Resumen Preparatorio Publico

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  • 8/13/2019 Resumen Preparatorio Publico

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    DIPLOMADO PUBLICO

    MODULO DERECHO CONSTITUCIONAL DR. ANIBAL CHARRY

    o SOCIEDAD: individuos con caractersticas comunes, que se diferencian de otros por su

    cultura

    o PUEBO: Individuos titulares de los derec!os polticos

    o POBACIO": #a$itantes que inte%ran el estado sin discriminaci&n

    o "ACIO": personas que !a$itan el territorio con toda su cultura

    o PAIS: Es el aspecto %eo%r'fico del estado

    o "ACIO"AIDAD: vinculo del individuo con el estado, se adquiere por nacimiento o por

    adopci&n

    o ES(ADO: or%ani)aci&n *urdico poltica de un pue$lo asentado en un determinado territorio

    + $a*o unpoderde mando

    ELEMENTOS DEL ESTADO:

    (erritorio: elemento fsico material del estado donde se u$ica una po$laci&n delimitada por

    fronteras

    Po$laci&n: !a$itantes que inte%ran al estado sin nin%una discriminaci&n

    Poder P-$lico: e*ercicio de la autoridad por parte del estado

    COMPONENTES DEL TERRITORIO:

    Suelo: superficie del territorio donde se u$ica la po$laci&n, est' determinado por fronteras

    Su$suelo: peda)o de tierra que esta de$a*o del suelo

    Espacio a.reo: porci&n de atmosfera que coincide con el territorio + el estado con

    pro+ecci&n al infinito, se divide en:

    o Espacio electroma%n.tico: donde via*an las ondas !ert)ianas

    o Or$ita %eoestacionaria: anillo ima%inario

    /ar territorial: a%ua marina que $a0a las costas del estado

    Plataforma continental: penetraci&n del suelo + el su$suelo !asta 122 mts de$a*o del mar

    ASAMBLEA CONSTITUYENTE:es una corporaci&n inte%rada p2ara crear un te3to constitucional,para rempla)ar una constituci&n o para modificarla

    ORIGEN DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DEL DERECHO:

    http://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtml
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    Cuantitativo: supremaca de la constituci&n

    Cualitativo: inte%raci&n de los valores + principios

    BLO)UE DE CONSTITUCIONALIDAD:

    o El pre'm$ulo de la Constituci&n9

    o a Constituci&n9

    o os tratados limtrofes de derec!o internacional ratificados por Colom$ia9

    o a le+ estatutaria que re%ula los estados de e3cepci&n9

    o os tratados de Derec!o Internacional #umanitario9

    o os tratados de derec!o internacional que reconocen derec!os intan%i$les9

    o os artculos de los tratados de derec!o internacional de derec!os !umanos ratificados por

    Colom$ia, cuando se trate de derec!os reconocidos por la Carta9 +o a doctrina ela$orada por los tri$unales internacionales u &r%anos de control de los

    tratados de derec!os !umanos en relaci&n con esas normas internacionalesrestrictivamente + s&lo en determinados casos

    Los *a$res $e la a&alo(#a 'o&stit"'io&al: so& los ameri'a&os e& +,-/ los *a$res $e la0"ris$i''i1& 'o&stit"'io&al %"ero& los &orteameri'a&os !"ie&es 'rearo& la s"*rema'#a $e la'o&stit"'i1&.

    COSA U2GADA CONSTITUCIONAL: se puede controvertir mediante la tutela + el recursoe3traordinario de revisi&n solo procede contra sentencias e*ecutoriadas, + el de casaci&n procedecontra sentencias que no est'n e*ecutoriadas;

    Cosa 0"3(a$a e4*li'ita: la que se encuentraen la parte resolutiva de la sentencia

    Cosa 0"3(a$a im*l#'ita: la que se encuentra en la parte motiva de la sentencia

    Cosa 0"3(a$a a*are&te: cuando una sentencia de constitucionalidad, la corte const "o

    !i)o nin%una valoraci&n constitucional en la parte motiva se la sentencia so$re artculosdemandados, pero por error resuelve de fondo en relaci&n al contenido normativodemandado

    Cosa 0"3(a$a a5sol"ta: cuando la corte const #a confrontado la le+ con el te3to

    constitucional + el contenido a3iol&%ico

    Cosa 0"3(a$a relati6a: es la confrontaci&n que !ace la corte const Con la normademandada + una parte del te3to constitucional cuando la le+ no !a !ec!o controlconstitucional por vicios de fondo;, no tiene car'cter a$soluto !asta tanto el *ue)

    constitucional le !a%a control en materia de derec!os fundamentales

    Sistema I&!"isiti6o: En el sistema inquisitivo el *ue) investi%a de oficio sin otras limitaciones quelas que impone la le+, la verdad material con prescindencia de la actividad de las partes

    Sistema $is*ositi6o: se confiere a las partes el dominio del procedimiento + sus re%las son que: el*ue) no puede iniciar de oficio el proceso

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    USTICIA ROGADA:que la administraci&n de *usticia act-a siempre + cuando se solicite &sea queno puede !acerlo de oficio

    LA E7ENTUAL RE7ISI8N )UE HACE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE LOS FALLOS DETUTELA )UE ES UNA FACULTAD )UE TIENE Y )UE SIR7E PARA UNIFICARURISPRUDENCIA EN MATERIA DE DERECHOS FUNDAMENTALES/ AS9 COMO LA CORTE

    SUPREMA UNIFICA URISPRUDENCIA EN MATERIA DE DERECHOS ORDINARIOSMEDIANTE LA CASACI8N.

    CONFIAN2A LEG9TIMA:cuando se falla de acuerdo al precedente *urisprudencial, + si no es asse viola derec!os fundamentales

    REFORMA A LA USTICIA:el ministerio de interior + de *usticia radico un pro+ecto de reformaconstitucional con 1< artculos, entre os cuales se destacan, la se%uridad *urdica, las uncionesdisciplinarias, el *u)%amiento de los aforados, el acceso a la *usticia, las funciones nominadoras + ladescon%esti&n

    o Re(lame&ta'i1& $e la t"tela: se pide una le+ estatutaria que re%ule las competencias +especialidades en materia de tutelas entre *ueces + tri$unales, o sea que la tutela presentada anteel superior se presentara sino mediante a$o%ado, e3cepto cuando en el proceso no !a+a sidoo$li%atoria la postulaci&n

    o Se a'a5ar#a el Co&se0o S"*erior $e la "$i'at"ra: + en su rempla)o el conse*o superior

    *udicial conformado por una sala de %o$ierno + una %erencia de la rama *udicial

    o Cole(io $e a5o(a$os: e*ercera funciones disciplinarias, el cole%io nacional de a$o%adosllevara el re%istro, investi%ara + sancionara las faltas disciplinarias de lo a$o%ados, *ueces,fiscales, ma%istrados + los empleados de la rama *udicial /ientras entra en funcionamiento esteconse*o sus funciones las e*ercera la procuradura %eneral de la naci&n

    o I&a5ilitar#a a e4 ma(istra$os *or ; a2 a0os

    o Se s"*rimir#a& %"&'io&es &omi&a$oras $e las altas 'ortes:el procurado sera ele%ido por el

    senado de una terna enviada por el Pdte + el contralor lo ele%ira el con%reso en pleno

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    o "3(amie&to $e $o5le i&sta&'ia *ara altos %"&'io&arios:la investi%aci&n + acusaci&n serian

    asumidas por el fiscal %eneral, el control de %arantas lo e*ercera el tri$unal superior de Bo%ot' + el*u)%amiento en do$le instancia lo adelantara la sala penal de la corte suprema de *usticia

    )UE PRETENDE LA REFORMA A LA USTICIA: pretende mantener el control deconstitucionalidad en concreto pero pretende cam$iar si procedimiento, esto es que las tutelacontra providencias de una sala de tri$unal superior de un distrito de una secci&n de tri$unaladministrativo o contra decisiones ar$itrales tendra que interponerse ante una sala de la cortesuprema o a una secci&n del conse*o de estado

    CORTE CONSTITUCIONAL: es un le%islador positivo + otro ne%ativo:

    4 Ne(ati6o: al declarar la inconstitucionalidad de una le+ o un decreto con fuer)a de le+,

    mediante el control de constitucionalidad que le !ace1 Positi6o: porque llena vacos le%islativos

    FUNCION DE LA CORTE CONSTITUCIONAL:

    F"&'i1&*ara le(islati6a: tiene la facultad de dero%ar una le+ por inconstitucional + la sacadel ordenamiento *urdico, contra esta decisi&n no ca$e recurso

    F"&'i1& *ara e0e'"ti6a: !ace control de forma + de fondo

    =SE PUEDE ANULAR UNA SENTENCIA PROFERIDA POR LA CORTE CONSTITUCIONAL ENSEDE DE RE7ISION>:si, porque la corte constitucional puede anular sus propias sentencias pero

    solo cuando se !a+a vulnerado %ravemente el de$ido proceso, se !ace mediante un incidente denulidad ?O PUEDO SOICI(A6E A A CO6(E CO"S(I(UCIO"A @UE (6A/I(E U"I"CIDE"(E DE "UIDAD, donde la CO6(E resuelva si viol& el derec!o constitucional, como escontra una SE"(E"CIA DE A SAA 6EISIO", @UIE" 6ESUEE ES A SAA PE"A DE ACO6(E CO"S(I(UCIO"A os precedentes son o$li%atorios OS P6O7IE6E A SAA PE"ADE A CO6(E CO"S(I(UCIO"A, si la SAA DE 6EISIO", no tiene en cuenta el precedente dela SAA PE"A CO6(E CO"S(I(UCIO"A, le pido a la corte que anule la sentencia proferida poruna sala de revisi&n El mismo procedimiento podra ocasionar en CO6(E SUP6E/A

    CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

    Es el que se e*erce por un &r%ano competente, atreves de un pronunciamiento definitivo respectode la concordancia de ciertas normas *urdicas con la inte%ridad + primaca de la constituci&n Se!ace a los actos de contenido %eneral

    =C"?&$o es im*ro'e$e&te el 'o&trol 'o&stit"'io&al>: cuando lo que se pretende es-nicamente interpretar + determinar el alcance de una disposici&n le%al, pues la corte no puede fi*arcon ar%umentos puramente le%ales cual es el alcance de una le+

    CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA: es mi4to@$i%"so 'o&'e&tra$o

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    Di%"so o a5stra'to:sus efectos son er%a omnes, es difuso porque lo e*ercen 1 &r%anos, la corteConst? el conse*o de estado !ace un control residual, mediante la acci&n de nulidad 3inconstitucionalidad acerca de los decretos dictado por el %o$ierno cu+a competencia no seaasi%nada a la corte constitucional;

    Co&'e&tra$o: es el que e*erce la corte constitucional en la revisi&n de fallo de tutela so$rederec!os fundamentales Efectos:

    Efecto su$*etivo: revisi&n q la corte !ace al caso concreto + es interpartes

    Efecto o$*etivo: unificaci&n e interpretaci&n q !ace la corte + es er%a omnes

    MODALIDADES DE CONTROL

    7IA DE ACCION: cuando un ciudadano demanda una norma por considerarla que escontraria a la constituci&n, que es inconstitucional art 14 81 const;

    7IA ECEPCION: De acuerdo al artculo De la CP en todo caso de incompati$ilidad

    entre la Constituci&n + la le+ u otra norma *urdica, de$er'n aplicarse las disposicionesconstitucionales De este precepto se deriva la %uarda de la Constituci&n a trav.s de lae3cepci&n de inconstitucionalidad Su o$*etivo se circunscri$e a que el *ue) o autoridad quecono)ca de un determinado asunto se a$sten%a de aplicar una norma que se considerecontraria a la Constituci&n en el momento de tomar una decisi&n Se puede presentar de 1formas:

    o E3cepci&n de inconstitucionalidad: en un caso concreto con efecto interpartes, un

    *ue) o una autoridad activa puede a$stenerse de aplicar una norma cuando estacontradi%a la constituci&n Se aplica respecto de la le+ no de actos activos porque

    estos tiene presunci&n de le%alidad

    o Acci&n de nulidad por inconstitucionalidad: es el pronunciamiento acerca de los

    decretos con fuer)a de le+ o de contenido le%islativo dictados por el %o$iernonacional cu+a competencia no sea asi%nada a la corte

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    o Control formal: es la verificaci&n que se le !ace al acto respecto de los procedimientos que

    de$i& adoptar para la e3pedici&n de esa le+ o dcto

    o Control material: la corte verifica que el acto o$*eto de revisi&n ten%a unidad de materia

    o Control inte%ral: la confrontaci&n que !ace la corte const Con todo el te3to const

    Inclu+endo el contenido a3iol&%ico #aciendo todo esto la cosa *u)%ada es a$soluta no sepuede ddar el acto + si no lo !ace todo la cosa *u)%ada es relativa o sea q se puede ddar elacto respecto de asunto no confrontados por la corte;, o sea q se puede ddar una le+o$*eto de revisi&n siempre + cuando sea 3 asuntos no tratados por la corte

    . CONTROL POSTERIOR:

    ACCION PUBLICA DE INCOSTITUCIONALIDAD: la facultad que tienen todos los

    ciudadanos colom$ianos de impu%nar ante la Corte Constitucional, por ser violatorios de la

    norma fundamental, los si%uientes actos que contempla el artculo 14 de la Carta Poltica,de$e de e3presar el o$*eto so$re el cual versa la violaci&n, el concepto de la misma + lasra)ones de la violaci&n, los efectos de la sentencia son er%a omnes

    o Actos reformatorios de la Constituci&n, cualquiera que sea su ori%en s&lo por vicios

    de procedimiento en su formaci&n numeral 4;

    o e+es, tanto por su contenido material, como por vicios de procedimiento en su

    formaci&n numeral ;

    o Decretos con fuer)a de le+ dictados con fundamento en los artculos 4=2 numeral

    42, o sea decreto le+es dictados por el o$ierno en uso de facultades

    e3traordinarias numeral =;

    o Decretos con fuer)a de le+ e3pedidos con fundamento en el artculo 54 de la

    Constituci&n, se refiere a los Decretos Plan nacional de desarrollo

    Co&trol $e 'o&stit"'io&ali$a$ $e &orma $ero(a$a: si no se encuentra produciendoefectos *urdicos la corte puede a$stenerse de adelantar el respectivo *uico deinconstitucionalidad Se declara in!i$ida por carencia actual de o$*eto

    . CONTROL PRE7IO:es el que se !ace a los pro+ectos de le+ o$*etados por el Pdte, el que sele !ace a las le+es estatutarias, + a los tratados + de sus le+es apro$atorias

    . CONTROL AUTOMTICO: control de los decretos le%islativos, es decir de los que dicte elPresidente de la 6ep-$lica con $ase en los estados de e3cepci&n decretos le+ + con fuer)a dele+;

    Dcto le%islativos: aquellos e3pedidos en los estados de e3cepci&n

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    Dcto con fuer)a de le+: aquellos e3pedidos por el %o$ierno en facultades e3traordinariasconcedidas por el con%reso

    7ICIOS EN LA EPEDICION DE UNA LEY: de forma + de fondo

    ACCIONES CONSTITUCCIONALES

    ACCION DE TUTELA:decreto 1=4 de 4, es el derec!o que tienen las personas para reclamar laprotecci&n inmediata de sus derec!os constitucionales fundamentales, cuando estos resultenvulnerados o amena)ados por la acci&n o la omisi&n de cualquier autoridad p-$lica o por parte departiculares Adem's, la acci&n de tutela puede utili)arse como un mecanismo transitorio paraevitar un da0o irremedia$le 4= das

    Cara'ter#sti'as $e esta a''i1&:

    Su$sidiaria: s&lo es aplica$le cuando no e3iste otro medio de defensa *udicial

    Inmediata: respuesta r'pida a la protecci&n que se solicita

    Sencilla: "o tiene nin%una dificultad para su aplicaci&n

    Especifica: Es -nica para la protecci&n de los derec!os fundamentales

    Efica): E3i%e que el *ue) estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto

    Pro'e$e&'ia $e la t"tela:

    @ue se trate de la violaci&n de un derec!o fundamental

    @ue se trate de una violaci&n o amena)a a un derec!o fundamental

    =)"i& *"e$e i&ter*o&er la a''i1& $e t"tela>Cualquier persona directamente afectada en susderec!os fundamentales salvo los casos de representaci&n o de a%encia oficiosa;

    Co&tra !"i& se *"e$e e0er'itar la a''i1& $e t"tela: contra las autoridades p-$licas o contraparticulares

    =C"?&$o &o *ro'e$e la a''i1& $e t"tela>

    Cuando e3istan otros recursos o medios de defensa *udiciales

    Cuando se pueda prote%er el derec!o invocando el #a$eas Corpus

    Cuando se $usca prote%er un derec!o colectivo, e3cepto que sea como mecanismo

    transitorio para evitar un per*uicio irremedia$le o cuando se presenta cone3idad entre elderec!o colectivo + uno fundamental del demandante

    Cuando sea evidente que la violaci&n del derec!o ori%in& un da0o consumad

    Cuando se interpone contra actos de car'cter %eneral, impersonal + a$stracto

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    Cuando se interpone contra providencias *udiciales no procede por re%la %eneral, pero s

    e3cepcionalmente, cuando estas constitu+an una va de !ec!o

    =P"e$e "tili3arse la a''i1& $e t"tela a *esar $e !"e e4ista& otros me'a&ismos *ara *rote(erel $ere'o %"&$ame&tal 6iola$o>Si pero solo cuando el otro medio +a se a%ot& + no sirvi&, o elotro medio e3iste, pero se acude a la tutela para evitar un per*uicio irremedia$le

    CAUSALES GENERICAS DE PROCEDIBILIDAD O 7IAS DE HECHO DE LA TUTELA:

    +. 6iola'i1& $ire'ta $e la 'o&stit"'i1&: cuando se aplica la le+ desconociendo laconstituci&n

    . $e%e'to %?'ti'o:cuando !a+ una valoraci&n equivocada de una prue$a para acreditar lae3istencia de unos !ec!os

    . $e%e'to s"sta&ti6o:cuando se i%nora el contenido de la le+

    . $e%e'to *ro'e$ime&tal:cuando el *ue) se aparta el *ue) del procedimiento

    ;. $e%e'to or(?&i'o:el *ue) profiere una decisi&n sin tener competencia *ue) no tienecompetencia

    LA ACCI8N DE CUMPLIMIENTO:e+ 55F> G(oda persona podr' acudir ante la autoridad*udicial para !acer efectivo el cumplimiento de una le+ o un acto administrativo Prote%e decon&micos, sociales + culturales

    =C"?les so& las &ormas !"e se *"e$e& a'er '"m*lir a tra6s $e la a''i1& $e'"m*limie&to>"ormas con fuer)a material de le+ + actos administrativos "o puede utili)arsepara solicitar el cumplimiento de las normas constitucionales

    =)" 'o&$i'io&es $e5e '"m*lir la &orma !"e *rete&$e a'erse '"m*lir a tra6s $e laa''i1& $e '"m*limie&to>a @ue apare)ca en ella una o$li%aci&n que de$a cumplirse $ @ueno !a+a otro mecanismo *udicial c @ue la norma no esta$le)ca %astos

    )"i& *"e$e $ema&$ar e& e0er'i'io $e la a''i1& $e '"m*limie&to> C"al!"ier *erso&a siversa so$re una norma con fuer)a material de le+ o de un acto administrativo de car'cter%eneral, pero si es de car'cter particular la persona que ten%a inter.s directo en elcumplimiento

    =Co&tra !"i&es se *"e$e i&ter*o&er "&a a''i1& $e '"m*limie&to>

    Contra el Estado: procede contra cualquier autoridad que incumpla Contra particulares: si estos e*ercen funciones p-$licas

    =C"?l es el trmi&o *ara a'er "so $e la a''i1& $e '"m*limie&to> no tiene t.rmino decaducidad

    =A&te !"i& se *"e$e i&sta"rar la a''i1& $e '"m*limie&to> ante la *urisdicci&n contenciosoadministrativa

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    LAS ACCIONES POPULARES: e+ >1 de 4H so& el mecanismo de protecci&n de losderec!os e intereses colectivos los relacionados con am$iente sano, moralidad administrativa,espacio p-$lico, patrimonio cultural, se%uridad + salu$ridad p-$licas, servicios p-$licos,consumidores + usuarios, li$re competencia econ&mica, etc;En esta acci&n !a+ medidascautelares innominadas o sea las q est'n fuera de la le+ (iene una audiencia de pacto decumplimiento q se aprue$a mediante sentencia Prote%e d colectivos + del medio am$iente

    =C"?l es la %i&ali$a$ $e las a''io&es *o*"lares>evitar el da0o contin%ente, !acer cesar elpeli%ro, la amena)a, la vulneraci&n o a%ravio so$re los derec!os e intereses colectivos, o restituirlas cosas a su estado anteriores cuando fuere posi$le

    =)"i&es *"e$e& i&ter*o&er "&a a''i1& *o*"lar>cualquier persona

    =Co&tra !"ie&es se *"e$e e0er'itar "&a a''i1& *o*"lar>contra el Estado o contra losparticulares, se%-n sea quien viole o amenace los derec!os o intereses colectivos

    =A&te !"i& se *"e$e i&sta"rar "&a a''i1& *o*"lar>

    Si se adelanta contra entidades p-$licas o personas privadas que cumplen funciones

    p-$licas conoce la *urisdicci&n contencioso administrativa,

    Si se adelanta contra particulares conoce la *urisdicci&n ordinaria, los *ueces civiles del

    circuito

    =)" trmi&o e4iste *ara i&ter*o&er la a''i1& *o*"lar>no tiene t.rmino de caducidad, sepuede interponer recurso de reposici&n + de apelaci&n

    LAS ACCIONES DE CLASE O DE GRUPO: para prote%er a un %rupo de personas que !an sidoafectadas por la misma causa El n-mero de personas de$e ser mnimo 12 En esta acci&n !a+

    medidas cautelares nominadas o sea las q se0ala la le+, tiene fines indemni)atorios Prote%e dcolectivos + del medio am$iente

    =)"i& *"e$e i&sta"rar "&a a''i1& $e 'lase o $e (r"*o> Cualquier persona perteneciente al%rupo afectado, mediante a$o%ado

    =A !"i& se *"e$e $ema&$ar e& e0er'i'io $e "&a a''i1& $e 'lase o $e (r"*o> al Estado, a losparticulares que e*ercen una funci&n p-$lica o a los particulares que e*ercen una actividad privada,

    =A&te !"i& se $ema&$a>

    Si el presunto responsa$le del da0o es el Estado o un particular que e*erce funci&n p-$lica,

    el *ue) que conoce del asunto es el contencioso administrativo,

    Si el responsa$le es una persona particular ante el *ue) ordinario, el *ue) civil de circuito

    =C"?&to tiem*o se tie&e *ara $ema&$ar>dos a0os desde la fec!a en que se caus& el da0o otermin& la acci&n vulnerante causante del mismo

    HABEAS CORPUS:

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    Pro'e$e:

    por vulneraci&n de la li$ertad en forma ar$itraria,

    por orden de privaci&n de una autoridad no *udicial,

    por vencimiento de t.rminos

    Com*ete&'ia:*ueces + tri$unales del poder pu$lico

    Cara'ter#sti'as: cautelar, es preferente, es informal, $reve + sumaria: 5< !oras

    Re'"rsos: apelaci&n, contra el fallo q ordene la li$ertad no tiene recursos

    Fi&es:

    inmediato: an'lisis de la situaci&n *udicial procesal

    mediato: li$ertad

    ETINCI8N DE DOMINIO:es aut&noma + proviene del poder constitu+ente, sus efectos son er%aomnes, no tiene prescripci&n Con esta acci&n se pretende pro$ar el ori%en le%timo del patrimonio,los $ienes cu+a titularidad se discute, no se puede interponer e3cepciones salvo la o$*eci&n deperita)%o por error %rave

    Pro'e$e:

    enriquecimiento ilcito

    conductas cometidas en per*uicio del tesoro pu$lico

    delito de peculado

    inde$ida cele$raci&n de contratos

    deterioro de la moral social

    Nat"rale3a: tiene naturale)a *urisdiccional, de car'cter le%al + de contenido patrimonial + procedeso$re cualquier derec!o real, principal o accesorio salvo los que sean o$*etos de sucesi&n porcausa de muerte

    Com*ete&'ia:fiscal %eneral + los *ueces penales del circuito

    Partes e& el *ro'eso:direcci&n de estupefacientes, *ue) de conocimiento

    PERDIDA DE IN7ESTIDURA: proceso disciplinario *urisdiccional, conce*o de estado -nicainstancia, procede contra con%resistas + diputados, a los con%resistas por la violaci&n de lasin!a$ilidades e incompati$ilidades o el r.%imen de conflicto de intereses, la inasistencia a os conce*ales diputados +con%resistas

    =)"i& est? le(itima$o *ara i&i'iar la a''i1&>Cualquier persona o miem$ro o cualquiermiem$ro de la mesa corporativa a la cual pertene)ca

    =C"?l es el o50eto $e la a''i1&>a protecci&n de la moralidad p-$lica, la responsa$ilidad poltica + la confian)a en las institucionesp-$licas

    =)"i&es 'o&o'e& $e estas a''io&es> as acciones en contra los 'o&(resistaslas conoce: El conce*o de estado, sala de lo

    contenciosos administrativo, en -nica instancia

    as acciones en contra de los diputados conce*ales + miem$ros de las A: conoce el

    tri$unal contencioso administrativo en primera instancia + el conce*o de estado ense%unda instancia

    ACCION DE REPETICION:la tiene el Estado contra un funcionario p-$lico, que !a incurrido endolo o culpa %rave + con esto ocasiona el pa%o de una indemni)aci&n Art 2 const En el evento

    de ser condenado el Estado a la reparaci&n patrimonial de uno de tales da0os, que !a+a sidoconsecuencia de la conducta dolosa o %ravemente culposa de un a%ente su+o, aquel de$er'repetir contra .ste

    MODULO DOCTOR FRANKLIN

    CONSTITUCION: en la anti%Jedad los %rie%os denomina$an politeia a la constituci&n del estado,aludi.ndolo a la unidad corporativa del total de los ciudadanos, la nuestra tiene 5H2 artculos, =transitorios + 45 ttulos

    Co&te&i$o $e la 'o&stit"'i1&:

    Pre'm$ulo: con*unto de normas q re%ulan la or%ani)aci&n del estado

    Parte or%'nica: normas

    Parte do%m'tica: ppios + valores

    Cl'usulas de reforma

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    "ormas neutras

    Pro'e$imie&to *ara re%ormar la 'o&stit"'i1&:

    I&i'iati6a *o*"lar: radica en el pue$lo

    I&i'iati6a 'om*arti$a: 1 &r%anos tienen la facultad para plantear la reforma

    I&i'iati6ae4'l"si6a: 4 solo &r%ano tiene la iniciativa para reformarla

    Clases $e 'o&stit"'i1&:

    Es'rita: dcto escrito codificado

    Co&s"et"$i&aria: se fdta en la costum$re + no esta codificada

    R#(i$a: aquella q esta$lece para su reforma unos mecanismos especiales

    Fle4i5le: no esta$lece procedimientos especiales para su reforma

    Pro(ram?ti'a: tiene una ideolo%a determinada

    Utilitaria: &o una ideolo%a determinada

    Ori(i&aria: norma nueva

    Deri6a$a: no aporta elementos nuevos, se deriva de otras

    Sem?&ti'a: aquella q no es cumplida 3 los %o$ernantes ni 3 los %o$ernados

    Normati6a: aquella q se cumple 3 los %o$ernantes

    )"ie& *"e$e re%ormar la 'o&stit"'i1&:

    P"e5lo: atreves del referendo + la iniciativa popular

    El 'o&(reso: mediante actos le%islativos, + atreves del poder constitu+ente derivado

    Asam5lea 'o&stit"e&te

    S"*rema'#a $e la 'o&stit"'i1&:

    Material: la constituci&n es el ori%en de toda actividad *urdica

    Formal: los procedimientos 3ra reformar la constituci&n no son i%uales a los de la le+

    Po$er 'o&stit"e&te: %acultad q tiene el pue$lo 3raauto determinarse, autorre%ularse + autoor%ani)arse

    Clases $e *o$er 'o&stit"e&te:

    Primarios: %a'"lta$ $el *"e5lo 4ra 'rear el esta$o la 'o&stit"'i1&

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    Deri6a$o: %acultad del pue$lo de ele%ir a unos representantes 3ra q estos reformen la

    constituci&n

    Cara'ter#sti'as $el *o$er 'o&stit"e&te:

    Ori(i&ario: el poder nace directamente en el pue$lo

    I&$i6isi5le: es la $ase de la or%ani)aci&n del estado

    Perma&e&te: mientras e3ista el pue$lo !a+ constituci&n

    E%i'a3: porque se lo%ra la or%ani)aci&n poltica

    Es*e'ial: 3q es la -nica forma q tiene el pue$lo de crear + modificar la constituci&n, + elestado

    Se(J& Arist1teles: la const Es el modo de ser de la ciudad, equivale a r.%imen, estructura +conte3tura

    CICERON:fue quien primero utili)o el termino const En su sentido actual

    E$a$ me$ia:se entiendo 3 const e+es dictadas 3 la e3clusiva voluntad del monarca

    Re6ol"'i1& %ra&'esa:asimilo la const A una forma de or%ani)aci&n poltica, aquella q %aranti)ali$ertades individuales tra)ando lmites a la actividad del %o$ernante

    a corte suprema de *usticia lo inventaron los americanos

    MECANISMOS DE PARTICIPACION POLITICA

    +. Me'a&ismos $ire'tos:

    a Re6o'atoria $el ma&$ato: es un derec!o poltico, por medio del cual losciudadanos dan por terminado el mandato que le !an conferido a un %o$ernador oa un alcalde

    $ Ca5il$o a5ierto:es la reuni&n p-$lica de los Conce*os distritales, municipales o delas *untas administradoras locales, en la cual los !a$itantes pueden participardirectamente con el fin de discutir asuntos de inter.s para la comunidad

    c I&i'iati6a &ormati6a:es el derec!o poltico de un %rupo de ciudadanos depresentar pro+ectos de acto le%islativo + de le+ ante el Con%reso de la 6ep-$lica,de ordenan)a ante las asam$leas departamentales, de acuerdo ante los conce*osmunicipales o distritales + de resoluci&n ante las *untas administradoras locales, +dem's resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdocon las le+es que las re%lamentan, para que sean de$atidos + posteriormenteapro$ados, modificados o ne%ados por la corporaci&n p-$lica correspondiente

    . Me'a&ismos i&$ire'tos:

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    a Ple5is'ito:es el pronunciamiento del pue$lo convocado por el Presidente de la6ep-$lica, mediante el cual apo+a o rec!a)a una determinada decisi&n dele*ecutivo

    $ Co&s"lta *o*"lar:es la instituci&n mediante la cual, una pre%unta, de car'cter%eneral so$re un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal,

    distrital o local, es sometida por el Presidente de la 6ep-$lica, el %o$ernador o elalcalde, se%-n el caso, a consideraci&n del pue$lo para que .ste se pronuncie alrespecto

    c Re%ere&$o:Es la convocatoria que se !ace al pue$lo para que aprue$e o rec!aceun pro+ecto de norma *urdica o dero%ue o no una norma +a vi%ente

    MODULO DERECHO ADMINISTRATI7O

    DR. OSE ILLIAN SANCHE2

    Dere'o a$ti6o: es un su$sistema del derec!o p-$lico, conformado por principios + valores deran%o constitucional + por re%las

    Re(las:est'n compuestas por:

    Lees:

    o Or%'nicas

    o Estatutarias

    o /arco

    o Ordinarias

    o De facultades

    De'retos:

    o Con fuer)a de le+ o dctosle%islativos: decretos le+es 3 facultades e3traordinarias

    del con%reso o por facultad de la constituci&n

    o De naturale)a adtiva: los dctos q desarrollan las le+es marco, los dctos

    re%lamentarios, los dctos de estructura interna d rama e*ecutiva + dctos %enerales

    AC(OS AD(IOS:

    o "ivel nacional: resoluciones de las diferentes entidades nacionales, circulares + conceptos

    Dian;

    o "ivel dptal: ordenan)as asam$lea;, dctos + resoluciones del %o$ernador

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    o "ivel municipal + distrital: acuerdos + resoluciones

    E DE6EC#O AD(IO SE I"CUA A DE6EC#O P6IADO A(6AES DE PPIOS DE 6A"OCO"S(I(UCIO"A prestar servicios p-$licos 3 entidades privadas;, el derec!o privado es fuentedel derec!o adtivo

    Administraci&n P-$lica: es el o$*eto de estudio del derec!o adtivo

    KUn particular puede cumplir una funci&n p-$lica mediante un proceso contractualL, si uninterventor

    SER7IDORES PUBLICOS: toda persona vinculada a la adm&n Pu$lica 3 carrera adm&n Ocontrato de tra$a*o de forma le%al + re%lamentosFUNCIONARIOS PUBLICOS: de li$re nom$ramiento + remoci&n en la$ores de direcci&n,confian)a + mane*oEMPLEADO PUBLICOS:son de carrera adm&n Se nom$ran mediante concursosTRABAADORES OFICIALES:vinculado 3 contrato de tra$a*o

    CLASES DE LEYES:

    +. Lees or(?&i'as:art 4=4 de la constson le+es q limitan el desarrollo le%islativo de otra le+es,se refieren a ciertas + e3clusivas materias le+ del con%reso =F1 re%ula el tr'mite de una le+ordinaria;, requieren de un qu&rum para su apro$aci&n ma+ora a$soluta de los miem$ros de una+ otra c'mara;, estas son:

    o 6e%lamentos del Con%reso + de cada una de las c'maras

    o "ormas so$re preparaci&n, apro$aci&n + e*ecuci&n del presupuesto de rentas + le+ de

    apropiaciones + del plan %eneral de desarrollo

    o "ormas relativas a la asi%naci&n de competencias normativas a las entidades territoriales

    . Le estat"taria: art 4=1 constPara su apro$aci&n se requiere la ma+ora a$soluta de losmiem$ros del con%reso + se efect-a dentro de una sola le%islatura 12 de *ulio; Su control deconstitucionalidad de autom'tica, previa, inte%ral, definitiva + participativa Se refiere a materiasespecficas:

    o Derec!os + de$eres fundamentales de las personas + los procedimientos + recursos para

    su protecci&n

    o Administraci&n de *usticia

    o Or%ani)aci&n + r.%imen de los partidos + movimientos polticos

    o Instituciones + mecanismos de participaci&n ciudadana

    o Estados de e3cepci&n

    o a i%ualdad electoral entre los candidatos a la Presidencia de la 6ep-$lica

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    . Lees mar'o:esta$lece o$*etivos o criterios q de$e cumplir el %o$ierno cuando trata ciertasmaterias Art 4=2 "o 4 Se les !ace un control autom'tico, tienen un r.%imen de apro$aci&n + sino lo tiene van a la le+ or%'nica del con%reso

    o Cr.dito pu$lico

    o Comercio e3terior + r.%imen de cam$io internacional

    o 6.%imen de aduana aranceles + tarifas;

    o Actividad financiera + $urs'til

    o 6.%imen salarial + prestacional de los empleados p-$licos, del con%reso + la fuer)a pu$lica

    o 6.%imen de prestaciones mnimas de los tra$a*adores oficiales

    . Lees or$i&arias: Son las le+es que e3pide el Con%reso en e*ercicio de su facultad le%islativare%ular, corresponden a las que se dictan en virtud de sus funciones ordinarias

    ;. Lees a*ro5atorias: A trav.s de este tipo de le+es, el le%islativo aprue$a diversos actos*urdicos en cumplimiento de las funciones, de los tratados + convenios internacionales ratificadospor el Con%reso, los contratos o convenios que !u$iere cele$rado el Presidente de la 6ep-$lica,con particulares, compa0as o entidades p-$licas, sin autori)aci&n previa, los tratados que elo$ierno cele$re con otros Estados o con entidades de derec!o internacional

    . Lees $e %a'"lta$es: Son las le+es que e3pide el Con%reso para otor%ar al presidente defacultades e3traordinarias para e3pedir normas con fuer)a de le+ cuando la necesidad lo e3i*a o laconveniencia p-$lica lo !a%a aconse*a$le

    CRITERIOS PARA DEFINIR ADMON PBLICA: aime Orla&$o Sa&to%imio:

    ORGANICO:Con*unto de &r%anos del estado capaces de producir actividad adm&n

    o Se&ti$o Restri&(i$o:es la actividad e*ercida por los &r%anos de la rama e*ecutiva

    nivel central, distrital + dptal con sectores centrales + descentrali)ados;o Se&ti$o am*lio:actividad e*ercida por los &r%anos de la rama e*ecutiva, rama

    *udicial + los &r%anos aut&nomos ministerio p-$lico procuradura + defensora;contralora, or%ani)aci&n electoral re%istradura + el conse*o nacional electoral;$anco de la rep-$lica + la comisi&n nacional de televisi&n;

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    FUNCIONAL:es una actividad q de$en cumplir los servidores p-$licos en el e*ercicio de

    la funci&nadtiva miem$ros de las corporaciones p-$licas, empleados p-$licos +tra$a*adores oficiales;, la cual se materiali)a en actos adtivos, !ec!os adtivos,operaciones adtivas + contrato estatal a funci&n adtiva est' determinada por los fines delestado, los cuales se vuelven de$eres

    NORMATI7O: los fines + manuales de funciones se materiali)an mediante normas, es elestado como fen&meno positivo normativo,

    FINALISTICO O TELEOLOGICO: son los fines del estado respetar + %aranti)ar losderec!os fundamentales, servicios p-$licos + los cometidos del estado;

    SINCRETICO:es el con*unto de &r%anos del estado que cumple una funci&n adtiva re%ida

    por el principio de le%alidad para cumplir los fines del estado

    LA ACTI7IDAD ADMINISTRATI7A SE PUEDE MANIFESTAR MEDIANTE: ACTO ADMINISTRATI7O:Es /anifestaci&n unilateral de la voluntad de la administraci&np-$lica tendiente a %enerar efectos *urdicos Puede ser de:

    Inter.s %eneral: Diri%ido a todo un con%lomerado !umano E*: PO( 8 re%lamento de las ventas

    Inter.s particular: est'n diri%idos a al%uien determinado "om$ramiento, licencia, permiso

    OPERACI8N ADTI7A:es la e*ecuci&n material del acto adtivo Su voluntad es unilateral E*:

    procedimientos policivos

    HECHO ADMINISTRATI7O:"o tiene voluntad administrativa Es un acontecimiento que puedeser dado el comportamiento !umano o la naturale)a pero de$e producir efectos *urdicos

    CONTRATO ADTI7O: acuerdo de dos o m's voluntades Est' re%ulado por la le+ H2 o

    re%menes especiales

    ELEMENTO COMUN ENTRE:acto, operaci&n, !ec!o + contrato adtivo es:

    7OLUNTAD ADMINISTRATI7A: es un proceso co%nitivo dentro del 'm$ito de unacompetencia administrativa, es la posi$ilidad de tomar decisiones + resolver situaciones

    *urdicas dentro de su 'm$ito de competencia personal de mane*o + mando;

    TEORIA DEL ACTO ADTI7O:

    Re!"isitos $e e4iste&'ia $el a'to:

    Su*eto: De$e ser un servidor p-$lico con competencia administrativa q ten%a capacidad de

    decisi&n + mando q pueda resolver situaciones *urdicas "ivel directivo, asesor, e*ecutivo;

    Causa o motivo

    O$*eto

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    7in

    7ormas

    Re!"isitos $e 6ali$e3 $el a'to: 'o& %"&$ame&to e& el **io $e le(ali$a$

    Competencia: factores de competencia:

    o 7actor temporal: la q se e*erce en un tiempo determinado facultad q le da el

    conse*o al alcalde 3 5 meses 3ra q dicte un acuerdo;

    o 7actor funcional o material: es la atri$uci&n q el ordenamiento *urdico se0ala a los

    funcionarios

    o 7actor *er'rquico: toda entidad tiene un or%ani%rama !a+ autoridades de primera

    instancia + se%unda instancia

    o 7actor territorial: espacio fsico, la circunscripci&n territorial donde de$e surtir

    efecto la decisi&n adtivao 7actor su$*etivo: la funci&nadtiva corresponde a una determinada autoridad

    especficamente se0alada 3ra esa competencia

    Causa o motivo adecuado: fundamentos de !ec!o o de derec!o q de$e tener el acto, 3

    re%la %eneral todo los acto de$en motivarse e3cepto cuando !a+ competencia discrecional

    O$*eto o contenido: aquello so$re lo cual recae el acto, es el mundo *urdico q se altera con

    la decisi&n adtiva, +a sea 3q concede, modifica o quita derec!os e impone o$li%aci&n

    7in le%itimo: es el prop&sito del acto, de$e estar acorde con el inter.s %eneral + conforme

    al ordenamiento *urdico + a los fines del estado

    E3pedici&n re%ular: tres aspectos:

    o Procedimiento: pasos + tramites q est'n en la le+

    en.rico: articulo 4 al H4 del cca

    Especial: los q tienen normas especiales c&di%o -nico disciplinario,tri$utario, contrataci&n, carrera adtiva;

    o 7orma: como se e3presa la decisi&n adtiva

    7orma e3presa: ver$al o escrita

    7orma presunta: son los q sur%en a la vida *urdica 3 una ficci&n le%alllamada silencio adtivo positivo art 1 + 1 cca o ne%ativo art 2 +

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    Di%ere&'ias:

    Pro'esal: termina con un acto adtivo + se inicia con un derec!o de petici&n +a sea de inter.s%eneral o particular o de oficio en cumplimiento de un de$er le%al, se surte ante la adm&n osrecursos de apelaci&n + reposici&n se pueden interponer en su$sidio + e3iste recurso e3traordinariode revisi&n

    Co&te&'ioso: cumplimiento de una serie de etapas ante el *ue) q va diri%ida la controversia,termina con una auto o sentencia + se inicia con una demandaen donde al menos una parte es elestado o un particular en cumplimiento de una funci&n p-$lica, se surte ante un *ue) Este en casode vacos nos remite al procedimiento civil os recurso de apelaci&n + reposici&n sonincompati$les, no se interponen los dos en su$sidio sino uno, no esta$lece recursos ordinarios 3ro

    *urisprudencialmente se dice q la revocatoria directa es un recurso ordinario

    Seme0a&3as:

    os dos !acen parte del d adtivo + procesal adtivo

    as dos se surten ante el estado

    os dos est'n re%idos por el ppio de le%alidad

    Con los dos se de$en perse%uir los fines del estado + %aranti)ar los d de los ciudadanos

    os dos tienen recursos

    En los dos de$en !a$er %arantas procesales d de defensa;

    ACCIONES CONTENCIOSAS

    ACCION DE NULIDAD:

    =)" se *"e$e $ema&$ar *or me$io $e esta a''i1&> os actos enerales + e3cepcionalmentelos particulares cuando no se $usque resta$lecimiento del derec!o + as lo esta$le)ca la le+ Seinvoca el acto + la norma trans%redida

    =)"i& est? le(itima$o *ara i&i'iar la a''i1&> Cualquier persona por s o por medio derepresentante

    =Se $e5e a(otar la 6#a ("5er&ati6a> "o se requiere que se a%ote

    =C"?l es la 'a$"'i$a$ $e esta a''i1&> "o tiene caducidad se puede e*ercer en cualquiertiempo

    =)"e se *rete&$e 'o& esta a''i1&> @ue se declare la nulidad de un acto administrativo

    ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

    =)" se *"e$e $ema&$ar *or esta a''i1&> os actos particulares, individuales o su$*etivos Sede$en tener en cuenta tres elementos al momento de demandar: Acto administrativo, normatras%redida + derec!o su$*etivo que se reclama

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    =)"i&est? le(itima$o *ara i&i'iar esta a''i1&> El per*udicado por el acto administrativo +requiere apoderado

    =De5e a(otarse la 6#a ("5er&ati6a> Si de$e a%otarse

    =C"?l es la 'a$"'i$a$>

    mesesa partir del da si%uiente al de la pu$licaci&n, notificaci&n, comunicaci&n oe*ecuci&n del acto, se%-n el caso

    a os !ec!os, omisiones, operaciones de laadministraci&n

    =)"i& est? le(itima$o *ara i&i'iar la a''i1&> El que acredite inter.s

    =C"?l es la 'a$"'i$a$ $e la a''i1&> Dos a0os contados a partir de la ocurrencia del !ec!o,omisi&n, acto, + operaci&n administrativa u ocupaci&n del inmue$le

    En relaci&n con la desaparici&n for)ada la caducidad se cuanta a partir de la fec!a en que

    apare)ca la vctima o desde la e*ecutoria del fallo de proceso penal Sin em$ar%o la acci&npuede iniciarse desde el momento que ocurrieron los !ec!os

    ACCION CONTRACTUAL

    )"e se *"e$e $ema&$ar *or me$io $e esta a''i1&>Un contrato estatal=)"i&es est?& le(itima$os *ara i&i'iar esa a''i1&>

    a El estado o el particular cualquier parte del contrato;$ os causa!a$ientes de los contratistasc El ministerio p-$lico o el tercero que acredite inter.s directo en el contrato

    =C"?l es el o50eto $e la a''i1&> a le%alidad contractual + el resta$lecimiento del derec!o

    Se $e5e a(otar la 6#a ("5er&ati6a>"o se de$e a%otar

    =C"?l es la 'a$"'i$a$ $e la a''i1&>

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    a

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    Casos e& ! &o se 'o&'ilia:

    cuando se dda 3 nulidad simple, 3q la finalidad de esta demanda es *urdica, es

    respetar el ppio de le%alidad.

    Cuando el caso no tiene cuanta

    ;. @ue la entidad !a+a pa%ado totalmente la condena *udicial al particular que !a+a %anado elproceso o el q se !a+a conciliado, el termino de caducidad correr cuando la entidad !apa%ado toda la sentencia o toda la conciliaci&n, para poder repetir contra el funcionarioEste presupuesto es respecto de la acci&n de repetici&n se%-n el conse*o de estado, porva *urisprudencial

    REGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO: OBETU7A Y SUBETI7A:

    R(ime& $e res*o&sa5ili$a$ s"50eti6a: se mira q !a+a una falla en el servicio +a sea porque el

    servicio no se prest&, porque el servicio se prest& pero mal o porque el servicio se prest& pero tarde (ieneque darse 5 elementos:

    Falla $el ser6i'ioes el !ec!o da0oso causado por la violaci&n del contenido o$li%acional a car%o

    del estado + de sus a%entes

    Da

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    . Pri6a'i1& i&0"sta $e la li5erta$ @Art + $el CP.P.: solo es necesario demostrar el da0o causadocon dic!a orden;. E&ri!"e'imie&to si& 'a"sa:cuando se incremente el patrimonio de la entidad p-$lica + seempo$re)ca el del contratista, !a$ra un enriquecimiento de la administraci&n sin causa que implica unde$er indemni)atorio, pues el contratista no tiene por qu. soportar ese per*uicio

    REFORMA NUE7O CODIGO CONTENCIOSO ADTI7O: LEY +- $e ++:

    +. Pro'e$imie&to 'o&te&'ioso a$mi&istrati6o

    +. Adecuaci&n del c&di%o a los fines del estado social de derec!o + a los ppios de la funci&nadtiva se0alados en el art 12 const

    . Consa%raci&n de los derec!os + de$eres de las personas, + de los de$eres, pro!i$iciones+ motivos de recusaci&n de los servidores p-$licos

    . Esta$lecimiento de re%las imperativas 3ra q la adm&n prote*a directamente los derec!osde las personas prelaci&n a los procesos + so$re derec!os fundamentales;

    . Codificaci&n + compilaci&n de normas en materia del procedimiento adtivo + la aplicaci&nde ciertos precedentes especiales

    ;. 7ortalecimiento del derec!o de petici&n ante entidades privadas 3ra la protecci&n de df

    . Uso de medios tecnol&%icos en la %esti&n adtiva, lo cual implica la actuali)aci&n de lasinstituciones en el procedimiento adtivo 6.%imen pro$atorio prue$a electr&nica;

    . "ris$i''i1& $e lo 'o&te&'ioso a$ti6o:

    +. 6eor%ani)aci&n de la *urisdicci&n de lo contencioso adtivo de acuerdo a su estructura

    *ueces adtivos, tri$unales adtivos t conse*o de estado;. 6edefinici&n del o$*eto de la *urisdicci&n, $a*o un criterio material sin desconocer q en

    al%unos eventos de$e acudirse al criterio or%'nico o de la naturale)a de la entidad p-$lica

    . 6e%ulaci&n + simplificaci&n del proceso contencioso mediante un sistema mi3to oral +escrito

    . Unificaci&n de procesos, se presenta una sola demanda sin diferenciar la acci&n q seinvoca lo -nico q cam$ia son las pretensiones

    ;. Se fortalecen m's los poderes del ue), de*a de ser tan ro%ado + se vuelve m's inquisitivo

    . #a+ un r.%imen propio donde vincula el r.%imen pro$atoria electr&nica Una prue$a comolos correos sirven dentro de los procesos

    -. Aumentan las medidas cautelares en el procedimientoadtivo, se adiciona la medida desuspensi&n provisional preventivas, conservativas, anticipativas o de suspensi&n;

    ,. Consa%raci&n de un nuevo recurso e3traordinario con el fin de ase%urar la unificaci&n de*urisprudencia, 3q sola e3iste el de revisi&n

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    . Se esta$lece mecanismos de revisi&n eventual en materia de procesos para la defensa +protecci&n de d e intereses colectivos + de %rupo El conse*o de estado puede revisarprocesos que ten%a que ver con acciones de %rupo + populares

    +. a e3tensi&n a 5 del precedente *urisprudencial del conse*o de Estado

    ++. 6edise0o del tr'mite + decisi&n de las pretensiones de contenido electoral

    +. Se fortalece la funci&n consultiva del CO"SEO DE ES(ADO

    DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO DR. OBERT ALEANDRO

    +. )"e es el Dere'o I&ter&a'io&al/ '1mo s"r(e los s"0etos !"e lo i&te(ra&:

    DIP: es el con*unto de normas q ri%en las relaciones internacionales entre estados + dem's su*etosde la sociedad internacional

    Como sur%e: de la necesidad de relacionarse de los estados para cumplir el ppio deautodeterminaci&n

    Su*etos:

    Estados

    El vaticano

    So$erana orden de malta: reali)a actividades cristianas

    rupos $eli%erantes: para que puedan adquirir derec!os + o$li%aciones internacionales

    de$en cumplir ciertas condiciones: un mando responsa$le, ocupar parte de relaciones delestado, reali)ar actos de %o$ierno+ conducirse de acuerdo a las e+esde la uerra

    Or%ani)aciones internacionales OEA, O"U, 7O"DO /O"E(A6IO I"(E6;

    El individuo

    Po$laci&n

    /ovimientos deli$eraci&n

    . )" eta*as so& las !"e $e&tro $el $esarrollo ist1ri'o se tie&e& e& '"e&ta *ara la'om*re&si1& $el Dere'o I&ter&a'io&al *J5li'o:

    (ratado de ersalles 44

    Or%ani)aci&n de la naciones unidad 4=

    42 apertura econ&mica: sur%e la %lo$ali)aci&n + la internacionali)aci&n

    4

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    Estado so$eranos: porque ellos son creadores de normas internacionales, son los destinatarios delas normas, ellos pueden Incurrir en responsa$ilidad en caso de incumplimiento de suso$li%aciones internacionales, porque est'n le%itimados para presentar una reclamaci&ninternacional contra el autor de un !ec!o ilcito internacional

    . C"ales so& las %"e&tes $el Dere'o i&ter&a'io&al *J5li'o:

    1. os (ratados Internacionales

    2. as Costum$res Internacionales5 urisprudencia: de la corte internacional de *usticia

    4. os Principios enerales del Derec!o

    5. a Doctrina

    6. a Equidad

    ;. )"e so& los trata$os '"?les so& s"s eleme&tos 'om"&es:

    (ratado: es un acuerdo internacional cele$rado 3 escrito entre estados + re%idos por el DIP, +aconste en un instrumento -nico o en 1 o m's instrumentos cone3os 3 cualesquiera q sea sudenominaci&n particular

    Elementos comunes:

    Dcto 3 escrito

    Se !ace entre su*etos de DI

    Ese dcto est' sometido al DIP

    Produ)ca efectos *urdicos

    . Como se 'lasi%i'a& los trata$os:

    Bilaterales: Son los que li%an a dos su*etos de derec!o internacional

    /ultilaterales: Son los concluidos entre m's de dos su*etos de derec!o internacionales

    (ratados e+: Son aquellos en los que e3isten dos o m's voluntades comunes con un

    mismo o$*eto

    (ratados Contrato: Son aquellos en los que e3isten dos voluntades opuestas pero

    complementarias, una quiere vender una cosa mientras que a otra quiere comprar lamisma cosa

    -. )"e as*e'tos se tie&e& e& '"e&ta e& la ela5ora'i1& $e "& trata$o:

    4 Ela$oraci&n

    a ; "e%ociaci&n

    $ ; Adopci&n

    c ; Autenticaci&n del te3to del (ratado

    http://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#lostratadahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#lascostumahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#losprinciahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#ladoctrinahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#laequidadahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#lostratadahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#lascostumahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#losprinciahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#ladoctrinahttp://www.monografias.com/trabajos66/derecho-internacional-publico/derecho-internacional-publico2.shtml#laequidada
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    .Prestaci&n del consentimiento

    ,. '"ales so& las $os (ra&$es $i6isio&es $el Dere'o i&ter&a'io&al '"?l es la s"5$i6isi1&$e 'a$a "&a $e ellas.

    Derec!o internacional p-$lico: ppios q re%ulan las relaciones *urdicas entre los estados

    o Derec!o Internacional P-$lico de pa): 6e%ula las relaciones *urdicas

    internacionales en tiempode pa)o Derec!o Internacional P-$lico de %uerra: Esta$lece los derec!os + o$li%aciones

    entre los estados en conflictoq se encuentren en situaci&n de %uerra

    Derec!o internacional privado: re%ula la situaci&n *urdica de las personas en el 'm$ito

    internacional

    . El Esta$o *re'e$e o s"r(e $es*"s $el Dere'o I&ter&a'io&al PJ5li'o>En nin%-nmomento el estado sur%e despu.s del DIP, lo que pasa es que despu.s del nacimiento se vio lanecesidad de relacionarse con otros estados 3 tal ra)&n sur%i& el DIP ? es el estado el o$*eto deestudio del DIP

    +. La &e'esi$a$ $e rela'io&arse $e los Esta$os !"e *ro*i'ia>a creaci&n de acuerdos otratado internacionales para su re%ulaci&n

    ++. )"i& es el *a$re $el Dere'o i&ter&a'io&al PJ5li'o:#UO 6OSS + del DI# es #enr+Omar

    +. E& !" %e'a se %irma la *a3 $e est%alia/ !" era lo "s"al e& la sol"'i1& $e 'o&%li'tos$"ra&te la eta*a est%alia&a:a Pa) de Nestfalia es un tratado que se firm& en 4

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    Servir de centro que armonice los esfuer)os de las naciones por alcan)ar estos prop&sitos

    comunes

    +,. Por A&to&omasia !" es la *ol#ti'a O&"sia&a

    +. )"e e4*li'a la i&terrela'i1& $e lo i&ter&o lo i&ter&a'io&al: la interrelaci&n q e3iste entre dinterno + d internacional es precisamente su 'm$ito de aplicaci&n,

    DE6EC#O I"(E6"O DE6EC#O I"(E6"ACIO"A PBICO

    6e%ula la conducta o relaciones entre losindividuos Derec!o Privado; + entre el individuo +el Estado Derec!o P-$lico;

    6e%ula las relaciones entre los estados,or%anismos internacionales + dem's su*etos delDIP, inclu+endo al !om$re

    Se nos presenta como un derec!o desu$ordinaci&n

    Se nos presenta como un derec!o decoordinaci&n

    as normas son promul%adas por la autoridadcompetente + se imponen *urdicamente a losparticulares

    El -nico modo de creaci&n de normas *urdicases el acuerdo entre estados, + las sanciones vandiri%idas a los estados, or%ani)acionesinternacionales,

    Derec!o m's completo Derec!o incompleto, est' su*eto a laar$itrariedad + la acci&ndiscrecional de estadoen aquellas )onas a-n no re%uladas

    a coerci&n est' or%ani)ada de un modo

    satisfactorio

    Carece de le%islador + las sanciones !an sido

    impuestas recientemente s&lo por el Pacto de laSociedad de "aciones + por la Carta de laO"U

    . E& el 'o&te4to $el Dere'o i&ter&a'io&al Ge&eral !"i&es i&tera'tJa&:en el derec!ointernacional act-an los estados, las or%ani)aciones internacionales

    +. E& el ?m5ito $el 'omer'io I&ter&a'io&al las i&6ersio&es !"i&es i&tera'tJa&.

    a8 El vendedor:

    $8 El comprador:

    c8 El comisionista a la venta:

    d8 El comisionista a la compra:

    e8 El a%ente de una compa0a martima o a.rea e3tran*era

    f8 El a%ente martimo del pas importador

    http://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/hipoteorg/hipoteorg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtml
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    %8 a compa0a ase%uradora

    !8 El (ransportista

    i8 El consolidador

    *8 El a%ente aduanal

    Q8 El a%ente de confirmaci&n

    l8 as aduanasnacionales

    . E& el ?m5ito $e los $ere'os "ma&os e4iste& 6arias i&sta&'ias 'asi0"ris$i''io&ales.C"ales so&:

    as Personeras /unicipales

    a Defensora del Pue$lo

    Las Pro'"ra$"r#as $e Dere'os H"ma&os

    as Oficinas Permanentes de Derec!os #umanos

    . E& el 'o&te4to $e los Ba&'os I&ter&a'io&ales/ !"i&es i&tera'tJa&

    . E& el 'am*o $e la i&te(ra'i1& $e las aso'ia'io&es $e li5re 'omer'io/ !"i&esi&tera'tJa&

    ;. )"i&es i&te(ra& la so'ie$a$ 'i6il: or%ani)aciones corporativas, entidades p-$licas noestatales del tercer sector como las O"

    . C"al es el me0or i&6e&to $el si(lo I-. E& el e&trama$o &ormati6o i&ter&a'io&al/ '"al es la (ra& $ama: la declaraci&n universalde los derec!os !umanos en 4H

    ,. E& los a't"ales tiem*os/ '"ales so& los l#mites !"e se est?& *la&tea&$o a laso5eraa>..................................

    . !"e es el Dere'o I&ter&a'io&al H"ma&itario/ s"s %"e&tes $i6isio&es. )" es elDere'o $e Gi&e5ra el Dere'o $e la Haa. )"e es la Corte *e&al I&ter&a'io&al. )"ei&sta&'ias e4iste& *ara la *rote''i1& $e los $ere'os "ma&os. La im*orta&'ia $e la &"e6aLe $e 7#'timas e& Colom5ia

    Dere'o I&ter&a'io&al H"ma&itario El derec!o internacional !umanitario DI#; es un con*unto

    de normas que, en tiempo de %uerra, prote%e a las personas que no participan en las !ostilidadeso que !an de*ado de !acerlo Su principal o$*etivo es limitar + evitar el sufrimiento !umano entiempo de conflicto armado

    F"e&tes:la costum$re + de las re%las convencionales acuerdos firmados por los Estadosso$eranos;

    SITUACIONES EN )UE SE APLICA EL DIH

    http://www.monografias.com/trabajos5/tradu/tradu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/tradu/tradu.shtml
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    Este derec!o se aplica en:

    4; CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES: Aquel en el que intervienen a los menosdos Estados Se aplican los Convenios de ine$ra de 4 + el Protocolo I de 4>>1; CONFLICTOS ARMADOS NO INTERNACIONALES/ INTERNOS: Enfrentamientos entrelas fuer)as armadas de un Estado + fuer)as armadas disidentes o re$eldes (iene lu%ar so$re el

    territorio de un solo EstadoSe aplica el artculo 5 com-n de los Convenio de ine$ra + elProtocolo II

    I Co&6e&io:prote%e a los !eridos + a los enfermos de las fuer)as armadas de campa0a

    II Co&6e&io:prote%e a los !eridos, enfermos + n'ufra%os de las fuer)as armadas del mar

    III Co&6e&io:prote%e a los prisioneros de %uerra9

    I7 Co&6e&io:prote%e a las personas civiles9

    I Proto'olo A$i'io&al: O$*etivo es prote%er a la po$laci&n civil de los efectos de la %uerra

    II Proto'olo A$i'io&al: se aplica -nicamente a los conflictos internos de cierta intensidad

    Dere'os 'i6iles *ol#ti'os: prote%en las li$ertades individualesde la infracci&n in*ustificada delos %o$iernos+ or%ani)aciones privadas declaraci&n universal de los derec!os del !om$re + elciudadano 4H + Pacto Internacional de Derec!os Civiles + Polticos 1966.;

    Dere'os E'o&1mi'os/ So'iales C"lt"rales: tienen como o$*etivo fundamental %aranti)ar el$ienestar econ&mico, el acceso al tra$a*o, la educaci&n + a la cultura, de tal forma quease%ure el desarrollo de los seres !umanos + de los pue$los Pacto Internacional deDerec!os Econ&micos, Sociales + Culturales 4;

    http://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_individualhttp://es.wikipedia.org/wiki/Gobiernohttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-primera-generacion-o-derechos-civiles-y-politicoshttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-segunda-generacion-o-derechos-economicos-sociales-y-culturaleshttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-segunda-generacion-o-derechos-economicos-sociales-y-culturaleshttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-tercera-generacion-o-derechos-de-los-puebloshttp://es.wikipedia.org/wiki/Libertad_individualhttp://es.wikipedia.org/wiki/Gobiernohttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-primera-generacion-o-derechos-civiles-y-politicoshttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-segunda-generacion-o-derechos-economicos-sociales-y-culturaleshttp://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-caracteristicas/clasificacion/derechos-de-tercera-generacion-o-derechos-de-los-pueblos
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    Corte *e&al i&ter&a'io&al: se 're1/es un or%anismo Internacional su$sidiario a las*urisdicciones nacionales, que solamente interviene cuando la *usticia nacional no tiene capacidado voluntad de perse%uir los delitos m's %raves como %enocidios, crmenes de %uerra, crmenes delesa !umanidad + crmenes de a%resi&n

    )"e i&sta&'ias e4iste& *ara la *rote''i1& $e los $ere'os "ma&os. la Comisi&n Interamericana de Derec!os #umanos

    la Corte Interamericana de Derec!os #umanos

    Res*o&sa5ili$a$ i&ter&a'io&al $el esta$o: res*o&$e 4

    Una acci&n u omisi&n ilcita es decir, la violaci&n de una o$li%aci&n internacional;+a sea

    de forma directa o mediante la comunidad internacional

    Imputa$ilidad es decir, que la acci&n u omisi&n ilcita es imputa$le o atri$ui$le al Estado;

    ACTUALIDAD

    PdteCorteconst: #um$erto sierra porto

    PdteCorte suprema8 Camilo tarquino

    PdteCorte inter De *usticia: die%o arca

    PdteConse*o de estado: /auricio fa*ardo

    PdteDel conse*o nacional electoral: #.ctor Osorio Isa)a

    /inistro del interior + de *usticia: uan Carlos Esquerra

    AMBITO URIDICO:

    Prue$as no aportadas a la conciliaci&n e3tra*udicial de$en admitirse dentro del proceso,

    cuando la audiencia de conciliaci&n fracasara, antes la le+ 45= impeda esta posi$ilidad3ro la corte const a !a$ilito

    os nom$ramiento en los car%os de la rama *udicial pueden demandarse 3 dos acciones:

    acciones de nulidad + resta$leciendo del derec!o + la acci&n de nulidad

    LEY +- DE ++: nuevo c&di%o de procedimiento adtivo + de lo contencioso adtivo

    LEY DE 7ICTIMA: LEY +, DE ++:se consideran vctimas desde el 4 de enero de 4H=

    LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA: LEY +; DE ++:Entre las medidas m's destacadas est'nel aumento de penas para quienes porten armas ile%ales + quienes disparen al aire, elimina lasrestricciones de !orario para efectuar allanamientos + e3tiende los permisos para interceptacionestelef&nicas En materia de !urtos a celulares, la e+ permitir' disminuir este delito + casti%ar de

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