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Certificaciones para el trabajo en Almacenes 2013 Alumno: Jorge A. Martínez Fiestas Código : 1025110066 Profesor: Eddie C. Malca Vicente Curso: Logística Ciclo: 7mo

Estándares y certificaciones para el trabajo en almacenes (martínez fiestas jorge armando)

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  • 1. Alumno: Jorge A. Martnez Fiestas Cdigo : 1025110066 Profesor: Eddie C. Malca Vicente Curso: Logstica Ciclo: 7mo

2. Un almacn es un lugar o espacio fsico para el almacenaje de bienes dentro de la cadena de suministro. Los almacenes son una infraestructura imprescindible para la actividad de todo tipo de agentes econmicos (agricultores, ganaderos, mineros, industriales, transportistas, importadores , exportadores, comerciantes, intermediarios, consumidores finales, etc.) 3. En un almacn se pueden depositar tanto materias primas, como el producto semiterminado o el producto terminado a la espera de ser transferido al siguiente eslabn de la cadena de suministro. Se pueden tambin encontrar embalajes, piezas de recambio, piezas de mantenimiento,etc. Sirve como centro regulador del flujo de mercancas entre la disponibilidad y la necesidad de fabricantes, comerciantes y consumidores.Ejemplo y visualizacin de un almacn de mercancas. 4. Normalmente son construcciones grandes y planas en las zonas industriales de las ciudades. Estn equipados con : Muelles de carga para cargar y descargar camiones; algunas veces son cargados directamente de vas de tren, aeropuertos o puertos martimos. Instalaciones para almacenamiento, adaptado al producto y su rotacin del inventario, como estanteras, racks, cantilver,etc.La infraestructura , es uno de los tantos criterios indispensables para un buen almacenamiento de materiales , depende del tipo y la cantidad de productos a almacenar . 5. A menudo disponen de carretillas elevadoras frontales, apiladoras para la manipulacin de mercancas que son generalmente depositadas en pals estandarizados. Segn el tipo de mercanca almacenada se puede tambin encontrar mquinas ms especficas como puente gra o gras.Algunos almacenes estn completamente automatizados, sin contar apenas con trabajadores en su interior. En estos casos, la manipulacin de mercanca se realiza con transelevadores, mquinas de almacenaje y desalmacenaje coordinadas por controladores programables y ordenadores con el software apropiado.Resulta indispensable, promover la Utilizacin de la tecnologa dentro de las operaciones que implican almacenamiento , puesto que se reducirn los tiempos y por ende los costos de la empresa o industria en cuestin.. 6. 1Mejora la manipulacin de los materiales y reduce desperdicios.2Existe un mejor control logstico3Existe una mejor organizacin y distribucin de las existencias.4Se trabaja interrelacionado y ya no independiente 7. Los procesos comunes de un almacn son : Recepcin. Colocacin en estantera de stock. Picking y preparacin de pedido. Expedicin. La gestin dentro del almacn del movimiento de las mercancas (ubicacin, inventarios...) se realiza a travs de algn sistema informtico de tipo SGA. 8. Un centro de distribucin es una infraestructura logstica en la cual se almacenan productos y se embarcan rdenes de salida para su distribucin al comercio minorista o mayorista. Generalmente se constituye por uno o ms almacenes, en los cuales ocasionalmente se cuenta con sistemas de refrigeracin o aire acondicionado, reas para organizar la mercanca y compuertas, rampas u otras infraestructuras para cargar los vehculos. 9. Las compaas suelen definir la localizacin de sus centros de distribucin en funcin del rea o la regin en la que este tendr cobertura, incluyendo los recursos naturales, las caractersticas de la poblacin, disponibilidad de fuerza de trabajo, impuestos, servicios de transporte, consumidores, fuentes de energa, entre otras. As mismo esta debe tener en cuenta adems las rutas desde y hacia las plantas de produccin, y a carreteras principales, o a la ubicacin de puertos martimos, fluviales, areos, estaciones de carga y zonas francas.Se deben implantar polticas que promuevan soluciones de organizacin y distribucin para un buen almacenamiento , uno de estos estndares es que no se genere prdidas almacenando aire 10. La implementacin de centros de distribucin dentro de la cadena de suministro surge de la necesidad de lograr una distribucin ms eficiente, flexible y dinmica, es decir, asegurar una capacidad de respuesta rpida al cliente, de cara a una demanda cada vez ms especializada. La implementacin tambin ofrece una reduccin de costos en las empresas y evita cuellos de botella. 11. Otra ventaja es el hecho de generar mecanismos de vnculo fabrica cliente, lo cual permite una atencin adecuada a pequeos puntos de venta, como kioscos, cafeteras o restaurantes, con una alta tasa de entrada y salida de productos, los cuales tienen habitualmente un corto plazo para hacer sus pedidos o un periodo muy corto para su comercializacin. La misin del almacn es corregir los desajustes entre produccin y consumo (Stocks) o minimizar los costes de transporte (Ej. Centros de Cross-Docking). En todos la razn de ser es la misma ADAPTARSE de manera inmediata al comportamiento del SUMINISTRO y de la DEMANDA. 12. ElReglamento Nacional de Edificaciones fue publicado en el diario El Peruano el 8 de Junio de 2006. Reemplaza al Reglamento Nacional de Construcciones. 13. Incorporacinde :CAPITULO XI: ALMACENESCAPITULO XII : Centros de Diversin. 14. Artculo 166.- La presente Norma, abarca todo tipo y forma de almacenamiento, desde almacenes para productos secos, lquidos (inflamables, combustibles o no combustibles), hmedos, perecibles o no perecibles, a temperatura ambiente, refrigerados o congelados, de materia prima, en proceso o productos terminados, sin importar el tipo de producto, su combustibilidad, velocidad de quemado. En general, todo tipo y forma de almacenamiento como edificacin independiente o como parte de otro tipo de riesgo (edificacin) que se especifique en la presente Norma; debe contar con el tipo de sistema que se especifique para cada caso. 15. Artculo 172.- Los almacenes, en funcin a su cobertura, e indistintamente de la clasificacin los productos que almacenan en general se clasifican de la siguiente forma:a) Almacn no Techado: Aquel en donde no existe techo, la carga almacenada est expuesta directamente al ambiente, sin cobertura slida, y/o permanente de construccin noble.b) Almacn Techado: Cualquier tipo de configuracin de almacenes con paredes y techo, que proteja los productos del medio ambiente, con una construccin de material noble, estos pueden ser de distintos tipos como son: 1. Almacenes techados con una altura de productos mayor 3,70 m y menor a 7,60 m 2. Almacenes techados con una altura de productos mayor de 7.60 m 3. Almacenes refrigerados 4. Almacenes de materiales peligrosos 5. Almacenes de lquidos inflamables o combustibles 6. Almacenes de carga especifica 16. Artculo 173.- El o los materiales y/o productos, de carga general o especfica, que se ponen dentro de un almacn no techado o techado, se califican en funcin a la combustibilidad de sus productos, de la siguiente forma, de acuerdo a la clasificacin del estndar NFPA 13 (Standard for the installation of sprinkler systems - Estndar para la Instalacin de Sistemas de Rociadores Automticos):a) Clase I: Se definen como clase I a los productos no combustibles que cumplen con lo siguiente:1. Estn directamente almacenados sobre paletas de madera. 2. Estn ubicados en lneas simples de cartones corrugados con o sin divisiones de cartn que pueden o no estar en paletas. 3. Almacenados en envolturas selladas al vaco o envueltos en papel como una sola unidad de carga sin paletas. 17. b) Clase II: Se definen como productos no combustibles, los que se encuentran en cajas slidas de madera, en cartones de cartn corrugado de varias capas, o un material de empacado equivalente, con o sin paletas. c) Clase III: Productos hechos a partir de madera, papel, fibras naturales o el Grupo C de plsticos, con o sin cartones, cajas o envases con o sin parihuelas. Adems se permite que se agrupen como Clase III los almacenajes que contengan hasta 5% en peso o volumen (lo que sea menor) de plsticos de los Grupos A y B. d) Clase IV: Productos con o sin paletas que cumplen con las siguientes condiciones: 1. Construidos total o parcialmente de plsticos 2. Consistentes en fluidos hechos a partir de plsticos 3. Plsticos agrupados sin empaques (envoltura) en cantidades apreciables. Se entiende por cantidades apreciables del 5% al 15% en peso o desde el 5% al 25% en volumen. 18. Artculo 174.- Los materiales. productos y mercaderas que se almacenen dentro de un almacn techado, pueden ser ubicados utilizando cualquiera de las formas y arreglos de almacenamiento que establecen las normas NFPA al respecto, debiendo considerar las distancias mnimas entre estantes, pasillos, racks, techos entre otros criterios que establece la norma 19. Artculo 175.- Los almacenes no techados, segn el rea de uso destinada para almacenamiento deben cumplir con una red de agua segn la tabla siguiente.Tabla 1 : rea de Almacenes No Techados que Requieren un Sistema de Agua Contra incendios 20. Artculo 176.- Contar con una cobertura de gabinetes o casetas segn Norma A-130 y adicionalmente en este caso especfico se pueden utilizar como cobertura hasta 120 m de recorrido con mangueras. La reserva de agua ser de 90 minutos y el volumen de agua ser calculado en funcin al mximo requerimiento segn tipo, forma y cantidad de producto, y no menor a 500 galones por minuto.Artculo 177.- Todo almacn no techado, debe ser protegido con extintores porttiles y/o rodantes segn la NTP-350.043-1 En el caso de almacenes de fardos (pacas) de algodn y/o papel de reciclaje y/o riesgos equivalentes pueden utilizarse cilindros con tapa, de 50 galones de capacidad, cargados con agua, detergente y disponer de 4 baldes de 5 galones de capacidad por cilindro. Un balde de agua equivale a un ratio de extincin de 2-A y sirve a 300 m2 con un recorrido no mayor a 30 m. 21. Artculo 178.- Los almacenes, dedicados al almacenamiento en primera instancia, de frutas, verduras, hortalizas, flores, tubrculos; en donde no hay proceso de lavado, seleccin (industrial) y embolsado (menos de 25 Kg), no se requiere de proteccin hasta los 10,000 m2 nicamente son requeridos extintores porttiles en la parte de oficina, registro y control; y no es necesario en el rea de almacenamiento. 22. Artculo 179.- Los productos deben ser almacenados en funcinal tipo de riesgo no juntando ni almacenando productos que reaccionan entre s y/o que no son compatibles, entre otra informacin las guas NFPA 49 y NFPA 491.Artculo 180.- Los materiales peligrosos que reaccionan con el agua o cuyos vapores generados por el agua vaporizada del proceso de extincin o factores climatolgicos, que generen nubes txicas, como el caso de insecticidas, pesticidas, entre otros. Deben ser almacenados por separado bajo techo y rotulando de manera visible la sealizacin de NO USAR AGUA EN CASO DE INCENDIO. 23. Artculo 181.- Los materiales peligrosos no pueden ser almacenados directamente sobre el suelo, debe instalarse una proteccin de tipo permanente, impermeable y que permita el trabajo pesado, de vehculos, camiones, montacargas; as mismo que provea estabilidad a la carga almacenada. La decisin del tipo suelo o piso que se utilice debe estar en funcin a la agresividad y reaccin qumica de los productos que se almacenen.Artculo 182.- Todo el piso terminado, donde se almacene un material peligroso debe contar con un sistema de drenaje que asegure la recoleccin de lquidos derramados y/o agua de extincin de incendios para el mximo riesgo. El volumen de agua colectada debe pasar por un sistema de tratamiento que asegure la calidad del agua que se evacue finalmente.Artculo 183.- Cualquier almacenamiento de materiales peligrosos que involucren lquidos o gases inflamables o combustibles con un rea mayor a 1000 m2 debe contar con un sistema de agua contra incendios. 24. Artculo 184.- Los almacenamientos con una altura de carga Clase I a IV, salvo almacenamiento de materiales peligrosos y lquidos combustibles e inflamables, sern protegidos en funcin al riesgo del almacenamiento, ya sea en paletas, a granel o en racks en cualquiera de sus formas.Tabla 2: Requerimiento de Proteccin Contra Incendios para Almacenes Techados, de altura mayor a 3,70 m y menor a 7,60 m 25. Artculo 185.Los Almacenamientos con rack simple, doble, mltiple, porttil o con separacin slida (divisin de niveles) y/o paletizado y/o en pilas y/o tipo cajones (bin box), con una altura de carga mayor a 7,60 m. requieren ser protegidos con un sistema de rociadores automticos; segn la siguiente tabla:Tabla 3: Requerimiento de Proteccin 26. Artculo 186.- Los almacenamientos de reas menores a las establecidas en las Tablas 2 y 3, deben ser protegidas con: 1. Sistema de deteccin y alarma de incendios 2. Sistema de agua contra incendios en base a gabinete para cargas combustibles de Clase III, Clase IV. 3. Extintores porttiles segn NTP 350.043. 4. Sealizacin segn NTP 399.010-1 27. Artculo 187.- Los Almacenes mayores a 250 m2 destinados para carga y/o mercadera y/o productos peligrosos debern ser diseados y protegidos segn establece la NFPA 5000 (Building Construction and Safety Code 2009 Cdigo de seguridad y construccin de edificios), basado en el grado de peligrosidad y cantidad de los productos a ser almacenados. 28. Artculo 188.- Esta Norma debe ser aplicada a todo almacenamiento, manipuleo y/o uso de lquidos inflamables y/o combustibles, incluidos lquidos de limpieza, que se almacenen en reas mayores a 1000 m cuadrados, y/o reas de proceso, manipuleo, embotellado y/o embolsado, con rea mayor a 200 m2 deben ser protegidos bajo el Cdigo de la NFPA 30.Artculo 189.- Muros y paredes perimtricas de este tipo de almacenamiento requieren una resistencia al fuego de dos horas. 29. Este requerimiento solo es aplicable cuando el almacn tiene paredes medianeras hacia otros riesgos del mismo predio. La resistencia estructural al fuego no es necesaria cuando el almacn se ubica con relacin a otros riegos a una distancia tal que el colapso estructural no afecte otras edificaciones, ni se propague el incendio.Artculo 190.- Estos almacenes no pueden ubicarse como parte o junto a una pared medianera o colindante con edificaciones de terceros. La distancia mnima debe ser de 6 m y permitir el acceso de unidades del Cuerpo de Bomberos entre el almacn de lquidos combustibles e inflamables y el muro colindante con terceros. 30. Artculo 191.- Los almacenamientos refrigerados sin importan la temperatura al cual operen con una altura de carga de almacenamiento mayor a 3,70 m y un rea mayor a 2,500 m2, requieren ser protegidos con un sistema de ociadores de tipo seco.Artculo 192.- En este tipo de almacenamiento se requiere disponer de un sistema de alarma de incendios. No es necesario el uso de extintores porttiles al interior del almacn refrigerado. 31. Actualmente las empresas en constante cambio para cubrir las necesidad y expectativas de los clientes , por tanto las empresas competitivas no slo debern plasmar dentro de su poltica de operacin las pautas , normas y estndares relacionados con los sistemas de almacenamiento , a ello deber aadirse implementaciones con valor agregado como , software y sistemas de automatizacin , si lo que se busca es lograr la satisfaccin ideal del cliente.En el estudio de la administracin moderna el almacn es un medio para lograr economas potenciales y para aumentar utilidades de la empresa. Se piensa de una manera ms integral sus funciones a las ventas, compras, control de inventarios, produccin y distribucin. Tambin se le da al almacn la altura que debe tener dentro de las organizaciones en la seleccin de su personal, desde el jefe hasta el ltimo puesto del almacn, aunque en nuestro medio el personal que labora en almacenes es mal visto y considerado de muy bajo nivel de instruccin.