidad de Informática a elaborar un plan remedial atendiendo cada
una de las recomendaciones señaladas en la Auditoría Externa realizada al 31 de diciembre del
2016 y presentar a la Junta Directiva un cronograma de trabajo y las personas responsables de su ejecución.
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La Presidenta Alejandra Mora indica que los documentos presentados por la Jefa de la Unidad de
Informática Ingrid Trejos, obedecen al cumplimiento del Acuerdo N° 4 tomado en la Sesión Ordinaria
N° 20-2017 del 11 de setiembre del año en curso.
Se autoriza el ingreso de la señora Yolanda Delgado, Directora General de Áreas Estratégicas, quien se
incorpora al ser las dieciocho horas con cuatro minutos.
La Junta Directiva procede a analizar conjuntamente con la Directora Técnica, cada uno de los
documentos indicados.
Una vez esbozados las observaciones y hechas las consultas respectivas, se procede a tomar el acuerdo:
ACUERDO NÚMERO CUATRO
CONSIDERANDO
1. El análisis realizado a los oficios UIN-0107-10-2017; UIN-0109-10-2017; UIN-0110-10-2017; UIN-0111-10-2017;
UIN-0112-10-2017 recibidos en la Secretaría de la Junta Directiva en fecha 26 de octubre del 2017
suscritos por la señora Ingrid Trejos Marín, Jefa de la Unidad de Informática del INAMU, con los que
acredita el cumplimiento al Acuerdo N° 4 tomado en la Sesión Ordinaria N° 20-2017 del 11 de setiembre
del presente año, que la comisionaba a elaborar un plan remedial conteniendo los plazos de
cumplimiento y las personas responsables de ejecutar cada actividad, en atención a cada una de las
recomendaciones señaladas por la Auditoría Externa realizada al INAMU al 31 de diciembre del 2016.
2. Que específicamente en el oficio UIN-0110-10-2017 de fecha 17 de octubre del 2017, la señora Ingrid
Trejos Marín, Jefa de la Unidad de Informática del INAMU, indica que da respuesta al oficio AI-182-2017
de la Auditoría Interna y que a su vez da cumplimiento al Acuerdo N° 4 de la Sesión Ordinaria
N° 20-2017, por lo que procede a remitir una matriz con los datos referentes a cada uno de los
hallazgos señalados en la Auditoría Externa; el estado de cumplimiento; el plazo de ejecución, la
Unidad responsable y las observaciones sobre la situación actual y el nivel de riesgo de cada uno de ellos.
3. Que el Acuerdo N° 4 del Acta N° 20-2017 solicita a la Jefatura de la Unidad de Informática, la
presentación del plan remedial en un plazo máximo de quince días hábiles considerados a partir
de comunicado el acuerdo, fecha que correspondía al 18 de octubre del 2017; no obstante, el oficio
UIN-0110-10-2017 conteniendo la matriz con el plan remedial, fue entregado en el Despacho de la
Presidencia Ejecutiva el día 25 de octubre del 2017, instancia que refiere el documento a la Secretaría
de la Junta Directiva, el día siguiente 26 de octubre del 2017.
4. Que en el documento UIN-0110-10-2017 se presentan una serie de observaciones referidas a otras
situaciones.
SE ACUERDA 1. TENER POR NO CUMPLIDO EL PLAZO DE ENTREGA DEL PLAN REMEDIAL POR PARTE DE LA JEFATURA DE LA UNIDAD DE
INFORMÁTICA DEL INAMU, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ACUERDO N° 4 DE LA SESIÓN ORDINARIA N° 20-2017, DADO QUE FUE PRESENTADO A LA JUNTA DIRECTIVA EN FORMA EXTEMPORÁNEA, REFERIDO POR LA PRESIDENCIA EJECUTIVA.
2. REMITIR EL DOCUMENTO UIN-0110-10-2017 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DEL 2017 A LA DIRECTORA GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS SEÑORA YOLANDA DELGADO, CON EL FIN DE QUE PROCEDA A ANALIZAR CADA UNA DE LAS OBSERVACIONES QUE SEÑALA LA SEÑORA INGRID TREJOS, JEFA DE LA UNIDAD DE INFORMÁTICA, EN RELACIÓN CON EL PLAN REMEDIAL; Y PRESENTE UN INFORME EN LA PRÓXIMA SESIÓN, DADA LA URGENCIA CON LA QUE ESTA JUNTA DIRECTIVA HA ATENDIDO ESTE TEMA.
3. DAR POR CONOCIDOS Y ANALIZADOS LOS RESTANTES OFICIOS UIN-0107-10-2017; UIN-0109-10-2017; UIN-0111-10-2017 Y UIN-0112-10-2017, RECIBIDOS EN LA SECRETARÍA DE LA JUNTA DIRECTIVA EN FECHA 26 DE OCTUBRE DEL 2017 SUSCRITOS POR LA SEÑORA INGRID TREJOS MARÍN, JEFA DE LA UNIDAD DE INFORMÁTICA, CON LOS QUE ACREDITA EL CUMPLIMIENTO AL ACUERDO N° 4 DE LA SESIÓN ORDINARIA N° 20-2017, QUE LA COMISIONABA A ELABORAR UN PLAN REMEDIAL CONTENIENDO LOS PLAZOS DE CUMPLIMIENTO Y LAS PERSONAS RESPONSABLES DE CADA ACTIVIDAD, EN ATENCIÓN A LAS RECOMENDACIONES SEÑALADAS EN LA AUDITORÍA EXTERNA REALIZADA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. ACUERDO FIRME.
La señora Yolanda Delgado se retira al ser las dieciocho horas con veinticuatro minutos.
3. Oficio FMI-07-2017 de fecha 01 de noviembre del 2017 suscrita por la señora Ana Felicia Torres
Redondo, Coordinadora del Foro de Mujeres del INAMU, en que solicita autorización para la
convocatoria a la III Asamblea General Ordinaria del Foro de Mujeres del INAMU, para el viernes
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08 de diciembre del 2017, de 8:30 a.m. a 2:00 p.m. en las instalaciones del Centro de Formación del
INAMU, situado en Los Yoses.
La Presidenta Alejandra Mora somete a consideración la solicitud planteada por el Comité Coordinador
del Foro de Mujeres del INAMU y procede a tomar el siguiente acuerdo:
ACUERDO NÚMERO CINCO
CONSIDERANDO
1. La solicitud planteada por la señora Ana Felicia Torres Redondo del Comité Coordinador del Foro
de Mujeres del INAMU, mediante oficio FMI-07-2017 de fecha 01 de noviembre del año en curso, para
convocar a la Tercera Asamblea General Ordinaria del Foro de Mujeres del INAMU, para el viernes
08 de diciembre del 2017 en horario de 8:30 a.m. a las 2:00 p.m., en las instalaciones del Centro de
Formación del INAMU, ubicado en Los Yoses, San José.
SE ACUERDA 1. CONVOCAR A LA TERCERA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DEL FORO DE MUJERES DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS
MUJERES DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, PARA EL DÍA VIERNES OCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, EN HORARIO DE OCHO Y TREINTA HASTA LAS CATORCE HORAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE FORMACIÓN DEL INAMU, UBICADO EN LOS YOSES, SAN JOSÉ.
2. AUTORIZAR LA CONFORMACIÓN DE LA AGENDA DE LA SIGUIENTE MANERA:
A. COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM
B. APROBACIÓN DE LA AGENDA DEL DÍA
C. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANTERIOR Y SEGUIMIENTO DE ACUERDOS
D. EXPOSICIÓN DEL INFORME DEL COMITÉ COORDINADOR DEL FORO
E. PRESENTACIÓN DE INFORME DE LA SEÑORA TERESITA RAMELLINI CENTELLA, REPRESENTANTE DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES ACREDITADAS EN EL FORO DE MUJERES, ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INAMU
F. PRESENTACIÓN DE INFORME DE LA SEÑORA SYLVIA MESA PELUFFO, REPRESENTANTE DE COSTA RICA EN EL COMITÉ DE EXPERTAS ANTE EL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ (MESECVI)
G. ASUNTOS VARIOS SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. ACUERDO FIRME.
4. Presentación de documentos suscritos por la señora Ema Rebeca Alfaro, Auditora Interna del INAMU.
a. Oficio AI-211-2017 que contiene el AI-Inf-039-2017 de fecha 11 de octubre del 2017, en que la Auditoría
Interna brinda Asesoría sobre las atribuciones de la Junta Directiva, la Presidencia Ejecutiva, la
Secretaria (integrante del Órgano Colegiado) y la Secretaria (cargo de Secretaria Ejecutiva), así
como el seguimiento de Acuerdos.
La Presidenta Alejandra Mora somete a revisión y análisis el Informe AI-Inf-039-2017 contenido en el oficio
AI-211-2017, que hace referencia a las atribuciones de la Junta Directiva; la Presidencia Ejecutiva; la
Secretaria integrante del Órgano Colegiado y la Secretaria Ejecutiva de la Junta Directiva, así como al
seguimiento de Acuerdos.
En cuanto al Informe AI-Inf-039-2017, se procederá a considerar por separado cada una de las
recomendaciones y observaciones emitidas por la Auditoría Interna.
ACUERDO NÚMERO SEIS
CONSIDERANDO
1. El análisis y revisión de las recomendaciones y observaciones emitidas por la Auditoría Interna en su
Informe AI-Inf-039-2017 contenido en el oficio AI-211-2017 fechado 11 de octubre del 2017, que indican:
a. Realizar un análisis de la carga de trabajo que actualmente se tiene la Secretaría de la Junta
Directiva, con respecto a todas las funciones que deben ser desempeñadas por ese Despacho.
b. De acuerdo a los resultados del punto anterior, la Junta Directiva debe hacer las gestiones para
fortalecer ese soporte administrativo.
c. Realizar una revisión de las funciones a cargo de la Secretaria Ejecutiva de la Junta Directiva, a
fin de hacerlo concordante con las atribuciones conferidas por la Ley de Creación del INAMU
y la Ley General de Administración Pública a la Presidencia Ejecutiva y a la Secretaria integrante
del Órgano Colegiado.
ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
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d. La recomendación tanto a la Junta Directiva como a la Presidencia Ejecutiva, de disponer de un sistema
de seguimiento y cumplimiento de acuerdos, que permita obtener la seguridad de que se llevan a
cabo, lo cual incluye verificaciones de campo a fin de constatar su ejecución o si únicamente se ha
dado respuesta.
e. Determinar el tiempo y las formas del informe anual que la Presidencia Ejecutiva debe presentar
ante la Junta Directiva.
f. Tomar el o los acuerdos relacionados con el informe anual de la Presidencia Ejecutiva, en que
conste claramente si se aprueba o se imprueba dicho informe.
g. Presentar ante la Junta Directiva el informe anual de acuerdo con el plazo y formas que se establezcan.
h. Fijar tiempos de respuesta para cada Acuerdo de Junta Directiva, con el fin de contar con
parámetros en las verificaciones o controles que debe llevar el Órgano Colegiado. En caso de
incumplimiento de fechas, la Junta Directiva debe disponer de un control que pueda poner en
relevancia dicha situación, a fin de corregirla.
i. Elaborar un manual de procedimiento que detalle las tareas o pasos que debe ejecutar la
persona encargada del seguimiento de acuerdos de Junta Directiva, así como las fechas de
presentación de informes de seguimiento a ese Órgano Colegiado.
j. En las Actas de la Junta Directiva deberá constar la discusión y en dado caso, la aprobación del
informe de seguimiento de Acuerdos.
k. Cada Dirección, Área, Coordinación y/o Jefatura deberán instaurar un control manual o electrónico,
que contenga el avance o estado actual de cada Acuerdo de Junta Directiva girado a las
mismas. Este debe detallar los eventos, oficios, actividades, etc., relacionados con el proceso
en que se encuentran actualmente los acuerdos.
l. Girar la instrucción a la encargada del seguimiento de acuerdos de Junta Directiva, sobre la
necesidad de ejecutar la tarea del seguimiento de manera acumulativa que incluya una
investigación de las acciones que han efectuado las áreas, coordinaciones, jefaturas y/o personas
funcionarias, para el cumplimiento de cada Acuerdo de Junta Directiva.
m. Incluir en un solo reporte con todos los acuerdos pendientes, con el fin de que la Junta Directiva
pueda ver el estado actual o el proceso que se ha llevado a cabo en relación con el acuerdo
en cuestión, esto cuando se emitan los informes anuales o mensuales.
n. Incluir en el listado la observación de “Pendiente”, además de anotar los procesos que se han efectuado
sobre el mismo, cuando se trata de Acuerdos pendientes o sea que no han sido ejecutados por
diferentes razones.
o. Incluir en el listado el número de oficio o el documento que respalde la ejecución o el proceso
en que se encuentra cada Acuerdo girado por la Junta Directiva.
SE ACUERDA 1. COMISIONAR AL COORDINADOR DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS SEÑOR NELSON SÁNCHEZ, A REALIZAR UN ESTUDIO
DE LA CARGA DE TRABAJO SOBRE LAS FUNCIONES ASIGNADAS A LA SECRETARÍA DEL DESPACHO DE LA JUNTA DIRECTIVA, CUYO PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL INFORME SERÍA DE CINCO MESES, CON RIGE A PARTIR DE COMUNICADO EL ACUERDO.
2. EN CUANTO A LA RECOMENDACIÓN DE QUE LA JUNTA DIRECTIVA REALICE GESTIONES PARA FORTALECER EL SOPORTE ADMINISTRATIVO, SE ESPERARÁ LA PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL INFORME TÉCNICO POR PARTE DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS, CON EL FIN DE TOMAR LAS ACCIONES QUE CORRESPONDAN.
3. INSTRUIR A LA COORDINACIÓN DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS, PARA QUE EN EL INFORME TÉCNICO SOLICITADO EN EL PUNTO ANTERIOR, SE INCLUYA UNA VALORACIÓN DE LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA JUNTA DIRECTIVA, SEGÚN LA LEY DE CREACIÓN DEL INAMU, PARA LO CUAL DISPONE DEL MISMO PLAZO CONFERIDO DE CINCO MESES PARA SU PRESENTACIÓN ANTE ESTE ÓRGANO COLEGIADO.
4. DADO QUE SE REQUIERE UN SISTEMA DE SEGUIMIENTO PARA AFINAR LAS VERIFICACIONES DE CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS TOMADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA, SE LE ASIGNA LA COMPETENCIA A LA UNIDAD DE INFORMÁTICA DEL INAMU, CON EL FIN DE QUE DISEÑE UN SISTEMA INFORMÁTICO SIMPLE, PERO QUE PERMITA Y GARANTICE EL PROCESO DE SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS, CON EL FIN DE MEJORAR EL TIEMPO Y FORMA DE PRESENTACIÓN A LA JUNTA DIRECTIVA; PARA LO CUAL SE LE CONCEDEN DOS MESES DE PLAZO, QUE RIGEN A PARTIR DE COMUNICADO ESTE ACUERDO.
5. EN CUANTO A LA RECOMENDACIÓN DE DISPONER DE UN SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS, QUE PERMITA OBTENER LA SEGURIDAD DE QUE SE LLEVAN A CABO; SE HACE LA REFERENCIA A LO CONSIGNADO EN EL PUNTO NÚMERO CUATRO DE ESTE MISMO ACUERDO.
6. EN CUMPLIMIENTO A LO INDICADO POR LA AUDITORÍA INTERNA, SE PROCEDE A INSTRUIR A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA, A PRESENTAR LOS INFORMES DE GESTIÓN CORRESPONDIENTES A LOS TRES AÑOS ANTERIORES; NO OBSTANTE LA INTENCIÓN DE PRESENTARLOS AL FINAL DEL PERÍODO.
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7. EN RELACIÓN CON LAS RECOMENDACIONES CONSIGNADAS EN LOS CONSIDERANDOS F) Y G), SE REFIERE A LO PREVISTO EN EL PUNTO 6 DE ESTE ACUERDO.
8. EN LO REFERENTE AL CONSIDERANDO H), SE SOLICITA A LA UNIDAD DE INFORMÁTICA INSTITUCIONAL, ATENERSE A LO INDICADO EN EL PUNTO 4 DE ESTE ACUERDO; ESTABLECIENDO QUE EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE SEGUIMIENTO DE ACUERDOS, DEBE DE SEÑALARSE CLARAMENTE EL PLAZO EN QUE SE DEBE DAR RESPUESTA, CON EL FIN DE QUE AGILIZAR LA REVISIÓN PERIÓDICA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS ASIGNADOS.
9. EN CUANTO A LA RECOMENDACIÓN DE ELABORAR UN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE DETALLE LAS TAREAS O PASOS A EJECUTAR EN EL SEGUIMIENTO DE ACUERDOS, ESTA JUNTA DIRECTIVA SE AJUSTA AL APORTE QUE DÉ EL SISTEMA INFORMÁTICO REQUERIDO EN EL PUNTO 4 Y LA INFORMACIÓN QUE PROVEA.
10. EN REFERENCIA AL CONSIDERANDO J), SE LE INFORMA A LA AUDITORÍA INTERNA QUE EN LAS ACTAS DE LA JUNTA DIRECTIVA SÍ SE DETALLA LA DISCUSIÓN DEL ÓRGANO COLEGIADO, COMO BIEN CONSTA EN DICHOS DOCUMENTOS.
11. QUE PARA EFECTOS DEL CONSIDERANDO K), PARA INSTAURAR UN CONTROL MANUAL O ELECTRÓNICO QUE CONTENGA EL AVANCE O ESTADO ACTUAL DE CADA ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA; SE LE INDICA A LA UNIDAD DE INFORMÁTICA, QUE EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE SEGUIMIENTO DE ACUERDOS, DEBE INCORPORARSE UN MECANISMO DE CONTROL, COMO UN APARTADO DENTRO DEL SISTEMA, DE MANERA QUE CADA UNA DE LAS ÁREAS INSTITUCIONALES TENGA ACCESO A ESA PARTE DISPOSITIVA, QUE LES PERMITA DAR SEGUIMIENTO A LAS INSTRUCCIONES GIRADAS POR ESTA JUNTA DIRECTIVA.
12. HACER DE CONOCIMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA, QUE LA TAREA DE SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR ESTE ÓRGANO COLEGIADO, AÚN CUANDO NO SE REALIZA A TRAVÉS DE UN SISTEMA INFORMÁTICO, ES EJECUTADA EN FORMA MANUAL POR LA SECRETARIA DE ESTA JUNTA DIRECTIVA, LO CUAL CONSTA EN EL INFORME SEMESTRAL PRESENTADO PARA TAL EFECTO.
13. EN CUANTO A LO INDICADO EN EL CONSIDERANDO M), DE INCLUIR EN UN SOLO REPORTE LOS ACUERDOS EN ESTADO PENDIENTE, SE REMITE A LO PLANTEADO EN EL PUNTO 12.
14. EN LO REFERENTE A LA RECOMENDACIÓN DE INCLUIR EN EL LISTADO DE LOS ACUERDOS LA OBSERVACIÓN DE “PENDIENTE”, ADEMÁS DE ANOTAR LOS PROCESOS EFECTUADOS SOBRE CADA UNO DE ELLOS, SE LE SEÑALA A LA AUDITORÍA INTERNA, QUE DE LA FORMA DESCRITA SE PROCEDE POR PARTE DE LA SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA; Y QUE PARA LOS EFECTOS SE LE REMITE EL ÚLTIMO INFORME DE SEGUIMIENTO DE ACUERDOS, PARA QUE CONSTE LA CANTIDAD DE INFORMACIÓN QUE CONTIENE EL MISMO, QUE SUPERA LA QUE INDICA LA MISMA SEÑORA AUDITORA .
15. EN ATENCIÓN AL ÚLTIMO DE LOS CONSIDERANDOS, SE INFORMA A LA AUDITORÍA INTERNA QUE DEBE ATENERSE A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 14, DONDE TAMBIÉN SE INCORPORA EN EL INFORME QUE REALIZA LA SECRETARIA EJECUTIVA A ESTA JUNTA DIRECTIVA.
16. DAR POR CONCLUIDO EL ANÁLISIS Y REVISIÓN DE LAS RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES SEÑALADAS POR LA SEÑORA EMA REBECA ALFARO, AUDITORA INTERNA EN SU INFORME AI-INF-039-2014, REFERENTES A LAS ATRIBUCIONES DE ESTA JUNTA DIRECTIVA; LA PRESIDENCIA EJECUTIVA; LA SECRETARIA INTEGRANTE DEL ÓRGANO COLEGIADO Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL DESPACHO DE LA JUNTA DIRECTIVA; ASÍ COMO DEL PROCESO DE SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
b. Oficio AI-222-2017 emitido por la señora Auditora Interna en fecha 18 de octubre del 2017, en que hace
un recordatorio de la solicitud de reconsideración para continuar con la contratación del Sistema AudiNet.
La Presidenta Alejandra Mora inicia la revisión del oficio AI-222-2017 de fecha 18 de octubre del 2017,
suscrito por la Auditora Interna señora Ema Rebeca Alfaro.
ACUERDO NÚMERO SIETE
CONSIDERANDO
1. El oficio AI-222-2017 emitido por la señora Auditora Interna en fecha 18 de octubre del 2017, en el
que plantea la solicitud de reconsideración para continuar con el proceso de contratación del
Sistema AudiNet, cuyo costo de actualización es de dos millones de colones.
2. Lo consignado en el oficio INAMU-PE-581-2017 de fecha 30 de octubre del 2017, mediante el cual
la Presidencia Ejecutiva atiende la solicitud de la señora Auditora Interna.
3. El análisis de reconsideración del tema realizado por la Junta Directiva, con base en lo establecido
en el Decreto Ejecutivo N° 40540-H sobre la restricción del gasto público.
SE ACUERDA 1. COMUNICARLE A LA SEÑORA AUDITORA INTERNA EMA REBECA ALFARO, EN CONCORDANCIA CON SU SOLICITUD DE
RECONSIDERACIÓN DE CONTINUAR CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN, ACTUALIZACIÓN, INSTALACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE AUDINET PARA LA AUDITORÍA INTERNA DEL INAMU; QUE ESTA JUNTA DIRECTIVA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO N° 40540-H QUE REGULA
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EL GASTO PÚBLICO, AVALA LA RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA, DE REALIZAR AJUSTES EN LAS CONTRATACIONES INSTITUCIONALES, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LA DIRECTRIZ EMITIDA POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA; RAZÓN POR LA CUAL NO PODRÁ CONTINUARSE CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DEL SISTEMA AUDINET, HASTA TANTO NO SE LEVANTE DICHA RESTRICCIÓN.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
c. Oficio AI-228-2017 conteniendo el Informe AI-Inf-041-2017 de fecha 27 de octubre del 2017, en el
que la Auditoría Interna brinda asesoría sobre la “Reorganización Parcial del INAMU fundamentada
en una creación y modificación de unidades administrativas”.
ACUERDO NÚMERO OCHO
CONSIDERANDO
1. El Informe AI-Inf-041-2017 remitido con oficio AI-228-2017 de fecha 27 de octubre del 2017, en que la Auditoría
Interna brinda asesoría sobre la “Reorganización Parcial del INAMU fundamentada en una creación y
modificación de unidades administrativas”.
SE ACUERDA
1. DAR POR CONOCIDO EL INFORME AI-INF-041-2017 REMITIDO CON OFICIO AI-228-2017 DE FECHA 27 DE
OCTUBRE DEL 2017, QUE BRINDA ASESORÍA SOBRE LA REORGANIZACIÓN PARCIAL DEL INAMU, Y SE LE
ASIGNA A LA JUNTA DIRECTIVA SU ESTUDIO, CON EL FIN DE QUE SEA CONSIDERADO EN EL MOMENTO
EN QUE SE ABRA LA DISCUSIÓN POR EL FONDO DE LA REORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL; DADO QUE
EN LA ACTUALIDAD SE ESTÁ EN EL PROCESO INFORMATIVO Y DE CONSULTA AL PERSONAL DEL INAMU.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
d. AI-229-2017 (AI-Inf-042-2017) de 31 de octubre del 2017, en que remite el informe AI-Inf-042-2017 que
contiene el Informe Parcial de Labores de la Auditoría Interna durante el 2017.
ACUERDO NÚMERO NUEVE
CONSIDERANDO
1. El oficio AI-229-2017 que contiene el Informe AI-Inf-042-2017 suscrito por la señora Ema Rebeca Alfaro,
Auditora Interna en fecha 31 de octubre del 2017, que hace referencia al Informe Parcial de Labores
de la Auditoría Interna durante el período 2017.
SE ACUERDA
1. DAR POR CONOCIDO EL OFICIO AI-229-2017 DE FECHA 31 DE OCTUBRE DEL MISMO AÑO, CON EL QUE
SE REMITE EL DOCUMENTO AI-INF-042-2017, REFERENTE AL INFORME PARCIAL DE LABORES REALIZADO
POR LA AUDITORÍA INTERNA EN EL PERÍODO TRANSCURRIDO DEL 2017.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
e. AI-232-2017 fechado 03 de noviembre del 2017, en que la Auditora Interna presenta invitación de la
Contraloría General de la República a participar en la Mesa Redonda del 09 de noviembre del 2017.
ACUERDO NÚMERO DIEZ
CONSIDERANDO
1. El oficio AI-232-2017 de fecha 03 de noviembre del 2017 suscrito por la señora Ema Rebeca Alfaro,
Auditora Interna, refiriendo al oficio N° 13118 (DGA-UCC-0196) del 01 de noviembre del año en curso,
en que la Contraloría General de la República cursa invitación a la Mesa Redonda en temáticas de
desarrollo de las Auditorías Internas, que se realizará el día jueves 09 de noviembre del 2017.
SE ACUERDA
1. AUTORIZAR A LA SEÑORA EMA REBECA ALFARO, AUDITORA INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS
MUJERES, A PARTICIPAR EN LA MESA REDONDA CONVOCADA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE
LA REPÚBLICA PARA EL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL 2017, SOBRE TEMÁTICAS DE DESARROLLO DE LAS
AUDITORÍAS INTERNAS.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
CORRESPONDENCIA
1. Conocimiento de los oficios AFC-104-2017 y AFC-105-2017 del 25 de octubre 2017, suscritos por la
Coordinadora Financiero Contable, en respuesta a oficios DAF-335-09-2017 y DAF-339-09-2017 de la Dirección
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Administrativa Financiera, sobre recomendaciones competentes asociadas a las actividades del Área
Financiera Contable.
ACUERDO NÚMERO ONCE
CONSIDERANDO
1. Los oficios AFC-104-2017 y AFC-105-2017 fechados el 25 de octubre del 2017 suscritos por la señora
Consuelo Murillo Ugalde, Coordinadora del Área Financiero Contable, en los que se da respuesta a las
notas DAF-335-09-2017 y DAF-339-09-2017 y pone en conocimiento a la Directora Administrativa
Financiera, del cronograma de las acciones implementadas para el mejoramiento del sistema de
control de riesgos, asociados a la actividad contable institucional; y asimismo remite el plan de atención de
las recomendaciones competentes al Área Financiero Contable, emitidas en el Informe de la Auditoría
Externa realizada al INAMU por el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2016.
SE ACUERDA 1. TENER POR CONOCIDO EL OFICIO AFC-104-2017 DE FECHA 25 DE OCTUBRE DEL 2017, EN QUE LA COORDINADORA DEL
ÁREA FINANCIERO CONTABLE PONE EN CONOCIMIENTO A LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA FINANCIERA, DEL CRONOGRAMA DE LAS ACCIONES IMPLEMENTADAS EN ESTA DEPENDENCIA, PARA EL MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL DE RIESGOS, ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD CONTABLE INSTITUCIONAL.
2. DAR POR ANALIZADO EL OFICIO AFC-105-2017 DE FECHA 25 DE OCTUBRE DEL 2017, MEDIANTE EL CUAL LA SEÑORA CONSUELO MURILLO, COORDINADORA DEL ÁREA FINANCIERO CONTABLE, INFORMA A LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA FINANCIERA, EL PLAN DE ATENCIÓN DE LAS RECOMENDACIONES COMPETENTES AL ÁREA FINANCIERO CONTABLE, EMITIDAS EN EL INFORME DE LA AUDITORÍA EXTERNA REALIZADA AL INAMU AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016. NO OBSTANTE, SE SEÑALA LA NECESIDAD DE QUE SE INCLUYAN INSTRUCCIONES INTEGRALES A OTRAS UNIDADES QUE ESTÁN BAJO LA RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA, POR LO QUE SE LE REMITE PARA QUE INFORME A ESTA JUNTA DIRECTIVA, DE LAS ACCIONES A TOMAR PARA EL CUMPLIMIENTO Y ATENCIÓN DE LA RECOMENDACIONES DE LA AUDITORÍA EXTERNA.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
2. Oficio DGAE-201-10-2017 del 19 de octubre del 2017 de la Directora General de Áreas Estratégicas,
que da cumplimiento al Acuerdo N° 4 de la Sesión Ordinaria N° 19-2017, en Seguimiento a las
Acciones y Recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna.
ACUERDO NÚMERO DOCE
CONSIDERANDO
1. Lo consignado en el oficio DGAE-201-10-2017 del 19 de octubre del 2017, con el que la Directora
General de Áreas Estratégicas señora Yolanda Delgado, atiende las instrucciones dadas en el Acuerdo
N° 4 de la Sesión Ordinaria N° 19-2017 y solicita a las Áreas institucionales, brindar información sobre
el cumplimiento de las acciones referentes al seguimiento y control de los Convenios de Cooperación.
SE ACUERDA 1. DAR POR CONOCIDO EL OFICIO DGAE-201-10-2017 DEL 19 DE OCTUBRE DEL 2017, CON EL QUE LA DIRECTORA GENERAL DE
ÁREAS ESTRATÉGICAS SEÑORA YOLANDA DELGADO, ATIENDE LAS INSTRUCCIONES DADAS EN EL ACUERDO N° 4 DE LA SESIÓN ORDINARIA N° 19-2017, SOLICITANDO A LAS ÁREAS INSTITUCIONALES BRINDAR INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES REFERENTES AL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS CONVENIOS DE COOPERACIÓN.
2. INSTRUIR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ÁREAS ESTRATÉGICAS, PARA QUE EN UN PLAZO DE TRES MESES A PARTIR DE COMUNICADO ESTE ACUERDO, SE PRESENTE UN INFORME A LA JUNTA DIRECTIVA, QUE CONTENGA LA INFORMACIÓN BRINDADA POR LAS ÁREAS INSTITUCIONALES SOBRE EL TEMA INDICADO.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
3. Oficio INAMU-PE-559-10-2017 del 16 de octubre del 2017, mediante el cual la Presidencia Ejecutiva
da cumplimiento al Acuerdo N° 8 del Acta N° 20-2017, que solicita a las Áreas del INAMU convocar
al Foro de Mujeres del INAMU, a todas las actividades institucionales que sean de valor formativo o
informativo.
ACUERDO NÚMERO TRECE
CONSIDERANDO
1. Lo consignado en el oficio INAMU-PE-559-10-2017 de fecha 16 de octubre del 2017, con el que se da
cumplimiento por parte de la Presidencia Ejecutiva, al Acuerdo N° 8 del Acta N° 20-2017, al solicitar
a las Áreas institucionales valorar la posibilidad de extender la convocatoria al Foro de Mujeres del
INAMU, para todas las actividades institucionales que sean de valor formativo o informativo.
ACTA N° 26 - 2017 06 DE NOVIEMBRE DEL 2017
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SE ACUERDA 1. TOMAR NOTA DE LO INDICADO EN EL OFICIO INAMU-PE-559-10-2017 DEL 16 DE OCTUBRE DEL 2017, CON EL QUE SE DA
CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA, AL ACUERDO N° 8 DEL ACTA N° 20-2017, AL SOLICITAR A LAS ÁREAS INSTITUCIONALES VALORAR LA POSIBILIDAD DE EXTENDER LA CONVOCATORIA AL FORO DE MUJERES DEL INAMU, PARA TODAS LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES QUE SEAN DE VALOR FORMATIVO O INFORMATIVO.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
4. Oficio INAMU-PE-UPI-045-2017 del 31 de octubre del 2017 que da seguimiento a los acuerdos N° 4
del Acta N° 06-2017 y al Acuerdo N° 3 del Acta N° 14-2017, sobre el cumplimiento del SEVRI 2015-2018.
ACUERDO NÚMERO CATORCE
CONSIDERANDO
1. Lo consignado en el oficio INAMU-PE-UPI-045-2017 del 31 de octubre del 2017, en que se da seguimiento
por parte de la Unidad de Planificación Institucional, al Acuerdo N° 4 del Acta Ordinaria N° 06-2017
y al Acuerdo N° 3 del Acta Ordinaria N° 14-2017, sobre el cumplimiento de las acciones referentes al
SEVRI 2015-2018, que están bajo la responsabilidad de la Dirección Administrativa Financiera.
SE ACUERDA 1. TOMAR NOTA DE LO INDICADO EN EL OFICIO INAMU-PE-UPI-045-2017 DEL 31 DE OCTUBRE DEL 2017, EN QUE SE DA
SEGUIMIENTO POR PARTE DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL, AL ACUERDO N° 4 DEL ACTA ORDINARIA N° 06-2017 Y AL ACUERDO N° 3 DEL ACTA ORDINARIA N°14-2017, SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES REFERENTES AL SEVRI 2015-2018, QUE ESTÁN BAJO LA RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.
CAPÍTULO V ASUNTOS VARIOS
1. Propuesta de la Directora Teresita Ramellini Centella, en torno a la previsión institucional requerida para
afrontar el proceso de transición hacia los cambios de Administración en el INAMU para el período 2018.
La Directora Teresita Ramellini manifiesta su preocupación en cuanto a la situación que a corto plazo
deberá afrontar el INAMU, con la salida por jubilación de la Directora Administrativa Financiera y la
Directora General de Áreas Estratégicas. Considera que esta coyuntura de transición global, y la inminencia
de cambio, podría eventualmente dejar a la institución en un período de mucha incertidumbre; por lo
que consulta si la Presidencia Ejecutiva ha considerado tomar algunas acciones al respecto.
2. Solicitud presentada por el Comité Coordinador del Foro de Mujeres del INAMU, para que se le
considere extender el plazo para la presentación del criterio solicitado sobre la consulta de la
reorganización parcial del INAMU.
La Directora Teresita Ramellini presenta la solicitud del Foro de Mujeres, para que se considere la extensión
del plazo para emitir criterio sobre la reorganización parcial del INAMU, dado que en la fecha prevista de
entrega se realizará un foro respaldado por el INAMU, en el que se esperaría tomar algunas acuerdos
referentes a la reorganización
Al no tener más asuntos que atender, la Sesión Ordinaria número veintiséis-dos mil diecisiete concluye al
ser las veinte horas con diecinueve minutos.
MSC. Alejandra Mora Mora MSC. Ana Gabriela González Solís
Presidenta Secretaria