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MUNICIPIO DE DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, GUANAJUATO LINEAMIENTOS GENERALES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y EJERCICIO PRESUPUESTAL APLICABLES AL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA

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MUNICIPIO DE DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, GUANAJUATO

LINEAMIENTOS GENERALES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y EJERCICIO

PRESUPUESTAL APLICABLES AL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA PARA EL EJERCICIO FISCAL

2017

INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA

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LINEAMIENTOS GENERALES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y EJERCICIO PRESUPUESTAL APLICABLES A LA COMISIÓN MUNICIPAL DEL

DEPORTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017

CONSIDERANDO Que la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en sus artículos 10 y 55, establece la emisión de lineamientos generales de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, los cuales deben de ser emitidos por la Tesorería Municipal y al no contar con los mismos, el Instituto Municipal de Vivienda a través de su Director General se ha propuesto para el ejercicio fiscal 2017 emitir los presentes con la finalidad de optimizar la aplicación de los recursos públicos con los que cuenta y que le fueron autorizados, así como transparentar el uso de los mismos. Dichos lineamientos generales buscan instrumentar y consolidar durante el presente ejercicio fiscal, una política de austeridad, disciplina y eficiencia, a fin de que el Instituto Municipal de Vivienda, esté en condiciones de atender y resolver las demandas y necesidades sociales que en materia de vivienda le corresponden. Por lo anteriormente expuesto y fundado, se ha tenido a bien emitir los siguientes:

LINEAMIENTOS GENERALES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y EJERCICIO PRESUPUESTAL APLICABLES AL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA

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CONTENIDO LINEAMIENTO PAG. I. DISPOSICIONES GENERALES 1 al 15 4 II. ADECUACIONES PRESUPUESTALES 16 al 19 9 III. FONDO REVOLVENTE Y GASTOS A

RESERVA DE COMPROBAR 10

a. DEL FONDO REVOLVENTE 20 10 b. DE LOS GASTOS A RESERVA DE

COMPROBAR 21 al 27 11

IV. EJERCICIO DEL GASTO DEL PRESUPUESTO ASIGNADO

11

a. DE LOS SERVICIOS PERSONALES

28 al 31 11

b. DE LAS ADQUISICIONES, SUMINISTROS Y SERVICIOS

32 al 43 12

c. DE LA POLÍTICA INFORMÁTICA

44 al 48 14

d. DE LOS VIÁTICOS Y PASAJES 49 al 70 15 e. DE LOS GASTOS DE OFICINA 71 18 f. DE LAS AYUDAS Y APOYOS

SOCIALES EN DINERO O ESPECIE

72 al 76 18

g. DE LOS REQUISITOS PARA EL TRAMITE Y PAGO DE PASIVOS

77 al 78 19

h. DE LOS PAGOS POR SEPARACIÓN

79 al 84 19

TRANSITORIOS 21 FUENTES 2 GUÍA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA COMPROBACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO

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I. DISPOSICIONES GENERALES

1. Estos lineamientos son de observancia obligatoria para el Instituto Municipal de Vivienda, con la finalidad de eficientar el ejercicio de su presupuesto.

A través del Director General se efectuarán, cuando resulten necesarias, las modificaciones, actualizaciones o adiciones pertinentes a los presentes lineamientos; dándolos a conocer a la mayor brevedad y por los medios procedentes para su debida observancia.

Toda erogación de recursos públicos municipales asignados al Instituto Municipal de Vivienda, deberán sujetarse a la Ley General de Contabilidad Gubernamental; a la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; al Presupuesto General de Egresos para el Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, del ejercicio fiscal que transcurra; a las disposiciones normativas aplicables; a lo previsto en estos Lineamientos y/o demás disposiciones o circulares administrativas que al efecto emita la Tesorería Municipal en el ámbito de su competencia.

2. El incumplimiento de estos Lineamientos, originará las responsabilidades y

sanciones administrativas legalmente procedentes, sin perjuicio de las consecuencias civiles y penales que deriven en su caso.

3. Para los efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por:

Municipio: Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional

Tesorería: La Tesorería Municipal del Municipio;

IMUVI: Instituto Municipal de Vivienda;

Director General: Persona que funja como titular del Instituto Municipal de Vivienda avalado por el H. Ayuntamiento.

Presupuesto: Presupuesto de Egresos para el Instituto Municipal de Vivienda autorizado por el Consejo Directivo del IMUVI y por el Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, autorizado por el Ayuntamiento para el ejercicio que aplique;

Ley para el Ejercicio: Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato;

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Lineamientos: Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad, Disciplina y Ejercicio Presupuestal Aplicables al IMUVI del ejercicio en curso;

Adecuaciones Presupuestales: Modificaciones que se realizan durante el ejercicio presupuestal a capítulos, partidas y calendarios del Presupuesto de Egresos autorizado;

Clasificador por Objeto del Gasto: Documento que ordena e identifica en forma genérica, homogénea y coherente los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como los bienes, servicios y obras públicas que las Dependencias y Entidades demandan para el desarrollo de sus actividades, para el cumplimiento de los objetivos y metas programadas en el Presupuesto;

Comisionado: Servidor público del IMUVI que ha sido designado para realizar una comisión oficial;

Comisión oficial: Es la tarea o función conferida al servidor público del IMUVI para que realice o desarrolle actividades en un sitio distinto al de su lugar de adscripción;

Lugar de adscripción: Es aquél en el que se encuentra ubicado el centro de trabajo del comisionado;

Tarifa: Monto diario que por concepto de viáticos será asignado al comisionado, atendiendo a su nivel tabular, tiempo y tipo de comisión.

Pasajes: Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte de servidores públicos del IMUVI en comisiones oficiales temporales, por cualquiera de los medios usuales y en cumplimiento de la función pública. Excluyendo la renta de medios de transporte;

Fondo Revolvente: Es el mecanismo presupuestal con el que el IMUVI cuenta para los gastos menores en forma oportuna e inmediata, derivado del ejercicio de sus funciones y presupuesto autorizado.

Gastos a reserva de comprobar: Recursos que se otorgan a los servidores públicos para la realización de eventos y comisiones relacionadas con el cumplimiento de sus funciones, cuya comprobación no debe de exceder los plazos preestablecidos;

Gasto Devengado: Momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad

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de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas;

Sistemas de información: Conjunto de recursos informáticos y de comunicación, utilizados por el IMUVI para comunicar, transferir, registrar, capturar, clasificar, almacenar y procesar datos e información propia de la Administración en el ejercicio de sus funciones, y que son necesarios para el desarrollo de sus procesos y actividades. Para este ejercicio fiscal se utiliza el SIHP.

SIHP: Sistema Integral de la Hacienda Pública.

Pasivos: Es el gasto devengado realizado por el IMUVI, debidamente registrado en su programación - presupuesto y no pagado a una fecha determinada.

Documentación original: Es el documento que da origen a la operación.

Re calendarizar: Trasladar el saldo presupuestal mensual de una partida, a un mes posterior y futuro, al mismo código y numero de partida.

Traspaso: Movimientos que consisten en trasladar el saldo presupuestal, parcial o total asignado a una partida o código, a otro número de partida y código presupuestario.

4. El IMUVI deberá observar que el ejercicio del gasto público se sujete a los

capítulos, conceptos y partidas del clasificador por objeto del gasto; asimismo se apegará a los montos y calendarios de gasto autorizado, así también deberán utilizar el sistema informático de requisiciones de bienes y servicios y respetar los lineamientos que se emitan para el registro en dicho sistema.

5. El IMUVI deberá enviar a la Tesorería los informes Trimestrales que integran

la Información Financiera del Municipio de cada mes, dentro de los primeros doce días del mes siguiente al trimestre que se informa, para su remisión al Congreso del Estado de Guanajuato, o en su defecto cuando lo solicite mediante oficio la Tesorería.

6. El IMUVI no podrá contraer obligaciones que comprometan recursos de

ejercicios fiscales subsecuentes, salvo lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley para el Ejercicio.

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7. El IMUVI deberá cumplir oportunamente con los requerimientos de información presupuestal y financiera que le solicite la Tesorería en los términos y plazos en que ésta lo estipule conforme al artículo 71 de la Ley para el Ejercicio. Cuando no se observe esta disposición, se aplicará lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley para el Ejercicio.

8. Para garantizar la adquisición de bienes y/o servicios en calidad y cantidad

apropiada al menor costo posible, el IMUVI deberá enviar por escrito al Consejo Directivo los planteamientos de los casos que se someterán a su autorización, así como los datos de los proveedores para su registro por lo menos 15 días hábiles antes de utilizar los bienes o servicios, además de registrar su orden de compra en el sistema informático aplicable. Para compras no recurrentes del capítulo 2000, el IMUVI podrá realizar directamente la adquisición hasta por $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 mn); para adquisiciones no recurrentes de capítulo 5000, el limite será por un importe de $30,000.00, siempre y cuando tengan suficiencia presupuestal y se sujete a la calendarización del presupuesto vigente.

El IMUVI integrará y operará su Padrón de Proveedores y Contratistas, el cual tendrá por objeto el registro de las personas (proveedores) que deseen enajenar suministros y bienes muebles o prestar servicios al IMUVI, así como de las personas que estén inscritas en el Padrón Único de Contratistas del Estado de Guanajuato y en el Padrón de Proveedores y Contratistas del Municipio.

El Padrón de Proveedores y Contratistas del IMUVI deberá contener como mínimo los siguientes datos: R.F.C.; CURP; NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL; GIRO; CALLE, NÚMERO EXTERIOR, NÚMERO INTERIOR, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO O DELEGACIÓN, ESTADO; CLABE, BANCO, Y CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO.

9. Toda documentación que se presente para trámite de pago, deberá contar con

los requisitos que establecen los Artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación y no deberá exceder de 30 días naturales transcurridos con respecto a su fecha de expedición o de la prestación del servicio, salvo autorización del Director General y previa justificación. El Director General del IMUVI será responsable de hacer llegar al correo institucional los archivos de los comprobantes fiscales digitales para lo cual se informan las siguientes direcciones [email protected] para el envío.

10. En las compras que se realicen en tiendas de autoservicio se deberá adjuntar a

la factura, el comprobante (ticket) respectivo en el que se especifique el detalle de los artículos adquiridos.

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11. Todo gasto que ejecute y ejerza el IMUVI deberá:

a. Estar debidamente autorizado, b. Contar con suficiencia presupuestal y con suficiencia económica como lo

marquen las disposiciones y leyes respectivas, c. Estar documentado mediante la Orden de Compra y, d. Respaldarse con la documentación original que lo compruebe y

justifique.

El registro en el sistema informático, SIHP, formalizará la operación con los proveedores y documentará el momento del gasto comprometido y devengado (Transacción F-02 y F-43) por lo que deberá estar firmado por el solicitante o por quien autoriza. Toda operación deberá ser registrada y contar con suficiencia presupuestaria, de lo contrario el pago de lo adquirido será responsabilidad personal del solicitante. La firma del receptor indicará que los bienes o servicios fueron recibidos a entera satisfacción y será responsabilidad del Director General del IMUVI la falsedad de esa declaración y, por lo tanto, del daño patrimonial municipal.

12. No se aceptarán como válidas las copias a excepción de que el documento que

da origen se encuentre debidamente identificado en otra póliza contable o archivo.

13. La comprobación original deberá reunir los requisitos exigidos por la

normativa que regule a dicha documentación. Por ejemplo, para las facturas y recibos de honorarios se atenderá a la normatividad fiscal; la laboral para nóminas y recibos de pagos de servicios personales subordinados, etc.

14. La justificación del contenido ideológico necesariamente deberá estar en

relación con las funciones propias que realiza el sujeto fiscalizado, ya sean ordinarias o extraordinarias. Como regla general en las erogaciones se solicitará:

a. Que los gastos tengan relación directa con la función y actividades del

ente público, señalados en la ley y de acuerdo a los planes y programas aprobados por el IMUVI.

b. Que los gastos efectuados contribuyan al desarrollo de las actividades del IMUVI.

c. Que cada gasto efectuado sea estrictamente indispensable, evitando dispendios y abuso en el manejo del recurso.

d. Se deberá anexar en la justificación de los recursos el motivo que originó la utilización del recurso.

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e. En cuestión de adquisiciones se deberá anexar el soporte documental que evidencie el apego al proceso de selección, adjudicación y contratación de acuerdo a la legislación correspondiente.

Adicional a las reglas generales se establecen por partida los requisitos particulares, los cuales se encontrarán en el anexo denominado “GUÍA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA COMPROBACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO”, que forma parte integrante de estos lineamientos y que se da como si se hubiera reproducido en los mismos.

El IMUVI deberá implementar medidas administrativas que fortalezcan el control interno, tendientes a cumplir las reglas generales y particulares para cada cuenta contable.

15. El ejercicio del gasto deberá documentarse y registrarse respetando los

lineamientos e instrucciones que emita la Tesorería Municipal en el marco de la armonización contable para los rubros de Ingresos, Egresos, Bienes, Obra, Lista de Cuentas y Sistema.

II.- ADECUACIONES PRESUPUESTALES

16. El IMUVI al modificar la calendarización del gasto, deberán tomar en cuenta el calendario de actividades que elaboraron en el proceso de programación-presupuesto del ejercicio que transcurra y con base al Plan de Gobierno Municipal vigente.

17. La autorización de los calendarios de gasto, así como la recalendarización

correspondiente y modificación al presupuesto estará a cargo del Consejo Directivo, el cual se sujetará al calendario de los ingresos pronosticados.

18. Si en el transcurso del ejercicio fiscal, se presentan contingencias que

repercutan en una disminución de los ingresos, se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 67 de la Ley para el Ejercicio; y la Tesorería dará aviso al IMUVI, para que a su vez realice el ajuste y la adecuación de su presupuesto.

19. Previa autorización del Consejo Directivo, el IMUVI podrá re-calendarizar o

traspasar saldo presupuestal entre los capítulos, 2000 (Materiales y Suministros), 3000 (Servicios Generales), 4000 (Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas) y 5000 (Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles) del clasificador por objeto de gasto, siempre y cuando no excedan los montos

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del calendario autorizado en sus Presupuestos y sean estrictamente necesarios para las consecución de los objetivos y metas del Plan de Gobierno. Las adecuaciones presupuestales deberán realizarse cada trimestre en los meses de abril, julio y octubre; además deberán registrarse conforme lo determine la Tesorería.

Quedan exceptuadas de la disposición anterior las partidas:

3141 «Telefonía Tradicional»; 3111 « Energía Eléctrica»; 3130 « Agua»; 3451 «Seguros de Bienes Patrimoniales»; y 3341 «Capacitación»

III. FONDO REVOLVENTE Y GASTOS A RESERVA DE COMPROBAR

A) DEL FONDO REVOLVENTE

20. El fondo revolvente será autorizado al inicio del ejercicio presupuestal al

IMUVI, misma que acatará lo siguiente:

a. Administrar los recursos del fondo revolvente; b. Verificar que las erogaciones se ajusten al presupuesto autorizado y que

no impliquen ampliaciones presupuestarias; c. Destinar los recursos del fondo revolvente sólo a partidas de los

Capítulos 2000 (Materiales y Suministros), 3000 (Servicios Generales), excepto partidas de 3301 <<Asesoría>>, 3341 <<Capacitación>>, 3611 <<Servicio de Difusión e Información>>; el monto a pagar no excederá la cantidad de: $ 500.00 (Quinientos pesos 00/100 M. N.).

d. Verificar que los recursos del fondo se utilicen exclusivamente en aquellos gastos, respecto de los cuales no sea posible tramitar a través de pago a terceros;

e. Todos los comprobantes deberán cubrir los requisitos fiscales así como ser rubricados por el responsable del manejo del fondo y la persona que realizó la erogación;

f. Efectuar el reintegro en efectivo del fondo revolvente a más tardar el 15 de Diciembre de cada año.

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B) DE LOS GASTOS A RESERVA DE COMPROBAR

21. Los gastos a reserva de comprobar se otorgarán para cubrir un evento o

comisión, debiendo contar con el oficio de comisión especificando en la solicitud de qué tipo de evento o comisión se trata; así como presentar la documentación que lo ampare.

22. Los gastos a reserva de comprobar deberán solicitarse al IMUVI 3 tres días

hábiles de anticipación al evento o comisión.

23. Para la comprobación de los recursos otorgados la documentación comprobatoria deberá tener relación con el evento o comisión; de lo contrario, se exigirá el reintegro del recurso erogado.

24. Se deberá entregar la documentación comprobatoria al IMUVI en un plazo

máximo de 3 días hábiles, contados a partir de que concluya el evento o comisión; efectuado tanto al interior del Estado o del País como del extranjero.

25. La inobservancia a lo indicado en el punto anterior, traerá como consecuencia

el descuento de la cantidad correspondiente en el pago inmediato posterior de la remuneración por sueldos de la persona a quien se le autorizó y entregó el recurso a comprobar.

26. En caso de no realizarse el evento o comisión para el cual fueron solicitados los

recursos, se deberá efectuar el reintegro a más tardar 3 tres días hábiles siguientes de la cancelación del mismo.

27. Todos los comprobantes deberán ser rubricados por la persona que realizó el

gasto y por el titular del IMUVI.

IV. EJERCICIO DEL GASTO DEL PRESUPUESTO ASIGNADO

A. DE LOS SERVICIOS PERSONALES

28. El IMUVI, por conducto del Consejo Directivo, reclutará y evaluará a los

aspirantes a puestos para ingreso al IMUVI:

a. La contratación de Personal sólo será procedente cuando:

i. Sea estrictamente necesario.

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ii. Exista la vacante en el analítico de plazas del Presupuesto. iii. Exista partida presupuestal y ésta contenga suficiencia

económica. iv. La solicitud contenga Autorización del Presidente del Consejo

Directivo, y el Visto Bueno del Titular del IMUVI. v. Se presenten los documentos e informes para la integración del

expediente laboral, incluyendo lo referente a sus obligaciones fiscales y un correo electrónico para el envío de sus comprobantes fiscales digitales.

b. Los movimientos de altas, bajas, ascensos, promociones, movimientos

compensados de personal deberán ser comunicados con 15 días de

anticipación al área administrativa y financiera del IMUVI.

29. Los casos no previstos en estos lineamientos serán evaluados y autorizados por el Director General del IMUVI.

30. El Titular del IMUVI notificará a su personal el calendario de vacaciones con

anticipación a efecto de que los mismos programen los periodos vacacionales para su registro y control.

31. El titular del IMUVI tendrá la obligación de notificar al Área Administrativa

sobre las incapacidades e inasistencias del personal a su cargo, de no notificar en las 24 horas siguientes de la falta injustificada, u oficio de notificación del permiso otorgado por el titular al trabajador, se procederá conforme a la Ley de los Trabajadores al Servicios del Estado.

B. DE LAS ADQUISICIONES, SUMINISTROS Y SERVICIOS

32. El IMUVI, para el ejercicio de sus compras deberán de sujetarse a lo estipulado

en la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Guanajuato y el Reglamento Municipal en la materia.

33. Sólo se autorizarán las compras de uniformes para el desempeño de las

funciones administrativas y personal operativo en actividades de supervisión, así como para el personal que presta atención directa a la ciudadanía.

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34. La adquisición de vehículos, sólo por sustitución plenamente justificada, deberá contar con la autorización del Consejo Directivo o por quien éste designe, a fin de tramitarse y previa suficiencia presupuestaria.

35. La asignación de vehículos, se podrá otorgar a partir del nivel de Director o

equivalentes o en aquellas actividades cuya función esté supeditada a su uso como herramienta ordinaria y cotidiana de trabajo, siempre y cuando se requiera y el parque vehicular existente lo permita.

36. La adquisición de bienes informáticos, software y desarrollo de sistemas,

deberá contar con la aprobación del Consejo Directivo.

37. La adquisición de mobiliario y equipo deberá contar la autorización del Consejo Directivo, siempre y cuando cuente con el recurso autorizado en el presupuesto de egresos y esté plenamente justificado.

38. El costo de reparaciones o pago de deducibles de bienes muebles derivados de

la negligencia, mal uso o dolo por parte del usuario, cuando así lo determine la autoridad competente, correrá por cuenta de dicho usuario; en caso de que dicha persona no pague, el importe será descontado vía nomina en las quincenas posteriores al evento imputable mediante acuerdo en el que se convenga el descuento con el Consejo Directivo.

39. Quedan prohibidas las llamadas de pago por servicios al 02 900.

40. A fin de llevar un control de las llamadas de larga distancia, deberá utilizarse

una bitácora en donde conste fecha, hora, número telefónico al que se llame, asunto y firma; siendo el titular del área, el responsable de implementar el uso de las bitácoras en las áreas correspondientes.

41. El IMUVI ejercerá sus partidas presupuestales de los capítulos 2000

(Materiales y Suministros), 3000 (Servicios Generales), 4000 (Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas) y 5000 (Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles) de manera directa y bajo su responsabilidad, hasta el monto que fije el H. Ayuntamiento para la compra directa y debiendo observar lo conducente en materia de contabilidad gubernamental.

Para el rubro de combustibles se deberá observar lo siguiente:

a. <<Combustibles, Lubricantes y Aditivos para Vehículos>> (partida

presupuestal 2612), se libera el saldo para la carga, de manera mensual por medio de vales, el cual deberá reflejarse en los sistemas de información (reserva); así también se elaborarán y llenarán

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debidamente las bitácoras correspondientes con la información motivo de la carga y descripción completa de los datos del vehículo.

b. La dotación de combustible deberá usarse exclusivamente en el vehículo para el cual fue suministrado y para cumplir las funciones asignadas;

c. Se suspenderán las cargas de combustible los fines de semana y días festivos a todos los vehículos, a excepción de aquellos que por su función así lo ameriten (vehículos operativos).

d. Para la autorización de cargas en vehículos no oficiales únicamente serán autorizadas por el Director General del IMUVI, previa justificación (deberán anexar documentos que prueben el evento o comisión excepcional y solamente será por la carga estimada de uso)

42. En los casos de pérdidas o extravíos de bienes muebles derivadas de

negligencia, mal uso o dolo por parte del usuario, el costo de los bienes correrá por cuenta de dicho usuario; o en su caso de la persona a quien esté el resguardo.

43. En los casos de que se requiera la reproducción masiva de algún documento,

deberán utilizarse los sistemas de duplicación más económicos.

C. DE LA POLÍTICA INFORMÁTICA

44. Para la adquisición de computadoras portátiles, sólo se autorizarán aquellas

solicitudes que presenten una plena justificación y cuyo valor no exceda de los $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), salvo por autorización del Consejo Directivo.

45. Únicamente se autorizará la adquisición de equipo de cómputo por sustitución

de equipo obsoleto o en los casos en los que se refiera para proyectos previamente presupuestados y con la autorización del Consejo Directivo.

46. Los servidores públicos deberán hacer uso adecuado de los sistemas de

información, serán responsables del cuidado de los equipos de cómputo que tengan asignados y los utilizarán exclusivamente para sus funciones, promoviendo el ahorro de energía eléctrica.

47. Queda prohibido que el equipo de cómputo cuente con juegos, salvapantallas,

o programas no necesarios para el trabajo, que ocupen demasiado espacio en el disco duro o memoria RAM; y todo aquello que comprometa el desempeño óptimo de los equipos.

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48. El uso de redes sociales deberá ser sólo por motivos institucionales en horario laboral; el servidor público que haga mal uso de este servicio será sancionado conforme a las disposiciones laborales y administrativas de la normatividad aplicable.

D. DE LOS VIÁTICOS Y PASAJES

49. Los viáticos se otorgan a los servidores públicos que lleven a cabo el

desempeño y cumplimiento de la comisión conferida fuera de su lugar de adscripción o centro de trabajo y en el horario estipulado como de oficina, y será a través de reembolso al personal Comisionado, presentando al Area Administrativa y Financiera los comprobantes fiscales correspondientes así como el oficio de comisión, debidamente firmado por el Director y el comisionado, para su posterior reembolso.

50. Las cuotas establecidas en las Tarifas de Viáticos señaladas en el numeral 71

serán aplicadas en la tanto la Tesorería emita dichas tarifas las cuales constituirán el límite máximo para su autorización.

51. La solicitud para el otorgamiento de viáticos a los niveles establecidos en las

tarifas, deberá realizarse a través del oficio de comisión o el formato de viáticos.

52. Las comisiones a otras Entidades Federativas del territorio nacional, serán

autorizadas bajo la responsabilidad del Director General del IMUVI para el servidor público comisionado, en el caso del Director, serán a través del Presidente del Consejo Directivo.

53. El número de servidores públicos que sean enviados a una misma comisión

deberá reducirse al mínimo indispensable.

54. En caso de que por la naturaleza de sus funciones se autorice el pago de viáticos en días inhábiles, festivos o feriados deberá anexarse justificación detallada de los mismos.

55. Los viáticos para el Director General y demás Servidores Públicos, deberán

comprobarse con las facturas correspondientes, atendiendo a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 41 de su Reglamento y con oficio de comisión firmado por el Director General.

56. La comprobación de los gastos efectuados con cargos a las partida 3751

<<Viáticos nacionales para servidores públicos en el desempeño de funciones

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oficiales>>, por concepto de pasajes; se realizará mediante la documentación que reúna los requisitos fiscales correspondientes que expidan las empresas de servicios de transporte.

57. Los viáticos se cubrirán según las tarifas de estos Lineamientos, atendiendo el

nivel al que corresponda la jerarquía del puesto del servidor público comisionado, el lugar de la misma y en su caso la necesidad de pernoctar.

58. La tarifa de viáticos contenida en el presente documento, comprende las

asignaciones destinadas a cubrir a los servidores públicos los gastos de alimentación, peaje, estacionamiento y hospedaje que requieran realizar durante el desempeño de la comisión.

59. El otorgamiento de viáticos se hará solo a través de oficio de comisión o llenado el formato de viáticos (VIAT-1) que indica: Nombre completo y puesto que desempeña el servidor público, motivo de la comisión, lugar, fecha de salida y regreso, número de días y en los casos que proceda, se anexará invitación, itinerario de la comisión y/o programa del evento.

60. No se autorizará para ningún servidor público pago de gastos por comisiones

en el extranjero.

61. En caso de que por alguna circunstancia los gastos efectuados al término de la comisión excedan la tarifa otorgada, éstos podrán ser comprobados bajo la responsabilidad del Director General, con las facturas correspondientes que cubran los requisitos fiscales, la justificación por escrito y atendiendo las especificaciones de los gastos a reserva de comprobar a que se refieren estos lineamientos en su apartado II, inciso B).

62. En el caso de que alguna comisión sea para dos o más servidores públicos con

nivel jerárquico diferente, podrá aplicarse la tarifa correspondiente al nivel jerárquico superior, si se considera estrictamente necesario.

63. En caso de que coincida la estancia en ciudades dentro y fuera del Estado, se

aplicará la tarifa correspondiente a lo segundo.

64. Cuando el desempeño de la comisión no exceda de 24 horas y el servidor público comisionado regrese el mismo día, fuera del horario normal a su lugar de adscripción o residencia oficial, se aplicará lo establecido en la tarifa de viáticos por menos de 24 horas, la cual cubrirá sólo gastos de alimentación y traslado.

65. Sólo se autorizará el pago de viáticos a personal del IMUVI.

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66. Los gastos de pasaje o gasolina deberán ser considerados en las partidas correspondientes.

67. El pago de pasajes y peajes, será autorizado exclusivamente para el desempeño

de una comisión oficial y el Director General deberá vigilar su correcta aplicación.

68. No se autoriza la compra de boletos de avión en primera clase, clase ejecutiva o

su equivalente.

69. No se autorizarán viáticos al personal cuando:

a. El traslado de su lugar de adscripción a otro no sea para desempeñar una comisión oficial.

b. Cuando el lugar de adscripción y el de la comisión se encuentre en la misma población.

c. Se traslade de su domicilio particular a su lugar de adscripción ni viceversa.

d. Como incremento o complemento de sueldo u otras remuneraciones que correspondan a servidores públicos.

e. Para cubrir cualquier otro pago distinto a los conceptos comprendidos dentro de la definición de viáticos para el desempeño de una comisión oficial.

f. Para sufragar gastos a terceras personas o de actividades ajenas a las del IMUVI, ni por cualquier otro motivo distinto al desempeño de una comisión de acuerdo a los objetivos y metas de la Dependencia o Entidad que origina el gasto;

El Director General deberá establecer los mecanismos administrativos que se requieran para certificar los días efectivos de comisiones reportadas por cada servidor público, quedando estrictamente bajo responsabilidad del mismo la veracidad de las comisiones.

70. Las tarifas para el otorgamiento de viáticos por persona serán:

Nivel

Tarifa por comisión Menor a 24

horas dentro del Estado

Menor a 24 horas fuera del Estado Con pernocta

1 $ 400.00 $ 500.00 $1,800.00 2 $ 300.00 $ 400.00 $1,600.00 3 al 5 $ 250.00 $ 300.00 $1,200.00 6 al 10 $ 150.00 $ 200.00 $ 1,000.00

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E. DE LOS GASTOS DE OFICINA

71. Los recursos presupuestados en la partida 3852 <<Gastos de las oficinas de

servidores públicos superiores y mandos medios >>, serán destinados a cubrir las erogaciones que se requieran exclusivamente para apoyo del funcionamiento de las oficinas de los servidores públicos de las dependencias, tales como agua, café té, azúcar, servilletas, vasos desechables, entre otros. Dentro de esta partida se contemplan los gastos que se generen fuera de la oficina pero en el centro de trabajo por atenciones a funcionarios externos del municipio, tales como reuniones de trabajo los cuales deberán de ser remitidos para su pago al área administrativa por medio de oficio con el visto bueno Director General, anexando factura, listas de asistencia con tema de la reunión de trabajo, minuta y documentación gráfica del evento.

F. DE LAS AYUDAS Y APOYOS SOCIALES EN DINERO O

ESPECIE

72. Toda ayuda o apoyo deberá ser autorizada por el Director General hasta por un

monto de $ 5,000.00 (cinco mil pesos), tratándose de personas físicas; en caso de ayudas a instituciones educativas o de asistencia social el apoyo será hasta por un importe de $10,000.00; por más de este monto deberán contar con la aprobación del Consejo Directivo.

73. Las ayudas o donaciones serán exclusivamente para personas o instituciones

de escasos recursos, o para personas o instituciones en situaciones particulares y transitoriamente difíciles, además de apoyo a eventos que generen un beneficio social.

74. Para que una persona o institución sea sujeta de obtener alguna donación o

ayuda, deberá:

a. Requisitos para una institución: b. Ser residente del Municipio c. Presentar solicitud por escrito dirigida al Director General d. Presentar carta de agradecimiento e. Presentar copia de identificación oficial f. Presentar copia de inscripción al RFC g. Comprobante de domicilio h. Comprobante que contenga requisitos fiscales (cfdi) por el importe

recibido

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75. Los gastos que se realicen con motivo de convivíos de integración y para fin de año, deberán estar contemplados en el respectivo Presupuesto y se sujetarán al importe asignado, a lo señalado en el numeral 71.

76. Solo se autorizarán gastos por alimentación al personal en los casos

estrictamente indispensables, justificando plenamente el gasto, indicando el evento y las personas que participan.

G. DE LOS REQUISITOS PARA EL TRÁMITE Y PAGO DE

PASIVOS

77. Los comprobantes que amparen el pasivo, deberán indicar como fecha máxima

el 31 de diciembre del año que correspondan.

78. La vigencia para el pago de los pasivos concluirá el día 31 de enero del siguiente ejercicio en que se provisionaron, transcurrido dicho periodo serán cancelados. No se permitirá hacer uso de estos recursos para fin distinto al que fue creado.

H. DE LOS PAGOS POR SEPARACIÓN

79. El IMUVI cuenta con trabajadores de base y confianza.

80. Los lineamientos no aplican para el retiro de los servidores públicos del IMUVI, por motivos incapacidad física o mental permanente, quedando sujetos por la Ley de los Servidores públicos al servicio del Estado y sus Municipio y en forma supletoria por la Ley Federal del Trabajo. Además, en su caso, se atenderán las Disposiciones Generales Aplicables al Retiro Voluntario de Personal, Creación, Conversión o Renivelación de Plazas para el Municipio.

81. La duración de la relación laboral, entre el IMUVI y sus servidores públicos,

podrán ser por objeto, tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas en el nombramiento, la relación será por tiempo indeterminado.

La relación laboral entre el IMUVI y un servidor público contratado por tiempo indeterminado termina por las siguientes causas:

a. Por mutuo consentimiento de la partes;

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b. Cuando se cese al servidor público por incumplimiento de las obligaciones propias de su cargo; y

c. Por muerte del trabajador.

82. En los supuestos del punto anterior el Director General, realizará todas las diligencias necesarias para que, posterior a la entrega del formato de liberación del servidor público, se haga el pago del finiquito que corresponde al trabajador.

83. En caso de incumplimientos de funciones, el Director General levantará acta

circunstanciada, ante la presencia del servidor afectado y de dos testigos de asistencia, asentando la declaración de aquél y la de los testigos que se propongan en ese acto. En el acta constarán los hechos que generaron el incumplimiento de funciones por parte del servidor público, así como los criterios que se tomarán en consideración para determinar el cese como sanción laboral. Se firmará por todos aquellos que intervinieron, debiendo entregarse en ese mismo acto una copia al trabajador, copia a la Contraloría Municipal y otra al Área Administrativa.

84. En caso de muerte del trabajador, el Director General del IMUVI tramitará en el

área Administrativa, la entrega del finiquito (partes proporcionales de Gratificación de fin de año, vacaciones no disfrutadas y prima vacacional, prima de antigüedad y fondo de ahorro), a solicitud de los beneficiarios que el servidor público haya nombrado en cada caso, respetando los porcentajes establecidos por éste. Si el servidor público no hubiese nombrado beneficiarios en cualquiera de los casos mencionados o hubiese asimismo fallecido, la entrega de tales prestaciones se entregaran a las personas que demuestren fehacientemente su calidad de beneficiarios del servidor público finado.

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TRANSITORIOS

Primero. Estos Lineamientos entrarán en vigor a partir del día de su notificación y quedarán sin efectos una vez que la Tesorería Municipal emita y dé a conocer al IMUVI los LINEAMIENTOS GENERALES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y EJERCICIO PRESUPUESTAL APLICABLES AL MUNICIPIO DE DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, GTO., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, los cuales deberán de señalar que son aplicables para las Entidades de la Administración Pública Municipal.

FUENTES

Ley General de Contabilidad Gubernamental, Consultado el 08 de febrero de 2017, en http://www.conac.gob.mx/es/CONAC/Normatividad_Vigente Documentos del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), Consultado el 08 de febrero de 2017, en http://www.conac.gob.mx/es/CONAC/Normatividad_Vigente Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios

de Guanajuato, consultado el 08 de febrero de 2017, en

http://www.congresogto.gob.mx/uploads/ley/pdf/77/Ley_Ej_Cntl_RP_Edo_M_Gto._PO_2

8Oct2016.pdf

Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad, Disciplina y Ejercicio Presupuestal 2015 Presupuesto de Ingresos y Egresos autorizado por el Consejo Directivo del Instituto Municipal de Vivienda.

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GUÍA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA COMPROBACIÓN Y

JUSTIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO

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GUÍA DE REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA COMPROBACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO

Cuenta Partida Definición Comprobación Justificación

5.1.1.1 Remuneraciones al personal de carácter permanente

113 Sueldo Base al Personal Permanente

Asignaciones para remuneraciones al personal civil, de base o de confianza, de carácter permanente que preste sus servicios en los entes públicos. Los montos que importen estas enumeraciones serán fijados de acuerdo con los catálogos institucionales de puestos de los entes públicos.

Recibo de nómina firmado Nómina correspondiente al pago. Base de datos de la dispersión bancaria. (solo en pagó electrónico)

Nombramiento o documento de alta autorizado. Control de asistencia. Plazas previamente establecidas en el analítico autorizado. Importes previamente establecidos en el tabulador de sueldos correspondiente. En caso de plazas de nueva creación, autorización y justificación de su necesidad.

5.1.1.4 Seguridad social

141 Aportaciones de seguridad social

Asignaciones destinadas a cubrir la aportación de los entes públicos, por concepto de seguridad social, en los términos de la legislación vigente.

Documento del entero de cuotas de seguridad social En caso de pago electrónico, documento de la transferencia

Plantilla de personal autorizada. Salarios base de cotización.

Documento de la determinación de las aportaciones de seguridad social Nómina de personal correspondiente al periodo de pago de las aportaciones de seguridad social.

Documento de registro del trabajador ente la institución pública de seguridad social. El pago sea de acuerdo a lo establecido en el convenio establecido. Movimientos de personal (altas, bajas, promociones, etc.) correspondientes al periodo de pago de las aportaciones de seguridad social.

CFDI de servicio médico, honorarios y/o medicamentos Receta medica

Plantilla de personal autorizada.

5.1.1.5 Otras prestaciones sociales y económicas

152 Indemnizaciones

Asignaciones destinadas a cubrir indemnizaciones al personal conforme a la legislación aplicable; tales como: por accidente de trabajo, por despido, entre otros.

Recibo de nómina firmado Finiquitos de terminación de la relación laboral En su caso, convenios Documento que acredite el accidente de trabajo si fuese la indemnización como producto de accidente de trabajo.

Dictámenes médicos. Renuncias laborales. Apego a los Laudos laborales. En caso de trabajadores de confianza, disposiciones generales. Apego a las condiciones generales de trabajo. Documento de baja de nómina. Expediente de personal.

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5.1.1.5 Otras Prestaciones Sociales y Económicas

154 Prestaciones Contractuales

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de las prestaciones que los entes públicos otorgan en beneficio de sus empleados, de conformidad con las condiciones generales de trabajo o los contratos colectivos de trabajo.

Recibo de nómina firmado Nómina correspondiente al pago. Base de datos de la dispersión bancaria. (solo en pagó electrónico) Condiciones generales de trabajo o contrato colectivo de trabajo.

Que se cumpla con los requisitos establecidos en las condiciones generales de trabajo o contrato colectivo.

5.1.2.1 Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales

211 Materiales, útiles y equipos menores de oficina

Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales, artículos diversos y equipos menores propios para el uso de las oficinas tales como: papelería, formas, libretas, carpetas y cualquier tipo de papel, vasos y servilletas desechables, limpia‐tipos; útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras manuales, sacapuntas; artículos de dibujo, correspondencia y archivo; cestos de basura y otros productos similares. Incluye la adquisición de artículos de envoltura, sacos y valijas, entre otros.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización para realizar la requisición. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

241 Productos minerales no metálicos

Asignaciones destinadas a la adquisición de productos de arena, grava, mármol, piedras calizas, piedras de cantera, otras piedras dimensionadas, arcillas refractarias y no refractarias y cerámica como ladrillos, bloques, tejas, losetas, pisos, azulejos, mosaicos y otros similares para la construcción; cerámica utilizada en la agricultura; loza y porcelana para diversos usos como inodoros, lavamanos, mingitorios y otros similares.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la

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normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

242 Cemento y productos de concreto

Asignaciones destinadas a la adquisición de cemento blanco, gris y especial, pega azulejo y productos de concreto.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

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5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

243 Cal, yeso y productos de yeso

Asignaciones destinadas a la adquisición de tabla roca, plafones, paneles acústicos, columnas, molduras, estatuillas, figuras decorativas de yeso y otros productos arquitectónicos de yeso de carácter ornamental. Incluye dolomita calcinada. Cal viva, hidratada o apagada y cal para usos específicos a partir de piedra caliza triturada.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

244 Madera y productos de madera

Asignaciones destinadas a la adquisición de madera y sus derivados.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable.

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Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

245 Vidrio y productos de vidrio

Asignaciones destinadas a la adquisición de vidrio plano, templado, inastillable y otros vidrios laminados; espejos; envases y artículos de vidrio y fibra de vidrio.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén.Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

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5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

246 Material eléctrico y electrónico

Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material eléctrico y electrónico tales como: cables, interruptores, tubos fluorescentes, focos, aislantes, electrodos, transistores, alambres, lámparas, entre otros, que requieran las líneas de transmisión telegráfica, telefónica y de telecomunicaciones, sean aéreas, subterráneas o submarinas; igualmente para la adquisición de materiales necesarios en las instalaciones radiofónicas, radiotelegráficas, entre otras.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

247 Artículos metálicos para la construcción

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por adquisición de productos para construcción hechos de hierro, acero, aluminio, cobre, zinc, bronce y otras aleaciones, tales como: lingotes, planchas, planchones, hojalata, perfiles, alambres, varillas, ventanas y puertas metálicas, clavos, tornillos y tuercas de todo tipo; mallas ciclónicas y cercas metálicas, etc.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente. Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable.

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Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

248 Materiales complementarios

Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales para el acondicionamiento de las obras públicas y bienes inmuebles, tales como: tapices, pisos, persianas y demás accesorios.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

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5.1.2.4 Materiales y artículos de construcción y de reparación

249 Otros materiales y artículos de construcción y reparación

Asignaciones destinadas a cubrir la adquisición de otros materiales para construcción y reparación no considerados en las partidas anteriores tales como: Productos de fricción o abrasivos a partir de polvos minerales sintéticos o naturales para obtener productos como piedras amolares, esmeriles de rueda, abrasivos en polvo, lijas, entre otros; pinturas, recubrimientos, adhesivos y selladores, como barnices, lacas y esmaltes; adhesivos o pegamento, impermeabilizantes, masillas, resanadores, gomas‐cemento y similares, thinner y removedores de pintura y barniz, entre otros.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Requisición de los materiales y/o suministros del área solicitante, que contenga: Motivo por el cual se solicita. Cantidad y descripción de los materiales y/o suministros. Nombre y firma del solicitante de los materiales y/o suministros. Nombre y firma de autorización del titular del área solicitante. Visto bueno de autorización del área de recursos materiales para realizar la requisición. Orden de compra autorizada por el personal facultado para ello. Ésta deberá realizarse con base en la requisición. Expediente del proceso de adquisición de los materiales y/o suministros integrado conforme a la normativa aplicable. Registro de entradas y salidas de los materiales y/o suministros del almacén. Inventario actualizado de las existencias de los materiales y/o suministros en el almacén. Documento que acredite la entrega, aplicación o uso de los materiales y/o suministros en funciones propias del ente.

5.1.2.6 Combustibles, lubricantes y aditivos

261 Combustibles, lubricantes y aditivos

Asignaciones destinadas a la adquisición de productos derivados del petróleo (gasolina, diésel, leña, etc.), aceites y grasas lubricantes para el uso en equipo de transporte e industrial y regeneración de aceite usado. Incluye etanol y biogás, entre otros. Excluye el petróleo crudo y gas natural, así como los combustibles utilizados como materia prima.

Vale de caja Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe.

Oficio de comisión Bitácora Contrato de suministro

5.1.2.7 Vestuario, blancos, prendas de protección y artículos

271 Vestuario y uniformes

Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de vestir: de punto, de ropa de tela, cuero y piel y a la fabricación de accesorios de vestir: camisas, pantalones, trajes, calzado, uniformes y sus accesorios. Insignias, distintivos,

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe. Listas de beneficiarios con firmas de recibido

Aclarar y demostrar la necesidad de uniformar al personal asignado.

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emblemas, banderas, banderines, uniformes y ropa de trabajo, calzado.

Requisición Contrato o pedido con el proveedor debidamente firmado detallando claramente los artículos adquiridos

5.1.2.9 Herramientas, refacciones y accesorios

292 Refacciones y accesorios menores de edificios.

Asignaciones destinadas a la adquisición de instrumental complementario y repuesto de edificios, tales como: candados, cerraduras, pasadores, chapas, llaves, manijas para puertas, herrajes y bisagras.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe. Listas de beneficiarios con firmas de recibido Orden de servicio o reparación Contrato o pedido con el proveedor debidamente firmado detallando claramente los artículos adquiridos Bitácora de mantenimiento

Aclarar y demostrar la necesidad de adquirir dichos artículos.

5.1.2.9 Herramientas, refacciones y accesorios

293 Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo.

Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios de escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras, fotocopiadoras, entre otros. Tales como: bases de 5 puntas, rodajas (para sillas y muebles), estructuras de sillas, pistones, brazos asientos y respaldos, tornillos, soleras, regatones, estructuras de muebles, entre otros.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe. Artículo Reparado Orden de servicio o reparación Evidencia de la reparación Bitácora de mantenimiento

Aclarar y demostrar la necesidad de adquirir dichos artículos.

5.1.2.9 Herramientas, refacciones y accesorios

294 Refacciones y accesorios menores de equipo de cómputo

Asignaciones destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos o externos que se integran al equipo de cómputo, con el objeto de conservar o recuperar su funcionalidad y que son de difícil control de inventarios, tales como: tarjetas electrónicas, unidades de discos internos, circuitos, bocinas, pantallas y teclados, entre otros.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe. Artículo Reparado Orden de servicio o reparación Evidencia de la reparación Bitácora de mantenimiento

Autorización técnica Programa de mantenimiento preventivo Aclarar y demostrar la necesidad de adquirir dichos artículos.

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5.1.2.9 Herramientas, refacciones y accesorios

296 Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte.

Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, limpiadores, volantes, tapetes, reflejantes, bocinas, auto estéreos, gatos hidráulicos o mecánicos.

Factura original con el detalle de los materiales y/o suministros adquiridos, con sello y visto bueno de la persona y del área que los recibe. Artículo Reparado Orden de servicio o reparación Evidencia de la reparación Bitácora de mantenimiento

Autorización técnica Programa de mantenimiento preventivo Aclarar y demostrar la necesidad de adquirir dichos artículos.

5.1.3.1 Servicios Básicos

311 Energía eléctrica

Asignaciones destinadas a cubrir el importe de la contratación, instalación y consumo de energía eléctrica, necesarias para el funcionamiento de las instalaciones oficiales. Incluye alumbrado público.

Recibo ó factura de la CFE En caso de no ser propietarios, contrato de arrendamiento o comodato del bien inmueble Que el domicilio del recibo factura concuerde con el inmueble ocupado por el ente.

5.1.3.1 Servicios Básicos

313 Agua Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable y para riego, necesarios para el funcionamiento de las instalaciones oficiales.

Recibo del sistema de agua potable En caso de no ser propietarios, contrato de arrendamiento o comodato del bien inmueble

5.1.3.1 Servicios Básicos

314 Telefonía tradicional

Asignaciones destinadas al pago de servicio telefónico convencional nacional e internacional, mediante redes alámbricas, incluido el servicio de fax, requerido en el desempeño de funciones oficiales.

Factura original con requisitos fiscales En caso de no ser propietarios, contrato de arrendamiento o comodato del bien inmueble apego al contrato de la línea telefónica Sistema de control de llamadas

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5.1.3.1 Servicios Básicos

315 Telefonía celular

Asignaciones destinadas al pago de servicios de telecomunicaciones inalámbricas o telefonía celular, requeridos para el desempeño de funciones oficiales.

Factura original con requisitos fiscales Relación de personal al que se asignaron los equipos. Inventario Resguardo

Aclarar y demostrar la necesidad de contar con telefonía celular Existencia de lineamientos o criterios emitidos por el ente fiscalizado y que se cumplan.

5.1.3.2 Servicios de arrendamiento

327 Arrendamiento de activos intangibles

Asignaciones destinadas a cubrir el importe que corresponda por el uso de patentes y marcas, representaciones comerciales e industriales, regalías por derechos de autor, membresías, así como licencias de uso de programas de cómputo y su actualización.

Factura original con el detalle de los bienes arrendados, con sello y visto bueno de la persona y del área responsable. Contrato de Arrendamiento debidamente firmado Relación y ubicación de equipos con sus respectivos responsables Relación y ubicación de las licencia o patente otorgada

Aclarar y demostrar la necesidad de arrendar bienes. Bitácora de los servicios prestados por el bien arrendado Estudio de factibilidad del arrendamiento en lugar de la opción de compra.

5.1.3.3 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios

332 Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas

Asignaciones destinadas a cubrir servicios de arquitectura, arquitectura de paisaje, urbanismo, ingeniería civil, mecánica, electrónica, en proceso de producción y a actividades relacionadas como servicios de dibujo, inspección de edificios, levantamiento geofísico, elaboración de mapas, servicios prestados por laboratorios de pruebas. Creación y desarrollo de diseños para optimizar el uso, valor y apariencia de productos como maquinaria, muebles, automóviles, herramientas y gráfico. Excluye: diseño de sistemas de cómputo y

Factura o recibo de honorarios original con el detalle de los servicios recibidos, con sello y visto bueno de la persona y del área responsable. Contrato debidamente firmado y detallando las actividades a desempeñar.

Relación y avance detallado de las actividades o informes con la periodicidad que se estipule en el contrato. Reporte del servicio que brindó el proveedor, suscrito por el personal responsable del área o departamento que lo recibió.

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confección de modelos de vestir para reproducción masiva.

5.1.3.3 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios

334 Servicios de capacitación

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional o internacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan los entes públicos. Excluye las erogaciones por capacitación correspondientes a las prestaciones comprendidas en el capítulo 1000 Servicios Personales.

Factura o recibo de honorarios original con el detalle de los servicios recibidos, con sello y visto bueno de la persona y del área responsable. Constancia o diploma del servidor público que ampare la capacitación recibida por éste en los cursos impartidos por el prestador del servicio. Invitación, tríptico, programa o convocatoria de la capacitación. Listas de asistencia firmadas por los participantes en la capacitación.

Evidencia documental, (fotografías, videos) que muestre la preparación e impartición de los cursos de capacitación. Informe de capacitación del servidor público que contenga: tema, sede, fecha, asistentes, resumen de los temas tratados, vinculación con el área de trabajo de los asistentes, punto de vista de los asistentes en relación a los beneficios identificados para la institución.

5.1.3.4 Servicios Financieros, Bancarios y Comerciales

341 Servicios financieros y bancarios

Asignaciones destinadas a cubrir el pago de servicios financieros y bancarios, tales como: el pago de comisiones, intereses por adeudos de los entes públicos, descuentos e intereses devengados con motivo de la colocación de empréstitos, certificados u otras obligaciones a cargo de la Tesorería, de acuerdo con tratados, contratos, convenios o leyes. Incluye los gastos por la realización de avalúo de bienes muebles e inmuebles o por justipreciación.

Factura o o estado de cuenta bancario Contrato debidamente firmado y detallando las actividades a desempeñar.

Que las erogaciones sean exclusivamente por el pago de servicios y no sean originados por pargos tardíos o imputables a un funcionario público.

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5.1.3.4 Servicios Financieros, Bancarios y Comerciales

345 Seguro de bienes patrimoniales

Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto: Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado.

Requisición del servicio debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable de asegurar los bienes, descripción y características de los bienes a asegurar, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Póliza de seguros donde se contemple el monto asegurado, las condiciones y criterios bajo los cuales se cubrirá. (Cobertura) Relación de bienes patrimoniales que cubren las pólizas de seguros, donde incluya ubicación, uso, número de registro y personal responsable entre otros. Documento de entrega recepción de las pólizas de seguro, por personal responsable de su resguardo.

5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

351 Conservación y mantenimiento menor de inmuebles

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de conservación y mantenimiento menor de edificios, locales, terrenos, predios, áreas verdes y caminos de acceso, propiedad de la Nación o al servicio de los entes públicos, cuando se efectúen por cuenta de terceros, incluido el pago de deducibles de seguros.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado. Acuse de recibo firmado por la persona(s) bajo resguardo de quien se encuentran los bienes que fueron sujetos a mantenimiento. Diagnóstico y presupuesto del servicio requerido por parte del área técnica. Fotografías del inmueble antes y después del servicio 2).-Contrato firmado por los funcionarios que de acuerdo a su legislación sean los facultados para celebrarlos, y por la institución financiera, donde se estipulen claramente los términos y condiciones del servicio , así como la

1).-Requisición del servicio de mantenimiento debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable del servicio de mantenimiento, descripción y características del servicio requerido, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Bitácoras de mantenimiento de bienes en los que se aplicó el servicio, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, inmueble, ubicación, responsable del bien, etc. Relación de los bienes que fueron sujetos a reparación y/o mantenimiento. Dictamen generado del proceso de adjudicación del servicio, que demuestre que el proveedor fue la mejor opción porque ofertó las mejores condiciones de servicio, debidamente suscrito por el personal facultado.

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disposición presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato.

5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

352 Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de toda clase de mobiliario y equipo de administración, tales como: escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir, calculadoras, fotocopiadoras, entre otros. Incluye el pago de deducibles de seguros.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado.

Requisición del servicio debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable del servicio de instalación, reparación mantenimiento del mobiliario y equipo de administración, educacional o recreativo, descripción y características del servicio requerido, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Bitácoras de mantenimiento de bienes en los que se aplicó el servicio, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, tipo de bien, ubicación, responsable del bien, etc. Relación de los bienes que fueron sujetos a instalación, reparación o mantenimiento. Acuse de recibo firmado por la persona(s) bajo resguardo de quien se encuentran los bienes que fueron sujetos a instalación, reparación o mantenimiento. Fotografías del bien mueble antes y después del servicio.

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2).-Contrato firmado por los funcionarios que de acuerdo a su legislación sean los facultados para celebrarlos y por el proveedor del servicio, donde se estipulen claramente los términos y condiciones del servicio de instalación, reparación o mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio, incluyendo entre otros, la disposición presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato.

Bitácoras de servicios de instalación, reparación o mantenimiento de bienes en los que se aplicó el servicio, según sea el caso, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, tipo de bien, área o departamento en que se ubica el bien, responsable del bien, etc. Relación de los bienes que fueron sujetos a instalación, reparación o mantenimiento. Diagnóstico y presupuesto del servicio realizado, por parte del área técnica. Fotografías del bien mueble antes y después del servicio.

5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

353 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo de cómputo y tecnología de la información

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios que se contraten con terceros para la instalación, reparación y mantenimiento de equipos de cómputo y tecnologías de la información, tales como: computadoras, impresoras, dispositivos de seguridad, reguladores, fuentes de potencia ininterrumpida, entre otros. Incluye el pago de deducibles de seguros.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado. 2).-Contrato firmado por los funcionarios que de acuerdo a su legislación sean los facultados para celebrarlos y por el proveedor del servicio, donde se estipulen claramente los términos y condiciones del servicio de instalación, reparación o mantenimiento de equipo de cómputo y tecnología de la información, incluyendo entre otros, la disposición presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato.

1).-Requisición del servicio debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable del servicio de instalación, reparación o mantenimiento de equipo de cómputo y tecnología de la información, descripción del servicio requerido, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Bitácoras de servicios de instalación, reparación o mantenimiento de bienes en los que se aplicó el servicio, según sea el caso, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, tipo de bien, área o departamento en que se ubica el bien, responsable del bien, etc. Relación de los bienes que fueron sujetos a instalación, reparación o mantenimiento. Acuse de recibo a su entera satisfacción, firmado por la persona(s) bajo resguardo de quien se encuentran los bienes que fueron sujetos a instalación, reparación o mantenimiento Diagnóstico y presupuesto del servicio realizado, por parte del área técnica. Fotografías del bien mueble antes y después del servicio. Dictamen generado del proceso de adjudicación del servicio, que demuestre que el proveedor fue la mejor opción

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porque ofertó las mejores condiciones de servicio, debidamente suscrito por el personal facultado..

5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

355 Reparación y mantenimiento de equipo de transporte

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de reparación y mantenimiento del equipo de transporte terrestre, aeroespacial, marítimo, lacustre y fluvial e instalación de equipos en los mismos, propiedad o al servicio de los entes públicos.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado.

Requisición del servicio debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable del servicio de instalación, reparación o mantenimiento del equipo de transporte propiedad del ente, descripción del servicio requerido, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Bitácoras de servicios de reparación o mantenimiento del equipo de transporte propiedad del ente, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, tipo de bien, área o departamento al que está asignado el bien, responsable del bien, etc. Relación del equipo de transporte que fue sujeto a reparación o mantenimiento. Diagnóstico y presupuesto del servicio realizado, por parte del área técnica. Fotografías del equipo de transporte antes y después del servicio. Dictamen generado del proceso de adjudicación del servicio, que demuestre que el proveedor fue la mejor opción porque ofertó las mejores condiciones de servicio, debidamente suscrito por el personal facultado.

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5.1.3.5 Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación

359 Servicios de jardinería y fumigación

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por control y exterminación de plagas, instalación y mantenimiento de áreas verdes como la plantación, fertilización y poda de árboles, plantas y hierbas.

Comprobante original o digital con los requisitos fiscales establecidos en el artículo 29, 29 A y 29C del Código Fiscal de la Federación (factura, recibo, estado de cuenta bancario), según sea el caso, correspondiente al importe pagado. 2).-Contrato firmado por los funcionarios que de acuerdo a su legislación sean los facultados para celebrarlos y por la institución financiera correspondiente, donde se estipulen claramente los términos y condiciones del servicio jardinería o fumigación, así como la disposición presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato.

1).-Requisición del servicio debidamente firmada y sellada por quien solicita y autoriza (funcionarios facultados para ello), que contenga datos mínimos como: la justificación, es decir, exponer la necesidad estrictamente indispensable del servicio de jardinería y fumigación, descripción del servicio requerido, valor aproximado del servicio; partida presupuestal a la cual se aplicará el importe del servicio. Bitácoras de servicios de los servicios de jardinería o fumigación, donde se describan mínimo datos como: fecha, descripción del servicio, ubicación del bien al cual se le aplicó el servicio, número de artículos que fueron sujetos al servicio, área o departamento al que está asignado, responsable del bien, etc. Diagnóstico y presupuesto del servicio realizado, por parte del área técnica Fotografías de los bienes que recibieron el servicio antes y después de éste.. Dictamen generado del proceso de adjudicación del servicio, que demuestre que el proveedor fue la mejor opción porque ofertó las mejores condiciones de servicio, debidamente suscrito por el personal facultado.

5.2.3.6. Subsidios a la Vivienda

436 Subsidios a la vivienda

Asignaciones destinadas a otorgar subsidios a través de sociedades hipotecarias, fondos y fideicomisos, para la construcción y adquisición de vivienda, preferentemente a tasas de interés social.

Recibo del beneficiario de la recepción del recurso

Existencia de Reglas de operación, políticas o lineamientos y que la erogación se apegue a ellas Convocatoria Solicitud de recurso Dictamen de selección Padrón de Beneficiarios Carnet de Identidad del beneficiario. Carta compromiso de la utilización del recurso

1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración

511 Muebles de oficina y estantería

Asignaciones destinadas a la adquisición de bienes muebles y sistemas modulares que requieran los entes públicos para el desempeño de sus funciones, tales como: estantes, ficheros, percheros, escritorios, sillas, sillones, anaqueles, archiveros,

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Dictamen de sustitución (cuando proceda) • Asignación al padrón de activos fijos. • Etiqueta con número de control. • Resguardo individual. • Condiciones físicas para salvaguarda del bien

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libreros, mesas, pupitres, caballetes, restiradores, entre otros.

1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración

515 Equipo de cómputo y de tecnología de la información

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de uso informático, para el procesamiento electrónico de datos y para el uso de redes, así como sus refacciones y accesorios mayores, tales como: servidores, computadoras, lectoras, terminales, monitores, procesadores, tableros de control, equipos de conectividad, unidades de almacenamiento, impresoras, lectores ópticos y magnéticos, monitores y componentes electrónicos como tarjetas simples o cargadas; circuitos, modem para computadora, fax y teléfono y arneses, entre otras.

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Dictamen de sustitución (cuando proceda) • Asignación al padrón de activos fijos • Etiqueta con número de control. • Resguardo individual. • Condiciones físicas para salvaguarda del bien

1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración

519 Otros mobiliarios y equipos de administración

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos propios para el desarrollo de las actividades administrativas, productivas y demás instalaciones de los entes públicos, tales como: máquinas de escribir, sumar, calcular y registrar; equipo de fotocopiadoras, aspiradoras, enceradoras, grabadoras, radios, televisores, microfilmadoras, circuito cerrado de T.V., equipos de detección de fuego, alarma y voceo, lavadoras, hornos de microondas y demás bienes considerados en los activos fijos de los entes públicos. Incluye los utensilios para el servicio de alimentación, cuya adquisición incremente los activos fijos de las

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Dictamen de sustitución (cuando proceda) • Asignación al padrón de activos fijos • Etiqueta con número de control. • Resguardo individual. • Condiciones físicas para salvaguarda del bien

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mismas.

1.2.4.4 Equipo de Transporte

541 Automóviles y camiones

Asignaciones destinadas a la adquisición de automóviles, camionetas de carga ligera, furgonetas, minivans, autobuses y microbuses de pasajeros, camiones de carga, de volteo , revolvedores y tractocamiones, entre otros.

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Dictamen de sustitución (cuando proceda) • Asignación al padrón de activos fijos • Etiqueta con número de control. • Resguardo individual. • Condiciones físicas para salvaguarda del bien

1.2.3.1 Terrenos 581 Terrenos Asignaciones destinadas a la adquisición de tierras, terrenos y predios urbanos baldíos, campos con o sin mejoras necesarios para los usos propios de los entes públicos.

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Autorización del Ayuntamiento o Congreso • Asignación al padrón de activos fijos. • Expediente de padrón inmobiliario • Inscripción en Registro Público de la Propiedad • Avalúo

1.2.5.1 Software 591 Software Asignaciones destinadas en la adquisición de paquetes y programas de informática, para ser aplicados en los sistemas administrativos y operativos computarizados de los entes públicos, su descripción y los materiales de apoyo de los sistemas y las aplicaciones informáticas que se espera utilizar.

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Cotizaciones • Solicitud de compra • Dictamen de sustitución (cuando proceda) • Asignación al padrón de activos fijos. • Licencia • Resguardo individual • Condiciones de uso

1.2.5.4 Licencias 597 Licencias informáticas e intelectuales

Asignaciones destinadas a la adquisición de permisos informáticos e intelectuales.

Factura Contrato o convenio debidamente firmado

• Resguardo individual. • Vigencia. • Registro de cesión de permisos.

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611 Edificación habitacional

Asignaciones destinadas a obras para vivienda, ya sean unifamiliares o multifamiliares. Incluye construcción nueva, ampliación, remodelación, mantenimiento o reparación integral de las construcciones, así como los gastos en estudios de pre‐inversión y preparación del proyecto.

Contratos. Estimaciones de la obra. Estado de cuenta. Facturas.

• Presupuesto autorizado, modificado y ejercido. • Partida expresa y con suficiencia. • Apego a las disposiciones normativas de obra. • Plan Municipal de Desarrollo. • Plan de Gobierno Municipal. • Programa anual de inversión de obra pública. • Estudios de pre inversión de factibilidad técnica, económica y ambiental. • Estudios de rentabilidad social, económico y ecológico. • Convenios modificatorios. • Expedientes unitarios. • Evidencia de supervisión de la obra • Permisos de construcción y afectaciones. • Reportes de avance físico-financieros. • Acta de entrega-recepción de obra. • Lineamientos y políticas.

614 División de terrenos y construcción de obras de urbanización

Asignaciones destinadas a la división de terrenos y construcción de obras de urbanización en lotes, construcción de obras integrales para la dotación de servicios, tales como: guarniciones, banquetas, redes de energía, agua potable y alcantarillado. Incluye construcción nueva, ampliación, remodelación, mantenimiento o reparación integral de las construcciones y los gastos en estudios de pre inversión y preparación del proyecto.

Contratos. Estimaciones de la obra. Estado de cuenta. Facturas.

• Presupuesto autorizado, modificado y ejercido. • Partida expresa y con suficiencia. • Apego a las disposiciones normativas de obra. • Plan Municipal de Desarrollo. • Plan de Gobierno Municipal. • Programa anual de inversión de obra pública. • Estudios de pre inversión de factibilidad técnica, económica y ambiental. • Estudios de rentabilidad social, económico y ecológico. • Convenios modificatorios. • Proceso de asignación de obra (convocatoria, licitación, adjudicación directa). • Padrón de contratistas. • Expedientes unitarios. • Evidencia de supervisión de la obra • Permisos de construcción y afectaciones. • Reportes de avance físico-financieros. • Acta de entrega-recepción de obra. • Lineamientos y políticas.

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621 Edificación habitacional

Asignaciones destinadas a obras para vivienda, ya sean unifamiliares o multifamiliares. Incluye construcción nueva, ampliación, remodelación, mantenimiento o reparación integral de las construcciones, así como los gastos en estudios de pre‐inversión y preparación del proyecto.

Contratos. Estimaciones de la obra. Estado de cuenta. Facturas.

• Presupuesto autorizado, modificado y ejercido. • Partida expresa y con suficiencia. • Apego a las disposiciones normativas de obra. • Plan Municipal de Desarrollo. • Plan de Gobierno Municipal. • Programa anual de inversión de obra pública. • Estudios de pre inversión de factibilidad técnica, económica y ambiental. • Estudios de rentabilidad social, económico y ecológico. • Convenios modificatorios. • Proceso de asignación de obra (convocatoria, licitación, adjudicación directa). • Padrón de contratistas. • Expedientes unitarios. • Evidencia de supervisión de la obra • Permisos de construcción y afectaciones. • Reportes de avance físico-financieros. • Acta de entrega-recepción de obra. • Lineamientos y políticas.