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La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 28 de octubre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 209 60 páginas

LA GACETA N° 209 de la fecha 28 10 2015 · Pág 2. La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015. PODER EJECUTIVO. ACUERDOS. MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR. Nº 190-2015

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La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 28 de octubre del 2015

AÑO CXXXVII Nº 209 60 páginas

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Pág 2 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

PODER EJECUTIVO

ACUERDOSMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 190-2015EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:I.—Que del 07 al 08 de mayo de 2015 en la Organización

Mundial de Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza se llevará a cabo el taller de barreras no arancelarias que afectan el comercio de los productos de tecnologías de información, así como la reunión del Comité ITA (Information Tecnology Agreement).

II.—Que la participación de la señora Arlina Gómez Fernández, resulta de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Arlina Gómez Fernández,

portadora de la cédula N° 01-0761-0188, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el taller de barreras no arancelarias que afectan el comercio de los productos de tecnologías de información, que se llevará a cabo del 7 al 8 de mayo de 2015, en la Organización Mundial de Comercio (OMC) en

Ginebra-Suiza, así como participar en la reunión del Comité ITA, respectivamente. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) identificar y examinar barreras arancelarias específicas que afectan el comercio de productos de tecnología de información; 2) identificar posibles opciones para abordar estas barreras arancelarias con el fin de facilitar el comercio de productos; y 3) discutir los próximos pasos con el fin de promover el programa de trabajo del Comité en el tema de barreras no arancelarias. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino viaja a partir del 05 de mayo de 2015. A partir del 09 de mayo la funcionaria inicia viaje personal, de forma tal que todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán asumidos en forma directa por la señora Arlina Gómez Fernández. Regresa a Costa Rica hasta el 10 de mayo de 2015. Los días 09 y 10 de mayo de 2015 corresponden a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Arlina Gómez Fernández, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación, hospedaje y transporte aéreo serán cubiertos por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Los impuestos de salida y el transporte terrestre de ambos países serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Dichos gastos serán cubiertos por COMEX por las mismas subpartidas y por el mismo programa. También, se le autoriza para hacer escala en Madrid-España, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 05 al 10 de mayo de 2015.San José, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil

quince.Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—

1 vez.—O.C. Nº 25986.—Solicitud Nº 19406.—(IN2015069071).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOSEDICTO

El señor Jaime Garita Arauz, número de cédula 6-102-1404, vecino de Heredia en calidad de representante legal de la compañía Droguería Corivet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cefamax, fabricado por Laboratorio Bio-Zoo S. A. de C.V., de México, con los siguientes principios activos: cada tableta (650 mg) contiene: Cefalexina 250 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento y control de infecciones respiratorios y urinarias, afecciones de la piel como piodermas y osteomielitis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 24 de septiembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2015070055).

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Acuerdos ................................................................. 2

DOCUMENTOS VARIOS........................................ 2TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Acuerdos ................................................................ 8 Edictos .................................................................... 8 Avisos ..................................................................... 9CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 10REGLAMENTOS ................................................... 18INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 28RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 33AVISOS..................................................................... 34NOTIFICACIONES ................................................ 59

Carmen Muñoz QuesadaMinisterio de gobernación y policía

Carlos Alberto Rodríguez Pérezdirector general iMprenta nacional

director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa

Dorelia Barahona Rierarepresentante editorial costa rica

Said Orlando de la Cruz Boschinirepresentante Ministerio de cUltUra y JUVentUd

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 3

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 174, asiento 1495, emitido por el Liceo San Antonio, en el año dos mil cuatro, a nombre de Mora Guzmán César, cédula N° 1-1224-0335. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068581).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N° 167, emitido por el Liceo de Cariari, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Chacón Chavarría Olman Orlando, cédula N° 1-1146-0311. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de agosto del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068633).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 183, asiento 14, título N° 1345, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil tres, a nombre de Vargas Piedra Natalia, cédula: 1-1256-0407. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068377).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 132, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Cindy May Reid Reid. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellido correcto es: Cindy May Reid, pasaporte N° 441053070. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068381).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 04, título N° 13, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Chinchilla Molina María del Rocío, cédula: 3-0306-0148. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 41490.—(IN2015068403).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 125, asiento 27, título N° 786, emitido por el Colegio Técnico Carlos M. L. Vicente Castro, en el año dos mil seis, a nombre de Martínez Guzmán Mario Roberto, cédula número 6-0351-0084. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales.

Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 40543.—(IN2015068413).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N° 254, emitido por el Colegio Científicos de Costa Rica, en el año dos mil nueve, a nombre de Acuña Ballestero Wayner José, cédula: 1-1513-0786. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015069031).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, titulo N° 1279, emitido por el Conservatorio Castella, en el año dos mil cinco, a nombre de Campos Villalobos Laura. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los 25 días del mes de mayo del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015070172).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDe conformidad con la autorización extendida por el señor

Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada 31 de julio del 2015. Expediente M-141. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 16, folio 216, asiento 4866 del 23 de setiembre del 2015. La reforma afecta el artículo 30 del estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015069781).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Asociación de Pensionados Exfuncionarios de la Caja Costarricense del Seguro Social, siglas: APECCSS, acordada en asamblea celebrada el 19 de junio de 2015. Expediente S-P120. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este registro mediante tomo: 16, folio: 217, asiento: 4870 del 5 de octubre de 2015. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015070014).

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALFusión N° 98693

Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable por y en Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., prevaleciendo ésta última, presentada el día 11 de setiembre del 2015 bajo expediente 98693.

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El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0010394 Registro N° 185399 Sol Limón y Sal en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069650).

Fusión N° 98692Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad

104120428 en calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable por y en Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., prevaleciendo ésta última, presentada el día 11 de setiembre de 2015 bajo expediente 98692. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0014080 Registro N° 184739 TECATE LIGHT en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069651).

Cambio de nombre N° 98690Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad

104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de C C M I. P. S A por el de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 11 de setiembre del 2015 bajo expediente 98690. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0014080 Registro N° 184739 Tecate Light en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre de 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069659).

Cambio de nombre N° 98504Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad

104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de C C M I P S.A. por el de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 21 de agosto de 2015 bajo expediente 98504. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0004706 Registro N° 181890 SOL DOS en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069663).

Cambio de nombre N° 98691Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad

104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de C C M I P. S. A., por el de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 11 de setiembre de 2015 bajo expediente 98691. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0010394 Registro N° 185399 Sol Limón y Sal en clase 32 Marca Mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069667).

Fusión N° 98505Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad

104120428 en calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable por y en Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S.A. de C.V., prevaleciendo esta última, presentada el día 21 de agosto de 2015 bajo expediente 98505. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0004706 Registro N° 181890 SOL DOS en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069672).

Cambio de Nombre por Fusión Nº 98939Que Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº

113790869, en calidad de apoderada especial de Maxi Repuestos S.R.L, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de AUTOFLEX COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica Nº 3-101-646350 por el de MAXI REPUESTOS S.R.L, cédula jurídica Nº 3-102-449648, presentada el día 30 de Septiembre de 2015 bajo expediente 98939. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0003173 Registro Nº 104370 AUTO FLEX en clase 49 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de octubre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2015070024).

Patentes de InvenciónPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, abogada, cédula 1-880-194, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Dow Agrosciences Llc, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada: CONTROL DE MALEZAS SINÉRGICO DE APLICACIONES DE AMINOCICLOPIRACLORO Y PICLORAM. Se revelan en la presente composiciones herbicidas que comprende una cantidad de efecto sinérgicamente herbicida de (a) aminociclopiracloro o una de sus sales o éteres agrícolamente aceptables y (b) picloram o una de sus sales o éteres agricolamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A01N 43/48; A01P 13/02; cuyos inventores son: Ovalle, Daniel, Posada, Eduardo. Prioridad: 12/12/2012 US 61/736,127; 09/12/2013 US 2013US073841. Publicación Internacional: 19/06/2014 W02014/093210. La solicitud correspondiente lleva el número 20150331 y fue presentada a las 8:53:00 del 22 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015069795).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZEl Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de

Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil quince, fue inscrita la patente de invención denominada: “ANTICUERPOS ANTI-HEPCIDINA Y USOS DE LOS MISMOS” a favor de la compañía Eli Lilly and Company, cuyos inventores son Cai Yuping Anthony, Tang Ying, Luan Peng de nacionalidad china, Gately Dennis Patrick, He Luhong, Swanson Bárbara Anne y Witcher Derrick Ryan de nacionalidad estadounidense y Leung Donmienne Doen Mun de nacionalidad australiana, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3213, estará vigente hasta el veintinueve de octubre de dos mil veintiocho, cuya clasificación internacional es A61K 31/00, C07K16/00.—San José, a las quince horas quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2015069836).

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REGISTRO DE DERECHO DE AUTOR Y CONEXOSRodrigo Alberto Cháves Castillo, mayor, divorciado, técnico,

cédula de identidad Nº 1-540-563, vecino de Tibás y Juan Carlos Martínez Castrillo, mayor, casado, empleado de banco, cédula de identidad Nº 9-075-678, vecino de Alajuela, solicitan la inscripción de los derechos morales a su nombre, en la obra artística, en colaboración y divulgada que se titula GRAFFITI, de la cual son autores. Los derechos patrimoniales pertenecen a su productor el señor Rodrigo Alberto Chaves Castillo de calidades antes mencionadas. Los derechos morales de interpretación pertenecen a los señores Rodrigo Alberto Chávez Castillo de calidades antes mencionadas, Víctor Alfredo Jiménez Chirino, mayor, casado, empleado institucional, cédula de identidad Nº 1-598-951, vecino de Tres Ríos, Marco Vinicio Juárez Cerna, mayor, casado, contabilista, cédula de identidad Nº 1-807-143, vecino de Tres Ríos, Julio Enrique Vargas Garro, mayor, casado, dependiente, cédula de identidad Nº 1-744-061, vecino de Hatillo y Jorge Alejandro Arroyo Jiménez, mayor, casado, empresario, cédula de identidad Nº 1-583-696, vecino de Alajuelita. La obra consiste en tres canciones o temas musicales originales tipo rock en español, que tratan sobre la problemática social. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 8395.—Curridabat, 2 de septiembre de 2015.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2015070069).

Saúl Alberto Morales Mora, mayor, soltero, escultor, cédula de identidad número 6-310-491, vecino de Puntarenas, solicita la inscripción de los derechos morales y patrimoniales a su nombre en la obra artística, individual y divulgada que se titula MONUMENTO A OCvSA. La obra consiste en una escultura monumental del Cacique Osa. Altura: 5.17 metros - Piedra grabo y Lutita blanca. Ancho: 25 metros. Largo: 30 metros. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 8228.—Curridabat, 29 de mayo de 2015.—Licda. Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2015070083).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSRegistro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción

el Estatuto de la entidad; Asociación de Pequeños, Medianos Productores de Los Ángeles de Potrero Grande de Buenos Aires, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Buenos Aires, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover la creación de servicios para el mejoramiento social y comunal, creando o colaborando en proyectos que promuevan la educación, cultura, recreación y de asistencia en las necesidades básicas de los pobladores. Cuyo representante, será el presidente: Óscar Fallas Durán, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 409135.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 20 minutos y 9 segundos, del 1 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069074).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-600838, denominación: Asociación Cristiana Benéfica Caleb ACBC. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 412059.—Dado en el Registro Nacional a las 9 horas 24 minutos y 27 segundos, del 7 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069561).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Comerciantes de la Península de Nicoya, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Asociar con sujeción a las leyes y a estos estatutos a quienes se dediquen a actividades comerciantes o afines, promover y velar por el adelanto económico, social y cultural del cantón de Nicoya y en especial a sus asociados. Cuyo representante, será el presidente: Jhonny William Gutiérrez Molina, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 351738.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 36 minutos y 48 segundos, del 17 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069588).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de Medicina Nuclear e Imagen Molecular, con domicilio en la provincia de: Heredia, Santo Domingo, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: agrupar a las personas físicas y jurídicas cuyas actividades profesionales se desenvuelven en el campo de la medicina nuclear y la imagen molecular. Cuyo representante será el presidente: Martin Francisco Jiménez Cordero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento. 348678, con adicional: 2015-410581.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 29 minutos y 9 segundos del 1° de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069677).

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Pescadores Artesanales de Playas del Coco, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste, Carrillo, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: luchar por el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de los pescadores artesanales, contribuyendo en facilitar estrategias de mercado del producto e impulsar proyectos que mejoren sus condiciones y las de sus familias. Cuyo representante, será el presidente: José Daniel Barrera Benedict, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 166758.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 50 minutos y 24 segundos del 9 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069803).

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Izcande Isla Venado, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar el turismo rural comunitario y la pesca sostenible para el desarrollo de las asociadas, cuya representante será la presidenta: Mariana Barrios Martínez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 288715. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 10 minutos y 55 segundos del 16 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015070018).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Federación de Asociaciones Vida Abundante FAVA, con domicilio en la provincia de: San José-Vázquez de Coronado, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: formar en principios bíblicos a los miembros de la familia para que vivan en el hogar, la sociedad y la iglesia, en amor, en obediencia a

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Dios y paz con sus semejantes. Cuyo representante, será el presidente: Ricardo Salazar Padilla, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, Asiento: 96243.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 2 minutos y 12 segundos, del 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015070031).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva de Surf Costas del Pacífico, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Garabito, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el deporte del surf entre los niños y jóvenes, fortalecer los procesos fundamentales del desarrollo de las practicas del surf, promover el desarrollo de una sana personalidad de los practicantes del surf, promover un uso útil del tiempo libre, promover el espíritu cívico y familiar de los practicantes del surf, lograr la coordinación con grupos organizados de las comunidades en el área deportiva. Cuyo representante, será el presidente: Cassio Alexandre Carvalho, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 380298.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 57 minutos y 13 segundos, del 6 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015070058).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002-110268, denominación: Asociación Integral de Personas de la Tercera Edad de Las Pavas. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 389976.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 32 minutos y 7 segundos, del 14 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015070073).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Evangélica Asambleas de Dios Monte de Los Olivos de Barrio El Carmen de Abrojo de Corredores, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Corredores, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover proyectos para el desarrollo de la comunidad en el ámbito social, cultural, religioso y educativo. Cuyo representante, será el presidente: Dennis Cruz Torres, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 156174.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 42 minutos y 36 segundos, del 8 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070148).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Iglesia Bíblica de Ciudad Cortes, Osa, Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Proveer a la comunidad costarricense, instrucción cristiana, divulgar y enseñar la Palabra de Dios que son las Sagradas Escrituras. Cuyo representante, será el presidente: Glenn José Morales Castro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 141497.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 8 minutos y 25 segundos, del 13 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070151).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Forjadores de Vida, con domicilio en la provincia de San José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Estudiar, divulgar y enseñar la palabra de dios, prestar ayuda y socorro a aquellas personas que deseen aceptar a Jesucristo como Guía y Salvador. Cuyo representante, será el presidente: William Flores Ramírez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo; 2015, asiento: 110468 con adicionales: 2015-161162.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 58 minutos y 6 segundos, del 7 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070152).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad; Asociación Comunidad de Obreros Estableciendo El Reino, con domicilio en la provincia de; San José-Vázquez de Coronado, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Fomentar la enseñanza de las Sagradas Escrituras, capacitar a los miembros de la comunidad. Cuyo representante, será la presidenta: Vilma Villalobos Arias, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 424954.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 19 minutos y 31 segundos del 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070173).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADONOTARIOS PÚBLICOS SUSPENDIDOS: La DIRECCIÓN

NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, hace saber que los Notarios Públicos que a continuación se indican, han sido SUSPENDIDOS en el ejercicio de la función notarial.

La suspensión es por el plazo de UN MES por presentación tardía de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta:1-) AGUSTÍN ÁLVAREZ ARAYA, cédula de identidad número: 1-0409-0093, carné 2503, expediente administrativo: 15-001282-0624-NO, mediante Resolución Número 1791-2015 de las 08:50 horas del 07 de setiembre del 2015.2-) MARCONI SALAS JIMÉNEZ, cédula de identidad número: 2-0450-0728, carné 9835, expediente administrativo: 14-001612-0624-NO, mediante Resolución Número 1909-2015 de las 10:30 horas del 21 de setiembre del 2015.

La suspensión es por el plazo de TRES MESES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:

3-) SIRIA LORENA ALAN GAMBOA, cédula de identidad número: 1-1055-0697, carné 13129, expediente administrativo: 15-001117-0624-NO, mediante Resolución Número 1792-2015 de las 09:54 horas del 07 de setiembre del 2015.

La suspensión es por el plazo de SEIS MESES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:4-) ILDRETH VANESSA ARAYA MESÉN, cédula de identidad número: 1-0991-0940, carné 12724, expediente administrativo: 15-001464-0624-NO, mediante Resolución Número 1965-2015 de las 08:40 horas del 25 de setiembre del 2015.

San José, 8 de octubre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 81.—Solicitud N° 41522.—(IN2015069662).

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 7

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LIANA MELISSA SOTO MEJÍA, con cédula de identidad número 5-0376-0441, carné número 22586. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXP. N° 15-001724-0624-NO.—San José, 05 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015070006).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: OVELIO RODRÍGUEZ ROBLERO, con cédula de identidad número 1-1035-0513, carné número 13247. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº 15-001546-0624-NO.—San José, 05 de octubre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2015070088).

AMBIENTE Y ENERGÍASISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

La Dirección Regional del Área de Conservación Osa del Sistema Nacional de Áreas de Conservación en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 29 de la Ley de Biodiversidad, N° 7788 y el artículo 31 del Decreto Ejecutivo 34433-MINAE.

CONVOCA:A las instituciones públicas, municipalidades, organizaciones

comunales y organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas, presentes en el territorio que conforma el área geográfica del Área de Conservación Osa, a participar en la asamblea ordinaria para nombrar el Consejo Regional del Área de Conservación Osa (CORAC OSA) por celebrarse el día 22 de enero del 2016 a las 9:00 horas en las instalaciones de la Dirección Regional del Área de Conservación Osa, ubicada en Golfito 1 km al norte del aeródromo de Golfito. La segunda convocatoria queda citada para esa misma fecha en los términos previstos por la normativa vigente.

Se le previene a las instituciones y organizaciones que deseen participar en la asamblea ordinaria que para tal efecto deben acreditar formalmente dos representantes (un titular y un suplente). Las fórmulas de acreditación se encuentran disponibles en la sede del Área de Conservación Osa, sita en Golfito 1 km al norte del aeródromo de Golfito. Las fórmulas de acreditación debidamente completadas se recibirán hasta el viernes 08 de enero del 2016 como fecha máxima, en la Sede del Área de Conservación Osa y se deberá presentar acompañada de:

● Copia de cédula de identidad de los acreditados.● Personería jurídica de la institución u organización.● Declaración jurada de los acreditados en que conste que no se

encuentran impedidos para ser miembros del CORAC según lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Ejecutivo 34433-MINAET.

● En caso de funcionarios públicos deberán presentar nota de designación suscrita por el superior jerárquico regional de la institución.

● Los representantes municipales deberán ser acreditado con el respectivo acuerdo del Concejo Municipal respectivo.

● Los representantes de las organizaciones comunales y no gubernamentales deberán aportar el acuerdo de la Junta Directiva.

● Señalar lugar para notificaciones.

Para mayor información comunicarse al teléfono: 2775-2110 / 2775-1210 con la Licda. Evelyn Aguilar Méndez ext. 200 o con la señora Patricia Gallo ext. 101, correos electrónicos [email protected], [email protected]

Golfito, 16 de octubre del 2015.—Lic. Ólger Méndez Fallas, Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº DFC-0035.—Solicitud Nº 42199.—(IN2015073122).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTEY COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDGTCC-DL-334-2015.—Edicto por cambio de titular de

estación de servicio:Se tiene por correctamente presentada la solicitud del señor

Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad número cuatro-cero cero siete tres-cero cuatro cinco seis, actual concesionario del servicio público de la estación de servicio con expediente ES-4-03-01-01 y la señora Katia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad número 1-0705-0251, en su condición de representante legal de la sociedad de esta plaza “Feluva Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-698095, para realizar el cambio de titularidad de la prestación de servicio público de la estación de servicio mencionada

La estación de servicio se encuentra ubicada en la provincia de Heredia, cantón Santo Domingo, distrito Santo Domingo, específicamente en la finca inscrita en el Registro Nacional bajo la matrícula número 51589-000, y su propietario registral actual es de Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad 1-0705-0251. Con el cambio solicitado, el nuevo titular de la concesión para prestar el servicio público seria la empresa “Feluva Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-698095.

La solicitud obedece a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto Ejecutivo 30131- MINAE-S- “Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos”, y 479 del Código de Comercio, debido a que se realizaría el cambio de titular a raíz de una compraventa del inmueble citado.

Acerca de dicha solicitud, se otorga un plazo de quince días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. San José, a las once horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce.—San José, a las diez horas del día siete de octubre del dos mil quince.—MSc. Eduardo Bravo Ramírez, Director General.—(IN2015069598).

DIRECCIÓN DE AGUAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZExp. Nº 16379A.—Sociedad de Usuarios Quebrada Cataratas,

solicita concesión de: 5 litros por segundo de la Quebrada Cataratas, efectuando la captación en finca de 3-101-582775 S. A., en Tobosi, El Guarco, Cartago, para uso abrevadero, consumo humano y riego. Coordenadas: 199.593 / 536.093, hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de setiembre del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015066725).

Expediente Nº 11432A.—Productora Agrícola El Común S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de la Quebrada Alcantarilla, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero e industria - quebrador. Coordenadas 216.750 / 497.300 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068452).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExpediente 8604P.—Estética Médica F&A del Este S. A.,

solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1518 en finca de Corporación

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Lamers S. A., en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 212.330 / 511.850 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de octubre de 2015.—Departamento de Información.— Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069042).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExp. N° 16664A.—Pedro Bermúdez Portillo y Juan Bermúdez,

solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso comercial embotellado. Coordenadas 385.210/450.620 hoja Dota. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068703).

Exp. N° 11452A.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento Romakri, solicita concesión de: 10 litros por segundo del Río Salto, efectuando la captación en finca de Giselle Gutiérrez Castillo en San Mateo, San Mateo, Alajuela, para uso agropecuario riego. Coordenadas 219.544 / 479.551 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de mayo del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068887).

Exp. 10623-A.—S.U.A. Llano Verde de Mogote, solicita concesión de: 1,9 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Henry Neira Sepúlveda en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-riego-granja-lechería y porquerizas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069077).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOSN° 21-2015.—San José, a las diez horas y cincuenta y cinco

minutos del veinticinco de setiembre de dos mil quince.EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los funcionarios Luis Alonso Álvarez Alfaro, portador de la cédula de identidad uno mil trescientos cuarenta y dos cero ciento noventa; Wendy Melissa Arias Chacón, portadora de la cédula de identidad tres cero trescientos ochenta y ocho cero cero cero dos; Ana Karolina Delgado Arburola, portadora de la cédula de identidad uno mil ciento diecisiete cero quinientos catorce; Cindy Jeannette Mena Morales, portadora de la cédula de identidad uno mil ciento dos cero cuatrocientos ochenta y seis; Laura Lobo Regidor, portadora de la cédula de identidad uno mil ciento veinte cero cuatrocientos setenta y dos; Alicia Tatiana Villegas Orozco, portadora de la cédula de identidad uno mil cuatrocientos veintinueve cero seiscientos dieciséis; Asistentes Administrativo 1, y Paola Castro Galeano, portadora de la cédula de identidad uno mil cincuenta y dos cero cuatrocientos noventa y cuatro; Nelly Garro Marín, portadora de la cédula de identidad uno mil cincuenta y tres cero quinientos veintisiete; Sandy Patricio Monney Guzmán, portador de la cédula de identidad uno cero ochocientos veinte cero trescientos sesenta y cuatro; Walter Roberto Montero Masís, portador de la cédula de identidad uno cero seiscientos setenta y seis cero quinientos setenta y seis; Francisco Javier Valverde Delgado, portador de la cédula de identidad uno mil seiscientos cero novecientos trece; Karla Villalobos Coto, portadora de la cédula de identidad uno cero novecientos setenta y tres cero cero setenta y cinco; Asistentes Administrativo 2, todos del Departamento Civil, para que firmen certificaciones y constancias de ese mismo Departamento, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—

Eugenia Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41282.—(IN2015068739).

N° 23-2015.—San José, a las once horas y quince minutos del treinta de setiembre de dos mil quince.

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del

artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora Annie Livia Salazar Sorio, portadora de la cédula de identidad número siete cero ciento sesenta y uno cero seiscientos noventa y tres, Asistente Administrativo 2 de la Oficina Regional de Limón, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia Zamora Chavarría, Magistrada.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—Fernando del Castillo Riggioni, Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41283.—(IN2015068743).

N° 24-2015.—San José, a las diez horas y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince.

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del

artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los señores Lissy Dixiana Solano García, portadora de la cédula de identidad número dos cero seiscientos sesenta y cuatro cero doscientos setenta y seis, Asistente Administrativo 1; Eloy Johnny Méndez Miranda, portador de la cédula de identidad número cinco cero ciento setenta cero seiscientos doce; Paola Marcela Trujillo Araya, portadora de la cédula de identidad seis cero trescientos treinta y tres cero cero sesenta y nueve; Ileana María Salas Morales, portadora de la cédula de identidad dos cero cuatrocientos noventa y uno cero seiscientos setenta y tres; y Lilliana Saborío Blanco, portadora de la cédula de identidad dos cero quinientos cuarenta y dos cero trescientos cuatro; Asistentes Administrativos 2, todos de la Oficina Regional de San Carlos, para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—Fernando del Castillo Riggioni, Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41284.—(IN2015068746).

N° 25-2015.—San José, a las diez horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil quince.

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del

artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora Nidia Herrera Ramírez, portadora de la cédula de identidad número siete cero ciento veinticuatro cero setecientos cuarenta y dos, Asistente Funcional 2 de la Oficina Regional de Pococí, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41285.—(IN2015068749).

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilSECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Yanneth Segura Ramírez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 526-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas diecisiete minutos del treinta de abril del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por, Yanneth Segura

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Ramírez, casada, cédula de identidad número cinco-doscientos setenta y uno-ochocientos cincuenta y tres, vecina de Sabanilla, Montes de Oca. Exp. N° 25594-2002. Resultando I.—…, II.—Considerando:…, I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Hilary Villegas Segura, en el sentido de que el sexo es femenino y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Licda. Ligia María González Richmond, Jefa.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015069567).

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Geisel Mercedes Mata Conejo, se ha dictado la resolución N° 3838-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete horas treinta y cinco minutos del seis de agosto del dos mil quince. Exp. N° 26547-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Geisel Mercedes Mata Conejo, en el sentido que el nombre de la persona inscrita es Hazel Mercedes.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015069599).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Carla Patricia Chavarría Velázquez, se ha dictado la resolución N° 4922-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 16717-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo: Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Yehimy Carolina González Chavarría, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Carla Patricia.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015069657).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por José Antonio Artavia Aguilar, se ha dictado la resolución N° 3877-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cincuenta minutos del seis de agosto de dos mil quince. Exp. N° 24011-2015 Resultando 1.-... 2.-... 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados: ... II.-Sobre el Fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Valeria María Artavia Pérez y de Josué Ángel Artavia Pérez, en el sentido que el segundo nombre y los apellidos de la madre de las personas inscritas son Bemilda y Miranda Pérez respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015069765).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Franklin Morera Sibaja, se ha dictado la resolución N° 3627-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del tres de agosto de dos mil quince. Exp. N° 40431-2014. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Earl George Myers no indica otro apellido con Aracelly Ester de los Ángeles Murcia López, en el sentido que la nacionalidad del cónyuge, el nombre, el apellido y la nacionalidad del padre y el nombre, el apellido y la nacionalidad de la madre del mismo son estadounidense, Earl George Myers no indica segundo apellido, estadounidense y Linda Jean Roller no indica segundo apellido, estadounidense, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015069982).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Petrona Lesbia Quiroz Luna, se ha dictado la resolución N° 3517-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas ocho minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince. Expediente N° 22546-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Arguedas Quirós, en el sentido que el primer apellido de la madre es Quiroz.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070020).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yelvin Yajahira Andino Sandoval, se ha dictado la resolución N° 314-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta minutos del veinte de enero de dos mil quince. Expediente N° 44263-2013. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendry Anai Gudiel Andino, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Yelvin Yajahira.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070072).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Karla Iveth Dailey Stevenson, se ha dictado la resolución N° 2666-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil quince. Expediente N° 29001-2014. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Karla Iveth Dailey Stevenson en el sentido que el segundo apellido de la madre es “Stephen”, de nacimiento y defunción de Marjorie Alejandra Dailey Stevenson y de nacimiento de Joshan Yoel Dailey Stevenson en el sentido que el segundo apellido de la madre es “Stephen”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070095).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónKarla Vanessa Largaespada Rivera, mayor, soltera, Traductora,

nicaragüense, cédula de residencia número 155815309615, vecina de San José, Tibás, 200m oeste y 75m norte de la Municipalidad frente al edificio del INS, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 131537-2014.—San José, a las 3:11 horas del 12 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015069534).

Idania Francisca Reyes Solís, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia número R155803573709, vecina de Condominios Mar y Arena 1920, Calle Hidalgo, Jacó, Garabito, Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente: 131872-2014. HVQ.—San José, a las 16:38 horas del 22 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069768).

José Bismark Martínez Fonseca, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de residencia número 155805476707, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132021-2014. CPB.—San José, veintisiete de agosto de dos mil quince.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069775).

Jackeline Lissette Cano Rocha, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia número 155806773903, vecina de Urb. Juan Rafael Mora, San Felipe, Alajuelita, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132748-2014. MSU.—San José, 23 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069788).

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Wendy Karina Herrero Castro, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155803052029, vecina de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, de la pulpería Ciprés, 100 este, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 131944-2014. JVP.—San José, 27 de agosto de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069790).

Bismark García Ramos, mayor, casado, oficial de seguridad privada, nicaragüense, cédula de residencia número 155810263722, vecino de San José, Purral de Goicoechea, del Supermercado Económico 50 mts y 20 mts sur, casa A-7, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 135737-2015. MSU.—San José, 23 de setiembre de 2015—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069797).

Elías Daniel Sandoval Morales, mayor, soltero, líder de producción, nicaragüense, cédula de residencia número 155804141317, vecino de San Antonio del Tejar, central, Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 133559-2014.—San José, a las 12:33 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070182).

Franklin Javier Barrios Barrios, mayor, casado, peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia N° 155808948203, vecino de Guácimo, Duacarí, Pueblo Nuevo, Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134561-2015.—San José, a las 12:06 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070186).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVAMODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICADIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2015La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a

todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09003 SEGURIDAD CIUDADANA el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 22 de octubre de 2015.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400024040.—Solicitud Nº 42266.—(IN2015073013).

BANCO DE COSTA RICAMODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AÑO 2015 Descripción Fecha Fuente Monto anual estimada financiamiento aproximadoContratación de serviciosprofesionales de abogados para la atención del cobro II Semestre BCR Inestimablejudicial para diferenteszonas a nivel nacional

Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 42410.—Solicitud Nº 42410.—(IN2015073136).

LICITACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015BI-000067-32700

Proyecto: Programa Red Vial Cantonal-IEJECUCIÓN DE LOS SIGUIENTES PROYECTOS DEL PRVC-I:

Mantenimiento periódico y mejoramiento del sistema de drenaje del camino 1-13-053 de Ent RN 100 Iglesia de Cinco Esquinas hasta RN 108 Museo de los Niños, cantón de Tibás, mejoramiento mediante la construcción de una losa de concreto, conocida como “whitetopping”, del camino 6-01-066 de (Ent. N. 17) Barranca-(Ent. N. 23) CAFESA, cantón de Puntarenas.

La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 03 de diciembre del 2015.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección: https:// www. hacienda.go.cr/compra red, a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 22 de octubre de 2015.—Dirección Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400025989.—Solicitud N° 42378.—(IN2015073097).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000096-PROVCompra e instalación de una máquina Chiller que

supla de aire acondicionado a los TribunalesdeJusticiadeGolfito

Fecha y hora de apertura: 18 de noviembre de 2015, a las 10:00 horas El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de

la presente publicación. Para ello, los interesados e interesadas podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).

________

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000099-PROVTrabajosCorrectivosenelEdificiodelosTribunales

de Justicia del Primer Circuito Judicialde la Zona Atlántica (Limón)

Fecha y hora de apertura: 18 de noviembre de 2015, a las 11:00 horas El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de

la presente publicación. Para ello, los interesados e interesadas podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).

San José, 23 de octubre del 2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 42394.—(IN2015073021).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LN-000035-PROVCompra radios de comunicación para usodel Organismo de Investigación Judicial

El Departamento de Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación: Licitación Abreviada 2015LN-000035-PROV. Compra radios de comunicación para uso del Organismo de Investigación Judicial.

Fecha y hora de apertura: 11 de noviembre de 2015, a las 10:00 horas El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de

la presente publicación. Para ello, los interesados e interesadas podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).

San José, 23 de octubre de 2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 42398.—(IN2015073022).

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UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIALLAMADO A LICITACIÓN

REPÚBLICA DE COSTA RICAPROYECTO DE MEJORAMIENTODE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Adquisición de Sistemas de Inteligencia de NegociosEDU-UNED-42-LPN-B-2015LPN-000011

Préstamo N° 8194-CR1º—Este llamado a licitación se emite como resultado del

Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto publicado en la edición N° DB Reference N° WB1717-03/14 de 26 de marzo del 2014.

2º—El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato Adquisición de Sistema de Inteligencia de Negocios, N° 2015LPN-000011.

3º—La Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para Adquisición de Sistema de Inteligencia de Negocios.

4º—La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.

5º—Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de licitación en la dirección electrónica: [email protected], con Licda. Johanna Monge Ramírez, Oficina de Contratación y Suministros de la UNED.

6º—Los requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas, Experiencia del licitante, Certificaciones de calidad establecidas en el cartel, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.

7º—Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del día 27 de noviembre del 2015. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 27 de noviembre del 2015.

Nombre de la Oficina: Oficina de Contratación y Suministros.Nombre del Funcionario: Johanna Monge Ramírez. Teléfono:

2527-2516.Dirección: San José, Costa Rica, Universidad Estatal a

Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este, carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros, Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 42366.—(IN2015073020).

Llamado a LicitaciónRepública de Costa Rica

Proyecto de Mejoramiento de la Educación SuperiorADQUISICION DE MOBILIARIO ESPECIALIZADO

PARA LABORATORIOS DE CIENCIASEDU-UNED-47-LPN-B-2015LPN-000018

Préstamo Nº8194-CR1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso

General de Adquisiciones para este Proyecto publicado en la edición Nº DB Reference N° WB1717-03/14, de 26 de marzo del 2014.

2. El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato: ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESPECIALIZADO PARA LABORATORIOS DE CIENCIAS, N° EDU-UNED-47-LPN-B-2015LPN-000018.

3. La Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESPECIALIZADO PARA LABORATORIOS DE CIENCIAS”. Para esta licitación se dispone de un contenido presupuestario de $48.700,00.

4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.

5. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de la licitación completos, cartel, planos constructivos y anexos, solicitándolos a la dirección electrónica: [email protected] , atención: Mag. Giovanni Sibaja Fernández.

6. Los requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas, Experiencia del licitante, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.

8. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del día 1 de diciembre del 2015. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 1 de diciembre del 2015.Nombre de la Oficina: Oficina de Contratación y Suministros.Nombre del Funcionario: Giovanni Sibaja Fernández. Teléfono: 2527-2610.Dirección: San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este, carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros, Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.Atención:Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefe a. í..Teléfonos: (506)2224-6739 / (506)2253-2907 / Fax: (506)2224-9759Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania

Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 42415.—(IN2015073226).

COLEGIOS UNIVERSITARIOSCOLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000009-01Compra de licenciamiento Microsoft

El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMON mediante la Proveeduría Institucional invita a todos los oferentes interesados a participar en la Licitación Abreviada 2015LA-000009-01, compra de licenciamiento Microsoft. El cartel podrá solicitarlo al correo electrónico [email protected], de lunes a viernes en el horario 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Fecha y hora de apertura se realizará el 6 de noviembre del 2015, hasta la 11:00 a. m.

Dudas o consultas al 2798-1349, ext. 103.Limón, 26 de octubre el 2015.—Proveeduría-Bodega.—Félix

López Franco.—1 vez.—(IN2015073175).

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Pág 12 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000070-PRI

(Convocatoria)Servicio de control de la información y mantenimiento

preventivo de la red hidrometeorológica del AyAEl Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

(AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del 17 de noviembre del 2015, para contratar los servicios motivo de la presente licitación.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.

Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000000728.—Solicitud Nº 42365.—(IN2015073014).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000071-PRICompra de equipos y herramientas

(modalidad según demanda)El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

(AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 18 de noviembre del 2015, para la “Compra de equipos y herramientas (modalidad según demanda)”

El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en la Dirección Proveeduría de AyA, sita en el del módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 6000000728.—Solicitud N° 42411.—(IN2015073103).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2015CD-000362-01(Invitación)

Contratación de juegos mecánicos para actividaddel almuerzo fraterno del INA

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 04 de noviembre del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 42407.—(IN2015073018).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIALDEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000009-PROV(Apertura)

Contrato de servicios de mantenimiento preventivoy correctivo centro de datos principal

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000009-PROV por “Contrato de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo centro de datos principal”.

Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 13 de noviembre del 2015, en el cuarto piso, Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias, las modificaciones o aclaraciones respectivas; se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Recursos Materiales, cuarto piso, edificio Central sin ningún costo o solicitarlo a la Licda. Ana Lucía Camacho Zúñiga a la dirección electrónica: [email protected] a partir de esta notificación.

Lic. Jorge Baltodano Méndez.—1 vez.—O. C. Nº 19869.—Solicitud Nº 42360.—(IN2015073012).

AVISOSJUNTA DE EDUCACIÓN CENTRO EDUCATIVO

SAN RAFAELLICITACIÓN PÚBLICA 01-2015

Proveedor de alimentos para comedor escolarSe informa a los Proveedores interesados en participar en la

Licitación Pública 01-2015, para periodo lectivo 2016.El cartel se puede adquirir en el Centro Educativo el día 04 de

noviembre del 2015 en el horario de 2:00 a 5:00 p. m. por un costo de ¢5.000,00.

Entrega de ofertas: 10 de noviembre del 2015, de 8:00 a 11:00 a. m. en la Secretaría de la Dirección del Centro Educativo.

San José, Desamparados, San Rafael Arriba, 23 de octubre del 2015.—Sonia Pérez Solano, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073105).

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES S. A.LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000007-12

Compra de un vehículo hibrido para BCR Pensiones S. A.Se informa a los interesados en la licitación en referencia,

que BCR Pensiones S. A., recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del día 12 de noviembre del 2015, las cuales deben ser depositadas en el buzón ubicado en la Oficina de Compras y Pagos, en el tercer piso Oficinas Centrales del BCR, entre avenida central y segunda, calles 4 y 6.

El cartel de la licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, estará disponible en esa misma oficina, en un horario de 8:30 a.m. a 3:30 p.m.

San José, 26 de octubre del 2015.—Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 42412.—(IN2015073109).

JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICOPROFESIONAL DE GUATUSO

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN ZONA NORTELICITACIÓN ABREVIADA N° 2015 LA-CTPG 010

Equipamiento del Departamento de Educación FísicaLa Junta Administrativa del CTP Guatuso invita a participar

en la Licitación abreviada N° 2015 LA-CTPG 010 “Equipamiento del Departamento de Educación Física”. El pliego cartelario estará disponible para su entrega, máximo tres días hábiles contados a partir de esta publicación, de forma personal en la Coordinación Técnica del CTP Guatuso. Tel. 2464-1152 ubicado en la provincia de Alajuela, cantón Guatuso, distrito San Rafael, 200 metros sur y 50 metros oeste del BNCR, o por correo electrónico, en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

Víctor Chavarría Chaves, Presidente Junta Administrativa.—1 vez.—(IN2015073117).

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA SONAFLUCALICITACIÓN PÚBLICA ESCUELA SONAFLUCA N° 01-2015

Alimentos para comedor escolar curso lectivo 2016 paralaEscuelaSonafluca,LaFortunadeSanCarlos

La Junta de Educación de la Escuela Sonafluca, La Fortuna de San Carlos realiza invitación a participar como oferente para la Licitación Pública Escuela Sonafluca N° 01-2015 para la compra de alimentos (abarrotes, frutas, verduras, vegetales, productos lácteos y carnes) para abastecer el comedor escolar para el curso lectivo 2016, el cartel de licitación o pliego de condiciones y especificaciones técnicas debe ser retirado por los interesados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la invitación en la dirección de la Escuela Sonafluca, ubicada en Sonafluca de La Fortuna, San Carlos, 100 mts sur de la iglesia católica, en horario de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., se entregarán contra firma de recibido, además de indicarles que las ofertas deberán ser entregadas en un sobre cerrado, en la Oficina de dirección del Centro Educativo y el sobre deberá de contener la leyenda: “Licitación Pública Escuela Sonafluca N° 01-2015 alimentos para Comedor Escolar Curso lectivo 2016 para la Escuela Sonafluca, La Fortuna de San Carlos”, en otra instancia se indica que esta Junta de Educación recibirá las ofertas por escrito hasta las 17 horas en punto del 13 de noviembre del 2015.

Sonafluca de La Fortuna, San Carlos, 26 de octubre del 2015.—Benito Martínez Martínez, Presidente.—1 vez.—(IN2015073169).

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MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE UPALA

La Municipalidad de Upala invita a participar en el siguiente proceso de contratación: Licitación Pública 2015LP-00002-01. Contratación de persona física o jurídica por compra de una motoniveladora para el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial.

Presupuesto extraordinario N° 1, 2015.Los detalles de la contratación los encontrará en el cartel

de Licitación, el cual podrán adquirir en la Proveeduría de esta Municipalidad, con un valor de ¢15.000,00 (quince mil colones netos), se podrán depositar en la cuenta 100-01-068-002438-6 del Banco Nacional de Costa Rica, para colones costarricenses a nombre de la Municipalidad de Upala y enviar los recibos al fax 2470-0157, extensión 213 o al correo electrónico [email protected]. Cualquier información adicional comunicarse al teléfono 2470-0157 Ext, 212 y 2013 (proveeduría), o al correo electrónico [email protected]

Así mismo le recuerdo al proveedor que las ofertas se recibirán en sobre cerrado hasta las diez horas del día viernes 20 de noviembre del 2015. En la oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Upala ubicada 75 metros este del parque central en Upala centro.

Alejandro Ubau Hernández, Alcalde.—1 vez.—Solicitud N° 41992.—(IN2015073030).

ADJUDICACIONESGOBERNACIÓN Y POLICÍA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALSUBPROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001 -04900Alquiler de equipo de cómputo

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que por resolución final de readjudicación N° 2015LN-000001-04900, de las 09:19 horas del veintitrés de octubre del dos mil quince, se adjudica de la siguiente manera:

Oferta N° 1: Componentes el Orbe S. A., cédula jurídica 3101111502, la línea N° 03 para el alquiler de equipo de cómputo, por un monto total de $1.011.50 (mil once dólares con cincuenta céntimos) mensuales, para un monto total anual de $12.138.00, al tipo de cambio del día de la apertura de las ofertas 22 de mayo de 2015 de ¢538.55 x US$, cuyo detalle completo se encuentra en el expediente electrónico del sistema Compra Red. Todo conforme a la oferta y condiciones cartelarias.

Oferta N° 2: Central de Servicios PC S. A., cédula jurídica 3101096527, las líneas Nos. 01 y 02 para el alquiler de equipo de cómputo, por un monto total de $5.811,18 (cinco mil ochocientos once dólares con dieciocho céntimos) mensuales, para un monto total anual de $69.734.16 (sesenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro dólares con dieciséis céntimos), al tipo de cambio del día de la apertura de las ofertas 22 de mayo de 2015 de ¢538.55 x US$, cuyo detalle completo se encuentra en el expediente electrónico de! sistema Compra Red. Todo conforme a la oferta y condiciones cartelarias.

San José, 26 de octubre del 2015.—Elke Céspedes Ramírez, Proveedora.—1 vez.—O.C. N° 248443.—Solicitud N° 6757.—(IN2015073215).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Avisos de adjudicaciónSe comunica a todos los interesados en los procedimientos de

contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 94-15 del día 22 de octubre del 2015, artículos VI, VIII, X, XI, XII, respectivamente, se dispuso adjudicarlos de la siguiente forma:

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000024-PROVContratación de servicios médicos bajo la modalidad de hora

profesional para servidores y servidoras judiciales de losTribunales del II Circuito Judicial de Alajuela

A: Clemente Enrique Centeno Madrigal, cédula física 1-384-833:

Precio: El precio se regirá por medio de la tarifa mínima que fija el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, la cual, actualmente se encuentra establecida en la suma de ¢42.118,02, por hora profesional, y el precio por paciente adicional es de ¢10.529,50.

_______

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000063-PROVCompra de CCTV tecnología IP PTZ

A: Tech Brokers S. A., cédula jurídica 3-101-496525:Bloque N° 1: monto total adjudicado: $325.099,32.

______

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000088-PROVServicio de compromiso de licenciamiento por volumen de

Microsoft de consumo monetario de Azure compartido paratodos los servicios y todos los lenguajes

(AzureMonetaryCommit ShrdSvr ALNG SubsVL MVLCommit)

A: Segacorp de CR S. A., cédula jurídica 3-101-632069Línea N° 1: Precio mensual: $5.684,22, precio anual:

$68.210,64._______

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000056-PROV Contratación de actualización y mantenimiento de

equipos de videoconferenciaA: CR Conectividad S. A., cédula jurídica 3-101-108469:Línea única: monto total adjudicado: $69.700,00.

________

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000021-PROV Comprademuniciones,segúndemanda

A: Electromecánica Pablo Murillo S. A., cédula jurídica 3-101-333037

Línea N° 1: Precio Unitario ¢260,00Línea N° 3: Precio Unitario ¢1.150,00Línea N° 4: Precio Unitario ¢590,00Línea N° 5: Precio Unitario ¢1.000,00Línea N°6: Precio Unitario ¢1.800,00Línea N° 7: Precio Unitario ¢590,00Demás características según pliego de condicionesSan José, 26 de octubre del 2015.—Proceso de adquisiciones.—

MBA. Yurli Argüello Araya, Jefe.—1 vez.—Solicitud Nº 42473.—(IN2015073227).

UNIVERSIDAD NACIONALPROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000007-SCACompra de equipo de impresión con sus respectivos

consumibles (Modalidad suministro según demanda)”La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría

Institucional comunica a los proveedores que participaron en esta Contratación que mediante resolución UNA-PI-D-RESO-01593-2015 de las diecinueve horas siete minutos del día 20 de octubre del año dos mil quince, se dispuso adjudicar el concurso de la siguiente manera: a la firma: por tanto se acuerda:

I. Adjudicar la Licitación Pública 2015LN-00007-SCA por concepto de “Compra de equipo de impresión con sus respectivos consumibles (Modalidad suministro según demanda).” de la siguiente manera: a la firma: Oferta 3.—I.S. Productos de Oficina Centroamérica S.A., cédula jurídica 3-101-259552. Ítem 6 estándar I - Impresora láser negro marca Kyocera Ecosys Modelo P2135dn con sus respectivos consumibles garantía 36

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meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $320,00 (trecientos veinte dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Oferta 6.—TELERAD Telecomunicaciones Radiodigitales S. A. cedula jurídica 3-101-049635. Ítem 4 Impresora de inyección de tinta color para impresiones de carátulas de CD/DVD. Marca Epson modelo L800 con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $333,00 (Trecientos treinta y tres dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 5 impresora de inyección de tinta multifuncional a color con tanque marca Epson modelo L555 con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $276,00 (doscientos setenta y seis dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 8 Estándar I– Impresora láser color marca Lexmark modelo CS510de con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $742,60 (Setecientos cuarenta y dos dólares con 60/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 10 estándar I-Equipo multifuncional láser monocromático marca Lexmark modelo MX310dn con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $487.60 (cuatrocientos ochenta y siete dólares con 60/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.Oferta 8.—Componentes El Orbe S. A., cedula jurídica 3-101-111502. Ítem 7 Estándar II-impresora láser negro marca Hewlett Packard modelo Laserjet entreprise 606DNE6B72A con sus respectivos consumibles garantía 37 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $1.209,03 (Mil doscientos nueve dólares con 03/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 9 estándar II-impresora láser color marca Hewlett Packard modelo color laser Jet Enterprise M651dnCZ256A con sus respectivos consumibles garantía 37 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $757,97 (setecientos cincuenta y cuatro dólares con 97/100). Todo conforme la oferta presentada EL pliego de condiciones.Oferta 10.—Central de Servicios PC S. A., cédula jurídica 3-101-096527. Ítem 11 estándar II-Equipo multifuncional láser monocromático marca Samsung modelo M4580FX con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $1.228,00 (mil doscientos veintiocho dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 12 estándar III-Equipo multifuncional láser monocromático marca Samsung modelo M5370LX con sus respectivos Consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $1.999,00 (Mil novecientos noventa y nueve dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 13 estándar IV-Equipo multifuncional láser a color marca Samsung modelo CLX8640ND con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $2.945,00 (dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 14 estándar V-Equipo multifuncional láser a color marca Samsung modelo CLX8640ND con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $2.945,00 (dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.Oferta 12.—Pectrum Multimedia S. A., cedula jurídica 3-101-365523. Ítem 1 Estándar I- Matriz de puntos marca Epson modelo LX 350 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario colones ¢119.355,00 (seiscientos sesenta y tres mil trecientos setenta y siete colones con 88/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 2 Estándar II- Matriz de puntos marca Epson modelo FX 890 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario colones ¢188.950,00 (Ciento ochenta y ocho mil novecientos cincuenta colones con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el

pliego de condiciones. Ítem 3 Estándar III- Matriz de puntos marca Epson modelo DFX9000 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario colones ¢1.759.200,00 (Un millón setecientos cincuenta y nueve mil doscientos colones con 00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.

II. Comunicar a todos los interesados los alcances de esta resolución por el mismo medio que se invitó a cotizar.

III. Una vez adquiera firmeza el acto de adjudicación comunicar los cálculos respectivos por concepto de las especies fiscales a cada una de las firmas según el caso, de igual manera cada una de las firmas adjudicadas deberá de presentar la garantía de cumplimiento indicada en el pliego de condiciones.

Heredia, 22 de octubre del 2015.—Proveeduría Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N° P0023276.—Solicitud N° 42409.—(IN2015073100).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000025-2102Valganciclovir 450 mg tabletas recubiertas

A los interesados en la presente licitación se les hace saber que la casa comercial adjudicada es Cefa Central Farmaceutica S. A.

San José, 23 de octubre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015073096).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000023-2102SESTAMIBI para la preparación de inyección de Tecnecio

99MTC-SESTAMIBI.Polvoliofilizado,inyectable;frasco ampolla

A los interesados en la presente licitación se les hace saber que la casa comercial adjudicada Bioplus Care Sociedad Anónima.

San José, 23 de octubre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015073098).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000010-01(Infructuoso)

Contratación de abastecimiento continuo de zapatosde seguridad de uso institucional

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 4710, celebrada el 15 de octubre del 2015, artículo V tomó el siguiente acuerdo:

Declarar infructuoso el trámite de la Licitación Pública 2015LN-000010-01 para la Contratación de abastecimiento continuo de zapatos de seguridad de uso institucional, según demanda de cuantía inestimada, por incumplimientos técnicos, de conformidad con el estudio técnico realizado en el oficio NSCS-2179-2015 y el informe de recomendación UCI-PA-2074-2015.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 42475.—(IN2015073223).

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000005-01Compra de tractores e implementos agrícolas

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en Sesión Nº 4711, celebrada el 19 de octubre del 2015, artículo VIII tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Pública 2014LN-000005-01 para la compra de tractores e implementos agrícolas, según el dictamen técnico NA-941-2015 y NMV-PGA-361-2015, en el dictamen legal ALCA-389-2015 y el informe de recomendación UCI-

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PA-2256-2015, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 8 del cartel, de la siguiente manera:• Adjudicar las líneas Nº 1 y Nº 9 a la oferta Nº 1 de la empresa

Maquinaria y Tractores Ltda., por un monto de $24.200,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de entrega de 60 días hábiles.

• Adjudicar las líneas Nº 2 y Nº 13 a la oferta Nº 2 de la empresa Craisa S. A., por un monto de $359.921,55, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de entrega de 90 días hábiles.

• Adjudicar las líneas Nº 4, Nº 6, Nº 7 y Nº 10 a la oferta Nº 3 de la empresa Saturnia S. A., por un monto de $46.490,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de entrega de 60 días hábiles.

• Adjudicar la línea Nº 12 a la oferta Nº 4 de la empresa Tecnoagrícola S. A., por un monto de $58.800,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de entrega de 90 días hábiles.

• Declarar infructuosas las líneas Nº 3, Nº 5, Nº 8 y Nº 11, ya que los oferentes participantes incumplen técnicamente.Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano

Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 42489.—(IN2015073224).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIAY DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICAPROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000001-01Suministro y puesta en marcha de dos grúasportacontenedorespostpanamaxsobrerieles

para la terminal Gastón Kogan Kogan(Puerto Moín)

Se comunica a todos los interesados en el concurso de referencia, que nuestro Consejo de Administración en Sesión Ordinaria Nº 40-2015, artículo III-c, celebrada el día 22 de octubre del 2015, acordó:

Luego del análisis realizado por el Departamento Legal, La Comisión de Licitaciones, Dirección de Ingeniería y la Gerencia Portuaria, se aprueba la adjudicación de la Licitación Pública N° 2015LN-000001-01 promovida para la “Adquisición de 2 unidades de grúas portacontenedores Post-Panamax”, de la siguiente manera:

Adjudicatario: Nicaragua Machinery Company S. A.Monto total adjudicado: $15.984.653.84.Plazo de entrega: 16 meses.Forma de pago: Carta de Crédito pagadera de la

siguiente forma: 10% contra aceptación del diseño, 30% contra presentación del B/L, 30% contra desembarque en Puerto Moín (Gastón Kogan Kogan), 20% contra recepción provisional, 10% contra recepción definitiva.

Garantía cumplimiento: 5% sobre monto adjudicado.Lic. Wálter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº

4961.—Solicitud Nº 42371.—(IN2015073017).

AVISOSJUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICO

PROFESIONAL DE GUATUSOLICITACIÓN ABREVIADA LA-2015-CTPG 008

Compra de equipo Tecnológico para Centros Educativosparticipantes en la Red de Innovación Educativa

Comunica a los participantes en la “Licitación Abreviada LA-2015-CTPG 008 “Compra de equipo Tecnológico para Centros Educativos participantes en la Red de Innovación Educativa”. La adjudicación en firme del proceso licitatorio a la empresa Tecnología Educativa por un monto de ¢2.916.395 exento.

Víctor Chavarría Chaves, Presidente de Junta.—1 vez.—(IN2015073112).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000026-02

(Notificación de declaratoria de desierta)Suministro e instalación de reconectores

en planteles de RECOPESe informa que la Gerencia de Distribución y Ventas de

RECOPE, mediante oficio GDV-0543-2015 de fecha 21 de octubre de 2015, indica que según lo establecido en el Informe de Contratación Nº CBS-L-1922-2015 de la Licitación Abreviada 2015LA-000026-02, y considerando que mediante nota 1001-109-2015 del Área de Negocio Distribución y Comercialización del ICE de fecha del 20 de octubre de los corrientes, se señala que el reconectador NOVA 38 con Control Form 6 de la marca Cooper Power System cotizado por el oferente Nº 1 de Consorcio EP, cumple con las especificaciones técnicas que para este tipo de equipos tiene establecidas el ICE, incluyendo los puertos de comunicación solicitados, por lo que los mismos son de aceptación plena para utilizarse en el Sistema de Distribución de Energía Eléctrica a cargo del ICE, que genera la duda razonable en cuanto a la evaluación integral de todos los elementos de aceptabilidad y especificación técnica de la oferta de menor precio presentada por el Consorcio EP, conformado por la firmas EPREM Electricidad y Potencia S. A. y Energía y Potencia Enerpot S. A.

Lo anterior, no da a ese Despacho certeza de que con el acto que se dicte en este concurso, vaya a satisfacer plenamente el interés público y empresarial que se persigue de la forma más conveniente, garantizando una adecuada administración de los fondos públicos.

Por tanto, considerando la oportunidad con que se recibe el oficio citado, y lo perentorio del plazo para adjudicar, que imposibilita que dicho documento sea de valoración por parte de la Dirección de Ingeniería y Mantenimiento, ese Despacho declara desierto el presente proceso de contratación y autoriza proceder con su recotización.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014000175.—Solicitud Nº 42376.—(IN2015073187).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE UPALACONTRATACIÓN DIRECTA CONCURSADA

AUTORIZADA POR CONTRALORÍA2015CD-00056-01

Contratación de persona física o jurídica por la compra de uncamión recolector de residuos sólidos y su mantenimiento

preventivo programado incluido en el costo del equipoTranscripción de acuerdo capítulo IV, que corresponde al

artículo cinco según Acta N° 50-2015, de sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día viernes dos de octubre del año dos mil quince, el cual contiene lo siguiente:

Acuerdo definitivamente aprobado en firme El Concejo Municipal mediante acuerdo definitivo y en firme

da su aprobación al Acta de Adjudicación y su recomendación de contratación directa concursada autorizada por Contraloría 2015CD-00056-01, que presenta la Comisión Interna de Adjudicación Municipal, a favor de la empresa: TécnicaUniversalS.A., cédula jurídica: 3-101-442435; por un monto de hasta ¢124.900.000,00, ciento veinticuatro millones novecientos mil colones netos.

Alejandro Ubau Hernández, Alcalde.—1 vez.—Solicitud N° 41991.—(IN2015073028).

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REMATES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOREMATE ELECTRÓNICO Nº 2015RE-000003-85001La Proveeduría Institucional del Tribunal Supremo de

Elecciones rematará al mejor postor, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 de la Ley de Contratación Administrativa y 101 y 102 de su Reglamento, un vehículo y un generador eléctrico, que se describen a continuación:

Línea Nº 1 Vehículo todo terreno marca Hyundai, modelo Galloper II EXC, año 2002, 7 pasajeros, transmisión manual, tracción 4x4, combustible diésel, cilindrada 2476cc. Observaciones generales: Sin uso. Precio base: ¢1.800.000,00.Línea Nº 2 Generador eléctrico marca Kohler, modelo/serie 250R0ZD81, potencia 250/313 KWA/Kva, voltaje 120/208, combustible diésel. Observaciones generales: Estado normal. Precio base: ¢ 4.400.000,00.Se recibirán pujas a partir de las 08:00 horas hasta las 15:00

horas del 30 de noviembre de 2015, únicamente en forma electrónica mediante el Sistema de Compras Gubernamentales (CompraRED). El generador y el vehículo a rematar podrán ser inspeccionados dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha del remate en horario de 8 a.m. a 4 p.m. de lunes a viernes (del 23 al 27 de noviembre de 2015), según se detalla en el pliego de condiciones que se encuentra a disposición de los interesados en la página web de CompraRED, http://www.hacienda.go.cr/CompraRED o en la página Web del Tribunal Supremo de Elecciones http://www.tse.go.cr/remates2015.htm

Licda. Lucrecia Mora Marín, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 3400024182.—Solicitud Nº 42333.—(IN2015073010).

FE DE ERRATASSALUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000003-63000

GOBIERNO CENTRALServicio de vigilancia y seguridad

El Ministerio de Salud a través de la Proveeduría Institucional, informa que se prorroga la recepción de ofertas para el viernes 13 de noviembre del 2015, a las 10:00 horas.

Así mismo se informa que el cartel modificado, se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales COMPR@RED.

San José, 26 de octubre del 2015.—Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400024154.—Solicitud Nº 42524.—(IN2015073238).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000045-01(Modificación Nº 3)

Contratación de servicios de recolección de basura y trasladoalrellenosanitarioparavariosedificiosdelBCR

El Banco de Costa Rica informa a los interesados en la licitación en referencia, que el cartel se ha modificado, para lo cual debe tomar en cuenta lo siguiente:

1. En el Anexo al cartel, titulado ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO, debe leerse de la siguiente forma:3) Presentar un plan de manejo para los residuos que se

generan, indicando la disposición final, tanto para los residuos sólidos y especiales.

2. Se modifica la fecha de apertura para el 05 de noviembre del 2015, a las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.),Las demás condiciones se mantienen invariables.San José, 26 de octubre del 2015.—Oficina de Compras y

Pagos, Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 42441.—(IN2015073116).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAPROYECTO DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONALEDU_UCR-60-LPN-O-

(Aclaración, modificación y prórroga)ConstruccióndeedificioCentroInvestigación

en NeurocienciasA los interesados en la Licitación arriba indicada se les

comunica que el cartel ha sido aclarado y modificado, dichos documentos ya están disponibles en el dropbox o bien pueden solicitarlo a la dirección [email protected]. La fecha de recepción de ofertas y apertura se modifica para el 30 de noviembre de 2015, en la hora ya indicada.

Sabanilla de Montes de Oca, a los 23 días del mes de octubre de 2015.—Gabriela Morales.—1 vez.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 42358.—(IN2015073011).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍALICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-00012-PRI

(Circular Nº 2)Compra de camiones hidrovaciadores para la GAM

y regiones periféricosEl Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

(AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del 16 de noviembre del 2015. Además que a partir de la presente publicación está disponible la Circular N° 2, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o en el web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.

Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000000728.—Solicitud Nº 42367.—(IN2015073015).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000021-01(Modificación y prórroga)

Contratación de abastecimiento continuodellantas,segúndemanda

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2015LN-000021-01, “Contratación de abastecimiento continuo de llantas, según demanda”, que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Pliego de condiciones generales y administrativas1. Se modifica el inciso 4.7, del numeral 4 información que debe

contener la oferta, de la siguiente manera:4.7.1. El oferente podrá cotizar las llantas indicadas en el

anexo 3 del presente cartel y cumplir con lo solicitado en todas las líneas en las que participe, siguiendo las siguientes categorías: A:-Automóvil, liviano, camiónB:-Agrícola-mueve tierraC:-MontacargasD:-Motocicletas.

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Esta contratación será adjudicada a un oferente para cada una de las categorías antes indicadas.

2. Se modifica el inciso 7.2, del numeral 7. Forma de presentar la oferta económica, para que se lea correctamente como se indica a continuación: 7.2. El oferente deberá estipular el costo unitario de los

materiales para las líneas que vaya a cotizar del ANEXO 3.3. Se modifica el punto 11.12. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

como se indica a continuación: 11.12. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.En aquellos casos en que proceda el refrendo el contratista deberá una vez aprobado, ajustar la vigencia de la garantía de cumplimiento de forma tal que a partir de ese momento se cubra el plazo real establecido de vigencia para esta garantía, en el Proceso Tesorería de la Unidad Recursos Financieros de esta Sede, según los siguientes términos:Porcentaje: 5% del (Costo unitario cotizado por línea X Proyección de compra anual por línea).Monto de garantía: Será la sumatoria del monto obtenido para todas las líneas adjudicadas.Vigencia: Deberá permanecer vigente por el tiempo de duración del contrato, más 3 meses adicionales.Esta garantía podrá depositarse en efectivo o conforme a cualquiera de las modalidades contempladas en los artículos 42 y 46 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.Cuando las garantías se rindan mediante títulos valores, se deberán confeccionar a favor del Instituto Nacional de Aprendizaje, preferiblemente. De lo contrario, deberán endosarse de forma clara y legible a nombre del Instituto Nacional de Aprendizaje. De conformidad con el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa el INA no reconocerá intereses por las garantías mantenidas en depósito. Sin embargo, los intereses que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten pertenecen al dueño. Tampoco el INA se hará responsable de renovar los títulos valores depositados en sus oficinas. Si la cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse en esa misma moneda; o bien, en colones y se tasará de acuerdo a la venta del tipo de cambio de referencia del Banco Central de Costa Rica (B.C.C.R.), vigente al día de la publicación de la adjudicación.En caso de que el contratista solicite un reajuste al precio cotizado, y el mismo es aprobado, deberá reajustar la garantía de cumplimiento. Esto en virtud que al verse ajustado el precio, se considera necesario ajustar proporcionalmente la garantía ya que la misma se torna insuficiente para cubrir cualquier futuro incumplimiento por parte del contratista; y de este modo mantener el equilibrio económico del contrato.Devolución: la devolución de la Garantía de Cumplimiento será realizada dentro de los 20 días hábiles siguientes al recibo definitivo y a satisfacción del objeto contractual. (Artículo 45 del RLCA, inciso b).Para las garantías presentadas en efectivo se realizará la devolución por medio de Transferencia electrónica en la cuenta cliente bancaria; para tal efecto el proveedor deberá inscribirse en el registro en la cuenta cliente de proveedores, en el Proceso de Programación y Control de la Unidad de Compras Institucionales del INA, caso contrario se realizará por medio de cheque, el cual deberá retirar en el Proceso de Tesorería del INA, Sede Central la Uruca.

4. Del punto 13. Elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas, se elimina el párrafo que indica:

“Se calificarán únicamente, las ofertas que cumplan con lo solicitado en todas las líneas incluidas en el Anexo 3 del presente cartel.”Debido a lo anterior, el plazo para presentar ofertas de esta

licitación se prórroga para el próximo 11 de noviembre del 2015, a las 10:00 horas.

El resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se mantienen invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 24246.—Solicitud N° 42408.—(IN2015073019).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000046-02(Prórroga N° 2 y enmienda N° 1)

Suministro e instalación de equipo para separador APILes comunicamos a los interesados en participar en el concurso

en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 12 de noviembre del 2015 a las 10:00 horas. Asimismo, la enmienda N° 1 al cartel estará disponible a través de la página WEB www.recope.com.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 42370.—(IN2015073016).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

UNIDAD DE PROVEEDURÍALa Municipalidad del cantón de Desamparados comunica lo

siguiente:LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000020-01

(Enmienda N° 1)ConstruccióndeReddeCuidoSanJerónimo,Desamparados

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que en la publicación del 08 de octubre del 2015 en el Diario oficial La Gaceta por error se consignó lo siguiente:

Licitación Abreviada 2015LA-000020-01 “Construcción de Red de Cuido San Jerónimo, Desamparados.

Léase correctamente:Licitación Pública 2015LN-000002-01 “Construcción de Red de Cuido San Jerónimo, Desamparados”

Lic. Maureen Fallas, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2015073163).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELALICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000023-01

Adquisición de auto hormigoneras paraobras de inversión pública

La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, de conformidad con las facultades concedidas en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica la prórroga para la apertura de ofertas por seis (06) días hábiles más, la cual se traslada para el 05 de noviembre del presente año a las 10:00 horas.

Los demás términos cartelarios se mantienen invariables.Licda. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—1

vez.—(IN2015073178).

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REGLAMENTOS

AVISOSCOLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, comunica que la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica en la sesión ordinaria 2015-09-16 del 16 de setiembre del 2015, aprobó realizar la siguiente reforma al artículo 7, incisos b y c del “Reglamento de Normas Administrativas que Regulan el Área Social y Deportiva del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica”, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 7:“…...b.- Los hijos del colegiado menores de edad o los menores

de 25 años, si estos últimos son solteros y estudiantes. Los hijos de los colegiados que superen la edad de 25

años, casados o solteros, pueden optar por la permanencia en el uso de las áreas sociales y deportivas, por medio de una solicitud expresa y trámite realizado ante el Departamento de la Plataforma de Servicios y deberán cancelar las cuotas de la membrecía por un monto de veinticinco mil colones pagaderos de manera mensual. Si este pago no se realiza y se acumula por tres meses, se le cancelará el derecho al carné y en su efecto al uso de las instalaciones.

C-Si el colegiado activo fallece, su cónyuge, conviviente e hijos menores de 25 años, continuarán con el derecho de uso de las instalaciones, presentando el carné que los acredita como tales y siguiendo el acatamiento de las presentes normas. Si el hijo es mayor de 25 años el derecho otorgado automáticamente expirará....”

Dr. Edwin Manuel Alvarado Arce, Vicepresidente.—1 vez.—(IN2015069994).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE PALMARES

Habiéndose sometido a consulta pública por un periodo de diez días hábiles, la modificación al artículo 6 del Reglamento de Cobro de Tributos e Incentivos por Pago Adelantado de la Municipalidad de Palmares en La Gaceta N° 142 del jueves 23 de julio del 2015, según lo establece el artículo 43 del Código Municipal, y al no haberse recibido objeciones contra el mismo, se procede a publicar como definitivamente aprobado, la modificación al artículo 6 del Reglamento de Cobro de Tributos e Incentivos por Pago Adelantado de la Municipalidad de Palmares.

Palmares, 28 de setiembre del 2015.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2015070090).

El Concejo Municipal de Palmares mediante acuerdo ACM-11-282-15, de la sesión ordinaria, Cap. IV. Art. 7, celebrada el 29 de setiembre del dos mil quince, con fundamento en el oficio DFOESD-1580 de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, acuerda en forma unánime:

Aprobar el Manual de Participación Ciudadana en los Procesos de Planificación, Presupuesto, y Rendición de Cuentas, Presupuestos Participativos con Enfoque de Género y Accesibilidad Universal de la Municipalidad de Palmares publicado en La Gaceta 213 del 05 de noviembre del 2014 como proyecto de Reglamento en los términos previstos en el artículo 361 de la Ley General de Administración Pública y artículo 43 del Código Municipal. Se concede audiencia por un plazo de 10 días hábiles a todos los interesados. Publíquese.

Palmares, 7 de octubre del 2015.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2015070094).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENASREGLAMENTO DE INCENTIVOS ECONÓMICOS PARAATLETAS DEL CANTÓN CENTRAL DE PUNTARENAS

CON FONDOS PROVENIENTES DE LA LEY 8461(LEY CALDERA)

Objetivos GeneralesEl objetivo del presente reglamento es; poder direccionar

conforme a derecho corresponde el financiamiento de las obligaciones referidas a esta ley, en relación con el desarrollo socioeconómico del Cantón Central de Puntarenas. De acuerdo a la Reforma de los artículos 15 y 17 de la Ley 5582, Contrato de Préstamo entre el Banco de Exportación e Importación del Japón y el Gobierno de la República de Costa Rica, de 11 de marzo de 1974. Indicándose que por cada tonelada de carga se establece un gravamen de cuarenta centavos de dólar en moneda de los Estados Unidos; movimiento que se realiza en los puertos de los cantones Central y Esparza de Puntarenas.

Objetivo EspecíficoLos recursos derivados del cobro de este gravamen serán

incorporados a los presupuestos de la Municipalidad y asignados de la siguiente manera.

Un veintidós por ciento distribuido entre las Juntas de educación, los centros de educación escolar y preescolar, los colegios y los colegios técnicos profesionales públicos del Cantón Central de Puntarenas.

Un cuatro (4%) a la Municipalidad del Cantón Central de Puntarenas, para la creación de un fondo de Becas destinadas a estudiantes de todos sus distritos, para que cursen estudios primarios, secundarios o superiores. Para este efecto, la Municipalidad conformará una comisión que estudie estas solicitudes.

Un cincuenta por ciento para la Municipalidad de Puntarenas que serán destinados para lo siguiente.

Específicamente para lo que concierne este reglamento el punto 5) y el punto 7) los cuales indican:

5) Los atletas y equipos deportivos que representen el Cantón Central en competencias nacionales e internacionales, para gastos operativos y de competición. Con el propósito de que se puedan distribuir estos fondos.

7) Compra de implementos médicos, tales como sillas de ruedas, camas hospitalarias, prótesis tanques de oxígeno y otros equipos médicos, los cuales serán destinados a personas que demuestren su incapacidad económica para adquirirlos; el fin de esta ayuda será el auxilio temporal. Para lograr este cometido, la Municipalidad conformará una

Comisión Médica que estudiará las solicitudes presentadas. Considerando que:

El presente Reglamento obedece a la necesidad de poder aplicar los artículos 25 y 26 de la Ley N° 8461 con los artículos 15 y 17 de la Ley N° 5582 ya reformada, se deberán de considerar los siguientes artículos que se refieren a los trámites y especificaciones en general que se deberán cumplir para poder lograr la prestación del servicio social del cual habla la Ley N° 8461.

El Concejo Municipal en sesión ordinaria N° 485, artículo 7° inciso A, del 21de setiembre de 2015, acuerda aprobar y publicar el siguiente Reglamento a los artículos 15 y 17 de la Ley N° 5582, Reformado por la Ley N° 8461, Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico.

CAPÍTULO ISobre las disposiciones generales de laconformación del presente Reglamento

Artículo 1º—Los beneficiarios de este fondo deberán presentar un presupuesto anual en el cual se indiquen los costos y las competencias a las que se tiene programado asistir. Los fondos que se asignen para el cumplimiento de los fines establecidos en este acápite, no podrán ser superiores a un cinco por ciento del monto readecuado por concepto del impuesto creado en el presente artículo.

Artículo 2º—El sistema de incentivo tiene como objetivo la formación y preparación deportiva, del atleta cuya situación socioeconómica se encuentre limitada, en consecuencia su desarrollo

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deportivo se vea afectado. Asimismo, favorecer la atracción y permanencia del atleta destacado (a), mediante el otorgamiento de incentivos económicos por rendimiento deportivo de acuerdo a la disciplina que practica y para la cual deberá demostrar que pertenece a los programas deportivos del Comité Cantonal de Deportes de nuestro Cantón.

Artículo 3º—El otorgamiento de los incentivos económicos quedará estipulado en este reglamento y bajo la dirección de una Comisión calificadora integrada por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Puntarenas de conformidad con lo estipulado en este mismo reglamento.

Artículo 4º—Los costos de preparación (entrenamiento), formarán parte de los gastos que deberá cubrir la beca deportiva que se solicite y se definen como los gastos mensuales que se generan en la condición de atleta y que para efectos del Comité Cantonal de Deportes de Puntarenas consisten en: inscripciones, capacitación, material didáctico, alojamiento, alimentación, transporte, lavandería, atención médica o primaria.

Artículo 5º—Los incentivos económicos que otorga el presente reglamento se aplicarán únicamente a los atletas que representen al Cantón Central de Puntarenas en las distintas disciplinas deportivas.

CAPÍTULO IISobre el trámite para solicitud de becas

Artículo 6º—El trámite para la solicitud de estas becas se iniciará respetando cada uno de los requisitos estipulados en este reglamento, para lo cual indicamos que los solicitantes de una beca deportiva otorgada de conformidad con la Ley N° 8461, deberán de cumplir con los requerimientos de este reglamento siguientes requisitos:

Ser deportista con una práctica constante en el deporte.Presentar expediente con las metas y logros alcanzados dentro de las competencias o los torneos en los que hayan participado si se tratara de equipos, o de forma individual.Cada solicitante ya sea deportista que practique de forma

individual o los de deportes grupales, deberán presentar un plan para lo cual está solicitando dicha beca. Además deberá de indicarse claramente las metas a lograr, esto a los integrantes de la comisión encargada de estudiar y otorgar los incentivos económicos.

Artículo 7º—La Comisión encargada de valorar y otorgar los incentivos económicos para los atletas solicitantes, será una Comisión Municipal representada por un Regidor Municipal de cada Fracción.

Artículo 8º—De las funciones que deberá cumplir la comisión encargada de valorar y otorgar los incentivos económicos:

a. Administrar el recurso económico asignado al sistema de financiamiento de atletas, enmarcado estrictamente dentro del presupuesto asignado para este fin.

b. Otorgar los incentivos descritos en este Reglamento.c. Analizar y proponer las necesidades de presupuesto anual del

sistema de incentivos económicos para los atletas.d. Definir anualmente los montos tope que cubre el sistema de

incentivos para atletas, de conformidad con el costo de la vida y las posibilidades presupuestarias de la Ley N° 8461.

e. Definir anualmente el número de atletas a los cuales se les otorgará el beneficio económico debido a su participación destacada y condición socioeconómica limitada, así como cualquier otra modalidad de incentivo que se establezca en el futuro.

f. Analizar y proponer las modificaciones a las políticas establecidas en el presente Reglamento.

g. Velar por el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento.

h. Resolver sobre los asuntos no previstos en este Reglamento.Artículo 9º—Dicha comisión sesionará ordinariamente una vez

al mes y extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente (a).El quórum estará constituido por la mitad más uno de sus

miembros (as).En cualquier caso, los acuerdos serán tomados con el voto de

al menos tres de sus miembros (as), en caso de empate por segunda vez en una votación, el (la) Presidente (a) de la Comisión ejercerá su derecho a doble voto.

Artículo 10.—Las disposiciones de carácter financiero que tome la Comisión deben darse dentro de los límites presupuestarios de la Ley N° 8461.

Artículo 11.—La Ley N° 8461, mediante el presente Reglamento, otorga los siguientes tipos de incentivos económicos:

a. Incentivos económicos por condición socioeconómica:• Este incentivo económico será asignada a aquellos atletas

que por su condición socioeconómica limitada se les dificulte el poder realizar los entrenamientos y participar en las competencias del calendario anual de la disciplina deportiva que practica, previo estudio que justifique su condición.

b. Incentivo por excelencia deportiva:• Dicho incentivo se asignará al atleta cuya participación en

los Eventos deportivos a través del año ha sido destacada,c. Incentivo por participación especial:

• Este incentivo será asignado a aquellos atletas los cuales independientemente del resultado de su participación hayan podido hacerle frente a adversidades y se han superado, siendo modelos dignos de seguir.

d. Incentivo por Horas Asistente:• Será otorgada a los atletas cuyo compromiso con la

institución los lleva a la cooperación para la formación de nuevos valores deportivos, aportando todo su conocimiento no solo con los promotores deportivos sino real izando proyectos de extensión y colaborando con los del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.

e. Becas para funcionarios:• Este tipo de beca tiene como fin el poder facilitar a

los funcionarios del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, el poder tener acceso a fondos para su capacitación y por ende el mejoramiento continuo en la calidad del servicio que presta el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, a la comunidad del cantón central de la provincia de Puntarenas.

Los funcionarios que resultaren seleccionados como beneficiarios con estos incentivos o becas, estarán obligados a rendir un informe escrito y verificable de los alcances y beneficios que percibirá el Comité Cantonal de Deportes de la Provincia de Puntarenas por haber otorgado dicho incentivo.

Artículo 12.—Los incentivos podrán ser otorgados por periodos máximos de seis meses, pudiendo ser renovadas previo estudio de parte de la Comisión Asignada para tal efecto.

Artículo 13.—En el primer mes de cada semestre, los promotores deportivos comunicarán a la Comisión de incentivos los nombres de los(as) atletas propuestos para ser acreedores de tal beneficio, justificando por escrito las razones de su propuesta.

Artículo 14.—Semestralmente, la Comisión determinará el número de atletas por asignar en cada una de las diferentes disciplinas.

Artículo 15.—Para optar a un incentivo económico por parte de esta Ley N° 8461 en cualquiera de sus modalidades, los candidatos deberá reunir los siguientes requisitos:

a. Actuación altamente destacada que lo distinga en la actividad en cuanto a elevada mística, esfuerzo, preocupación, servicio constante y representación.

b. Asistencia, puntualidad y responsabilidad.c. Regularidad de participación en la disciplina deportiva a la

que pertenece.d. Cumplir con el requisito de rendimiento deportivo en la

actividad deportiva que representa.e. Solicitud por escrito del interesado, para ser acreedor al

beneficio del otorgamiento del incentivo, así como el aporte de los documentos que demuestren fehacientemente su condición, y todos aquellos que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas considere oportunos con el fin de que dicho otorgamiento del beneficio sea dado bajo parámetros de transparencia sin dejar margen de duda o ilegalidad.

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Artículo 16.—Los Entrenadores Deportivos en cada disciplina, propondrán semestralmente a la Comisión asignada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, los (as) candidatos (as) a ser beneficiarios de dicho incentivo de acuerdo con las disposiciones establecidas en este Reglamento.

En el caso de los Comités Comunales y Agrupaciones Deportivas del Cantón Central de Puntarenas, le corresponderá al encargado de dichas agrupaciones deportivas la presentación de los (as) candidatos (a) a este tipo de incentivo ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.

Artículo 17.—Para optar a un incentivo económico en cualquiera de sus modalidades, el (la) atleta deberá probar que tuvo una participación destacada en eventos deportivos y/o recreativos.

Artículo 18.—La dependencia proponente de los incentivo por participación especial deberá verificar que el (a) atleta postulado (a) cumpla con todos los requisitos establecidos.

Artículo 19.—La Dirección Deportiva verificará que los (as) atletas propuestos a este incentivo cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en el presente reglamento.

Artículo 20.—La Comisión de Incentivos Económicos para Atletas del Cantón Central de Puntarenas podrá aprobar incentivo para cubrir gastos económicos en los que incurren los (as) atletas por concepto de la práctica de especialidad deportiva en la que están inscritos ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.

Anualmente el fondo económico de la Ley N° 8461 determinará el presupuesto y los montos tope que se destinarán para este tipo de incentivos.

Artículo 21.—Para solicitar este incentivo el (la) atleta deberá presentar a la Dirección Deportiva una solicitud por escrito, así como cualquier documento o información que le sea solicitada, con el fin de verificar su situación socioeconómica, además deberán respetarse las condiciones establecidas en el Artículo 15, inciso 5, del presente reglamento.

Artículo 22.—El (la) atleta que cuente con la asignación de este beneficio está en la obligación de participar en los eventos y torneos que sean programados por las Federaciones correspondientes, así como en competiciones de interés del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, a menos que medie una justificación que demuestre caso fortuito o de fuerza mayor debidamente verificable para lo cual deberá aportar las pruebas correspondientes.

Artículo 23.—El atleta podrá solicitar revisión semestral de su incentivo en los primeros 15 días del sexto y doceavo mes, siempre y cuando no demuestre cambios en su condición socioeconómica.

Artículo 24.—La Comisión Municipal deberá realizar previsiones presupuestarias para eventuales inclusiones.

Artículo 25.—La Comisión Municipal realizará o solicitará estudios técnicos necesarios para verificar la condición socioeconómica y demás requisitos que debe cumplir el solicitante, según lo establecido en el presente Reglamento y determinará el monto y tipo de financiamiento. La comisión designada ratificará la decisión.

Artículo 26.—Para mantener los incentivos de condición socioeconómica, el (la) atleta deberá cumplir el requisito de asistencia, responsabilidad y rendimiento deportivo.

a. Mantener las condiciones socioeconómicas que motivaron el otorgamiento del beneficio, específicamente para aquellos incentivos otorgados por condición socioeconómica.

b. Suministrar información verídica de su situación y no omitir información deliberadamente de manera que induzca a error y a engaño a la comisión y al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.

c. Participar en al menos el 70% de los eventos deportivos programados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.Artículo 27.—El (la) atleta que incurra en lo estipulado en los

incisos b) del artículo 26, no será beneficiado con este incentivo el cuál le será suspendido en caso de que goce del mismo.

Artículo 28.—Con la finalidad de garantizar transparencia, equidad, honestidad y justicia queda terminantemente prohibido que ningún miembro de las familias hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, de los miembros de la Comisión, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, del Concejo Municipal y la Alcaldía, sean elegidos y se les otorgue ninguno de los beneficios a

los cuáles hace mención el presente reglamento. Este artículo al igual que algunos otros de este reglamento deberán de ser modificados y analizados para no perjudicar atletas de altísimo rendimiento de la comunidad y que son familiares de personas que pertenecen algunos de los entes y órganos colegiados.

Artículo 29.—Todos los beneficiarios de cualquiera de las modalidades de becas o incentivos económicos a los que se refiere este reglamento, quedan obligados a presentar un informe económico detallado y con documentación verificable o Comprobable del uso que se le dio a los fondos económicos que le fueron otorgados.

a. Los informes a los que hace referencia el inciso anterior deben ser presentados ante la Comisión encargada de otorgar los beneficios económicos a más tardar quince días antes de la finalización del sexto y del décimo primer mes, con el fin de que la misma los remita a la Comisión Municipal y al Concejo Municipal, y pueda iniciar los trámites de posibles prórrogas u otorgamiento de becas a nuevos beneficiarios, garantizando además una buena y correcta utilización de los recursos que le ha destinado para el rubro de incentivos económicos.Artículo 30.—Toda ayuda debe ser solicitada al Concejo

Municipal quién la conocerá y dará pase a la Comisión quién evaluará y aprobará mediante dictamen brindado al Concejo Municipal quién deberá ratificar mediante acuerdo municipal.

En conocimiento de lo anterior,SE ACUERDA:

Aprobar en todas sus partes el Reglamento de incentivos económicos para Atletas del Cantón Central de Puntarenas con fondos provenientes de la Ley N° 8461 (Ley Caldera). Votación al acuerdo tomado este es aprobada unánime. Aplicado el artículo 45 del Código Municipal este es definitivamente aprobado.”

Puntarenas, 14 de octubre del 2015.—Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015069793).

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POCOCÍPROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DEL COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, LA FISCA-

LIZACIÓN Y LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

El Concejo Municipal de Pococí, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, ordena publicar la consulta pública no vinculante del proyecto de Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria en la Municipalidad de Pococí.

Resultando:1º—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como

el artículo 4 del Código Municipal reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades.

2º—Que de conformidad con la normativa citada, así como con fundamento en el artículo 13 inciso c) del Código Municipal, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, procede a reglamentar la gestión del cobro administrativo y judicial, así como la fiscalización y la recaudación tributaria de este Gobierno Local, en aras de que tanto el contribuyente como la Administración Tributaria Municipal conozcan los alcances de sus obligaciones y derechos, promoviendo una recaudación más efectiva y justa, que contribuya a un mejor desarrollo del cantón.

3º—El Concejo Municipal, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Política y el Código Municipal, acuerda emitir el siguiente Reglamento:

REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DEL COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, LA FISCALIZACIÓN

Y LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

CAPÍTULO IDisposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán la gestión cobratoria, el cobro administrativo y judicial de las obligaciones dinerarias

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del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la Municipalidad de Pococí; así como las facultades, funciones y actividades que en materia de fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las autoridades tributarias.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Este Reglamento será de aplicación obligatoria tanto para la Administración Tributaria Municipal como para las abogadas y abogados externos que sean contratados por la Municipalidad de Pococí y se regulará por el siguiente marco normativo:

a) La Constitución Política y la jurisprudencia que sea vinculante emitida por la Sala Constitucional y la Corte Suprema de Justicia.

b) Los tratados internacionales.c) Las leyes sustanciales y formales en materia tributaria y sus

reglamentos.d) Los pronunciamientos que sean vinculantes o no vinculantes

emitidos por la Procuraduría General de la República.e) Las resoluciones y directrices generales emitidas por la

Dirección Hacendaria municipal y la Administración Tributaria.f) La jurisprudencia de los Tribunales de justicia y del Tribunal

Fiscal Administrativo.g) La costumbre y la doctrina tributaria.h) Disposiciones relativas a otras ramas del derecho que sean de

aplicación supletoria.Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos del presente

Reglamento, se entiende por:a) Abogadas y abogados externos: Las Licenciadas y

Licenciados en Derecho que habiendo cumplido con los requisitos exigidos por la Municipalidad y concursado para ofrecer sus servicios profesionales a la Institución, bajo la normativa de este Reglamento, realicen la gestión de cobro judicial respectiva para la recuperación de las obligaciones vencidas de esta última.

b) Administración Tributaria: Es toda aquella parte de la Administración Municipal que se encarga de gestionar, percibir, administrar y fiscalizar los tributos municipales.

c) Cobro Administrativo: Las acciones que se realizan administrativamente por parte del Proceso de Cobros y/o agentes externos contratados por la Municipalidad, para efecto de que las obligaciones vencidas y no vencidas sean canceladas por parte de los sujetos pasivos.

d) Cobro Judicial: Las acciones que se realicen por parte de las abogadas y abogados externos, vía judicial, en aras de obtener la recuperación de las obligaciones vencidas trasladadas a estos para su respectivo cobro.

e) Contribuyentes: Todas aquellas personas respecto de las cuales se verifica el hecho generador de la obligación tributaria, sean personas físicas o jurídicas.

f) Cuenta Integral Tributaria: Base de datos que integra los movimientos por débitos o créditos referentes a las obligaciones tributarias materiales a cargo de los sujetos pasivos de los tributos administrados por la municipalidad.

g) Declaración: Todo documento o medio que contenga información de interés para la Administración Tributaria aportada por contribuyentes, declarantes o responsables, sea en cumplimiento de un deber de colaboración o espontáneamente.

h) Declaración jurada: Aporte de información, determinación o liquidación de la obligación tributaria efectuada por los contribuyentes y responsables en los medios establecidos por la Administración Tributaria.

i) Municipalidad: La Municipalidad de Pococí. j) Coordinación Hacendaria Municipal: Es la coordinación

de la Hacienda Municipal.k) Departamento de Administración Tributaria: Es el

Departamento que coordina todos los procesos relacionados con la administración tributaria municipal.

l) Obligaciones tributarias municipales: Corresponderán a todas aquellas sumas en dinero adeudadas a la Municipalidad por los contribuyentes o responsables, como consecuencia de impuestos municipales o de administración municipal, tasas y contribuciones especiales.

m) Obligaciones vencidas: Las obligaciones dinerarias vencidas, o bien, créditos exigibles de plazo vencido a favor de la Municipalidad. Obligaciones que pueden provenir tanto de obligaciones tributarias municipales o de administración municipal, así como de cánones, arrendamientos o cualquier crédito existente de plazo vencido a favor de la Municipalidad.

n) Unidad de Cobro Administrativo y Judicial: Corresponde a la instancia del Departamento de Administración Tributaria de la Municipalidad de Pococí, encargado de la función de gestión y recaudación de la Municipalidad.

o) Registro de contribuyentes: Base de datos que contiene la información identificativa de los obligados tributarios por deber formal y el detalle de sus obligaciones.

p) Reglamento: El Reglamento para la gestión, fiscalización, cobro administrativo y judicial así como la recaudación tributaria en la Municipalidad de Pococí.

q) Sujeto pasivo: La persona obligada al cumplimiento de las prestaciones vencidas, sea en calidad de contribuyente, responsable o deudor de la Municipalidad.

CAPÍTULO IIDel Departamento de Administración Tributaria Municipal

SECCIÓN IAspectos Generales

Artículo 4º—Fines de la Administración Tributaria Municipal. Corresponde al Departamento de Administración Tributaria Municipal lograr al máximo el cumplimiento voluntario de los deberes y obligaciones tributarias de los contribuyentes de la Municipalidad, mediante el desarrollo de un conjunto de acciones, cuyo propósito es la implementación y ejecución de sistemas y procedimientos eficientes de planificación, coordinación y control. Dentro de este marco, le corresponderá todo lo relacionado con la gestión, recaudación y fiscalización de las obligaciones tributarias municipales o de administración municipal.

Artículo 5º—Medios para el cumplimiento de sus funciones: El Departamento de Administración Tributaria Municipal, para el cumplimiento de sus funciones, podrá realizar estudios estadísticos o sectoriales sobre el comportamiento de las personas contribuyentes, responsables o declarantes. De igual manera podrá realizar análisis técnicos, informáticos o de cualquier otra naturaleza, siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia.

Artículo 6º—Identificación del personal de la Administración Tributaria: Para el desempeño de su labor, todo el personal de la Administración Tributaria acreditará su condición de funcionario mediante un carné de identificación o documento idóneo que le brinde la Municipalidad, el cual deberá ser exhibido de previo al inicio de las actuaciones, excepto cuando se actúe en programas de fiscalización de cumplimiento de los deberes formales y de sanción en caso de incumplimiento. En tales casos y una vez constatado el hecho a verificar, deberá darse el cumplimiento del deber de identificación.

Artículo 7º—Deberes del personal. El personal del Departamento de Administración Tributaria en el cumplimiento de sus funciones y sin desmeritar el ejercicio de su autoridad, ni del cumplimiento de sus tareas, guardará el debido respeto a los interesados y al público en general e informará a aquellos, tanto de sus derechos como de sus deberes, al igual que sobre la conducta que deben seguir en sus relaciones con la Administración Tributaria Municipal, orientándolos en el cumplimiento de sus obligaciones.

Artículo 8º—Confidencialidad de la información. La información respecto de las bases gravables y la determinación de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias y en los demás documentos en poder del Departamento de Administración Tributaria, tendrá el carácter de información confidencial. Por consiguiente, los funcionarios que por razón del ejercicio de sus cargos tengan conocimiento de ella, sólo podrán utilizarla para el control, gestión, fiscalización, resolución de los recursos, recaudación y administración de los impuestos, y para efectos de informaciones estadísticas impersonales, bajo pena de incurrir en las sanciones que contempla la ley.

Las abogadas y abogados externos y otros que se contraten al amparo de lo indicado en este Reglamento, deberán de respetar la confidencialidad de la información a la que tengan acceso

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en razón de los servicios que prestarán, y estarán sujetos a las mismas sanciones que contempla la ley para los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal.

No obstante lo anterior, los sujetos obligados a respetar la confidencialidad de la documentación, deberán proporcionar tal información a los tribunales comunes y a las demás autoridades públicas que en ejercicio de sus funciones, y conforme a las leyes que las regulan, tengan facultad para recabarla. En estos casos, las autoridades que requieran la información estarán igualmente obligadas a mantener la confidencialidad, salvo que la ley disponga otra cosa.

Los bancos y demás entidades que en virtud de la autorización para recaudar impuestos, puedan deducir, deberán guardar la más absoluta reserva en relación con ellos y sólo los podrán utilizar para los efectos del cumplimiento de sus obligaciones. Esta previsión se entenderá sin perjuicio de la obligación de suministrar la información necesaria para el control de los tributos municipales o de administración municipal, en el marco y para los fines que contempla el presente Reglamento.

Las declaraciones tributarias municipales podrán ser examinadas cuando se encuentren en las dependencias de la Administración Tributaria Municipal, directamente por el contribuyente, responsable o declarante, su representante legal o cualquier otra persona autorizada por aquél.

Artículo 9º—Horario de actuaciones. Los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal ya sea en condición de funcionarios Municipales o funcionarios de hecho contratados por la Municipalidad, actuarán normalmente en horas y días hábiles. Sin embargo, podrán actuar fuera de esas horas y días, cuando sea necesario para lograr el cumplimiento de sus deberes de gestión, fiscalización o recaudación tributaria. En estos casos no se requerirá la habilitación de horas.

Artículo 10.—Documentación de actuaciones. En todo caso, el desarrollo de las tareas llevadas a cabo por los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal, deberán consignarse en un expediente administrativo, el cual se conformará en orden cronológico, en que se obtengan o produzcan los distintos documentos que deberán foliarse en orden secuencial, con el fin de resguardar adecuadamente su conservación.

Artículo 11.—Notificación de las actuaciones. Todas aquellas actuaciones de la Administración Tributaria Municipal, que sean susceptibles de ser recurridas por el interesado, y aquellas que incidan en forma directa en la condición del contribuyente frente a la Administración Tributaria Municipal, deberán ser notificadas a éste de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y supletoriamente la Ley General de la Administración Pública y la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 en lo procedente.

Se entenderá válidamente efectuada la notificación en cualquier momento en que el interesado, enterado por cualquier medio de la existencia de un acto administrativo de cumplimiento a éste, o interponga en su contra los recursos procedentes.

Cuando la Administración Tributaria Municipal lleve a cabo programas masivos de control de obligaciones formales, su notificación se hará mediante exhibición del oficio en que se ordenen, determinando el lugar o área en que han de llevarse a cabo, al igual que la lista de los funcionarios facultados al efecto, los cuales se identificarán mediante la presentación del correspondiente carné o documento idóneo emitido por la Municipalidad.

Los actos que resulten del cumplimiento de tales programas serán notificados en el momento mismo de su realización y en el lugar en que estos programas se hayan ejecutado.

Artículo 12.—Labores en el local o sede del contribuyente. Los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal, cuando ejecuten sus labores en el local del contribuyente, responsable, declarante o de terceros relacionados con éstos, deberán practicar sus actuaciones procurando no perturbar el desarrollo normal de las actividades que allí se cumplan.

Artículo 13.—Colaboración a los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal. Los contribuyentes, responsables, declarantes y terceros deben atender a los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal y prestarles la mayor colaboración en el desarrollo de su función. De acuerdo a las posibilidades, deberán poner a disposición de dichos funcionarios los medios auxiliares necesarios para el cumplimento de sus funciones.

Artículo 14.—Las decisiones de la Administración Tributaria Municipal deben fundarse en los hechos probados. La determinación de los tributos, multas o intereses, y en general toda decisión de la Administración Tributaria Municipal deberá fundarse en los hechos que aparezcan probados en el respectivo expediente. La idoneidad de los medios de prueba contenidos en un expediente tributario dependerá, en primer término, de los requisitos que para la validez de determinados actos prescriban las leyes tributarias y comunes, o de las exigencias que tales disposiciones establezcan en materia probatoria.

En todo caso deberá valorarse la mayor o menor conexión que el medio de prueba tenga con el hecho a demostrar, y el valor de convencimiento que pueda atribuírsele conforme a las reglas de la sana crítica y el principio de la realidad económica.

Artículo 15.—Carga de la prueba. Le corresponde a la Administración Tributaria la carga de la prueba respecto de los hechos constitutivos de la obligación tributaria material. En el caso de reclamos o recursos planteados ante la Administración Tributaria corresponderá al contribuyente, responsable o declarante, según el caso, demostrar la veracidad de lo manifestado en sus declaraciones, así como demostrar los beneficios fiscales que pueda alegar como existentes en su favor, o cualquier otra cuestión que pretenda contra algún criterio o acto de la Administración Tributaria Municipal. Los contribuyentes pueden invocar como prueba documentos expedidos por la Administración Tributaria, siempre que se identifiquen plenamente, bastando con indicar la oficina donde se encuentren.

Artículo 16.—Plazos para resolver: Los plazos para resolver señalados en este reglamento y en los artículos 146 y 156 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios tendrán carácter ordenatorio y deberán ser cumplidos por los funcionarios en la medida en que la relación entre el volumen y complejidad de los asuntos por una parte y de los recursos humanos y materiales por otra, así los permitan, sin perjuicio de las sanciones y responsabilidades pecuniarias que deriven de la conducta negligente o dolosa de algún funcionario.

Artículo 17º—Denuncias. Las denuncias que presenten las personas físicas o jurídicas relacionadas con hechos o situaciones que conozcan y puedan tener trascendencia para la gestión de los tributos, serán trasladadas a las unidades correspondientes del Departamento de Administración Tributaria Municipal, quienes programarán las actuaciones que procedan si se considera que existen indicios de veracidad de los hechos imputados y desconocidos para la Administración Tributaria. Podrán archivarse sin más trámite aquellas denuncias que se fundamentan en meros juicios de valor o en las que no se especifiquen o concreten los hechos denunciados, de modo que el departamento al cual se trasladó la denuncia pueda juzgar respecto del fundamento y veracidad de la denuncia.

SECCIÓN IIFunciones de la Administración Tributaria MunicipalArtículo 18.—De la función de gestión. La función de

gestión tiene por objeto administrar las bases de información que constituyen el censo de contribuyentes, responsables o declarantes de los distintos tributos municipales, cuyo control ejerce la Administración Tributaria Municipal, verificando el cumplimiento que estos hagan de las obligaciones formales establecidas por ley. Para tal efecto, la Administración Tributaria Municipal gozará de amplias facultades de control, en los términos que establece este Reglamento.

Asimismo, en virtud de la función de gestión indicada, deberán realizar tareas de divulgación en materia tributaria municipal, al igual que resolver las consultas, reclamos por cobros debidos o indebidos, solicitudes de prescripción, condonación de intereses y multas que planteen los interesados. Esta función corresponde a la Unidad de Cobros de la Municipalidad.

Artículo 19.—De la función de fiscalización. La función de fiscalización tiene por objeto comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos, con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones y deberes, propiciando la regularización correspondiente.

Le corresponde además verificar que todas las personas contribuyentes de cualquier tributo municipal o dado bajo su administración, cuente con el domicilio exacto debidamente registrado en la base de datos municipal, de manera que la gestión de

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cobro se realice sin mayor costo. Esta función corresponde a todas las Unidades vinculadas con el Departamento de Administración Tributaria y otras unidades o departamentos vinculados con el servicio al contribuyente.

Artículo 20.—De la función de recaudación. La función de recaudación es el conjunto de actividades que realiza la Administración Tributaria Municipal destinadas a percibir efectivamente el pago de todas las obligaciones tributarias municipales de los contribuyentes. Esta función será desarrollada por la Unidad de Cobros de la Municipalidad y no involucra la responsabilidad del manejo y custodia del dinero, cuya responsabilidad está delegada en la Tesorería Municipal.

La función recaudadora se realizará en tres etapas sucesivas: voluntaria, administrativa y ejecutiva.

En la etapa voluntaria, el sujeto pasivo de la obligación tributaria municipal cancelará sus obligaciones sin necesidad de actuación alguna por parte de la Unidad de Cobros de la Municipalidad.

En la etapa administrativa, la Unidad de Cobros de la Municipalidad o agentes contratados por la Municipalidad para tal fin, efectuará dos requerimientos persuasivos de pago a los sujetos pasivos morosos.

En etapa ejecutiva, la recaudación se efectúa coactivamente, utilizando los medios legales establecidos y recurriendo a los órganos jurisdiccionales respectivos. Esta etapa es la que ejecutarán las abogadas y los abogados externos u otros agentes contratados por la Municipalidad.

Artículo 21.—Cuando una persona contribuyente se encuentre en estado de morosidad y se haya iniciado el proceso de cobro administrativo, ya sea con mensajería de texto, llamadas telefónicas, envíos de fax, u otros mecanismos de notificación, deberá obligatoriamente cubrir el costo administrativo que dicha gestión ocasionó y que será cancelado conjuntamente con los tributos y demás recargos según la política administrativa interna que se aplique para este acto.

El costo administrativo deberá ser determinado por el Departamento Financiero, actualizado al menos una vez al año y publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

SECCIÓN IIIDel Proceso de Cobros de la Municipalidad de Pococí

SUBSECCIÓN IDel cobro de las obligaciones tributarias municipales

en la etapa administrativaArtículo 22.—Organización y obligaciones de la Unidad

de Cobros de la Municipalidad. La Unidad de Cobros de la Municipalidad, estará a cargo del departamento de Administración Tributaria que pertenece a la Hacienda Municipal, contará con una Jefatura y demás personal requerido para el desarrollo de sus funciones, la Jefatura se encargará de coordinar todo asunto relacionado con la gestión cobratoria de la Municipalidad, para lo cual deberá coordinar con las unidades pertinentes según sea el asunto.

En cumplimiento de su función de recaudación tendrá las siguientes obligaciones:

a) Realizar las gestiones de cobro administrativo de las cuentas atrasadas. Estas se iniciarán una vez vencido el plazo para el pago de la obligación respectiva, y las acciones se llevarán a cabo en el siguiente orden: llamadas telefónicas, mensajes de voz, mensajes de texto, notificaciones directas al domicilio señalado por la persona contribuyente para recibirlas o bien cualquier otro mecanismo de cobranza. Esta última acción servirá de prueba cobratoria en futuros procesos.

b) Las obligaciones tributarias municipales que tengan un atraso de hasta dos trimestres, serán notificadas dos veces administrativamente, otorgándosele al contribuyente quince días hábiles en ambas, para que se efectúe el pago respectivo.Si vencido dicho plazo, después de la última notificación no se hiciere presente el sujeto pasivo a cancelar, se remitirá la certificación de la deuda, junto con la documentación adicional que corresponda para efectos de proceder al cobro judicial, tales como personería jurídica y otras que sirvieron en la gestión administrativa a las abogadas y abogados externos, de conformidad con lo que se indica en este Reglamento.

El expediente original quedará en poder de la Unidad de Cobros con el fin de que sirva como base para atender futuros recursos de las personas contribuyentes en la vía judicial. Las notificaciones indicadas se realizarán por los medios legales correspondientes, establecidos en el presente Reglamento, o bien, aplicando las disposiciones en esa materia establecidas en la Ley de Notificaciones Judiciales.

c) Ejercer las funciones de control y fiscalización sobre la actuación que ejerzan las abogadas y los abogados externos en la etapa ejecutiva.

d) Organizar la información y asistencia al contribuyente, así como controlar el cumplimiento de obligaciones materiales que se le deleguen, siempre que solamente impliquen la comprobación abreviada o formal de la situación tributaria del sujeto pasivo.

e) Establecer, en el marco de sus funciones, los procedimientos y directrices necesarias para facilitar a los contribuyentes, responsables y declarantes, el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.

f) Rendir informes trimestrales a la Jefatura del Departamento de Administración Tributaria, sobre el estado de las obligaciones vencidas que se encuentran en las etapas administrativa y judicial.

g) Realizar los estudios correspondientes a los reclamos y solicitudes presentadas por los contribuyentes en cuanto al cargo por tributos, respaldando sus criterios con los pronunciamientos técnicos de las unidades o departamentos involucrados, una vez determinada la acción a seguir, deberá remitir la solicitud de movimiento que corresponda, debidamente firmada, respaldada, y autorizada al personal encargado del mantenimiento y depuración de la base de datos de la Municipalidad, para que esta proceda a generar la actualización requerida, de todo lo anterior deberá quedar constancia tanto física como en el expediente digital del contribuyente.

h) El personal encargado del mantenimiento y depuración de la base de datos municipal, procederá a generar los movimientos que se soliciten por parte de las diferentes áreas de la Municipalidad, para ello deberá contar previamente con la boleta de solicitud de movimiento y resolución o documento idóneo debidamente firmado por el o la solicitante y autorizado por las Jefaturas competentes, toda la documentación adjunta deberá ser integrada al expediente digital del contribuyente.

i) La base de datos municipal incluyendo el cargo por tributos deberá ser respaldada al menos una vez al día, para tal fin el departamento de Tecnología Informática deberá elaborar la rutina electrónica que garantice dicho procedimiento.

SUBSECCIÓN II:De los arreglos de pago

Artículo 23.—Definición. El arreglo de pago es el compromiso que adquiere el sujeto pasivo con la Administración Tributaria Municipal, de pagar la deuda y los periodos posteriores puestos al cobro, dentro del tiempo concedido, el cual no podrá en ningún caso exceder de dieciocho meses plazo para el caso de personas físicas y de doce meses plazo para personas jurídicas. Ambos plazos se concederán únicamente durante la etapa de cobro administrativo. La prórroga de estos plazos únicamente procederá en los casos que la Jefatura de Administración Tributaria lo autorice.

Si el cobro ha sido trasladado a las abogadas y abogados externos y aún no se ha presentado la demanda judicial, pero las personas contribuyentes atienden el llamado de estos profesionales en derecho, los plazos serán de quince y nueve meses en el mismo orden y si ya se ha presentado la demanda en vía judicial, sin que exista sentencia condenatoria de pago, el plazo máximo será de doce meses y seis meses en el mismo orden.

Cuando exista sentencia condenatoria de pago emitida por los Tribunales de Justicia únicamente procederá la cancelación total de la deuda y no habrá opción de arreglo de pago.

Artículo 24.—Condiciones para otorgar arreglos de pago. El arreglo de pago se podrá conceder, previo el cumplimiento de requisitos, de acuerdo con los plazos fijados en el artículo 23 de este Reglamento, si una vez evaluados estos, la Jefatura de la Unidad de Cobros considera que se han presentado circunstancias especiales

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que hayan hecho difícil la cancelación oportuna de los tributos municipales, o que, de cancelar la totalidad de la deuda, se le pueda causar un daño a la economía del contribuyente.

Para el caso del pago del impuesto sobre actividades lucrativas o de expendio de bebidas con contenido alcohólico, únicamente será viable la aceptación de arreglo de pago cuando exista recalificación del impuesto para el periodo vigente, caso contrario deberá actuarse apegado a lo que dispone el artículo 81 (bis) del Código Municipal.

En toda solicitud de arreglo de pago deberán evaluarse los siguientes aspectos:

a) Capacidad económica del sujeto pasivo.b) Motivos de la morosidad.c) Monto adeudado.

El plazo para resolver la solicitud será de diez días naturales y la prevención de requisitos faltantes o de información requerida y presentada incompleta será de cinco días naturales, ambos a partir del día siguiente de recibidos los documentos. La prevención interrumpe el plazo de resolución final y reiniciará una vez que se haya completado la información o requisitos requeridos. En caso de que no se cumpla la prevención por parte del solicitante en el plazo de diez días hábiles, se archivará la solicitud sin más trámite.

De proceder el arreglo de pago, se comunicará a la persona contribuyente en el domicilio señalado para atender notificaciones, el monto a cancelar mensualmente, y el plazo para la cancelación total de la obligación vencida.

Artículo 25.—Formalización del arreglo de pago. La formalización del arreglo de pago deberá realizarla la persona contribuyente o quien este autorice mediante documento idóneo, el albacea en caso de fallecimiento del primero, la persona representante legal en caso de sociedades, o la persona interesada, en caso de que su cónyuge o compañero (a) se encuentre como deudor o deudora y no quiera apersonarse poniendo en riesgo el patrimonio familiar.

Dicha formalización se realizará ante la Oficina de la Unidad de Cobros de la Municipalidad o Plataforma de Servicios, únicas competentes para realizar esta gestión, mediante la suscripción del documento que se tendrá para tales efectos, siempre y cuando el sujeto pasivo haya cumplido con los requisitos que se hayan exigido para tal gestión. Dicho documento, en conjunto con la certificación de la deuda, serán válidos para reclamar en la vía judicial el incumplimiento de pago.

Artículo 26.—Resolución del arreglo de pago. El convenio de arreglo de pago se dará por concluido, únicamente, ante el pago total que realice el sujeto pasivo de la obligación vencida, o se dará por incumplido y exigible su saldo cuando se haya retrasado treinta días naturales en el cumplimiento de su obligación, en cuyo caso, vencido dicho plazo, se remitirá inmediatamente el expediente a etapa judicial.

Artículo 27.—Monto mínimo para realizar arreglo de pago. Únicamente procederán arreglos de pago cuando las obligaciones vencidas, excluidas las correspondientes a recargos moratorios, sean por un monto igual o mayor a la octava parte del salario base, correspondiente a un Auxiliar Administrativo 1, de conformidad con el Decreto de Salarios Mínimos vigente al momento de efectuarse el arreglo de pago respectivo.

Artículo 28.—Sobre la documentación relacionada con los arreglos de pago. Toda la documentación que haya sido requerida por la Unidad de Cobros de la Municipalidad para la suscripción del arreglo de pago, así como dicho documento, será agregado al expediente y debidamente foliado, para su conservación.

SUBSECCIÓN IIIFormas de extinción de la obligación

tributaria municipalArtículo 29.—Formas de extinción de la obligación

tributaria municipal. La obligación tributaria municipal se extingue por cualquiera de los siguientes medios:

1) Pago. Pago efectivo. El pago se hará por alguno de los siguientes medios, con los requisitos y condiciones que para cada uno de ellos se establecen:a) Moneda de curso legal.b) Tarjetas de débito o crédito.c) Cheques certificados.

d) Transferencias electrónicas o depósitos bancarios. En cuyo caso, el pago se aplicará hasta que el banco acredite en la cuenta municipal el monto cancelado; y las sanciones moratorias, se aplicarán hasta el día en que se haya realizado la transferencia o depósito. Será obligación del administrado reportar a la Unidad de Cobros su pago.Cuando los pagos se efectúen mediante cheque, éstos deberán reunir, además de los requisitos legales exigidos por la legislación mercantil, los siguientes:a) Girarse a favor de la Municipalidad de Pococí.b) Expresar claramente el nombre o razón social del

contribuyente o responsable cuya deuda cancela, su número de cédula y número telefónico.

c) Certificados por el banco donde se registra la cuenta a debitar.

La entrega del cheque no liberará al deudor por el importe consignado sino hasta que éste se haga efectivo. La deuda tributaria no satisfecha por la emisión de un cheque cuyo pago se rechace, será generada nuevamente y continuará generando los intereses y sanciones de conformidad con la ley. Tampoco se deberán otorgar constancias o certificaciones de tributos al día que hayan sido cubiertos mediante el pago de cheque, hasta que éste se haga efectivo.

2) Compensación. La Unidad de Cobros de la Municipalidad compensará de oficio o a petición de parte, los créditos tributarios firmes, líquidos y exigibles que tenga en su favor con los de igual naturaleza del sujeto pasivo, empezando por los más antiguos, sin importar que provengan de distintos tributos, y siempre que se trata de obligaciones tributarias municipales.

3) Confusión. Procederá la extinción de la obligación vencida por confusión, siempre que el sujeto activo, como consecuencia de la transmisión de los bienes o derechos afectos al tributo, quede colocado en la situación del deudor.

4) Condonación. Las deudas por obligaciones tributarias municipales solo podrán ser condonadas por ley. Las obligaciones accesorias, bien sea que se trate de intereses, recargos o multas, podrán ser condonadas únicamente cuando se demuestre que estas tuvieron como causa, error imputable a la administración. Para tales efectos se deberá emitir una resolución administrativa, con las formalidades y bajo las condiciones que establece la ley, por parte de la Jefatura de la Unidad de Cobros en un plazo máximo de treinta días naturales, a partir de la fecha que sea de su conocimiento, la cual deberá obligatoriamente contar con un oficio explicativo emitido por la jefatura de la Unidad Administrativa que generó el posible error y además, contar con la aprobación del Departamento de Administración Tributaria.

5) Prescripción. La prescripción es la forma de extinción de la obligación que surge como consecuencia de la inactividad de la Unidad de Cobros de la Municipalidad, en ejercicio de la acción cobratoria. Los plazos para que esta opere, su interrupción y demás aspectos sustanciales se regirán conforme a la ley. En el caso de los tributos municipales, el plazo de prescripción es de cinco años, de conformidad con el artículo 73 del Código Municipal, y en el caso de tributos de administración municipal, se aplicará la prescripción que señale cada ley. De existir omisión se deberá aplicar lo dispuesto en el artículo 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.La declaratoria de prescripción únicamente procederá a petición de parte, y podrá otorgarse administrativamente, para lo cual, el sujeto pasivo presentará la solicitud respectiva ante la Unidad de Cobros de la Municipalidad o en la Plataforma de Servicios quién deberá remitirla a la Unidad de Cobros el mismo día en que la recibe por medio de bitácora o medio idóneo de control recibido de documentos.La Unidad de Cobros le dará a la solicitud recibida el trámite correspondiente, deberá responderla en un plazo máximo de treinta días naturales. Las obligaciones accesorias como multas, intereses y otros recargos sobre el monto principal declarado prescrito, correrán la misma suerte.Lo pagado para satisfacer una obligación prescrita no es objeto de repetición.

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6) Dación en pago. El procedimiento para la extinción de la obligación tributaria municipal mediante dación en pago, se regirá por el Decreto Ejecutivo Nº 20870-H del 27 de octubre de 1991, publicado en “La Gaceta” Nº 234 del 6 de diciembre de 1991, que reglamentó el artículo 4 de la Ley Nº 7218.

7) Novación. La novación como forma de extinción de la obligación tributaria, consistirá en la transformación o sustitución de una obligación por otra. La novación se admitirá únicamente cuando se mejoren las garantías a favor de la Municipalidad y ello no implique demérito de la efectividad en la recaudación.Artículo 30.—Interrupción de la prescripción. El curso de

la prescripción se interrumpe por las siguientes actuaciones:a) Cuando el sujeto pasivo se presenta, o por cualquier medio

electrónico verificable, a realizar la determinación de su tributo.b) Cuando el deudor hace un reconocimiento expreso de su

obligación.c) Cuando el sujeto pasivo o su representante ha solicitado

aplazamientos o fraccionamientos de pago.d) Las notificaciones de todo acto administrativo o judicial que

se realice con el fin de ejecutar el cobro de la deuda.e) La interposición de peticiones o reclamos con respecto a los

servicios municipales brindados y que son objeto de cobro.Artículo 31.—Pago por terceros. Subrogación. El pago

efectuado voluntariamente por un tercero extinguirá la obligación tributaria y quién pague se subrogará en el crédito, conjuntamente con sus garantías y privilegios, más no en aquellas potestades que se deriven de la naturaleza pública del acreedor inicial. Cuando el pago por el tercero se produzca por un error habrá lugar a su reimputación, previa devolución y anulación del correspondiente recibo.

Artículo 32.—Recibos de pago. Es todo aquel documento físico, oficial de la municipalidad, emitido en la Plataforma de servicios municipal o en las cajas de los entes recaudadores convenidos, que demuestra que el pago de la deuda tributaria se ha llevado a cabo, sea de forma total o parcial y deberán estar autorizados mediante el sello respectivo de cada cajero.

De igual manera se entenderá como recibo de pago, toda transacción realizada a través de internet que quede debidamente acreditada en la cuenta integral tributaria de la base de datos municipal.

Artículo 33.—Imputación de pagos. Al efectuar el pago la persona deudora y si se trata de servicios municipales e impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, la Administración Tributaria deberá establecerla por orden de antigüedad de los débitos, determinados por la fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno.

Si se trata de otros impuestos, precios o multas, el deudor podrá imputarlo a aquella o aquellas que libremente determine, siempre por orden de antigüedad de los débitos, determinados por la fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno. En los casos que no indique la imputación del pago, o que se realice por depósito o transferencia bancaria, la Administración Tributaria deberá establecerla por orden de antigüedad de los débitos, determinados por fecha la fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno.

En todos los casos, la imputación de pagos se hará primero a las sanciones, luego a los intereses y por último a la obligación principal. Esta regla será aplicable a todos los medios de extinción de las obligaciones tributarias.

Artículo 34.—Devoluciones de saldo a favor. Los sujetos pasivos que tengan saldos a favor, podrán solicitar su acreditación o devolución dentro del término de ley.

Los saldos a favor que hubieren sido objeto de modificación a través del proceso de determinación oficial de los impuestos no podrán ser objeto de solicitud de compensación o devolución hasta tanto no se resuelva definitivamente sobre su procedencia.

Presentada la solicitud, la Unidad de Cobros de la Municipalidad procederá a determinar el saldo a favor del contribuyente, de determinarse el mismo, se analizará si existen otras obligaciones tributarias municipales que puedan ser objeto de compensación, y emitirá la resolución que corresponda, declarando el saldo a favor, la compensación que corresponda, el nuevo saldo a favor del sujeto pasivo, y ordenará en ese mismo acto la devolución respectiva.

La acción para solicitar la acreditación o devolución por sumas pagadas en exceso, ya sea por pagos debidos o indebidos, prescribe transcurridos cuatro años, a partir del día siguiente a la fecha en que se efectuó cada pago, o desde de la fecha de presentación de la declaración jurada de la cual surgió el crédito.

En los pagos indebidos, el sujeto pasivo tendrá derecho a un reconocimiento de un interés igual al establecido por la municipalidad, a partir del día siguiente en que realizó el pago y hasta la fecha de la acreditación o devolución. No procederá este reconocimiento cuando la cancelación se haya realizado antes de la fecha prevista de vencimiento; es decir, entre la fecha de pago y la fecha prevista para el pago no existirá reconocimiento de intereses.

La Administración, en caso de devoluciones, deberá proceder al pago respectivo a más tardar durante el ejercicio presupuestario siguiente al de la fecha del reclamo del sujeto pasivo o responsables.

SUBSECCIÓN IVDel cobro de las obligaciones tributarias municipales

en la etapa ejecutivaArtículo 35.—Deberes de la Unidad de Cobros de la

Municipalidad en la etapa ejecutiva. La Unidad de Cobros de la Municipalidad deberá cumplir con lo siguiente, en la etapa ejecutiva:

a) Determinar las obligaciones vencidas que se le adeuden a la municipalidad, cuyo valor sea igual o mayor a la octava parte de un salario base, entendiéndose este el correspondiente al de un Auxiliar Administrativo1, de conformidad con el Decreto de Salarios Mínimos vigente al momento de realizarse el cobro, las cuales serán trasladadas a las abogadas y abogados externos para cumplir con la etapa ejecutiva. En consecuencia, las obligaciones cuyo monto no exceda del aquí establecido, su cobro continuará siendo responsabilidad de la Unidad de Cobros de la Municipalidad.

b) Se trasladará el expediente respectivo para efectos de iniciar la etapa ejecutiva a las abogadas y abogados externos, este expediente comprenderá:1. Copia de las notificaciones de cobro administrativo

realizadas al sujeto pasivo, quedando el original de todo el expediente en la Unidad de Cobros.

2. Certificación de la persona nombrada como Contador o Contadora municipal que haga constar la obligación vencida que vaya a ser remitida a cobro judicial, la cual incluirá multas e intereses, y constituirá el título ejecutivo para el proceso judicial respectivo, de conformidad con lo que establece el artículo 71 del Código Municipal.

3. Informe registral del bien inmueble que constituya la garantía de la obligación tributaria debida a la Municipalidad, de conformidad con lo que establece el artículo 70 del Código Municipal.

4. Calidades del sujeto pasivo y domicilio, si se tratara de una persona jurídica, indicación de las citas de la constitución de la sociedad, correspondiendo a la abogada o abogado externo respectivo realizar la personería jurídica correspondiente.

5. Personería jurídica del Alcalde.c) Asignar los casos de cobro judicial de conformidad con el grado

de avance de casos anteriores remitidos a cada profesional.d) Fiscalizar la labor de las abogadas y los abogados externos, para

ello, compete a esta oficina recibir los informes trimestrales que realicen los abogados externos de conformidad con este Reglamento, analizarlos, y tomar las decisiones para asignar casos futuros.

e) Solicitar a la Alcaldía previa autorización de la Jefatura del Departamento de Administración Tributaria y/o hacienda municipal, la aplicación de las sanciones que en este Reglamento se establecen, a los abogados externos que incumplan con sus obligaciones.

f) Llevar un expediente de cada uno de las abogadas y abogados externos, en el cual se registrará toda la documentación relacionada con su contratación, los procesos asignados, los informes que éstos presenten, y demás documentos relacionados con su actuar, los cuales serán agregados al expediente en forma cronológica y estarán debidamente foliados.

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g) Solicitar a la Unidad de Catastro y Valoración de la Municipalidad, el avalúo de los bienes inmuebles que garanticen las obligaciones vencidas, siempre y cuando esta Unidad cuente con los recursos necesarios para realizar esta labor y no se constituya en una labor permanente, caso contrario se realizará la contratación externa o deposito correspondiente para el peritaje judicial, esto con el fin de cumplir con el plazo de valoración que exige la Ley de Cobro Judicial.

CAPÍTULO IIIDe los abogados

SECCIÓN IDisposiciones Generales

Artículo 36.—De la designación. Las abogadas y abogados externos serán designados en virtud de concurso externo que realizará la Municipalidad para su contratación, en cumplimiento de la normativa que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento para la contratación de este tipo de servicios.

El número de abogadas y abogados externos a contratar dependerá de la cartera de sujetos pasivos morosos que será remitida a la vía judicial y será determinado por la jefatura del Departamento de Administración Tributaria, quien en conjunto con la jefatura de la Unidad de Cobros, analizará a los participantes en el concurso de antecedentes y realizará la evaluación respectiva, para efectos de determinar la cantidad de profesionales que serán contratados por la Municipalidad.

Artículo 37.—Formalización de la contratación. Las y los oferentes elegidos firmarán un contrato con la Municipalidad, así como cualquier otro documento que requiera la institución, necesario para la prestación eficiente de estos servicios y para cumplir con las normas que regulan este tipo de contratación.

Artículo 38.—No sujeción a plazo. La contratación no estará sujeta a cumplir con un plazo determinado, sino que dependerá del plazo que dure la tramitación del proceso judicial respectivo. Sin embargo, corresponderá a la Unidad de Cobros, verificar mediante los informes que los procesos judiciales estén activos, de lo contrario, se aplicarán las sanciones que regula este reglamento contra la abogada o el abogado externo que incumpla con esta obligación.

Artículo 39.—De las obligaciones de las abogadas y abogados externos. Las abogadas y abogados externos contratados por la Municipalidad para la etapa judicial, estarán obligados a:

a) Excusarse de asumir la dirección de un proceso cuando se encuentre en alguna de las causas de impedimento, recusación o excusa, establecidas en los artículos 49 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil.

b) Presentar dentro de los quince días hábiles siguientes al recibo del expediente, el proceso judicial respectivo ante la autoridad jurisdiccional correspondiente, y remitir dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo citado, copia de la demanda con la constancia de la presentación exigida. De incumplir los plazos indicados, al presentar la copia respectiva deberá adjuntar nota justificando los motivos por su incumplimiento.

c) Presentar entre las fechas, 2 al 10 de enero, 1 al 10 de abril, 1 al 10 de julio y 1 al 10 de octubre de cada año, informe a la Unidad de Cobros de la Municipalidad, sobre el estado de los procesos judiciales a su cargo.

d) Cobrar directamente al sujeto pasivo los honorarios del proceso ejecutivo, de conformidad con la Tabla de Honorarios que rige en el momento.

e) Asumir todos los gastos que se presenten por la tramitación del proceso judicial asignado a su dirección. En lo que respecta a la valoración de propiedades para el proceso de presentación a cobro judicial, será responsabilidad de la municipalidad realizar los avalúos o contratarlos.

f) Ante ausencias de su Oficina por plazos mayores a tres días hábiles, deberá indicar a la Unidad de Cobros de la Municipalidad quién será el profesional que deja responsable de los procesos judiciales a su cargo.

g) Realizar estudios de retenciones como mínimo cada tres meses en los procesos que estén bajo su dirección y solicitar cuando exista sentencia firme, la orden de giro correspondiente, a efectos de lograr el ingreso de dichos dineros a la caja municipal.

h) Dictada la sentencia respectiva, la abogada o abogado externo director del proceso deberá presentar la liquidación de costas en un plazo no mayor de quince días naturales.

i) Comunicar por escrito, en un plazo de cinco días hábiles posterior al remate, el resultado del mismo, a la Unidad de Cobros de la Municipalidad.Artículo 40.—Prohibiciones. Se prohíbe a los abogados

externos incurrir en lo siguiente:a) Realizar ningún tipo de arreglo de pago con el sujeto pasivo.b) Solicitar por concepto de sus honorarios profesionales una

suma mayor, a la estipulada en la Tabla de Honorarios.c) Aceptar o realizar acciones judiciales o administrativas contra

la Municipalidad.Artículo 41.—Terminación del proceso judicial. Una

vez que el cobro judicial haya sido iniciado solo podrá darse por terminado con el pago total de la suma adeudada a la Municipalidad, incluyendo las costas de procesales y personales y cualquier otro gasto generado durante su tramitación o con ocasión del mismo, o bien, por la formalización de un arreglo de pago según lo dicho en ese capítulo.

SECCIÓN IISobre el cobro de honorarios profesionales

Artículo 42.—Cobro de honorarios profesionales. El cobro de honorarios profesionales lo hará directamente la abogada o abogado externo director del proceso al sujeto pasivo, en caso de que este pretenda cancelar previo a la terminación del proceso judicial respectivo.

Dicho cobro se realizará con base en la Tabla de Honorarios, no pudiendo ser ni mayor del ahí establecido.

La Unidad de Cobros de la Municipalidad únicamente podrá recibir la cancelación del monto adeudado por el sujeto pasivo, mediante la presentación de oficio, nota, factura o certificado de depósito emitido por la abogada o el abogado externo director del proceso, de que le han sido cancelados de conformidad los honorarios.

Asimismo, no se solicitará dar por terminado el proceso judicial respectivo, hasta tanto la Unidad de Cobros de la Municipalidad le indique por escrito a la abogada o abogado externo director del proceso que se ha recibido de conformidad en las cajas municipales la totalidad de la obligación vencida adeudada por el sujeto pasivo, sus intereses y multas.

Artículo 43.—Condonación de honorarios. Procederá únicamente la condonación de los honorarios profesionales cuando así lo haya determinado la abogada o el abogado director del proceso.

Artículo 44.—Pago de honorarios por parte de la Municipalidad. Únicamente procederá el pago de los honorarios directamente de la Municipalidad, cuando la abogada o abogado externo resuelva la contratación de sus servicios con la Municipalidad, o cuando esta sea resuelta por parte de la Municipalidad, previo a haber obtenido el pago de la obligación vencida.

Se le cancelarán los honorarios profesionales de acuerdo a la Tabla de Honorarios vigente al momento de la presentación de la demanda. Esta cancelación no procederá cuando la resolución del contrato sea consecuencia de la aplicación de la sanción respectiva.

SECCIÓN IIIDe las Sanciones

Artículo 45.—Resolución automática del contrato de servicios profesionales. Se resolverá automáticamente el contrato por servicios profesionales cuando se den las siguientes causales:

a) La abogada o abogado externo realice cualquier acción judicial o administrativa contra la Municipalidad.

b) Cuando se pierda un incidente o el proceso, debido al vencimiento del plazo para aportar algún documento o recurso.Artículo 46.—No remisión de expedientes de cobro judicial.

No se remitirán más expedientes de cobro judicial a la abogada o abogado externo que incurra en las siguientes causales:

a) A las abogadas o abogados que incumplan con la obligación determinada en los incisos b) y c) del artículo 39 de este reglamento.

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b) Cuando habiendo acaecido el remate, no comunique sobre el resultado del mismo a la Unidad de Cobros Municipales, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que el mismo se efectuó.Artículo 47.—Otras sanciones. La Municipalidad podrá

realizar los trámites administrativos y/o judiciales respectivos contra el profesional en derecho, en aquellos casos en que se demuestre negligencia o impericia en la tramitación judicial de las obligaciones vencidas. Sanciones que podrán ser administrativas, disciplinarias o indemnizatorias.

SECCIÓN IVResolución de la contratación de abogados externosArtículo 48.—Resolución de la Contratación. Las abogadas

y abogados externos que por alguna razón personal o profesional, quieran dejar de servir a la municipalidad, deberán de comunicar esa decisión expresamente y por escrito al Departamento de Administración Tributaria y a la Unidad de Cobros, con treinta días naturales de antelación, quién deberá verificar la condición de los casos asignados al profesional y, de estar conforme, remitirá oficio a la Alcaldía Municipal dando por aceptada la renuncia.

Artículo 49.—Obligaciones de los abogados externos al finalizar la contratación. Al finalizar por cualquier motivo la contratación de servicios profesionales, la abogada o abogado externo respectivo, deberá remitir la totalidad de los expedientes judiciales a la Unidad de Cobros de la municipalidad, con un informe del estado actual de los mismos, y el documento respectivo de renuncia de la dirección del proceso, para que sea presentado por la nueva abogada o abogado externo que continuará con la dirección del mismo. La Unidad de Cobros de la municipalidad, deberá haber remitido el expediente al nuevo director del proceso, en un plazo no mayor de diez días hábiles.

CAPÍTULO IVDe la fiscalización y establecimiento de tarifas

SECCIÓN IDisposiciones Generales

Artículo 50.—Determinación de tasas y precios públicos. Para la determinación de tasas por los servicios municipales prestados y en concordancia con lo estipulado en el artículo 74 del Código Municipal, los estudios deberán realizarse una vez al año, entre la segunda quincena de junio hasta la primer quincena de agosto y serán enviados al Concejo Municipal antes del vencimiento de la segunda quincena del mes de agosto.

El Concejo Municipal contará con un plazo de sesenta días naturales para someterlos a estudio, consultas, correcciones y aprobación definitiva. La fecha para su aprobación definitiva deberá darse a más tardar el treinta y uno de octubre de cada año y la publicación en el diario La Gaceta deberá hacerse como fecha límite el treinta de noviembre de cada año, de manera que el cargo en la base de datos municipal para todos los contribuyentes empiece a regir el primero de enero de cada año.

Los estudios tarifarios para determinar el costo por servicios brindados en localización de contribuyentes, emisión de constancias y certificaciones, estudios de pagos realizados, los precios públicos y otros, podrán realizarse en cualquier momento y La Unidad encargada de realizar este y actualización de las tarifas será el Departamento Financiero.

Artículo 51.—Pago de servicios solicitados. Todo sujeto pasivo, responsable o contribuyente, que requiera el servicio de emisión de constancias o certificaciones de impuestos al día, así como de estudios sobre pagos realizados en años anteriores, deberá cancelar el costo administrativo que para cada uno de ellos haya determinado el Departamento Financiero.

Artículo 52.—Alcance de las actuaciones de comprobación e investigación. Las actuaciones de comprobación e investigación podrán tener carácter total o parcial, según sea el objetivo de la situación tributaria del sujeto pasivo. De cualquier manera, sea la actuación total o parcial, la conclusión de las actuaciones tendrá como efecto la conformidad definitiva de la Administración Tributaria con los aspectos de tributos y aspectos revisados.

En ningún caso podrá el obligado tributario pedir la revisión de lo regularizado, salvo que pruebe haber incurrido en evidente error de hecho, utilizando para ello la vía recursiva que le asiste.

Artículo 53.—Lugar donde deben efectuarse las actuaciones. Las actuaciones deberán desarrollarse en el lugar donde se realizan las actividades económicas o el lugar donde esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de los negocios del sujeto pasivo objeto de la actuación fiscalizadora. Cuando por alguna razón la fiscalización no se pueda realizar en esos lugares, se podrán desarrollar en las oficinas de la Administración Tributaria.

Artículo 54.—Inspección de locales. Cuando sea necesario determinar o fiscalizar la situación tributaria, los funcionarios de la Administración Tributaria, según su competencia material, podrán inspeccionar los locales ocupados por cualquier título por el sujeto pasivo.

En caso de negativa o resistencia, la Administración Tributaria, mediante resolución fundada, podrá solicitar a la autoridad judicial autorización para el allanamiento del local, o bien, coordinar con la Dirección General de Hacienda su participación para lograr el propósito.

De la negativa del sujeto pasivo a permitir el acceso a su local o locales se levantará un acta en la cual se indicará el lugar, fecha, nombre y demás elementos de identificación del renuente, así como cualquier otra circunstancia que resulte conveniente precisar. Dicha acta deberá ser firmada por los funcionarios que participan en la actuación y por el sujeto pasivo; si éste no sabe, no puede o no quiere firmar, así deberá hacerse constar.

Artículo 55.—Iniciación de las actuaciones fiscalizadoras, de comprobación o de investigación. Las actuaciones fiscalizadoras deberán iniciarse mediante comunicación escrita notificada al sujeto pasivo, en la cual se le indicará:

a) El nombre de los funcionarios encargados del estudio.b) Criterio o criterios por los cuales fue seleccionado.c) Tributos y periodos a fiscalizar.d) Registros y documentos que deben tener a disposición de los

funcionarios.e) Fecha de inicio.

Las actuaciones fiscalizadoras podrán ampliarse con respecto a los periodos e impuestos a fiscalizar, en relación con lo comunicado originariamente al sujeto pasivo y deberá comunicarse al sujeto pasivo los alcances concretos de tal ampliación.

Si por causas imputables a la Administración Tributaria las actuaciones fiscalizadoras no se iniciaron efectivamente dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la comunicación de inicio, se entenderá nulo el inicio de actuación notificado y producido en lo que corresponda. Si la Administración decidiera posteriormente realizar la actuación fiscalizadora, deberá notificar el inicio de la actuación, entendiéndose interrumpida a partir de la fecha de esta última notificación el cómputo de la prescripción.

Artículo 56.—Mecanismos de seguimiento de saldos morosos y en riesgo de prescripción por parte del Concejo y Alcaldía Municipal. De manera trimestral, la primera semana de inicio del periodo, el Departamento de Administración Tributaria remitirá tanto al Alcalde Municipal el informe de control de morosidad actualizado que contenga los siguientes datos: 1. Recuperación del pendiente de cobro a la fecha de corte. 2. Saldo de las cuentas por cobrar a la fecha de corte. 3. Emisiones puestas al cobro. 4. Saldos en riesgos de prescripción. Dicho informe deberá ser elevado por parte de la Alcaldía Municipal al Concejo Municipal para su debido seguimiento.

Artículo 57.—Realización de encuestas por parte de la Contraloría de Servicios. Dos veces al año, durante los meses de Junio y Diciembre, la Contraloría de Servicios de la Municipalidad elaborará y aplicará una encuesta dirigida a los contribuyentes del Cantón de Pococí, la misma deberá aportar la información necesaria y suficiente para evaluar la prestación y cobro de los servicios municipales, así como algún otro tema de interés que se requiera, el resultado final deberá ser remitido al Alcalde Municipal con copia a la Unidad de Planificación y Administración Tributaria con el análisis de datos y las recomendaciones pertinentes por parte del funcionario o funcionaria a cargo de dicha entidad Contralora.

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CAPÍTULO VDisposiciones finales

Artículo 56.—Derogaciones. Este Reglamento deroga cualquier otra disposición administrativa o reglamentaria que exista con anterioridad y se contraponga a lo aquí regulado.

Artículo 57.—Vigencia. Rige a partir de su publicación. El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Pococí, en su Sesión Ordinaria Nº 59 de fecha 13 de julio de 2015, acordó aprobar el Reglamento para la Gestión y el Cobro Administrativo y Judicial, la Fiscalización y la Recaudación Tributaria, en la Municipalidad de Pococí, de conformidad con lo que establece el artículo 13 inciso c) del Código Municipal.

Administración Tributaria.—Lic. Cyntia Ávila Madrigal.— 1 vez.—(IN2015070125).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAVICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-4803-2015.—Calvo Castillo Vilma, costarricense, cédula Nº 1 0619 0747, ha solicitado reposición del título de Licenciada en Economía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, al primer día del mes de octubre del año dos mil quince.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2015068396).

ORI-4743-2015.—Márquez Sierra María Alejandra, R-303-2015, residente:186200478923, solicitó reconocimiento y equiparación del título Médico Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41452.—(IN2015068485)

ORI-4487-2015.—Hidalgo Orozco Tatiana, R-302-2015, cédula 1-0771-0391, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Arqueología y Patrimonio: Ciencia y Profesión, Universidad de Córdoba, España. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41451.—(IN2015068487).

ORI-4738-2015.—Morales Martínez Andrés Humberto, R-301-2015, pasaporte G09466472, solicitó reconocimiento y equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Nacional Autónoma de México, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41450.—(IN2015068490).

ORI-4862-2015.—Vargas Leiva Laura, R-300-2015, cédula: 1-0596-0559, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Educación, Universidad Estatal de Framingham, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de octubre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41449.—(IN2015068494).

ORI-4447-2015.—Fabbian Oriana Magdalena, R-299-2015, Pas. Nº YA3560939, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Ciencias de la Educación. Orientación en: Expertos en los Procesos de Formación, Universidad de los Estudios de Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41448.—(IN2015068496).

ORI-4458-2015.—Parkinson Valla Flor Sara, R-298-2015, cédula 7-0145-0580, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Ciencias de la Educación, Universidad de los Estudios de Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41447.—(IN2015068498).

ORI-4465-2015.—Ley López Alejandra, R-297-2015, cédula 1-1174-0663, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Comunicación y Educación Audiovisual, Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad de Huelva, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 09 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41445.—(IN2015068501).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZORI-2959-2015.—Brenes Quirós César Augusto, costarricense,

1 1329 0490. Ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Comunicación Colectiva con Concentración en Periodismo. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil quince.—Oficina de Registro de Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2015068993).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ ORI-4769-2015.—Carpio Barrantes Karen María, R-037-

2015, cédula 1-1258-0449, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster 2 con énfasis en Piloteo de las Políticas y Acciones en Salud Pública, EHESP Escuela de Estudios Superiores en Salud Pública, Francia. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41332.—(IN2015068845).

ORI-3910-2015.—Rojas Jama Fernando Jesús, R-052-2010 B, pas. 0800581290, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Desarrollo de la Inteligencia y Educación, La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ecuador. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de agosto de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41333.—(IN2015068846).

ORI-4742-2015.—Lelchuk Dybner Daniel Andrés, R-189-2015, cédula 1-1283-0167, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Odontopediatría, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los

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cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41334.—(IN2015068848).

ORI-4470-2015.—Alfaro Araya Bernardo José, R-207-2015, cédula 1-0602-0093, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Administración de Empresas, Instituto Centroamericano de Administración de Empresas, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41335.—(IN2015068851).

ORI-4583-2015.—Castaño Jaramillo María Mercedes, R-215-2015, pasaporte AO246581, solicitó reconocimiento y equiparación del título Psicóloga, Universidad de San Buenaventura, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41336.—(IN2015068862).

ORI-4503-2015.—Víquez Bonilla Daniella María, R-218-2015, cédula 1-1481-0163, solicitó reconocimiento y equiparación del Título Bachiller en Artes, Universidad de Columbia Británica, Canadá. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41337.—(IN2015068869).

ORI-4414-2015.—Perdomo Argüello Francisco José, R-223-2015, cédula 8-0053-0613, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41338.—(IN2015068871).

ORI-4349-2015.—Jiménez Quesada Silvia Eugenia, R-224-2015, cédula N° 113070657, solicitó reconocimiento y equiparación del título Master in Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41339.—(IN2015068878).

ORI-4567-2015.—Brenes Rodríguez Julio César, R-226-2015, cédula 1-1191-0765, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster In Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41340.—(IN2015068881).

ORI-4546-2015.—Zúñiga Rodríguez Ricardo Francisco, R-232-2015, cédula 1-0910-0322, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Administración Pública, Harvard University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de

setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41341.—(IN2015068883).

ORI-3915-2015.—González Torres Antonio, R-234-2015, céd. 602490899, solicitó reconocimiento y equiparación del título doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41350.—(IN2015068891).

ORI-4416-2015.—Jiménez Chaves Víctor Alberto, R-260-2015, cédula 3-0371-0011, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Endodoncia, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41412.—(IN2015068892).

ORI-4703-2015.—Sales García Francisco Asís, R-259-2015, pasaporte N° AA1339796, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Especialidad: Transportes), Universidad Politécnica de Catalunya, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41411.—(IN2015068895).

ORI-4701-2015.—Solís de la Paz José Pablo, R-255-2015, cédula 1-1237-0779, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Música, Interpretación, Herberger Institute For Design And The Arts, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41410.—(IN2015068897).

ORI-4712-2015.—Cartagena Núñez Laura Catalina, R-255-2014-B, residente temporal: 117002005024, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Ciencias Sociales, Universidad Nacional de General Sarmiento, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41409.—(IN2015068919).

ORI-4449-2015.—Araya Carvajal Fabio David, R-295-2015, céd. N° 401810414, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Ciencias con Mención en Química, Universidad de Concepción, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41442.—(IN2015069052).

ORI-4468-2015.—Lira Sánchez Edmundo Alberto, R-294-2015, residencia temporal: 186200330221, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Mecánico, Universidad Metropolitana, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del

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tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41441.—(IN2015069054).

ORI-4736-2015.—Rojas Rapso Leonardo Enrique, R-304-2015, cédula 1-1264-0423, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Energías Renovables, Universidad de León, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41453.—(IN2015069058).

ORI-4744-2015.—Hernández Guzmán Wander, R-296-2015, cédula 6-0369-0337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41443.—(IN2015069060).

ORI-4174-2015.—Andensor Nedrick Bradley Salem, R-265-2015, cédula N° 702070708, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41413.—(IN2015069061).

ORI-4376-2015.—Jaramillo Arango Isabel Cristina, R-246-2013 B, Res. temp. 117001975601, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora Universidad de Castilla-La Mancha, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 3 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41408.—(IN2015069064).

ORI-4657-2015.—Dapena Lavadie Alexis, R-240-2015, cédula 8-0091-0604, solicitó reconocimiento y equiparación del título licenciado en Educación en la Especialidad de Matemática, Instituto Superior Pedagógico “Enrique José Varona”, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 22 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41407.—(IN2015069080).

ORI-4666-2015.—Melhado Mora Carlos Arturo, R-308-2015, cédula N° 109970729, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil, La Universidad Tecnológica de El Salvador, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41459.—(IN2015069580).

ORI-4682-2015.—Pinto Rodríguez Kedduar Enrique, R-307-2015, pasaporte: 116961464, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Industrial, Universidad Nacional Experimental del Táchira, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación

del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41458.—(IN2015069584).

ORI-4488-2015.—Giulietti Ennio, R-306-2015, pas. N° A03710337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Ciencias Políticas. Sector Político-Internacional, Universidad de Estudios de Urbino, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41456.—(IN2015069586).

ORI-4509-2015.—Fonseca Ureña Samantha, R-305-2015, cédula 1-1268-0068, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Derecho y Defensa de Causas y Resolución de Conflictos, The John Marshall Law School, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41455.—(IN2015069587).

ORI-4408-2015.—Meneses Rojas Esteban, R-237-2015, cédula 3-0361-0389, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía en Ciencias de la Computación, Universidad de Illinois, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41405.—(IN2015069591).

ORI-4669-2015.—Corasaniti Vittorio, R-310-2015, pas. N° YA2980844, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Ciencias Jurídicas, Universidad de los Estudios de Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41468.—(IN2015069633).

ORI-4672-2015.—Herrera Gómez Coral, R-309-2015, categoría especial: 172400228403, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora, Universidad Carlos III de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41466.—(IN2015069637).

ORI-4608-2015.—Cascante Matamoros Monserrat, R-236-2015, cédula 4-0185-0184, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Ciencias, Mención Geología, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.— O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41351.—(IN2015069640).

ORI-4825-2015.—Chacón Hidalgo Manuel Benito, R-319-2015, cédula: 1-0638-0391, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Estudios Contemporáneos de

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 31

América Latina, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41478.—(IN2015069642).

ORI-4714-2015.—Lang Rodríguez Marinella, R-318-2015, Res. Perm. N° 119200434321, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Comunicación Social, Universidad de la Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41476.—(IN2015069644).

ORI-4822-2015.—Cruz Arroyo Eddy, R-316-2015, cédula número 6-0346-0319, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Telemática y Telecomunicaciones, Universidad del Norte, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41474.—(IN2015069648).

ORI-4710-2015.—Viejo Viñas Paio, R-315-2015, Pas. N° BE878046, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Odontología, Universidad de Santiago de Compostela, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41473.—(IN2015069649).

ORI-4708-2015.—Agelvis Suárez Eliana Zarahit, R-313-2015, cédula N° 801050060, solicitó reconocimiento y equiparación del título Abogado, Universidad de Los Andes, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41471.—(IN2015069653).

ORI-4747-2015.—Villalobos Quesada Tatiana, R-312-2015, cédula 1-0810-0956, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey Universidad Tecvirtual, México. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41470.—(IN2015069655).

ORI-4826-2015.—Fuenmayor Mazzei Laura Virgina, R-311-2015, residente: 186200456631, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Contaduría Pública, Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41469.—(IN2015069658).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

D.E. N° 1515-915-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 10 horas del 30 de setiembre del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Nacional Autogestionaria de Abastecimiento Popular R.L. (COOPENAPO, R.L.) originalmente inscrito mediante resolución C-915 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva.

Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 35917.—Solicitud Nº 41221.—(IN2015068445). 2 v. 1

D.E. N° 1359-527-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13 horas del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Agrícola de los Productores de Chayote R.L. (COOPECHAYOTE R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-527 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.— O. C. Nº 35911.—Solicitud Nº 40895.—(IN2015068440).

D. E. N° 1360-1044-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13:00 horas del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa de Autogestión de Vigilancia y Seguridad R.L. (COOPESERVI, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1044 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.— O. C. Nº 35912.—Solicitud Nº 40896.—(IN2015068441).

D.E. N° 1361-1124-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13 horas del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Comercializadora del Dulce de Caña R.L. (COOPEPEJE, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1124 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.— O. C. Nº 35913.—Solicitud Nº 40897.—(IN2015068443).

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AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSTRANSPORTE AUTOBUSES

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICALa Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a audiencia pública para exponer la propuesta de revisión tarifaria

planteada por la empresa Autotransportes Hermanos Navarro S.A. para ajustar las tarifas de la ruta 662 descrita como Hospital San Vito-Barrio Alborada-Barrio Canadá-Cruce de Danto y viceversa, según se detalla:

Ruta DescripciónTarifa vigente (¢) Tarifa propuesta (¢) Variación

absoluta(¢)

Variación porcentualRegular Adulto mayor Regular Adulto mayor

662

HOSPITAL DE SAN VITO - BARRIO ALBORADA - BARRIO CANADÁ - CRUCE DE DANTOHOSPITAL DE SANVITO-BARRIO ALBORADA-BARRIO CAÑADA-CRUCE DE DANTO

315 0 385 0 70 22,2%

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día miércoles 25 de noviembre de 2015, a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en el Salón Parroquial de la Iglesia Católica de San Vito, ubicado contiguo a la Iglesia Católica de San Vito, Coto Brus, Puntarenas.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia) ►en forma oral en la audiencia pública, (para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente) ►o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en las oficinas de la Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): [email protected] hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes e indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax, apartado postal o dirección exacta).

En el caso de personas jurídicas, las posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.

Se informa que la presente propuesta se tramita en el expediente ET-105-2015 y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Consulta de expedientes).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al correo electrónico [email protected] (*) Enelcasodequelaoposiciónocoadyuvanciaseaenviadapormediodecorreoelectrónico,estadebeestarsuscritamediantefirma

digital,oensudefecto,eldocumentoconlafirmadebeserescaneadoycumplircontodoslosrequisitosarribaseñalados,ademáseltamañodedichocorreoelectróniconopuedeexcedera10,5megabytes.Marta Monge Marín, Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. N° 8377.—Solicitud N° 42377.—(IN2015073092).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN

Ficha Técnica del Proceso

Código: PR-SUS-02.02.Sub01 Versión: 01

Nombre del proceso: Registro de Solicitud de Préstamo en Línea (RESOLI)

Categoría del proceso: Subproceso

Entidad propietaria: Departamento de Crédito

Elaborado por: EGP SUSTANTIVOS

Fecha de elaboración: octubre 2014

Revisado por: Alexis Elizondo. Jefatura Sección Gestión y Análisis de Crédito

Aprobado por: Carlos Sancho Vargas. Jefatura Departamento de Crédito

Fecha de aprobación: 23-03-2015

Objetivo

Dictaminar la solicitud de préstamo en línea de manera ágil y oportuna con un servicio de calidad.

Alcance

Cliente, Sistema de Información, Plataforma de Servicios de Crédito.

Insumos Proveedor (entidad y/o procesos)

Solicitud de préstamo en línea Cliente

Sobre con Documentos Cliente

Productos Clientes (entidad y/o procesos)

Resumen y dictamen preliminar de la solicitud de préstamo en línea

Proceso de Análisis de Crédito

Comunicado de recepción de Solicitud en línea Cliente

Solicitud de préstamo en línea Proceso de Análisis de Crédito

Otras referencias documentales• Ley de Creación de CONAPE 6041.• Reglamento de Crédito.• Plan Anual de Gestión de Crédito.• Bases de Datos de la Dirección Evaluación y Control de Calidad del MEP.• Bases de Datos del Registro Nacional.• Bases de Datos del Tribunal Supremo de Elecciones.• Bases de Datos del Colegio de Contadores Públicos.

Términos• Solicitud de préstamo: solicitud en línea y documentación• Dictamen preliminar de la solicitud de préstamo en línea: Que el sistema

automáticamente le informe al cliente si su préstamo califica.

Actividad TOTAL OBSERVACIONES

Inicio/Fin

Operación

Decisión

Inspección

Operación combinada

Traslado

CLIENTE PUESTO DE SERVICIO DE PREANALISIS

PUESTO DE SERVICIO DE RECEPCIÓN RESOLI

1Crea cuenta para utilizar la plataforma de Mis Servicios Web de CONAPE.

2 Inicia sesión en la plataforma de Mis Servicios Web de CONAPE.

3 Ingresa información personal y del proyecto de estudio

Datos personales

Información del proyecto de estudio

4Genera los requisitos personalizados para el trámite de la solicitud de préstamo .

Requisitos personalizados

Solicitud de préstamo: préstamo por primera vez, ampliación de préstamo, refundición de préstamo.

5 ¿Desea presentar garantía hipotecaria?

6Presenta la documentación requerida para la Solicitud de Avalúo (Asignación de perito)

Cliente debe presentarse en CONAPE para que se le asigne un perito para el avalúo.

7Tramita la solicitud. Ejecútese proceso PR-SUS-02.02. SUB 04 Solicitud de Avalúo

Cliente debe esperar a que el avaluo esté listo para poder continuar con el registro de la garantía.

8 Completa el registro la solicitud de préstamo.

9 Envía la solicitud de préstamo digital y la imprime.

Solicitud de préstamo digital

10 Recibe solicitud de préstamo digital.

11Comunica al prestatario la recepción de la solicitud e indica plazo para entregar documentos.

12¿Continuo con el trámite de solitud de préstamo en el plazo establecido por CONAPE?

13Desestima solicitud de préstamo por no presentación de documentos solicitados en el plazo establecido.

14 Envía sobre con solicitud de préstamo y documentos.

El cliente cuenta con 10 días para enviar los documentos soliciartos a partir de la fecha que realizó el envío de los solicitud de préstamo en línea.

INSUMOS PRODUCTO/SUB PRODUCTO OBSERVACIONESNª DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

ACTOR DE PROCESO

TIEMPO DE VALOR LEGALDEPARTAMENTO DE CRÉDITO

Proceso: Registro de Solictud de Préstamo en Línea (RESOLI)

Versión :01

Fecha de Elaboración: octubre 2014

Código : PR-SUS-02.02.sub01 Resumen

MAPEO ACTUAL DE PROCESO

SI

NO

SI

NO

INICIO

FIN

BR

Gabriela Solano Ramírez, Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº 26918.—Solicitud Nº 41180.—(IN2015068447).

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 33

AVISOSINSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:• PN INTE/ISO/IEC 38500:2015 “Gobernanza de la

Tecnología de la Información para la organización”. (Correspondencia: ISO/IEC 38500:2015).

• PN INTE/ISO/IEC TS 38501:2015 “Tecnología de la Información. Gobernanza de TI. Marco de Referencia y modelo.”. (Correspondencia: ISO/IEC TR 38501:2014).

• PN INTE/ISO/IEC TR 38502:2015 “Tecnología de la información - Gobernanza de las TI -Guía de implementación”. (Correspondencia: ISO/IEC TS 38502:2015).Se recibirán observaciones del 02 de octubre hasta el 01 de diciembre del 2015.

• PN INTE 41-01-02:2015 “Especificaciones para Bunker C”. (Correspondencia: N.A).Se recibirán observaciones del 06 de octubre hasta el 05 de diciembre del 2015.

• PN INTE 41-02-03:2015 “Talleres de instalaciones y reparación de vehículos automóviles que utilizan gases licuados del petróleo (GLP). Requisitos sobre el local, el personal, los procedimientos de actuación y los equipos”. (Correspondencia: UNE 60635:2006).Se recibirán observaciones del 07 de octubre hasta el 06 de noviembre del 2015.

• PN INTE 06-13-01:2015 “Artefactos sanitarios de loza vítrea. Inodoros y orinales con o sin doble descarga. Requisitos”. (Correspondencia: ASME A112.19.2).Se recibirán observaciones del 09 de octubre hasta el 08 de diciembre del 2015.Para mayor información, comuníquese con la Dirección de

Normalización con la Ing. Susana Picado Jiménez al teléfono 2283-4522 o al correo [email protected]

Alexandra Rodríguez Venegas, Directora de Normalización.— 1 vez.—(IN2015069082).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE ASERRI

El Concejo de Municipal de Aserrí en Sesión Ordinaria N° 269, celebrada el día 22 de junio del año 2015, mediante acuerdo Nº 04-269, artículo tercero el cual fue aprobado en forma unánime y declarado totalmente en firme por unanimidad dice textualmente:

Se acuerda aprobar la propuesta de la implementación de la tarifa por el servicio de hidrantes, según lo establece la Ley de Declaratoria del Servicio de Hidrantes como Servicio Público y reforma de Leyes Conexas N° 8641 del 11 de junio del 2008 y el Reglamento Nº 352006-MP-MINAET del 30 de marzo del 2009; la cual fue presentada por la Dirección de Gestión Ambiental de esta Municipalidad, Comisiónese a la Administración Municipal, para que disponga lo necesario a efecto que se proceda a la publicación de esa Propuesta en el Diario Oficial La Gaceta, a la brevedad.

PLIEGO TARIFARIO PARA EL SERVICIO DE HIDRANTES

Operador Servicio medido(¢/m3)

Servicio fijo(¢/mes)

Municipalidad de Aserrí 15 320

Lic. Leticia Castro Moreno, Alcaldesa Municipal a. í.— 1 vez.—(IN2015070054).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCAPara los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la

Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Ugalde Mora Jairo Javier, cédula 1-1043-0622, presentó escritura pública protocolizada ante el notario Araya Vargas Enrique en la que dice que dona la fosa 142 del Bloque C del cementerio nuevo de

Sabanilla a la señora Acosta Torres María de los Ángeles, quien acepta que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones. Al contestar refiérase al Nº de oficio ADS-OF-080-15.

Sabanilla de Montes de Oca, 30 de setiembre del 2015.—Dirección de Servicios.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—(IN2015069676).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCOEl Concejo Municipal de El Guarco, comunica que por acuerdo

Nº 1059 definitivamente aprobado, tomado en la sesión Nº 409-2015 celebrada el día 08 de setiembre del 2015, acuerda trasladar la sesión ordinaria correspondiente al martes 08 de diciembre de 2015 al miércoles 09 de diciembre del 2015 a las diecisiete horas en el salón de sesiones del Palacio Municipal.

Katherine Quirós Coto, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2015070029).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIAAcuerdo tomado en sesión ordinaria N° 438-2015 del 14-

09-2015, en el Artículo V. Según oficio SCM-1929-2015 del 21 de setiembre del 2015.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quién interese que en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Gutiérrez Zamora Jorge Manuel, fallecido 11 de octubre 2011, su esposa solicita trasladar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria: Flora Rojas Arroyo, cédula 01-0229-0463

Beneficiarios: Jorge Arturo Gutiérrez Rojas, cédula 04-0102-0352

Ana Lorena Gutiérrez Rojas, cédula, cédula 04-0113-0978

Flora Cecilia Gutiérrez Rojas, cédula 04-0116-0033

Rafael Ángel Gutiérrez Rojas, cédula 04-0120-0896

Julio Gutiérrez Rojas, cédula 04-0126-0024

Ingrid Gutiérrez Rojas, cédula 04-0151-0406

Lote Nº 20 Bloque O, medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 271, recibo 89531, inscrito en folio 18, libro 2, el cual fue adquirido el día 13 de octubre del 1986. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del 26 de enero del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.— 1 vez.—(IN2015069092).

MUNICIPALIDAD DE BELÉNIMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

La Municipalidad de Belén de conformidad con las facultades que confiere a la Administración Tributaria Municipal el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Ley N° 7509 del 9 de marzo de 1995, y sus reformas) y artículo 137 inciso d), del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley 4755 del 29 de abril de 1971 y sus reformas) por desconocerse el domicilio fiscal de los contribuyentes, es necesario notificar por este medio la siguiente información correspondiente a los avalúos realizados por nuestra Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles de las propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Belén que no presentaron la declaración de bienes inmuebles.

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Pág 34 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

Número Avalúo Dis Finca Du Hz Der Cédula Nombre Completo Valor Terreno

Valor Construcción

Valor Total Avalúo Valor Derecho

623-2014 1 26156 002 402470031 ASHLY MARIA SOTO JAEN 49.569.656,00 - 49.569.656,00 16.521.566,34

624-2014 1 26156 003 401040521 IMELDA MURILLO CASTILLO 49.569.656,00 - 49.569.656,00 16.521.566,34

726-2014 1 207711 000 3101654330 VARKO DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA 17.646.840,00 - 17.646.840,00 17.646.840,00

727-2014 1 207784 000 3101654330 VARKO DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA 25.184.160,00 - 25.184.160,00 25.184.160,00

885-2014 1 150081 000 3101394766 KELONIAMIDAS SOCIEDAD ANONIMA 9.930.960,00 - 9.930.960,00 9.930.960,00

95-2015 1 234625 000 3101216683INMOBILIARIA ORGUI DOS MIL SOCIEDAD ANONIMA 133.564.200,00

- 133.564.200,00 133.564.200,00

154-2015 3 162549 000 3101364617CORDILLERAS DE COBRE M.Z.Z. SOCIEDAD ANONIMA 73.165.280,00

- 73.165.280,00 73.165.280,00

157-2015 3 162605 000 3101365727 CELAJES DEL OESTE M Z Z SOCIEDAD ANONIMA 47.688.200,00 - 47.688.200,00 47.688.200,00

162-2015 3 162591 000 3101391615 SUEÑO ESPERADO, SOCIEDAD ANONIMA 43.114.680,00 - 43.114.680,00 43.114.680,00

189-2015 3 162606 000 3101365727 CELAJES DEL OESTE M Z Z SOCIEDAD ANONIMA 63.198.960,00 - 63.198.960,00 63.198.960,00

201-2015 3 147134 000 3101158420 PROYECTOS DE ALTURA SOCIEDAD ANONIMA 70.704.360,00 - 70.704.360,00 70.704.360,00

332-2015 3 75599 000 3101077716 G U Y S SOCIEDAD ANONIMA 84.165.966,00 - 84.165.966,00 84.165.966,00

336-2015 3 94896 000 401420008FERNANDO JOSE DE LA TRINIDAD SANCHEZ MURILLO 51.711.240,00

- 51.711.240,00 51.711.240,00

347-2015 3 103668 000 3101231420 GANADERA GRUPO FEAL SOCIEDAD ANONIMA 48.600.000,00 - 48.600.000,00 48.600.000,00

353-2015 3 103640 001 204880930 JULIO ENRIQUE ZELAYA RODRIGUEZ 47.520.000,00 - 47.520.000,00 23.760.000,00

354-2015 3 103640 002 204880930 JULIO ENRIQUE ZELAYA RODRIGUEZ 47.520.000,00 - 47.520.000,00 23.760.000,00

361-2015 3 77636 000 3101210010 PB SAB SOCIEDAD ANONIMA 51.038.240,00 - 51.038.240,00 51.038.240,00

374-2015 3 90996 002 202300591 GILBERT VASQUEZ ESQUIVEL 44.233.290,00 - 44.233.290,00 44.233.290,00

393-2015 3 105584 000 3101185341CONSORCIO CARIBEÑO NORTE SOCIEDAD ANONIMA 68.977.920,00

- 68.977.920,00 68.977.920,00

398-2015 3 105574 000 3101567710INVERSIONES Y DESARROLLOS EL COQUEÑO GUANACASTE SOCIEDAD ANONIMA 74.006.240,00

- 74.006.240,00 74.006.240,00

473-2015 3 77849 000 3101161781CENTRO DE DEPORTES DOS MIL UNO SOCIEDAD ANONIMA 37.736.630,00

- 37.736.630,00 37.736.630,00

506-2015 3 72433 000 3101471994 COLINAS DE PIEDRA CR SOCIEDAD ANONIMA 71.901.000,00 - 71.901.000,00 71.901.000,00

507-2015 3 72415 000 3101085951 BOSHY SOCIEDAD ANONIMA 68.491.600,00 - 68.491.600,00 68.491.600,00

508-2015 3 72413 000 3101085951 BOSHY SOCIEDAD ANONIMA 68.661.900,00 - 68.661.900,00 68.661.900,00

511-2015 3 142424 000 3101077716 G U Y S SOCIEDAD ANONIMA 61.135.100,00 - 61.135.100,00 61.135.100,00

556-2015 3 208398 000 3012673576 POLAN ASSETS SOCIEDAD ANONIMA 1.933.812.360,00 - 1.933.812.360,00 1.933.812.360,00

622-2015 3 189792 000 3101606676 SAUBARA SOCIEDAD ANONIMA 35.883.036,00 - 35.883.036,00 35.883.036,00

680-2015 3 77172 000 3101592545INVERSORA QUINTANAR DE EL TOBOSO SOCIEDAD ANONIMA 49.810.000,00

- 49.810.000,00 49.810.000,00

682-2015 3 77168 000 3002056913ASOCIACION PRO ESCUELA ACADEMICA DE COSTA RICA O EN IDIOMA I 73.707.200,00

- 73.707.200,00 73.707.200,00

734-2015 3 77504 002 116750506 JOSE PABLO ZAMORA MORA 41.933.920,00 - 41.933.920,00 20.966.960,00

756-2015 2 229903 000 203390452 MARTA EUGENIA SOTO BOLAÑOS 30.829.600,00 - 30.829.600,00 30.829.600,00

801-2015 1 136220 000 401470842 MAYNOR ALBERTO NAVARRO ALFARO 22.848.700,00 - 22.848.700,00 22.848.700,00

847-2015 3 92521 000 3101049055 PAN DE AZUCAR SOCIEDAD ANONIMA 50.674.890,00 - 50.674.890,00 50.674.890,00

848-2015 3 92523 000 3101049055 PAN DE AZUCAR SOCIEDAD ANONIMA 51.979.320,00 - 51.979.320,00 51.979.320,00

866-2015 1 134909 A 000 3002591902

ASOCIACION DE DESARROLLO ESPECIFICA PRO VIVIENDA Y DAMNIFICADOS DEL RIO QUEBRADA SECA DE SAN ANTONIO DE BELEN, HEREDIA 137.903.174,50

- 137.903.174,50 137.903.174,50

906-2015 3 105556 000 3101050585AMIRAL INVERSIONES INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA 19.912.530,00

- 19.912.530,00 19.912.530,00

910-2015 3 90950 005 45594459739 ALVARADO GALLO LUCRECIA ADELINA 30.395.760,00 - 30.395.760,00 30.395.760,00

972-2015 2 109853 000 3101279072SOCIEDAD COMERCIAL MEDRALVA SOCIEDAD ANONIMA 47.796.364,00

- 47.796.364,00 47.796.364,00

997-2015 1 241553 000 105310607 ILEANA MARIA AVENDAÑO SOLANO 17.843.200,00 - 17.843.200,00 17.843.200,00

1026-2015 2 236647 000 3101397067INMOBILIARIA CAPARO DOS MIL CINCO SOCIEDAD ANONIMA 28.620.900,00

- 28.620.900,00 28.620.900,00

1032-2015 2 215768 000 31025546213-102-554621 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 45.684.229,50

- 45.684.229,50 45.684.229,50

1089-2015 3 91124 000 108480278 PABLO ORTIZ PEÑA 26.084.330,00 - 26.084.330,00 26.084.330,00

1118-2015 3 56145 000 3101038648TURISTICA DE LA CORDILLERA SOCIEDAD ANONIMA 648.293.793,00

- 648.293.793,00 648.293.793,00

1127-2015 1 54877 000 3102193781 CORPORACION GOMUCHA LIMITADA 405.333.800,00 - 405.333.800,00 405.333.800,00

Observaciones:· Para el cálculo del impuesto de bienes inmuebles, se aplicara

el porcentaje de copropiedad al valor total del inmueble, según lo indicado en el Registro Público.

· En el caso de bienes inmuebles inscritos como fincas filiales en condominio, se considera el porcentaje de condominio, para la determinación del valor. Además se considera el porcentaje de posesión

· Para los efectos de lo que establecen los artículos 16 y 17 de la Ley sobre Bienes Inmuebles (Ley 7509 y sus reformas), los avalúos que se comunican por este medio se consideran notificados a partir del tercer día hábil contado a partir de la presente publicación.San Antonio de Belén, Heredia, 28 de setiembre del 2015.—

Horacio Alvarado Bogantes, Alcalde.—1 vez.—O. C. N° 031137.—Solicitud N° 40951.—(IN2015069577).

AVISOS

CONVOCATORIASVARGAS PEREIRA S. A.

La entidad denominada Vargas Pereira S. A., cédula jurídica 3-101-053171, por este medio comunica y hace convocatoria pasa la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se llevará a cabo el día veinte de noviembre del 2015, a las 17:00 horas, en la ciudad de Alajuela, cantón central, distrito primero, costado oeste de Plaza Iglesias, casa de habitación portones negros, según la agenda se tratará el tema de aprobación de estados financieros, aprobación de dividendos de los periodos 2014 y 2015. Se iniciará conforme a la ley, sino está presente la totalidad del capital social de esta entidad a la hora supra indicada se dará inicio a la misma con el capital social que se encuentre presente a las 17:30 horas del 20 de noviembre del 2015.—Angelita Vargas Pereira, Representante Legal.— (IN2015072848). 2 v. 2

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL TORRE SOLNosotros, los condóminos del Condominio Horizontal

Residencial Torre Sol, cédula jurídica número tres-ciento nueve-trescientos quince mil seiscientos sesenta y cuatro, propietarios y condóminos de 4 filiales dentro de dicho condominio y por ello con más del treinta por ciento del valor total del condominio convocamos a asamblea general ordinaria y extraordinaria del condominio Horizontal Residencial Torre Sol a celebrarse en primera convocatoria a las 18 horas y en segunda a las 19 horas del 10 de noviembre de 2015, la cual se celebrará en el área del rancho de la piscina del Condominio, sito en San Joaquín de Heredia, de Autos Los Amigos, 600 norte y 25 este. El orden del día de dicha asamblea es: 1- Nombramiento de administrador del condominio. 2- Discusión y aprobación del presupuesto para el año que va del 1º de noviembre del 2015 al 10 de noviembre de 2016. 3- Establecimiento de cuota de administración y mantenimiento. 4- Aspectos de mejoras y ornato del condominio y eventual fijación de cuota extraordinaria.—San José, 7 de octubre del 2015.—Karla Lara Campos.—Juan Carlos González.—Johnny Barrantes.—Geovanny García.—1 vez.—(IN2015072974).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL EL TESOROCondominio Horizontal Residencial El Tesoro de Tamarindo

3-109-500300.Agenda Oficial de Asamblea Ordinaria de Condominio

Horizontal Residencial El Tesoro.Viernes 15 de enero del 2016 a las 9:00 a. m. en Pangas Beach

Club.I. Registro de propietarios y verificación de los propietarios

presentes o representados por un apoderado. II. Criterios para la votación conforme los CC&R’s

▪ Reporte de pago de las cuotas mensuales con respecto a la elegibilidad de votación.

III. Introducción por parte de los administradores y explicación de los procedimientos de la asamblea. Elección de presidente y secretaria para la reunión.

IV. Reporte operacional 2015.▪ Reporte operacional del ingeniero de proyectos

Marcelo D’Alolio y el status de trabajos realizados en el sitio.

V. Asuntos presentados por la administración▪ Realizar traspaso de cuadraciclo para ponerlo a nombre

de El Tesoro.▪ Proposición de barandas de seguridad y la seguridad de

los vehículos.▪ Presentación de nuevas cuotas condominales y como

se calculan de acuerdo a las leyes del condominio.▪ Presentación de nueva cuota de seguro.

VI. Presentación del presupuesto anual por el administrador.▪ Declaración de ingresos y gastos 2015, cuenta

operacional y cuenta reserva.▪ Presupuesto 2016▪ Discusión y aprobación de la cuota mensual de

mantenimiento.VII. Otros temas.VIII. Elección del administrador 2016-2017.IX. Fecha de reunión para el 2017.X. Fin de la reunión.

Jill Corrales Mora.—1 vez.—Solicitud N° 41898.—(IN2015073027).

CLUB DE PLAYA LAS GARZAS S. A.El Club de Playa Las Garzas S. A., cédula jurídica N° 3-101-

095095, convoca a todos sus asociados a la asamblea anual ordinaria a celebrarse el sábado 28 de noviembre del 2015, en el Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 35

Agenda asamblea ordinaria.1. Lectura y aprobación del acta de la asambleas ordinaria

y extraordinaria N° 45, celebrada el 29-11-2014 y la extraordinaria N° 46, celebrada el 11 de julio del 2015.

2. Informe de la presidencia.3. Informe de la tesorería.4. Informe de la fiscalía.5. Elección de puestos de junta directiva: presidente(a),

secretario(a) y vocal 2.6. Mociones de los asociados. Deberán entregarse por escrito

antes del inicio de la asamblea.Recordatorio informativo: Los estatutos de nuestra sociedad

establecen:“Artículo 7.3- Las asambleas ordinarias y extraordinarias podrán celebrarse en el domicilio social de la sociedad o en cualquier otro sitio asequible a los socios. Tendrán voz y voto únicamente los socios que se encuentren al día en sus obligaciones con la sociedad (cuotas de mantenimiento, intereses moratorios, canon, agua, chapeas, cuotas extraordinarias y aportes especiales que fije la asamblea)...”Junta Directiva.—Miguel Zúñiga Céspedes, Presidente.— 1

vez.—(IN2015073087).

COLEGIO DE PROFESIONALESEN SECRETARIADO DE COSTA RICA

De conformidad con el artículo 6° de la Ley N° 5005 de creación del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica y el artículo 15 de su Reglamento Interno, se convoca a todos los miembros del colegio a la próxima asamblea general ordinaria que se efectuará el lunes 23 de noviembre de 2015, en la sede del colegio, ubicada en Urbanización Don Carlos, Cinco Esquinas de Tibás, San José, del Dormicentro Tibás, 75 metros este. De ser necesario en virtud de la expropiación del colegio se comunicará posteriormente el nuevo lugar donde se realizará la asamblea general.

Orden del díaI. Aprobación del acta N° 60 de la asamblea general ordinaria

efectuada el 29 de noviembre de 2014 y acta N° 61 de la asamblea general extraordinaria realizada el 11 de abril del 2015.

II. Informe de la presidencia.III. Informe de la tesorería.IV. Informe de la fiscalía.V. Aprobación del presupuesto para el periodo 2016.VI. Elección de la junta directiva y fiscalía para el periodo 2016.VII. Asuntos varios

a) Aumento en la cuota de colegiatura.La primera convocatoria será a las 16:00 horas y la segunda

a las 16 horas y 30 minutos. De no existir el quórum requerido la asamblea se celebrará en segunda convocatoria con cualquier número de miembros presentes.—Dipl. Irene Gutiérrez Porras, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073176).

AVISOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CORNEO CALCARIS SOCIEDAD ANÓNIMAMarco Brenes Wesseling, cédula de identidad número uno-

ochocientos uno-novecientos veintisiete. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Corneo Calcaris Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil setecientos sesenta y seis hago constar que se procederá a la reposición de los libros legales Asamblea General de Socios y Registro de Accionistas de mi representada.—San José, siete de octubre del 2015.—Marco Brenes Wesseling, Presidente.—(IN2015069528).

CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.Alberto García Segura, cédula Nº 1-0423-0709, tramita por

extravío, la reposición del título definitivo de Acciones Nº 000950 B, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor facial de mil colones cada una de la Sociedad Central Azucarera

Tempisque S. A. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la Escuela Pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—01 de octubre del 2015.—Alberto García Segura.—(IN2015065384). 3 v. 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZCOLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

COMUNICA:La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de

Costa Rica, en la Sesión Ordinaria 2015-09-16, del 16 de setiembre de 2015 acordó lo siguiente:

Realizar un incremento en el costo de las certificaciones de incorporación, para que el costo total de la certificación sea de ¢6.000,00 (seis mil colones), desglosado de la siguiente forma: ¢5.495 (cinco mil cuatrocientos noventa y cinco colones) por papelería, ¢500,00 (quinientos colones) por timbres médicos y ¢5,00 (cinco colones) por timbre de archivo. Adicionalmente se acuerda establecer el cobro de las certificaciones de estar al día, con un monto de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones) desglosado de la siguiente forma: ¢1.995,00 (mil novecientos noventa y cinco colones) por papelería, ¢500,00 (quinientos colones) por timbres médicos y ¢5,00 (cinco colones) por timbre de archivo.

Dr. Alvarado Arce Edwin Manuel, Vicepresidente.—1 vez.—(IN2015069531).

LABORATORIOS SANVAR SOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Laboratorios Sanvar Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ochenta y un mil novecientos cincuenta y nueve, solicita la reposición del libro de Registro de Socios N° uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2015069684).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORESEN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 23 de setiembre de 2015, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: [email protected].

Nombre Cédula

Abarca Valverde Grestel 603360082

Acevedo Ruiz Eva Lucía 601860304

Acuña Garro Grettel Adriana 112530368

Aguilar Leal Marianella 106850715

Alfaro Castillo Marcela 110820900

Alfaro Hidalgo Kattia Priscila 204690599

Alfaro Salgado Geiner Eduardo 304350558

Alfaro Vindas Elizabeth 112680451

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Pág 36 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

Nombre Cédula

Alonso Monroy Briyis Leydi 800850850

Alvarado Cruz Rocío 105990941

Alvarado Sarraga Gabriela 113680032

Alvarado Vargas Guiselle 603090902

Álvarez Ramírez Fernando 107110500

Álvarez Rodríguez Flory 401290021

Anchía Angulo Lía Mayela 602150791

Araya Godínez José Antonio 603310680

Araya Pérez Michael José 503530226

Araya Ramírez Leonardo Fabio 108330960

Araya Rojas Andreina 206770792

Arce Alfaro Ana Ligia 203460493

Arguedas Molina Vivian 110620688

Arias Cruz Kattia Vanessa 206140342

Arias Guillén Juan Carlos 303550375

Badilla Canessa Gina Paola 602790075

Badilla González Greidy de los Ángeles 603530313

Barahona Martínez Ana Maritza 106320163

Barquero Álvarez Nelson 303980677

Blanco Chavarría Guiselle de los Ángeles 205640752

Bonilla Delgado Leidy Milena 112720207

Bonilla Elizondo Pablo Antonio 111180329

Bonilla Fernández Damaris 106900580

Brenes Contreras Yesenia 205130041

Brenes Herrera Mireya 104040793

Brenes Mora Helen 108860215

Briceño Díaz Luis Fernando 109130164

Calderón Gómez José Alfredo 104191242

Calvo Amores Edith Cristina 206160762

Cambronero Fajardo Ana Lucía 502010616

Cambronero Jiménez Dinia Johana 603460875

Campbell Mc Carthy Oscar 700840669

Castillo Loaiza Alexander Alberto 303220014

Castillo Mora Edgar Martín 107940979

Castillo Quirós Ivannia Verónica 303840704

Castrillo Rosales María Rosa 502830462

Castro Rojas Dorita 105420276

Cerdas Loría Joaquín Bernardo 202470730

Cerdas Pérez Alexandra 106070262

Chacón Araya German Ricardo 104400652

Chacón Garita Blanca Yarlina 109050601

Chavarría Cambronero Maribeth 204700986

Chavarría Sánchez Ana Lucrecia 105970999

Chaves Grijalba Carlos 602090451

Chaves Salas Ana Lupita 104550585

Chinchilla Muñoz Karen 110340962

Nombre Cédula

Claramunt Caso Ana Cristina 172400087904

Contreras Cascante Martín 503010243

Contreras Cruz Maritza 105800516

Cordero Oviedo Juan Carlos 109190983

Córdoba Gómez Diana Carolina 304470012

Cortes Porras Marta Ruth 601510170

Coto Solís Gilberth 109560171

Coto Valverde Oscar 105680414

Cruz Esquivel Aaron Moisés 206860961

Cruz Herrera Marcela María 106920488

Cubero Vargas Eva Lizeth 112330908

Cuevas Calvo Carlos 104131314

De Faria Campos Edison 800770068

Díaz Campos María Antonieta 104111457

Díaz Ducca Jenaro Alberto 108320441

Díaz Rodríguez Sonia 103150873

Dinarte Olmazo Luis Guillermo 603230436

Dumani Saenz Kenneth 106010982

Echeverría Alvarado Hilda 900240403

Elliot Ruiz Wilbert 603620934

Espinoza Contreras Ada Isabel 501290830

Esquivel Jiménez Yesenia María 900920161

Esquivel Monge Mireya 104031216

Fernández Badilla Ana Cristina 203590570

Fernández Delgado Bisai 104070472

Fernández Fernández Miriam 900390154

Flores Fuentes Jenny María 110200537

Flores Hernández Over Hernan 304290228

Flores Sandí Fernando 900920084

Fonseca Marenco Natalia 113440132

Fuentes Villalobos Sussy Mayela 205610023

García Rodríguez Laura 110970989

García Rubio Ada 204220464

García Solano Esmeralda 501300877

Gómez Mac Carthy Marisela 301951351

Gómez Montero Oscar Eduardo 503190216

Gómez Morales Maritza 602380083

Gómez Morales Marjorie 205900079

Gómez Sosa Ángela del Socorro 206510184

González Brenes Luis Alberto 111010104

González Vargas Ana Iris 108050032

Guerrero Ponce Argerie 501900982

Guevara Fernández Ingrid Geovanny 602600067

Guevara Luna Melania María 104330678

Gutiérrez Rodríguez Rosario 106390876

Gutiérrez Talavera Hellen Graciela 701910660

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La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015 Pág 37

Nombre CédulaMora Jiménez María Salvadora 205820992Mora Mora Rita 106860559Mora Solano Ana Patrica 107230889Mora Vargas Ana Isabel 104160663Mora Villalobos Allan 602950736

Moraga Cuendis Yahaira Antonia 503350747

Morales Villanueva Jéssica 701700097Morera Vargas María Carlina 108340831Moya Carpio Glen Anthony 107580581Muñoz Cordero Maribel 204490930Murillo Jiménez Julio Cesar 205150839Murillo Pérez Tobías 205820409Naranjo Ramos Geanin Elena 603800788Naranjo Ureña Elisa María 109220310Navarro Morales José Francisco 103490543Navarro Ramírez Dunia María 203740693Núñez Canales Ana Lucrecia 503280796Oconitrillo Arpeche Angie 113820625Orozco Villalobos Yacsiry de los Ángeles 206230739Ortiz Briceño Julio César 503450698

Ortíz Chavarría Elsa María 304280151

Ortíz Mora Ana María 302040681Padilla Arias Marianela 113620496Padilla Centeno Hellen Pamela 503300739Palomo Palavicini Ana Cecilia 104060934Pérez Mayorga Erika 502790689Picado Ortega Lissette Mariela 110190693Picado Picado Álvaro Francisco 107420066

Pineda Brittez Zulema 160000003633

Prendas Madrigal Belissa 110300541Putoy Rodríguez Martha Isabel 155804490529Quesada Quesada Juan Carlos 108250160Quesada Rosales Jacqueline 602900215

Quintero Castillo Clara 159100302131

Quintero Sánchez Roger 106830922Ramírez Artavia Juvenal 104590243Ramírez Gómez Julieta 103850663Ramírez Sánchez Guadalupe 108220520

Richards Binngham Llyd 700440048

Rivas Soto María Fabiola 502870333Robleto Ruiz Mayra 601690046Rocha Cruz Miguel Ángel 601000401Rocha Gamboa Idelayan 502280632Rodríguez Araya Adriana 603550173Rodríguez Cordero Irene 107800221Rodríguez Mongrío Juan 205640812Rodríguez Salas Maureen 502890218Rodríguez Solano María Fernanda 304270679Rojas García Alejandra 110180912Rojas Hidalgo Walter 105160195

Nombre Cédula

Guzmán Arced Natin 502580909

Harley Chaves Sandra Mayela 105630873

Hernández Chaves Carolina 107320271

Hernández Gómez Abelardo 104750993

Hernández Murillo Karina 113930028

Hernández Navarro María Cecilia 302250329

Hernández Vásquez Ruby Cristina 503390310

Heron Edwards Kinda 111420606

Herrera Rodríguez Mariano 104040803

Hidalgo Calderón Ana Cecilia 106680730

Hodgson Anchía María Graciela 205020728

Hoffmaister Araya Karen 111190592

Infante Sandí Marilyn 109170974

Jara Jara Rosa Victoria 121800026827

Jiménez Álvarez Jéssica Alejandra 205740274

Jiménez Moya Samuel 701590368

Jiménez Pilarte Cintya Magaly 205890147

Jiménez Rojas Marco Vinicio 106320853

Leal Hernández Randall 502980021

Leal Obando Daniela 110130231

Leandro Villalobos Priscila Raquel 111930843

Leitón Esquivel Liana Patricia 105250294

Leiva Obando Adriana 303960145

López Alfaro Odily 202770590

Loría Herrera María Auxiliadora 204320934

Madrigal Barrantes Andrea 110090178

Madrigal Campos Anargeri 104380276

Madrigal Sandi Inés 105260044

Manley Baeza Mauren 105110529

Marín Barrantes Mauricio 206200280

Marín Gutiérrez Justo José 110030837

Martín Sanabria Ricardo 205310149

Martínez Espinoza Lilliam 600780790

Mata Rodríguez Jacqueline 701030080

Matarrita Jiménez María Gabriela 701560943

Mejías Vargas José Andrés 205370875

Méndez Pérez Henry 205320527

Meneses Obando Milagro 303120447

Miranda Martínez Cindy 701350680

Monge Figueroa Ana Elissa 602940422

Monge Monge Ana Bettina 104830497

Montero Cascante Yeimy 115400263

Montero Montero Jenny María 107370734

Montero Salas Natalia 401860581

Mora Alpízar Laura Vanessa 206160324

Mora Chavarría Andrea María 113760929

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Pág 38 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

Nombre CédulaVargas Vargas Martina 104370333Venegas Badilla Suyen 701340555Venegas Muñoz Santiago 502330599Viales Zúñiga Wilmar Gerardo 503240362Vílchez Sánchez Max 202570833Villalobos Jiménez Flora 601680653

Villavicencio López Azucena del Carmen 206860131

Vindas Arce Rafael Alonso 401800612Vindas Jiménez Emmanuel 304170694Vindas López Bismarck 108090653Walters Calvo Hermel Ulises 800730393Williams Howlett Bernal 700940458Zamora Cortes Sussan Daniela 603890359Zamora Navarrete Karen Bisset 503620995Zamora Salas Juan Diego 109270275Zarate Rojas Jonathan Enrique 206930303Zeledón Mendoza Elvia 104690036Zúñiga Loaiza Katherine María 402040204

Junta Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.— 1 vez.—(IN2015069808).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número cinco cuatro otorgada a trece horas cinco minutos del veintiséis de setiembre de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Sae-A Spinning Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos treinta y uno, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, referente al capital social. Publíquese por dos veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con el artículo ochenta y tres del Código de Comercio. Es todo.—Heredia catorce octubre de dos mil quince.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—(IN2015069999). 2 v. 1

Por escritura Nº 363-08 otorgada en esta notaría a las 15:00 horas del día 14 de julio del año 2015, se acordó disminuir el capital, cambiar el domicilio de la compañía Servicios Herrerta Cascante S.H.E.C.A. Sociedad Anónima.—Alajuela, 15 de octubre del 2015.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—(IN2015070092). 2 v. 1

Nombre CédulaRojas Mejías Nydia 501590384Ruíz Guevara Ana Franciny 503430958Salas Arroyo Lidieth 105020011Salas González Ericka 603120172Salas Porras María del Rocío 105130824Salazar Horr Marlene 109340662Salazar Ramírez Rosa María 109590854Sánchez Arce Adriana Francine 206030146Sánchez Jiménez Verónica 112330279Sánchez Ríos Haydell Patricia 502690142Sánchez Solís Natalia Edith 111030476Serrano Muñoz Adriana 108670753Serrano Quirós Lisandro José 303420834Solano Valerín Katterinne de los Ángeles 108820400Soto Bermúdez Joaquín Alonso 110000300Soto Castro Luis Angelo 106900273Soto Delgado Luis Diego 206760099Soto Quirós Rocío 106720459Suñol Castro Clara 600760515Tenorio Chacón Orlando 105980734Torres Brenes Johanna 303140181Trejos Quirós María Nazareth 304480778Ulate Chaves Norman David 401890497Ulloa Sandi Ana Rocío 110090005Umaña Cordero José Manuel 501850323Valverde Montoya Mario 301840991Vargas Aguilar Annia Patricia 108210116Vargas Chaves German 203360783Vargas Duran Danilo 203140234Vargas Fernández Jossie Esteban 113770441Vargas González Alexander 108750433Vargas Porras Lady Kattiana 603150452

Vargas Quiel Yury 113540511

Vargas Vanegas Sonia 603550708

JUNTA ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO GENERAL Y LAS ROSAS DE ALAJUELAEn la sesión ordinaria N° JACA-09-2015, efectuada por la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de Alajuela, el

30 de setiembre de 2015, mediante acuerdo directivo AD-110-2015, se aprobó que las tarifas de permisos de uso de lotes y servicios que regirán a partir del 1° de enero de 2016 en los Cementerios General y Las Rosas, ambos de Alajuela, serán las siguientes:Permiso de uso P/lote sencillo ¢ 605.800,00 Permiso de Uso P/lote doble ¢1.211.600,00Permiso de uso P/lote c/bóveda ¢2.019.400,00 Inhumación Sencilla ¢ 106.020,00Inhumación c/exhumación ¢ 133.280,00 Exhumación ¢ 106.020,00Exhumación /vencimiento ¢ 106.020,00 Alquiler de nicho ¢ 143.380,00Alquiler de nicho especial ¢ 181.750,00 Prórroga de alquiler de nicho ¢ 156.500,00Permiso de construcción ¢ 26.250,00 Permiso de reparación ¢ 16.160,00Nuevo permiso de uso ¢ 35.000,00 Certificaciones ¢ 1.000,00Apertura de nicho para restos:Aéreo ¢ 15.150,00 - Nicho 1 Subterránero ¢ 35.350,00 - Nicho 2 Subterráneo ¢ 25.250,00Cuota de mantenimiento:Derecho sencillo ¢ 25.000,00 Derecho doble ¢ 40.000,00 Derecho triple ¢ 60.000,00Inhumación desechos anatomopatológicos ¢ 60.000,00

Se fija por atraso en el pago anual de cuotas de mantenimiento, una comisión por mora establecida por la Junta.Los pagos deben realizarse en las oficinas administrativas de la Junta, ubicadas dentro de las instalaciones del Cementerio General

de Alajuela.Alajuela, 15 de octubre del 2015.—Juan Manuel Castro Alfaro, Presidente.—1 vez.—(IN2015070145).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 23 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tres M Ocho Tres Cuatro Tres Seis Tres Seis Ocho Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2015005564.—(IN2015067332).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ASC Food Service Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2015005565.—(IN2015067333).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 08 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Allan Corrales Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—CE2015005566.—(IN2015067334).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Microlending Solutions Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015005567.—(IN2015067335).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coffea Restaurante, Cafetería, Pastelería Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1 vez.—CE2015005568.—(IN2015067336).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Morbo Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015005569.—(IN2015067337).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bearing Fruit Costa Rica Limitada.—San José, 15 de Julio del 2015.–Lic. José Antonio Jalet Brandt, Notario.—1 vez.—CE2015005570.—(IN2015067338).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Magic Pizza Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2015005571.—(IN2015067339).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Gedmeyen Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos Chaves Mora, Notario.—1 vez.—CE2015005572.—(IN2015067340).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Chuz del Pacifico Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—CE2015005573.—(IN2015067341).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rewilding Costa Rica Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2015005574.—(IN2015067342).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lusitania Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005575.—(IN2015067343).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZMediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas

00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cavernas del Venado W & M Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—CE2015005552.—(IN2015067320).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Javi Internacional Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Jimmy Gerardo Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2015005535.—(IN2015067321).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Proteínas Marítimas CRC Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2015005554.—(IN2015067322).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Villa Firenze Backyard Garden and BBQ Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015005555.—(IN2015067323).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Infoligencia Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2015005556.—(IN2015067324).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Couture de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2015005557.—(IN2015067325).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Consulting Panama Inc Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2015005558.—(IN2015067326).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Stasibevacqua Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Luis Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2015005559.—(IN2015067327).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada R.H. Living Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2015005560.—(IN2015067328).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Titov1947 Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015005561.—(IN2015067329).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bes Comunicación Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Victoria Priscilla Villalobos Pagani, Notaria.—1 vez.—CE2015005562.—(IN2015067330).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Leonor2015 Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015005563.—(IN2015067331).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Casa del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015005588.—(IN2015067356).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Access Servicios CR MX Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2015005589.—(IN2015067357).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Homes Grupo Consultor Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Kattia Navarro López, Notaria.—1 vez.—CE2015005590.—(IN2015067358).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inverseg Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2015005591.—(IN2015067359).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inverseg Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2015005591.—(IN2015067360).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Venelacteos Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—CE2015005592.—(IN2015067361).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Moba Arte Culinario Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015005593.—(IN2015067362).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IL Volpino Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015005594.—(IN2015067363).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Becerril y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2015005595.—(IN2015067364).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Prefabricados Técnicos de Concreto Modular Guanacaste Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2015005596.—(IN2015067365).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Productores de Palma del Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2015005598.—(IN2015067366).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 50 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones P & R Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2015005599.—(IN2015067367).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo de Proyectos y Soluciones Empresariales- Grupo Ciento Ochenta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1 vez.—CE2015005576.—(IN2015067344).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Phoenix Sportsman Dos Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2015005577.—(IN2015067345).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 25 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fitness Company (FITCO) Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005578.—(IN2015067346).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Disdemat Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2015005579.—(IN2015067347).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 25 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pacific Dreams Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005580.—(IN2015067348).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bahía Azul Condominium Playa Jaco Hoa Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2015005581.—(IN2015067349).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Drink Depot Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015005582.—(IN2015067350).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Photostorm Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2015005583.—(IN2015067351).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Chifarpa Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Alejandra Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2015005584.—(IN2015067352).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IDFA Uno Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Carolina María Ulate Zarate, Notaria.—1 vez.—CE2015005585.—(IN2015067353).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Greenspot Travel Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Annette Marie Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—CE2015005586.—(IN2015067354).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 25 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fitco Entrenamiento y Salud Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005587.—(IN2015067355).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aventura y Pesca del Caribe Sur Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Salvador Gerardo Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—CE2015005851.—(IN2015067380).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Delmontespin Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—CE2015005852.—(IN2015067381).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Lencería Ean Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—CE2015005853.—(IN2015067382).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Geossa Médica Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2015005854.—(IN2015067383).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 11 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Farmaproject Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Yesenia María Sibaja Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2015005855.—(IN2015067384).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada X-Pinner Water Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2015005856.—(IN2015067385).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Guila & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015005857.—(IN2015067386).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada RQL Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015005858.—(IN2015067387).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Innovación Tecnológica RRL Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015005859.—(IN2015067388).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación Balance Mandala Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—CE2015005860.—(IN2015067389).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporation Global Professional Group Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Mario González Porras, Notario.—1 vez.—CE2015005861.—(IN2015067390).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mayor Beval de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005862.—(IN2015067391).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Guila & Asociados S.A Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015005600.—(IN2015067368).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Propela Creativa Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—CE2015005601.—(IN2015067369).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bodegas Universal Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005602.—(IN2015067370).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fertinex Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—CE2015005842.—(IN2015067371).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maluhia Inc Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic. Luis Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2015005843.—(IN2015067372).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Número De Cédula Que Indique El Registro Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic. Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—CE2015005844.—(IN2015067373).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 10 minutos del 17 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S&E Products Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2015005845.—(IN2015067374).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada FDE Servicios Funerarios Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2015005846.—(IN2015067375).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Quebradores Aralfa Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015005847.—(IN2015067376).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Asignar El Número de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015005848.—(IN2015067377).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 10 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada SEC Land Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jhonatan Ricardo García Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005849.—(IN2015067378).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Telas del Caribe CTDC Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—CE2015005850.—(IN2015067379).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 16 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fincafina Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—CE2015005875.—(IN2015067404).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Zona Frigo Rifica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2015005876.—(IN2015067405).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Asesores De Cobros Corporativos Y Especialistas En Soluciones Administrativas Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Brayan Antonio Alfaro Aragon, Notario.—1 vez.—CE2015005877.—(IN2015067406).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Property In Paradise CRC-PIP Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Ernesto Hutt Crespo, Notario.—1 vez.—CE2015005878.—(IN2015067407).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Dulce Cascajo Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2015005879.—(IN2015067408).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 30 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fortuna Outdoors Tienda de Aventura Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015005880.—(IN2015067409).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Calero Management Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2015005881.—(IN2015067410).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 20 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Brestot Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005882.—(IN2015067411).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Urbina Calderón Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015005883.—(IN2015067412).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Colombes Triport Holdings Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005884.—(IN2015067413).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial del Caribe Ges Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2015005885.—(IN2015067414).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada GWP Kraftwagen Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005886.—(IN2015067415).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada DSB de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005863.—(IN2015067392).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mundial Eléctrico de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005864.—(IN2015067393).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 45 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Febeca de Co sta Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005865.—(IN2015067394).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Shari’s Classic Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2015005866.—(IN2015067395).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Taller Mecánico y Repuestos Cedros R.P.F Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2015005867.—(IN2015067396).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo del Turia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—CE2015005868.—(IN2015067397).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Z U Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015005869.—(IN2015067398).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Solstice Production Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—CE2015005870.—(IN2015067399).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Constructivas APV Ferretera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. José Alberto Herrera Lobo, Notario.—1 vez.—CE2015005871.—(IN2015067400).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Dynamic Young Years Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2015005872.—(IN2015067401).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Restaurante Meica Comercial Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—CE2015005873.—(IN2015067402).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Drift Events Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2015005874.—(IN2015067403).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Agrícolas e Industriales GZ Sociedad Anónima. Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2015006209.—(IN2015067780).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Odyma Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2015006210.—(IN2015067781).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 26 de Marzo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada G F Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—CE2015006211.—(IN2015067782).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mami Pache Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2015006212.—(IN2015067783).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Yocoima Group Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1 vez.—CE2015006213.—(IN2015067784).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mejor Salud Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Anthony Francisco Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015006214.—(IN2015067785).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carobry Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015006215.—(IN2015067786).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Medical Coating Solutions Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015006216.—(IN2015067787).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 15 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Freman Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2015006217.—(IN2015067788).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 50 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversión Fraijanes Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2015006218.—(IN2015067789).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Enhancesol Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Édgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2015006219.—(IN2015067790).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Gusto Por La Carne Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015006220.—(IN2015067791).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Skymill Digital Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005887.—(IN2015067416).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Prusent Limitada.—San José, 24 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—CE2015005888.—(IN2015067417).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cinco en Red Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2015.—Lic. Ingrid Noemy Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—CE2015005889.—(IN2015067418).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mopera Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Guillermo Enrique Azuola Valls, Notario.—1 vez.—CE2015006200.—(IN2015067771).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada TIVY Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Rolando Miguel Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2015006201.—(IN2015067772).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Papagayo Market Center Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Luis Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2015006202.—(IN2015067773).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada A-Veintisiete Latam Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1 vez.—CE2015006203.—(IN2015067774).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IBP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Avi Maryl Levy, Notaria.—1 vez.—CE2015006204.—(IN2015067775).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mister Taco J Y M Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—CE2015006205.—(IN2015067776).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Scorah Palmares Setenta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2015006206.—(IN2015067777).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Ganadero de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—CE2015006207.—(IN2015067778).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hangang Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015006208.—(IN2015067779).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Toucan Nests Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—CE2015006233.—(IN2015067804).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Decaro Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006234.—(IN2015067805).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Braconsa Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2015006235.—(IN2015067806).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Urbano Bebedias J&L Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2015006236.—(IN2015067807).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de setiembre del dos mil quince, se protocolizaron los acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de socios de Kinder Bilingüe San Francisco de Asís S. A., reformándose la cláusula primera del nombre y la cláusula segunda de la administración.—San José, ocho de octubre de dos mil quince.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41464.—(IN2015067814).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10 horas 10 minutos del 30 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Especialidades Médico-Dentales Orfi Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-362872; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41423.—(IN2015067820).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del ocho de octubre del año en curso, se modificaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de las sociedad Company Light to The Farero Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015067822).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10 horas 20 minutos del 30 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Corporación Celestial del Alto Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-215279; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41422.—(IN2015067823).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 09 horas 40 minutos del 30 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Catati del Oriente Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-328867; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del Pacto Constitutivo de la Compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41421.—(IN2015067824).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 09 horas 30 minutos del 30 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Lizano, Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-12956; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del Pacto Constitutivo de la Compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41419.—(IN2015067828).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Amacen Fiscal Barosa Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006221.—(IN2015067792).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Transportes y Servicios Agrícolas Sogo Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015006222.—(IN2015067793).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Stratus Video Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—CE2015006223.—(IN2015067794).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tecno Style Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—CE2015006224.—(IN2015067795).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Gusto por Carnes Exclusivas DEC Osta Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015006225.—(IN2015067796).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grant Thornton Tax Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2015006226.—(IN2015067797).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S. P. A. S. Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2015006227.—(IN2015067798).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 15 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tajo Térraba Navas Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2015006228.—(IN2015067799).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Polvo de Hornerar Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015006229.—(IN2015067800).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Bint Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—CE2015006230.—(IN2015067801).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Eppejan Investments Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—CE2015006231.—(IN2015067802).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ADH Importaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2015006232.—(IN2015067803).

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El suscrito notario da fe de que en esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y seis-tres otorgada a las diez horas del seis de julio del dos mil quince, se protocolizó el cambio de domicilio social, la modificación del plazo social, se aumentó el capital social y se modificó la junta directiva de Inmobiliaria Zulu S. A., con cédula jurídica número 3-101-85219. Es todo.—Heredia, seis de octubre del dos mil quince.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41418.—(IN2015067832).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11 horas del 23 de setiembre de 2015, se constituyó la sociedad denominada Molécula Verde Sociedad Anónima, en la cual la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, corresponde al presidente.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015067836).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 7 de octubre de 2015, la sociedad Transportes Tramvar del Norte S. A., reforma las cláusula primera, segunda, tercera y octava de los estatutos para que la sociedad se denomine WWT Ingeniería Sociedad Anónima.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015067837).

Hoy, ante esta notaría, protocolicé acta mediante la cual la sociedad CSS Corredora de Seguros S. A., modificó las cláusulas quinta del capital, sexta de la administración, sétima del inventario y de los balances de situación y décima de la junta directiva.—San José, 07 de octubre del 2015.—Lic. Randall Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41364.—(IN2015067846).

Por escritura otorgada al ser las dieciséis horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad JM Ameze Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil seiscientos treinta y dos, se conoce de la renuncia del presidente y se acuerda nombrar al señor Shlomi Marmelstein, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y se nombra en su lugar al señor Juan Luis Mora Cascante, se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio social sea que en adelante el domicilio de la sociedad será en Malpaís, Cóbano, Puntarenas, contiguo a la sucursal del Banco de Costa Rica, en Bufete Mora y Asociados, se reforma la cláusula novena de la representación, sea que corresponderé la representación judicial y extrajudicial de la sociedad al presidente.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, 31 de octubre del 2014.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2015067849).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Turismo Inteligente Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil tres, en donde se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2015.—Lic. Miguel Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2015067854).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas y treinta minutos del 7 de octubre del 2015, protocolicé en lo literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa Tauca Canto del Mar Lam Treinta y Seis Sociedad Anónima, en la cual se disuelve y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067858).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del siete de octubre del dos mil quince, protocolicé en lo literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa Capistrano Canto del Mar Lam Siete Sociedad Anónima, en la cual se disuelve y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067861).

Por escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco

Mil Ochocientos Sesenta y Seis S. A., en la que se disuelve dicha sociedad.—San José, 2 de octubre del 2015.—Licda. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2015067864).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Bazar y Tienda Vargas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-catorce mil seiscientos cuarenta y cinco, para realizar reforma de la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—Palmares, seis de octubre del dos mil quince.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067866).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del siete de octubre del dos mil quince, protocolicé en lo literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa Monsefu Canto del Mar Lam Treinta y Siete Sociedad Anónima, en la cual se disuelve y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067867).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Jem Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Manrique Chaves Borbón, Notario.—1 vez.—CE2015006107.—(IN2015067869).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada RB Serviworld Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—CE2015006108.—(IN2015067871).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Plain Paradies Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015006109.—(IN2015067872).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 10 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Santa Diabla Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015006110.—(IN2015067873).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada RBL Directors Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2015006111.—(IN2015067874).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Music Empire Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Annia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2015006112.—(IN2015067875).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Lek Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—CE2015006113.—(IN2015067876).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de Mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada CA Dos Centro Aceros Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—CE2015006114.—(IN2015067877).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Equey Trading Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2015006115.—(IN2015067878).

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Pág 46 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 45 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rodrigar G&R Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2015006116.—(IN2015067879).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Eltor Investment Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2015006117.—(IN2015067880).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vector Litis Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2015006118.—(IN2015067881).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Marwan Holding Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2015006119.—(IN2015067882).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rojobal, Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Ana Rosa Soto Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2015006120.—(IN2015067883).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AH Construction Consulting Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—CE2015006121.—(IN2015067884).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tico To Go Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2015006122.—(IN2015067885).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Masiga Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—1 vez.—CE2015006123.—(IN2015067886).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Global Products Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2015006124.—(IN2015067887).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Upalajorma Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—CE2015006125.—(IN2015067888).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Kreo Estrategias Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015006126.—(IN2015067889).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Alje Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006127.—(IN2015067890).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 25 de Mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ceviche Real Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2015006128.—(IN2015067891).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hume y Miro H y M Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—CE2015006129.—(IN2015067892).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Chacisa Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006130.—(IN2015067893).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Darbys In CR Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2015006131.—(IN2015067894).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Darbys In Paradise Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—CE2015006132.—(IN2015067895).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Alje I.N.C. Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006133.—(IN2015067896).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mekiss Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Susana Waterhouse Soto, Notaria.—1 vez.—CE2015006134.—(IN2015067897).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sumigraf Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2015006135.—(IN2015067898).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Toy & Sol Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015006136.—(IN2015067899).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S & S International Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2015006137.—(IN2015067900).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 25 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Hermanos Rosales Salas Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notario.—1 vez.—CE2015006138.—(IN2015067901).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 59 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jorgensen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2015006139.—(IN2015067902).

Page 47: LA GACETA N° 209 de la fecha 28 10 2015 · Pág 2. La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015. PODER EJECUTIVO. ACUERDOS. MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR. Nº 190-2015

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 20 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Finca de Los Árboles de Coyote Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2015006140.—(IN2015067903).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coyote Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2015006141.—(IN2015067904).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Automáticamente Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Grettel María Díaz Artavia, Notaria.—1 vez.—CE2015006142.—(IN2015067905).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 35 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada GGDIB Inc. Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006143.—(IN2015067906).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mercado Verde CR Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2015006144.—(IN2015067907).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 10 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Óscar Sibaja Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Clay Harlow Neil Bodden, Notario.—1 vez.—CE2015006145.—(IN2015067908).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de Abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Datcher Media Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Óscar Humberto López Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015006146.—(IN2015067909).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hermosa Villas Estates CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1 vez.—CE2015006147.—(IN2015067910).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Derenda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—CE2015006148.—(IN2015067911).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Applied Business Solutions A.B.S. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—CE2015006149.—(IN2015067912).

Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta y uno de agosto del dos mil quince, Mariela Herrera Camacho; Carlos Andrés Soto Brenes y Jeanneth Brenes Brenes, constituyeron la Fundación Niñas y Niños con Ectrodactilia, de plazo perpetuo y con domicilio en San José, cuyo objeto será fortalecer el bienestar y desarrollo de la salud de los niños y niñas con ectrodactilia.—Lic. Rodolfo Martín Rojas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2015067915).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad denominada Mikitaxi S. A., celebrada en su respectivo domicilio social y con un capital social de diez acciones

comunes y nominativas de mil colones cada una y integrada por su junta directiva de un presidente, secretaría y tesorero.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2015067927).

Ante esta notaría mediante escritura número doscientos uno-trece otorgada a las diecisiete horas del cinco de octubre del dos mil quince, se ha protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Autos Rojas EGR Sociedad Anónima y Autos Rojas de Grecia E.R.LR Sociedad Anónima, por el cual se acuerda la fusión por absorción de ambas sociedades, prevaleciendo Autos Rojas de Grecia E.R.LR Sociedad Anónima, reformándose las cláusulas quinta (capital social), primera (razón social) y segunda (domicilio social) de su pacto constitutivo.—Grecia, seis de octubre del dos mil quince.—Licda. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2015067938).

Por escritura número treinta y cinco otorgada a las 8:00 horas del 8 de octubre del 2015, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima O Dos Market Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-628915, por la cual se modifica la cláusula quinta del estatuto social aumentando el capital social en la suma de cincuenta y cinco millones de colones.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—(IN2015067941).

Por escritura número treinta y seis otorgada a las 9:00 horas del 8 de octubre del 2015, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Talevi Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-079505, por la cual se modifica la cláusula quinta del estatuto social aumentando el capital social en la suma de veinticuatro mil colones.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—(IN2015067944).

Por escritura 219 del tomo 2, de esta notaría se modificaron las cláusulas segunda y sétima, del acta constitutiva de la empresa Inversiones Eco Maracas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-665602. Es todo.—San José, 6 de octubre del 2015.—Licda. Dinia Ortega Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2015067945).

En mi notaría a las ocho horas del tres de junio del dos mil quince, se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva de la sociedad Losany de la Alborada Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2015067947).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 28 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad Cuenca del Río Peje S.A., cédula jurídica N° 3-101-478369, se aceptan renuncias y se nombra nueva junta directiva.—Ciudad Quesada, 7 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2015067961).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el veintinueve de setiembre del dos mil quince, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Royal Ruby Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015067964).

Ante mí Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el seis de octubre del dos mil quince a las nueve horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Velley Homes Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-cuatro cuatro ocho cuatro cinco tres, en la cual se revoca los nombramientos del presidente, secretario, tesorero, fiscal y vocal y se reforman las cláusulas sexta y décima del pacto constitutivo.—Atenas, 6 de octubre del 2015.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2015067965).

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Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa denominada Seguridad e Investigaciones Díaz Araya Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-567366, celebrada en su domicilio en Cartago, La Unión, San Rafael, Barrio San Vicente, del Ebais de Los Sauces, doscientos metros sur y cien metros al este, contiguo a casa número trece, a las 13:00 horas del 3 de octubre del 2015, se tomaron los siguientes acuerdos: Se sustituye nombramiento de tesorero y se reforman cláusulas 2 y 7 referentes al domicilio y la administración. Acuerdos protocolizados por escritura autorizada en La Unión, San Rafael, a las 10:00 horas del 7 de octubre del 2015, ante el notario público Carlos Luis Segura González.—Lic. Carlos Luis Segura González, Notario.—1 vez.—(IN2015067967).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 8 de octubre del 2015, se reestructura el consejo de administración nombrándose presidente y se modifica la cláusula de la administración de la entidad Bai Mu-H Rojo Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil cuatrocientos nueve.—Alajuela, 8 de octubre del 2015.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2015067970).

Según escritura N° 227 de las 10:00 horas del 20-08-15, tomo 4, folio 125 V del protocolo del suscrito notario, se modificó junta directiva de Puntoficina S. A., cédula jurídica 3-101-603477. Presidenta: Saray Núñez Fonseca, cédula N° 1-1103-173.—Lic. Joaquín Chaves Sandí, Notario.—1 vez.—(IN2015067975).

Ante esta notaría se acordó modificar las cláusulas octava de la representación y décima cuarta en cuanto a nombramiento de nueva junta directiva del pacto constitutivo de la sociedad La Gallera Morbo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cinco dos uno siete cinco. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del seis de octubre del dos mil quince.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2015067978).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del seis de octubre de dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Katchafire Corporation de Costa Rica S.R.L., por la que se conoce, acepta y aprueba la renuncia del tercer subgerente, se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración y se acuerda otorgar poder generalísimo al señor Mauricio Mora Sánchez.—San José, seis de octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2015067979).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del ocho de octubre de dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Losogur de Santa Ana L.S.G. S. A., por la que se acuerda destituir al tesorero y fiscal, se hace un nuevo nombramiento. Además se acuerda reformar la cláusula sétima de la representación y administración.—San José, ocho de octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2015067980).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del seis de octubre de dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cardiosalud S. A., por la que se acuerda destituir al secretario, tesorero y fiscal, se acuerda modificar la cláusula de la representación y administración y se acuerda revocar el nombramiento del actual agente residente y en su lugar se nombra al señor Hans Van Der Laat Robles.—San José, seis de octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2015067982).

Por escritura otorgada ante este notario público a las 18:00 horas del 8 de octubre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de asociados de la Asociación Deportiva Ecuestre, cédula jurídica 3-002-183704, mediante la cual se acuerda modificar nombrar de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal.—Heredia, 8 de octubre de 2015.—Lic. Erick Cordero Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2015067986).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:10 horas del 28 de agosto del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Osho A, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-

149933, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015067997).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:20 horas del 28 de agosto del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Castello Giordano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-502593, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad y además se reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un nuevo agente residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015067999).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 28 de agosto del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Cuatro Mil Novecientos Veintiocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-694928, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad y además se reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un nuevo agente residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015068001).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:25 horas del 28 de agosto del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento Uno-Cuatro Nueve Nueve Uno Cero Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-499108, en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015068002).

David Monge Oviedo y otro constituyen Techno Access M Y M Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las quince horas del siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2015068004).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:15 horas del 28 de agosto del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Roota Froota Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-222798, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad y además se reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un nuevo agente residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015068006).

La suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, Desamparados hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del dos mil quince, se disolvió la empresa Bosques de Orosol Numero Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L., con cédula jurídica numero: tres ciento dos setecientos mil ochocientos setenta.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015068022).

La suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del dos mil quince, se nombra como presidente de la empresa Llanos del Salitre Filial Nueve S. A., con cédula jurídica número tres ciento uno quinientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y cinco al señor Alejandro Porras Castro, mayor de edad, ingeniero civil, portador de la cédula de identidad número: uno-cero ochocientos setenta y seis-cero doscientos noventa, vecino de San Francisco de Heredia, Condominio Los Sauces, casa cuatro-B.—San José, 7 de octubre del 2015.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015068025).

La suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, Desamparados hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del dos mil quince, se modifica la representación judicial y extrajudicial únicamente al presidente de la empresa Tres Ciento Uno Quinientos Treinta Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil cuatrocientos

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donde prevalece esta última, por lo que de conformidad con el artículo 222 del Código de Comercio, se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 6 de octubre de 2015.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015068059).

En escritura 522-26 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cobres Industriales Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-267695, en dicha acta se reformó la cláusula octava sobre la representación. Teléfono 2280-2383.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.

_______El día 27 de noviembre del año 2014, escritura número 443-

25, compareció Rouben Raminfar, mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad colombiana, cédula de residencia uno uno siete cero cero cero seis nueve cero nueve cero uno, vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Inversiones y Arrendamientos Shiraz Avenida Central S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta y uno, a protocolizar el acta uno de asamblea extraordinaria de accionistas, en dicha acta se procedió a la disolución y liquidación de la sociedad. Teléfono 2280-2383.—San José, 28 de noviembre del 2014.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41496.—(IN2015068060).

Que por escritura número treinta y ocho-seis otorgada ante esta notaría, a las diez horas del seis de octubre del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Port Containers Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos noventa y dos mil quinientos veintidós, mediante la cual se modifica el domicilio social de la compañía.—San José, ocho de octubre de dos mil quince.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41498.—(IN2015068063).

Por escritura otorgada por la suscrita notaría a las once con treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Villa Newbury Al Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-388949, donde se cambió la cláusula número novena del pacto constitutivo, se revocaron los nombramientos existentes y se hicieron nuevos.—Liberia, Guanacaste, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Maruja Castillo Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2015068068).

Por escritura número cuatro-siete, correspondiente a acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Sos Consultores Sov Sociedad Anónima, se realizó cambio de la cláusula de la representación, renuncia y nombramiento de miembros de junta directiva.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2015068069).

Según escritura doscientos nueve realizada en el tomo sexto del protocolo del notario público Lic. Christian Javier Badilla Vargas, se solicita la reposición de libros de la sociedad Pirucho Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero tres siete siete siete nueve.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015068073).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las once horas del día doce de mayo del año dos mil quince, se protocolizó acta de la sociedad Soluciones Maelke Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil seiscientos siete, por medio de la cual se modifica el pacto constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2015068080).

Por escritura número doscientos catorce de las ocho horas del ocho de octubre del dos mil quince, otorgada ante la Licenciada Daniela Leitón Castillo, Center Multiservices YJ S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos nueve, reforma la cláusula novena de la escritura de constitución sobre junta directiva.—Licda. Daniela Leitón Castillo Notaria.—1 vez.—Teléfono 8702-6883.—(IN2015068084).

setenta y cinco, al señor Alejandro Porras Castro, mayor de edad, ingeniero civil, portador de la cédula de identidad número: uno-cero ochocientos setenta y seis-cero doscientos noventa, vecino de San Francisco de Heredia, Condominio Los Sauces, casa Cuatro-B.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015068028).

En esta notaría comparece: José Jorge Quesada Chinchilla, mayor, cédula 1-0495-0432, comerciante, vecino de Pérez Zeledón, San José, divorciado en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Money Transfer Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-178110, siendo además el dueño de la totalidad del capital social de la sociedad citada y dice que solicita la disolución de dicha sociedad. Es todo, firmo a las trece horas del ocho de octubre del dos mil quince.—Lic. Rosa María Cosio Cubero, Notaria.—1 vez.—(IN2015068029).

La suscrita Licda. Xóchitl Camacho Medina, hago constar que ante mi notaría, mediante la escritura otorgada en Cartago a las quince horas del dos de octubre del dos mil quince, se protocolizó la acta de asamblea genera! extraordinaria de la sociedad Inversiones en Vehículos Automotores E Y M de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, para que en adelante el nombre de la sociedad será Construcciones y Asesorías Eemma Sociedad Anónima, de igual forma se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—Licda. Xóchitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—(IN2015068033).

Como consta en escritura de protocolización otorgada por el notario Álvaro Rojas Morera, el 8 de octubre del 2015, la fundación para administrar los museos del Banco Central de Costa Rica, nombra junta directiva.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015068041).

Por escritura otorgada ante mí, número cuarenta y uno de las once horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil quince, se constituyó la sociedad denominada Rosas Blancas Sociedad Anónima. Domiciliada en San Pablo de Heredia, Objeto: el ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Rosa María Esquivel Salas. Capital social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015068046).

Por escritura N° 66-6, otorgada a las 12:00 horas del 7 de octubre del 2015, se protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Proyectos Bananeros del Atlántico S. A., cédula jurídica 3-101-83508, se modifica la cláusula sétima de representación del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2015.—Licda. Yuliana Gaitán Ayates, Notaria.—1 vez.—(IN2015068054).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del veintinueve de setiembre de dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Booking.Com Costa Rica S. A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad, correspondiente al domicilio de la compañía.—San José, cinco de octubre de dos mil quince.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41505.—(IN2015068057).

Que mediante escritura número 142 de las 11 horas del 6 de octubre de 2015, en el tomo 19 del protocolo del notario público Walter Gómez Rodríguez, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de Inversiones Mahari del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-373063 y asamblea general extraordinaria de Factiban Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-664461; mediante la cual se fusionan Inversiones Mahari del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada con Factiban Sociedad de Responsabilidad Limitada,

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Pág 50 La Gaceta Nº 209 — Miércoles 28 de octubre del 2015

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ibiscus del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2015004623.—(IN2015068108).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ecopacific Santa Teresa Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2015004624.—(IN2015068109).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 05 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Auriga Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2015004625.—(IN2015068110).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Combodice Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Dunia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—CE2015004626.—(IN2015068111).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Industrias Heladeras D.E.E.L. Sociedad Anónima.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—CE2015004627.—(IN2015068112).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 15 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Martel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Denise Eduviges Varela Sanchez, Notaria.—1 vez.—CE2015004628.—(IN2015068113).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 16 de Abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Facilities Coordination And Solutions Consultans Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—CE2015004629.—(IN2015068114).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Percival Productions LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015004630.—(IN2015068115).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Arineto del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2015004631.—(IN2015068116).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Comercial El Triunfo SJ Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2015004632.—(IN2015068117).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa Cactus Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2015004633.—(IN2015068118).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ranopadano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2015004634.—(IN2015068119).

En la notaría de la licenciada Lilliam Soto Hines, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Yellow Car On The Beach S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos sesenta y nueve, en la que se acordó cambiar la denominación o razón social a Consorcio de Especialidades Jurídicas Alcesuvi Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Cej Alcesuvi Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de octubre del dos mil quince.—Licda. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2015068085).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy protocolicé acta G E G Global Education Group Sociedad Anónima, se modifica clausula octava, se revoca el nombramiento de su actual presidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Paso Canoas, cinco de octubre del dos mil quince.—Licda. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2015068087).

Por escritura otorgada ante mí, se modificó la cláusula quinta, sexta y se nombró nueva junta directiva y fiscal de TRAA Repuestos del Caribe S. A. y se nombra nuevo administrador de la empresa.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015068096).

Mediante escritura pública numero ciento veintidós-veintidós o se reformó el pacto constitutivo de Inversiones Solorzano Vargas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y siete mil cuatrocientos cinco, en su cláusulas novena.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2015068097).

Mediante protocolización de acta en escritura pública número cuarenta y tres de las dieciocho horas del seis de octubre del dos mil quince del tomo uno del protocolo del notario público Marvin Esteban Barrantes Reyes se modifica la cláusula primera y séptima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Ruzicka Rodríguez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho, se revocan los nombramientos del fiscal y tesorero realizando nuevos nombramientos. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Marvin Esteban Barrantes Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015068098).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación Tecnotouch Sociedad Anónima.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Miguel Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015004618.—(IN2015068103).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 22 de Mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sinos Solutions Sociedad Anónima.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2015004619.—(IN2015068104).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tecnodes Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Santiago Gerardo Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2015004620.—(IN2015068105).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Eye Design Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2015004621.—(IN2015068106).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de Abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Capitales Garúas Sociedad Anónima.—San José, 15 de Junio del 2015.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015004622.—(IN2015068107).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Brújula Producciones Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2015004527.—(IN2015068132).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gold Place Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2015004528.—(IN2015068133).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Solstan Body Art Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—CE2015004529.—(IN2015068134).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Invado Volleyball Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2015004530.—(IN2015068135).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Suarez Family Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015004531.—(IN2015068136).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Propyme Soporte Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2015004532.—(IN2015068137).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Badlandz It Consultants Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2015004533.—(IN2015068138).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios GME de Avellanas Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—CE2015004534.—(IN2015068139).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aquarius Properties Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015004535.—(IN2015068140).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada RMCA International Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015004536.—(IN2015068141).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Latamark Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. María Teresa Urpí Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2015004537.—(IN2015068142).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Playa Manzanillo R & M Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2015004538.—(IN2015068143).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 02 horas 28 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Unitaqui CR Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015004635.—(IN2015068120).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada LP Club Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—CE2015004636.—(IN2015068121).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Lazy Iguana de Villa Nueva Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2015004637.—(IN2015068122).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Invesiones Constructivas Shiraz Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2015004638.—(IN2015068123).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Perdizite Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. David Raúl Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—CE2015004639.—(IN2015068124).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coyunda del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. David Raúl Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—CE2015004640.—(IN2015068125).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Equipos para Proyectos Eppsa Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—CE2015004641.—(IN2015068126).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Litapalita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2015004642.—(IN2015068127).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tirbusderri Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Licda. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2015004643.—(IN2015068128).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Direct Energy and Consulting Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—CE2015004644.—(IN2015068129).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Upgrade Solutions Inc Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2015004645.—(IN2015068130).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Unity Profit Plus Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2015004646.—(IN2015068131).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Orlinn Jensin Corp Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2015004539.—(IN2015068144).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vale y Mathy Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015004540.—(IN2015068145).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Instituto Internacional de Ciencias de Seguridad para la Ciudadanía IINCISEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2015004541.—(IN2015068146).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada BT Precios de Transferencia Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Francisco Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015004542.—(IN2015068147).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 15 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo N.S.M. Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—CE2015004543.—(IN2015068148).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Porvenir Axis PA Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—CE2015004544.—(IN2015068149).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sumi Solutions Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015004545.—(IN2015068150).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Totus Tuus María de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2015004546.—(IN2015068151).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Yemanja de Huacas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015004547.—(IN2015068152).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada A & D Enterprise Security Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2015004548.—(IN2015068153).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Skat Sistemas de Centoramérica Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Alfredo Bolaños Morales, Notario.—1 vez.—CE2015004549.—(IN2015068154).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Motos Cartago Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015004550.—(IN2015068155).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Carchu del Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2015004551.—(IN2015068156).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sibü Estudio Creativo Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2015004552.—(IN2015068157).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Blue Water Travel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.—CE2015004553.—(IN2015068158).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ganadera Pasto Real Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015004554.—(IN2015068159).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Nieto Odio Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—CE2015004555.—(IN2015068160).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Daytimco Family Corporation Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Notario.—1 vez.—CE2015004556.—(IN2015068161).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación TSL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—CE2015004557.—(IN2015068162).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 06 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada A M Producciones Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015004558.—(IN2015068163).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Estill´s Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2015004559.—(IN2015068164).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Urbanizadora HJH del Este Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2015004560.—(IN2015068165).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 11 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Unión Maderera del Pacífico Central Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—CE2015004561.—(IN2015068166).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aldana AW Inc Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015004562.—(IN2015068167).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 03 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Eventos JR Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015004563.—(IN2015068168).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada HJH Inversiones del Este Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2015004564.—(IN2015068169).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IPC Publicidad Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Marcia Vanessa Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—CE2015004566.—(IN2015068170).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Justine Manteles y Mas Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—CE2015004566.—(IN2015068171).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada BZ Flamingo Llc Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2015004567.—(IN2015068172).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Barbastro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Federico Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2015004568.—(IN2015068173).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Productos con Propósito PCP Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—CE2015004569.—(IN2015068174).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 22 horas 45 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Risgon Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—CE2015004570.—(IN2015068175).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gastronómicas Tramonto Di Bella Spiaggia Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015004571.—(IN2015068176).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Oficinas Inmobiliarias Ofinsa Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—CE2015004572.—(IN2015068177).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Patrimonio Global Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2015006154.—(IN2015068178).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Water World Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2015006155.—(IN2015068179).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada C.C.S Lounge de San Ramón Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—CE2015006156.—(IN2015068180).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maguiar Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2015006157.—(IN2015068181).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 15 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soda Bar El Carmen Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2015006158.—(IN2015068182).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Nicapi Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2015006159.—(IN2015068183).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Kami Beach Bar Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015006160.—(IN2015068184).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bobby’s Towers Sociedad Anónima.—San José, 31 de Julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015006161.—(IN2015068185).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada CR Pura Vida con Salud Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—CE2015006162.—(IN2015068186).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 49 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada M & H Asociados Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2015006163.—(IN2015068187).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hamco Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2015006164.—(IN2015068188).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rincon Properties and Developments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2015006165.—(IN2015068189).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GML Familiares de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006166.—(IN2015068190).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Multivisión TV Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—CE2015006167.—(IN2015068191).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Acabados y Mantenimiento Industrial C.R. Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015006168.—(IN2015068192).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada CF Forestry Costa Rica Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—CE2015006169.—(IN2015068193).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 50 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversión D&M y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2015006170.—(IN2015068194).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Lek Four de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notario.—1 vez.—CE2015006171.—(IN2015068195).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada R Y Z Stratega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015006172.—(IN2015068196).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Inmobiliarias a la Medida Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—CE2015006173.—(IN2015068197).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bridgestone Investments C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015006174.—(IN2015068198).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada P R S Nueve Nueve Siete Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2015006175.—(IN2015068199).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Wing to Wing Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1 vez.—CE2015006176.—(IN2015068200).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Blue Castle Ventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015006177.—(IN2015068201).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 49 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada M & H Abogados y Consultores Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2015006178.—(IN2015068202).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Ochocientos Veintitrés Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2015006179.—(IN2015068203).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Novacom Global C.A Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—CE2015006180.—(IN2015068204).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Squadra R Y Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015006181.—(IN2015068205).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada FMO y ACB Sociedad Anónima.—San José, 1° de agosto del 2015.—Licda. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2015006182.—(IN2015068206).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 05 minutos del 05 de Agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sabalo Quince Sociedad Anónima.—San José, 5 de agosto del 2015.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006331.—(IN2015068211).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Consultor Internacional de Servicios de Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 5 de agosto del 2015.—Licda. Violeta Conejo Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2015006332.—(IN2015068212).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Boyala Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 5 de agosto del 2015.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—CE2015006333.—(IN2015068213).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mundi Transfers ABC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006334.—(IN2015068214).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mundi Transfers Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006335.—(IN2015068215).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa del Campanario Antigua Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2015006336.—(IN2015068216).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Montañita del Rio Lindo Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006337.—(IN2015068217).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tenedora de Acciones Coto Hidalgo Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006338.—(IN2015068218).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tenedora de Acciones Coto Hidalgo Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006338.—(IN2015068218).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Metroinversiones Cartaginesas Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2015006351.—(IN2015068231).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gerblaven Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2015006352.—(IN2015068232).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ciudad Inmobiliaria J J de Alajuela Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2015006353.—(IN2015068233).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Panorámica del Este Coto Hidalgo Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006354.—(IN2015068234).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada American Cargo Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015006355.—(IN2015068235).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Barrialeñas Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—CE2015006356.—(IN2015068236).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Los Pasantes de la Terminal Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Hoover Gonzales Garita, Notario.—1 vez.—CE2015006357.—(IN2015068237).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cerro Nevado Illimani Sociedad De Responsabilidad Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2015006358.—(IN2015068238).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Twahcd Vehicle Investment Sociedad de Responsabilidad Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2015006359.—(IN2015068239).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mata Palo Las Olas Del Mar Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2015006360.—(IN2015068240).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Entrada del Eucalipto Lote Cuatro Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2015006361.—(IN2015068241).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Baher Servicios Médicos Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—CE2015006362.—(IN2015068242).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mandala Pools Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—CE2015006339.—(IN2015068219).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aero Consult Interamericana ACI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006340.—(IN2015068220).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada CR Photo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—CE2015006341.—(IN2015068221).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Sol y Mar de Quepos Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Juan Diego Campos Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2015006342.—(IN2015068222).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Multiventas Soluciones Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2015006343.—(IN2015068223).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 05 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sardinata Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006344.—(IN2015068224).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de Julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Powersports Sociedad Anónima (en inglés), Costa Rica Deportes de Poder Sociedad Anónima (en español) Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006345.—(IN2015068225).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sparktime PS Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2015006346.—(IN2015068226).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 56 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bubishimo Bishi Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. María de la Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1 vez.—CE2015006347.—(IN2015068227).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Powersports Sociedad Anónima.—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006348.—(IN2015068228).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vacacentro Cartaginesa Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2015006349.—(IN2015068229).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada San Cristóbal Costa Rica Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2015006350.—(IN2015068230).

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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Jardin Soda & Café BMD Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Juan Gerardo Acosta Mora, Notario.—1 vez.—CE2015006363.—(IN2015068243).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Xin Li Da Ganadería Grupo (Costa Rica) Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006364.—(IN2015068244).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Jiménez y Sánchez Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2015006365.—(IN2015068245).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pools Mandala Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—CE2015006366.—(IN2015068246).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de Julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sumi & Graf Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2015006367.—(IN2015068247).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Los Tornados Blancos Sociedad de Responsabilidad Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2015006368.—(IN2015068248).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de Julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada FJA Logistics Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2015006369.—(IN2015068249).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Garyba Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Otto Geovanny Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—CE2015006370.—(IN2015068250).

Por escritura otorgada en San José, a las 20:00 del 7 de octubre del 2015, la sociedad denominada Maderas El Muelle S. A., protocolizó acuerdos mediante los cuales reforma las cláusulas Cuarta.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—(IN2015068269).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecinueve de agosto del dos mil quince, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de cuotitas de la sociedad Calzada Miranda Hermanos Limitada, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, tres de setiembre del dos mil quince.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2015068270).

Por escritura de las 10:00 horas del 8 de octubre del año 2015, se acuerda disolver la sociedad Right Web Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de octubre del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015068271).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Sea Urchin Fourteen S. A., de las once horas con veinte minutos del veintitrés de mayo del año dos mil once, en la ciudad de Tamarindo se acordó modificar la cláusula referente al domicilio social. Es todo.—8 de octubre del 2015.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2015068280).

Urbadesarrollos S. A., se modificó la cláusula del domicilio, mediante escritura N° 345 otorgada a las 11:00 del 6 de octubre del 2015. Notario William Antonio Rovira Figuero en con-notariado con Rafael Ángel Morales Soto.—San José, 6 de octubre del 2015.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015068286).

En Notaría de María del Rocío Arroyo Chaves, a las 13:30 horas de hoy, se constituye la sociedad Inversiones Pakis S. A.. Capital suscrito y pagado. Apoderado el presidente.—San Antonio, Belén, Heredia 1 de junio del 2015.—Licda. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2015068288).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las ocho horas del nueve de octubre del año dos mil quince; se modificó el pacto constitutivo de Figami Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-setenta y siete mil doscientos noventa y seis. Domicilio social: Alajuela, central, Barrio San José, de la Iglesia del Barrio San José, dos kilómetros oeste, en Instalaciones de Bloquera El Progreso. gerente y subgerentes con facultades de representación judicial y extrajudicial además Apoderados Generalísimos sin límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015068290).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las trece horas del cinco de octubre del año dos mil quince. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Simaripatri S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos nueve mil noventa y cuatro.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015068291).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las doce horas del cinco de octubre del año dos mil quince, se modificó el pacto constitutivo de The Golden Goddness Three S. A.; cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y ocho mil treinta y seis. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad debiendo actuar conjuntamente los dos últimos. Cambio junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015068293).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Lamayo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil doscientos cincuenta y ocho, por medio de la cual se modifica la cláusula novena de los estatutos correspondiente a la administración y se realizan nombramientos de junta directiva y fiscal.—Licda. Daniela Hernández Clausen, Notaría.—1 vez.—(IN2015068296).

Por escritura doscientos setenta y dos otorgada ante esta notaría se acuerda disolver la sociedad anónima Las Búlgaras Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos setenta y dos. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, catorce de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2015068302).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada MMA Manufactura Modular Americana S. A., capital totalmente suscrito y pagado, domicilio social, San José, Escazú, San Rafael, objeto el comercio, plazo 99 años.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Anabelle Porras Vargas, Notaría.—1 vez.—(IN2015068333).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las diez horas del seis de octubre del dos mil quince, se constituyó la sociedad Ágape S. A..—Alajuela, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Otto G. Paniagua Obando, Notario.—1 vez.—(IN2015068334).

Por escritura de las 8:00 horas del 24 de setiembre del 2015, se protocoliza en esta Notaría, acta de asamblea general extraordinaria de Roberto Grasse de Costa Risa S. A., donde se modifica cláusula quinta de los estatutos, aumentando capital social, que queda totalmente suscrito y pagado.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Melania Chin Wo Cruz, Notaría.—1 vez.—(IN2015068338).

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Domicilio social: Distrito primero, cantón central, provincia de Limón, en instalaciones de antigua Nación, frente a Sitrapequia, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Ofelia Rebeca Miller Bryan, Notaría.—1 vez.—(IN2015068359).

Por escritura otorgada ante ésta Notaría, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ramas del Rio Peje Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—Naranjo, tres de octubre del dos mil quince.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaría.—1 vez.—(IN2015068366).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Caja de Ande Seguros Sociedad Agencia de Seguros Sociedad Anónima por la cual, entre otros, se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales sobre la administración.—San José, 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015068371).

Mediante escritura número ochenta y tres-diecisiete, otorgada ante esta notaría al ser siete horas treinta minutos del día nueve de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime de socios se reforma cláusula del domicilio, la admiración y se nombre nuevo presidente, secretario y fiscal de la sociedad Consultores de Marcas Privadas CMP S. A. Presidente: Joachim Richly.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41536.—(IN2015068382).

Mediante escritura número ochenta y dos-diecisiete, otorgada ante esta notaría al ser las siete horas veinte minutos del día nueve de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime de socios se reforma cláusula del capital social de la sociedad Rajasa de Coro S. A. Presidente: Joachim Richly.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41534.—(IN2015068383).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 1 de octubre del 2015, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria el Rincón Sociedad Anónima. Se acuerda modificar cláusula de administración y se renombra miembros de junta directiva. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2015068387).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 1 de octubre del 2015, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad El Rincón Playa Bejuco Uno Sociedad Anónima. Se acuerda modificar cláusula de administración y se renombra miembros de junta directiva. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2015068388).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10 horas 20 minutos del 30 de setiembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Cinco Mil Veinticinco Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-186847; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, 6 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 41524.—(IN2015068391).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 5 de octubre del año 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Sol de la Negra Corp. Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve dos cuatro cinco, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, se cambia cláusula quinta de representación del pacto social constitutivo.—Guanacaste, 5 de setiembre del 2015.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2015068392).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del dos de octubre del año dos mil quince, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-620460 S. A., cédula jurídica número 3-101-620460.—8 de octubre del 2015.—Lic. Eitel Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41520.—(IN2015068394).

Por escritura de las 9:00 horas del 24 de setiembre del 2015, se protocoliza en esta Notaría, acta de asamblea general extraordinaria de 3101607242 S. A. donde se modifica cláusula cuarta de los estatutos, modificando el plazo social.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Melania Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2015068341).

Por escritura del 27 de setiembre del 2015, You Are Too Late S. A., reformó estatutos y nombró junta directiva. Por escrituras del 7 de octubre del 2015, se constituyeron las sociedades civiles Luz de Luna Quetzaly S. C. y Luz de Sol Tonatiuhk S. C..—San José, 7 octubre del 2015.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2015068347).

Mediante escritura número 287-4, folios del 178 frente al 180 vuelto, tomo 4 del protocolo del suscrito notario, se constituye la empresa Inversiones Chamala de San Pablo Sociedad Anónima, domicilio San José, cantón trece Tibás, distrito quinto Colima, exactamente contiguo a la Iglesia San Bruno, edificio color blanco hueso, pudiendo abrir sucursales y agencias o ambas dentro y fuera del territorio nacional de Costa Rica. Capital social totalmente suscrito y pagado. Escritura otorgada en San José, a las 17 horas del 7 de octubre del 2015.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015068352).

Mediante la escritura número 58-9, autorizada en mi Notaría al ser las 11:30 horas del día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Corporación Lemochi Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, Anonos, contiguo al Puente, Apartamento número siete, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2015068355).

Mediante la escritura número 57-9, autorizada en mi Notaría al ser las 11:00 horas del día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Inversiones LP del Este Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Zapote, de la Rotonda de las Garantías Sociales trescientos metros al sur y doscientos cincuenta metros al este, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2015068356).

Mediante la escritura número 60-9, autorizada en mi Notaría al ser las 13:00 horas del día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad con nuevo domicilio en San José, Curribabat, Pinares de Aldesa diez metros al Norte, Condominios La Sierra, número dos, denominada Las Acacias Estates Sociedad Anónima, en la cual se nombran nuevos miembros de junta directiva, se modifica el domicilio social y la representación de la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2015068357).

Mediante la escritura número 59-9, autorizada en mi Notaría al ser las 12:00 horas del día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Consorcio LM de Chinchilla Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Zapote, de la Rotonda de las Garantías Sociales, trescientos metros al Sur, cien metros al este y cien metros al sur, casa número ochenta y seis, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2015068358).

Mediante escritura número setenta y tres otorgada a las dieciséis y treinta horas del seis de octubre del dos quince, por acuerdo de socios en asamblea extraordinaria se procede transformar la sociedad Professional Nurse Sociedad de Responsabilidad Limitada, a Professional Nurse Sociedad Anónima. Presidente. Hansell Sequeira Briceño, casado en segundas nupcias, Enfermero, vecino de Limón, Rio Blanco, contiguo a Pulpería Katia, con cédula seis-trescientos ocho cero setecientos sesenta y cinco, con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma.

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Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de setiembre dos mil quince se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Alfredo y Mercedes S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima de su pacto social, y se elimina la cláusula novena.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil quince.—Lic. Marco Montero González, Notario.—1 vez.—(IN2015068438).

Ante esta Notaría ha sido constituida por mCarlos Alberto Olivares Hidaalgo y otros, la sociedad denominada B-Life Inversiones Sociedad Anónima, que se dedicará a la comercialización de productos.—Desamparados, 4 de setiembre del 2015.—Lic. Claudio Enrique Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015068467).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecisiete de setiembre del mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Maxcentral Sociedad Anónima en que se reforma la cláusula del capital social.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2015068486).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora el Mundo Plástico S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social de la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2015068492).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 71 otorgada a las 10 horas 30 minutos del 6 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada Finka Cacao Uno Sociedad Anónima.—San José, 11:00 horas del 6 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068505).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 73 otorgada a las 16 horas del 7 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada La Funciere D’ocotal Sociedad Anónima.—San José, 17 horas 3 minutos del 7 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068507).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 72 otorgada a las 15 horas del 7 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada Ocotal Exploitation Sociedad Anónima.—San José, 16 horas 33 minutos del 7 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068509).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 64 otorgada a las 11 horas del 22 de setiembre del 2015, se constituye la sociedad denominada Rochet CH Sociedad Anónima.—San José, 10 horas 20 minutos del 6 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068511).

He protocolizado acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Stanf de Puerto Viejo Sociedad Anónima que contiene modificaciones en la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 09 de octubre de 2015.—Licda. Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—(IN2015068512).

A las trece horas de hoy, protocolicé acta de la empresa Meeting and Show Company S. A. que modifica la cláusula quinta del capital, para aumentarlo a ciento setenta y dos millones de colones.—San José, treinta de setiembre del dos mil quince.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2015068514).

Ante el notario público Fernando Mena Alvarado, con oficina en Grecia centro, Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad civil: Roca de San Carlos Sociedad Civil. El domicilio social será en Sangregado de Venado, San Carlos, Alajuela, 2 kilómetros al este de la escuela de la localidad, el plazo social es de 50 años a partir del 08-10-2015. Su objeto: desarrollo de todo tipo de actividades agrícolas y lecheras. Administradores 1: Virgilio Arturo Castro Cubero, Nº 5-209-072, 2: Sonia María Rodríguez Vargas, Nº 2-439-082.—Grecia, 08 de octubre del 2015.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2015068518).)

Protocolización del acta de sesión ordinaria de junta directiva de la compañía La Nación Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos mil seiscientos cuarenta y ocho, en la cual se modifica la cláusula del capital social. Escritura otorgada a las quince horas del ocho de octubre del dos mil quince.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2015068395).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil quince, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad Diasovi S. A., cédula jurídica número 3-101-574725.—8 de octubre del 2015.—Lic. Eitel Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41519.—(IN2015068397).

Por escritura otorgada ante esta notaría número trescientos veintinueve, de las dieciséis horas del ocho de octubre del dos mil quince, visible al folio ciento cuarenta y ocho vuelto y ciento cuarenta y nueve frente se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios de Gold Sew And Fabrics Sociedad Anónima. Se aumenta el capital social para que este sea por la suma de ciento cincuenta millones de colones y se reforma cláusula del pacto social.—Alajuela, 8 de octubre del 2015.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015068407).

Por escritura número cincuenta otorgada ante esta Notaría a las quince horas treinta minutos del día seis de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformo la cláusula tercera del pacto constitutivo de Creta Maritime Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-684403. Es todo.—San José, a las quince horas diez minutos del día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2015068420).

Por escritura número cuarenta y nueve otorgada ante esta Notaría a las quince horas del día seis de octubre de dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformo la cláusula tercera del pacto constitutivo de Cóbano Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-698226. Es todo. San José, a las quince horas quince minutos del día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2015068422).

Por escritura número cuarenta y ocho otorgada ante esta Notaría a las quince horas del día seis de octubre de dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Bascor y Sebastián de Cóbano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-378427. Es todo.—San José, a las quince horas veinte minutos del día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2015068423).

Por escritura número cuarenta y siete otorgada ante esta Notaría a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día seis de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformo la cláusula segunda del pacto constitutivo de Cuartel Monte y Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-118876. Es todo.—San José, a las quince horas treinta minutos del día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2015068425).

Por escritura número cincuenta y uno otorgada ante esta Notaría a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día seis de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Seis Mil Novecientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-696982. Es todo.—San José, a las quince horas del día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2015068426).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas veinticinco minutos del día ocho de octubre del dos mil quince, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Farmacia Chavarría, Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos de la Compañía.—San José, ocho de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaría.—1 vez.—(IN2015068437).

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patronal 7-2810100859-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2014-01187, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Dimelsa Geraldine Mora Rojas, detallado en la hoja de trabajo, folio 0040 del expediente administrativo, por el periodo del febrero del 2013 hasta octubre del 2013, Total en salarios omitidos de (¢1.956.987,98) Un millón novecientos cincuenta y seis mil novecientos ochenta y siete colones con noventa y ocho céntimos, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja (¢549.718,00), Quinientos cuarenta y nueve mil setecientos dieciocho colones con cero céntimos, Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢97.849,00), Noventa y siete mil ochocientos cuarenta y nueve colones con cero céntimos. Consulta expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. El mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de justicia como Primer circuito Judicial de san José. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Caja Costarricense de Seguro Social. Gerencia Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula 7-0103-0944, Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántico.

______De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y

20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual de Walter González Zamora, N° patronal 0-107220558-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00389, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Arroyo Barrios Manuel Antonio, detallado en la hoja de trabajo, folio 0014 del expediente administrativo, por el periodo del 11 de junio del 2012 hasta el 23 de noviembre del 2012, Total en salarios omitidos de (¢1,688.000.00) Un millón seiscientos ochenta y ocho mil colones con cero céntimos, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja (¢474.162,00), cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y dos colones con cero céntimos, Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢84.402,00), Ochenta y cuatro mil cuatrocientos dos colones con cero céntimos. Consulta expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. El mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de justicia como Primer circuito Judicial de san José. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Caja Costarricense de Seguro Social. Gerencia Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula 7-0103-0944, Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántico.

______De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del

“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Pacheco López Luis Manuel, número patronal 0-00800710459-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de

NOTIFICACIONESJUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONALPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a los señores Roberto Jorge Benavente, Norma Beatriz Romero y Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, que con relación a la constitución de la Fundación Salud sin Fronteras FSF, cédula jurídica: 3-006-315281, el Registro de Personas Jurídicas dio apertura a un proceso de diligencia administrativa extrarregistral promovida por los señores Francisco Javier Malca Salas y Anita Lucía Reátegui Pizarro, y del cual que se les confiere audiencia, por un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido de la presente resolución, a efecto de que dentro del plazo antes indicado, presenten los alegatos que a los derechos de la entidad convengan. Se les previene que deben señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro de la ciudad de San José, si no lo hicieren, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público (Decreto Ejecutivo número 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Expediente RPJ-039-2015), publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 14 de octubre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Coordinador General.—(IN2015070228).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALDIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES

REGIÓN ATLÁNTICASUCURSAL LIMÓN

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual de Ana Beatriz Ramírez Rodríguez, N° patronal 0-114820760-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00384, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Arroyo Barrios Manuel Antonio, detallado en la hoja de trabajo, folio 0011, del expediente administrativo, por el periodo del 15 de julio del 2013 hasta el 14 de setiembre del 2013, Total en salarios omitidos de (¢305.200,00) Trescientos cinco mil doscientos colones con cero céntimos, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja (¢85.734,00), ochenta y cinco mil setecientos treinta y cuatro colones con cero céntimos, Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢15.263,00), Quince mil doscientos sesenta y tres colones con cero céntimos. Consulta expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. El mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de justicia como Primer circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Caja Costarricense de Seguro Social-Gerencia Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula 7-0103-0944, Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántico.

______De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del

“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual de Susan Felipa González Rodríguez, N°

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Salazar Rafael Ángel, ¢1.841.256,00, 0-00701550981-999-001, Vargas Rubí Gabriel Gerardo, ¢1.748.423,00, 0-00701000240-999-001, Flores Gómez Badri, ¢1.657.321,00, 0-00401560591-999-001, Cordero Madrigal Rigoberto, ¢1.583.557,00, 0-00401510565-999-001, Méndez Sancho Francisco Javier, ¢1.729.526,00, 7-00015556691-999-001, Salinas Valencia Juan Ramiro, ¢1.581.253,00, 0-00701400076-999-001, Vallejos Solano Luis Alberto, ¢1.690.526,00, 0-00701120448-999-001, Salazar Molinares Rolando, ¢867.570,00, 0-00701060706-999-001, Torres Jiménez María Elena, ¢7.397.894,00, 0-00114730363-999-001, Guerrero Bermúdez Yessica Fabiola, ¢336.958,00, 0-00701210574-999-001, Quirós Chaves Eric, ¢1.629.836,00, 0-00113320677-999-001, Peña Gutiérrez Walter, ¢1.681.398,00, 7-00016452248-999-001, Selva Cruz Timoteo Antonio, ¢1.576.297,00, 0-00401530618-999-001, Rojas Hernández Edwin, ¢1.547.414,00, 0-00110380647-999-001, Rojas Montero Walter Calixto, ¢1.463.474,00, 0-00303540622-999-001, Quesada Ulloa José Martin, ¢1.453.551,00, 0-00701370807-999-001, Cartin Zúñiga Sady Ricardo, ¢1.494.933,00, 0-00800670454-999-001, Muñoz Domínguez Nubia María, ¢1.476.773,00, 2-03101574423-001-001, Lammayr S. A., ¢896.856,00, 0-00900770984-999-001, Calvo Sojo José Manuel, ¢1.442.230,00, 0-00701590336-999-001, Bermúdez Arya Verny Allan, ¢1.469.587,00, 0-00701640029-001-001, Ortega Camacho Carlos Luis, ¢22.844,00, 7-00018075609-001-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢377.324,00, 7-00018075609-999-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢2.507.983,00, 0-007011204410-999-001, Barrantes Garro Randal, ¢441.456,00, 0-00109410568-999-001, Solís Vásquez Ney Ivan, ¢1.928.108,00, 7-00016463540-999-001, Zhen Noindicaotro Jianhua, ¢1.062.847,00, 0-00701520075-999-001, Moreira Hernández Carlos Andrés, ¢1.114.227,00, 0-00107080065-999-001, Cruz Angulo Hari Alberto, ¢2.624.541,00, 0-00303270592-999-001, Romero Quirós Jorge Hugo, ¢543.409,00, 7-00027819607-999-001, Centeno Urbina Isolda Carolina, ¢3.134.702,00, 0-00700610608-999-001, Parkinson Parkinson Enrique Alberto, ¢2.353.664,00, 0-00204420981-999-001, Soto Arguedas Jesús Alberto, ¢2.962.594,00, 0-00701390462-999-001, Portuguez Martínez Karla, ¢2.797.094,00, 0-00700570772-999-001, Arrieta Ardón Luis Guillermo, ¢2.376.280,00.—Gerencia Financiera.—Dirección Regional de Sucursales Región Atlántica.—Área Técnica Regional.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe.—1 vez.—Solicitud 40073.—(IN2015068418).

SUCURSAL DE SANTO DOMINGODe conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento

para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del Trabajador independiente Marcela Benavides Herrera número de afiliado 0-00108590201-999-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Santo Domingo ha dictado el Traslado de Cargos, número de caso 1214-2015-0648, que en lo que interesa indica: se han detectado omisiones de ingresos por facturas de trabajador Independiente detallado en hoja de trabajo, folio 0015 del expediente administrativo, por el período comprendido de diciembre del 2010 a febrero del 2011, número 0-00108590201-999-001.El total de ingresos omitidos es por la suma de (¢514.800.00. Total de cuotas como Trabajador Independiente ¢59.203.00.Consulta expediente: en esta oficina Santo Domingo 200 norte del Palacio Municipal, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para presentar los recursos de revocatoria y apelación correspondiente. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el que mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. Notifíquese.—Santo Domingo de Heredia, 13 de octubre del 2015.—Licda. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Jefa.—1 vez.—(IN2015070057).

Sucursales Huetar Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00535, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo, folios 0010 y 0011 del expediente administrativo, por el periodo junio 2010 a agosto 2010, agosto 2011 a octubre 2011, setiembre del 2012 a marzo 2013, al trabajador Castro Navarrete Wendell número de asegurado 0-701890012. Total de salario omitidos (¢2.470.000,00) Dos millones cuatrocientos setenta mil colones con cero céntimos. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢551.798,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢216.125,00) Doscientos dieciséis mil ciento veinticinco colones con cero céntimos. Consulta expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como primer Circuito Judicial de Limón. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Gerencia Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional.—1 vez.—Solicitud 40071.—(IN2015068416).

La suscrita Directora Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica CCSS, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes abajo indicados de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El adeudado se refleja al 22, 23 de julio del 2015 y al 11, 14 de agosto del 2015 en el caso de Sucursal Limón, al 14 de mayo del 2015 en el caso de Sucursal Guápiles; pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

Sucursal de Limón: 0-00701380675-999-001, Soto Barahona Jeffry, ¢2.247.555,00, 0-00301900832-999-001, Soto Astua Gerardo Antonio, ¢1.416.926,00, 0-00700530780-999-001, Wright Davis Carlos Enrique, ¢4.252.989,00, 0-00205320942-999-001, Fuertes Peña Iliana, ¢2.779.827,00, 0-00701960887-001-001, Benavides Díaz Janier Gabriel, ¢176.337,00, 0-00700200458-001-001, Florett Louise Daily Lawrence, ¢261.359,00, 2-03102134607-001-001, Estructuras González S.R.L., ¢10.969.047,00, 2-03101588905-001-001, Adriafa S. A., ¢471.923,00, 2-03101588905-002-001, Adriafa S. A., ¢1.262.246,00, 2-03101671411-002-001, Galland Centroamerica S. A., ¢591.348,00, 2-03101401567-001-001, Oleizu S. A., ¢1.631.471,00, 0-00107860259-001-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢283.472,00, 0-00107860259-002-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢5.101.046,00, 2-03101657324-001-001, L.P.C. Chaperal S. A., ¢11.557.100,00, 2-03101620437-001-001, Duarsol S. A., ¢13.653.334,00, 2-03101548487-002-001, Servicios Profesionales y Mantenimiento Empresarial S. A., ¢5.641.512,00, 7-01660100703-001-001, Hernández Galán Guillermo Virgilio, ¢1.837.767,00, 2-03101143561-001-001, Bienes Raíces Global S. A., ¢8.935.333,00. Sucursal Guápiles: 0-00800820811-999-001, Jacquin Linero Oscar Enrique, ¢1.326.248,00, 7-00026562130-999-001, Castrillo Sevilla María C, ¢283.166,00, 0-00105710074-999-001, Mena Campos Marvin, ¢1.374.042, 0-00108530598-001-001, Méndez Jiménez Alexander, ¢2.867.891,00, 2-03101460104-001-001, Boys S Sport De Costa Rica S. A., ¢256.690,00, 0-00501880467-999-001, Picado Alvarado Sisney Deyanira del Carmen, ¢744.182,00, 0-00110620714-999-001, Porras Rojas Fidel Alberto, ¢1.681.398,00, 0-00110730644-999-001, Cordero Siles Karol Jacqueline, ¢1.634.425,00, 0-00900320126-999-001, Ramírez