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Entidad Superior de Fiscalización del Estado Querétaro Santiago de Ouerétaro, Oro" a 13 de feb;ero de 2013 Oficio Núm.: ESFE/1955 Asunla: Se en~ía Informe del Resultado de la Fiscali~sción de la Cuenta Pública del Segundo Semestre de 2011 "'. DI~, 8RAULlO MARIO GUERRA URBIOLA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA OE LA LVII LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO PRESENTE !. b I 3 FE8.2013 O <..J 14;/1 0!L o ~1t'1!CIL : _-.- ~ - u.> En GUmplimienlo a lo dispuesto en los Miculos 13 fraCCióllXIII, 23, 39 Y40 de la ley ele Fiscalización Superiof del -J Estado de Ouerétaro, me perm~o remitir a Usted, el Informe del Resultado de la Fiscalización dI! ta CUl!nta Pública dI! la Entidad denominada JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL Río (JAPAM) correspondiente al periodo compredido del 01 de Julia al 31 de diciembre de 2011, el cual oonsta de 33 hojas, marcadas oon los Foli(lS del 000000 al 000032. El Informe anexo, se prerenla a fin de que esa Legislatura esle en posibilidad de cumplimentar lo establecido en los artículos 41, 43 y44 de la leyde Fiscalización Superior del Estado de Ouerétaro, Sin airo pMicular, aprovecho la ocasión para en~iar!l1un atenlO saludo, ATENTAMENTE

Entidad Superior deFiscalización delEstado Querétaro · ~ntidadSuperiordeFiscalización delEstado Querétaro Derivado deloanterior, segeneró unahorro encantidad de$263,087.89 (Doscientos

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Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

Santiago de Ouerétaro, Oro" a 13 de feb;ero de 2013Oficio Núm.: ESFE/1955

Asunla: Se en~ía Informe del Resultado de la Fiscali~sciónde la Cuenta Pública del Segundo Semestre de 2011

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DI~, 8RAULlO MARIO GUERRA URBIOLAPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA OE LALVII LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTAROPODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTAROPRESENTE

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bI 3 FE8.2013 O• <..J14;/1 0!L o

~1t'1!CIL : _-.- ~- u.>

En GUmplimienlo a lo dispuesto en los Miculos 13 fraCCióll XIII, 23, 39 Y 40 de la ley ele Fiscalización Superiof del -J

Estado de Ouerétaro, me perm~o remitir a Usted, el Informe del Resultado de la Fiscalización dI! ta CUl!nta

Pública dI! la Entidad denominada JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DEL

MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL Río (JAPAM) correspondiente al periodo compredido del 01 de Julia al 31 de

diciembre de 2011, el cual oonsta de 33 hojas, marcadas oon los Foli(lS del 000000 al 000032.

El Informe anexo, se prerenla a fin de que esa Legislatura esle en posibilidad de cumplimentar lo establecido en

los artículos 41, 43 y44 de la leyde Fiscalización Superior del Estado de Ouerétaro,

Sin airo pMicular, aprovecho la ocasión para en~iar!l1 un atenlO saludo,

ATENTAMENTE

~_ntidadSuperior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

INFORME DEL RESULTADO DE LA FISCALIZACiÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICADE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL OEL MUNICIPIO DE

SAN JUAN DEL RIO (JAPAM).

Introducción y Antecedentes.

El presente informe tiene por objelo dar a conocer los resullados del proceso de fiscalizaciónsuperior praclicado a la cuenta pública de la Junta de Agua Potable y AlcantarilladoMunicipal del Municipio de San Juan del Rio (JAPAM), correspondiente al periodocomprendido del 01 de Julio al31 de diciembre de 2011 con la información presentada por laEntidad fiscalizada, en cumplimiento a lo dispuesto tanto en la Constitución Politica del Estadode Querélaro como en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro, mismo que seintegra de dos apartados, el primero muestra la situación financiera y el segundo el resultado dela Fiscalización Superior.

El análisis del contenido de la Cuenta Públ;ca y de cada uno de los Estados Financieros que laconforman, permite expresar una opinión sobre: al si la Cuenta Pública se encuentra integradaen los términos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro asi como de lodispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, b) la razonabilidad de la situaciónfinanciera que guarda la enlidad fiscalizada, cl el apego a las demas disposiciones legalesaplicables,

Objelivo de la auditaria.Fiscalizar la cuenta pública y/o la gestión financiera de 105recursos públicos, comprobando quese cumple con las leyes, decretos, reglamentos y demas disposickmes aplicables en materia desistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de sel'licios, obra pública,adquisiciones, arrendamientos. conSCl'lación, uso, destino. afectación, enajenación y baja debienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos materiales; recaudación,administración, manejo y aplicación de recursos,

Criterios de Selección.Las auditorlas practicadas a la Cuenta Pública del segundo semestre de 2011 fueronseleccionadas con base en 105 criterios generales y especificas establecidos en la normativainstitucional de la Enlidad Superior de Fiscalización del Estado, ulilizada en la integración delPrograma Anual de Auditarlas para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del segundosemestre de 2011, considerando su importancia, pertinencia y la factibilidad de su realización.

I!új. 1 d. 33

Con!> ' No. '01, ,", eoo- •••e-.-. (lOI. eoo>-.•••~ ~ '"-CI'.",*,l_""'~fOQ)1QOlle3 _-- ...__ ••... .-----

Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

Para fiscalizar la Cuenta Pública, la Entidad Superior de Fiscalizaci6n del Estado aplicó con rigory consistencia los principios, las normas, el esquema operativo y la metodologia establecklos ensu marco normativo.

Es por lo anterior que se INFORMA:

1.ESTADO QUE GUARDA LA SITUACiÓN FINANCIERA DE LA ENTIDAD FISCALIZADA

al Presupuesto asignado

En 2011, [a Entidad fiscalizada presentó un Presupuesto de Egresos, por un importe total de$196,734,214,00 (Ciento noventa y seis millones setecientos treinta y cuatro mil doscientoscatorce pesos 00/100 M.N.), lo cual no fue publicado en ningún medio oFICial, ya que solo fueautorizado por el Consejo Direclivo de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal delMunicipio de San Juan del Rio.

Monlo que se compone, teniendo en cuenta el origen de los recursos a recibir y/o recaudar, porIngresos de Gestión por un importe de $139,816.092.00 (Ciento treinta y nueve millonesochocientos dieciséis mil noventa y dos pesos 00/100 M,N.), Participaciones y AportacionesFederales por un importe de $56,633,101.00 (Cincuenta y seis millones seisdentos treinta y tresmil ciento un pesos 001100 M.N.), Y por Productos Financieros por un importe de $285,021.00(Doscientos ochenta y cinco mil veintiún pesos 001100 M.N.}.

b} Ingresos

Estos crecieron en un 17.96% en relación a los ingresos proyectados a recibir en el ejerciQo2010, Cabe sei\alar que tanto los inglesos por gestión, CXlmolas participaciones y aportacionesfederales, creCieron respecto al ejercicio anterior en un 11.10% y 41 ,43%, respectivamente y losproductos financieros disminuyeron un 216,16%,

Boj.¡.2 de 33

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~ntidadSuperior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

cl Sintesis de la Gestión Financiera y Operación de la Entidad Fiscalizada.

En relación a los Estados Finarlcieros que presenta la Entidad fiscalizada se informa lo siguiente:

c.1) Estado de la Situación Financiera.

Al comparar el Aclivo total del periodo de julio a diciembre de 2011 COrlel del mismo periodo delaño anlerk>r. se registró un decremento de $1'194,126,63 (Un millón ciento noventa y cuatro milciento veintiséis pesos 63/100 M,N.), debido principalmente a los rubros de caja y fondos,bancos e inversiones, y otros activos. El Pasivo total disminuyó $344,942,52 (Trescientoscuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos pesos 521100 M.N.), lundamenlalmenle por elregistro de acreedores diversos; ia diferencia enlre ambos conceptos dio como resultado undecremento en la Hacienda Pública y/o Patrimonio por $849,184.11 (Ochocierltos cuarenta ynueve mil ciento ochenta y cuatro pesos 1l/lOO M.N,).

Cabe destacar que durarl!e el periodo fiscalizado no se detectaron arltecederltes o movimientospor concepto de deuda pública,

c.2} Estado de Actividades

Por Servicios, Pe~s DerechosPartici aciones ~aciones FederalesProductos FinancierosTotalln resosServicios PersonalesServk:ios GeneralesMateriales SumirlistrosMateriaies QulmicosEner ia Eléctrica DerechosM uinaria, Mobiliario E uiObra PúblicaGastos FinarlcierosTotal de E resos

73,111,762.3329,617,1n.SO

-233,745.32102,495,194,5135,410,961.876,455,469,461,264,336,093,845,904.31

18.467.241.4810,821,00

36,717,2139760,158,44

102,232,106,62

71.33%28.90%.{}.23%

100.00%3464%6,31%1.24%3.76%18.06%0.01%

35.92%0.06%

100.00%

I-loj.o3 de 33

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~ntidadSuperior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

Derivado de lo anterior, se generó un ahorro en cantidad de $263,087.89 (Doscientos sesenta ylIes mil ochenta y siete pesos 89/100 M.N.), debido básicamente al incremento en la captaciónde inglesos por el periodo de julio a diciembre de 2011,

Al cierre del ejercicio presupuestal, sus ingresos acumulados ascendieron a $199,278,057,17(Ciento noventa y nueve millones doscientos setenta y ocho mil cincuenta y siete pesos 17/100M.N,) Y los egresos acumulados por $196,059,044.22 (Ciento noventa y seis millones cincuentay nueve mil cuarenta y cualro pesos 221100 M.N.), dando como resultado un ahorro anual de$3.219,012.95 (Tres millones doscientos diecinueve mil doce pesos 951100 M,N.),

c.3) Razones financieras

Con el objetivo de ampliar el análisis del contenido de la Cuenta Pública sobre la que se informa,cabe seMlar que se examinaron las razones financieras en cuanto a liquidez, cobertura, nivel deendeudamiento y rentabilidad.

De liquidezActivo circulante/pasivo circulante, mide la capacidad de la Entidad para cubrir sus obligacionesa corto plazo; mostrando una relación de 2,87. es decir la Fiscalizada cuenta con la suFicienteliquidez para cubrir dicho pasivo.

De coberturaPasivo totatlHacienda pública o patrimonio. mide la capacidad de la Entidad fiscalizada paracubrir sus obligaciones a corto plazo es de 0,07. De la comparación efectuada se conoció que lafiscalizable cumple con la condición de cobertura, lo que significa que esta no presentarestricciones para cubrir sus obligaciones financieras.

De nivel de endeudamientoPasivo IotaVacUvo tolal, mueslIa la proporción de los derechos totales que son financiados conrecursos de terceros, En este caso, la Entidad Fiscalizada muestra el 0,06% de su activo, estafinanciado con recursos diferentes a los propios.

De rentabilidadAhorro o desahorro netolHacienda pública o patrimonio, mide cuantos recursos financierosgenera la Entidad fiscalizada con su patrimonio. En esta ralÓn, ia fiscalizable muestra unasituación favorable, ya que registra un ahorro del 0.02% de su patrimonio,

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Entidad Supe~iorde Fiscalización del EstadoQuerétaro

c.4) Estado de Origen y Aplicación de Recursos.

Del análisis efectuado al Estado de Origen y Aplicación de Recursos, se constató que klsorlgell€s de recursos ascendieron a $123'382,475.75 (Ciento veinUtres millones trescientosochenta y dos mil cuatrocientos setenta y cinco pesos 75/100 M.N.). mientras que susaplicaciones importaron $119'522,306,03 (Ciento diecinueve milklnes quinientos veintidós miltrescientos seis pesos 031100 M.N.), arrojando un saldo de $3'860,169,72 (Tres millonesochocientos sesenta mil ciento sesenta y nueve pesos 721100 M.N,), que corresponde al saldode Electivo y Bancos e Inversiones que aparecen en su Balance General,

11.RESULTADO DE LA FISCALIZACiÓN SUPERIOR

a) Proceso de fiscalización

El proceso de fiscalizacion superior se llevó a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley deFiscalizacion Superior del Estado de Querétaro. conforme a kl siguiente:

a.1) Mediante oficio DIRJJAPf2{l5J12, emitido por parte del Titular de la Entidad Rscaliz8da,presentó al Titular de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, la Cuenta Publicacorrespondiente al periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2011, el que fuerecibido por esta Entidad fiscalizadora el14 de febrero de 2(J12.

a.2) Mediante orden de auditada, contenida en el oficio ESFEl121396, emitida el6 de noviembrede 2012 y notificada a la entidad fiscalizada en la misma fecha, la Entidad Superior deFiscalizacion del Estado, inici61a fiscalización superior de la cuenta pública presentada, el14 denoviembre de 2(J12.

a,3) Mediante oficio ESFEl1862, emitido el 04 de enero de 2013 por la EnUdad Superior deFiscalización del Estado y recibido por la Entidad fiscalizada en la misma fecha, se comunicó porescrito las obser;aciones y recomendaciones. derivadas dentro del proceso de fiscalización, aefecto de que ésta las aclarara, atendiera o solventara en el plazo establecido en Ley, mismoque concluyo en fecha 25 de enero de 2(J13.

a,4) Mediante oficio DIRlJAP/80/13, recib1dopor la Entidad Superior de Fiscalización del Estadoel 24 de enero de 2013 el titular de la entidad fiscalizada, solicitó prórroga para la atención delas obser;aciones y recomendaciones, concediéndole un plazo perentorio hasta el dia 30 de generode2()13. l:S

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Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

a,5) La Entidad Fiscalizada, el 30 de enero de 2013, presentó oficio DIRlJAPI116/13,acampanado de información con el que se pretendió aclarar, atender o solventar lasobservaciol1es y recomendaciones notificadas,

a,6) Marco Juridico

1. Ley para el Manejo de los Recursos Públm del Estado de Querélaro11. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro111. Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro ,IV. Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamitlntos y contratación de Servicios del

Estado de OuerétaroV. Ley Orgánica Municipal del Estado de OverélaroVI. Ley de Ingresos del Municipio de San Juan del Rlo, Oro., para el ejercicio fiscal 2011,

publicado en el periódico ofICial"La sombra de Arteaga" el 23 de diciembre de 2010VII. Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de QuerétaroVIII. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HactlooariaIX. Ley dellmpueslo Sobre la RentaX. Ley dellmpueslo al Valor AgregadoXI. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendariaXII, Código Civil del Estado de QuerétaroXIII. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las MismasXIV, Ley de Obra Pública del Estado de QuerétaroXV. Código Fiscal de la FederaciónXVI. Decreto de Creación de la Junta de Agua potable y Alcantarillado Municipal del

Municipio de San Juan del RíoXVII. Decreto de PresuPllesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011

publicado en el Diana Oficial de la Federación de fecha 07 de diciembre del 2010XVIII. Postulados Basicos de Contabilidad GubernamentalXIX. Reglas de Operación para los programas de Infraestructura Hidroagricola y de agua

potable, alcantarinado y saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua,aplicables a partir de 2011

XX. Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación para los Programas deInfraestructura Hidroagricola y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargode la Comisión Nacional del Agua aplicables a partir del 2011

XXI. Otras disposiciones de caracter general, y/o especifico. aplicables a la entidadfiscalizada,

Hoja 6 do 33

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Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

b) Comentarios, observaciones e indicadores de los resultados derivados de laliscalilaci6n de la cuenta pública de la EntIdad fiscalizada.

b.1) Observaciones Determinadas

Con la revisión efecluada, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, determinó 44observaciones en el Pliego, dando respuesta la Entidad fiscalizada al total de las mtsmas.

Como resultado de este proceso de fiscalización superior de la Cuenta 'pública, quedaron sinsolventar las observaciones señaladas en la parte COI1clusivade este inslrumenlo; las que seemiten con fundamenlo en el articulo 40 fracción 111de la ley de Fiscalización Superior delEstado de Querétaro.

Es importante destacar que se disminuyó significativamente su alención, durante el proceso defiscalización por el ente auditado en relación con la Cuenta Pública anterior. debido al papel máspasivo asumido por las áreas de la Enlidad fiscalizada durante la revisión.

1. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del TItular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, TIlular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios intemos. recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, ylo delMunicipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidor público que resulte responsable de lafunción o facullad que se señala, a lo dispueslo en los artículos: 1,4 fracciones 1y XIII, 16 primerpárrafo fracción 1,20 primer parrafo fracciones 11y 111,39. 48. 52 primer párrafo ffacciones I y VIII,Y55 de la Ley de Adquisiciones, EnajenaciOnes, Arrendamientos y Contratación de Servicios delEstado de Querétaro; 41 fracciones 1,11y XXII de la Ley de Responsabilidades de los ServkloresPúblicos del Estado de auerétaro: 48 fracción XIV. 49. 50 fracciones 1, V. VI, 'IN Y XIX, 153 Y164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Ouerétaro: y Articulo Décimo fracciones 1,XI YXIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio deSan Juan del Río; en virtud de haber omitido vigilar las adquisiciones realizadas con 11proveedores en suma total de $6,954,06!J.47(Seis millones novecientos cincuenta y cuatromil sesenta pesos 47/100 M.N), ya que se reaUzaron mediante adjudicación directa,debiendo ser con la modalidad de Invitación restringida asi como licitación pública, yaque excedieron el 0.00123% del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal2011.

2. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las Finanzas

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Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

Públicas de la entidad fiscalizada, Tllular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios internos, recursos humanos. materiales y técnicos de la enlidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rio, Querétaro, ylo servklor publico que resulte responsable de lafunción o facultad que se seMla, a lo dispuesto en los articulas: 68 de la Ley de adquisiciones,enajenaciones, arrendamientos y contralacíOn de servicios del estado de Querétaro; 41fracciones 1,iI Y XXII de la Ley de Responsabilidades de los servidores Públicos del Estado deQuerélaro; 49, 50 fracciones 1, V, VI, XV Y XIX, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal delEstado de Ouerétaro: y Articulo Décimo fracciones 1,XI Y XIV del Decreto que Crea la Junta deAgua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río; en virtud de haberrealizado erogaciones con cargo al presupu,slo de 'gruos ,n cantidad de $1,779,608.14(Un millón set'cientos setenta y nuev' mil seiscjentos ocho pesos 141100M.N.), conproveedores de bienes y servicios no inscritos ,n ,1padrón de proveedores de la Junta deAgua Potable y Alcanfarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rjo (JAPAM).

3. Incumplimiento por parte del Dire<:tor de la Junta de Agua Potabie y Alcanlarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio. del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, ylo del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro, yio servidorpúblico que resulte responsable de ia función o facullad que se señala, a lo dispuesto en losartículos: 1 fracción IV, 4, 7 fracción V, y 25 primer párrafo, de la Ley para el Manejo de losRecursos Públicos del Estado de Querélaro: 41 fracciones 1, II Y XXII de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querélaro; 48 fraccíones I y XIV,153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Eslado de Querétaro; y Artícuio Décimo fracciones Iy XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio deSan Juan del Rio; en virtud de haber otorgado apoyos a comunidades e instituciones encanUdad global de $1,637,410,00 (Un millón seiscientos nlnta y siete mil cuatrocientosdiez pesos 00/100 M.N.); omitiendo contar con sustento legal, que le atribuya a lafiscaljzada tal facultad.

4. Incumplimiento por pane del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Tilular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, ylo del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro, ylo servidorpúblico Que resulte responsable de la función o facullad Que se senala, a lo dispuesto en losarticulas: Segundo, primer párrafo, fracción 11,Décimo fracciones l. VIII, IX, Y XIV del Decretoque Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio;Sección Sexta, articulo 39 primer párrafo, fracción 111,de la Ley de Ingresos del Municipio de SanJuan del Rio, Qro., para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el periódico oficial "La sombra deArteaga" el 23 de diciembre de 2010; 41 fracciones 1,I1YXXII de la Ley de Responsabilidades delos Servidores Públicos del Estado de Querélaro; 48 fracciones 11,IV Y XVII. 153 Y 164 de la LeyOrgánica Municipal del Estado de Querétaro; en virtud de haber omitido facturar en ,1periodo suieto a revjsión, derechos por conceptos de agua potable en canUdad de

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~ntidadSuperior de Fiscalización del Estado-----------------Querétaro

5410,135.87 (Cuatrocilmtos diez mil ciento treinta y cinco pesos 87/100 M.N.); drenaje encantidad de $11,999.27 (Once mil novecientos noventa y nueve pesos 27/100 M.N); Ysaneamiento en cantidad de $77,001.43 (Setenta y siete mil un pesos 43/100 M.N),correspondiente a 256 usuarios.

5. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel MunicipiO de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPublicas de la enUdad fiscalizada, y/o del Munk:ipio de San Juan del Rlo, Querétaro, ylo servidorpublico que resulte responsabie de la función o facultad que se seMla, a lo dispuesto en losarticulos: Segundo, primer párrafo, fracci6n 11, Décimo fracciones 1, VIII, IX, Y XIV del Decretoque Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio;Sección Sexta, articulo 39 primer párrafo, fracci6n 111, de la ley de Ingresos del Municipio de SanJuan del Rio, Oro" para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el periódico oficial "la sombra deArteaga" el 23 de diciembre de 2010; 41 tracciOl1es 1,II YXXII de la Ley de Responsabilklades delos Servidores Públicos dei Estado de Querélaro; 48 fracciones 11,IV Y XVII, 153 Y 164 de la LeyOrgánica Municipal del Estado de Querétaro; en virtud de haber faclurado en exceso, en elperiodo sujeto a revisión, derechos de agua potable en cantidad de $108,618.03 (Cientoocho mil seiscientos dieciocho pesos 03/100 M.N.); saneamiento en cantidad de$11,815.08 (Once mil ochocientos quince pesos 08/100 M.N); Y drenaje en cantidad de$8,948.83 (Ocho mil novecientos cuarenta y ocho pesos 83/100 M.N), correspondiente a1,173 usuarios.

6. Incumplimiento por parte del Director de la junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de ias FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, y/o del Municipio de San Juan del Río, Querétaro, ylo servidorpúblico que resulte responsable de la función o facultad que se seMla, a lo dispuesto en losarticulas: 1 fracckmes 11 y V, 4, 7 fracción 1, 88 Y 89 de ta Ley para el Manejo de los RecursosPúblicos del Estado de Querétaro: 5 de la ley de Procedimientos Administrati~os del Estado deQuerélaro; postulados de Re~elación Suficiente e Importancia Rela~~a del Acuerdo por el que seemiten los Poslulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Oficial dela Federacioo ellO de agosto de 2009: 41 fracciorws 1, 11YXXII de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; 48 fracciones 1, 11,V, IX Y XVII, 153 Y 154 dela Ley Orgánica Municipal del Eslado de Ouerétaro; y Articulo Décimo fracciones 1, VIII, IX Y XIVdel Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de SanJuan del Rio: en virtud de haber omitido autorizar y publicar en el Periódico Oficial delGobiemo del Estado ULaSombra de Arteaga" los documenfos a requerir a los solicitantesde la factibilidad de servicio di agua, y la fórmuia para determinar el "Gasto requerido di <O

suministro de agua en litros por Slgundo" aplicable a dichos solicitantes, para el cobro de ªlos derechos de infraestructura, lo anterior para que pueda producir efectos juridicos, ya (5que la fiscalizada determinó derechos di infraestructura por $3,334,787,03 (Tres millones

Hoj_9 d. 3l

e.to,' •••.,a,.,,",CoOirIOO •••• e.-, Cd. c.o......~ a.-. <lo>-Cl', _T_or~«oII)"""" __ '" "1"""'"-- *••_-_ ..•.•_---

~ntidad Superior de Fiscalizacióndel EstadoQuerétaro

trescientos treinta y cuatro mil slJtlU:ientos ochenfa y siete pesos 03/100 M.N.) YcontablementlJ solo IJstá registrada la cantidad de $1,314,124.47 (Un millón trescientoscaforclJ mil cilJnto veinticuatro pesos 47/100 M.N.), por dichos dlJrochos; aunado a queomite contar con una conciliación de deffK:hos de infratJstructura entro el áru comercial yla fjnanciera.

7. Inrumplimiento por parte del Consejo Directivo, Director de la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipai dei Municipio de San Juan del Rio, y/o servidor público que resulleresponsable de la luncfón o facultad que se senala, a lo dispuesto en kls articulas: 1 fracción V,3, 5 Y 7 tracción V de la Ley para el Manejo de kls Recursos Públicos del Estado de Querétaro;41lfacciones 1.11y XXII de la Ley de Responsabilidades de kls Servidores PiJblicos del Estadode Querétaro; y Articulo Quinto fracción 11,Décimo fracciones 1, 111,VII, Y XIV del Decreto queCrea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio; envirtud de haber omitido turnar al Consejo Directivo, para su autorización, las afectacionesa ia cuenta contable nlÍmero 300-003.013 denominada "Resultado Ejercicio 2010", concargos en cantidad de $1,352,049,63 (Un millón trescientos cincuenta y dos mil cuaronta ynueve pesos 63/100 M.N.).

8, Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Deper"ldencia El'\Cargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, y/o del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro. ylo servidorpúblico que resulte responsable de la función o faet.lltad que se señala, a lo dispuesto en losartlculos: 7 fracciones I y V, 96 Y 98 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos delEstado de Querétaro; Postulados de Sustancia Económica, Revelación Suficiente e ImportanciaRelativa dei Acuerdo por el que se emiten los PostulilOOs Básicos de ContabilidadGubernamental, publicados en el (liario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009; 11 delAcuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación para tos Programas de InfraeslructuraHidroagricola y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacionaldel Agua aplicables a partir del 2011 publicado el 27 de abril del 2011; 41 fracciones 1, 11YXXIIde la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; 48fracciones IV, V,IX, XIV y XVII, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querélaro:Articulo Décimo fracciones I y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio; en virtud de haber omitidodepositar el recurso del programa federalizado de saneamiento de aguas residuales(PROSANEAR), en cantidad de $215,9()9.00 (Doscientos quince mil novlU:ientos nuevepesos 001100 M.N.), en la cuenw bancaria No. 0574413879 de Banorte la cual fueapertura da por la fiscalizada especificamente para dicho programa; aunado a la omisiónde trasferir a la mencionada cuenta bancaria los inferoses generados respecto del montoseñalado.

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g. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan det Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, y/o del Municipio de San Juan del Rlo, Querétaro, y/o sel"lidorpúblico que resulte responsable de la función o facultad que se seMla, a lo dispuesto en losarticulas: 7 fracciones I y V, 96 Y 98 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos delEstado de Querétaro: 41 fracciones l. 11YXXII de la ley de Responsabilidades de los Sel"lidoresPúblicos del Estado de Querétaro; Postulados de Sustancia Económica, Revelación Suficiente eImportancia Relativa del Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos de ContabilidadGubernamental. publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009: 48fracciones IV, V, IX. XIV YXVII, 153 Y 164 de la ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro;Artículo Décimo fracciones I y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río; en virtud dfJ habfJr omllido afectarcomo una disminución fJn los Ingresos dfJ ejercicIos anteriores, los relativos a ladevolución a la Tesoreria de la Federación (TESOFE} por la cantidad de $994,017.00/Noveclentos noventa y cuatro mil diecisiete pesos DO/fOOM.N.}, cOffespondientes alprol/rama PRODDER del ejercicio 2009; ya que dicho reintegro afecto los Ingresos delperiodo sujeto a revisión.

10. IncumplimifJnto por parte det Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada. Titular de la Dependencia Encargada de la Administración desel"licios internos, recursos humanos, materiales y técnicos de la enlidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidor público que resulle responsable de lafunción o facullad que se señala, a lo dispuesto en los artlculos: 9 fracción 111inciso e) delDecreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercido Fiscal 2011 ,públicado enel Diaoo OfIcial de la Federación de fecha 07 de diciembre del 2010; 16 último párrafo de lasreglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagricola y de Agua Polable,Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua. aplicables a partJrdel2011, publicados en el Diario Oficial el 27 de abl'il del 2011; 41 fracciones 1,11YXXII de la Ley deResponsabilidades de los Sel"lldores Públicos del Estado de Ouerétaro; 48 fracciones IV, XIV,XVII, 49. 50 fracciones V, VI Y XIX, '53 Y 164 de la Ley Orgilníca Munícipal del Estado deQuerélaro: y Articulo Décimo fracciones r, XI y XIV del Decreto que Crea la Junta de AguaPotable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río: en virtud de haberomitirto cancelar con la leYfJnda "OpfJradon, año fiscal al que corresponden, nombre delprograma, y nombrEI de la fuentfl dfJ financiamlflnto, las pólizas de egresos ydocumentación comprobatoria SOportfl qUfI afectaron los recursos federales de losprogramas APAZU, PROSSAPYS, PRODDER,AGUA UMPIA Y PROSANEAR.

11. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio. del Titular de la Dependencia Encargada de las Finanzas

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Entidad Superior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

Públicas de la entidad fiscalizada, y/o del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidorpúblico que resulle responsable de la función o facultad que se seMla, a lo dispuesto en losarticukls: 1 fracción 11,2, 7 fracción I y 87 Y 89 pMmer párrafo de la ley para el Manejo de losre<:ursos Públicos del Estado de Querétaro; 41 fracciones 1, 11 Y XXII de la ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos del Eslado de Querétaro; Postulados deSustancia ECOfIómica, Re~elación Suficiente e Importancia Relati~a del Acuerdo por el que seemilen los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Oficial dela Federaci6n el 20 de agosto de 2009; 48 fracciones 11,IV, V, IX, XIV Y XVII, 153 Y 164 de la LeyOrganica Municipal del Estado de Queré!aro; Decimo fracción ¡y XIV del Decreto que Crea laJunta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rlo: en virtudde haber omitido contabilizar ingresos federalizados del programa PRODDER en cantidadde $5,502,263.00 (Cinco millones quinilmlos dos mil doscíentos sesenta y tres pesos00/100 M.N.); asi como haber contabilizado elTÓneamente un impol1e de $88,310.34(Ochenta y ocho mil trescientos diu pesos 341100M.N.), del programa ''Agua Limpia".

12. Incumplimienfo por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del RIo, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada. y/o del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro y/o servidorpúblico que resulte responsable de la función o tacultad que se señala, a lo dispuesfo en losarticulos: 1 fracciones 11y V, 4, 7 fracción 1,87, 88 y 89 de la ley para el Manejo de los RecurwsPiJblicos del Estado de Querétaro; 5 de la ley de Procedimientos Administrati~os del Eslado deQuerétaro: 41 fracciones 1,11Y XXII de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicosdel Estado de Queréfaro; 48 fracciones l. 11,IV, V, IX Y XVII, 153 Y 164 de la ley OrgiinicaMunicipal del Eslado de Querétaro; y Articulo Décimo fracciones 1,VIII, Y XIV del Decrelo queCrea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río; envirtud de haber omitido elaborar un manual ó lineamiento debidamente autorizado, quer&gule Jos tipos de ingresos que afectarán la cuenta contable 800-002-001 denominada"lngr&s05 Varios~, ya que la fiscalizada abonó dicha cuenta por diversos conceptos por$114,229.58 (Ciento catorce mil doscientos veintinueve pesos 581100M.N.).

13. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Pofable y Alcantarillado Municipaldel Muntcipio de San Juan del Río, del Tilular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la enUdad fiscalizada, Tilular de la Dependencia Encargada de la Administración deservickJs intemos, recursos humanos. maleriales y técnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunk:ipio de San Juan del Rlo, Querélaro, y/o servidor público que resulte responsable de lafunción o facultad que se seMla, a lo dispuesto en los articulas: 1 fracciones 11y V, 7lracci6n 1,88 Y 89 de la ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; postuladosde Re~elaci6n Suficiente e Importancia Relaliva del Acuerdo por el que se emiten los PostuladosBásicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Oficial de la Fe\leraci6n el20 deagosto de 200ll; 41 fracciones 1, 11Y XXII de la ley de Responsabilidades de los Servidores

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Públicos del Estado de Querétaro; 48 fracciones XIV y XVII, 49, 50 fracciones VII, VIII, X Y XIX,153 Y 164 de la ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; y Articulo Décimo fracciones V,VIII Y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipiode San Juan del Rlo: en virtud de haber omitido desincorporar de su actívo la cantidad de$69,795.55 (Sesenta y nueve mil setecientos novent.l y cinco pesos 55/100 M.N.), referentea maten.ales obsoietos y $18,332.46 (Dieciocho mil trescientos treinta y dos pesos 46/100M.N.), de bienes muebles obsoletos; asi como el vehiculo Nissan TSUfUGSI modelo 2001con número de serie 3N1EB31S91K.258919, el cual fue robado a la fiscaUzada.

14. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la enlidad fiscalizada, Tilular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios internos. recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rio, Querélaro, y/o servidor público que resulle responsable de lafunción o facullad que se seMla, a lo dispuesto en los articules: 1 fracciones 11y V, 7 fracción 1,88 Y 89 de la ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro: postuladosde Revelación Suficiente e Importancia Relativa del AClJerdo por el que se emiten los PostuladosBásicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 deagosto de 2009: 41 fracciones 1, 11Y XXII de la ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Querétaro; 48 fracdones XIV y XVII, 49, 50 fracciones VII, VIII, X Y XIX,153 Y 164 de la Ley Organice Municipal de! Estado de Querétaro; y Articulo Décimo fraccklfles V,ViiI Y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipiode San Juan del Río: en virtud de haber omitido registrar en la cuenta contable de"Edificios" correspondiente al activo fijo, las obras ya terminadas de las cuentascontables 122.000.000 denominada "Obras en operación Agua Potable" y 124-000-000denominada "Obras en operación alcantarillado'; en cantidad tot.ll de $79,543,861.57(Setenta y nueve millones quinientos cuarenta y tres mil ochocientos sesenta y un pesos57/100 M.N.).

15. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada. y/o del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidorpúblico que resulle responsable de la función o facultad que se saMia, a lo dispuesto en losarticulas: 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal2011, publicado en el Diario OFICialde ia Federación de fecha 07 de diciembre del 2010; 5fracción 111del inciso b} de la ley Federal de Presupueslo y Responsabilidad Hacendaria; 65 y176 del Reglamento de la ley Federai de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 9 punto9.3.1., 11 inciso b}, 12 puntos 1.2,1 Y 1.2.2.4 del Acuerdo por el que se modifican las reglas deoperación para los programas de infraestructura Hidroagricola y de Agua Potable, Alcantarilladoy Saneamiento a cargo de la Comisión Nacionai del Agua, aplicables a partir del 2<l11,

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publicados en el Diario Oficial el 27 de abril del 2011; 41 fracciones 1, 11Y XXII de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; 48 fracciones IV, XIV,XVI Y XVII, 153 Y 164 de la Ley Orgllnica Municipal del Estado de Querétaro; Articulo Décimofracciones I y XV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal delMunicipio de San Juan del Río; en virtud de haber omitido informar a la Comisión Nacionaldel Agua (CONAGUA) de las cuentas bancarias especificas para la administración de losrecursos federales; presentar el programa operativo anual aprobado por la Comisión deRegulación y Seguimiento (CORESE), Comité de Planeación y Desa"ollo EstatalCOPLADE o el órgano de planeación estatal, del programa ''Agua Limpia~; remitir a lasDirecciones Generales de Organismos de Cuenca o Locales d, la CONAGUA los reportesmensuales y(o Trimestrales de avances fisico.flnancieros sobre recursos radicados yejercidos de las obras en ejecución; aunado a la omisión de entregar debidamente flrmadoel anexo Técnico del Programa "Cultura del Agua~.

16. InClJmplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios internos, recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rlo, Querélaro, y/o servidor público que resulte responsable de lafunción o facultad que se seMla, a lo dispuesto en los articulos: 1 fracciones 11y V, 7 fracción 1,88 Y 89 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; postuladosde Revelaci6n Suficiente e Importancia Relativa del Acuerdo por el que se emiten los PostuladosBésicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Oficial de la Federación ellO deagosto de 2009; 41 fracciones 1, 11Y XXII de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Querétaro; 48 fracciones XIV y XVII, 49, 50 fracciones VI, XV, XVIII YXIX, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querélaro; y Articulo Décimofracciones t, VIII y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio: en virtud de haber omitido contabilizar sus cu&ntas porcobrar como un activo, siendo "gistTadas en cuentas de orden; aunado a que presentauna diferencia en cuentas por cobrar, entre el sistema "SICAGUA" y la contabilidad encantidad de $4'223,621,30 (Cuatro millones doscientos veintitrés mil seiscientos veintilinpesos 301100M.N.).

17,lncumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, y/o del Municipio de San Juan del Rio, Querétaro, ylo servidorpúblico que resulte responsable de la función o faCIJltad que se señala, a lo dispuesto en losarticulos: 5 y 7 fracción 11de la Ley para el Manejo de kJs Recursos Públicos del Estado deQuerétaro: postulados de Revelación SufiCfente e Importancia Relativa del Acuerdo por el que seemiten los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, publicados en el Diario Dficial de

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~ntidadSuperior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

la Federación el 20 de agosto de 2009; 41 fracciofles 1,11Y XXII de la ley de Responsabilidadesde los servidores Públicos del Estado de Querétaro: 48 fracciones U,IV,IX y XVII, 153 Y 164 dela Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; Articulo Décimo fracciones 1, VIII, XI Y XIVdel Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de SanJuan del Río: cláusula Décima Primera inciso al de los contratos celebrados entre la fiscalizada y~s usuarios; en virtud de haber omitido depurar las cuentas de usuarios morosos encantidad de $82,677,430,00 (Ochenta y dos millones seiscientos setenta y siete milcuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.); Importe que incluye $48,797,854.00 (Cuarenta yocho millones setecientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos001100 M,N.J por concepto de "Asistencia Social" y $10,69B,261,OO (Diez millonesseiscientos noventa y ocho mil doscientos sesenta y un pesos 001100M.N.' por conceptode "Oficial",

lB. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Polable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios intemos. recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada. y/o delMunicipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidor público que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala, a lo dispuesto en tos articulas: 7 fracción 11de la ley para elManejo de los Recursos Públicos del Estado de QU€rétaro; 1671, 1672, 1675 Y 1676 del códigoCivil del Estado de Querétaro; 41 fracciones 1, 11Y XXII de la ley de Responsabilidades de losServidores Públicos del Estado de Querélaro; 48 fraedones XII y XVII, 49, 50 fracciones VI, XV YXIX, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Munfcipal del Estado de Querélaro; y Articulo Décimofracciones 1, VI, XI Y XIV del Decreto que Crea ia Junta de Agua Potabie y AlcantarilladoMunicipal del Municipio de San Juan del Rio: en virtud de haber omitido integrardebidamente upedientes en cantidad de 12 doce, usuarios del servicio de agua, ya que asu vez, se encontraron irregularidades en la Integración y requisición de dichos contralos;al omnir contar en 7 expedientes del contrato celebrado entre la fiS{;atízaday ei usuario: en 2contratos se carece de la firma d91usuario: en 2 contratos més, se carece de 111firme delfunciommo competent9,'y por último, 1 contrato esta celebrado con persone diferente 111usuariodel servicios de agua.

19, Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y A1canlarilllldo Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Enca~ada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscalizada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios inlemos, recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rio. Querétaro, y/o servidor publico que resulte responsable de lafunción o facultad que se seMla, a lo dispuesto en los articulas: 1 fracción IV, S, 7 fracc;ones 11yV, Y 62 de la ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de'Querétaro: 41fracciones 1, II Y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

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Entidad Superior de Fiscalizacióndel EstadoQuerétaro

Querétaro: 48 fracciones V, XIV Y XVII. 49, 50 fracciones XV, XVIII Y XIX, 153 Y 164 de la LeyOrgánfca Municipal del Estado de Querétaro; y Articulo Décimo fracciones Viii y XIV del Decretoque Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río;en virtud de haber omitido contar con el soporte documental respaldo de la erogaciónregistrada en el rubro de proveedores, en cantidad de $75,062.96 (Setenta y cinco mil.sesenta y dos pesos 961100M.N.), asi como el soporte del pago; del mismo modo, omitecontar con soporte documental de la erogación ingresada al almacén con número deentrada 23363 por un importe de 51,321,074.82 (Un millón trescientos veintiún mil setentay cuatro pesos 821100M.N.).

20. Incumplimiento por parte de! Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPublicas de la entidad fiscalizada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios internos, recursos humanos, maleriales y lécnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidor publico que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala, a lo dispuesto en los articulos: 1 fracciones 11y IV, 5, 7fracciones 1, II Y V, 61 fracción 1. 62, 87, 88 Y 89 de la Ley para el Manejo de !os RecursosPúblicos del Estado de Querétaro; 101 fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: 31ercerpárrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; 29 y 29.A del Códfgo Fiscal de la Federación;postulados de Re~elación Suficiente e Importancia Relati~a del Acuerdo por el que se emiten losPostulados Básicos de Contabilidad Gubernamental. publicados en el Diario Oficial de laFederación el 20 de agosto de 2009; 41 fracciones 1,II Y XXII de la Ley de Responsabilidades delos Servidores Públicos del Estado de Querélaro; 48 fracciones V, XIV YXVII, 49, 50 fraccionesV, VI, XV. XViii Y XIX, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querélaro: yArticulo Décimo fracciones VIII y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable yAlcantaMllado Municipal del Municipio de San Juan del Rio; en vlnud de haber presentadocomo soporte en el rubro de Egresos, por concepto de Gasto Corriente por la cantidad de$678,944.89 (Seiscien/os setenta y ocho mil novecientos cuarenta y cuatro pesos 89/1()()M.N.), documentación carente de requisitos formales y registros contables de dichaserogaciones, tales como: omitir adjuntar factura o comprobante fiscal digital en original;plllsentar comprobantes que confienen el Registro Federal de Contribuyentes incorrecto:tratarse de erogaciones que no cumplen con ei objeto para el cual fue creada la fiscalizada;presentar inconsistencia en los registros contables; realizar retenciones de impuesto el valoragregado en conlroversia al articulo 3, tercer páffafo de la Ley del Impuesto al Valor Agreg~o.

21. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y AlcantaMllado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio. del Titular de la Dependencia Encargada de las FinanzasPúblicas de la entidad fiscaltzada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administración deservicios inlernos, recursos humanos, matertales y técnicos de la enMad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rlo, Querélaro, y/o servidor publico que resulle responsable de la

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función o facultad que se señala, a lo dispuesto en los articulos: 1 fraccooes 11y IV, 5, 7fracciones 1,11Y V, 61 fracci6n 1,87, 88 Y 89 de la Ley para el Manejo de los Recursos Publicasdel Estado de Querelaro; postulados de Revelación SuflCienle e Importancia Relativa delAcuerdo por el que se emiten los Postulados 8~sicos de Contabilidad Gubernamental.publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009; 41 fracciones 1,11Y XXIIde la Ley de Responsabilidades de los Servidores Publicas del Estado de Ouerelaro; 48IracciOlles V, XI, XIV Y XVii, 49, 50 fracciones V, VII, VIII, XV, XVIII Y XIX, 153 Y 164 de la LeyOrganica Municipal del Estado de Queretaro; y Articulo Décimo fracciones V, VIII, XI Y XIV delDecreto que Crea la Junla de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juandel Río; en virtud de haber omitido registrar como un activo fijo el segundo pago parcial de$20(1,000,00 {Doscientos mil pesos 001100 M.N.}, de la parcela en San Miguel Galindo,destinada para Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, seglÍn contrato celebrado el1Sde abril de 2009.

22. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantalillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia EnCilrgada de las FinanzasPublicas de la entidad fiscalizada, Titular de la Dependencia Encargada de la Administraci6n deservicios inlemos, recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, ylo delMunicipkl de San Juan del Rio, Querétaro, y/o servidor publico que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala. a lo dispuesto en los articulas: 1 fracciones IV y VI, 5, 7fracciones 11y V, 68 fracciófl IV de la Ley p<lfa el Manejo de los Recursos PUblicas del Estado deQueretaro: 41 fracciones 1,11Y XXii de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Publicasdel Estado de Querétaro; 48 fracciones VI, y XVII, 49, 50 fracciones~. XVIII Y XIX, 153 Y 164de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Queretaro; y Articulo Décimo fracciones JI, VIII Y XIVdei Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de SanJuan del Río; ~n virtud de hab~r omitido elaborar un Programa Operativo Anual, quepermita realizar una programación anual de metas institucionales sujetas a evaluación.

23. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantalillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de la Administraciónde servicios internos, recurws humanos, maleliales y lécrlicas de la entidad fiscalizada, ylo delMunicipio de San Juan del Rio, Querélaro. ylo servidor publico que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala, a lo dispuesto en los articulas: 14 fracción VIII, 37, 39 Y 40 dela Ley de los Trabajadores del Estado de Querélaro: 1 fracción IV Y 7 fracción V de la Ley para elManejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 41 fracciones 1,II Y XXII de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Publicas del Estado de Queretaro; 49, 50 fracciones t, 11YXIX, 153 Y 164 de la Ley Organica Municipal del Estado de Queretaro; y Articulo Décimofracciones I y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del <DMunicipio de San Juan del Río; en virtud de haber otorgado a 7 empleados un salario 8"superior, respecto de los demás empleados que desarrollan la misma función. 2S

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24. Incumplimiento por parte del Dire<:torde la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Munfeipio de San Juan del Rio, del Titular de la Dependencia Encargada de la Administraciónde servicios intemos, recursos humanos, materiales y técnicos de la entidad fiscalizada, y/o delMunicipio de San Juan del Rlo, Querélaro, y/o servidor público que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala, a lo dispueslo en k:ls artlcu!os: 1 fracción IV, 4, Y 7 fracci6n Vde la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 41 fracciones 1,Ií yXXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; 49, 50fracciones 1,XV, XVII Y XIX, 153 Y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querélaro; yArticulo Décimo fracciones I y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Río; en virtud de haber omitido contarcon un sustento legal ó documento formal debidamente autorilado por el ConsejoDirectivo, que permitiera otorgar a 2 dos de sus trabajadores remUll/'lraciones porconcepto de ~Compensaciones" en canlidad global de $112,108.00 (Ciento doce mil cientoocho pesos 001100M.N.).

25, Incumplimiento por parte del Consejo Directivo. Director de )a Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio, y/o servidor público que resulteresponsable de la función o facultad que se señala, a lo dispuesto en los articulas; 1 fracción V,3, 5 Y 7 fracción V de la Ley para el Manejo de los Recursos Públiros del Estado de Querétaro;41 fracciones 1, II Y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Pilblicos del Estadode Querétaro; postulados de Revelación Suficiente e Importancia Relati~a del Acuerdo por el quese emiten los Postulados Básicos de Contabilidad Gubemamental, publicados en el Diario Oficialde la Federación el 20 de agosto de 2009; y Articulo Quínto fracción 11.Décimo fracciones 1, 111.VIL Y XIV del Decreto que Crea la Junta de Agua Polable y Alcantarillada Municipal del Municipiode San Juan del Rio; en virtud de haber omilido revelar en los anexos 9, 10 Y 11 de laCuenta Pública sujeta a fiscalización, relativos a avance presupuestal, ampliaciones yreducciones en ingresos y egresos en cantidad de S33,803,19fJ.OO(Treinta y tres millonesochocientos tres mil ciento noventa pesos 001100 M.N.), del mismo modo, omisión derevelar t",nslerencias entre cuentas por un Importe de $22,070,382.00 (Veintidós millonessetenta mil trescientos ochenta y dos pesos 001100M.N.).

26. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, Comisario y/o servidor público Que resulte responsable de lafunción o facultad que se senala, a lo dispuesto en ios articulas: 4 y 7 fracción V de la Ley para elManejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 5 de la ley de Procedimiento,Admini,trativos del Estado de Querétaro: Quinlo fracciones 1y 111,Décimo fracción XIV y DécimoSegundo fracción IV del Decreto que crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal delMunieipio de San Juan del Rio, y 41 fracciones 1,11Y XXII de la Ley de Responsabilidades de losServidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de haber omitido elabo",r. expedir y

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propon~r para autorización del Consejo Directivo para posterior publicación elReglamento Interior; asf como por omitir realizar la aprobación, actualización ypublicación de los Manuales Operativos.

27. locumplimiento por parte de los integrantes del Consejo Dire<:tivo, Director de la Junta deAgua Potable y Ak:antarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio, y/o servidor públicoque resulte responsable de la función o facultall que se se~aia. a lo dispuesto en los articuios: 61fracción I y 62 de la ley para el Manejo de los Re<:ursosPúblicos del Estado de Querélaro; 1 y 4fracciones 11,III Y V de la ley de Procedimientos Administrativos del Estallo de Querétaro;Primero, Segundo fracciones 1, 11,1IIY IV, Cuarto, Quinto del Decreto que crea la Junta de AguaPotable y Alcantarillado Municipal del Municipkl de San Juan del Rlo; y 41 fracciones 1. iI Y XXIIde la ley de Responsabilidades de los servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtudde haber aprobado mediante sesión ordinaria del Órgano de Gobierno de fecha 14 deseptiembre de 201" punto 7, la ejecución de la obra denominada "Proyecto turisticorecreativo La Magdalena~ el cual consta de la constfllCCi6nde un centro comun#ario en e/ quese aloj<Jran senderos interpretativos, foro al aire libre, cabañas. taller artesanal y área deexposiciones; mismo que no se relaciona con el objeto para el cual fue creada lafiscalizada, que es la prestación dei seNicio publico de agua potable y alcantarillado: conrecursos federa/es por la cantidad de $7'921,275.00 (Siele millones novecientos veintiún mildoscientos setenta ycinco pesos 00/100 M.N.).

28. Incumplimiento por parte de los integrantes del Consejo Directivo, Director de la Junta deAgua Potabfe y Alcantarillado Municipal del Municipkl de San Juan del Río, y/o servidor públicoQue resulte responsabre de la función o facultad que se senala. a kI dispuesto en los articulos: 1y 4 fracciones III y V de la Ley de Procedimientos Administrativos dei Estado de Querélaro:Primero, Segundo fracciones 1, ti, 111Y IV, Cuarto, Quinto fracción JI] del Decreto que crea laJunta de Agua Potable y Ak:antarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio; y 41fracciones 1, II Y XXII de la ley de Responsabilidades de kls servidores Públicos del Estado deQuerétaro; en virtud de haber aprobado y validado un organigrama quo caroce desustento legal al no existir un Reglamento Interior que dé soporte juridico a la es/ltlcturaaprobada, o en su caso, manual operativo o de procedimientos, lo anterior mediante sesiónordinaria del Órgano de Gobierno de fecha 14 de septiembre de 2011, punlo 9.

29. Incumplimiento por parte de los integrantes del Comité de Obra Publica y/o servklor publicoque resulte responsable de la función o facultad que se senala, ala dispuesto en los articulos: 25de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12, 13 inciso A fracciones1,11Y 111,14, 15 fracciones 11,V inciso b, VI Y 17 fracción 11del Reglamento de la Ley de ObrasPúblicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 1 y 4 fracciones I y V de la ley de a)Procedimientos Adminislrali~os del Estado de Querétaro. y 41 fracciones 1,11Y XXii de la ley de Q8~Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estallo de Querétaro; on virtud de haber i3

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celebrado sesiones el Comité de Obra Pública, omitiendo contar con quórum legal, puesde siete integrantes únicamente tres suscriben las actas, por lo que la autorlraciónemitida carece de las formalidades que expresen el consentimiento del6rgano competente;asimismo se omiti6 fundamentar y establecer en las actas que se selialan, los preceplos legalesen los cuales sustente sus actos administrabvos:

a) Sesión de fecha 17 de octubre de 201" para la adjudicación directa PRODOER.AD-AMPLlACI6N DE REO ARCOS DEL SOL.11-12;b) Sesión de fecha 17 de octubre de 2011, para la adjudicación directa PRODOER-AD-AMPLlACI6N DE RED COLONIA ACUARIO-11-13: ,cl Sesion e fecha 17 de octubre de 2011. para la adjudicación directa PRODOER-AD.AMPLlACION DE RED SIGLO XXI.11-14.

30. Incumplimiento por parte de los integrantes del Comité de Adquisiciones. Enajenaciones.Arrendamientos y Contratación de Servicios y/o servidor público que resulte responsable de lafuncion o facultad que se señala. a lo dispuesto en los articulos: 22 de la Ley de Adquisiciones,Arrendamientos y Servicios del Sector Públ~; 1 y 4 fracciones I y V de la Ley deProcWimfentos Administrali~os del Estado de Querétaro, y 41 fraociones 1.11YXXII de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro: en virtud de haberomitido fundamentar y establecer los preceptos legales en los cuales se sustente elacuerdo contenido en la sesión de fecha 2S de agosto de 2G11 del Comité deAdquisiciones, Enajenaciones, A/Tllndamlentos y Contratación de Servicios, con el objetode dar a conocer al Comilé que el organismo requiere realizar la adquisición de micro medidores,mismos que seril.n utilizados para el funcionamiento ordinario de la JAPAM, cuyos recursosprovienen de los Programas Fe<lerales APAZU 2011 ~PRODDER 2011.

31. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio, y/o servidor público que resulte responsable de la fundón ofacultad que se seriata, a lo dispuesto en los articulos 42 fracciones I y IV de la Ley deAdquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado deQuerélaro; Segundo fracción IV y Décimo fracción XI del Decreto que Crea la Junta de AguaPotable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio, y 41 fracciones 1,11y XXIIde la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtudde haber omitido establecer el monlo del contra/o; establecer las referenciaspresupuestales con base en las cuales se cumplirla el compromiso; y establecer la forma,porcentaje y términos para garantizar el cumplimiento del contrato, derivado delprocedimiento de adjudicación directa DIRJJAP/2512011 'Abaslecimiento de agua en pipas';CONTRATO/DIRlJAPI25!2011, cuyo objeto fue la prestación de servicios para la distribuciónallema de agua potable, a traves de la carga, acarreo y descarga de agua del pozo que designela JAPAM, para su depOsito en el ta~que de almacenamienlo de agua potable ubicado en

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domicilio conocido sin en la Comunidad de Arcila, pertenecienle al Municipio de San Juan delRio. Oro.

32. Incumplimiento por parte de los integrantes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,Arrendamientos y Contratación de Servicios ylo servidor público que resulte responsable de lafunción o facultad que se señala, a lo dispuesto en los articulas: 22 fracción 11,26, 40 Y41 de laLey de Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios del Sector Público. y 41 fracciones 1,11y XXIIde la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtudde haber omitido dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento sobre laprocedencia a la excepción a la licitación pública, en los procedir:nientos que se listanenseguida:

a) Invilación Restringida PRODDER-IR3-MICROMEDIDORES-11-009 para la adquisición de2,300 micro medidores para agua potable de W de di!lmetro, 2 software y 2 terminales portátiles;adjudicado mediante contrato DIRlJAPI26J2011 de fecha 27 de octubre de 20\1, por un montoneto de $4'403,582.72 (Cuatro millones cuatrocientos tres mil quinientos ochenta y dos pesos721100M,N.);b) Invitación Restringida AGUA L1MPIA.IR3-EQUIPOS DE DESINFECCIÓN-11-16 para lasustitución de equipos de gas cloro a equipos de hipoclorito de calcio; adjUlJicado mediantecontrato DIRlJAP/3512011 de fecha Og de diciembre de 2011, por un monto neto de 5314,505.00(Trescientos catorce mil quinientos cinco pesos 00/100 M,N.),e} Invitación Restringida APAZU.IR3-MICROMEDIDORES-2-11.19 para la adquisición de3,821 micro medidores para agua potable de lt,' de diámetro y 520 módulos de lectura remotapor radio frecuencia; adjudicado mediante contrato DIRlJAP/3212011 de fecha 26 de septiembrede 2011, por un monto neto de $1'861.956.60 (Un millón ochocientos sesenta y un milnovecientos cincuenta y seis pesos 601100M,N.).

33. Incumplimiento por parte de los integrantes del C<lmilé de Adquisiciones, Enajenaciones,Arrendamientos y Contratación de Servicios; ylo servidor publica que resulte responsable de lafunción O facultad que se seMla, a lo dispuesto en los articulas: 26, 26 8is. 29 fracción 111,3Jultimo párrafo, 33 Bis, 34, 35, JO, 36 Bis, 37. 37 8is, 45 fracción 11y 46 de la ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, y 41 fraccKm8S 1, 11Y XXII de laley de Responsabilidades de los Servidores Publicas del Estado de Querétaro; en virtud dehaber omilido acreditar la celebración d" la junta d" aclaraciones; acto d" presentación yap"rtura de proposiciones; y ,,1 fallo; m"diante los cuales se dé sustento jurídico a lacelebración del contrato DIRlJAPf35120f1, por un monto neto de 5314,505.00 (Trescientoscatorce mil quinientos cinco pesos 001100 M,N.), InvHadón Restringida AGUA lIMPIA-IR3-EQUIPOS DE DESINFECCIÓN-11-l6 para la sustitución de equipos de gas cklro a equipos de ohipoclorito de calcio. ~

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34. Incumplimiento por parte del Presidente del ConseJO,Director de la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rlo, Comisario y/o seNidor público queresulle responsable de la función o facuitad que se señala, a lo dispuesto en kls artículos:Primero, Noveno fracci6n 1,Décimo, Décimo Segundo, Décimo Tercero fracciones 11,111,iV Y Vdel Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal del MunicipkJ de SanJuan del Rlo, y 41 fracciones 1, 11Y XXII de la ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Ouerétaro; en virtud de haber omitido presentar las denuncias y/oquerellas correspondientes, con origen en la comisión de los delitos cometidos en Sil agravio,tales como robo de medidores y robo en la planta de tralamienlo de aguas residuales "lomalinda", en fechas 09 de marzo de 2011 y 15 de diciembre de 2011, respectivamente,

35. Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Ric, y/o seNidor público que resulte responsable de la función ofacultad que se señala, a lo dlsptlesto en los articulas: 1, 6 Y 7 del Código Fiscal del Estado deOuerétaro; 4, 5, 10 fracciones 1, 11,111Y IV, 15, 92, 93, 94, 95. 112, 114, 115 Y 116 de la ley deHacienda de los Mllnicipios del Estado de Querétaro; Primero, Segundo fracci6n 11y Décimofracci6n XIII del Decreto que Crea la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal delMunicipio de San Juan del Rlo, y 41 de fracciones 1,11Y XXII de la Ley de Responsabilidades delos Servklores Publicas del Estado de Querétaro; en virtud de haber omitido realizar el cobrodel impuesto para educación y obras publicas, por ei concepto de cobro por el servicio de aguapotilbJe y saneamiento

36, Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Polable y Ak:antarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio y/o servidor publico que resulte responsable de la función ofacultad que se señala, a lo dispuesto en los articulas: 21 fracciones VI, X, XI, XIV Y XVI de laley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Segundo fracción IV, Decimofracciones 1, VIII Y XI del Decreto de Creación de la Junta de Agua Potable y AlcantarilladoMunicipal del Municipio de San Juan del Rio; 61 fracción 1,96 Y 98 de la ley para el Manejo delos Recursos Públicos del Estado de Ouerétaro; 2, 40, 41 fracciones 1, !I Y XXII de la ley deResponsabilidades de los Servidores Publicos del Estado de Querétaro; 1, 2, fracción 2.6 de lasReglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagricola y de Agua PotableAlcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua; en virtud de haberpresentado una deficient, planeación en la obra "Proyecto E}€cufivo y Construcción delColector y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales', ubicada en lagllna de lourdes SanJuan del RÍO,cuenta 635-106.103, ejecutada con recurws del Programa para la Construcción yRehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales (pROSSAPYS), através de contralo a precÍll alzado y tiempo delerminado ContratolDlRlJAPl2112011, por lamodalidad de Licitación Pública celebrado con la contratista Equipos Mecánicos yElectromecánicos S. A., dado que present61as siguientes irregularidades:

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a.Que se carece del oficio de aprobación, lo que ocasiona la incertidumbre de contar con ladisposición económica para solventar el pago contraido mediante el contrato mencionado conanleriorklad.

b.Una desviación de recursos públicos, al realizar una obra no cootemplada su ejecución en elobjeto del recurso, ya que se presenta un ejercicio indebido del rOOJrso público, derivado de laactuaCKln impropia de 'acullades y/o atribuciones por parte de la entidad fiscalizada, al practicarel manejo irregular de los Iorldos, por contratar obra pública consistente en la construcción deuna cancha de usos múltipies por $312,886,18 (Trescientos doce mil ochocientos ochenta y seispesos 181100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, sin contar con la facultad pararealizar este tipo de obra con !Os recursos del PROSSAPYS, ya que estos recursos tienen otroobjeto.

e.Además para la ejecución de la obra .Proyecto Ejecutivo y Construcción del Colector y Plantade Tratamiento de Aguas Residuales'. se reallzaron actos que contravienen lo establecklo en elmarco legal aplicable, como son los siguientes:

1.No existe evidencia de haber generado un presupuesto base desglosado por conceptos, concantidad y precio unitario; No se tiene evideflCÍa de cómo se determinaron los precios de cadauno de los conceptos qtJ8 conforman la obra. para garanlizar las mejores condiciones para laconvocan le, y poder comparar y analizar las proposiciones económicas de los licitantes.11,No acreditó que el monto aprobado por la entidad fiscalizada ijene sustento técnico y qll8sirviera de base para comparar y analizar y evaluar las proposiciones económk;as de loslicitantes,

37, Incumplimiento por parte del Director de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipaldel Municipio de San Juan del Rio y/o servklor público que resulte responsable de la función ofacultad que se señala. a lo dispuesto en los articulas: 45fracci6n I y 111,53, 54 primer párrafo, 55segundo parrafo, 58 fracción 1 párrafo tercero de la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados con las Mismas con reforma publicada O,O.F. 01-10.2007; 45 segundo párrafo,fracciones 11,46 fracción VII y último párrafo, 53 primer y segundo párrafos, 54 primer párrafo, y55 segundo párrafo de la ley de Obras Públicas y Servickls Relacionados cOlllas Mismas: 84fracciones 1,11,VI Y IX, 85, 86 fracciones 1,11inciso ij. VI Y VIII, 101, 102 fracciones 1y V, 106 Y156 del Reglamento de la ley de Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas conúltima reforma publicada D.O.F. 29-11-2006: 105, 113 fracciones 1,V, VI. VII, IX Y XVI, 114, 115fracciones 1, IV incisos b), d) Y ij, V, VII, X, XI Y XIX, 122, 123, 125, 127, 130 primer párrafo,fracci6n 1, 131, 132 fracciones l. 111Y V, 134, 135. 186. 187, 221 Y 222 del Reglamento de la leyde Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas: 1 primer párrafo, 3 fracción IX, 26 N

primer párrafo, y 40 segundo párrafo de la ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ~Sector Público; 45 primer párrafo y 115 segundo parrafo de la ley Federal de Presupuesto y es

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Responsabilidad Hacendaria; 7 fracciones 11y V, 61 fracción fracciones I y 11,62 primer parrafo,96, 98 segundo párrafo de la ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado deQuerétaro; 2, 40, 41 fracciones I y XXII de la ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos del Estado de Querétaro; Segundo fracciones 1 y IV, Décimo fracciones 1,VIII, Y XI delDecreto de Creación de la Junta de Agua Polable y Alcantarillado Municipal del Municipio de SanJuan del Rlo; Clausulas Segunda fracción IV, Tercera, Quinta, Octava, Décimo fracciones 1,y XI,Décima Primera parrafo quinto, Décima Séptima, Vigésima Primera parrafo segundo, TrigésimaSegunda parrafo primero, Trigésima Tercera, Trigésima Cuarta inciso 1 del Titulo Segundo delcontrato de obra pUblica CONTRATOIDIRlJAP12812OO8 51303001-06-08 APAZU-03-08-PTARSPA 112a,; en vinud de haber presentado una deficiente supervisión y control en lasobras:

a) "Proyec. Planta Tratamiento Sao, cuenta 633-102-206, fondo del Programa de AguaPotable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas (APAZU) 2{lOB, 2009 Y 2010, a travésde la modalidad de contrato de obra pública mixto, cuyos trabajos de constl1Jcci6n sedeterminaron a precio alzado y los de operacilin a precIOs unitariosCONTRATOIDIRlJAPI28/2008 51303Oll1-Q6-08 APAZU-03-08-PTAR SPA JI2a, celebrado oon lacontralista Eco Sistemas del Agua SA de CV; en virtud de presentar las siguientesirregularidades:

1. El pago de estimaciones sin contar con la documentación e información que acreditefehacientemente la procedencia de los mismos; loda vez que durante el periodo fiscalizadose efectuó el pago, de las estimaciones ocOO a la trece, correspondientes a la OperacilinTransitoria de los meses de junio a noviembre de 2011, sin contar con la documentación quesoporte la procedencia del caudal presuntamente tratado de 3'541,202 M3 reflejado en laesUmaciones aludidas, por un monto de $1.353,929.01 (Un millón trescientos cincuenta y tres milnovecientos veintinueve pesos 01/100 M.N,) incluyendo IVA correspondiente a los 9astosvariables aplicables a dicha operación transitoria, lo anterior se desprende de la incapacidadmaterial de la Entidad Fiscalizada para acreditar las lecturas históricas del agua residual recibiday del flujo de agua tratada en los términos contractuales, ya que oon el sistema informático conque se llevó el control y registro de la operación de la planta de tratamiento durante el periodo enmención, no es posible obtener tales datos, contraviniéndose los términos previstos como 'basede pago' en las bases de la licitación (Numeral 5.2.1.1 incisos 2 y 7) Y el contratocorrespondiente (Clausula Quinta del Título Segundo), que precisan que el contratisla. mediantelos sislemas informaticos implementados, debia realizar la medición y registros permanentes delos caudales de aguas ClUdas as! como de los caudales de aguas traladas que salgan de laplanla de tratamiento, con el objelo de poder cuantificar los volúmenes que sean tratados, ya quetales lecturas de salida debían tomarse como la base para el pago.

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11.El pago de estimaciones con precios unitarios cuyos costos fueron indebidamenteajustados a la alza para la operación de la obra: toda vez que durante el periodo fiscalizadose eleeluo el pago de las estimadones ocho a la trece, correspondientes a la OperaciónTransitoria en los meses de junio a noviembre de 2011, aplicimdose un indebido sobreprecio de5331,513.49 (Trescientos treinta y un mil quinientos trece pesos 49/100 M,N,) incluyendo IVA entales estimaciones, lo que representó un incremento acumulado en las estimaciones uno hasta latrece de la operación transitoria por un importe de $590,955,89 (Seiscientos noventa milnovecientos cincuenta y cinco pesos 89/100 M,N.) induyendo ¡VA, como consecuencia delincremento de costos aceptado para la energia eléctrica y vehículos automotores, como insumasaplicables a los costos variables y costos fijos contratados para la operación de la planta detratamiento sobre la base de precios unitarios, según se asentó en el documento "JusUficeciónde Incrementos para Propuesta de Operación y Mantenimiento de la PTAR SPA 11'con que serespaldó el pago de las estimaciones de referencia; defICiencia detectada y hecha delconocimiento de la Entidad Fiscalizada desde el proceso de Fiscalización Superior desahogadoen la Cuenta Pública del segundo semestre del aM 2010, sin que la contratante hubiera actuadoen consecuencia para impedir que en las erogaciones posteriores se replicara el electo negativoprovocado por las irregularidades que a continuación se detallan:

IU) En el periodo fiscalizado se provocó un pago indebido de un monto de $165,147.82 (Cientosesenta y cinco mil ciento cuarenta y siete pesos 82/100 M.N.) incluyendo IVA, lo que representóun incremento acumulado en las estimaciones de la uno hasta la trece de la operacion transiloriapor un importe de $344,294.89 (Trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y cuatropesos 89/100 M.N,) incluyendo lVA, derivado de autorizar un incremento del 19.769% en el costode la energia eléctrica requerida para operar la planta de tratamiento, tomando como base latarifa "HM' vigente para la Región Tarilaria central del periodo enero 2009 a noviembre 2010, noobstante que el Estado de Querétaro se ubica en la Región Tarifaria Sur y que de acuerdo con laLey federal en materia de obra pública vigente al momento de suscribir el contrato en mención(Articulo 58 fracción I terCtlr párrafo), para efectos de tal revisión y ajuste de costos, la fecha deorigen de los precios debla ser la del acto de presentación y apertura de proposiciones. y en estesenUdo, dicho análisis debíó realizarse con la información correspondiente al período sepUembre2008 a noviembre 2010, con lo que se habria ootectado que existió un decremento del 12.44%en tales tarifas, y en consecuencia resultaba improcedente incrementar el costo de lal insumoenergético, y por el contrario debió preverse su ajuste en razón de la variación a la baja antesaludida,

11.2)En el periodo fiscalizado se provocó un pago indebido de un monto de $166,365,67 (Cientosesenta y seis mil trescienlos sesenta y cinco pesos 67/100 M.N,) incluyendo ¡VA, lo querepresentó un gasto duplicado acumulado en las estimaciones de la uno hasta la trece de la ""operación transitoria por un importe de S346.661.OO(Trescientos cuarenta y seis mil seisdentos N

88sesenta y un pesos 001100 M.N.) incluyendo rvA, derivado de autorizar un incremento del 7,8%

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en el costo anual estimado del insumo "Camión de 3.5 ton y Pick up", reduciendo su alcance aúnicamente al primer -rehlculo: siendo que en la estimación de obra seis, con registro contableen el segundo semeslre del año 2009, ya se había integrado el pago tolal de lal camión de 3,5ton. para apoyo en las labores de mantenimiento, según demuestra el reporte fotográfico de laestimadón de obra antes indicada y la aclaración vertida por la Enlklad Fiscalizada durante elproceso de Fiscalizaci6n Superior desahogado en la Cuenta Pública del segundo semestre delaño 2009: por lo que en todo caso, para el pago de las estimaciones de la operación transitoria,la contratante debió excluír el costo de tal insumo en el precio unitario revisado, en virtud deencontrarse pagado en su totalidad desde el año 2009, es dedr, antes de iniciar la operacióntransiloria de la planta de tratamiento,

111.El pago por un monto de 5470,300.92 (Cuatrocientos setenta míl trescientos pesos9Zf100 M.N.) incluyendo IVA, correspondiente al gasto registrado en el periodo fiscalizadopor la ampliación del contrato para la prestación de servicios, sin existir razonesjustificadas para su asignación, ya que en octubre de 2011 se concluyó la "operacióntransitoria" de la obra y de esta manera se agotó el objeto del COfltralo, los objetivos y metasprevistas en el programa de inversión correspondiente, por \o que según refieren las bases delicitación y el contrato inicial, el contratista tenía la obligación de haber entrenado y capacitadocon la debida oporlun'dad y anticipación al personal de la Entidad Fiscalizada, a Finde que estaúltima asumiera su posición al frente de la operación de la planta de tratamiento con personalpropio a partir del mes de noviembre de 2011.

No obstante lo anterior, el 25 de octubre de 2011 la convocante suscribió un conveniomodificatorio al plazo, para la prestación de servicios inherentes a la operación de la planta detratamiento por un año adickmal, compromeliendo indebidamente y de manera implicita recursospor al menos S5'683,3OO,24 (Cinco millones seiscientos ochenta y tres mil trescientos pesos24/100 M.N,) incluyendo IVA (tomando como refereflcia el gasto acumulado durante el primeraM de operación), moti~ándolo en la carencia de personal capacitado para que la JAPAMpudiera encargarse directamente de lales labores, y fundamentándolo en el supuesto deexcepci6n previsto por el artículo 42 fracción 11de la ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados con las Mismas, para no sujetarse ai procedimiento de licitación publica y que a laielra dice: "11.Petigre o se allere el orden social, ta economla. los servicios públicos, lasalubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del pais como consecuencia decaso fortuito o de fuerza mayor;" (Sic.); siendo que las partes tuvieron al meno, tres Mos paralIe~ar a cabo las gestiones conducentes para preparar la eventual salkla del contratista. ademásque a la Entklad Fiscalizada le corresponde tomar a su cargo la administración, funcionamiento,conservación y operación de los servicios de agua potable y alcantarillado, dentro de los iímitesde la extensi6n territorial del MunicJpio de San Juan del Rio, según dispone su propio decreto de .,-¡creación; funciones tales que activamente desempeM la Gerencia de Saneamiento, unidad 88administrativa adscrita a la estructura organica de la contratante, con al menos otras 19 plantas

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de tratamiento referidas por la Comisión Nacional del Agua en el Inventario Nacional de PlantasMunicipales de Potabílízación y de Tratamiento de Aguas Residuales en Operación.

En este orden de ideas, se ~ene que la asignación de un segundo periodo de operación de laplanta de tratamiento por un monto adicional estimado de 5.7 MOP, resutta injustificado y carentede razones y motivaci6n reales, exponiendo además un incumplimiento imputable al contratistasin que se le hubieran aplicado las penalizaciones correspondientes, o al menos exigido lacapacitación adeudada, que de acuerdo con las bases del concurso y el contrato original,imicamente se requerlan dos meses para entrenar al personal de la JAPAM,

,Por otro lado, como ros trabajos encomendados para el segundo año imicamente contemplanactividades de operación de un bien inmueble, la naturaleza del nue'lO contrato resulta ajena a taprevista por la legislaci6n en materia de obra pública Federal, por lo que le resulta aplk.able demanera supletoria la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Ser'licios del Sector Público, raz6npor la cual deble desahogarse un nue'lO procedimiento de adjudicación para asignar lacontralacKln de tales ser'licios; condicien que no se cumplia.

b) ~Proyecto Turístico Recreativo Río San Juan", cuenla 635.1Q9.101, del fondo Conveniopara el Otorgamiento de Subsidios (Ramo 23). a través de ta modalidad de contrato de obrapública a precio alzado CONTRATOIDIRJJAPI17/2010 RAMO 2J-IRJ-REHA81L1TACIÓN RíoSAN JUAN.10-OO7, celebrado el 9 de diciembre de 2010 con la contratista AnruesConstrucciones SA de CV; en virtud del ~go indebido registrado en el periodo fiscalizadopor un monto do $717,024.26 (Setecientos diecisiete mil veinticuatro posos 26/100 M.N.)incluyendo ¡VA, por trabajos cuyo objeto resulta duplicado, toda vez que el contratista en supropuesta incluyO un costo de $1'103,114,25 (Un millón ciento tres mil ciento catorce pesos251100 M.N,) incluyendo IVA para la ejecución del un 1.00 Lote del concepto clave PRE002'Estudio de paisaíismo en la zona del proyecto que comprende un áfea de 15.267 hectáreas, enuna kmgitud promedio de 1,5 km, del Rio San Juan, el estudio incluirá la propuesta para laprimera y segunda etapa de! parque a lo largo de los 1.5 km, incluyendo zonas de servicios,áreas y estructuras de recreación Uuegos, palapas, puenles, embarcaderos, etc.) en su caso deacuerdo a la normatilfidad, y recomendaciones resultado del estudio de paisajismo, la propuestaincluirá el proyecto ejecutillO de cada una de las partes que lo compongan, ron sus respectivosplanos constructivos, acabados, estructurales, de instalaciones, detalles de cimentación oanclaje especificaciones de dimensiones, materiales. generadores, presupuesto con análisis dematrices y toda la información requerida para la ejecución del proyecto, toda ia informacióngenerada deberá entregarse de manera digital e impresa en formato legible a la convocante';roncepto que fue pagado en las estimaciones de obra uno y cuatro, por lo que desde entoncesqued6 saldado y liquidado tll rubro de la obra.

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En este sentido, y dada la amplitud del alcance de los trabajos referidos en la descripción delconcepto, cualquier costo en que pudiera incurrir el contralista para la realización de lasactividades en comento hasta su total terminación, debla sujetarse al precio pactado para ello;sin embargo, en la estimación de obra cinco Finiquito, la contratante autorizó y pag6 unacantidad adicional de 0.65 lote de tales trabajos, con lo que la cantidad total acumulada en laobra ascendió a 1.65 de lole de tal estudio, siendo que dicha fracci6n complementaria no tienecabida o justificación alguna, representando un gasto excedente por actividades de obra cuyoobjeto resulta duplicado con la canUdad acumulada y pagada hasta la esUmación de obranúmero cuatro.

cJ "Proyecto Ejecutivo y Construcción del Colector y Planta de Tratamjento de AguasResidualesw, ubicada en laguna de Lourdes San Juan del Rio, cuenta 636-106-103, ejecutadacon recursos del Programa para la Construcción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable ySaneamiento en Zonas Rurales (PROSSAPYS), a través de contrato a precio alzado y liempodeterminado ContratolDlR/JAPl2112011, por la modalidad de Licilación Pública celebrado con laconlratista Equipos Mecanices y Electromecanicos S. A. ya que se detectaron las siguienlesirregularidades:

L Que se violentó la clausula Décima del contrato referido, que estipula que las estimacKmesserían presentadas de forma quincenal con lechas preestablecklas, siendo para la estimaciónuno con un periodo de ejecuci6n del 01 de julio al 15 de julio y fecha de corte el15 de julio de2011; y la estimación dos corresponde a un periodo de ejecución del 16 de julio al30 de julio confecha de corte del 30 de julio de 2011, sin embargo el contralista present6 la estimacilm uno conun periodo de ejecucKm del 01 de julio al 13 de octubre de 2011 con fecha de corte del 13 deoctubre de 2011, y la estimación dos con un periodo de ejecución del 14 de octubre al 09 dediciembre del 2011 con fecha de corte del 09 de diciembre del 2011, es decir se incumplió con loestablecido en contrato.

11.Un pago indebido de las estimaciones uno y dos por un monto en conjunto de $5'150,992.30(Cinco millones crento cincuenta mil novecientos noventa y dos pesos 301100 M,N,) incluyendo elimpuesto al valor agregado, ya que se carece de los elementos para determinar fehaCÍentementeque la cantidad menCÍonada en la estimación uno y dos wn conceptos incluidos en el catálogoinicial y que fueran realmente ejecutados, en virtud de carecer de los generadores y croquis de lacantidad de conceptos de obra incluidos en las estimacfones mencionadas de forma explicita.

d) "AmpUac/ón dI/a red dI drenajt sanitario Putrta dt Pa/mmasN, ubicada en la localidad

de Puerta de Palmillas, San Juan del Rio, cuenta 636-106-101, ejecutada con recursos delPrograma para la Construcción y Rehabilitación de Sistema de Agua Potable y Saneamiento en •..••Zonas Rurales (PROSSAPYS). a través de contrato a precios unitarios y tiempo determinado ªCONTRATOIDIR/JAP/1812011, por la modalidad de licitación pública nacional PROSSAPYS-IR3- (5

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~ntidadSuperior de Fiscalización del EstadoQuerétaro

AMPLlACION RED PALMILLAS.l1-0ot celebrado con ellng, Santos lv/m Villeda Reséndiz; envirtud de haber incurrido en deficiencias en la elaboración, control y segulmlenlo de labitácora electrónica; debido a que durante la ejecuCKlI1de la obra, la bilácora de la obra 00 serealizó por medios remotos de comunicación e~trÓl1ica, sino que se llevó a cabo a traves demedios de comunicación convencional, no acreditando la existencia de la solicitud por parle de laEntidad Fiscalizada ni la autorización por parte de la Secretaria de la Función Publica, para llevarla bitácora de ésta ultima forma.

e) "Rehabilitación de la 1ra etapa de la línea de conducción de Sistema de Múltiple deAgua Potable Santa Lucia", ubicada en el Municipio de San Juan dl,!1Rio, ejecutada conrecursos del Programa para la Construcción y Rehabilitación de Sistema de Agua Potable ySaneamiento en lonas Rurales (PROSSAPYS). a través de contrato a precios unitarios y tiempodeterminado CONTRATO DIRlJAPI2712011, celebrado con la empresa Proyecto y Construcciónde Electricidad, SA de C,V., adjudicado mediante fa modalidad de licitaci6n publica nacionalPROSSAPYS.LPN.REHABILlTACION LINEA SANTA LUCIA-11..Q08-LO.82206996-NI-2011, en~irlud de:

1.Deficiencias en la elaboración, control y seguimiento de la bitacora electrónica, debido a quedurante la ejecución de la obra, la bitacora de la obra no se realizó por medios remotos decomunicación electrónica, sino que se llevó a cabo a través de medios de comunicaciónconvencional, no acredilando la existencia de la solicitud por parte de la Entidad Fiscalizada ni laautorización por parle de la Secretaria de la Función Pública, para llevar la bitácora de éslaúltima forma.

11.Que conjunlametlte con los resultados de la visita de inspección realizada el 29 de noviembrede 2012, en compa~la de personal asignado por la Entidad Fiscalizada, se detect6 que delconcepto clave 3.12A: Silleta de concreto armado I"c=15O kglcm2 de 0.50xO,25xO,50 m y queincluye abrazadera metaiica con empaque de neopreno; fisicamente en el tramo comprendidodel cadenamiento 3+207.50 al 3+835, existen 115 sjiíetas a las cuales no se les instaló laabrazadera ni el empaque de neopreno mencionado,

b.2) Recomendaciones

Con fundamento en ios articulas 35 fracción 111y 40 Iracci6n 111de la Ley de FiscalizaciónSuperior del Est3\lo de Querétaro, se emiten las siguientes recomendaciones:

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1. Del estudio practicado al rubro de caja y a los diversos fondos fijos que maneja la entidadfiscalizada, se conoció que las personas responsables del mane;o de éstos, no las cobijaba unafianza de fidelidad que garantice el buen manejo de dichos recursos: asi mismo, se conoció queen general ninguna persona de la entidad fiscalizada, encargada del manejo de caudalespublicos cuenta con el respaldo de una fianza; por lo cual se recomienda a la entidad fisclilizadaque todas las personas que tengan a su cargo caudales públicos, sean afianzadas desde elmomenlo en que se les asigne dichos caudales, con el propósito de que garanticen su correctomane~.

2. Del estudio efectuado a los diversos fondos fijos con que cuenta la entidad fiscalizada, seconoció que dicha entidad carece de evidencia documental de la realización de arqueos a losmencionados fOlldos fijos; por lo cual se recomienda a la enridad fiscalizada que ejecute lirqueosperiódicos a lodos los fondos fiJOSaSignados, con la finalidad de evaluar la correcta aplicación delos citados fOlldos, as! como el correcto manejo y comprobación de /os mismos

3. Del estudio efectuado a la documenta<:i6n soporte del rubro de Servicios Personales, seconoció que la fiscalizada no cuenta con una Plantilla de PuestosiPlazas presupuesta lesdebidamente autorizado, ni con el correspondiente tabulador de puestos autorizado, por lo cualse vislumbran que se dan varios casos, el hecho de que un solo cargo ó puesto cuenta condiversas variaciones de sueldos; por lo cual sa recomiencla a la entidad fiscalizada que elaboreun documento formal debidamente autorizado. en el cual se precise de manera puntual cadapuesto 6 plaza que va a presupuestar anualmente la fiscalizada, asl mismo ia percepción queserá asignada a cada uno de ellos; lo anterior con el objeto de que la fiscalizada cuente con unmejor control in/emo operacional referanle al numero de plazas debidamente autorizadas, COlllas que contara en ei año de calendario; así como las percepciones que afectaran cada una delas piazas Ó puestos,

4. Medianle escrito libre recibido por tos auditores de ta fiscalizadora en fecha 15 noviembre2012, as! como en el Memor~ndum Conta_36 de !echa 10 de Diciembre del 2012, la fiscalizadamanifiesta que no cuenta con un programa operali~o anual e indicadores de gestión. Derivado dekl anterior se conoció que la Entidad Fiscalizada no tiene implementados indicadores de Gesti6nque midan los procesos de planeaci6n, administracioo y definición de metas a través de lain~estigaci6n para el logro elicienle de los servicios de agua potable, alcantarillado ysaneamiento, mismos que tendrían que estar asociados al plan municipal de desarrollo; por /ocual se recomienda a la entidad fiscalizarla, que implemente Indicadores de medición, vinculadosprincipalmente a! Plan Municipal de Desarrollo, en la vertiente 1.2 SeNlcios Pub/icos y en klespecifico 1,2.1 Agua Potable, 1.2.2 Tratamiento de Aguas Residuales, 1.2.4 Drenaje ySaneamiento, 1.2.5 Alcentarillado, asl como a la Vertiente V.l Gobierno Eficaz, V,2 Gobierno 01Transparente; /o anterior con el objeto de que la fiscalizada cuente con una herramienta de ~

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medición objeliva a Iravés de la invesligación pera el logro efidente de los 5ervicifJs de eguapotable, alcanlélrillado y saneamiento.

5. Se recomienda a la entidad fiscalizada se autoricen por parte del Consejo los ManualesOperativos, y se publiquen los misnws a efecto de que produzcan efectos jurídicos; lo anterior,en virtud de que se verific6la faltél de aprobación y publfcación de los manuales operativos de lafiscaliza<la, por ello, y con la finalidad de que los procedimientos de la Junta de Agua Potable yAlcantarillado Municipal de San Juan del Río (JAPAM). se sustenten jurídícamente; se regulen ydelimiten las atribuciones, facultades, obligaciones, funciones y reslXlflsabilidades de la totalidadde las diversas áreas que conforman el organisnw; se coordinen las competencias, actividadesde programación, presupuestaci6n. ejecución, control, seguimiento y evatuación del gastopublico: y a electo de que el Director deje de entenderse conw la persona jurídica directamenteresponsable de la totalidad de las obligaciones y lacultades de sus subaltemos,

6. Se recomienda a la entidad fiscalizada que a través del Comité de Adquisiciones,EnajenecifJnes, Arrendamientos y Contratación de Servicios, se emitan en términos det articulo 4fracción 11,10 fracción IV, 74 Y 97 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos yContratación de Servicios del Estado de Querotaro, y 1739 del Código Civil del Estado deQuerétaro, y s610 para recurso estafa' o propio; resolviendo su aplicación con la justificacióndebida bajo las premisas constitucionaies aplicables al gasto de efICiencia, eficacia, economla,transparencia y honradez y se autorice a realizarlos a quien ejerza funciones de Oficial Mayorcon le presentación de informes de ley y ante el Comité referido, asl conw al órgano Interno deControl en la periodicidad que para tai efecto se establezca por la ley o por resolución 8 falta dela anterior; la regulación de los siguientes supueslos:

a) Conceptuatice atendiendo a su objeto púbiico, que se entiende en la enbdad fiscalizada por'Oficina Pública' en términos de lo que disponen los articulos 22 fracción VII con relación atartículo 50 segundo párratc de la ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos yContratación de Sef'lieíos del Estado de Querétaro.b) Emita las normas y procedimientos en materia de consolidación de adquisiciones conforme lodisponen los artículos 4 fracción V, 48 Y 52 fracción VI de ia ley de Adquisiciones,Enajenaciones. Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro,c) Promueva se ejerza la facultad inmersa en el 4 fracción XIII por quien ejerza funciones deOficial Mayor conforme el articulo 2 fracción IV ambos de la ley de Adquisiciones,Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro,d) Se conslituya el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación deSef'licios de tal manera que pueda pronunciarse y resolver los asuntos de su competencia tantoen recurso estatal conw en recurso federal, g

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Querétaro

el Se pronuncie como polltica, el exceptuar del otorgamiento de garantia de cumplimiento a losactos y contratos en que el cumplimiento se verifique en ta suscripci6n del contrato o el pago porla entidad fiscalizada sea posterior a la entrega de los bienes o prestación del servicio,~ Emitir las normas relativas a la comprobación de calidad o especificaciones en lasadquisiciones y del control de almacenes, obligando asenlar el estado en que se reciben losbienes, caducidad y demás especificackmes necesarias para el correcto funcionamiento de losalmacenes,

cl Instrucción

En cumplimienlo a lo señalado en el articulo 97 de la Ley para el Manejo de los RecursosPilblicos del Estado de Querétaro, y con ta notiffcación del presente Informe; se instruye a laEntidad fiscalizada a electo de que inicie los procesos administrativos cuando procedan en loslérminos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, yasi mismo, se lleven a cabo las correcciones en las irregularidades detectadas, con motivo de lasobservaciones plasmadas en el presente informe.

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 44 de la Ley de Fiscalizaci6nSuperior del Estado de Querétaro, se instruye a la Entidad fiscalizada, a que dentro de un plazoimprorrogable de 45 dlas habiles contados a partir de la notificación del presente, inlorme porescrito a esta Entidad Superior de Fiscalización del Estado referente al seguimiento de lasacciones implementadas con motivo de las obselVaGÍones plasmadas en el presente, y en sucaso, el fincamiento de responsabilidades a que han sido merecedores los involucrados.

el Conclusión

Por lo anteriormenle expuesto y fundado, podemos concluir que la Situación Financiera de laEntidad Fiscalizada, correspondiente del 01 de julio al31 de diciembre de 2011, se encuentrarazonablemente correcta, en apego a las disposickmes legales aplicabfes y a los PostuladosBasicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción de las obselVaciones que han quedadoprecisadas en el cuerpo del presente.

El presente InfoOlle contiene el resultado de la fiscalizoo6n a la Entidad denominada Junta deAgua Potable y Alcantarillado Municipal del Municipio de San Juan del Rio (JAPAM);respecto del periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2011, por la Entidad

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Superior de Fiscalizaciiln del Estado, que se emite en el ejercicio de las atribuciones que disponeel articulo 116 fracción 11penultimo párrafo de la ConslitllCi6n PollUca de los Estados UnidosMexicanos, realizando la función de fiscalización en concordancia con la Legislatura del Estadode Querétaro, de conformidad a los numerales 17lracci6n XIX, 31 fracción IV de la ConsliluciónPolitica del Estado de Querétaro y para los electos de lo dispuesto en los artlculos 97 de la Leypara el Manejo de los Recursos Publicas del Eslado de Querétaro; 44, 45, 46, 47 Y 48 de la Leyde Fiscalizaciiln Superior del Estado de Querétaro, debiendo cumplir con la obligación legal, losÓrganos Intemos de Controlo C<lnlralorlas, de atender las observaciones, y en consecuenciapromo~er. iniciar y vigilar el inicio de los procesos adminislra~vos y los que resulten en lostérminos de Ley.

ATENTAMENTE.

C.P.C. RAFAEL eAUDITOR

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