Mexico Telecom Reform 2

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    Iniciativa de Reformas a la Constitucin en materia de Telecomunicaciones yCompetencia Econmica

    Objetivos:

    1. El fortalecimiento de los derechos vinculados con la libertad de expresin einformacin y el establecimiento del derecho al acceso a las tecnologas de lainformacin y la comunicacin, y a los servicios de radiodifusin y telecomunicaciones,incluida la banda ancha.

    2. La adopcin de las medidas de fomento a la competencia en televisin abierta yrestringida, radio, telefona fija y mvil, servicios de datos y telecomunicaciones engeneral, para asegurar la competencia efectiva en todos los segmentos.

    3. La generacin de condiciones para incrementar sustantivamente la infraestructura yla obligacin de hacer ms eficiente su uso, lo cual tiene un impacto directo en lacada de los precios y en el aumento de la calidad de los servicios.

    Pacto por Mxico:

    Con la presentacin de este proyecto de iniciativa, se atienden 9 compromisosacordados en el Pacto por Mxico (37 a 45):

    1.Fortalecer a la Comisin Federal de Competencia (CFC). (Compromiso 37)

    2.Creacin de Tribunales especializados en materia de competencia (Compromiso 38)

    3.Derecho al acceso a la banda ancha y efectividad de las decisiones del rganoregulador. (Compromiso 39)

    4.Reforzar autonoma de la COFETEL. (Compromiso 40)

    5.Desarrollar una robusta red troncal del telecomunicaciones. (Compromiso 41)

    6.Agenda digital y acceso a banda ancha en edificios pblicos.(Compromiso 42)

    7.Competencia en radio y televisin. (Compromiso 43)

    8.Competencia en telefona y servicios de datos. (Compromiso 44)

    9.Adopcin de medidas de fomento a la competencia en televisin, radio, telefona y

    servicios de datos. (Compromiso 45)

    13 Decisiones Presidenciales:

    De igual forma, se ejecuta una de las 13 decisiones presidenciales anunciadas el1 de diciembre de 2012, consistente en la presentacin de una iniciativa parareconocer en la Constitucin, el derecho de acceso a la Banda Ancha y unconjunto de reformas para generar mayor competencia en telefona, servicios dedatos, televisin y radio. (Decisin no. 10)

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    Elementos de la Reforma:

    I. Derecho al acceso a las tecnologas de la informacin.

    El eje rector de la reforma lo constituye el fortalecimiento de los derechosfundamentales (Art. 6 de la Constitucin) que amplan a todas las personas laslibertades de expresin, acceso a la informacin y acceso a las tecnologas de lainformacin.

    En concreto se prevn reformas para establecer expresamente:

    a) El derecho al libre acceso a informacin veraz, plural y oportuna.

    b) El derecho a buscar, recibir y difundir informacin e ideas de toda ndole porcualquier medio de expresin.

    c) El derecho de acceso a las tecnologas de la informacin y comunicacin, as como

    a los servicios de radiodifusin y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha.De igual forma, se incorporan las obligaciones correlativas que se generan para laautoridad en virtud del establecimiento a nivel constitucional de estos derechos:

    a) Garantizar el acceso a las tecnologas de la informacin y comunicacin, ascomo a los servicios de radiodifusin y telecomunicaciones, incluido el de bandaancha.

    b) Garantizar a la poblacin su integracin a la sociedad de la informacin y elconocimiento, mediante una poltica de inclusin digital universal con metas anuales ysexenales.

    c) Inviolabilidad de la libertad de difundir opiniones, informacin e ideas, a travsde cualquier medio.

    d) Prohibicin de establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusin.

    II. Las Telecomunicaciones como Servicios Pblicos de Inters General:

    a) Las telecomunicaciones sern servicios pblicos de inters general, por lo queel Estado garantizar que sean prestados en condiciones de competencia, calidad,pluralidad, cobertura universal, interconexin, convergencia, acceso libre y continuidad.

    b) La radiodifusin ser servicio pblico de inters general, por lo que el Estadogarantizar que sea prestado en condiciones de competencia y calidad, y brinde losbeneficios de la cultura a toda la poblacin, preservando la pluralidad y la veracidad dela informacin, as como el fomento de los valores de la identidad nacional.

    II. rganos Reguladores Autnomos:

    a) Para promover la competencia y generar las condiciones que permitan coadyuvara hacer efectivos los derechos contenidos en esta reforma, se crean la ComisinFederal de Competencia Econmica (CFCE) y el Instituto Federal deTelecomunicaciones (IFT), como rganos constitucionales autnomos:

    Sern independientes en sus decisiones y funcionamiento.

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    Ejercern su presupuesto de forma autnoma.

    Emitirn su propio estatuto orgnico.

    Podrn emitir disposiciones administrativas de carcter general.

    Los rganos de gobierno (CFCE e IFT) se integrarn por siete comisionados,incluyendo el comisionado presidente, con una duracin de 9 aos sin posibilidad dereeleccin, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con laratificacin del Senado, previa evaluacin de los aspirantes que realice un Comitintegrado por los titulares de:

    Banco de Mxico;

    El Instituto Nacional para la Evaluacin de la Educacin;

    El Instituto Nacional de Estadstica y Geografa.

    Para ser Comisionado se requiere: ser ciudadano mexicano, mayor de 35 aos, estaren pleno goce de sus derechos, ttulo profesional en materias relacionadas yexperiencia de al menos 5 aos, acreditar conocimientos tcnicos y no haber ocupadoen los ltimos cinco aos, ningn empleo en empresas relacionadas.

    Se sancionar el contacto entre comisionados y regulados para tratar asuntos de sucompetencia, salvo en audiencia pblica y como parte de los procedimientosrespectivos.

    Facultades de la CFCE:

    Ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libreconcurrencia, prevenir y evitar monopolios, prcticas monoplicas oconcentraciones.

    Regular el acceso a insumos esenciales.

    Ordenar la desincorporacin de activos, derechos, partes sociales o acciones delos agentes econmicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectosanticompetitivos.

    Facultades del IFT:

    Regular, promover y supervisar la radiodifusin y las telecomunicaciones.

    Otorgar y revocar de concesiones en materia de radiodifusin ytelecomunicaciones (previa opinin no vinculante del Ejecutivo Federal).

    Sancionara los concesionarios.

    Ser la autoridad en materia de competencia econmica de los sectores deradiodifusin y telecomunicaciones, por lo que podr:

    Regular de forma asimtrica a los participantes en estos mercados con el objetode eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia.

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    Imponer lmites a la concentracin nacional y regional de frecuencias, alconcesionamiento y a la propiedad cruzada de varios medios de comunicacin quesirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geogrfica.

    Ordenar la desincorporacin de activos, derechos o partes necesarias paraasegurar el cumplimiento de estos lmites.

    IV. Tribunales Especializados:

    Se prev la obligacin del Consejo de la Judicatura Federal para establecerTribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito especializados enmateria de competencia econmica, radiodifusin y telecomunicaciones:

    Las normas generales, actos u omisiones de la Comisin Federal de CompetenciaEconmica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrn serimpugnados nicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no sernobjeto de suspensin.

    Cuando se trate de resoluciones emanadas de un procedimiento seguido en formade juicio slo podr impugnarse la que ponga fin al mismo por violacionescometidas en la resolucin o durante el procedimiento; las normas generalesaplicadas durante el procedimiento slo podrn reclamarse en el amparopromovido contra la resolucin referida.

    Los procedimientos sern sustanciados por los jueces y tribunalesespecializados que se crean.

    En ningn caso se admitirn recursos ordinarios o constitucionales contra actosintraprocesales.

    V. Concesiones:

    Las concesiones en materia de radiodifusin y telecomunicaciones podrn serpara uso comercial, pblico, social y privado y se sujetarn, de acuerdo consus fines, a los principios establecidos en los artculos 2o., 3o., 6o. y 7o. de laConstitucin.

    Sern otorgadas mediante licitacin pblica, a fin de asegurar la mximaconcurrencia, previniendo fenmenos de concentracin que contraren el interspblico y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final.

    En ningn caso el factor determinante para definir al ganador de la licitacinser meramente econmico. Las concesiones a instituciones y entes pblicos seotorgarn bajo el mecanismo de asignacin directa.

    La ley establecer un esquema efectivo de sanciones que seale como causalde revocacin del ttulo de concesin, entre otras, el incumplimiento de lasresoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas conprcticas monoplicas.

    La ley deber establecer los mecanismos para homologar el rgimen depermisos y concesiones de radiodifusin, a efecto de que nicamente existan

    concesiones, asegurando una diversidad de medios que permita distinguir lasconcesiones de uso comercial, pblico, social y privado.

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    La ley establecer que las concesiones sern nicas, de forma que losconcesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a travs de sus redes,siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que les impongael IFT.

    El IFT, despus de declarar preponderancia, establecer los lineamientosgenerales, requisitos, trminos y condiciones bajo los cuales los actualesconcesionarios podrn transitar al modelo de concesin nica, siempre que seencuentren en cumplimiento de las obligaciones previstas en las leyes y en susttulos de concesin. Si se trata de agentes preponderantes deben adems cumplircon la regulacin asimtrica que se les haya impuesto incluyendo la desagregacinde redes locales y el pago de contraprestaciones.

    En los 180 das siguientes a la publicacin del Decreto, el Congreso de la Unindeber:

    a) Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prcticasmonoplicas y fenmenos de concentracin;

    b) Regular el organismo pblico con autonoma tcnica (que se crea con la reforma),que tendr por objeto proveer el servicio de radiodifusin sin fines de lucro.

    c) Regular el derecho de rplica;

    d) Establecer la prohibicin de difundir publicidad engaosao subrepticia;

    e) Establecer los mecanismos que aseguren la promocin de la produccin nacionalindependiente.

    f) Expedirun solo ordenamiento legal que regule de manera convergente el uso,aprovechamiento y explotacin del espectro radioelctrico, las redes detelecomunicaciones, as como la prestacin de servicios de radiodifusin ytelecomunicaciones.

    El rgimen transitorio prev que una vez conformado el IFT se apliquen lassiguientesmedidas:

    a) En un plazo no mayor a 180 das naturales, expedir las bases y convocatoriaspara licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisin radiodifundida quedebern ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de

    televisin con cobertura nacional.

    b) Reglas de Must Carryy Must Offerentre concesionarios de TV abierta y restringida,bajo el criterio de gratuidad, salvo que se trate de un agente preponderante que ensu caso tendr que pagar la tarifa que fije el IFT. Cuando el IFT considere quehaya condiciones de competencia, se pagarn tarifas de mercado.

    c) Determinar la existencia de agentes econmicos preponderantes en lossectores de radiodifusin y telecomunicaciones, y como consecuencia, someterlosa una regulacin asimtrica.

    d) Desagregar la red local de los agentes preponderantes en telefona, televisinrestringida e internet.

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    e) Revisin de los ttulos de concesin vigentes, a efecto de verificar elcumplimiento de sus trminos, condiciones y modalidades.

    En materia de polticas pblicas, Ejecutivo Federal deber:

    a) Instalar una red compartida de servicios de telecomunicaciones al mayoreo,que impulse el acceso efectivo de la poblacin a la comunicacin de banda ancha y alos servicios de telecomunicaciones.

    b) Tendr a su cargo la poltica de inclusin digital universal, en la que se incluirnlos objetivos y metas en materia infraestructura y conectividad, tecnologas de lainformacin y comunicacin, y habilidades digitales, as como los programas degobierno digital, gobierno y datos abiertos. El IFT est obligado a ejecutar esta poltica.

    c) Ejecutar la construccin y el crecimiento de una robusta red troncal detelecomunicaciones de cobertura nacional, as como la comunicacin va satlite yla prestacin del servicio de telgrafos.

    En el marco del Plan Nacional de Desarrollo se deber incluir:

    Un programa de banda ancha en sitios pblicos que identifique el nmero de sitios aconectar cada ao;

    -Un programa de trabajo para dar cabal cumplimiento a la Poltica para la transicin ala Televisin Digital Terrestre.

    -Un Programa Nacional de Espectro Radioelctrico para garantizar el uso ptimode las bandas 700 MHz y 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, nodiscriminatorio, compartido y continuo. El IFT est obligado a contribuir al

    cumplimiento del PND y a sus metas.