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1 INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE CIENCIAS APLICADAS “VÍCTOR VALENZUELA GUARDIA” 4 Año Formación Ciudadana y Cívica Lic. Liszeth Cerna Ruiz

modulo de formacion ciudadana 4º 2011

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE CIENCIAS APLICADAS

“VÍCTOR VALENZUELA GUARDIA”

4 Año

Formación Ciudadana y

Cívica

Lic. Liszeth Cerna Ruiz

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PRESENTACIÓN

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE CIENCIAS APLICADAS ―VÍCTOR VALENZUELA GUARDIA‖ pone a disposición de nuestros alumnos el presente Módulo Teórico-Práctico, del curso de Formación Ciudadana y Cívica correspondiente al área de Letras, el cual permitirá a nuestros estudiantes la aprehensión de la asignatura con la visión de sostenerla y aplicarla en la realidad multidisciplinaria en que hoy se desarrolla la educación del país.

Queremos manifestar el agradecimiento respectivo a la totalidad de nuestra Plana Docente, la cual en largas sesiones de trabajo, elaboración y coordinación han podido lograr la realización de este Módulo, y extender el agradecimiento a todas las personas que han aportado para que dicho material sea el más óptimo posible.

Estas últimas líneas son para agradecer y felicitar a ustedes por confiarnos su preparación, y en este binomio que hemos conformado, sabemos por anticipado que la calidad en servicios educativos, está asegurada.

La Dirección

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CONTENIDO I BIMESTRE: Derechos y Responsabilidades Democracia, Estado y Sociedad Peruana - Estado de derecho - Partidos políticos y democracia. - Acuerdo Nacional Organizaciones internacionales y democracia: Corte de la Haya y Pacto de San José Globalización: ser peruano en un mundo global Desarrollo Sostenible II BIMESTRE: Convivencia Social Aspectos que fundamentan la peruanidad: identidad nacional Participación ciudadana - Formas, principios y mecanismos de participación. Problemas de convivencia en el Perú: violencia juvenil Proyectos participativos III BMESTRE: Sociedad La Constitución Política - Historia - Conceptos Básicos - Estructura - Tipos - La Constitución Política del Perú Nacionalidad y Ciudadanía Norma Jurídica Sistema Tributario IV BIMESTRE: Sistema Democrático El Estado Peruano - Poder Ejecutivo - Poder Legislativo - Poder Judicial - Régimen de Excepción Organismos Constitucionales Autónomos del Estado - Contraloría General de la República - Banco Central de Reserva Ministerio Público - Superintendencia de banca y Seguros - Defensoría del Pueblo - Consejo Nacional de la Magistratura - Sistema Electoral

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1. QUÉ ES LA DEMOCRACIA

El término democracia proviene de los vocablos griegos demos, que significa gente y kratos, que significa autoridad o poder. De allí que se defina a la democracia como ―la doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno y también al mejoramiento de la condición del pueblo‖. Una democracia es un sistema en el cual el pueblo puede cambiar a sus gobernantes de una manera pacífica y al gobierno se le concede el derecho a gobernar, porque así lo quiere el pueblo. Sin embargo, en la actualidad, el concepto de democracia no se limita al de una forma determinada de gobierno, sino también a un conjunto de reglas de conducta para la convivencia social y política. La democracia como estilo de vida es un modo de vivir basado en el respeto a la dignidad humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. La democracia, como forma de gobierno, es la participación del pueblo en la acción gubernativa por medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el estado. Existen dos clases de democracia:

Democracia directa o pura.- Cuando la soberanía, que reside en el pueblo, es ejercida inmediatamente por él, sin necesidad de elegir representantes que los gobiernen.

Democracia representativa o indirecta.- El pueblo es gobernado por medio de representantes elegidos por él mismo. La elección de los individuos que han de tener a su cargo la tarea gubernativa se realiza por medio del sufragio y cualquier individuo tiene derecho a participar o ser elegido. La forma representativa suele adoptar diversos sistemas:

Sistema presidencialista.- Se caracteriza por un poder ejecutivo fuerte. El presidente gobierna realmente a la nación, lo secundan los ministros o secretarios que él elige.

I Bimestre

Derechos y

Responsabilidades

Lic. Liszeth Cerna Ruiz

Democracia, Estado y Sociedad

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Sistema parlamentario.- El Parlamento es el eje alrededor del cual gira toda la acción gubernamental. Las facultades del Presidente son muy restringidas.

Sistema colegiado.- Es una combinación de los dos anteriores. El Poder Ejecutivo está integrado por varias personas elegidas por el Parlamento y que se turnan en el ejercicio de la Presidencia.

La democracia no solo se refiere a un sistema político, sino que implica un estilo de vida presente en los diversos ámbitos del quehacer humano. Como sistema político, la democracia se basa en principios que aseguran la convivencia social:

Existencia de una Constitución que asegure el cumplimiento de la ley y de los derechos de todos, ordenando también el funcionamiento de los poderes del Estado.

Gobierno de las mayorías donde se respete a las minorías

Que todas las corrientes ideológicas y partidistas tengan un espacio de participación en la actividad pública.

Elecciones periódicas, libres e informadas

Uso de métodos pacíficos en la solución de cualquier tipo de conflictos.

Alto grado de participación ciudadana. La democracia como estilo de vida supone que en la vida cotidiana debemos adherir a valores como el respeto, la justicia y la cooperación, sin embargo, en nuestra sociedad no siempre concuerda el discurso con la práctica. Decimos ser democráticos, pero en nuestras conductas muchas veces somos autoritarios; o bien, discriminamos a las minorías étnicas o a las mujeres, sobre todo en los espacios laborales y políticos. El desarrollo de una democracia sólida exige que los ciudadanos se involucren en los asuntos de la comunidad, resuelvan pacíficamente sus conflictos respetando su diversidad y participen con sus opiniones y con su acción a la construcción del bien común. 2. LA DEMOCRACIA COMO FORMA DE VIDA, COMO CULTURA Tradicionalmente nos hemos acostumbrado a escuchar y a considerar a la democracia como sinónimo de ―votos‖, ―urnas electorales‖,― proceso electoral‖, etc; es decir, como el espacio de participación ciudadana para la elección de representantes que legitima un sistema político basado en el equilibrio y autonomía de los poderes del Estado, y el control y la fiscalización ciudadana. Desde esta comprensión, podemos entender la democracia como un conjunto de convicciones políticas favorables para una forma determinada de gobierno que recupera las necesidades e intereses de la mayoría y asume la responsabilidad de atenderlas. Sin embargo, más allá de entender la democracia en el campo político, es necesario una democracia que se impregna en las relaciones interpersonales, en nuestras concepciones y formas de ver la vida, en cada ambiente de interacción.

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Implica entonces atender nuestra convivencia cotidiana, primero reconociéndola como consustancial a nuestra condición de seres humanos y, segundo, distinguir que la democracia es una construcción social que nos propone pautas de comportamiento, usos, costumbres, normas e instituciones, congruentes con valores compartidos y arraigados en el interior de cada pueblo y de cada persona. Es preciso comprender, entonces, cuáles son las características que permitirían que nuestra convivencia sea democrática. Los orígenes de la democracia moderna se sustentan en los derechos individuales, el desarrollo de la autonomía del individuo y la necesidad de un nuevo ordenamiento social a partir de la distribución del poder. En este sentido, un elemento sustantivo para vivir la democracia es el reconocimiento de la persona como sujeto de derecho. Si bien estamos de acuerdo con el respeto a la dignidad de cada persona y a las libertades individuales como una característica central para construir una convivencia democrática; consideramos que es necesario incorporar nuevos elementos vinculados a la democracia entendida como concepción del bien. Desde esta perspectiva, se recupera la noción de ciudadanía como la capacidad de ejercitar habilidades y virtudes cooperativas y deliberativas que buscan atender el bien común. Esta mirada de la democracia aporta a una comprensión de la persona como ciudadano que ejerce el diálogo y la colaboración como características que ayudan a conformar una convivencia democrática Si queremos legitimar una democracia como forma de vida es preciso construir una cultura que parta del reconocimiento del otro como sujeto, que desarrolle el diálogo como puntos de encuentro a partir de la aceptación de las diferencias y la cooperación, como expresión de una participación que busca transformar aspectos de la realidad y fortalecer las relaciones El diálogo como dinamizador de procesos democráticos En ese sentido, es necesario precisar la importancia que tiene el diálogo como característica que facilita y da sentido a la democratización de la vida, no solo en la transmisión de información sino, y sobre todo, en el hecho de generar una relación positiva con el otro, construyendo un puente entre nuestras individualidades. Diálogo que transita en la pluralidad desde la diversidad y las diferencias, que puede alcanzar la construcción de consensos pero también la administración de los disensos. El diálogo es el ejercicio de la reciprocidad en la palabra. Consiste en un intercambio de percepciones, valoraciones y demandas en el que tenemos la necesidad de dirigirnos al otro y ser reconocidos, y en esta danza de la comunicación, reconocer al otro desde sus necesidades e intereses. Presentamos los componentes del diálogo como dinamizador de procesos democráticos: El saber escuchar implica una actitud de respeto y de valoración del otro como

persona, una manifestación de tolerancia, de responsabilidad. Escuchar aporta al diálogo como un estímulo para que la persona se sienta libre de concretar y presentar con palabras su mun do interno. Escuchar sirve como un espejo en el que la otra persona puede llegar a una mayor comprensión a partir del descubrimiento de nuevos significados de lo que dice, es un momento para acoger cálidamente al otro desde el reconocimiento de sus necesidades e intereses como legítimas. Nos permite mirar el

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mundo desde el punto de vista del otro tratando de reconocer y comprender las emociones y las razones de esa posición

El saber expresar nuestras ideas, nuestras emociones, nuestras expectativas,

nuestras necesidades, nuestra manera de ver el mundo es el otro gran componente del diálogo. Supone no sólo expresarnos con eficiencia sino cordialmente, ser claros en nuestras convicciones sin desvalorizar la de los otros sino integrándolas, asumir que nuestra percepción de la realidad es una de muchas y que de esta manera se va construyendo el vínculo comunitario que sustenta un sentido de pertenencia más fuerte. Saber expresar también supone la capacidad ser abiertos honestos en los que sentimos, necesitamos y pensamos, es un oportunidad de construir la confianza con el otro al compartir nuestra vulnerabilidad.

Comprender la escuela como un espacio donde es posible vivir la democracia, es reconocer que en ella se puedan generar y fomentar espacios y escenarios donde docentes, y estudiantes puedan desde una perspectiva creativa y cooperadora, realizar una reflexión y un análisis de los conflictos que se dan y dar respuestas que permitan regularlos, manejarlos, transformarlos o resolverlos. 3. LA DEMOCRACIA COMO RÉGIMEN POLÍTICO En los últimos años se ha discutido mucho acerca de la democracia, tanto en nuestro país como en otras zonas del mundo; y aunque se asume que no es un sistema que funciona perfectamente y menos aún que funciona solo por el hecho de designarnos como una ―democracia‖, la mayoría de los pueblos está de acuerdo en que la democracia nos ofrece una serie de ventajas y que es el sistema que permite un mejor gobierno y una mayor participación. Principios básicos de una democracia:

1. La soberanía de los individuos, que alude a la voluntad de las ciudadanas y los ciudadanos sobre la que descansa la legitimidad del poder y que, por lo tanto, establece los mecanismos de representación y participación en el gobierno y en la deliberación de asuntos de interés público. 2. Limitación del poder, que alude a la necesidad de un ordenamiento institucional (Estado de Derecho) que asegure la autonomía de los poderes del Estado y la permanente fiscalización ciudadana de las instituciones públicas y las autoridades. 3. La necesidad de garantizar los derechos fundamentales de la persona; ésta es una condición básica de todo régimen que se considere democrático. Los derechos fundamentales aluden no solo a los derechos civiles o a los derechos políticos, sino también a los derechos sociales.

4. LA CIUDADANÍA Cuando hablamos de ciudadanos y ciudadanas, ¿a qué dimensión del ser humano nos estamos refiriendo? A la dimensión política; es decir, a sujetos que viven en sociedad y se interrelacionan en su interior. La ciudadanía, entonces, se refiere a la identidad política de los individuos: a su identidad y su participación en el espacio público.

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Para los comunitaristas la ciudadanía no es tanto un conjunto de derechos y un status jurídico, sino el arraigo en una comunidad por afecto y lealtad. Justamente, es esto último lo que genera la motivación política necesaria para interesarse por el marco político común: la identidad grupal nos permite reconocer nos como conciudadanos, nos cohesiona y nos motiva a actuar, nos impone compromiso y deberes. Para los liberales la ciudadanía se define por un status legal: ―el status de ciudadanos hace acreedores a sus titulares a ciertos derechos‖; y es en cada país que el significado de esta ciudadanía se concreta a partir de los derechos considerados para cada ciudadano. Así, afirman que lo que hace que alguien pueda considerarse miembro plena de una sociedad es la vigencia plena y el disfrute de dichos derechos, tanto políticos, como civiles y sociales. Los republicanos conciben la participación como una condición que se ejerce activamente en relación con los asuntos públicos. Ellos consideran que ―la libertad de cada uno es inseparable de su participación en el espacio público‖. Es así como los republicanos buscan revalorizar la ciudadanía caracterizada por el interés y el compromiso con lo público, por la discusión con los conciudadanos sobre asuntos comunes y la vigilancia respecto al poder. Afirman que si bien los derechos son los requisitos de la ciudadanía, son a la vez también el resultado de su ejercicio. La ciudadanía: una condición y una opción Condición La condición se refiere a un estatus legal. Para Marshall la ciudadanía es aquel status que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad. Implica el ejercicio de derechos y responsabilidades. Pero además, la ciudadanía nos otorga un poder el ejercicio de nuestros derechos y responsabilidades construye, afirma y amplía nuestro poder. Opción Como hemos venido afirmando en los párrafos anteriores, pertenecerá un colectivo (a una comunidad) implica responsabilizarse por él y actuar en él. La ciudadanía expresa una opción en el sentido de práctica social: se es ciudadano en función de nuestra intervención responsable en el espacio público, donde se pone en juego los problemas centrales de nuestra vida en común como sociedad. Entonces la ciudadanía no solo implica el ejercicio de derechos sino también una serie de capacidades para entender, dialogar, criticar y construir. Pero....¿cuál es la relación entre democracia y ciudadanía? Ciudadanía y democracia no son lo mismo, sin embargo, están íntimamente liga- das. Sobre todo, si apostamos, como dijimos líneas arriba, a la construcción de una ciudadanía democrática. La democracia, en el sentido de existencia de derechos es la base para el desarrollo de la ciudadanía. Pero a la vez es el ejercicio ciudadano el que profundiza y amplía nuestra democracia. 5. EDUCAR PARA LA DEMOCRACIA La democracia es una manera de ver y vivir de vida; de allí que plantee que nadie puede ―dar democracia‖ a una sociedad: la democracia hay que enseñarla, hay que aprenderla.‖ Para lograrlo se plantea que hay tener en cuenta los siguientes principios:

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1. Todo orden social es construido. En ese sentido, si pensamos en un proceso de formación democrática, nuestros niños y adolescentes deben entender que elordenqueexisteylasrelacionesquesedanenlasociedadnosonnaturalesy que por lo tanto son construidos y pueden ser transformados. 2. La democracia es un orden que se caracteriza porque las leyes y las normas son construidas y transformadas por las personas que las van a vivir, cumplir y proteger. Esto implica que nuestros adolescentes entiendan que el orden es autofundado. Comprender esta autofundación es indispensable, pues es el punto central de la gobernabilidad. Pero ¿qué significa autofundar las leyes y normas? Participar en su construcción, ser representado (de forma confiable) por otro en su construcción o asumir la ley como propia luego de ―comprender su bondad‖. Ahora bien, ¿Cuáles son las estrategias que permiten generar procesos de autofundación? Todos los procesos de autoconstrucción, de autoformación, de trabajo cooperativo conducen a la autorregulación de las personas y permiten descubrirademáslaimportanciadelagobernabilidad;deallíqueseaindispensa- blefomentarlosennuestrasaulas.Esimportantecrearespacioscomunesdondese pueda deliberar, ―donde podamos encontrarnos‖; de esa manera estaremos fomentando un poderoso instrumento para que nuestros adolescentes vayan formándose en una cultura democrática. 3. No existe un modelo ideal de democracia; cada sociedad debe crear su propio orden democrático. Esto implica que nuestros alumnos entiendan que son los hombres y mujeres comunes y corrientes los que tienen la capacidad y el derecho de crear las normas y las instituciones que ellos necesitan y quieren; implica aceptar a cada persona como fuente de creación de orden social. ―Un ciudadano es la persona capaz, en cooperación con otros, de construir o transformar las leyes y normas que él mismo quiere vivir, cumplir y proteger para la dignidad de todos‖. Debemos ser conscientes que la escuela es el primer espacio de actuación pública de los niños. Es allí donde pasamos del ámbito privado (nuestra casa, nuestros padres) al ámbito público; allí comenzamos a usar bienes colectivos e incluso a utilizar lenguajes y símbolos colectivos. Es por esto que es tan importante que nuestros niños y adolescentes se sientan acogidos, pues es a partir de la escuela que ellos se van haciendo una idea de lo que es la sociedad a la que pertenecen y lo que son sus instituciones. 4. Aunque no existe un modelo de democracia, todo orden democrático está orientado a hacer posible la vigencia de los derechos humanos; nuestros alumnos (y nosotros mismos) deben entender que los derechos no son un tema o un tópico sino que son ―el único proyecto de humanidad que el ser humano ha podido concebir‖. En ese sentido es importante que afirmemos es el hecho de que todos nosotros y nosotras somos sujetos de derechos. 5. El conflicto, la diversidad y la diferencia son constitutivos de la convivencia democrática, de allí su complejidad. Este tema ha sido tocado a profundidad en la primera parte de este fascículo. Acá, solamente queremos resaltar la importancia de desarrollar trabajos grupales cooperativos, pues ese ejercicio que los niños/as y adolescentes reconocen las diferencias, aprenden a trabajar con esas diferencias, a proyectarse en el grupo, a persuadir y a dejarse

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persuadir, acceder y recibir cesiones; condiciones fundamentales para la deliberación y la construcción del público. 6. En la democracia lo público se construye desde la sociedad. Este principio es uno de los más novedosos del discurso democrático moderno: el pueblo funda las instituciones que necesita para vivir y pervivir, pues ―lo público es aquello que conviene a todos de la misma manera para su dignidad‖. Ahora bien, como dijimos, en la escuela se aprende a pasar de un lenguaje privado a un lenguaje colectivo, de las perspectivas privadas a las perspectivas colectivas; cuando la escuela ofrece eso, bajo la perspectiva de los derechos humanos está formando para la democracia. Ser sujetos de derecho Educar en derechos implica que nuestros/as adolescentes se conviertan en sujetos de derechos; es decir, que tengan la capacidad y el poder de actuar, que sean sujetos capaces de hacer exigencias y de estar en permanente vigilancia a la violación de derechos. El interés central de una educación en derechos ―es lograr la autonomía y la libertad racional que emancipa a las personas de las ideas falsas, de las formas de comunicación distorsionadas y de las formas coercitivas de relación social que constriñen la acción humana y social‖. En ese sentido conocer los cuerpos normativos y las instituciones ligadas a la protección de los derechos, no es meramente un conocimiento académico sino que confiere mayores posibilidades de acción y por lo tanto mayor poder para intervenir en la promoción y defensa de los derechos propios y de los demás. Por otro lado es importante reconocer que la pedagogía problematizadora plantea que es importante que los derechos humanos se presenten a los estudiantes en sustentaciones y conflictos; que ellos perciban las contradicciones valóricas, de intereses y de juegos de poder que están comprometidos. Tensiones entre los intereses públicos y los privados; entre el bien común y el bien individual; entre la tolerancia y las discriminaciones. 1. PARTIDOS POLÍTICOS

Definición: Es una organización política que se adscribe a una ideología determinada o representa algún grupo en particular, creado con el fin de ayudar de una forma democrática a la determinación de la política nacional y a la formación y orientación de la voluntad de los ciudadanos. Según el artículo 1° de la Ley de Partidos Políticos, se reserva la denominación de "partido" a los reconocidos como tales por el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

Partidos Políticos y Democracia

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Además son de creación libre, amparados pues en el artículo que consagra el derecho de asociación en la constitución (Art. 2-17), pero no son órganos del Estado. Teniendo derecho a acceder de ayuda financiera de parte del Estado. Importancia: a) Los partidos políticos en los sistemas democráticos representativos:

Son el sentir y el pensamiento de los peruanos, a los que están obligados a defender y beneficiar con las leyes y medidas que aprueben.

Son los cauces básicos para crear, agrupar y representar opiniones e intereses políticos de cara a los procesos electorales.

Contribuyen a seleccionar las elites políticas y a los gobernantes. Formulan los programas y opciones ideológicas que compiten en el terreno político, engarzan

intereses y preferencias ideológicas. A través de ellos se estructura y realiza en el estado todo lo que tiene importancia política.

b) La intervención de los partidos en la sociedad: La intensidad de su intervención varía de una sociedad a otra

En el caso de las elecciones generales y parlamentarias, tienen el candidato, pero también existen otros factores que son determinantes para obtener la mayoría de votos, como su pertenencia o alianza con uno o más partidos, o que se presente determinado programa de gobierno.

2. PARTIDOS POLÍTICOS EN EL PERÚ A lo largo de su historia, los peruanos han fundado numerosos partidos políticos, muchos de ellos efímeros o tan dependientes del caudillismo que se disolvieron luego de la primera derrota electoral. Otros, han sido apenas un letrero para participar en los comicios y se han desechado o transformado. Los partidos tradicionales cuentan con cuadros y locales partidarios reconocidos en la mayoría de departamentos. El siguiente artículo ha sido actualizado a febrero de 2006. PRINCIPALES PARTIDOS EN ACTIVIDAD Partido Popular Cristiano (PPC).- Fundado por Luis Bedoya Reyes como resultado de la ruptura con el Partido Democracia Cristiana. Participó en las elecciones a la asamblea constituyente en 1978. Durante los años 80, mantuvo su cercanía con Acción Popular, manifestada desde la década de 1960. Esta relación que se quebró con el fracaso de la alianza FREDEMO en 1990. Ideológicamente se reconoce como demócrata cristiano. Su presidenta es Lourdes Flores Nano Para las elecciones de 2006, se presenta formando parte de la alianza Unidad Nacional (UN), integrada también por el Partido Renovación Nacional y el Partido Solidaridad Nacional. Ninguno de sus miembros ha alcanzado la presidencia. Está afiliado a la Internacional Demócrata Cristiana. Tendencia: Socialcristianismo, humanismo y centrismo. Partido Aprista Peruano (PAP).- Partido fundado en 1930 (como parte del APRA [Alianza Popular Revolucionaria Americana], siglas con que también se le conoce), por Víctor Raúl Haya de la Torre. Su compañero Alan García Pérez fue elegido Presidente del Perú (1985-1990). Se basó en el anti-imperialismo, que lo lleva a reconocerse como afín al socialismo, mas en la actualidad desarrolla un programa de social de mercado. De sus filas se escinden el "Apra Rebelde" (luego MRTA). Su doctrina es el Aprismo (socialdemocracia peruana) y está afiliado a la Internacional Socialista. Tendencia: Socialdemocracia, socioliberalismo. Partido Nacionalista Peruano.- Este partido fue fundado por Ollanta Humala Tasso y su esposa Nadine Heredia en Abril del 2005, dentro de su núcleo familiar. Se alió con Unión por el Perú para participar en las elecciones del 2006, obtuvo el primer lugar en la primera vuelta . En la segunda vuelta no corrió la misma suerte y perdió en favor del APRA. En el congreso tampoco le fue bien,

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pues algunos de sus miembros renunciaron, y se fraccionó en UPP y el propio partido Nacionalista. Actualmente Ollanta Humala encabeza la oposición al gobierno de Alan García. Tendencia: Nacionalismo y izquierda. Acción Popular (AP).- Fundado por Fernando Belaúnde Terry en 1956 (sobre la base del Frente Nacional de Juventudes Democráticas, 1955), quien fue luego dos veces elegido Presidente del Perú (en 1963-1968, y en 1980-1985). Su correligionario Valentín Paniagua Corazao fue transitoriamente elegido Presidente del Perú (2000-2001). De sus filas se escinde la "Acción Popular Socialista" (luego "Acción Política Socialista" o "APS"). Se inspira en algunas frases de su fundador como "El Perú como Doctrina" o "El Perú para los peruanos". Tendencia: Centro, socioliberalismo. Perú Posible (PP)- Partido fundado por Alejandro Toledo Manrique en 1994 con el nombre de País Posible. Vencedor en las elecciones de 2001, para asumir el gobierno hasta 2006. No muestra una tendencia política clara: en sus filas figuran desde conservadores hasta izquierdistas católicos. En materia económica, ha optado por una postura cercana al liberalismo y un acercamiento diplomático y comercial con los Estados Unidos. Sin embargo, sus escrúpulos en materia fiscal no han impedido que el contenido de su discurso partidario se aproxime al populismo o asistencialismo. Símbólicamente, se apoya en elementos de la cultura indígena. Tendencia: Centro, liberalismo. Partido Solidaridad Nacional (PSN).- Partido fundado por Luis Castañeda Lossio (ex acciopopulista) en 1999. Es parte de la alianza electoral Unidad Nacional desde las elecciones municipales de 2002, en las que Castañeda Lossio obtuvo la alcaldía de Lima. Antes, había participado sin éxito en las elecciones presidenciales. El partido sobrevive del prestigio de su líder, ganado cuando este se desempeñaba como director del Instituo Peruano de Seguridad Social. No tiene un ideario político definido salvo ciertos valores prácticos como la "solidaridad", eje de su propaganda. Tendencia: Centro-derecha. Somos Perú (SP).- Partido fundado por Alberto Andrade Carmona (ex-pepecista) en 1997. Sus orígenes se remontan a la gestión de Andrade como alcalde del distrito limeño de Miraflores. En 1995, bajo el rótulo de Somos Lima, presenta candidatos al sillón municipal de Lima Metropolitana y diversos distritos de la capital. El movimiento local adquirió dimensiones nacionales desde 1998. Hasta las elecciones de 2002, su desempeño fue más eficaz en las lides municipales que en las generales. Tendencia: Centro-derecha. Partido Socialista del Perú.- Partido fundado por Javier Díez-Canseco entre otros militante de izquierda. Deviene del Partido Unificado Mariateguista (PUM), que a su vez formó parte de Izquierda Unida (IU), que en los años 80 fue la segunda fuerza política del país. Tendencia: Centro-izquierda. Unión por el Perú (UPP).- Partido. Fundado por Javier Pérez de Cuéllar en 1995. Tras el alejamiento de su fundador, ha sido el rótulo electoral empleado por diversos grupos de centro izquierda. Tendencia: desde la campaña de 2006, izquierda nacionalista , por su apoyo a la candidatura del Partido Nacionalista de Ollanta Humala; luego al ser vencido en la segunda vuelta se separó del humalismo definiéndose como Izquierda. Cambio 90.- Movimiento fundado en 1989 por Alberto Fujimori Fujimori, tres veces Presidente del Perú en casi once años consecutivos: 1990-1992 (y su continuación: 1992-1995), 1995-2000, y julio de 2000-octubre de 2000. Es un partido personalista, ligado a la imagen y las acciones del ex presidente Alberto Fujimori. En 1992, con miras a las elecciones del Congreso Constituyente, se alió con Nueva Mayoría, otro movimiento de bases fujimoristas. A partir de 2001, la alianza ha centrado sus enfuerzos en promocionar el retorno de su líder del exterior, requerido por la justicia peruana. En otros procesos electorales, el fujimorismo se ha presentado bajo denominaciones alternas o partidos satélites: Vamos Vecino, Solución Popular, Perú 2000, Sí Cumple y Alianza para el Futuro. Tendencia: Derecha.

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Restauración Nacional.- Fundado por Humberto Lay Sun en el 2005. Partido liderado por los evangelistas donde su obejtivo es establecer la paz común entre los ciudadanos. Otros partidos activos Justicia Nacional.- Partido político peruano fundado por Jaime Salinas López-Torres. En el año

2005 comenzó su postulación a las Elecciones generales del Perú (2006) bajo la candidatura de su dirigente pero no lograron la Presidencia. Tendencia: Liberalismo.

Partido Regionalista (R), Partido Fundado el 2000 por Andrés Tinoco Rondán como Presidente de la Asociación Internacional de Ingeniería Política - AIP entre otros politólogos formados en la Universidad Ricardo Palma, cuyo objetivo es la Democracia Regionalista. Los "regionarios" actualmente tienen regidores en Huánuco y La Libertad. Doctrina: Regionalismo. Tendencia: Centrista. E-mail: [email protected]

Patria Roja (PCP-PR).- Partido. Maoísta. Escisión del Partido Comunista del Perú. Partidos satélites Movimiento Nueva Izquierda y Juventud Popular. Influencia en sindicatos varios. Doctrina: ultraizquierda, comunismo.

Partido Renovación Nacional.- Partido. Fundado por Rafael Rey, en 1992. Formó parte de la alianza electoral Unidad Nacional desde el 2001 pero renunció en el 2006. Tendencia: Centro-derecha.

Cambio Radical.- Movimiento. Fundado por José Barba Caballero (ex-aprista) en 2000. Se ha descartado su participación en la alianza electoral Unidad Nacional. Tendencia: Centrista.

Movimiento Humanista peruano.- Partido fundado por el Presidente regional de Lambayeque, Yehude Simon Munaro. Tendencia: Centro izquierda.

Renacimiento Andino.- Fundado en 2001 para promover la candidatura presidencial de Ciro Gálvez. No precisa una doctrina específica, pero se puede catalogar como nacionalista.

Proyecto País.- Fundado en 2001 como plataforma para la candidatura de Marco Antonio Arrunátegui. De acuerdo a su publicidad, promociona el "capitalismo popular", aunque no han definido con precisión este concepto.

Partido por la Democracia Social-Compromiso Perú. - Fundado por Susana Villarán de la Puente, ex ministra de la mujer. Tendencia: Centro izquierda. Junto con el Movimiento Humanista peruano conforman la alianza Concertación Descentralista.

Avanza País - Partido de Integración Social. Fundado el año 2000, es un partido de centro-izquierda que participo en las elecciones presidenciales del año 2006 con Ulises Humala como candidato a la presidencia.

Frente Independiente Moralizador (FIM).- Tiene como fundador a Fernando Olivera Vega, y orígenes en el Partido Popular Cristiano. Año de fundación: 1990. Mantuvo hasta 2005 una alianza de gobierno con el partido Perú Posible. Tendencia: centro-derecha, antiaprismo, aunque sus integrantes lo conciben como un movimiento fiscalizador, concentrado en la denuncia de la corrupción política y la violación de derechos humanos. El desempeño del partido a lo largo de su trayectoria ha sido exclusivamente parlamentario, salvo cuando alguno de sus integrantes ocupó una cartera ministerial en el gobierno peruposibilista.

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El 22 de Julio de 2002, los representantes de las organizaciones políticas, religiosas, del Gobierno y de la Sociedad Civil firmaron el compromiso de trabajar, todos, para conseguir el bienestar y desarrollo del país. Este compromiso es el Acuerdo Nacional. El acuerdo persigue cuatro objetivos fundamentales. Para alcanzarlos, todos los peruanos de buena voluntad tenemos, desde el lugar que ocupemos o el rol que desempeñemos, el deber y la responsabilidad de decidir, ejecutar, vigilar o defender los compromisos asumidos. Estos son tan importantes que serán respetados como políticas permanentes para el futuro. Por esta razón, como niños, niñas, adolescentes o adultos, ya sea como estudiantes o trabajadores, debemos promover y fortalecer acciones que garanticen el cumplimiento de esos cuatro objetivos que son los siguientes: 1. Democracia y Estado de Derecho La justicia, la paz y el desarrollo que necesitamos los peruanos sólo se pueden dar sí conseguimos una verdadera democracia. El compromiso del Acuerdo Nacional es garantizar una sociedad en la que los derechos son respetados y los ciudadanos viven seguros y expresan con libertad sus opiniones a partir del diálogo abierto y enriquecedor; decidiendo lo mejor para el país. 2. Equidad y Justicia Social Para poder construir nuestra democracia, es necesario que cada una de las personas que conformamos esta sociedad, nos sintamos parte de ella. Con este fin, el Acuerdo promoverá el acceso a las oportunidades económicas, sociales, culturales y políticas. Todos los peruanos tenemos el derecho a un empleo digno, a una educación de calidad, a una salud integral, a un lugar para vivir. Así, alcanzaremos el desarrollo pleno. 3. Competitividad del País

Para afianzar la economía, el Acuerdo se compromete a fomentar el espíritu de competitividad en las empresas, es decir, mejorar la calidad de los productos y servicios, asegurar el acceso a la formalización de las pequeñas empresas y sumar esfuerzos para fomentar la colocación de nuestros productos en los mercados internacionales.

4. Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado Es de vital importancia que el Estado cumpla con sus obligaciones de

manera eficiente y transparente para ponerse al servicio de todos los peruanos. El Acuerdo se compromete a modernizar la administración pública, desarrollar instrumentos que eliminen la corrupción o el uso indebido del poder. Asimismo, descentralizar el poder y la economía para asegurar que el Estado sirva a todos los peruanos sin excepción.

Mediante el Acuerdo Nacional nos comprometemos a desarrollar maneras de controlar el cumplimiento de estas políticas de Estado, a brindar apoyo y difundir constantemente sus acciones a la sociedad el general.

Acuerdo Nacional

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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15 Formación Ciudadana y Cívica

1. ¿QUÉ ES LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA? La Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya (Países Bajos), es el órgano judicial principal de las Naciones Unidas. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas. Pueden recurrir a la Corte todas las partes en su Estatuto, que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Suiza y Nauru son los únicos Estados no Miembros que son partes en el Estatuto. Ninguna persona individual podrá recurrir a la Corte. Todos los países que son partes en el Estatuto de la Corte pueden ser partes en los casos que les sean sometidos. Otros Estados pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte. Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.

Jurisdicción La jurisdicción de la Corte se extiende a todos los litigios que los Estados le sometan y a todos los asuntos previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en tratados y convenciones vigentes. Los Estados pueden obligarse por anticipado a aceptar la jurisdicción de la Corte en casos especiales, ya sea mediante la firma de un tratado o convención en que se estipula que el caso sea sometido a la Corte o mediante una declaración especial en ese sentido. Esas declaraciones de aceptación obligatoria de la jurisdicción de la Corte pueden excluir ciertos tipos de casos. De conformidad con el Artículo 38 de su Estatuto, la Corte, al decidir las controversias que se le sometan, aplica:

Las convenciones internacionales que establecen reglas reconocidas por los Estados litigantes;

La costumbre internacional como prueba de una pràctica general aceptada como ley, y; Las decisiones judiciales y la doctrina de los autores más calificados de los distintos países,

como medio subsidiario para la determinación de las reglas jurídicas. Si las partes convienen en ello, la Corte también puede decidir un litigio sobre la base de la equidad.

Miembros La Corte está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, en votaciones independientes. Se los elige por sus méritos y no por su nacionalidad, y se intenta que estén representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato. Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas, denominadas "salas", cuando las partes lo soliciten. Las sentencias dictadas por las salas

Organismos Internacionales y la

Democracia

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16 Formación Ciudadana y Cívica

se consideran dictadas por la Corte en pleno. La Corte ha constituido además una Sala de Asuntos Ambientales. La Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica o CADH) fue suscrita, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano. Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna". Si el ejercicio de tales derechos y libertades no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlos efectivos. Además, establece la obligación, para los Estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. Como medios de protección de los derechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. "A la fecha, veinticinco naciones Americanas han ratificado o se han adherido a la Convención: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela. Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, el 26 de mayo de 1998" Ha sido complementada con:

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Protocolo de San Salvador), de 1988

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, de 1990

1. NOCIONES BÁSICAS: Diferenciar globalización y neoliberalismo es imprescindible. Ambas no son sinónimas, aunque lo que se está globalizando sea el Neoliberalismo.

Globalización

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Series y Sumatorias

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17 Formación Ciudadana y Cívica

El Neoliberalismo e un modelo, que encierra una filosofía, una opción política, una manera de aplicar la economía y la organización de la sociedad. El neoliberalismo tiene una actitud excluyente- individualista, genera la pobreza. La Globalización unifica, universaliza un mismo principio. Por ello la globalización incorpora, es todo lo contrario al modelo neoliberal que expropia, excluye. ¿Qué es la globalización? Es un proceso por el cual un SISTEMA, se posesiona en las diversas dimensiones sociales, políticas, económicas y culturales, conformando un mundo global. Ello influye significativamente en la calidad de vida y de las relaciones humanas. Una mirada al contexto: El mundo en la actualidad se encuentra en un conjunto de procesos (políticos, económicos, culturales y sociales). Esto constituyen el marco de referencia de nuestra sociedad y a la vez cambia la forma de pensar y de ser en la vida de las personas. Ante estos acontecimientos es importante situarnos en el mundo, para saber a qué atenerse y no perdernos en la multiplicidad de hechos. Por ello es fundamental tener visiones generales en la escena contemporánea. Entre los principales fenómenos sociales tenemos:

• La Globalización. • La Localización. • La Glocalización. • Visualización de la Información. • Telematización de los Procesos. • Tendencia a un Mundo de Polarización.

2. FACTORES POSITIVOS Y NEGATIVOS DE LA GLOBALIZACIÓN Como todos los procesos, La globalización encierra a su interior factores positivos y factores negativos: Factores Positivos: Se ha generalizado el acceso a nuevas tecnologías en informática y

telecomunicaciones; ello ha revolucionado el mundo, distintas culturas se interrelacionan. El conocimiento se ha renovado e incrementado con mayor facilidad y rapidez (mayor

productividad). Se dice que estamos en la ―revolución del conocimiento‖. En lo económico, ha permitido un aumento muy grande del comercio internacional. La

competencia es de mayor calidad, diseño, entrega y producción adecuada de acuerdo al cliente.

Con la comunicación se ha generado la oportunidad de intercambiar propuestas y construir nuevos ideales a nivel mundial.

Factores Negativos:

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18 Formación Ciudadana y Cívica

En lo económico ha generado que los más poderosos del mundo acumulen mucho poder.

Esto ha sido reforzado por el neoliberalismo (monopolios). A la vez ha producido la dependencia económica; cualquier crisis financiera a nivel

mundial involucra a todos. La modernidad viene con el ―paquete completo‖, es decir, prosperidad y pobreza. Se ha globalizado la ―pobreza‖. El 20% más rico del mundo detenta el 87% de la

riqueza, mientras que el 20% más pobre no llega ni al 1,8 % de la misma. Se ha globalizado el narcotráfico, el terrorismo, las enfermedades, entre otras.

Los defensores de la Globalización insisten que esta es la mejor alternativa para alcanzar el desarrollo en nuestros países. Y allí entramos a otra polémica. ¿Qué entendemos por desarrollo? Existen varias respuestas, sin embargo, se pueden dar dos perspectivas, en primer lugar, desde el punto de vista economicista quienes plantean que a través del mercado se logra el desarrollo; y en segundo lugar, desde el punto de vista de lo social, quienes plantean que esto se logrará teniendo un capital humano competente para el logro del desarrollo. Quedan en el derrotero si el proceso de Globalización toma en cuenta el lado ético de la sociedad. Es decir, ¿en nombre del universalismo, se puede resquebrajar las culturas ancestrales? O ¿en nombre del respeto a las diferencias y particularidades, se deben aislarlas?

Como concepto consideramos al Desarrollo como: proceso que nos vincula a nuestras capacidades, a los demás seres humanos y al entorno en el que llevamos a cabo la vida; y que también significa crecer, mejorar y evolucionar. Como propuesta y enfoque el Desarrollo tiene una historia más bien corta y no libre de controversias. La misma está muy vinculada a los acontecimientos históricos que, luego de la segunda guerra mundial y desde1950, posicionaron a Estados Unidos como potencia mundial en base al vertiginoso crecimiento de su economía industrial y a toda la idea de progreso promovida por la modernidad. ¿QUÉ IMPLICA LA SOSTENIBILIDAD?

Desarrollo Sostenible

Sucesiones Distribuciones

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19 Formación Ciudadana y Cívica

Si queremos entender los principios de sostenibilidad debemos comenzar por saber ¿Qué debe ser sostenible? O ¿Qué debe ser sostenido?, ¿Deben ser sostenidos los ecosistemas, las personas, la producción, el crecimiento económico, o la relación entre todos estos elementos? Ese parece ser el reto, definir el tipo de relación que hay que hacer sostenible, sobre todo cuando la diversidad domina tanto en los sistemas naturales como en los socio-culturales. Los campesinos y mucha más gente en el mundo vive conectada de manera natural al medio en el que se desenvuelve; su vida gira en torno a una relación basada en un conocimiento de los ritmos y comportamientos del entorno en el que vive. El solsticio y el comportamiento del clima y las especies son fundamentales para realizar las actividades que lo sostienen a él y a su familia, por tanto resulta vital mantener el entorno que hace posible realizar esas actividades. Se trata del encuentro de dos sistemas, el social y el natural, que evolucionan juntos, influenciándose mutuamente. Los efectos de la naturaleza en el ser humano son reconocidos ampliamente, pero no es sino hasta hace poco que nos hemos dado cuenta de los tremendos cambios que nosotros también producimos en la naturaleza. Con ellos hemos puesto en peligro nuestra propia existencia. Hasta aquí, hemos observado que ni desarrollo ni sostenibilidad son conceptos cerrados y acabados; asimismo, que existen grandes diferencias en el énfasis sobre el impacto de las actividades humanas en el medio ambiente, en las que las visiones de la tecnología, la economía y la ecología son muy disímiles; mientras que resulta innegable que los beneficios y las necesidades no son compartidas por todos los seres humanos. Los individuos somos afectados de manera distinta por la degradación del medio natural y por la pobreza. El Desarrollo Sostenible es aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer la habilidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades. Las inequidades del sistema global mundial parten de distintas percepciones y valoraciones de la naturaleza y de las necesidades. Por ejemplo, para los países desarrollados es muy importante hoy la preservación de la naturaleza , mientras que en los países en desarrollo como el nuestro, consideramos aún con mayor urgencia la extracción y transformación de la naturaleza para exportación de commodities (bienes para el mercado mundial) y la supervivencia económica. Desarrollo sostenible por eso no ha podido ser construido como un nuevo paradigma que ordene y rija a la mayoría de las actividades y relaciones humanas. Mucha confusión rodea al concepto, muchas interpretaciones y falta de acuerdos respecto a indicadores y mediciones. ¿Tú crees que la idea de desarrollo sostenible pueda evolucionar favorablemente basándose en la ecología o en la economía y sus respectivos principios? Parece que nos enfrentamos a profundas contradicciones que hacen evidente la necesidad de una visión más amplia tanto de la ecología como de la economía, de lo que cada especialista en su propia disciplina puede tener hasta ahora. Necesitamos nuevos instrumentos y nuevas perspectivas que hagan parte de la vida cotidiana de las poblaciones la sostenibilidad de su desarrollo.

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20 Formación Ciudadana y Cívica

Pese a la larga evolución y continua reflexión teórica, las investigaciones y el trabajo realizados hasta ahora nos indican la necesidad de: •Producir de forma diferente •Consumir de forma diferente •Organizarnos de forma diferente EL CRECIMIENTO ECONÓMICO IMPARABLE Los indicadores del crecimiento económico, por lo general, tratan datos agregados. Cuando se dice que el Perú «crece» se hace referencia a estos indicadores que son sumas tanto de la producción como del gasto. El indicador más importante de un país y el más difundido es el Producto Bruto Interno (PBI) que es el valor, expresado en dinero, del conjunto de bienes y servicios finales producidos por un país en un año determinado. Según esta visión del desarrollo, la expansión económica basada en la innovación técnica constante es la vía principal para resolver los problemas de las sociedades: lo que está indicado por el PBI es más que un simple significado económico, expresa una forma cultural que emite ideas y se sostiene en creencias y valores que rigen y organizan la sociedad moderna. Es una visión asumida como una verdad universal. Crecimiento sin Desarrollo... Uno de los mejores ejemplos de Crecimiento sin Desarrollo lo hemos vivido los peruanos en los últimos años. Y si nos remontamos y comparamos con la situación de los países en desarrollo, salvo algunas excepciones encontraremos patrones similares donde los países hemos intentado y nos hemos esforzado, desde hace años, por cumplir recetas y estructuras que nos piden mantener las variables «macroeconómicas» estables y la economía del país «saneada». Con mayor o menor éxito hemos cumplido con las recetas. Esto ha implicado un gran costo social y, sin embargo, parecería que ni el desarrollo y menos la sostenibilidad son parte de la ecuación. Más allá de la Economía: las Posibilidades del Desarrollo Te sugerimos cotejar tus reflexiones con las siguientes ideas: Paradigmas que se contradicen: economía y modernidad con ecología y

ambientalísmo, miradas que no logran definir una estrategia que combine crecimiento con equidad y libertad.

Las enormes brechas: Pese a las mejoras de amplios sectores, una marcada y

creciente desigualdad entre los beneficiados por la modernidad y los que no. Esto produce tendencias no sostenibles sobre consumo, por un lado y sub consumo por otro, siendo ambas ambiental y socialmente dañinas.

La Conciencia ambiental y la acción: han crecido en torno agendas y redes de

instituciones y personas, pero aún los valores y conceptos no han sido generalizados.

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21 Formación Ciudadana y Cívica

El conocimiento y la capacidad de asumir responsabilidades: es muy fragmentado y desigual, pese a los adelantos científicos tecnológicos falta generar y comprender mucha información sobre los sistemas naturales y sociales.

Necesidad de consensos y equidad: para a partir de esos elementos básicos construir

referentes comunes entre los seres humanos. Más allá, en el mercado La eficiencia del mecanismo de mercado : ¿Qué pasa con los 25 millones de africanos que tienen SIDA y que no pueden acceder a la vacuna elaborada por las grandes compañías farmacéuticas del mundo occidental?, ¿Qué pasa con los miles de jóvenes que han recibido educación durante el colegio y quizá en niveles superiores y no tienen perspectivas de trabajo productivo?, ¿Cómo medir la eficiencia del mercado cuando la carretera llega a un pueblo olvidado que no tiene opciones ―rentables‖? En suma, ¿Cómo medir la eficiencia en términos de utilidades del mercado cuando no te da opciones para elegir y cuando no se centra en la distribución de las libertades y las capacidades que los seres humanos valoramos? Es necesario que conozcamos estos conceptos determinantes del Desarrollo Sostenible: Capital humano potencial de las capacidades de los individuos, de los conocimientos,

técnicas y pensamiento creativo, la educación juega un papel especialmente vital en este caso.

Capital cultural, las creencias, valores, costumbres que le dan sentido a nuestras

cotidianas maneras de enfrentar el mundo y construir nuestros espacios de vida. Capital social, la forma de organizar la estructura de la sociedad, las instituciones, la

representatividad, la legitimidad, la participación libre, el sentido.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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22 Formación Ciudadana y Cívica

1. DEFINICIÓN El sentirnos orgullosos de ser peruano, no solo debe ser por haber nacido en esta tierra; el Perú, sino también debe hacernos sentir orgullosos, de que no se reprima nuestros pensamientos, ideologías, ideas ni nada, y mucho menos se discrimine a nadie por su raza, color, creencias, religión y demás aspectos, ya que el ser peruano no sólo es el momento de las fiestas patrias, sino debe ser siempre. Me siento orgulloso de ser peruano, por la diversidad que posee nuestra patria, por su música, flora, fauna, gastronomía , y todo que hay y se hace en nuestro PERÙ 2. ¿COMO SE DEMUESTRA LA PERUANIDAD? Sentir y practicar la peruanidad es:

Ser fiel a la honradez en el manejo de la cosa pública

Mantener intacta la honestidad individual en el actuar personal y social

Vencer la frustración A la vez, la peruanidad es:

El aliento constante a lo nuestro.

La superación indeclinable ante lo adverso

Buscar la excelencia en todos los campos para ser fuertes y realmente independientes, contribuyendo al prestigio del país como conjunto homogéneo.

3. MOTIVOS PARA SENTIRSE PERUANO

El Pisco es Peruano

El Ceviche es Peruano

La Chirimoya es Peruana

La Guanábana es Peruana

II Bimestre

Convivencia

Social

Aspectos que fundamentan la Peruanidad

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23 Formación Ciudadana y Cívica

La Lúcuma es Peruana

La Granadilla es Peruana

La Alpaca es Peruana

La Vicuña es Peruana

El Caballo de Paso es Peruano

La Quinua es Peruana, es un grano de alta proteína, y hay más de 25 variedades.

El Olluco es Peruano y hay más de 30 variedades.

La Papa es Peruana y hay más de 3,000 variedades.

El Maíz tiene los granos más grandes del mundo y es peruano con más de 32 variedades conocidas.

La Palta (Aguacate) es peruana y es la más suave en el mundo.

El perú tiene la variedad más grande de platos en el mundo, 468 en total. (libro de guinness).

El Algodón más fino en el mundo es el peruano (Pima y Tanguis). 17) El Árbol de Sauce Llorón es Peruano y contiene un componente que es la base para la aspirina.

El Árbol de Tara del cual se extrae el tanino, un elemento que es usado en molinos de curtido (bronceado) y casas de tinte es Peruano.

El Yacón, una raíz similar a la yuca del cual la insulina es extraída para la producción industrial, es peruano.

La Maca y los componentes Huanarpo Machos, principales ingrediente del VIAGRA, son raíces del Peruano Milenario.

El Coliseo de Corridas de toros que se encuentra en Acho, Lima, está entre los más antiguos en el mundo. Fue inaugurado por el Virrey Amat en 1766.

La Universidad de San Marcos (fundada el 12.05.1551), es la universidad más antigua en las Américas.

El Diario Oficial El Peruano, es el más antiguo diario en Sur América. Fue fundado en 1825 por Simón Bolívar.

El ferrocarril de medida estándar más alto en el mundo (Ticlio - 4,815 m.s.n.d.m.) está en Perú El Paso de Anticona está en 15,800 pies s.n.d.m.)

Los cañones más profundos en el mundo:Cotahuasi, 3,600 m.s.n.d.m. (11,811 pies s.n.d.m.), y el Colca, 3,400 m.s.n.d.m. (11,155 pies s.n.d.m.) están en Perú.

En el Perú hay más de 50 montañas con más de 6,000m.s.n.m. (19,685 pies s.n.d.m.)

Existen 1,769 glaciares.

El Alpañayo es la montaña más bella del mundo

Perú tiene 262 baños hidrográficos.

Este territorio tiene 12,000 lagos de diferentes tamaños y profundidades: 3,986 pertenecen a la Cuenca del Pacífico. 7,441 pertenecen a la Cuenca del Atlántico. 841 en el área del Lago Titicaca.

Con más de 1,701 variedades diferentes de pájaros, Perú es el país con la variedad más grande de pájaros en el mundo.

Los lagos de Mejía (Arequipa) tienen un hábitat de millares de pájaros migratorios. Más de 150 especies llegan aquí durante el año. Con un aproximado del más del 50%, son residentes permanentes. El resto es los visitantes regulares que emigran, son de los cuatro puntos cardinales del globo.

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24 Formación Ciudadana y Cívica

Perú es el segundo país en el mundo, con una variedad de 34 especies de primates.

Perú es el tercero país en el mundo, con una variedad de 361 especies de mamíferos.

Es el quinto en reptiles con 297 especies.

Es el quinto en anfibios, con 251 especies 84 de las 103 zonas ecológicas que existen en el mundo están en el Perú.

La Cantuta es la flor nacional. Esta, era la flor de los incas.

El Gallito de las Rocas es el pájaro nacional.

En sólo un árbol en Madre de Dios, el Shihuahuaco (Asterix), los científicos, expresamente entomólogos, encontraron 5,000 especies de insectos, el 80 % de los cuales eran una primicia la ciencia. El primer catálogo genético de la flora peruana contiene más de 3.000 variedades de las cuales: 524 se han clasificado como comestibles; 401 como productoras de madera; 334 como tóxicos para la producción de insecticidas; 13 para los propósitos medicinales; 110 para la preparación de colorantes y de tintes; 100 para la producción de herramientas; 90 para propósitos ornamentales; 36 para la preparación de aceites y de ceras; y 35 para la preparación de bebidas.

En la región oriental de los Andes uno puede encontrar más de 3.000 variedades de diversas

orquídeas de las cuales hay 2.000.

Se han clasificado hasta la fecha 4 de los 10 cereales que existen en el mundo y son nativos del Perú. la quinua, el maíz, la cañihua y la kiwicha. El último ha sido considerado por la NASA como elemento importante en la dieta de los astronautas.

El Perú es el líder en América Latina en la producción del oro, del plomo, y del zinc.

Tiene el segundo lugar en la producción de cobre en el mundo. ANTAMINA es la mina más grande del mundo. Está en las montañas centrales de Perú.

CAMISEA es la segunda reserva más grande del gas de América Latina. Está en el Perú

28 diversos tipos de clima se encuentran en el Perú, colocándolo entre los 5 países del mundo con la diversidad biológica más grande en el mundo.

Dentro del dominio marítimo del Perú, la corriente peruana, mejor conocida como la Corriente de Humboldt, contienen la producción más rica del plancton y del phytoplankton en el mundo.

A lo largo de la costa del Perú, viven 20 de las 67 especies de los pocos cetáceos y ballenas relacionadas en especies en el mundo.

El Océano Peruano ofrece 700 diversas variedades de pescados y 400 variedades de crustáceos.

El lago navegable más alto del mundo es el LAGO TITICACA, que es compartido por Bolivia.

El río del Amazonas, con 1000 tributarios, viene a ser el más largo del mundo y también tiene el flujo más grande de agua. Tiene su origen en el Perú y es uno de los dos ríos más ―sanos‖ en el planeta. Tiene un flujo medio de aproximadamente 150.000 m3/sec. otro es el del Congo en África. Un estudio científico llegó a esta conclusión después de un análisis de sus aguas. El hecho de que hay muy pocos núcleos industriales en sus bancos lo cual libera de la contaminación.

La señora de cao, considerada la momia con mayor cantidad de tatuajes.

El Señor de Sipán, es la tumba más antigua y más magnífica encontrada en las Américas; es solamente comparable a la de Tutankamon en Egipto.

Caral, un descubrimiento reciente en el norte de Lima, a 114 millas de la costa, es la más antigua civilización de las Américas y esta considerada entre las más antiguas en el mundo, fechando más

de 3.000 A.C

4. SENTIDO DE PERTENENCIA

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25 Formación Ciudadana y Cívica

El sentido de pertenencia es un concepto más ligado al arraigo, a la necesidad de formar parte de un conjunto social, clase, grupo, comunidad, institución. Una vinculación tal, que ante la acción de alejarse entraña una actitud no sólo material sino sobretodo emocional. El ser humano tiende a no querer desprenderse de todo cuanto se vincula a su cotidiano quehacer. La historia nos señala que el sentido de pertenencia se vincula a una base económica social capaz de satisfacer tanto las necesidades materiales como espirituales del hombre o de la mujer.

La peruanidad es un sentimiento que debe estar en todo los corazones de los peruanos, ya que ello nos permitirá arraigar un sentido de identidad y un espíritu de orgullo hacia lo nuestro. Existen algunos aspectos que fundamentan nuestra peruanidad, es necesario que la sociedad peruana los conozca y aprenda a valorar para su plena realización como nación.

5. COSTUMBRES Y TRADICIONES ¿QUE ES UNA TRADICION? Tradición proviene del latín traditio, y éste a su vez de tradere, "entregar". Es tradición todo aquello que una generación hereda de las anteriores y, por estimarlo Se considera tradicionales a los valores, creencias, costumbres y formas de expresión artística característicos de una comunidad, en especial a aquéllos que se trasmiten por vía oral ¿A QUE SE DENOMINA COSTUMBRE? Es el conjunto de inclinaciones y de usos que forman el carácter distintivo de una nación o de una persona.

Toda familia, comunidad o nación celebra determinados acontecimientos a lo largo del año, como

el Día de la Madre, la Navidad, el Día de la Amistad, etc. Pero también existen festejos que solo atañen a una comunidad determinada, como son las fiestas patronales o el culto a la siembra o la cosecha. En estas ocasiones festivas, los miembros de una familia o comunidad se reúnen para compartir alegrías, al tiempo que reafirman sus lazos de unión e identidad como grupo.

Estas fechas requieren de la colaboración de todos: los hijos pre- paran el desayuno de las madres

en su día; las abuelas aderezan el pavo o pollo para la cena de Navidad; los amigos hacen regalos en

el Día de la Amistad; los familia- res y compañeros ayudan a recoger papas, camotes, habas o

yucas sembradas meses atrás, mientras las mujeres preparan comida y bebida para celebrar la buena cosecha; en la siembra, los hombres abren los surcos, mientras las mujeres colocan las

semillas; llegan los parientes para participar en la fiesta patronal del pueblo que los vio nacer, les prestamos nuestras ca- mas para que descansen y, juntos, alistamos los trajes y disfraces que luciremos durante los festejos.

Participación Ciudadana

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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26 Formación Ciudadana y Cívica

Se trata de diversas actividades en las que diferentes grupos de personas toman parte porque

están unidos por las mismas vivencias, convicciones, creencias e intereses. Y todos participan porque buscan compartir lo que sienten y porque anhelan el bien común, en este caso, que todos estén contentos y que las celebraciones unan más a las familias y amigos.

Lo mismo sucede con el país. Somos un grupo humano que comparte un mismo territorio, rico y

diverso, y estamos unidos por un acervo común como es la cultura, la lengua, la religión, las costumbres, los bailes, la música, los monumentos, los sitios arqueológicos, el pasado histórico, el

presente y el futuro; usamos la misma moneda y somos gobernados por el mismo presidente.

En este caso, nuestra familia está formada por todos los peruanos y nuestra casa es el Perú. Por lo

tanto, esa cultura, lengua, religión, costumbres, tradiciones y todo lo que conforma nuestro patrimonio cultural también nos pertenece, es el legado que nuestros antepasados nos han dejado

y nos corresponde participar en acciones que permitan atesorar- lo, cuidarlo y valorarlo.

1. QUÉ ES PARTICIPACIÓN CIUDADANA Como ya hemos visto, todos integramos grupos que reflejan distintas necesidades y que exigen nuestra participación y colaboración de manera activa y directa, ya sea para organizarnos en rondas de vigilancia nocturna, para realizar una campaña de vacunación o para llevar a buen término un proyecto de arborización. En el caso concreto del patrimonio cultural del Perú, la participación ciudadana se refiere a la integración de las comunidades locales en la gestión y

compromiso con la protección y defensa del mismo. Todo poblador tiene el derecho y la obligación de tomar parte en las actividades de su comunidad

para alcanzar un fin común que beneficiará a todo el grupo en su con- junto, permitiendo que sus habitantes alcancen una mejor calidad de vida y se reduzcan los niveles de pobreza, contribuyendo al progreso y desarrollo del país.

Así pues, es legítima la intervención de los ciudadanos en la gestión pública –es decir, en la

administración que hace el Estado– para establecer prioridades, determinar acciones o pedir cuentas

si el Estado no cumple con lo pactado. Por ejemplo, participamos en la gestión pública cuando

enviamos una carta o un documento al director de una entidad, asistimos a programas

convocados por una institución estatal, o cuando realizamos manifestaciones para expresar nuestro desacuerdo o para respaldar a nuestros líderes.

Asimismo, ejercemos nuestro derecho y deber de participación ciudadana cuando exigimos

resultados de políticas determinadas, presentamos denuncias ante las respectivas instancias de

control o recurrimos a la Defensoría del Pueblo para buscar asesoría y protección de nuestros derechos como ciudadanos. La participación ciudadana se da también mediante procesos electorales, cuando elegimos a nuestras autoridades nacionales, regionales y locales, al presidente de la APAFA, al representante del aula, al dirigen- te comunal, a la junta de propieta- rios del edificio donde vivimos, al presidente de la asociación vecinal, al representante estudiantil, etc.

Las instituciones del Estado fomentan la participación ciudadana cuando reciben personas que

hacen sugerencias, participan en consultas, presentan sus quejas o, simple- mente, solicitan

información.

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27 Formación Ciudadana y Cívica

En cuanto a la elaboración de políticas públicas, la participación ciudadana es necesaria porque permite que los verdaderos intereses de la población sean tomados en cuenta, que las decisiones

tengan mayor apoyo entre los pobladores y que se pueda reforzar el sentimiento de pertenencia a

una comunidad (lo- cal, regional y nacional). Nuestra participación en la ejecución de las políticas públicas aumenta las probabilidades de éxito y su sostenibilidad a lo largo del tiempo.

Recordemos que en nuestro sistema jurídico prevalece la Democracia Representativa, mediante la elección de autoridades que nos representan, sobre la Democracia Participativa, por medio de la intervención directa de los ciudadanos en la toma de decisiones. Sin embargo, ambos modelos

coexisten en nuestro ordenamiento legal.

Como podemos ver, la participación ciudadana está presente en todos los ámbitos de la

convivencia diaria, pues se trata del ejercicio de un derecho ciudadano básico y comprende acciones colectivas o individuales, ejercidas a través de canales institucionalizados, o espontáneos e informales. Dichos canales pueden ser locales o nacionales. Pueden limitarse a decir

pública- mente nuestra opinión, o involucrarnos activamente en la ejecución o rechazo de políticas

públicas.

No olvidemos que toda gestión será parcial y quedará aislada del con- texto socioeconómico, cultural y natural al que pertenece, si no se involucra en ella directa y activa- mente a la población

a través de la participación ciudadana.

2. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PERÚ El proceso de descentralización que se viene desarrollando en el país ha incorporado como uno de sus principios el de la Participación Ciudadana a nivel nacional, regional y lo- cal, consagrando

normativamente este tipo de participación en los pla- nes de desarrollo y presupuestos.

En este proceso, la participación ciudadana se articula a través de los Consejos de Coordinación Regional y los Consejos de Coordinación Local y existe normatividad legal vigente sobre el tema

en la Ley N° 26300 de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, promulgada en el año 1994. El Proyecto de Ley de Participación y Con- trol Ciudadano, en discusión en el Congreso

de la República, está orientado a promover el desarrollo del ciudadano como sujeto activo de derechos y deberes. Debemos saber que la Ley N° 26300 regula el ejercicio de los derechos de participación (iniciativa de

re- forma constitucional, en la formación de las leyes y de dispositivos municipales regionales,

referéndum y otros) y de control ciudadano (revocatoria y remoción de autoridades, demanda de

rendición de cuentas y otros).

Nuestra Constitución Política reconoce el derecho de participar en los asuntos públicos, así como los derechos de asociación, de reunión, de libertad de expresión, de opinión, de rectificación y de sufragio. El Acuerdo Nacional, suscrito por todos los partidos políticos, también promue- ve y

fomenta la participación ciudadana en las decisiones públicas.

Las municipalidades provinciales y distritales han fomentado la conformación de mesas de concertación como formas de participación ciudadana. Estas mesas de concertación son expresiones del trabajo conjunto entre el Estado y la Sociedad Civil.

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28 Formación Ciudadana y Cívica

3. TIPOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA La población local puede participar en los temas que le interesa de di versas formas: Informando Las personas o grupos requerimos continuamente información sobre acciones, propuestas, programas o actividades. Consultando

Individualmente exponemos nuestras ideas a través de encuestas, foros y talleres, donde también podemos consultar. Asimismo, las comunidades pueden realizar consultas a diversas entidades.

Decidiendo juntos Nuestros representantes, las organizaciones comunales y los sectores interesados estudian, discuten y participan en la toma de decisiones que afectan a la población. Actuando juntos Tomamos parte en los acuerdos mediante la acción conjunta, responsable y compartida. Apoyando los intereses comunitarios Los especialistas que trabajan en las distintas instituciones del Estado nos asesoran en la toma de decisiones y en la elaboración y ejecución de proyectos. Asimismo, orientan a los pobladores y los capacitan para que ellos mismos sean los responsables de solucionar los problemas que les afectan directamente

1. VIOLENCIA JUVENIL La violencia juvenil es una de las formas de violencia más visibles en la sociedad. En todo el mundo, los periódicos y los medios de radiodifusión in- forman diariamente sobre la violencia juvenil de pandillas, en las escuelas y en las calles. La violencia juvenil daña profundamente no solo a las víctimas, sino también a sus familias, amigos y comunidades. Sus efectos se ven no solo en los casos de muerte, enfermedad y discapacidad, sino también en la calidad de vida. La violencia que afecta a los jóvenes incrementa enormemente los costos de los servicios de salud y asistencia social, reduce la productividad, disminuye el valor de la propiedad, desorganiza una serie de servicios esenciales y en general socava la estructura de la sociedad. Los jóvenes violentos tienden a cometer una variedad de delitos; además, a menudo presentan también otros problemas, tales como el ausentismo escolar, el abandono de los estudios y el abuso de sustancias psicotrópicas, y suelen ser mentirosos compulsivos y

Problemas de Convivencia

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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conductores imprudentes y estar afectados por tasas altas de enfermedades de transmisión sexual. Hay conexiones cercanas entre la violencia juvenil y otras formas de violencia. Por ejemplo, presenciar actos violentos en el hogar o sufrir abuso físico o sexual puede condicionar a los niños o adolescentes de tal modo que consideren la violencia como un medio aceptable para resolver los problemas La participación en riñas, la intimidación y portar armas son importantes comportamientos de riesgo de violencia juvenil. La violencia juvenil puede desarrollarse de diferentes maneras. Algunos niños presentan comportamientos problemáticos en la primera infancia que gradualmente se van agravando hasta llegar a formas más graves de agresión antes de la adolescencia y durante ella. Factores situacionales Entre los jóvenes que solo delinquen durante la adolescencia, ciertos factores situacionales pueden tener una influencia importante en el origen del comportamiento violento. El análisis de la situación —que explica las interacciones entre el eventual perpetrador y la víctima en una situación dada— describe cómo el potencial de violencia quizá se convierta en violencia real. Los factores situacionales son: los móviles del comportamiento violento; el lugar donde se manifiesta el comportamiento; si intervienen el alcohol o las armas; si están presentes otras personas además de la víctima y el agresor; si existen otras acciones (como el robo) que podrían conducir a la violencia.

Los móviles de la violencia juvenil varían según la edad de los participantes y el hecho de que estén o no presentes otras personas. 2. ¿CUÁLES SON LOS FACTORES DE RIESGO EN LA VIOLENCIA JUVENIL?

FACTORES INDIVIDUALES A nivel individual, los factores que afectan al potencial de comportamiento violento incluyen características biológicas, psicológicas y conductuales. Estos factores pueden aparecer desde la niñez o la adolescencia y, en grados variables, pueden ser in- fluidos por la familia y los compañeros, y por otros factores sociales y culturales. Características biológicas Entre los factores biológicos posibles, ha habido estudios sobre las lesiones y complicaciones aso- ciadas con el embarazo y el parto, ya que se ha señalado que estos trastornos quizá produzcan daño neurológico, que a su vez podría conducir a la violencia. Características psicológicas y del comportamiento Entre los principales factores de la personalidad y del comportamiento que pueden predecir la violencia juvenil están la hiperactividad, la impulsividad, el control deficiente del comportamiento y los problemas de atención. No obstante, la nerviosidad y la ansiedad están relacionadas negativamente con la violencia. FACTORES RELACIONALES

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Los factores asociados con las relaciones interpersonales de los jóvenes —con sus familias, amigos y compañeros— también pueden influir mucho en el comportamiento agresivo y violento y configurar rasgos de la personalidad que a su vez pueden contribuir al comportamiento violento. La influencia de las familias es por lo general mayor en este sentido durante la niñez, mientras que durante la adolescencia los amigos y los compañeros tienen un efecto cada vez más importante Influencia de la familia El comportamiento de los progenitores y el ambiente familiar son factores fundamentales en el desarrollo de conductas violentas en los jóvenes. La falta de vigilancia y supervisión de los niños por los padres y el uso del castigo físico severo para disciplinar a los niños son sólidos factores predictivos de la violencia durante la adolescencia y la edad adulta. Influencias de los compañeros Las influencias de los compañeros durante la adolescencia se consideran en general positivas e importantes para configurar las relaciones interpersonales, pero también pueden tener efectos negativos FACTORES COMUNITARIOS Las comunidades en las cuales viven los jóvenes ejercen una influencia importante en su familia, en la índole de su grupo de compañeros y en la forma en que pueden estar expuestos a situaciones que conducen a la violencia. En términos genera- les, los muchachos de las zonas urbanas tienen más probabilidades de desplegar un comportamiento violento que los que viven en las zonas rurales Integración social El grado de integración social dentro de una comunidad también afecta a las tasas de violencia juvenil. El capital social es un concepto que intenta medir esa integración de las comunidades. Se refiere aproximadamente a las reglas, normas, obligaciones, reciprocidad y confianza que existen en las relaciones y las instituciones sociales. Los jóvenes que viven en lugares que carecen de capital social tienden a mostrar un rendimiento escolar deficiente y son mayores las probabilidades de que abandonen por completo la escuela. FACTORES SOCIALES Varios factores sociales pueden crear condiciones conducentes a la violencia entre los jóvenes. Sin embargo, gran parte de los datos relacionados con estos factores se basan en estudios transversales o ecológicos y son principalmente útiles para iden- tificar asociaciones importantes, más que causas directas. Cambios demográficos y sociales Los cambios demográficos rápidos en la población de jóvenes, la modernización, la emigración, la urbanización y la modificación de las políticas sociales han estado todos vinculados con un aumento de la violencia juvenil Desigualdad de ingresos La investigación ha revelado las conexiones entre el crecimiento económico y la violencia, y entre la desigualdad de ingresos y la violencia Estructuras políticas

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31 Formación Ciudadana y Cívica

La calidad de las condiciones de buen gobierno en un país, en cuanto al marco legal y las políticas que ofrecen protección social, es un factor determinante fundamental de la violencia. En particular, el grado en que una sociedad hace cumplir las leyes existentes sobre la violencia al detener y encausar a los delincuentes, puede actuar como factor disuasivo contra la violencia. Influencias culturales La cultura, que se refleja en las normas y los valores hereditarios de la sociedad, contribuye a determinar cómo responden las personas a un ámbito cambiante. Los factores culturales pueden influir en el nivel de violencia presente en una sociedad, por ejemplo, al respaldar la violencia como un medio normal para resolver los conflictos y al enseñar a los jóvenes a adoptar normas y valores que favorecen el comportamiento violento. Un instrumento importante mediante el cual se difunden imágenes, normas y valores que instigan a la violencia son los medios de comunicación. La exposición de los niños y los jóvenes a las diversas formas de estos medios ha aumentado extraordinariamente en años recientes. Los nuevos tipos de medios —entre ellos los videojuegos, las video- cintas e Internet— han multiplicado las oportunidades de que los jóvenes estén expuestos a la violencia.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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32 Formación Ciudadana y Cívica

1. ANTECEDENTES DE LAS CONSTITUCIONES EN EL MUNDO

Su origen lo encontramos en la Grecia Clásica que tuvo como convicción que la comunidad política se gobierna por ley. Aristóteles fue quien desarrolló el concepto de Constitución. Para él existían tres buenas formas de gobierno: la monarquía -gobierno de un solo hombre, aristocracia gobierno de los mejores y democracia moderada -gobierno de muchos. Su degradación daría lugar respectivamente: tiranía, oligarquía y democracia exagerada. La mejor forma de gobierno, la de constitución, sería aquella que combinara elementos de las tres primeras de manera que cada clase de ciudadano tuviera garantizados sus derechos y aceptara sus responsabilidades en favor del bien común. Otro principio aristotélico, aún vigente, afirma que los gobiernos son responsables ante los gobernados y que todos los hombres son iguales ante la ley. Sólo que hay que recordar que para Aristóteles su sentido de igualdad lo aplicaba únicamente entre los hombres libres ya que el admitió la esclavitud. Cuando el cristianismo se convirtió en la religión predominante se defendió la concepción monárquica del gobierno, ya que en los últimos años del Imperio Romano, San Agustín postuló que las constituciones terrenas debían responder en lo posible al modelo de la ciudad de Dios, lo que se interpretó como la concentración del poder en un único soberano. Esta tesis se desarrolló durante la edad media y se postuló que el monarca recibía su mandato directamente de Dios, concepto que constituyó la base del absolutismo monárquico.

Los fundamentos teóricos del constitucionalismo se desarrollaron sobre las teorías del contrato social en los siglos XVII y XVIII , con Thomas Hobbes, John Locke, Barón de Montesquieu y Juan Jacobo Rousseau. Estas teorías originaron la doctrina liberal, contraria al absolutismo. La doctrina liberal propuso cambios en la forma de Gobierno y defendió los derechos políticos de los ciudadanos.

El contrato social los individuos cedían parte de la libertad absoluta que caracteriza el estado de naturaleza para poder contar con la seguridad que proporcionaba un gobierno soberano aceptado. Para Hobbes la soberanía debería concentrarse en un solo individuo, mientras Rousseau lo remitía a la voluntad general.

III Bimestre

Sociedad

Lic. Liszeth Cerna Ruiz

Constitución Política

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33 Formación Ciudadana y Cívica

Locke estableció la división de poderes dentro del gobierno y fue quien mayor influencia tuvo en la Declaración de Independencia y la Constitución de los Estados Unidos de América y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia realizadas a finales del siglo XVIII. La experiencia constitucional de Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos fue decisiva para el desarrollo del pensamiento liberal en el siglo XIX, durante el cual se promulgaron constituciones en la mayor parte de los países europeos y americanos. Cabe mencionar que las constituciones del siglo XIX tendían a ser breves y a contener sólo normas fundamentales. Desde la primera guerra mundial, sin embargo fue más frecuente incluir en el texto constitucional diversos principios referentes a temas sociales, económicos y políticos que anteriormente se remitían a las leyes ordinarias. 2. HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO

Es en la Edad Media cuando comienza el desarrollo y expansión de las constituciones. En esta época se extienden las cartas, especialmente locales, que regulan la existencia de los burgos, marcando los derechos y garantías correspondientes al pueblo. El constitucionalismo moderno parte de la época de las revoluciones liberales del siglo XVIII ( Revolución de Corcega ,Revolución Francesa, emancipaciones americanas, etc.) como respuesta al Antiguo Régimen y su sistema absolutista o autoritario. El siglo XIX supuso un desarrollo constante de esta idea de constitución, de división de poderes y de establecimiento del derecho moderno como hoy lo conocemos. Así, con el liberalismo, las constituciones se concretan y desarrollan mucho más que en ningún otro momento histórico.

Las primeras constituciones modernas (empezando con la estadounidense de 4 de marzo de 1789) estableciendo los límites de los poderes gubernamentales, y de protección de los derechos y libertades fundamentales con las primeras enmiendas de 15 de Diciembre de 1791 conocidas como Declaración de Derechos. El siguiente hito fundamental fue la Segunda Guerra Mundial, luego de la cual el proceso iniciado levemente en la Revolución Francesa tuvo un gran desarrollo y aceptación. Este proceso fue el reconocimiento de los Derechos Humanos que, desde entonces y de manera creciente, tiene una mayor aceptación como parte esencial de toda constitución. La norma fundamental no solo es, entonces, una norma que controla y estructura el poder y sus manifestaciones en una sociedad sino que además es la norma que reconoce los derechos que el Estado advierte en todas las personas. La Constitución no otorga los derechos, como tampoco lo hacen las múltiples declaraciones que internacionalmente se han pronunciado sobre el tema, los derechos humanos son precedentes a cualquier estado y superiores a cualquier expresión de poder que este tenga. Hasta el día de hoy el proceso demostró un desarrollo gracias al cual el modelo inicial del sujeto poderoso y violento pasó al pueblo soberano y superior en sus derechos a cualquier expresión del Estado. Hoy el sujeto poderoso no es una persona sino que es una entelequia creada por el pueblo y ocupada por él según las normas que este mismo estableció a través de una Constitución.

El punto más novedoso de este desarrollo se da con la certeza de que la mera declaración de derechos no hace a estos invulnerables a cualquier violación o intento de violación por parte tanto del Estado como de otras personas. En ese sentido el desarrollo del Constitucionalismo moderno se dedica al estudio de procedimientos que aseguren una adecuada protección a los derechos reconocidos. Algunos de estos procedimientos tienen un gran desarrollo histórico y teórico (como el Habeas corpus que data el siglo XIII) y otros son aun novedosos y tienen poco desarrollo (como el Hábeas data y la Acción de Cumplimiento).

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34 Formación Ciudadana y Cívica

3. CLASIFICACIÓN SEGÚN SU ORIGEN

Las constituciones se diferencian también en función de su origen político; pueden ser creadas por contrato entre varias partes, por imposición de un grupo a otro, por decisión soberana, etc.

Constituciones otorgadas Las constituciones otorgadas se dice que corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente las otorga; es decir, son aquellas en las cuales el monarca, en su carácter de titular de la soberanía, las otorga al pueblo. En este caso, se parte de las siguientes premisas:

Desde la perspectiva del monarca, es él quien la otorga por ser el depositario de la soberanía. Es una relación entre el titular de la soberanía –monarca— y el pueblo, quien simplemente es

receptor de lo que indique el monarca. Se trata de una Constitución en la cual se reconocen los derechos para sus súbditos.

Constituciones impuestas Las constituciones impuestas, el Parlamento las impone al monarca, refiriéndose al Parlamento en sentido amplio, con lo que se alude a la representación de las fuerzas políticas de la sociedad de un Estado, de los grupos reales de poder en un Estado que se configuran en un órgano denominado Parlamento. En este tipo de Constitución, es la representación de la sociedad la que le impone una serie de notas, determinaciones o de cartas políticas al rey, y éste las tiene que aceptar. Por lo tanto, existe en el caso de las constituciones impuestas, una participación activa de la representación de la sociedad en las decisiones políticas fundamentales.

Constituciones pactadas En las constituciones pactadas la primera idea que se tiene es el consenso. Nadie las otorga en forma unilateral, ni tampoco las impone debido a que si son impuestas y no se pactan carecerían de un marco de legitimidad. Estas constituciones son multilaterales, ya que todo lo que se pacte implica la voluntad de dos o más agentes; por lo tanto, son contractuales y se dice que parten de la teoría del pacto social. Así, se puede pactar entre comarcas, entre provincias, entre fracciones revolucionarias, etc. Las constituciones pactadas o contractuales implican: primero, una mayor evolución política que en aquellas que son impuestas u otorgadas; segundo, en las pactadas hay, una fuerte influencia de la teoría del pacto social; tercero, en aquellas que son pactadas este pacto o consenso se puede dar entre diversos agentes políticos Todos aquellos grupos de poder real que estén reconocidos por el Estado-. Así, aún tratándose de una monarquía, cuando se pacta los gobernados dejan de ser súbditos.

Constituciones aprobadas por voluntad de la soberanía popular Es cuando el origen del documento constitucional es directamente la sociedad, la cual por lo general se manifiesta a través de una asamblea. Por lo tanto, no es que la sociedad pacte con los detentadores del poder público, sino que la propia Constitución surge de la fuerza social. 4. CONCEPTOS BÁSICOS

- ¿Qué es la Constitución? Es el instrumento jurídico fundamental de los estados modernos, cuyos preceptos constituyen el marco conceptual de la organización jurídica y política de estos. La constitución es la ley máxima y superior de un estado soberano. Es la norma fundamental, que sustenta toda la actividad legal y de la competencia del Estado. Constituye un sistema de normas de características intangibles y básicas, es también llamada ley suprema o ley de leyes de un sistema político establecido.

- ¿Por qué es importante?

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35 Formación Ciudadana y Cívica

Porque sus principios y normas defienden la forma de gobierno de un país, la organización de sus poderes (ejecutivo, legislativo y judicial), constituyéndose una limitación a cualquier exceso en el ejercicio del poder, además precisa los presupuestos básicos. En este sentido sus normas son de mayor jerarquía señala que garantías y derechos civiles, políticos y sociales le son reconocidos a la ciudadanía.

- ¿Qué es una asamblea constituyente? Su función es elaborar una Constitución, una vez elaborada, sancionada y promulgada entonces se disuelve la Asamblea Constituyente. Ejemplo: La constitución de 1979, estuvo integrada por 100 constituyentes para su elaboración con la nueva constitución se eligió a un congreso de 24 legisladores entre diputados (180) y senadores (60)

- ¿Qué es un congreso constituyente? Máxima instancia deliberativa cuya función principal es la elaboración o revisión de una Constitución, puede asumir las funciones legislativas; en algunas circunstancias, también concentra todos los poderes constituidos. El Perú ha experimentado congreso constituyente en 1822, 1931 y 1993 3.TIPOS DE CONSTITUCIÓN

a) Constitución Breve: Es aquella que se caracteriza por se lacónica, evitando las definiciones extensas y resumiéndose en el menor número de artículos. Ejemplos: - Constitución de Irlanda (63 artículos) - Constitución de Dinamarca (89 artículos) - Constitución Francesa (92 artículos) - Constitución Liberal del Perú (137 artículos – 1867). b) Constitución Extensa: Se clasifican con este nombre a las Constituciones que cuentan con alto número de artículos, buscando precisar y detallar con extensión sus instituciones. Ejemplos: - Constitución de Alemana (181 artículos - 1919) - Constitución de la India (395 artículos - ) - Constitución Venezolana (252 artículos) - Constitución del Perú (307 artículos – 1933). c) Constitución Flexible: Es aquella Constitución, cuyo acto de reformar, puede ser efectuado por órgano legislativo ordinario, son mayor dilación, poseyendo sus reformas o enmiendas la misma jerarquía constitucional. d) Constitución Rígida: Es aquella constitución, suyo acto de reforma requiere de un trámite y procedimiento ineludible, que implica mucho más que un mero acto legislativo ordinario. Solo respetándose estos requisitos, señalados por la propia constitución, es admisible la legalidad de dichas reformas o enmiendas. e) Constitución ratificada: Según su origen es la constitución que antes de regir, es sometida a un proceso de aprobación por la ciudadanía en general, vía referéndum. Ejemplos: - Constitución Española de 1978.

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36 Formación Ciudadana y Cívica

- Constitución Ecuatoriana de 1976. - Constitución Peruana del 1993. f) Constitución Escrita: Es aquella plasmada a través de uno o varios documentos escritos de difusión pública.

1. HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO PERUANO Las Constituciones que ha tenido la República Peruana, desde su establecimiento, han sido más de doce textos constitucionales -doce, si no se toman en cuenta estatutos ni reglamentos provisorios, ni las constituciones de los Estados Nor y Sur Peruanos.

Además, es necesario considerar otras cuatro constituciones que fueron aplicadas, nominal o efectivamente, en el territorio peruano, dos antes de su independencia: la constitución de Bayona (que es considerada como un estatuto, al haber sido impuesta por las fuerzas napoleónicas ocupantes) y la española de 1812 (llamada popularmente la "Pepa"), y dos durante el breve lapso de su escisión en las repúblicas Nor-Peruana y Sud-Peruana y la ley fundamental para la Confederación Perú-Boliviana.

La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la República, en 1821, luego de que José de San Martín decretara la independencia del Perú. En esas circunstancias surgió la necesidad de elaborar y aprobar, al igual que se había dado ya en otras naciones, una constitución que estableciera la forma de organización de Estado que se iba a dar al Perú. Es en este episodio donde se llevó a cabo el primer debate del recién convocado Congreso Constituyente. La posición de San Martín y de algunos precursores como Hipólito Unanue era establecer en el país una monarquía constitucional. Por otro lado, también la facción republicana tenía muchos adeptos, siendo ésta posición la que finalmente se impuso en el Congreso. Desde entonces, el Perú ha sido regido por varios textos constitucionales de distintas orientaciones, cada una de ellas graficó la tendencia política predominante en ese preciso momento histórico. Estatuto de Bayona Nunca rigió en el Perú virreinal, por lo que la primera Constitución aplicada en el Perú fue la Constitución de Cádiz promulgada el año 1812. Constitución de Cádiz Constitución jurada en todas las intendencias del virreinato y aplicada parcialmente por el virrey Abascal durante los años 1812 - 1814 y en el periodo de los virreyes Pezuela y La Serna durante los años 1820 - 1824.

Constitución Política del Perú

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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37 Formación Ciudadana y Cívica

La importancia de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812 radica en que sirvieron de cauce para la difusión de la libertad de pensamiento y el ejercicio de las prácticas electorales. En efecto, gracias a la libertad de imprenta surgieron diversas publicaciones políticas difusoras de las nuevas corrientes de pensamiento herederas de la ilustración.

Del mismo modo, mediante las prácticas electorales para la elección de alcaldes y regidores, diputados provinciales y representantes a las Cortes, los "peruanos" empezaron a ejercer los derechos de ciudadanía y considerarse "iguales" a los peninsulares. Durante el periodo de 1812 - 1814 hubo tres procesos electorales para elegir a los miembros de los ayuntamientos constitucionales de las principales ciudades del Perú (sin contar la infinidad de elecciones en los ayuntamientos de los demás pueblos y ciudades). Hubo dos procesos electorales para elegir a los diputados del Perú ante las Cortes españolas (22 propietarios y 10 suplentes) y para elegir a los miembros de las Diputaciones Provinciales (Diputaciones Provinciales de Lima y del Cusco). Las instituciones de la Constitución de Cádiz que tuvieron vigencia en el Perú fueron la escuela de muchos de los políticos que forjarían nuestra vida republicana. En ello radica su importancia. Por tanto, no debe caerse en el error de considerar a esta Constitución como la fuente de inspiración de la Constitución de 1823, como aparentemente lo daria a entender una comparación superficial del articulado de ambas constituciones. Esa semejanza tuvo otra razón y es la que manifestó José Faustino Sánchez Carrión (encargado de la redacción del articulado del Proyecto de Constitución y del Discurso Preliminar o Exposición de Motivos) a José Larrea y Loredo en una de sus cartas 2. ANTECEDENTES Luego de la Proclamación de la Independencia del Perú el 28 de Julio de 1821, el estado necesitaba de una constitución que reglamentará tanto los derechos como obligaciones de los gobernantes como de la población. Por ello la preparación de la primera constitución paso por las siguientes etapas: Reglamento Provisional.-dictado por San Martín en Huaura el 12 de febrero de l82l, contenía veinte artículos y extensos considerandos. Dividía el territorio del Perú en cuatro departamentos que fueron Trujillo, Tarma, Huaylas y la Costa. Se fijaban las atribuciones de los Presidentes de Departamentos, de los jefes de partido y de los Tenientes Gobernadores de los pueblos. Estatuto Provisional.- aún antes de haberse instalado el Primer Congreso Constituyente (se instaló el 20 de setiembre de 1822) se procedió a jurar el Estatuto Provisional del Estado. Rigió del 8 de octubre de l821 al 17 de diciembre de 1822. Constaba de diez secciones y fue dictado por San Martín a fin de regularizar sus poderes como Protector del Perú y establecer algunas pautas constitucionales y administrativas. Bases de la Constitución Política de la República Peruana.- aprobada por el Primer Congreso Constituyente el 17 de diciembre de 1822 rigió hasta el 12 de noviembre de 1823. Constaba de 24 artículos. CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA PERUANA 1823 El general San Martin, por decreto de diciembre de l82l, convocó a un Congreso General Constituyente, cuyos objetivos serían establecer la formación definitiva de Gobierno y dictar la constitución que más conviniera a la nación. Fue aprobada por el Primer Congreso Constituyente, la promulgó el Presidente de la República José Bernardo Torre Tagle el 12 de noviembre de l823, no llego a regir ya que días antes se había acordado que quedarían en suspenso los artículos constitucionales incompatibles con el ejercicio de

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las amplias facultades otorgadas al libertador Simon Bolivar, y hasta que los hechos de la emancipación varíen. En 1826 se promulgó la constitución vitalicia. Por decreto ley del 11 de julio de 1827 al mismo tiempo que se declaraba nula y sin valor la constitución vitalicia, se ponía en vigor la de 1823, con modificaciones y reemplazos que robustecían al Poder Ejecutivo y ampliando las atribuciones de la república. Estructura Constitución de marcada tendencia liberal entre los aportes básicos figuraban el reconocimiento del Sistema Republicano, se designó la religión Católica como Oficial, se estableció el sistema de Poderes Tripartito (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Además la libertad de los nacidos en el Perú después de 1821 (favoreciendo a los esclavos), se considero como electores a los hombres mayores de edad, analfabetos y poseedores de alguna renta. El presidente lo elegía el congreso. La debilidad en esta constitución fue el papel secundario dado al Poder Ejecutivo, en un momento de creciente anarquía política. Total de Artículos: 193 CONSTITUCION POLITICA DE 1826 Bolívar quería que Perú, Bolivia y Colombia tuvieran una constitución uniforme, y establecer con las tres repúblicas, una federación de la que sería Presidente Vitalicio.. El consejo de Gobierno declaró el 30 de noviembre de 1826 que era ley fundamental del Estado Peruano y que el libertador Bolívar sería su Presidente Vitalicio bajo el título de Padre y Salvador del Perú. Por lo tanto, la constitución conocida como la Vitalicia rigió sólo siete semanas hasta el 27 de enero de 1827. Estructura La constitución vitalicia reconocía cuatro poderes: el electoral, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El electoral lo ejercían inmediatamente los ciudadanos. Para ser ciudadano se requería tener la nacionalidad peruana, saber leer y escribir, tener un empleo o industria o profesar alguna ciencia o arte. El poder legislativo emanaba directamente de los Colegios Electorales, residía en tres cámaras: Tribunos, que debían durar cuatro años; Senadores que debían durar ocho y Censores que eran vitalicios. El Poder Ejecutivo estaba representado por un Presidente Vitalicio, un Vicepresidente y cuatro Ministros de Estado. El poder Judicial conformado por los Colegios Electorales formarían las ternas para los Magistrados y Jueces y los titulares serían designados por el Senado. Los de la Corte Suprema eran escogidos por los censores entre listas preparadas por el Senado. Los colegios electorales, tenían intervención en la reforma de la constitución, la que no podía ser suspendida. Abolía el gobierno municipal y sus funciones específicas, se atribuían a las autoridades políticas, a los prefectos. Total de Artículos: 150 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA PERUANA (1828) Producida la caída del régimen bolivariano, expulsadas las tropas colombianas, derogada la Constitución Vitalicia, todo esto implicaba una derrota autoritaria. Los liberales estaban en el poder. Inmediatamente convocaron a un Congreso General Constituyente. La constitución de 1828 fue sancionada por el Congreso General Constituyente el 18 de marzo de 1828 y promulgada por el Presidente General La Mar el 20 de abril. En Julio de 1833 fue derogada para reformarla, dejando de regir el 10 de junio de 1834. Estructura Fue de tendencia liberal. Concedía el sufragio a todos los hombres libres nacidos en el territorio del Perú sin excepción, mayores de veintiún años o casados.

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La elección de Presidente y Vicepresidente se efectuaba nombrando cada colegio dos individuos de los que uno por lo menos, no debía ser natural ni vecino del departamento. El ejercicio de la soberanía residía en tres poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Poder Legislativo estaba formado por dos cámaras, la de senadores y diputados. El Poder Ejecutivo se encontraba limitado por las funciones que correspondían a las Juntas Departamentales. El Poder Judicial en el que los jueces eran inamovibles, salvo destitución por sentencia legal. Total de Artículos: 182 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA PERUANA (1834) Al gobierno personal, autoritario y arbitrario de Gamarra le incomodaron, en todo momento, las limitaciones y controles que establecía la Carta que regía. La comisión encargada de la constitución de 1828 tenía listo un proyecto de reforma, que fue aceptado casi sin variaciones por los demás miembros de la comisión, presentándolo al plenario el 28 de noviembre. La convención eligió Presidente Provisional al General Luis José Orbegoso el 20 de diciembre de 1833 hasta que fuera elegido definitivamente con arreglo a la reforma constitucional. La constitución fue promulgada por Orbegoso el 10 de junio de 1834. Estuvo vigente hasta el 22 de agosto de 1839 fecha en la que fue declarada mediante ley insubsistente. En realidad no llego a regir debido a que al año siguiente de su promulgación Salaverry implanto la Dictadura. Estructura La constitución de 1834 reproduce casi literalmente la constitución de 1828. Las diferencias que hay son de detalle y los artículos modificados no llegan a veinte. Una importante modificación fue la supresión de la prohibición que contenía la carta anterior de federarse a otro estado. De haberse mantenido no se habría podido realizar la Confederación Peruano-Boliviana. El derecho a voto fue negado a los soldados, cabos y sargentos, excluyo a los sirvientes, domésticos y mendigos, pero sí a los analfabetos. Sólo se le concedió al Presidente de la República la facultad para nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la república del delito de traición a la patria y a los demás cuando cesaran en el gobierno. Prohibía la reelección inmediata ya que sólo podría ser reelegido después de un periodo semejante. Suprimió el cargo de Vicepresidente. Total de Artículos: 187 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA PERUANA (1839) Gamarra investido de la autoridad suprema con el título de Presidente Provisorio, se le otorgó a Gamarra honores y el título de Restaurador del Perú, y Generalísimo de las Fuerzas del Mar y Tierra. Declaró insubsistente la constitución de 1834 el 22 de agosto. Conocida como la «Constitución de Huancayo» por ser esta la ciudad donde se redactó. Fue aprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el Mariscal Agustín Gamarra el 10 de noviembre de 1839. La constitución de Huancayo rigió doce años de 1839 a 1842 y de 1845 a 1854. La convención nacional reunida inmediatamente después del triunfo liberal de Castilla en La Palma, declaró el 22 de octubre de 1855, que estaba derogada por voluntad nacional. Estructura Una república popular, representativa, consolidada en la unidad, responsable y alternativa, fue la base del régimen, adoptada por la Carta de Huancayo. Distingue por primera vez, nacionalidad de ciudadanía. Para ejercerla se necesitaba tener veinticinco años o ser casado, saber leer y escribir, excepto los indígenas y mestizos hasta el año 1845, y pagar alguna contribución. El jefe del Poder Ejecutivo era el Presidente de la República, cuyos poderes fueron reforzados. Era elegido por el pueblo en forma indirecta, mediante los colegios electorales. En caso de empate o de que ninguno de los candidatos obtuviera la mayoría necesaria, el Parlamento elegía entre los tres que hubieran obtenido mayor número de sufragios. La duración del mandato presidencial que siempre se había fijado en cuatro años, lo ampliaba a seis años. Se prohibió la reelección, salvo el transcurso de un período. Suprimió la inamovilidad del Poder Judicial. Sus Magistrados podían ser trasladados, suspendidos y aún removidos por el Poder Ejecutivo. Total de Artículos: 192 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA PERUANA (1856)

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Estando en el gobierno de Echenique, Ramón Castilla vence al ejército en «La Palma», pasando Castilla a ser Presidente Provisional. Previa a la constitución se elaboró el Estatuto Provisorio dado por la Convención Nacional hasta que se aprobará la Nueva Carta Política. Promulgada por el presidente Mariscal Ramón Castilla el 19 de octubre de 1856. Dejó de regir el 13 de noviembre de 1860. Estructura La constitución de 1856 redujo el mando presidencial a cuatro años en vez de seis; no se considero la vicepresidencia. La división del congreso en senadores y diputados se haría por sorteo y no por votación. Modificó la forma de elegir al Fiscal de la Nación y a los miembros del Ministerio Fiscal. Se reestablecieron las Juntas Departamentales y las Municipales con extensas atribuciones. Se creó un Consejo de Ministros, eliminando el Consejo de Estado y negó al gobierno la facultad de suprimir las garantías individuales, limitándolo sólo en casos en la esfera constitucional, y previa autorización del Congreso. Se reconocía el derecho de la cámara de diputados de poder acusar al presidente por impedir la reunión del congreso o intentar disolver o suspender sus sesiones. El Consejo de Ministros era una entidad autónoma. El congreso podía intervenir en los nombramientos militares. Las juntas departamentales tenían la injerencia en la designación de los Prefectos y Subprefectos. La obediencia militar estaba subordinada a la constitución y a las leyes. Estableció el sufragio directo para todos los peruanos que supieran leer y escribir. El presidente era elegido por votación directa. Total de Artículos: 140 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1860) Producida la disolución de la convención por insurrección en noviembre de 1857 el Consejo de Ministros convocó a los pueblos a elegir Presidente, Vicepresidente de la República y a los representantes del Congreso. El Congreso se reunió el 12 de octubre de 1858 ratificando al Mariscal Castilla como Presidente. Luego de la votación para reformar la constitución se procedió a designar la comisión de constitución. Aprobada por el Congreso Ordinario el 13 de noviembre de 1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla. Fue suspendida durante la guerra con Chile en diciembre de 1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919. Fue por lo tanto, la constitución de más vigencia en la historia del Perú. Estructura La constitución de 1860 constaba de XIX títulos, generales y siete disposiciones transitorias. La iglesia y el estado estaban unidos y se prohibía el ejercicio público de otra religión que no fuera la Católica Apostólica y Romana. Volvió al régimen bicameral es decir, de senadores y diputados. La reelección fue prohibida. Se suprimió el sufragio directo ya que como se alegó el país no estaba preparado para ello. Total de Artículos: 138 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1867) Triunfante la revolución iniciada en Arequipa y organizado el gobierno de la dictadura bajo la presidencia del general Mariano Ignacio Prado, mediante decreto del 28 de julio de 1866 convocó a elecciones simultáneamente para Presidente y para un Congreso Constitucional. Aprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el Presidente General Mariano Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867. La constitución no llegó a ser juramentada en Arequipa, pues fue quemada públicamente en dicha ciudad. La constitución sólo estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1868, o sea menos de cinco meses. Estructura Establece la total libertad de la enseñanza primaria, media y superior y la fundación de universidades con tal que no atacaran la moral o la seguridad pública. Vuelve el sufragio popular directo, concediéndole a todos los ciudadanos, en ejercicio a partir de los veintiún años. Mantenía la prohibición de la reelección inmediata. Suprimió la vicepresidencia, asumiendo la presidencia en caso de vacancia, el Presidente del Consejo de Ministros. La elección del Presidente se hacía por el pueblo, y en su defecto por el Congreso.

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El 27 de diciembre de 1879 don Nicolás de Piérola con la aprobación de sus Ministros, expedía un Estatuto Provisorio para regularizar los actos de la dictadura, mientras se establecían en la república las instituciones definitivas. Constaba sólo de doce artículos. CONSTITUCIÓN PARA LA REPÚBLICA DEL PERÚ (1920) En las elecciones de 1919 triunfó el candidato Augusto B. Leguia. La promulgación de la constitución se efectuó el 18 de enero de 1920, en el 385avo Aniversario de la Fundación de Lima y desde la Casa Municipal por el presidente Leguia. Rigió hasta el 9 de abril de 1933 aunque había dejado de regir desde agosto de 1930. Estructura La constitución de 1920 suprimió la Vicepresidencia de la República. La eliminación de los senadores y diputados suplentes. La prohibición de percibir más de un sueldo pagadero por el estado para evitar emulaciones ilícitas. En las garantías sociales aparecieron las condiciones de trabajo, el salario mínimo, la función social de la propiedad, la conciliación y el arbitraje obligatorio en los conflictos entre el capital y el trabajo. Los servicios asistenciales, el fomento de la maternidad, la protección del niño y la defensa de la raza indígena. La declaración que el profesorado es carrera pública, la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza en sus otros grados. Se suprimió, poco después, la prohibición constitucional de la reelección presidencial viviéndose entre 1920 y 1930, en un régimen personal en un gobierno de perpetuidad indefinida. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1933) El 22 de agosto de 1930 en Arequipa estalló una revolución dirigida por el comandante; Leguía renunció al mando el 25 de agosto. Asumió el mando Sánchez Cerro el 2 de setiembre de 1930. La constitución quedó lista a fines del año 1932, fue promulgada el 18 de enero de 1933 por el presidente Luis Sánchez Cerro. Posteriormente durante el gobierno de Benavides en el año 1939 se convocó a un Plebiscito para modificar o suprimir ciertos artículos de la carta de 1933.. La carta de 1933 cumplió a la promulgación de la de 1979, en julio de ese año más de 46 años. Estructura En la constitución de 1933 funciona el Consejo de Ministros con un Presidente propio; el Presidente de la República no podía nombrar ni remover a los miembros del gabinete sin el consentimiento del Premier, los Ministros podían ser diputados o senadores; el Presidente de la República era elegido por el sufragio popular directo. El poder ejecutivo declaro que el presidente de la república es el Jefe del Estado y personifica a la Nación; prohibe la reelección presidencial inmediata. Se mantenía la libertad de prensa, reconocía la libertad de conciencia y creencia y que cualquier religión goza de libertad para el ejercicio de su culto público. Las modificaciones fueron muy pocas, la creación de la vicepresidencia de la república, la ampliación de cinco a seis años del mandato presidencial y parlamentario, el voto a los religiosos y la renovación conjunta de ambos poderes. Total de Artículos: 236 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1979) Por decreto-ley del 4 de octubre de 1977, el gobierno revolucionario, cuyo gobernante era el general Francisco Morales Bermúdez. La constitución de 1979 fue promulgada por la propia Asamblea Constituyente el 12 de julio de 1979. Fue ratificada por el presidente constitucional Fernando Belaunde Terry el 28 de julio de 1980. Rigió hasta el 29 de diciembre de 1993. Estructura La constitución de 1979 poseía un nuevo articulado fundamental de los derechos sociales, económicos, culturales, educativos, políticos y de trabajo. Proclamó la soberanía y la jurisdicción

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marítima hasta las 200 millas. La aceptación de la doble nacionalidad siempre en base a la reciprocidad. La intervención de la juventud en la actividad política, ratificándose el voto a los mayores de 18 años; elimina la diferencia entre hijos legítimos e ilegítimos; creo la igualdad de oportunidades para la mujer en todos los campos. Propiciaba la libertad de prensa, garantizaba la propiedad de los diarios y los medios de difusión masiva. Por primera vez permitía que el presidente de la república disuelva la cámara de diputados si esta censuraba a tres gabinetes, reforzando la estabilidad de los ministerios. El presidente era elegido por sufragio directo por más de la mitad de los votos, de no obtenerlo se pasaba a una segunda elección entre los dos candidatos más votados. Se estipulaba las dos vicepresidencias. No estaba permitida la reelección inmediata. Consagra la jornada de 8 horas y la estabilidad laboral; la protección del trabajo a los menores, mujeres y trabajadores nocturnos; la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores y el acceso de todos ellos y sus familiares a la Seguridad Social. Proclama el derecho de los padres a intervenir en la educación de sus hijos. Total de Artículos: 307 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (1993) El 5 de abril de 1992 el Presidente de la República Alberto Fujimori disuelve el Congreso con apoyo de las Fuerzas Armadas. Ese mismo año se convoca un Congreso Constituyente Democrático para que elabore la nueva carta magna. Aprobada y sometida a Referéndum Nacional el 31 de octubre de 1993 por el pueblo peruano. Promulgada el 29 de diciembre de 1993 por el Presidente Fujimori y el Congreso Constituyente Democrático entrando en vigencia el 30 de diciembre de 1993. Esta constitución se encuentra actualmente en vigencia. Estructura La actual carta magna presenta algunas innovaciones además de omisiones con su antecesora la constitución de 1979. Considerando los avances tecnológicos se agrega que ningún servicio informático, computarizados o no, público o privado, puede dar información que pueda afectar la intimidad personal y familiar. En lo referente a la libertad de creación se especifica la propiedad de las creaciones y su producto. En lo referente a la educación se señala como obligatoria la educación inicial, primaria y secundaria. Deja de existir la estabilidad laboral. Aparece el Referéndum como consulta popular mediante voto para la reforma de la constitución, ordenanzas municipales, descentralización. El voto es obligatorio desde los 18 años hasta los sesenta en que pasa a ser facultativo. El Congreso consta de una sola cámara (antes eran dos de diputados y senadores), siendo el número de congresistas 120. El congreso puede iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público. En lo que respecta al Consejo de Ministros, para ser Ministro además de los requisitos de la carta del 79 también lo pueden ser los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. El Presidente puede disolver el congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos consejos de ministros (antes eran tres). La pena de muerte además por Traición a la Patria puede ser aplicada en caso de terrorismo, teniendo en cuenta las leyes y tratados en los que el Perú este obligado a los contrario. Se crea la Defensoría del Pueblo. Se permite la reelección inmediata por un periodo presidencial adicional. Se divide el sistema electoral en tres instituciones el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Total de Artículos: 206.

5. .ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN Nuestra constitución está constituida por tres partes. a) Preámbulo:

Es una declaración que explica y justifica el contenido de la constitución.

b) Texto o cuerpo:

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El esto está integrado por el articulado de la constitución, versa sobre los derechos y deberes fundamentales de las personas, la organización del estado se estructura y garantiza la vigencia de la constitución. Se presentan 6 títulos, 14 capítulos y 206 artículos.

c) Disposiciones Finales y Transitorias: Estas disposiciones establecen y reconocen ciertos puntos de la constitución.

NACIONALIDAD Para que el lazo que une a las personas con una determinada nación, sea vínculo de derecho, ha de existir el ordenamiento jurídico en que se establezca dicho vínculo;y además, es necesario que, previamente, se haya constituido el Estado. La Nacionalidad la podemos definir como el vínculo jurídico que existe entre una persona y el Estado. A pesar del reconocimiento de la autonomía de cada régimen de nacionalidad estatal, se impone, en la convivencia mundial, asegurar que ninguna persona puede estar desprovista de nacionalidad. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre señala en su artículo XIX: "Toda persona tiene derecho a la nacionalidad que legalmente le corresponda y el de cambiarla, si así lo desea, por la de cualquier otro país que esté dispuesto a otorgársela", y la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 15 expresa. "1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad". La nacionalidad puede derivar de diversas fuentes, algunas provenientes de la misma naturaleza y otras que se originan en la libre voluntad del Estado manifestada en las normas de la Constitución o de la ley. LA CIUDADANÍA Suele confundirse la ciudadanía con la posibilidad de ejercer el derecho a sufragio, situaciones que si bien están relacionadas, no se identifican. La Ciudadanía es el estatus o condición jurídica de plenitud que el hombre logra en el sistema político. La ciudadanía supone los derechos que cada individuo ostenta por ser tal, más los derechos que otorga la nacionalidad, más el goce de derechos políticos. Suele confundirse la cidadanía con la posibilidad de ejercer el derecho a sufragio, situaciones que si bien están relacionadas, no se identifican. Por ello la ciudadanía tiene un mayor alcance que los meros derechos políticos (dentro de ellos se encuentra el derecho a sufragio), porque existirán situaciones en que la ciudadanía sea condición para el ejercicio de otro tipo de derechos, por ejemplo, para entrar en la administración pública. Además, es posible por excepción, que el disfrute de algunos derechos de carácter político sea otorgado a quien no sea nacional y, por tanto carezca de ciudadanía.

NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

Nacionalidad y Ciudadanía

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Artículo 30°. Son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral. Artículo 31°. Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica. Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación. Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad. Es nulo y punible todo acto que prohiba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos. Artículo 52°. Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú. Artículo 53°. La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana.

La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Se diferencia de otras normas de conducta en su carácter heterónomo (impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones tangibles) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el estar convencido de la misma). Para algunos, las normas jurídicas se diferencian de las reglas del derecho, porque las primeras tienen intención prescriptiva, mientras que las reglas tienen carácter descriptivo. Inclusive de esta manera podrían estar presentes en un mismo texto. Además, el término está muy relacionado con el de derecho. A éste último concepto pueden atribuírsele diferentes sentidos, siendo uno de los más recurrentes el de ordenamiento o sistema de normas jurídicas.

Norma Jurídica

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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La relación entre ordenamiento jurídico y norma es el de todo con la parte. Es de carácter cuantitativo. El ordenamiento jurídico estaría constituido por el conjunto de las normas jurídicas. Es común que se confunda el concepto de norma jurídica con el de ley o legislación. Sin embargo, la ley es un tipo de norma jurídica, pero no todas las normas son leyes, pues son normas jurídicas también los reglamentos, órdenes ministeriales, decretos y, en general, cualquier acto administrativo que genere obligaciones o derechos. Cabe agregar que constituyen norma jurídicas aquéllas emanadas de los actos y contratos celebrados entre particulares o entre éstos y órganos estatales cuando actúan como particulares, sujetándose a las prescripciones de derecho privado.

FUNCIONES Función motivadora: La norma trata de motivar para que se abstengan de violar las condiciones de convivencia y en especial, de dañar ciertos bienes jurídicos. Función protectora: La norma trata de proteger las condiciones de convivencia y en especial ciertos bienes jurídicos.

CLASIFICACIONES Clasificación en función de la voluntad del individuo

Normas imperativas: Obligan independientemente de la voluntad del individuo. Normas dispositivas: Obligan cuando no existe una voluntad expresa en contrario del

individuo. Algunos autores incluyen dentro de esta categoría a las normas supletivas. También puede considerarse como dispositiva la norma interpretativa, es decir, aquella que va encaminada a determinar e interpretar la voluntad de las partes.

Clasificación hartiana

Hart señalaba que lo que diferencia al derecho de otros sistemas normativos es que está formado por otros sistemas de normas: normas primarias y normas secundarias.

Normas primarias: son las normas de conducta, las normas de comportamiento y que califican como prohibido, permitido y obligatorio.

Normas secundarias: son las normas que no tienen por objeto crear obligaciones sino atribuir

poderes o facultades. Mientras que las normas primarias imponen deberes y crean obligaciones, las secundarias pueden ser públicas o privadas. Normas de cambio: son aquellas normas que nos indican cómo pueden derogarse total o

parcialmente las normas del ordenamiento jurídico. Nos dicen también cómo es posible modificarlas y cómo introducir nuevas normas. Son las llamadas normas sobre la producción de normas. Además, estas normas determinan quién puede hacer estos cambios.

CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS Son heterónomas: Esto supone, en primer término, que la norma jurídica no ha sido dictada por el mismo sujeto obligado, sino por otros sujetos encargados de emitir la orden. En otras palabras, la norma jurídica impone una obligación que no fue creada por el sujeto obligado, sino que impuesta, independientemente de su voluntad. Son abstractas: Salvo excepciones, las normas jurídicas regulan situaciones tipo, que pueden ser aplicadas al común de los casos. Las normas jurídicas no se refieren a casos particulares sino a una generalidad de situaciones posibles. Así, por ejemplo, no existe la ley que diga que si Pedro no paga su deuda a

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Juan, deberá indemnizarlo; sino que prescribe que si el deudor de una obligación no paga será obligado a indemnizar los perjuicios que ello ha ocasionado a su respectivo acreedor. Son coercibles: Esto quiere decir que su cumplimiento no es voluntario, sino que, el ordenamiento jurídico ha previsto que, en caso de incumplimiento se aplicará sanción incluso por medio de la fuerza pública. La coerción es, consecuentemente, la facultad de emplear la fuerza en caso que la norma se incumpla. Son bilaterales: La norma jurídica establece, como contenido de la misma, derechos y deberes correlativos.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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Nombre Oficial: República del Perú. Según el artículo de la nueva Constitución Política, promulgada el 29 de diciembre de 1993, el Perú es una república democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su Gobierno es unitario, representativo, y descentralizado y se organiza según el principio de la separación de los poderes. A. CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO PERUANO ACTUAL Estas características están determinadas por la Constitución Política de 1993 vigente hasta hoy, que en su art. 43 dice que el Estado Peruano es: Una Republica Democrática, ya que en ella se ejerce un gobierno representativo, elegido por el pueblo mediante sufragio universal. Social, porque es una democracia que debe beneficiar a toda y no solo algunos individuos. Independiente, porque no tiene relaciones de subordinación ante ningún otro Estado. Soberana, porque el Estado peruano no tienen restricciones para ejerce su poder dentro de los limites de su territorio. Gobierno Unitario, es decir, posee un solo gobierno central y una sola Constitución que tiene vigencia para todos los peruanos. Los departamentos o provincias no tienen, por lo tanto, autonomía política.

IV Bimestre

Sistema

Democrático

Lic. Liszeth Cerna Ruiz

El Estado Peruano

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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EL PODER LEGISLATIVO El poder legislativo es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado. Su función específica es la aprobación de las leyes. Generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea de representantes). Charles de Secondat, Barón de Montesquieu propuso en su célebre libro "El Espíritu de las Leyes", que era necesario que las funciones del Estado se dividieran entre distintos poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), para que mediante un arreglo de las cosas el poder controle el poder, a fin de evitar la tiranía. Muchas constituciones modernas, siguiendo el modelo que establece el Artículo Primero de la Constitución de los Estados Unidos, establecen un poder legislativo bicameral (esto es: compuesto de dos cámaras, por ejemplo el senado y la cámara de representantes o cámara de diputados). En muchos otros países, al contrario, hay un sistema unicameral. El Congreso se elige por un período de cinco años. Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años y gozar de derecho de sufragio. Los congresistas pueden pedir a los otros funcionarios de la administración pública los informes que estimen necesarios. Según la Constitución son atribuciones del Congreso: Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes y disponer lo conveniente para hacer efectiva

la responsabilidad de los infractores. Aprobar los tratados de conformidad con la Constitución. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución. Ejercer el derecho de amnistía. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República,

siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional. Autorizar al Presidente de la República de la República para salir del país.

El Congreso puede interpelar, censurar o quitar la confianza al consejo de ministros o a cualquiera de los ministros. A su vez, ratifica los nombramientos de los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios así como los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema. D. EL PODER EJECUTIVO El poder ejecutivo es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un estado (los otros dos son el poder judicial y el poder legislativo). Dentro del poder ejecutivo se suelen diferenciar las figuras de Jefe de Estado, Gobierno y Administración. En caso de los ejecutivos monistas, en los sistemas presidenciales, la figura del Presidente de la República (u otro homólogo) acumula las atribuciones de Jefe de Estado y de Gobierno y su relación con los ministros se basa en la delegación de funciones. El Poder Ejecutivo es el órgano administrador del estado. Su atribución es cumplir y hacer cumplir las leyes. El Presidente de la República es elegido por sufragio directo y por más de la mitad de votos. Para ser candidato a la Presidencia de la República se requiere tener más de 35 años de edad al momento de la postulación. El mandato presidencial es de cinco años y puede ser reelegido, de

Poderes del Estado

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inmediato, para un período tradicional. También se elige en las mismas condiciones al 1° y 2° Vicepresidente de la República.

Entra las obligaciones del Presidente de la Republica, están: Cumplir la Constitución, tratados y leyes; dirigir la política general del gobierno; velar por el orden interno y la seguridad externa; convocar a elecciones y legislatura extraordinaria del Congreso; dictar decretos legislativos con fuerza de ley, por delegación del Congreso; reglamentar las leyes y resoluciones legislativas.

Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República: Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y leyes. Representar al Estado dentro y fuera de la República. Dirigir la política general del Gobierno. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República. Convocar a elecciones para Presidente de la República y para representantes del Congreso, así

como para convocar al Congreso a legislatura extraordinaria. Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas y dentro de tales

límites, dictar decretos y resoluciones. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los tribunales y juzgados, y requerido

para la pronta administración de justicia. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, y celebrar y ratificar tratados. Presidir el Sistema de Defensa Nacional, y organizar, distribuir y disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, la integridad del territorio y de la

soberanía del Estado. Declarar la guerra y firmar la paz con autorización del Congreso. Administrar la hacienda pública, negociar los empréstitos y dictar medidas extraordinarias en

materia económica y financiera, cuando así lo requiera el interés nacional y con cargos de dar cuenta al Congreso.

Regular las tarifas arancelarias. Conceder indultos y conmutar penas, etc. Los jueces de paz provienen de elección popular. Cada uno de los órganos del Poder Judicial es autónomo en el ejército de sus funciones. El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o

negado su confianza a dos Consejo de Ministros. Debe, a su vez, convocar a elecciones dentro de los cuatro meses a la fecha de disolución. No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato.

Finalmente puede decretar estado de emergencia en caso que hubiere perturbación de la paz o del orden interno y de catástrofe, en cuyo caso se suspenden algunos derechos constitucionales en todo el país o en parte de él, sólo por sesenta días. También puede decretar estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil. Los Ministros tienen a su cargo la dirección y gestión de los servicios públicos de su Ministerio. Los Ministros reunidos forman el ―consejo de ministros‖, al que corresponde aprobar los proyectos de ley que el presidente someta al Congreso y los decretos legislativos que dicta el Presidente, y deliberar sobre asuntos de interés público. El Consejo de Ministros tiene un presidente. El Consejo es dirigido por el Presidente de la Republica cuando lo convoca o asiste a sus sesiones. El Presidente del Consejo es nombrado y removido por el Presidente de la Republica, quien nombra y remueve a los ministros, a propuesta y con acuerdo del Presidente del Consejo.

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Ministerios que Integran el Poder Ejecutivo Lo integran los siguientes Ministerios:

Relaciones exteriores: encargado de la política exterior, realiza la función diplomática y gesta los asuntos internacionales. Negocia y suscribe tratados internacionales. Participa en asuntos de integración y en las políticas y asuntos económicos y financieros. Interior: encargado de las actividades de gobierno interior, seguridad interna, orden público y movimiento migratorio. Tiene a su cargo el funcionamiento de las fuerzas policiales. Justicia: encargado de promover la administración de justicia, de la política de readaptación social en los establecimientos plenipotenciarios y de la política de bienestar familiar. Coordina con la Iglesia Católica y con sus otras confesiones. Se vincula con el Poder Judicial, el consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio Publico. Economía y Finanzas: encargado de los asuntos, relativos a la tributación, política aduanera, financiación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad y de armonizar la actividad económica nacional. Educación: encargado de las políticas de educación, cultura, recreación y deportes y sus servicios correspondientes, con participación de la comunidad. Salud: encargado de la política nacional de salud y de asistencia social. Trabajo y Promoción Social: encargado de las políticas de relaciones laborales y cooperativas, de higiene y seguridad ocupacional. Promueve el empleo, impulsa la concertación social y fomenta el bienestar laboral. Participa en la seguridad social y norma las migraciones laborales. Agricultura: encargado de las políticas agrarias, incremento de las áreas agropecuarias y forestales, conservación y utilización de aguas, suelos forestales y fauna silvestre y, de producción y comercialización de productos agrícolas, pecuarios, forestales y de fauna silvestre y de desarrollo agro industrial. Vivienda: encargado de las actividades vinculadas con el desarrollo urbano, el medio ambiente y la edificación, comprendiendo la construcción de viviendas, obras de infraestructura sanitaria y servicios complementarios. Energía y Minas: encargado de las actividades energéticas y mineras, cuidando la preservación del medio ambiente. Transportes y Comunicaciones: encargado de las actividades de construcción, conservación y mejoramiento de las vías de transporte y sus instalaciones y de la regulación de su empleo, de las actividades de comunicación postal y telecomunicaciones, y de todo lo relacionado con el transporte aéreo, marítimo, terrestre, fluvial o lacustre.

Pesquería: encargado de las políticas de investigación, conservación, extracción transformación y comercialización de los recursos hidrobiológicos, de los servicios de infraestructura pesquera y de apoyo a la actividad artesanal. Industria y Comercio: encargado de las políticas industriales, comercial, turística y de integración. El Presidente del Consejo de Ministros, también denominado Primer Ministro, tiene a su cargo uno de los Ministerios y una oficina de la que dependen el Instituto Nacional de Fomento Municipal y el Consejo Nacional de Población. E. EL PODER JUDICIAL El Poder judicial es aquél que, de conformidad con la legislación vigente, es el encargado de la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El Poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico. La estructura del poder judicial varía de país en país, así como los mecanismos usados en su nombramiento. Generalmente existen varios niveles de tribunales, o juzgados, con las decisiones de

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los tribunales inferiores siendo apelables ante tribunales superiores. Con frecuencia existe una Corte Suprema o Tribunal Supremo que tiene la última palabra. En algunos países existe también un Tribunal o Corte Constitucional. Sin embargo, la doctrina entiende que no forma parte del poder judicial, sino que es una entidad nueva que se aparta de la doctrina original de Montesquieu. En este caso, el Tribunal Constitucional tiene poderes legislativos negativos, por cuanto puede derogar normas de rango legal contrarias a la Constitución. El Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e independiente en lo jurisdiccional, con sujeción a la Constitución. No existe, ni puede instituirse, ninguna jurisdicción que pueda cumplir esta misma tarea, con excepción de los organismos de justicia militar y arbitral. El Poder Judicial es, de acuerdo a la Constitución y las leyes, la institución encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos que son los Juzgados de Paz no Letrados, los Juzgados de Paz Letrados, las Cortes Superiores y la Corte Suprema de Justicia de la República. El funcionamiento del Poder Judicial se rige por la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece su estructura orgánica y precisa sus funciones. Esta ley define los derechos y deberes de los magistrados, quienes son los encargados de administrar justicia; de los justiciables, que son aquellos que están siendo juzgados o quienes están solicitando justicia; y de los auxiliares jurisdiccionales que son aquellas personas encargadas de brindar apoyo a la labor de los integrantes de la magistratura. La Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en la actualidad, tiene su origen en el Decreto Supremo N° 017-93-JUS promulgado el 28 de Mayo de 1993 y publicado el 2 de Junio del mismo año, consta de 304 Artículos, 1 Disposición Complementaria Única y 33 Disposiciones Finales y Transitorias. Los principios y derechos de la Función Jurisdiccional son los siguientes: La unidad y exclusividad de la Función Jurisdiccional e independencia del Poder Judicial. Observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Publicidad en los procesos. La motivación escrita de las resoluciones judiciales en todas sus instancias. Pluralidad de Instancia. La indemnización por los errores judiciales en materia penal y por las detenciones arbitrarias, sin

perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley. La inaplicabilidad por analogía de la ley penal. El principio de no ser penado sin proceso judicial. La aplicación de la ley más favorable al procesado en caso de duda o de conflicto de leyes

penales. Nadie puede ser condenado en ausencia. La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada. El principio de no ser privado del derecho a la defensa en ningún estado del proceso. Toda persona debe ser informada inmediatamente y por escrito de las razones de su detención. El principio de la gratuidad de la administración de Justicia. Se encuentra prohibido ejercer función judicial por quien no ha sido nombrado en la forma prevista

por la Constitución o la ley.

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El derecho de toda persona de formular análisis y críticas a las resoluciones y sentencias judiciales, con limitaciones de ley. El derecho de los reclusos y sentenciados a ocupar establecimientos adecuados. Funcionamiento del Poder Judicial Dentro de un Estado nuestros actos y responsabilidades son regidas por leyes que el Poder Judicial debe hacer cumplir. La justicia debe estar al servicio del pueblo por lo que existe un Sistema Judicial, una organización que permite que el ciudadano pueda acceder a la justicia según diferentes niveles e instancias relacionadas con la gravedad de su falta o delito. Solucionan Casos de Delitos Un delito es una acción antijurídica y culpable, que se castiga por la ley mediante una pena o medida de seguridad. Generalmente está relacionada con daños a la persona, a la propiedad, etc. Por ejemplo, un asesinato, un robo, una estafa a gran cantidad de personas, etc. Solucionan Casos de Faltas Infracción involuntaria de la ley, ordenanza o reglamento, a la cual se señala una sanción leve, por ejemplo, una riña callejera, el arrojar basura en lugares prohibidos, etc.

En todo caso judicial siempre hay dos partes: el demandante (la persona o institución que inicia el proceso) y el demandado (la persona o institución sobre la que se inicia el proceso). Cuando se inicia un proceso judicial ambas partes presentan al juez pruebas y alegatos con la finalidad de demostrar que tienen la razón. Basándose en ello y en su criterio, el juez toma una decisión que se conoce con el nombre de sentencia. Si una persona no está conforme con la sentencia puede apelar a la instancia superior. El artículo 139° de la Constitución Política del Perú señala que el Poder Judicial, a través de sus Órganos Jurisdiccionales: "es el único llamado a administrar justicia en todo el territorio nacional, con excepción de la extensión jurisdiccional y el derecho consuetudinario, precisado en el artículo 149° de la Carta Magna".

Juzgados de Paz No Letrados

Investigan y sentencian en casos de faltas menores, de acuerdo a su competencia.

Juzgados de Paz Letrados

Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los juzgados de Paz No Letrados.

Investigan y sentencian en casos de faltas, de acuerdo a su competencia,

Juzgados Especializados o Mixtos

Investigan o realizan instrucción de los casos que les son presentados (Procesos Ordinarios).

Investigan y sentencian en los procesos sumarios y especiales.

Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los Juzgados de Paz Letrados.

Cortes Superiores Realizan el juzgamiento o juicio oral en los procesos ordinarios.

Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los juzgados especializados o mixtos.

Corte Suprema Es la última instancia ante la cual se pueden apelar todos los procesos judiciales que provienen de cualquier Corte Superior de justicia.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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CAPÍTULO VII

RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN Artículo 137°. El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan:

1. Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie.

El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días. Su prórroga requiere nuevo decreto. En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República.

2. Estado de sitio, en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil, o peligro inminente

de que se produzcan, con mención de los derechos fundamentales cuyo ejercicio no se restringe o suspende. El plazo correspondiente no excede de cuarenta y cinco días. Al decretarse el estado de sitio, el Congreso se reúne de pleno derecho. La prórroga requiere aprobación del Congreso.

a) Ministerio Público: El Ministerio Público es la fiscalía u órgano acusador del estado, el ministerio publico, como representante sociedad, monopoliza el ejercicio de la acción penal, en nombre del estado. Suele ser considerado como la parte acusadora, de carácter público, encargada por el estado, de exigir la actuación de la pretensión punitiva y de su resarcimiento, en el proceso penal. Como representante de la sociedad, el ministerio público no persigue ningún interés propio, ni ajeno, sino que realiza llanamente la voluntad de la ley. Atribuciones del Ministerio Público: La persecución de los delitos, tanto en la averiguación previa, como durante el proceso; la representación judicial de la federación.

Organismos Autónomos del Estado

Régimen de Excepción

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La vigilancia de la legalidad. La promoción de una sana administración de la justicia. La denuncia inmediata de las leyes contrarias a la constitución, entre una rica gama de actividades que se desparrama entre los ministerios públicos de competencia común y federal. El Fiscal es el Titular de la acción penal pública: El fiscal debe investigar cualquier denuncia que llegue a su conocimiento. Una vez que haya realizado las investigaciones debe dar una denuncia penal, si es que éste se encuentra de acuerdo a la ley, ante el Poder Judicial, luego debe disponer a que se proceda la acusación correspondiente. b) Consejo Nacional de la Magistratura: Es una institución autónoma que fue creada por la Constitución de 1979. El Consejo de la Magistratura, a cargo de la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial, también forma parte de éste. El segundo párrafo del artículo 114 establece que para su conformación ha de procurarse el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico. Ratifica a los magistrados y fiscales cada 7 años. Academia de la Magistratura: Su finalidad es la formación de los Jueces, Vocales y Fiscales en todos sus niveles. c) Defensoría del Pueblo: La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución de 1993. Su misión es proteger los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración del Estado y la prestación de los servicios públicos a la población. El Defensor del Pueblo es el titular de la Defensoría. Representa y dirige la institución. Es elegido por el Congreso de la República por un período de cinco años. Goza de total independencia para el cumplimiento de las funciones que la Constitución le confiere. Se rige por la Constitución y su Ley Orgánica. El Defensor del Pueblo, no desempeña funciones de juez ni fiscal. Busca solución a problemas concretos antes que acusación a los culpables. En consecuencia, no dicta sentencias, ni ordena detenciones, ni impone multas. Su poder descansa en la persuasión, en las propuestas de modificación de conducta que formule en sus recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección preventiva, en la mediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia pública en casos extremos. El ombudsman del derecho escandinavo controla a los funcionarios a través de la información que circula acerca de su desempeño deficiente. Atribuciones de la Defensoría del Pueblo: - Defender los derechos constitucionales. - Supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. d) Tribunal Constitucional: Órgano judicial, que es garante de la Constitución y de su supremacía sobre el resto del ordenamiento jurídico, y que tiene jurisdicción en todo el territorio nacional y es competente para conocer del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley, del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades fundamentales, de los conflictos de

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competencia entre determinados órganos del Estado y de las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes. Los magistrados que integran este alto tribunal, que han de ser juristas de reconocida competencia y larga experiencia profesional, tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial y serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato. Atribuciones del Tribunal Constitucional: Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad. Conocer, en última y definitiva instancia las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, habeas data, y acción de cumplimiento. Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a ley. e) Registro Nacional de identificación y Estado Civil − RENIEC Organismo autónomo encargado de mantener actualizado el padrón ciudadano y electoral. Es el organismo técnico encargado de la identificación de los peruanos, otorga el documento nacional de identidad, registra hechos vitales: nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Visión ―Ser la institución modelo del Estado, reconocida por sus sólidos principios éticos y el más competente nivel profesional, tecnológico y de conocimiento; que brinde a la población confianza y seguridad en el adecuado uso de los recursos públicos mediante un control oportuno y eficaz, y que fomente un ambiente de honestidad y transparencia en el ejercicio de la función publica, contribuyendo al desarrollo integral del país‖.

Misión ― La Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Estado, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana‖. ―Promovemos mejoras en la gestión pública, la lucha contra la corrupción y la participación ciudadana‖. Reseña Histórica

Incanato.- En el Tahuantinsuyo existió una especie de Sistema Contable desarrollado a través de los quipus. Esta forma de control surgió como una necesidad imperiosa ante la complejidad de lo que podríamos denominar el sistema tributario incaico (mitas). Los quipus eran básicamente un conjunto de soguillas de distintos colores, anudadas de tal manera que pudieran representar cantidades. Los Quipucamayocs, quienes operaban los quipus, eran comparativamente hablando, los "contadores" de esa época. Consecuentemente, hicieron su aparición los contralores de los Contables; es decir, los encargados de supervisar que la contabilidad se lleve a cabo con toda corrección y exactitud. Estos funcionarios fueron denominados los Tuckuricos, cuyas funciones, guardando distancias, podrían ser equiparadas a las que la Constitución y la Ley encomiendan actualmente a la Contraloría General de la República.

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Colonia.- En la Edad Media, las Casas Reales europeas contaban con funcionarios especializados denominados Contralor o Veedor, tal como se les conocía, por ejemplo en Francia y en España, respectivamente.

En la Colonia, existieron diversos mecanismos específicos de revisión contable, tales como la Junta de la Real Hacienda (Virrey La Gasca), la Contaduría Mayor de Indias y España (Rey Felipe II), la Secretaría a cargo del Libro de razón de cuentas (Virrey Toledo) y la Contaduría de cuentas y recuentas (1595). El Control en la República Tribunal Mayor de Cuentas.- Al producirse la independencia y nacer la República, el Tribunal Mayor y Hacienda Real de Cuentas del Virreynato, creado por el Rey de Felipe III de España por Real Cédula de 1605, adoptó la denominación de Tribunal de Cuentas, dependiente del Ministerio de Hacienda, cuya organización y funciones se expone a continuación de manera sucinta: Contraloría General de la República La Contraloría General de la República del Perú fue creada por Decreto Supremo de fecha 26 de setiembre de 1929 en el gobierno del presidente Augusto B. Leguía, habiéndose publicado dicho Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, el día miércoles 2 de octubre del año indicado. En la Constitución Política encontramos varias atribuciones asignadas al Organismo Contralor, entre las cuales tenemos:

a. Presentar anualmente el informe de auditoria practicado a la Cuenta General de la República (Art. 81).

b. Supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control (Art. 82).

c. Realizar el control para que los Fondos destinados a satisfacer los requerimientos logísticos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional se dediquen exclusivamente para ese fin (Art. 170).

d. Facultad de iniciativa legislativa en materia de control (Art. 107).

SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los Sistemas Financiero, de Seguros y, a partir del 25 de julio del 2000, del Sistema Privado de Pensiones (SPP) (Ley 27328) Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP.

La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (Ley 26702). Inicios La Superintendencia fue creada el 23 de mayo de 1931 bajo la denominación de Superintendencia de Bancos. La finalidad era controlar y supervisar los bancos, empresas que en ese entonces conformaban un sistema financiero pequeño y habituado a la autorregulación. En total fueron 16 instituciones financieras que estuvieron inicialmente bajo el ámbito de la Superintendencia.

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Visión Ser una institución supervisora y reguladora reconocida en el ámbito mundial, que aplica estándares internacionales y las mejores prácticas, apoyada en las competencias de su capital humano. Misión Proteger los intereses del público, cautelando la estabilidad, la solvencia y la transparencia de los sistemas supervisados, así como contribuir con el sistema de prevención y detección del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

¿QUÉ ES EL SISTEMA ELECTORAL PERUANO? En el lenguaje político se entiende por sistema electoral a los procedimientos y normas que se emplean para que los ciudadanos a través de sus votos elijan a sus representantes. Nuestra Constitución Política utiliza la denominación de sistema electoral para referirse al conjunto de organismos que conducen los procesos electorales. De esta manera el Sistema Electoral Peruano se encuentra conformado por: • Jurado Nacional de Elecciones (JNE) • Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) • Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) Estos organismos son autónomos, es decir, no dependen de ningún poder del Estado; tienen rango constitucional, porque están creados por la Constitución y se rigen por lo dispuesto en sus leyes orgánicas; y mantienen relaciones de coordinación, de acuerdo con sus funciones. El gráfico N° 1 presenta la estructura del Sistema Electoral Peruano.

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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¿CUÁL ES LA FINALIDAD DEL SISTEMA ELECTORAL PERUANO? El Sistema Electoral Peruano persigue dos grandes fines: 1. Que la votación traduzca la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos. Vale decir, que los ciudadanos emitan libremente su voto, sin ser obligados o presionados para que voten o dejen de votar por algún candidato o lista (en las elecciones) o a elegir una alternativa (en las consultas de referéndum o revocatoria). 2. Que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector, expresada en las urnas por votación directa. Es decir, que los resultados del proceso electoral sean contabilizados de manera correcta y sin alteraciones, y con la mayor rapidez posible. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS ORGANISMOS ELECTORALES? Las funciones de los organismos electorales se encuentran contenidas en la Constitución y en sus respectivas Leyes Orgánicas. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (JNE) El JNE es un organismo autónomo que tiene como finalidad garantizar el derecho de elegir y ser elegido, velando por el respeto y cumplimiento de la voluntad popular manifestada en los procesos electorales. El JNE desarrolla sus funciones en los siguientes ámbitos: Jurisdiccional, Fiscalizador, Educativo, Normativo y Administrativo. OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE) Sus funciones son:

• Organizar y ejecutar todos los procesos electorales, del referéndum y otras consultas populares. • Diseñar los materiales electorales (cédula de sufragio, actas electorales, entre otros)

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• Entregar las actas y demás material necesario para la votación y la difusión de los resultados. • Dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para asegurar el mantenimiento del orden público y la libertad personal. • Establecer el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de acuerdo con las circunscripciones administrativas electorales. • Informar permanentemente sobre el cómputo a nivel nacional desde su inicio. • Obtener los resultados de los procesos electorales y remitirlos al JNE. • Verificar y controlar la actividad económica financiera de los partidos políticos.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL (RENIEC) Sus funciones son:

• Mantener el registro de identificación de los ciudadanos y emitir los documentos que acreditan su identidad. • Inscribir los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil. • Emitir las constancias de inscripción correspondientes. • Preparar y mantener actualizado el padrón electoral. • Proporcionar al JNE y a la ONPE la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. • Verificar la autenticidad de las firmas de adherentes para el ejercicio de los derechos políticos previstos por ley.

¿QUÉ ES UN PROCESO ELECTORAL? Entendemos por proceso electoral al conjunto de acciones ordenadas por etapas, previstas en la Constitución y en las leyes electorales, que están dirigidas por los organismos electorales para la elección de autoridades y representantes o de una opción. Todo proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones y termina quince (15) días después de la proclamación de los resultados. Un proceso electoral DEMOCRÁTICO, debe garantizar la voluntad del elector; y permitir la libre e igual competencia entre los candidatos o listas participantes. Existen dos tipos de proceso electoral: a) Para elegir autoridades y representantes b) Para elegir una opción (sí - no)

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ORGANISMO INTERNACIONAL

Un organismo internacional u organización intergubernamental (OIG) son aquellos cuyos miembros son Estados soberanos u otras organizaciones intergubernamentales. También puede usarse el término organización internacional, sin embargo este puede aludir genéricamente a cualquier organización (incluídas aquellas privadas) con membresía, objetivos o presencia internacional, mientras que lo que se designa como organismo internacional siempre es de naturaleza pública. Para evitar posibles confusiones, algunas veces se usan los términos organismo internacional gubernamental u organismo internacional público.

CLASIFICACIÓN

Los organismos internacionales pueden ser de muy diversos tipos. Una clasificación sobre los mismos establece las diferencias:

En función de su duración: o Permanentes, que son creados sin fijar un plazo para la finalización de su mandato. (ONU) o No permanentes, que son aquellos a los que se establece un cometido específico para una

duración determinada en el tiempo, transcurrido el cual dejan de existir.

Por sus competencias:

Organismos Internacionales

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea

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o Plenos, que son aquellos que tienen plena capacidad de acción sobre las materias delegadas por los Estados que los crearon y que pueden adoptar resoluciones a cuyo cumplimiento están obligadas las partes. (Unión Europea)

o Semiplenos que son aquellos que, aún teniendo plena capacidad, requieren para adoptar resoluciones vinculantes, la decisión preceptiva previa a cada acto de los miembros que lo componen. (OPEP)

o De consulta, cuyas resoluciones no son vinculantes y que pertenecen al ámbito del estudio reflexión. (OCDE)

Por razón de la materia, según sean las cuestiones que traten: económicas, culturales, y otras. (CAACI)

Por su composición: o Puros, los integrados sólo por Estados soberanos. (Tribunal Penal Internacional) o Mixtos, en los que, además de los Estados, con voz y, en algunos casos voto, se integran otras

instituciones públicas (municipios, provincias, Comunidades Autónomas, Estados Federados, etc). (Unesco) o Integrados, en los que participan Estados y otros organismos internacionales. (FMI) o Autónomos, sólo compuestos por organismos internacionales previamente existentes.

CEPAL - Comisión Económica para América Latina y el Caribe Organismo de las Naciones Unidas. Textos básicos, investigación, estudios estadísticos, proyectos, sistema, biblioteca, reuniones, programa de trabajo, publicaciones, base regional de datos de coyuntura, balance de las economías por países incluso Argentina y otros trabajos.

Comunidad Andina

Información institucional, integración, publicaciones y boletines, acuerdos, tratados, negociaciones con el Mercosur, estadísticas, legislación y jurisprudencia comunitaria, bases de datos del centro de documentación.

Conferencia Interamericana de Seguridad Social

Autoridades, comisiones americanas de seguridad social, subregiones, centro de estudios, publicaciones, estatuto y reglamentos.

Corte Interamericana de Derechos Humanos

Documentos básicos, carta de la OEA, declaración americana de los Derechos y Deberes del Hombre, convención americana sobre derechos humanos, estatuto y reglamento, opiniones consultivas, casos contenciosos, resoluciones, comunicaciones de prensa.

Corte Internacional de Justicia

Información institucional, documentos básicos, caos en trámite, decisiones de la Corte, publicaciones, búsquedas.

Fondo Monetario Internacional

Información institucional, convenio constitutivo, estatutos y reglamento, datos básicos, informes anuales, discursos, publicaciones

Modelo Naciones Unidas

Organización de jóvenes de Argentina, simulación de las actividades diplomáticas de Naciones Unidas para estudiantes secundarios y universitarios, información, .

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Naciones Unidas. Centro de Información

Información básica de la ONU, carta de las Naciones Unidas, estatuto de la Corte Internacional de Justicia, instrumentos internacionales, Secretaría general, Asamblea General, Consejo de Seguridad, documentos, publicaciones, videos

Organización de los Estados Americanos - OEA

Foro para el diálogo político y social. Sistema interamericano, carta OEA, informe anual, tratados, convenciones y resoluciones del Comité Jurídico, países miembros y observadores, documentos, becas, empleo, programas y planes de acción, leyes modelo sobre corrupción, enriquecimiento ilícito y soborno.

Organización de los Estados Iberoaméricanos

Organismo internacional gubernamental para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, ciencia, tecnología y cultura. Argentina es país miembro y sede de una oficina regional. Revista Iberoamericana de Educación y otras publicaciones, centro de recursos documentales e informáticos.

Organización Iberoamericana de la Seguridad Social

Banco de información de los sistemas de seguridad social iberoamericanos, estudios comparativos, estadísticas, información institucional, publicaciones.

Organización Internacional del Trabajo

Información institucional, órganos, proyectos, actividades, bases de datos documentales, información regional y por países, oficinas.

Organización Mundial de la Salud Organización Panamericana de la Salud Area Argentina RIR - Organismos Internacionales

Sitio que reúne acceso a todos los organismos internacionales. UNESCO

Organización educacional, científica y cultural de Naciones Unidas. Programas, estadísticas, eventos, instrumentos legales, publicaciones, documentos.

Unicef En español. Información institucional, labor en el mundo, publicaciones, estadísticas, los derechos del niño

Sucesiones Distribuciones

Series y Sumatorias

Tarea