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D E F I N I C I Ó N D E SUELDO El concepto de sueldo se refiere a la remuneración regular asignada por el desempeño de un cargo o servicio profesional. La palabra tiene su origen en el término latino solĭdus (“sólido”), que era el nombre de una antigua moneda romana. El término de sueldo suele ser utilizado como sinónimo de salario (del latín salarĭum , relacionado con la “sal”), la remuneración regular o la cantida dinero con que se retribuye a los trabajadores por cuenta ajena. uede decirse que el empleado recibe un sueldo a cambio de poner su fuerza laboral a disposición del empleador, en el marco de una serie de obligacion compartidas que rigen su relación contractual. La contraprestación que implica el sueldo se abona principalmente en dinero aunque un porcentaje puede liquidarse en alguna especie evaluable en términos monetarios. Es importante tener en cuenta que, m!s all! de la responsabilidad social, l sueldos representan una cuestión muy diferente para los empleadores y los trabajadores. ara los primeros, los sueldos forman parte de los costos de la empresa, aunque también constituyen un medio para moti"ar a los trabajadores y, así, mejorar su producti"idad. ara el empleado, en cambio, sueldo supone el medio para satisfacer sus necesidades materiales y alcanza cierto ni"el de "ida. ara resol"er los conflictos entre estos intereses diferentes respecto a lo se establecen negociaciones entre el empleador y el empleado, aunque tambié e#iste un diálogo tripartito ($obierno%representantes de las empresas% representantes de los trabajadores) para determinar el ni"el b!sico de los fijar ciertas medidas de cumplimiento obligatorio. Lee todo en& 'efinición de sueldo % ué es, ignificado y *oncepto +ttp& definicion.de sueldo -i#zz s/E#01

DEFINICIÓN DESUELDO

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DEFINICIN DESUELDOEl concepto desueldose refiere a laremuneracin regular asignada por el desempeo de un cargo o servicio profesional. La palabra tiene su origen en el trmino latinosoldus(slido), que era el nombre de una antigua moneda romana.

El trmino de sueldo suele ser utilizado como sinnimo desalario(del latnsalarum, relacionado con lasal), la remuneracin regular o la cantidad de dinero con que se retribuye a los trabajadores por cuenta ajena.Puede decirse que el empleado recibe un sueldo a cambio de poner sufuerza laborala disposicin del empleador, en el marco de una serie de obligaciones compartidas que rigen su relacin contractual.La contraprestacin que implica el sueldo se abona principalmente endinero, aunque un porcentaje puede liquidarse en algunaespecie evaluable en trminos monetarios.Es importante tener en cuenta que, ms all de la responsabilidad social, los sueldos representan una cuestin muy diferente para los empleadores y los trabajadores. Para los primeros, los sueldos forman parte de los costos de laempresa, aunque tambin constituyen un medio para motivar a los trabajadores y, as, mejorar su productividad. Para el empleado, en cambio, el sueldo supone el medio para satisfacer sus necesidades materiales y alcanzar un cierto nivel de vida.Para resolver los conflictos entre estos intereses diferentes respecto a los sueldos, se establecennegociacionesentre el empleador y el empleado, aunque tambin existe undilogo tripartito(Gobierno-representantes de las empresas-representantes de los trabajadores) para determinar el nivel bsico de los salarios y fijar ciertas medidas de cumplimiento obligatorio.

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Sueldoes la palabra que designa a laremuneracinque percibe de manera peridica un trabajador como consecuencia de la prestacin de un servicio profesional o el desempeo de un cargo, puesto, en alguna empresa. Es decir, el trabajador o empleado le proporciona a la compaa en la que trabaja suconocimientoy capacidad laboral y sta como contrapartida le asigna un sueldo cuya suma ser determinada a la firma del contrato.El concepto desueldo bsicoes un concepto destacado dentro del mbito laboral que designa aaquella parte del salario que se mantiene fija sin importar cualquier tipo de contingencia ocircunstanciaa la cual se haya visto sometido el trabajador durante el mes, eso s, la condicin sine quanom ser que haya trabajado todo el mes.Cuando decimos circunstancias nos estamos refiriendo al cmulo de otras cuestiones que tambin intervienen en el suelo de un individuo y que terminan por modificar el valor bsico que hablbamos, como ser: la percepcin de comisiones por ventas, bonificaciones, pagos de horas extra por trabajar en das feriados o de descanso, plus por trabajo nocturno, entre otras condiciones.Entonces, si alguien por contrato cobra un sueldo bsico de $ 2.500 por mes, siempre, pase lo que pase y obviamente cumpliendo conforme con su presencia y horario de trabajo, deber percibir tal suma al final o comienzo de cada mes. En tanto, si el individuo realiz en su empleo horas extra durante varios fines de semana del mes y adems lleg a horario todos los das del mes con lo cual cumpli la condicin para recibir el premio por presentismo que entrega la empresa en la cual se desempea, su sueldo bsico, que como dijimos es de $ 2.500 se ver incrementado en funcin de los valores establecidos por realizar actividades que se consideran extras.Cabe destacarse que los trabajadores emplean sus sueldos para satisfacer, en principio, sus necesidades bsicas y las de su familia y en caso que el mismo se los permita tambin para adquirir aquellas cuestiones materiales que le dan placer.Existen varios sinnimos para la palabra sueldo, aunque, el ms extendido es el desalario.

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SalarioPara antigua moneda, vaseSueldo (moneda).

Evolucin del salario y el desempleo enLituania(2001-2009). La relacin entre salario ydesempleoes inversa, elpleno empleocontribuye a la mejora generalizada de salarios,condiciones de trabajo,consumoydemanda agregada; cifras altas dedesempleosuponen el empeoramiento de salarios as como del resto de indicadores.12Elsalario3(tambin llamadosueldo,4soldada5oestipendio6) es la suma dedineroy otrospagos en especieque recibe de forma peridica untrabajadorde suempleadorpor untiempo de trabajodeterminado o por la realizacin de una tarea especfica o fabricacin de un producto determinado. El pago puede ser mensual, semanal o diario en cuyo caso recibe el nombre dejornal, del trminojornada.7ndice[ocultar] 1Etimologa 2Salario y condiciones de trabajo 2.1El salario digno como uno de los derechos humanos 2.2Igualdad salarial 3Salario mnimo y salario mximo 3.1Salario mnimo 3.2Salario mximo 4Salario y trabajo 4.1Teora del valor-trabajo 4.1.1La teora del valor-trabajo en la economa poltica clsica 4.1.2La teora del valor-trabajo en Marx 4.2Evolucin histrica de la productividad y renta per cpita 5Salario base, salario nominal, salario real y salario social 5.1Nmina 6Vase tambin 7Referencias 8Enlaces externosEtimologa[editar]

Anotacin de salarios diarios sellados por un alto funcionario,Ur, antigua ciudad del sur deMesopotamia.Salarioderiva dellatnsalarium, que significa 'pago desal' o 'por sal'. El trmino proviene del antiguoimperio romano, donde muchas veces se hacan pagos a lossoldadoscon sal, la cual vala su peso enoro, dado que la sal en la Antigedad era una de las pocas maneras que se tena de conservar la carne, es decir, ponindola en salazn.Salario y condiciones de trabajo[editar]El salario es una contraprestacin que recibe el trabajador a cambio del trabajo realizado para un empleador, la cuanta se establece en elcontrato de trabajo. El salario se recibe principalmente endinero, si bien puede contar con una parte enespecieevaluable en trminos monetarios. Siempre debe existir una remuneracin en dinero, la retribucin en especie es necesariamente adicional.El salario digno como uno de los derechos humanos[editar]Derechos econmicos, sociales y culturalesArtculo principal:Derechos econmicos, sociales y culturalesLosDerechos econmicosse consideranDerechos humanos:,8elPacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(PIDESC) de 1966 establece en su artculo 7 que los trabajadores tendrn:Artculo 7PIDESC. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial:a) Una remuneracin que proporcione como mnimo a todos los trabajadores:i)Un salario equitativoe igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual;ii)Condiciones de existencia dignaspara ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto;b) La seguridad y la higiene en el trabajo;c) Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categora superior que les corresponda, sin ms consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad;d) El descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitacin razonable de las horas de trabajo y las vacaciones peridicas pagadas, as como la remuneracin de los das festivos.9La remuneracin salarial y su incremento es uno de los aspectos de lascondiciones de trabajoque ms directamente ha sido reivindicado por los trabajadores. LaOrganizacin Internacional del Trabajo (OIT)ha luchado constantemente por establecer normas que garanticen y protejan el derecho de los trabajadores a percibir un salario justo. Segn la Constitucin de laOIT(1919) "la garanta de un salario vital adecuado" es uno de los objetivos cuya consecucin es ms urgente.Los salarios representan algo muy diferente para trabajadores y empleadores. Para estos ltimos, aparte de ser un elemento del costo, es un medio que permite motivar a los trabajadores. En cambio, para los trabajadores representa el nivel de vida que pueden tener, un incentivo para adquirir calificaciones y, por ltimo, una fuente de satisfaccin frente al trabajo realizado. Lanegociacin colectivaen la empresa o en el sector y un dilogo social tripartito en el plano nacional son las mejores vas para determinar el nivel de los salarios y resolver conflictos potenciales.Igualdad salarial[editar]Artculo principal:Igualdad salarialLaigualdad salarialhace referencial al concepto segn el cual los individuos que realizantrabajossimilares (o trabajos con la mismaproductividad) deben recibir la mismaremuneracin, sin importar elsexo,raza,orientacin sexual,nacionalidad,religino cualquier otra categora. Para ello, se parte del principio deigualdad ante la ley. La igualdad salarial viene establecida en el Artculo 7 dePacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturalesrecoge la igualdad salarial. El22 de febrerose celebra elDa Europeo por la Igualdad Salarial. La discriminacin salarial afecta de manera importante a lamujertrabajadora. El salario promedio de lasmujeressolo alcanza al 72-88% del promedio salarial de loshombres, considerando variables tales como educacin, edad, posicin y cargo. Asimismo, es ms probable que las mujeres queden estancadas en trabajos de menor paga y estabilidad.10Salario mnimo y salario mximo[editar]Salario mnimo[editar]Artculo principal:Salario mnimoElsalario mnimoes laremuneracinmnima establecidalegalmenteen un pas o territorio para cada periodo laboral (hora,daomes), que losempleadoresdeben pagar a sustrabajadorespor sus labores. Fue establecido por primera vez enAustraliayNueva Zelandaen elsiglo XIX.11Salario mximo[editar]Artculo principal:Salario mximoElsalario mximoo retribucin mxima, en relacin con el salario y elsalario mnimo, es la retribucin mxima legal que puede recibir untrabajador por cuenta ajenay, en su caso, un representante poltico, un miembro de un gobierno, un inversor, un directivo o ejecutivo empresarial, un financiero e incluso un empresario. En algunas legislaciones se establece el lmite o tope salarial para cotizar en los sistemas pblicos de seguridad social (desempleo, pensiones). En los ltimos aos, con la aparicin de laGran Recesinhan surgido reivindicaciones de un lmite salarial, salario mximo, o retribucin mxima que realizan economistas, sindicatos, partidos polticos de izquierda e incluso desde proyectos econmicos como laEconoma del bien comn. La cuanta del salario mnimo se utiliza para establecer elsalario mximo.121314Salario y trabajo[editar]El salario es el precio pagado por eltrabajo. Los salarios son todos aquellos pagos que compensan a los individuos por el tiempo y el esfuerzo dedicado a la produccin de bienes y servicios. Estos pagos incluyen no slo los ingresos porhora,daosemanatrabajada de los trabajadores manuales, sino tambin los ingresos, semanales, mensuales o anuales de los profesionales y los gestores de las empresas. A los ingresos regulares pactados en losconvenios colectivoshay que sumarles las primas y laspagas extraordinarias, las primas por riesgo,nocturnidad, ndice depeligrosidadu horas extraordinarias, as como los honorarios de los profesionales liberales y la parte de los ingresos percibidos por los propietarios de negocios como compensacin por el tiempo dedicado a su negocio.Teora del valor-trabajo[editar]Artculo principal:Teora del valor-trabajoLateora del valor-trabajo(TVL, tambinteora laboral del valor) es una teora que considera que elvalorde un bien o servicio depende de la cantidad detrabajoque lleva incorporado.La teora del valor-trabajo en la economa poltica clsica[editar]Adam Smithconsideraba que el trabajo era la calidad de medida exacta para cuantificar el valor. Para l, el valor era la cantidad de trabajo que uno poda recibir a cambio de su mercanca. Los bienes podan aumentar de valor, pero lo que siempre permanece invariable es el trabajo. Esta teora original tena algunos problemas: 1) en el mercado no se puede saber cunto trabajo incorporado tiene una mercanca 2) si el trabajo es la fuente de valor de las mercancas, cuando mejore el valor el obrero debera ser el que se vea beneficiado -cosa que no ocurra-. Para poder explicar los conceptos de beneficio y renta desarroll una segunda teora denominadaTeora de los costes de produccin.David Ricardodesarroll una teora del valor-trabajo incorporado en su obraPrincipios de economa poltica y tributacin(1817). Continuando a Smith, adopta la primera de sus dos teoras del valor y trata de explicar cmo funciona el beneficio en la sociedad capitalista, adems, critica la definicin que este daba sobre el patrn invariable que era el trabajo. El valor del trabajo, explica, tambin varia. Segn lo expuesto por Adam Smith, las mercancas varan de valor pero el trabajo no, siendo el trabajo desgaste de energa, el aumento o reduccin de costos de bienes de subsistencia, demandaran ms trabajo para poder satisfacer las necesidades.La teora del valor-trabajo en Marx[editar]La teora del valor-trabajo deKarl Marxes distinta a la clsica. Su definicin se encuentra en su obraEl Capital, y sera parte de la base fundamental para entender elmodo de produccin capitalista. Para Marx la teora del valor-trabajo es histrica y social -no permanente histricamente-. Solo se aplicara a las economas mercantiles -la economa capitalista es un tipo de economa mercantil, por lo cual tambin se aplica a ella. Para Marx el trabajo no es 'valor' por naturaleza, es lo que produce valor exclusivamente por la organizacin social en el cual es empleado. Una caracterstica intrnseca del trabajo es producir, crear, transformar, pero el hecho de que el valor de las mercancas se mida por el tiempo de trabajo empleado en ellas se debe a la estructura social y lasrelaciones sociales de produccindelcapitalismo.Evolucin histrica de la productividad y renta per cpita[editar]Vanse tambin:Productividad,Crecimiento econmico,Reduccin de la jornada laboralyPIB.Tabla 1 - Evolucin de la productividad y relacin con las horas de trabajo por ao y persona en elReino Unido(1785-2000)15

AoPoblacinPoblacinocupadaHorastrabajadoraoHorastrabajadorsemana16Horastrabajadorda17Productividadhora de trabajo(dlares 1990)PIB percpita(dlares 1990)

1785126810004915000300062111.291505

1820198320006884000300062111.691756

1870293120001228500029846110.92.643297

19134262200018566000262453104.405032

1950503630002240000019584087.866847

20005867000027200000148930628.7119817

Laproductividadse define como la relacin entre la cantidad de productos obtenida por un sistema productivo y los recursos utilizados para obtener dicha produccin.18El aumento de laproductividadest asociado alcrecimiento econmico, si bien losrendimientos decrecientesafectan de manera significativa al uso de lamano de obra, tanto en su nmero -poblacin empleada- como en su dedicacin -jornada de trabajo-.19En este contexto el salario no solamente tiene una relacin directa con el valor del trabajo sino con elconsumoy por tanto con lademanda agregada..Histricamente el aumento de la productividad es el que ha permitido lareduccin de la jornada de trabajoante un requerimiento menor de mano de obra y la necesidad de aumentar elconsumoy lademandamediante el incremento de salarios para dar salida a losexcedentes. En pases exportadores de materias primas, habitualmente con baja productividad, se renuncia a la productividad a cambio de ms poblacin; en pases industrializados se consigue una alta productividad con escasa mano de obra lo que promueve institucional e individualmente un mayorcontrol del aumento de la poblacin.20El aumento de la productividad es consecuencia deldesarrollode latecnologa, del aumento del denominadocapital fsicoy la mejora delcapital humano:mecanizacin,industrializacin, implantacin detecnologas de la informacin y la comunicacin; de la mejora en la gestin derecursos humanos; del aumento de la cualificacin profesional y laformacindetrabajadoresas como de la implantacin delsistema de gestin de la calidady la intensificacin delcapitalque reducen la necesidad de mano de obra intensiva.212223Joseph Stiglitzconsidera que un aumento en las horas trabajadas como resultado delcrecimiento demogrficoque no redunde en un aumento de la productividad impactar en el nivel de vida debido a que la mayor renta no tendr un valor real de consumo por la menor cantidad de bienes o servicios producidos, segn la frmula (i de crec. de Produccin = i de aum. de horas trabajadas + i de aum. de productividad). En ese sentido, en un contexto de productividad superior, para mantener niveles de crecimiento de la produccin total en valores de equilibrio, es necesario reducir la jornada, por cuanto resulta econmicamente innecesario sobrepasar dichos niveles de crecimiento estable, en concordancia con una tendencia aldesarrollo sostenible, y en un contexto deestancamiento demogrfico.24Salario base, salario nominal, salario real y salario social[editar]Se denominasalario basea la parte fija de la remuneracin de lostrabajadores, sobre dicha base se suelen calculan las remuneraciones adicionales o al salario base se suman otros complementos salariales, antigedad -trienios-, peligrosidad, productividad, comisiones, etc.7Elsalario nominales el salario expresado segn el valor del dinero en un momento dado, sin hacer referencia alguna al nivel de precios.7Elsalario reales el salario teniendo en cuenta la capacidad adquisitiva del salario nominal en relacin con salarios anteriores, normalmente referidos a otros aos.7Elsalario sociales el que se recibe de la administracin cuando se est sin trabajo y se tienen un mnimo nivel econmico o muy bajos ingresos o nulos ingresos. Se trata de una prestacin econmica peridica que garantiza, a las personas que carecen de recursos econmicos suficientes para cubrir sus necesidades bsicas, el complemento de sus ingresos hasta unos lmites que en cada caso son calculados segn el tamao de la unidad econmica de convivencia independiente.Es conveniente no confundir elsalario socialcon larenta bsica universalque recibiran todos los ciudadanos.Nmina[editar]Artculo principal:NminaEs el documento que se utiliza para contabilizar el valorbrutoynetodevengado por cada empleado, donde se reflejan los diferentes apartados que constituyen el salario de cada trabajador. Constituye un documento oficial, y en el impreso de nmina deben figurar todos los datos fiscales de la empresa y del trabajador. Cada empleado debe recibir no solamente su cheque de pago, su ingreso bancario o en dinero en efectivo, sino tambin el documento de nmina que muestre el valor bruto devengado, las deducciones y el pago neto.Existen pasos fundamentales que son comunes en la mayora de las organizaciones. Uno de esos pasos, que se ejecuta al final de cada perodo de pago, consiste en la preparacin de la nmina, debe mostrar los nombres y remuneraciones de todos los trabajadores. La informacin que se incluye en ese registro denominado nmina consiste en el salario autorizado para cada trabajador y el nmero de horas trabajadas, tomadas de las tarjetas de tiempo o de documentos similares. Despus de separar las horas ordinarias (estructurales) de las extraordinarias (no estructurales), y de aplicar las tarifas apropiadas para cada categora laboral existentes, se tiene el total del salario devengado. La retencin en la fuente, el aporte al seguro social, el impuesto de la renta de las personas fsicas, y cualquier otra deduccin (anticipo, prstamo, etc) autorizada por el trabajador se registran minorando luego del valor devengado para obtener el valor neto a pagar.

SALARIOEs toda retribucin que percibeel hombreacambiode unservicioque ha prestado con sutrabajo.Segn elCdigoLaboral Artculo 227"La remuneracin sea cual fuere su denominacin omtododeclculoque pueda evaluarse en efectivo, debida por un empleador a un trabajador en virtud de losserviciosu obras que este haya efectuado o debe efectuar, de acuerdo con lo estipulado en elContratode Trabajo."DIFERENCIA ENTRESALARIOY SUELDOSALARIO Se paga porhora o por da, aunque se liquide semanalmente, se aplica mas bien a trabajosmanualeso de taller.SUELDO Se paga pormes o por quincenaya sea por trabajosintelectuales, Administrativos, deSupervisino deOficina.CLASES DESALARIOS:POR EL MEDIO UTILIZADO PARA EL PAGOA. Salario en Moneda: Son los que se pagan en moneda de curso legal, es decir, los que se pagan endinero(Guaranes)B. Salario en Especie (30%): Es el que se paga enproductos, servicios, habitacin, etc. Sobre este aspecto el Cdigo Laboral en su Art. 231 determina que "el pago podr hacerse parcial y excepcionalmente en especie hasta 30% (treinta por ciento), siempre que estasprestacionessean apropiadas al usopersonaldel trabajador y de sufamilia, excedan en beneficio de los mismos y que se les atribuya de una forma justa y razonable".C. Pago Mixto: Es el que se paga una parte en moneda y otra en especie.POR SU CAPACIDAD ADQUISITIVAA. Salario Nominal: Representa elvolumende dinero asignado en contrato individual por el cargo ocupado. En unaeconomainflacionaria, si el salario nominal no es actualizado peridicamente, sufreerosin(no puede soportar todas las necesidades del trabajador).B. Salario Real: Representa la cantidad debienesque el empleado puede adquirir con aquel volumen de dinero y corresponde alpoderadquisitivo, es decir, el poder de compra o la cantidad de productos o servicios que puede adquirir con el salario. De este modo, la sola reposicin delvalorreal no significa aumento salarial: "El salario nominal es alterado para proporcionar salario real equivalente en el anterior", de aqu proviene la distincin entre reajuste del salario (reposicin del salario real) y el aumento real del salario (crecimiento del salario real).POR SU CAPACIDAD SATISFACTORIAA. Individual: Es el que basta para satisfacer las necesidades del trabajador.B. Familiar: Es el que requiere la sustentacin dela familiadel trabajador.POR SU LIMITEA. B. Salario Mnimo: Segn el cdigo laboral (ART 249): aquel suficiente para satisfacer las necesidades normales de la vida del trabajador consistente en: Alimentacin Habitacin Vestuario Transporte Previsin Cultura y recreaciones honestas.A. Salario Mximo: Es el salario mas alto que permite a lasempresasa unaproduccincosteable.POR RAZON DE QUIEN PRODUCEEL TRABAJOO RECIBE EL SALARIOA. Salario Personal: Es el que produce quien sustenta la familia, normalmente el padre.B. Salario Colectivo: Es el que se produce entre varios miembros de la familia que sin gravedaopuedan colaborar a sostenerla, como por ejemplo: el padre, lamadrey los hermanos mayores de 16 aos.C. De Equipo: Es el que se paga en bloque a ungrupode trabajo, quedando a criterio de este equipo ladistribucinde los salarios entre s.POR LA FORMA DE PAGOA. Por Unidad deTiempo: Es aquel que solo toma en cuenta el tiempo en que el trabajador pone sufuerzade trabajo a disposicin del patrn.B. Por unidad deObra. : Es cuando el trabajo se computa de acuerdo al nmero de unidades producidasIMPORTANCIA DE LOS SALARIOSEl salario constituye el centro de las relaciones de intercambio entre las personas y lasorganizaciones. Todas las personas dentro de las organizaciones ofrecen su tiempo y su fuerza y a cambio reciben dinero, lo cual representa el intercambio de una equivalencia entrederechosy responsabilidades reciprocas entre el empleado y el empleador. El salario para las personas los salarios representan una de las complejas transacciones, ya que cuando unapersonaacepta un cargo, se compromete a una rutina diaria, a un patrn de actividades y una amplia gama de relaciones interpersonales dentro de unaorganizacin, por lo cual recibe un salario. As, a cambio de este elemento simblico intercambiable,EL DINERO, elhombrees capaz de empear gran parte de s mismo, de su esfuerzo y de su vida. El salario para las organizaciones, para las organizaciones los salarios son a la vez uncostoy unainversin. Costo, Porque los salarios se reflejan en el costo delproductoo del servicio final. Inversin, porque representa aplicacin de dinero en un factor de produccin. El trabajo como un intento por conseguir un retorno mayor.La participacin de los salarios en el valor del producto depende, obviamente del ramo de actividad de la organizacin. Cuanto ms automatizada sea la produccin (tecnologadecapitalintensiva), menor ser la participacin de los salarios y loscostosde produccin. En cualquiera de estos dos casos, los salarios siempre representan parala empresaun respetable volumen de dinero que debe ser muy bien administrado. EL SALARIO PARA LASOCIEDAD: Es el medio de subsistir de una gran parte de lapoblacin. Siempre la mayor parte de la poblacin vive del salario. EL SALARIO PARA LAESTRUCTURAECONOMICA DEL PAIS: Siendo el salario, elemento esencial del contrato de trabajo, y siendo el contrato de trabajo uno de los ejes de la economa actual, condiciona a la estructura misma de la sociedad.Con el fin de atraer y retener el personal necesario para la organizacin, los empleadores deben considerar que la compensacin ofrecida es la ms equitativa posible, con relacin a los conocimientos y experiencias al servicio de laempresa.ESTRUCTURA DE LOS SALARIOSEs aquella parte dela administracinde personal que estudia losprincipiosytcnicaspara lograr que la remuneracin global que recibe el trabajador sea adecuada a la importancia de: Su puesto Sueficienciapersonal Las necesidades del empleado Las posibilidades de laempresaASPECTOS QUE INCIDEN EN LA FIJACIN DE LOS SALARIOS El puesto: una de las razones bsicas para que existan diferencias en el monto del salario, es con relacin a la importancia del puesto. Es evidente que la remuneracin debe estar en proporcin directa a: Trabajo igual, salario igual. La eficiencia: es justo tomar en cuanto la forma como el puesto se desempea, ya que varios individuos no las hacen con la misma eficiencia, el mismo trabajo.La eficiencia se aplica a travs de:1. Incentivos y aumento de salarios2. Calificacin de meritos3. Normas de rendimiento4. Ascensos y promociones Necesidades del trabajador: Se refieren a lajusticiaconmutativa y a la justicia social, no se puede desconocer la realidad social. Posibilidades de la Empresa:A. Participacin de Utilidades: Estimula la eficiencia de los trabajadores.B. Las prestaciones que la empresa ofrece sea: Las gratificaciones, jubilaciones, habitacin, cafetera. Se dan cuando las posibilidades de la empresa permiten.LAS RETENCIONES Y DEDUCCIONESEl empleador no podr deducir, retener o compensar suma alguna que rebaje el importe de los salarios, sino por los conceptos siguientes: Indemnizacin de perdidas o daos en los equipos, productos, instrumentos, mercaderas, maquinarias e instalaciones del empleador, causadas por culpa o dolo del trabajador. Cuotas destinadas alsegurosocial obligatorio. Anticipo de salario hecho por el empleador. Pago de cuotas sindicales y decooperativas, previa autorizacin escrita del trabajador. Orden deautoridadcompetente para cubrirobligacioneslegales del trabajador.Es el conjunto de elementos que conforman los salarios de acuerdo a las disposiciones impuestas por el cdigo laboral.BENEFICIOSSALARIOS POR DIAS TRABAJADOS (ART. 230):El salario puede pagarse por unidad de tiempo (mes, quincena, semana, da, u hora); por unidad de obra (pieza, tarea o a destajo); y por comisiones sobre lasventaso cobros por cuenta del empleador.DE LA REMUNERACIN A JORNALEn ningn caso la remuneracin a jornal ser inferior a la divisin del salario mnimo mensual por 26 das.DEL SALARIO DE MENORES ART. 126El salario mnimo inicial no ser inferior al 60% conforme a la jornada de trabajo.Si el menor de 18 aos realiza un trabajo de igualnaturaleza, duracin yeficacia, que otros trabajadores mayores, en la misma actividad, tendr derecho a percibir el salario mnimo igual.SALARIO PERSONALDOMESTICOART. 151La retribucin en dinero no podr ser inferior al 40% del salario mnimo, vigente en el lugar.DURACION MAXIMA DE LAS JORNADASDIURNO Art. 194Duracin mxima de 8 hs. Diarias y 48 semanales.NOCTURNO Art. 194Duracin mxima de 7 hs. Diarias y 42 semanales.MIXTA Art. 196Duracin es de 7, 12 horas diarias o 45 hs. Semanales. Se pagara conforme a su duracin dentro del respectivo periodo diurno y nocturno.INSALUBRE Art. 198Duracin mxima ser de 6 hs. Diarias y 36 semanales.Nota: la condicin de insalubridad o no, debe ser especifica por la Dir. Gral. DeHigieney Salubridad del Min. DeSalud Publicay Bienestar Social.MENORES Art. 123 y 197Duracin mxima para mayores de 15 pero menores de 18 aos: 6 hs. Diarias y 36 hs. Semanales;Duracin mxima para menores de 12 aos: 4 hs. diarias y 24 hs. semanales.Duracin mxima para menores que asisten a las escuelas, la jornada se reduce a 2 hs. diarias. (Ver Art. 121, 122 GUIA Nro. 16).HORAS EXTRAORDINARIAS (ART 234): Las horas extraordinarias de labor sern pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.El trabajo nocturno ser pagado con un 30% (treinta por ciento) sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno.Las horas extraordinarias nocturnas sern pagadas con recargo del 100% (cien por cien) sobre el salario hora ordinario nocturno.Las horas trabajadas en das feriados sern pagadas con recargo del 100% % (cien por cien) sobre el salario hora ordinario de da hbil.ASIGNACIN FAMILIAR (ART. 261): Todo trabajador tiene derecho a percibir una asignacin del 5% del salario mnimo por cada hijo matrimonial, extramatrimonial o adoptivo.(ART 262) La asignacin familiar ser pagada siempre que el hijo este en las siguientes condiciones:A. Que sea menor de 17 aos cumplidos y sin limitacin de edad para el totalmente discapacitado fsico o mental.B. Que se halle bajo la patria potestad del trabajadorC. Que su crianza yeducacinsea a expensas de beneficiariosD. Que resida en Territorio NacionalNOTA: El derecho se extingue cuando desaparecen los requisitos y cuando el salario del trabajador supere el 200% del mnimo legal. Es inembargable.1. SOLICITUD DEL TRABAJADOR (ART 264)Se requiere solicitud del trabajador, acompaando la siguienteinformacin: informacin de los hijos menores Certificadode nacimiento Certificado de vida y residenciaAGUINALDO (ART.243): Queda establecida una remuneracin anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de lasremuneracionesdevengadas durante el ao calendario a favor del trabajador en todoconcepto(salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras), la que ser abonada antes del 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relacin laboral si ello ocurre antes de esa poca del ao. AGUINALDO PROPORCIONAL (Art. 244): cuando un trabajador deje el servicio del un empleador, sea por su propia voluntad o por haber sido despedido, percibir adems de las indemnizaciones que le correspondieran, la parte proporcional del aguinaldo devengado hasta el momento de dejar el servicio. LASVACACIONES(Art. 218): todo trabajador tiene derecho a un periodo de vacaciones remuneradas despus de cada ao de trabajo continuo al servicio del mismo empleador, cuya duracin mnima ser:Para trabajadores de:Cantidad de Das Hbiles Corridos

Desde 1 Hasta 5 aos de antigedad12

Entre 5 y 10 aos de antigedad18

Ms de 10 aos de antigedad30

VACACIONES DE MENORESLos menores de 18 aos gozaran de vacaciones anuales pagadas no inferior a 30 das hbiles corridos.DESCANSOY VACACIONES DE PERSONAL DOMESTICODe comn acuerdo podrn trabajar en das feriados, pero gozan de un descanso de: De 12 hs diarias (con retiro) De 10 hs para descanso y 2 hs para comidas (sin retiro) Vacaciones anuales remuneradas (Art. 218)DE LOS DESCANSOS LEGALESTodo trabajador tendr derecho a 1 (un) da de descanso semanal que normalmente ser el domingo.Las vacaciones comenzarn el da lunes o el siguiente da hbil si aqul fuese feriado.El hecho de la continuidad del trabajo se determina de acuerdo con lo que dispone el (Art. 92, inciso c) de este Cdigo.Ser absolutamente nula la clusula del contrato que tienda a interrumpir la continuidad de los servicios prestados o por prestarse. LASEGURIDADSOCIAL (Art. 382):el estadocon aportes y contribuciones propios y de empleadores y trabajadores, amparar, por medio de unsistemadesegurossociales, a los trabajadores contra losriesgosdecarctergeneral, y especialmente los derivados del trabajo.INCENTIVOSSon pagos hechos porla organizacina sus trabajadores (salarios, premios, beneficios sociales, oportunidades de progreso, estabilidad en el cargo, supervisin abierta, elogios, etc.), a cambio de contribuciones, cada incentivo tiene un valor deutilidadque es subjetivo, ya que vara de unindividuoa otro; lo que es til para un individuo puede ser intil para otro. Losincentivosse llaman tambin alicientes, recompensas o estmulos.ADMINISTRACION DE SALARIOSCONCEPTO: laadministracinde los salarios es la parte deadministracin de personalque estudia los principios y tcnicas para lograr que la remuneracin global que recibe el trabajador, sea adecuada a la importancia de su puesto, a su eficiencia personal, a sus necesidades a las posibilidades de la empresa.En una organizacin, cadafuncino cada cargo tiene su valor. Slo se puede remunerar con justicia yequidada los ocupantes de un cargo si se conoce el valor de ese cargo con relacin a los dems y tambin a la situacin delmercado. Como la organizacin es un conjunto integrado de cargos en diferentes niveles jerrquicos y en diferentes sectores de especialidad, laadministracinde salarios es un asunto que abarca la organizacin como un todo, y repercute en todos sus niveles y sectores.Es el conjunto denormasyprocedimientostendientes a establecer o mantenerestructurasde salarios equitativos y justos en la organizacin. Esta estructura de salarios deber ser equitativa y justa con relacin a: Los salarios con respecto a los dems cargos de la propia organizacin, buscndose entonces elequilibriointerno de estos salarios. Los salarios con respecto a los mismos cargos de otras empresas que actan en el mercado de trabajo, buscndose entonces el equilibrio externo de los salarios.EVALUACION Y CLASIFICACION DE CARGOSLaevaluacinde cargos es un trmino genrico que abarca varias tcnicas mediante las cuales se aplican criterios comunes de comparacin de cargos para conseguir una estructuralgica, equitativa, justa y aceptable de cargos.Elprocesode analizar y comparar el contenido de los cargos, con el fin de colocarlos en un orden de clases, que sirvan de base para un sistema de remuneracin. Inclusive, es simplemente una tcnica proyectada para asesorar eldesarrollode una nueva estructura de salarios que defina las correlaciones entre los cargos sobre una base consistente y sistemtica.En sentido estricto, la evaluacin de cargos intenta determinar la posicin relativa de cada cargo con los dems: las diferencias significativas entre los diversos cargos se colocan en una base comparativa con el fin de permitir una distribucin equitativa de los salarios dentro de una organizacin, para neutralizar cualquier arbitrariedad.MERCADO SALARIALLa administracin de salarios intenta no solo obtener el equilibrio interno de salarios en la organizacin, sino tambin obtener el equilibrio externo de salarios con relacin al mercado de trabajo.De esta manera, antes de definir la estructura salarial de la empresa, es conveniente analizar los salarios de lacomunidad. Para esto la empresa podr: Utilizarinvestigacioneshechas por empresas en las cuales haya participado. Utilizar investigaciones hechas por empresas especializadas. Promover su propiainvestigacinsalarial.La implementacin de una investigacin de salarios debe tener en cuenta: Cuales son los cargos investigados (cargos de referencia) Cuales son las compaas participantes. Cual es la poca de investigacin.La investigacin de salarios puede hacerse por medio de: Cuestionarios. Visitas a empresas. Reuniones con especialistas en salarios. Llamadas telefnicas entre especialistas en salarios.DEL DESPIDO DEL EMPLEADO1. PLAZO DEL PREAVISO (ART. 87)a. Cumplido el periodo de prueba hasta 1 (un) ao de servicio30 das

De 1 Hasta 5 aos de antigedad45 das

De 5 hasta 10 aos de antigedad60 das

De Mas de 10 aos de antigedad90 das

1. El empleador que no haya dado el preaviso o lo diese sin ajustarse a los requisitos legales, queda obligado a pagar al trabajador una cantidad equivalente a su salario durante el termino del preaviso.NOTA: En caso de que el trabajador no diese el preaviso, deber pagar a su empleador una cantidad equivalente a la mitad de lo previsto.PRUEBA: El preaviso podr efectuarse por cualquier medio, para la notificacin se probara por escrito.2. REQUISITOS DEL PREAVISO (ART. 88-90)3. DESPIDO INJUSTIFICADO (ART. 91)En caso de despido sin justa causa dispuesto por el empleador, mediando o no el preaviso, se debe abonar al trabajador una indemnizacin equivalente a 15 das por cada ao de servicios o fraccin superior a 6 meses.BASE PARA CALCULO:Promedio de salarios devengados los ltimos 6 meses que tenga vigencia el contrato o fraccin de tiempo menor, si no se hubiese ajustado dicho plazo.MODELO PAGO DE SUELDOSCiudad del Este,.......... de ......................................... de............Recibi de la Empresa ......................... la suma de G. ............................. guaranies, que corresponde del ...... al ..... de .................... de ............ por los siguientes conceptos:1) SUELDOS S.B: ............................................... das trabajados G .........................2) HORAS EXTRAORDINARIAS ART. 234........ Horas extraordinarias Diurnas G ................................. Horas extraordinarias Nocturnas G ......................... ........ Horas extraordinarias Domingos/ Feriados G ................................. Horas extraordinarias Feriados Nocturnas G .........................3. (-) Retencion IPS 9% s/ .................... G .........................(-) Descuentos Judiciales, vales, anticipos,etc. G .........................SUB-TOTAL G .........................4. A DEDUCIR5. ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G .........................LIQUIDO A PERCIBIR G .........................Firma del Empleador Firma del TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y ApellidosMODELO LIQUIDACIN FINAL POR RENUNCIA VOLUNTARIACiudad del Este,.......... de ......................................... de............Recib de la Empresa ......................... la suma de G. ............................ (.. guaranes), por los siguientes conceptos:1) SUELDOS........ das trabajados G .........................2) PREAVISO ART. 234Equivalentes a ..... das G .........................3) VACACIONES ART. 218-221...... das (segn antigedad) G ............................... das (proporcional) G .........................4) A DEDUCIR(-) Retencion IPS 9% s/ .................... G .........................(-) Descuentos Judiciales, vales, anticipos,etc. G .........................SUB-TOTAL G .........................5) ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G .........................6) AGUINALDO ART. 243/4 G .........................Total percibido en el ao dividido la doceava parteLIQUIDO A PERCIBIR G .........................Firma del Empleador Firma del TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y ApellidosMODELO LIQUIDACIN FINAL POR VOLUNTAD DEL EMPLEADORCiudad del Este,.......... de ......................................... de............Recib de la Empresa ......................... la suma de G. ............................ (.. guaranes), por los siguientes conceptos:1) SUELDOS........ das trabajados G .........................2) PREAVISO ART. 234Equivalentes a ..... das G .........................3) INDEMNIZACIN ART. 91Equivalentes a ...... das G .........................4) VACACIONES ART. 218-221...... das (segn antigedad) G ............................... das (proporcional) G .........................5) A DEDUCIR(-) Retencion IPS 9% s/ .................... G .........................(-) Descuentos Judiciales, vales, anticipos,etc. G .........................SUB-TOTAL G .........................6) ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G .........................7) AGUINALDO ART. 243/4 G .........................Total percibido en el ao dividido la doceava parteLIQUIDO A PERCIBIR G .........................Firma del Empleador Firma del TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y ApellidosCLASES DE SALARIO Y SUELDOMENORES Art.123 y 197Duracin mxima para mayores de 15 pero menores de 18 aos: 6 hs. Diarias y 36 hs. Semanales;

Duracin mxima para menores de12 aos4 hs. diarias y 24 hs. semanales.

Duracin mxima para menores que asisten a las escuelasla jornada se reduce a 2 hs. diarias. Art. 121-122

HORAS EXTRAORDINARIAS (ART 234):Las horas extraordinarias de labor sern pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.

EL TRABAJO NOCTURNOser pagado con un 30% (treinta por ciento) sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno.

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNASsern pagadas con recargo del 100% (cien por cien) sobre el salario hora ordinario nocturno.

LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOSsern pagadas con recargo del 100% % (cien por cien) sobre el salario hora ordinario de da hbil.

Ejemplo:Una persona que gana Gs. 1000 por hora, en horario ordinario:HORAS EXTRAORDINARIAS1000 x 1.50 = 1500 x hora

EL TRABAJO NOCTURNO1000 x 1.30 = 1300 x hora

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNAS1300 x 2 = 2600 x hora

LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOS1000 x 2 = 2000 x hora

FORMULAS PARA CALCULAR LAS HORAS EXTRAS SOBRE EL SUELDO BASICO:HORAS EXTRAORDINARIASS.B./ 240 x 1,5 x Hs (1)

EL TRABAJO NOCTURNOS.B./ 240 x 1,3 x Hs (1)

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNASS.B./ 240 x 1,3x 2x Hs (1)

LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOSS.B./ 240 x2x Hs (1)

ASIGNACIN FAMILIAR (ART. 261):Todo trabajador tiene derecho a percibir una asignacin del 5% del salario mnimo por cada hijo matrimonial, extramatrimonial o adoptivo.La asignacin familiar ser pagada siempre que el hijo este en las siguientes condiciones:Que sea menor de 17 aos cumplidos y sin limitacin de edad para el totalmente discapacitado fsico o mental.Que se halle bajo la patria potestad del trabajadorQue su crianza y educacin sea a expensas de beneficiariosQue resida en Territorio NacionalNOTA: El derecho se extingue cuando desaparecen los requisitos y cuando el salario del trabajador supere el 200% del mnimo legal. Es inembargable.1. SOLICITUD DEL TRABAJADOR (ART 264)Se requiere solicitud del trabajador, acompaando la siguiente informacin: informacin de los hijos menores Certificado de nacimiento Certificado de vida y residenciaAGUINALDO (ART.243): Queda establecida una remuneracin anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el ao calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras), la que ser abonada antes del 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relacin laboral si ello ocurre antes de esa poca del ao. AGUINALDO PROPORCIONAL (Art. 244): cuando un trabajador deje el servicio del un empleador, sea por su propia voluntad o por haber sido despedido, percibir adems de las indemnizaciones que le correspondieran, la parte proporcional del aguinaldo devengado hasta el momento de dejar el servicio.EMBARGOS DE SALARIO Y AGUINALDO ART. 2451 EL AGUINALDO ES INEMBARGABLE2 EL SUELDO PODRA SER EMBARGADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LIMITES: hasta 50 % para pensiones alimenticias establecidas por ley hasta 40 % para pagar habitacin, articulos alimenticios adquiridos por el trabajador, o sus familiares que vivan y dependan econmicamente de el hasta un 25 % en los demas casosEMBARGOS ACUMULATIVOS ART. 245En caso de embargos acumulativos, el monto de estos no podra pasar en ningun caso el 50% del salario basico percibido por el trabajador

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