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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL GERENCIA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE BIENESTAR LABORAL 1 ÁREA DE SALUD OCUPACIONAL Lineamiento de medidas preventivas ante la emergencia nacional de la pandemia por COVID-19 dirigido al personal con funciones administrativas y de producción que atienden usuarios versión 2 VIGENCIA: Durante la alerta sanitaria por COVID-19 Lineamiento de medidas preventivas ante la emergencia nacional de la pandemia por COVID- 19 dirigido al personal con funciones administrativas y de producción que atienden usuarios versión 2 Fecha: 08 de setiembre de 2020 Elaborado por: Msc. Karol Brenes Romero, Área Salud Ocupacional Dra. Rosana Nyreen Rinker, Área Salud Ocupacional Revisado por: Lic. Luis Bolaños Guzmán, Director Dirección Bienestar Laboral Dra. Patricia Redondo Escalante, Jefe Área Salud Ocupacional Avalado por: Lic. Rónald Lacayo Monge, Gerente, Gerencia Administrativa Relación con normativa vigente: Código de Trabajo: Título IV De la Protección de los Trabajadores durante el ejercicio del Trabajo (Ley 6727): Artículo 71, 214 (d), 221, 273, 282, 284, 285. Decreto Ejecutivo 42227-MP-S sobre declaratoria de estado de emergencia en todo el territorio de la República de Costa Rica, provocada por la enfermedad COVID-19. Directriz N.º 073-S-MTSS sobre las medidas de atención y coordinación interinstitucional ante la alerta sanitaria por coronavirus (COVID-19) del 9 de marzo 2020. Decreto ejecutivo 42603-S. Reforma al decreto ejecutivo número 42421-S del 26 de junio de 2020, denominado medida especial sobre el uso obligatorio de mascarilla o careta como equipo de protección personal debido al estado de emergencia nacional por el covid-19 del 7 de setiembre 2020. Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19. Versión 11- 2 de abril 2020. Normativa de Relaciones Laborales: Título VI: Protección a las personas trabajadoras de los riesgos del trabajo. Art. 66. Vigilancia de Salud de las Personas Trabajadoras Política Institucional para la Gestión de las Personas, acuerdo de Junta Directiva, Artículo 16 de la Sesión Número 8886 del 02 de febrero del 2017. Enunciado 3.2 Bienestar y Salud de las Personas Trabajadoras, Lineamiento 9 y 10. Oficio GG-0585-2020 del 9 de marzo 2020. Medidas para mitigar la transmisión del virus COVID – 19 en la CCSS.

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Durante la alerta

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Lineamiento de medidas preventivas ante la emergencia nacional de la pandemia por COVID- 19 dirigido al personal con funciones administrativas y de producción que atienden usuarios

versión 2

Fecha: 08 de setiembre de 2020

Elaborado por:

Msc. Karol Brenes Romero, Área Salud Ocupacional

Dra. Rosana Nyreen Rinker, Área Salud Ocupacional

Revisado por:

Lic. Luis Bolaños Guzmán, Director Dirección Bienestar Laboral

Dra. Patricia Redondo Escalante, Jefe Área Salud Ocupacional

Avalado por: Lic. Rónald Lacayo Monge, Gerente,

Gerencia Administrativa

Relación con normativa vigente:

• Código de Trabajo: Título IV De la Protección de los Trabajadores durante el ejercicio del Trabajo (Ley 6727): Artículo 71, 214 (d), 221, 273, 282, 284, 285.

• Decreto Ejecutivo 42227-MP-S sobre declaratoria de estado de emergencia en todo el territorio de la República de Costa Rica, provocada por la enfermedad COVID-19.

• Directriz N.º 073-S-MTSS sobre las medidas de atención y coordinación interinstitucional ante la alerta sanitaria por coronavirus (COVID-19) del 9 de marzo 2020.

• Decreto ejecutivo 42603-S. Reforma al decreto ejecutivo número 42421-S del 26 de junio de 2020, denominado medida especial sobre el uso obligatorio de mascarilla o careta como equipo de protección personal debido al estado de emergencia nacional por el covid-19 del 7 de setiembre 2020.

• Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19. Versión 11- 2 de abril 2020.

• Normativa de Relaciones Laborales: Título VI: Protección a las personas trabajadoras de los riesgos del trabajo. Art. 66. Vigilancia de Salud de las Personas Trabajadoras

• Política Institucional para la Gestión de las Personas, acuerdo de Junta Directiva, Artículo 16 de la Sesión Número 8886 del 02 de febrero del 2017. Enunciado 3.2 Bienestar y Salud de las Personas Trabajadoras, Lineamiento 9 y 10.

• Oficio GG-0585-2020 del 9 de marzo 2020. Medidas para mitigar la transmisión del virus COVID –19 en la CCSS.

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• Oficio GG-0740-2020 del 20 de marzo 2020. Recordatorio sobre la obligatoriedad de enviar a las personas trabajadoras a teletrabajar, durante toda la jornada laboral (semanal), ante la alerta sanitaria por el Covid-19, según lo indicado en la GG-0593-2020 del 10 de marzo del 2020 y la declaración de emergencia nacional.

• Oficio GM-MDA-4853-2020 del 17 de abril de 2020. Actualización de “Lineamiento para el uso del equipo de protección personal ante COVID-19 Versión N.º 4 del 16 de abril del 2020.

• Oficio DBL-0119-2020| GA-CAED-127-2020 del 20 de marzo 2020. Medidas para la prevención de la enfermedad COVID-19 y otras enfermedades respiratorias, dirigidas a las personas trabajadoras que laboran en prestación de servicios administrativos.

• Oficio DBL-ASO-0244-2020 del 16 de abril 2020. Lineamiento para personas trabajadoras de la Caja Costarricense de Seguro Social con factores de riesgo que agravan la enfermedad por COVID-19.

• Oficio GG-1352-2020 / GA- 0417-2020 del 12 de mayo del 2020. Lineamiento de medidas preventivas ante la emergencia nacional de la pandemia por COVID-19 dirigido al personal con funciones administrativas y de producción que atienden usuarios

• Oficio GM-MDA-7275-2020 del 11 de junio del 2020. Recordatorio adecuado control y uso en el uso de equipos de protección personal.

• Oficio GM-MDA-7669-2020/GA-0631-2020/GL-0918-2020/GA-CAED-0640-2020 del 19 de junio del 2020. Actualización a instrucción “Uso de mascarillas quirúrgicas en caso de que se comunique oficialmente por parte de las autoridades instituciones un estado de escasez.

• Oficio GG-1769-2020 del 02 de julio de 2020. Obligatoriedad acerca de la implementación de la modalidad de teletrabajo según la Directriz Presidencial Nº073-S-MTSS del 9 de marzo del 2020, ante la alerta sanitaria por el Covid-19.

• Oficio GG-2236-2020 del 18 de agosto del 2020. Seguimiento al documento oficial del Ministerio de Salud “LS-PG-016. Lineamiento General sobre el uso de mascarilla y caretas a nivel comunitario en el marco de la alerta por (COVID19) Versión 001”.

Alcance:

Estas recomendaciones son medidas que aplican en aquellas unidades con funciones administrativas y de producción de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) que por su naturaleza atienden usuarios externos e internos en sus instalaciones o fuera de ellas, asimismo, este documento considera las medidas que aplican para las personas trabajadoras que conducen y hacen uso de los vehículos institucionales de uso administrativo en dichas unidades, durante el período que se mantenga la declaratoria de emergencia sanitaria a nivel nacional.

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Para efecto del presente lineamiento, se exceptúan los establecimientos de salud, como: Hospitales, Centros Especializados, Centros de Atención Integral en Salud, Áreas de Salud, las unidades que dispongan de un manual específico sobre procedimiento estándar de trabajo, donde se indique el tipo de equipo de protección personal que se debe utilizar, así como las unidades de ambulancias o transporte de pacientes, durante el período que se mantenga la declaratoria de emergencia sanitaria a nivel nacional.

Antecedentes: En el contexto de la emergencia nacional establecida en el Decreto Ejecutivo 42227-MP-S, la CCSS tiene la responsabilidad de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios. El COVID-19 es una enfermedad nueva, y con la información disponible actualmente se han emitido varios lineamientos a nivel nacional e institucional sobre medidas preventivas en las instalaciones dedicadas a la atención al usuario. Se emitió una primera versión del presente lineamiento, mediante oficios GG-1352-2020 / GA- 0417-2020, el 12 de mayo del 2020. Objetivo: Disminuir la probabilidad de exposición al SARS-CoV-2 en el lugar de trabajo, en personas trabajadoras de la CCSS que, por la naturaleza de su puesto, deben atender usuarios internos y externos de forma presencial en las unidades con funciones administrativas y de producción.

Descripción del lineamiento: Todo centro de trabajo debe promover e implementar las medidas de prevención y buenas prácticas de trabajo, que garanticen las condiciones de seguridad y protección de las personas trabajadoras ante la situación de la pandemia por COVID-19.

Es importante que se realice una valoración de riesgos laborales para analizar las medidas que se deben adoptar. Se identifica el o los distintos escenarios de atención en que la persona trabajadora se encuentra ejerciendo sus funciones, definiendo así la probabilidad alta o baja de exposición al riesgo según escenario.

• Probabilidad alta: Se refiere a estar designado a la atención al usuario, que por la naturaleza del puesto no existe la posibilidad de mantener la distancia física recomendada entre la persona trabajadora y el usuario externo e interno, y que además se da en un espacio cerrado.

• Probabilidad baja: Se refiere a aquellos escenarios laborales en los cuales la persona trabajadora no tiene atención directa al usuario, o si la tiene, se produce a 1.8 metros o más de distancia y se han implementado medidas preventivas, tales como la colocación de barrera física de vidrio o acrílico entre el usuario y quien lo atiende.

Ante estos dos escenarios es importante que los centros de trabajo valoren las siguientes disposiciones y medidas preventivas.

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I. Disposiciones Generales:

1. Evaluar la implementación del teletrabajo en aquellos puestos susceptibles a esta modalidad, sin la afectación del desempeño del puesto de trabajo, con el fin de reducir el número total de trabajadores en una instalación en un tiempo dado. Se debe considerar en esta toma de decisiones a aquellas personas trabajadoras portadoras de alguna patología que las haga más susceptibles al COVID-19.

2. Promover con los proveedores, usuarios, u otro personal, el uso de canales electrónicos (WhatsApp, Teams, Zoom, u otras plataformas o aplicaciones) para la realización de reuniones, trámites administrativos, entre otros.

3. Adoptar las medidas que permitan regular la atención de usuarios con no más del 50% de la capacidad instalada en las salas de espera, de manera que dentro de las instalaciones permanezca como máximo la capacidad de usuarios previamente indicada en términos porcentuales.

4. Exhortar a las personas trabajadoras en el uso correcto del equipo de protección personal disponible (mascarilla de tela o desechable como elementos indispensables; la careta de protección facial es optativa y pasa a ser un complemento de la mascarilla). Se debe usar desde el momento del ingreso a las instalaciones de la institución y durante la jornada, principalmente en lugares cerrados que son compartidos con otras personas. En los momentos que no se puede utilizar (tiempos de alimentación) se debe reforzar las medidas preventivas del distanciamiento físico.

5. En la medida de lo posible, se debe mantener la distancia de 1.8 metros entre la persona que

presta el servicio y el usuario, así como la distancia entre cada usuario. En este sentido, si fuera necesario se procederá a la redistribución de los espacios del mobiliario, estanterías, pasillos, demarcación de la distancia preventiva establecida en todos los ámbitos de interacción, incluyendo cantidad de personas en el comedor (recordar mantener el aforo al 50% de la capacidad), horarios de alimentación (sino se logra mantener el distanciamiento físico por el espacio disponible), disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas, entre otros. De necesitar asesoría en este punto, referirse al Área de Salud Ocupacional de la Dirección de Bienestar Laboral al correo [email protected]

6. Es recomendable también que, en los puestos de atención al público que no lo tengan, se disponga de una barrera física en vidrio o acrílico que no obstaculice la adecuada comunicación entre el funcionario y el usuario, pero que evite la exposición de la persona trabajadora a gotas de saliva o secreciones por parte del usuario interno o externo.

7. Colocar en lugares visibles afiches sobre lavado de manos y el protocolo de tos y estornudo.

8. Ofrecer a los usuarios lavamanos o estaciones para su desinfección, que proporcionen jabón, toallas desechables y un basurero para disponer de las toallas utilizadas.

9. Exhortar a los usuarios internos y externos (incluyendo contratistas, proveedores externos,

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personal de mantenimiento de equipos) que al ingresar a algún centro de trabajo de la institución con funciones administrativas o de producción, se laven las manos en las estaciones disponibles para tal fin, además de la adopción de otras medidas preventivas implementadas en el centro de trabajo.

10. La administración activa deberá revisar sus procesos para asegurar que la persona trabajadora evite, dentro de lo posible, el contacto físico directo con los usuarios externos e internos, limitándolo a los objetos indispensables para brindar el servicio. Se deben destinar lapiceros para uso exclusivo de los usuarios, los cuales deben estarse desinfectando frecuentemente.

11. Después del contacto físico con un usuario externo o interno, objeto o documento de la persona que recibe la atención, debe evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca sin haberse lavado las manos de previo. No se recomienda el empleo de guantes desechables (pues para reducir la probabilidad de transmisión de microorganismos es necesario que se cambien al menos con cada usuario, aplicando las técnicas correctas para quitarlos y desecharlos).

12. La máxima autoridad del centro de trabajo debe fomentar el reforzamiento de las medidas de higiene personal y las precauciones de bioseguridad en todos los ámbitos y frente a cualquier escenario de exposición. Se debe facilitar los medios para que las personas trabajadoras puedan lavarse las manos adecuadamente. Promover la correcta técnica de tos y estornudo (cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo en un basurero con tapa. Si no se dispone de pañuelos, emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos. Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca sin haberse lavado las manos de previo).

13. Disponer de los medios necesarios para garantizar la limpieza y desinfección de los lugares de trabajo y las superficies que entren en contacto con los usuarios, según la normativa vigente (LS-PG-008. Lineamientos generales para limpieza y desinfección de espacios físicos ante el Coronavirus (COVID-19) del Ministerio de Salud – versión 1., 29 de mayo de 2020 y el Manual de procedimientos de limpieza y desinfección para el control de infecciones asociadas a la atención en salud- versión 3- 2019 de la CCSS), la cual debe intensificarse en relación con la práctica habitual.

14. Se deben promover diferentes medios de comunicación (correos electrónicos, foros, buzones), que permita a las personas trabajadores externar sus dudas, inquietudes y a la vez, identificar los principales factores psicosociales, con el fin de definir y desarrollar estrategias de acción para minimizar las manifestaciones como estrés, temor y ansiedad colectiva en el centro de trabajo. Dichas estrategias pueden ser coordinadas con los profesionales atinentes al tema en cada centro de trabajo y con el apoyo de las comisiones de salud ocupacional donde se cuente con ellas.

15. Se debe proveer a las personas trabajadores de capacitación continua, actualizándolas sobre la enfermedad de COVID-19 y medidas de bioseguridad, a través de la información disponible de medios oficiales como: página oficial del Ministerio de Salud, de la Caja Costarricense de Seguro Social, Facebook CCSS Dirección Bienestar Laboral.

16. La persona trabajadora no debe presentarse al trabajo con síntomas de una infección

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respiratoria (fiebre, tos, congestión nasal, dolor de garganta, dificultad respiratoria), o si presenta pérdida del sentido del olfato y cambio en la percepción del gusto o algún otro síntoma sugestivo de COVID-19, en este caso la persona debe:

✓ Informar de su condición a la jefatura ✓ Acudir para recibir atención médica y determinar la necesidad del descanso en casa para

evitar la transmisión de enfermedades respiratorias. ✓ Cumplir con los cuidados médicos indicados. ✓ Evitar a acudir a lugares públicos o con aglomeración de personas. ✓ Permanecer en su casa de habitación.

17. Es responsabilidad de las personas trabajadores cumplir con las disposiciones emitidas por las autoridades de salud del país, así como las medidas preventivas indicadas por la jefatura con base a este lineamiento y apoyar su implementación en las unidades de trabajo.

18. En el caso de las empresas contratistas, deben implementar y vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención y contención del COVID-19 propuestas en el centro de trabajo, así como garantizar la dotación de equipo de protección personal por parte de su patrono, tal como lo establece el Código de Trabajo en el artículo 284, de las obligaciones del patrono, inciso “ch) proporcionar el equipo y elemento de protección personal y de seguridad en el trabajo y asegurar su uso y funcionamiento”.

II. Disposiciones específicas para el uso de vehículos administrativos:

19. Las personas que hacen uso de vehículos administrativos sean conductores o pasajeros, deben llevar siempre su equipo de protección personal (mascarilla desechable o de tela), principalmente cuando viaja más de una persona en el vehículo, debido a la dificultad para mantener el distanciamiento físico. El uso de la careta facial es un complemento opcional.

20. Si las condiciones climáticas lo permiten, se debe utilizar la ventilación natural, procurando que no se genere fuertes corrientes de aire dentro del vehículo.

21. Minimizar el uso del aire acondicionado. En los casos estrictamente necesarios si se utiliza el aire acondicionado, este debe de hacerse con recambio de aire y no recirculando.

22. Se recomienda portar durante el trayecto recipientes con agua limpia y jabón, de modo que cuando sea posible, de manera frecuente, se laven las manos, o bien, si se dispone de solución alcohólica se puede utilizar para la higienización de manos durante el viaje; en este caso, se debe realizar el lavado de manos en cuanto se llegue a algún destino y se disponga de lavamanos.

23. Después del contacto físico con un usuario o pasajero, objeto o documento de otra persona, debe evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca sin haberse lavado o higienizado las manos de previo. No se recomienda el empleo de guantes desechables para la tarea de conducción.

24. Se debe evitar el consumo de alimentos dentro del vehículo.

25. En el vehículo se debe llevar lo estrictamente necesario. Evitar el uso de cojines, decoraciones y accesorios innecesarios dentro del vehículo que puedan convertirse en foco de infección.

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26. Se sugiere que la asignación del vehículo a cada chofer sea por el día completo. De no ser posible, se debe realizar la limpieza interna del vehículo antes del cambio de chofer.

Medidas de limpieza y mantenimiento de los vehículos de uso administrativo: 27. La jefatura debe de proveer los medios necesarios para garantizar la limpieza interna de los

vehículos institucionales y las superficies que entren en contacto con los usuarios, según la normativa vigente.

28. Garantizar los insumos necesarios para realizar la limpieza frecuente del interior del vehículo y superficies. Es factible limpiar este tipo de vehículos con soluciones detergentes (agua y jabón), solución de hipoclorito al 0,5% (no se recomienda en materiales de tela y cuero natural), soluciones alcohólicas (al 70%), o soluciones de amonio cuaternario. Se puede emplear el desinfectante institucional para uso de superficies generales - el desinfectante código 1-90-02-0040- que está hecho a base de una mezcla de amonio cuaternario y alcohol.

29. El conductor es responsable de cada vehículo, del resguardo, cuido y uso adecuado de los mismos, en cumplimiento de las funciones a su cargo, en particular de la limpieza del interior del vehículo.

30. Los vehículos deben de limpiarse internamente al final de cada jornada de trabajo y cada vez que haya cambio de usuarios o de chofer, dando especial énfasis a las superficies de apoyo y de contacto en los vehículos, por ejemplo:

✓ Llaves

✓ Volante, incluidos botones y bocina.

✓ Todas las palancas: del volante (las palancas de señalización, luces, entre otras), de los asientos, de cambio de marcha, freno de mano.

✓ Radio de comunicación y sus accesorios.

✓ Botoneras de la radio, tablero, vidrios, entre otras.

✓ Todas las manijas: manijas de las puertas, tanto internas, como externas (conductor, pasajeros, carga), de la puerta de la guantera.

✓ Cinturones de seguridad

✓ Alfombras

✓ Dispositivos móviles

✓ Todos los demás equipos de trabajo sean susceptibles de ser tocados.

31. Se recomienda utilizar una toalla desechable para el proceso de limpieza y que el líquido utilizado para desinfectar sea vertido directamente sobre la toalla desechable, nunca sobre la superficie a limpiar, ya que eso puede originar el levantamiento de partículas.

32. Se recomienda el uso de guantes para el proceso.

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33. Todos los insumos que se utilicen y que no son descartables, deben quedar limpios y desinfectados posterior a su uso.

34. Una vez finalizada la limpieza del vehículo, es necesario que la persona responsable de dicha labor realice un correcto lavado de manos con agua y jabón, durante al menos 40-60 segundos.

Medidas con los usuarios que son transportados en los vehículos institucionales

35. Exhortar a los usuarios que utilizan los vehículos institucionales, la adopción de las medidas

preventivas (cada usuario es responsable de llevar su mascarilla y utilizarla durante el viaje) el lavado de manos es imprescindible previo a la colocación de esta y para ingresar al vehículo.

36. En los vehículos de 5 pasajeros, se deben utilizar sólo los asientos traseros con dos pasajeros sentados al lado de cada ventana, quedando libre el asiento central de la parte trasera y del copiloto para mantener la distancia física, es decir, la capacidad recomendada es de tres personas por vehículo. En caso excepcionales, que se requiera una cuarta persona en el vehículo, se colocará en el espacio del copiloto. No se recomienda que el vehículo vaya al 100% de su capacidad.

37. En caso de microbús se recomienda que no se siente nadie a la par del chofer y atrás se puede sentar una persona en cada fila, en lados opuestos, por ejemplo, en la primera fila uno a la derecha del chofer, en la segunda fila sentado en el lado izquierdo, en la tercera fila en el asiento a la derecha, y así sucesivamente (tipo zig zag) para mantener a los pasajeros lo más distanciados posible.

38. Se le debe pedir a los pasajeros que manipulen sus propios bolsos y pertenencias personales al subir y bajar del vehículo.

39. Procurar que el usuario no toque múltiples superficies del carro, es importante que se mantenga en un espacio y no estarse moviendo de un lado a otro dentro del vehículo.

40. Se debe cumplir con el distanciamiento físico al momento de comer, en los diferentes establecimientos.

III. Consideraciones sobre el equipo de protección personal: mascarillas reutilizables de tela o desechables y caretas de protección

Mascarillas reutilizables de tela o desechables

Las mascarillas reutilizables de tela o desechables son especialmente importantes en los entornos cerrados, entornos donde las personas se encuentran cerca las unas de las otras, o donde el distanciamiento físico sea difícil de mantener, y son una medida adicional para ayudar a desacelerar la propagación del COVID-19 cuando se combina con las otras medidas preventivas descritas en este documento.

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Consideraciones para su uso

• Nadie debe utilizar o manipular una mascarilla que haya sido utilizada por otras personas. • Lavar las manos con agua y jabón antes de colocar la mascarilla de tela o reutilizable. • Se debe manipular solamente de las tiras o bandas para las orejas. • Deben tener una cobertura facial general. Se debe colocar de tal manera que cubra la nariz y la

boca, y extiéndela por debajo de la barbilla. • Se debe asegurar que quede bien ajustada en la cara. • No se debe colocar alrededor del cuello ni sobre la frente. • No se debe remover la mascarilla para hablar con otras personas. • Evitar tocar la mascarilla de tela, y en caso de hacerlo, se deben lavar las manos. • Se recomienda realizar lavado de manos previo a quitarse la mascarilla. • Retirar la mascarilla tocando solo las tiras. • Evitar tocar los ojos, la nariz y la boca al remover la mascarilla de tela, y lavar las manos de

inmediato después de quitarla.

Cuidados de la mascarilla de tela reutilizable

• La mascarilla se debe lavar antes de utilizarla otro día nuevamente. • Se puede lavar a mano o en la lavadora. • Lavar con agua a temperatura ambiente y detergente para ropa habitual preferiblemente, debido a

que algunas sustancias como blanqueadores con cloro o desinfectantes pueden dañar las fibras de la tela sino se utilizan en las concentraciones correctas.

• Se puede dejar en remojo en agua jabonosa a una temperatura de 60° C por un período de 5 a 10 minutos y enjuagar bien hasta eliminar los residuos de detergente.

• Secar al aire libre o en secadora, usando una temperatura media a alta. • La mascarilla debe quedar completamente seca. Se recomienda que se seque completamente dentro

de las dos horas posteriores al lavado. • En el almacenaje posterior de la mascarilla, se deben evitar los ambientes en los que la mascarilla se

pueda volver a contaminar, colocándola en una bolsa plástica limpia o una bolsa limpia de papel. • Después de cada ciclo de lavado, se debe realizar una inspección visual con las manos lavadas, con

el fin de detectar algún daño en la mascarilla (menor ajuste, deformación, desgaste) y en estos casos se debe desechar la mascarilla.

• En caso de que se humedezca o deteriore por el uso, se recomienda sustituirla por otra. • Las mascarillas se deben desechar individualmente en una bolsa pequeña y depositarla en un

basurero provisto de una bolsa de plástico con tapa. Se recomienda utilizar doble bolsa para preservar el contenido de la primera bolsa en caso de desgarro de la bolsa exterior.

Caretas de protección facial

El uso de las caretas de protección es una alternativa adicional al uso de la mascarilla, y deben tener cobertura facial general, que cubra adecuadamente ojos, nariz y boca.

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Consideraciones para su uso

• La careta es de uso personal.

• Lavar las manos antes de la colocación de la careta.

• Evitar tocar la parte interna, debido a que entra en contacto con la nariz, boca y ojos.

• Se debe complementar su uso con la mascarilla.

Los cuidados de la careta

• Se debe lavar diariamente, o bien cuantas veces sea necesario durante el día si se observan gotas de saliva o manchas.

• Utilizar agua y jabón líquido para limpiarla.

• En caso de no contar con jabón líquido, se puede utilizar solución alcohólica al 70%.

• Secar completamente con toalla de papel desechable o tela de microfibra.

• Guardar la careta limpia y en un lugar seguro donde no se vaya a contaminar o dañar.

• La careta no tiene un límite de vida útil, sin embargo, se debe desechar en caso de que presente deterioro o daños que obstaculicen la adecuada visión.

Es importante indicar que las medidas antes mencionadas se consideran complementarias para minimizar la exposición a SARS-CoV-2, y el equipo de protección personal (EPP) no debe tomar el lugar de las otras estrategias de prevención. Es importante evitar que se genere una sensación falsa de seguridad y se deben manipular correctamente los implementos del equipo de protección personal para prevenir contactos con la nariz, la boca o los ojos.

Corresponde a las jefaturas cumplir con lo dispuesto en el presente lineamiento. En caso de que la persona trabajadora se encuentra en un escenario con probabilidad alta de exposición, la administración activa en conjunto con la jefatura debe gestionar para que se logre efectuar las disposiciones antes mencionadas y de esta manera controlar el nivel de exposición.

La solicitud del equipo de protección personal (mascarilla reutilizable de tela o mascarilla desechable) deberá contemplar las personas trabajadoras que laboran en todos los escenarios de exposición (alta probabilidad y baja probabilidad). La jefatura es la responsable de llenar el formulario digital a través del siguiente link:

Formulario: Medidas preventivas ante COVID-19. Unidades Administrativas y de Producción

En dicho formulario se debe indicar la cantidad de personas trabajadoras que realizan labores como atención directa a usuarios, inspecciones a otros centros de trabajo, visitas técnicas, administrativas o de otra naturaleza a diferentes instancias institucionales o privadas, así como, indicar las medidas de prevención que se han implementado en el centro de trabajo.

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Lineamiento de medidas preventivas ante la emergencia nacional de la pandemia por COVID-19 dirigido al personal con funciones administrativas y de producción que

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VIGENCIA:

Durante la alerta

sanitaria por

COVID-19

El formulario debe ser enviado una única vez, y aquellas unidades de trabajo que ya habían enviado la información anteriormente, no es necesario que vuelvan a llenar este documento, salvo aquellas unidades que requieran actualizar sus datos, con información como: cantidad de personas trabajadoras que requieran utilizar equipo de protección personal, nuevas medidas implementadas en el centro de trabajo, cambios en las condiciones de trabajo, entre otras. Esta solicitud es revisada y analizada por el Área de Salud Ocupacional. Se valora la entrega del equipo disponible en el Almacén General, coordinado a través del CCO y los enlaces de Gerencia, para su recolección y distribución. Responsable del cumplimiento:

• Directores y Jefaturas de las unidades administrativas

Consultas con:

• Dirección de Bienestar Laboral, Área Salud Ocupacional:

Referencias Bibliográficas:

1. CDC. Use una cubierta de tela para la cara para ayudar a desacelerar la propagación del COVID-19. Tomado de: https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/prevent-getting-sick/diy-cloth-face-coverings.html

2. CDC. Cómo lavar las cubiertas de tela para la cara. Tomado de:https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/prevent-getting-sick/how-to-wash-cloth-face-coverings.html

3. Interim CDC Guidance on Handling Non-COVID-19 Public Health Activities that Require Face- to-Face Interaction with Clients in the Clinic and Field in the Current COVID-19 Pandemic. 8 de abril 2020. Tomado de https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/hcp/non-covid-19- client-interaction.html

4. Ministerio de Salud de Costa Rica. LS-SS-006. Lineamientos generales para el uso del Equipo de Protección Personal (EPP), para prevenir la exposición al COVID-19 en servicios de salud y Centros de trabajo. Versión 07. 30 de junio de 2020

5. Ministerio de Salud. Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19. Versión 14. Costa Rica. 12 de junio 2020.

6. Ministerio de Salud de Costa Rica. Lineamientos generales para propietarios y administradores de Centros de Trabajo por Coronavirus (COVID-19). Versión 6. 12 de mayo 2020

7. Ministerio de Salud de Costa Rica. Lineamientos generales para oficinas con atención al público (Bancos, coreos, instituciones del Estado, Poder Judicial, empresas privadas de servicios) debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19). 17 de marzo 2020.

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atienden usuarios versión 2

VIGENCIA:

Durante la alerta

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8. Ministerio de Salud. Lineamientos generales para propietarios, administradores y usuarios de transporte público de personas a nivel nacional. (Autobuses, servicios especiales de turismo y traslado de estudiantes, así como, lanchas, trenes y similares) en el marco de la alerta sanitaria por COVID-19. 13 de mayo 2020. Costa Rica. Tomado de https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_sp_001_lineam_gen_prop_administ_usuarios_transp_publico_18052020.pdf

9. Ministerio de Salud. LS-PG-016. Lineamientos General sobre el uso de mascarilla y caretas a nivel comunitario en el marco de la alerta por (COVID-19). 21 de julio. Tomado de https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_pg_016_lineamientos_general_sobre_uso_mascarilla_caretas_25072020.pdf

10. Ministerio de salud. Lineamientos generales para propietarios, conductores y usuarios de taxis, S.E.E TAXI, Taxis Aeropuerto ante el Coronavirus (COVID-19). 25 de mayo. Tomado: https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_sp_002_taxis_26052020_v3.pdf

11. Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) 30 de marzo de 2020. Tomado de https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov- China/documentos/PrevencionRRLL_COVID-19.pdf

12. Asociación Española de Normalización. Especificación UNE 0065. Mascarillas higiénicas reutilizables para adultos y niños. Requisitos de materiales, diseño, confección, marcado y uso. Abril 2020. España.

13. INTECO. Norma INTE ES S80:2020. Mascarillas higiénicas reutilizables para adultos y niños. Requisitos de materiales, diseño, confección, etiquetado y uso. Abril 2020. Costa Rica

14. Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia. RECOMENDACIONES DE PREVENCIÓN EN EL TRABAJO FRENTE AL CORONAVIRUS 1 de abril de 2020 - 3ª actualización. En http://issga.xunta.gal/export/sites/default/recursos/descargas/Actividade/RECOMENDACIO NS_ISSGA_grupo_de_traballo_ISSGA_cas.pdf

15. Guía para la prevención, mitigación y continuidad del negocio por la pandemia del Covid-19 en los centros de trabajo. Abril 2020. Tomado de: https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/guia_continuidad_neg ocio_v1_21042020.pdf

16. World Health Organization. Infection prevention and control during health care when novel coronavirus (nCoV) infection is suspected. Interim Guidance. WHO: Geneva; 19 de marzo 2020. Tomado de: https://www.who.int/publications-detail/infection-prevention-and- control-during-health-care-when-novel-coronavirus-(ncov)-infection-is-suspected.

17. Centro para el Control y Prevención de Enfermedades. Limpieza y desinfección de vehículos que no son para traslados de emergencia. Revisión del 14 de abril del 2020. Tomado de: https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/community/organizations/disinfecting-

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transport-vehicles.html.

18. Organización Internacional de Trabajo. Regresar al Trabajo de forma segura: Guía para los empleadores sobre la prevención de la COVID-19. 15 de mayo 2020. Tomado de https://www.ilo.org/actemp/publications/WCMS_744784/lang--es/index.htm

19. AIHA. Guía de reapertura para servicios de transporte de pasajeros, taxis, limusinas y conductores de alquiler. Versión 2, 6 de mayo 2020. Tomado de https://aiha-assets.sfo2.digitaloceanspaces.com/AIHA/resources/Guidance-Documents/Returning-to-Work-Rideshare-Taxi-Limo-and-other-Passenger-Drivers-for-Hire_Spanish_GuidanceDocument.pdf

20. Organización Mundial de la Salud. Limpieza y desinfección de las superficies del entorno inmediato

en el marco de la COVID-19. Tomado de https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/technical-guidance

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Anexo 1

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Recomendaciones para el uso de la careta de protección facial

Anexo 2

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Técnica de lavado de manos

Anexo 3

Protocolo de tos y estornudo

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Anexo 4

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VIGENCIA:

Durante la alerta

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COVID-19

Recomendaciones para uso de mascarillas de tela