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Fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitación marítima entre Chile y Perú El fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitación marítima entre Perú y Chile es una sentencia dictada por la Corte Internacional de Justicia el 27 de enero de 2014, [1][2] mediante la cual se resolvió el caso concer- niente a la delimitación marítima entre la República del Perú y la República de Chile, [3] iniciado por la primera el 16 de enero de 2008, [4] y que involucraba un área marí- tima —y su correspondiente espacio aéreo— de aproxi- madamente 67 139,4 km², de los cuales unos 38 000 km² eran considerados como mar chileno y 28 471,86 km² como alta mar. Por la sentencia se decidió que el punto de inicio del límite marítimo entre el Perú y Chile es la intersección del paralelo geográfico que cruza el «Hito n.º 1» con la línea de bajamar, y que la frontera marítima sigue el pa- ralelo que pasa sobre el Hito n.º 1 hasta un punto situado 80 millas marinas de distancia, a criterio de la corte dicha decisión se encuentra sustentada en los acuerdos jurídi- camente vinculantes y la práctica bilateral entre ambos países que prueban la existencia de una delimitación ma- rítima efectuada por las partes. Después de la milla 80 la corte fija de novo un límite que continúa en dirección suroeste sobre una línea equidistante desde las costas de ambos países hasta su intersección con el límite de las 200 millas marinas medidas desde las líneas de base de Chile y, posteriormente, continúa hacia el sur hasta el punto de intersección con el límite de las 200 millas marinas me- didas desde las líneas de base de ambos países. La Corte emite su sentencia sin determinar las coordenadas geo- gráficas precisas, disponiendo que sean las propias partes las que procedan a determinar tales coordenadas de con- formidad con el fallo, lo cual ocurrió el 25 de marzo de 2014. En consecuencia, adjudicó al Perú un área marítima total de algo más de 50 000 km² —equivalente a la superficie terrestre de Costa Rica o Eslovaquia—, que pasó formar parte de las zonas marítimas peruanas, y que hasta en- tonces se distribuía en dos sectores de condición jurídica distinta: el primer sector, con una superficie aproximada de 22 000 km² [5][6] —equivalente a la superficie terrestre de El Salvador—, era considerado por Chile como parte de su zona económica exclusiva, y por tanto, explotado como mar patrimonial; en cambio, el segundo sector, de 28 471,86 km² [5] —equivalente a la superficie terrestre de Guinea Ecuatorial—, era considerado por Chile co- mo parte de la alta mar, es decir, un área oceánica abier- ta a todos los países. Como contraparte, el fallo ratificó la soberanía y los derechos soberanos de Chile sobre 16 352 km² de mar que ya poseía y explotaba desde hacía décadas, siendo ésta mayormente el área situada a me- nor distancia a la costa y que, por tanto, corresponde a la más rica en recursos pesqueros del total de aguas en controversia. [5] Conforme al Derecho internacional, el fallo es obligato- rio para las partes, [7][8] las cuales están comprometidas a cumplirlo, [9] habiendo quedado sometidas a la jurisdic- ción de la Corte Internacional de Justicia en virtud del Pacto de Bogotá. 1 Antecedentes Posiciones de ambos países ante la Corte Internacional de Justi- cia: la línea roja es la del Perú y la línea azul es la de Chile. El 16 de enero de 2008, [4] el gobierno de la República del Perú —bajo la presidencia de Alan García— inició el contencioso, interponiendo una demanda contra la Repú- blica de Chile —bajo la presidencia de Michelle Bache- let— ante la Corte Internacional de Justicia —con sede en La Haya, Países Bajos—, principal organismo judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En dicha demanda, el Perú solicitó a la Corte que deter- minara el trazado de la frontera entre las zonas marítimas de los dos Estados, de conformidad con el Derecho inter- nacional, reclamando de esa forma que se le reconociera derechos soberanos sobre un área marítima que estaba siendo explotada económicamente por Chile —pues es- timaba que la frontera marítima aún no había sido defini- da, y que los tratados que Chile invocaba como acuerdos 1

Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

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Page 1: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

Fallo de la Corte de La Haya sobre ladelimitación marítima entre Chile y Perú

El fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitaciónmarítima entre Perú y Chile es una sentencia dictadapor la Corte Internacional de Justicia el 27 de enero de2014,[1][2] mediante la cual se resolvió el caso concer-niente a la delimitación marítima entre la República delPerú y la República de Chile,[3] iniciado por la primera el16 de enero de 2008,[4] y que involucraba un área marí-tima —y su correspondiente espacio aéreo— de aproxi-madamente 67 139,4 km², de los cuales unos 38 000 km²eran considerados como mar chileno y 28 471,86 km²como alta mar.Por la sentencia se decidió que el punto de inicio dellímite marítimo entre el Perú y Chile es la interseccióndel paralelo geográfico que cruza el «Hito n.º 1» con lalínea de bajamar, y que la frontera marítima sigue el pa-ralelo que pasa sobre el Hito n.º 1 hasta un punto situado80 millas marinas de distancia, a criterio de la corte dichadecisión se encuentra sustentada en los acuerdos jurídi-camente vinculantes y la práctica bilateral entre ambospaíses que prueban la existencia de una delimitación ma-rítima efectuada por las partes. Después de la milla 80la corte fija de novo un límite que continúa en direcciónsuroeste sobre una línea equidistante desde las costas deambos países hasta su intersección con el límite de las 200millas marinas medidas desde las líneas de base de Chiley, posteriormente, continúa hacia el sur hasta el punto deintersección con el límite de las 200 millas marinas me-didas desde las líneas de base de ambos países. La Corteemite su sentencia sin determinar las coordenadas geo-gráficas precisas, disponiendo que sean las propias parteslas que procedan a determinar tales coordenadas de con-formidad con el fallo, lo cual ocurrió el 25 de marzo de2014.En consecuencia, adjudicó al Perú un área marítima totalde algo más de 50 000 km² —equivalente a la superficieterrestre de Costa Rica o Eslovaquia—, que pasó formarparte de las zonas marítimas peruanas, y que hasta en-tonces se distribuía en dos sectores de condición jurídicadistinta: el primer sector, con una superficie aproximadade 22 000 km²[5][6] —equivalente a la superficie terrestrede El Salvador—, era considerado por Chile como partede su zona económica exclusiva, y por tanto, explotadocomo mar patrimonial; en cambio, el segundo sector, de28 471,86 km²[5] —equivalente a la superficie terrestrede Guinea Ecuatorial—, era considerado por Chile co-mo parte de la alta mar, es decir, un área oceánica abier-ta a todos los países. Como contraparte, el fallo ratificó

la soberanía y los derechos soberanos de Chile sobre 16352 km² de mar que ya poseía y explotaba desde hacíadécadas, siendo ésta mayormente el área situada a me-nor distancia a la costa y que, por tanto, corresponde ala más rica en recursos pesqueros del total de aguas encontroversia.[5]

Conforme al Derecho internacional, el fallo es obligato-rio para las partes,[7][8] las cuales están comprometidas acumplirlo,[9] habiendo quedado sometidas a la jurisdic-ción de la Corte Internacional de Justicia en virtud delPacto de Bogotá.

1 Antecedentes

Posiciones de ambos países ante la Corte Internacional de Justi-cia: la línea roja es la del Perú y la línea azul es la de Chile.

El 16 de enero de 2008,[4] el gobierno de la Repúblicadel Perú —bajo la presidencia de Alan García— inició elcontencioso, interponiendo una demanda contra la Repú-blica de Chile —bajo la presidencia de Michelle Bache-let— ante la Corte Internacional de Justicia —con sedeen La Haya, Países Bajos—, principal organismo judicialde la Organización de las Naciones Unidas (ONU).En dicha demanda, el Perú solicitó a la Corte que deter-minara el trazado de la frontera entre las zonas marítimasde los dos Estados, de conformidad con el Derecho inter-nacional, reclamando de esa forma que se le reconocieraderechos soberanos sobre un área marítima que estabasiendo explotada económicamente por Chile —pues es-timaba que la frontera marítima aún no había sido defini-da, y que los tratados que Chile invocaba como acuerdos

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2 2 LA CORTE

limítrofes eran sólo como acuerdos pesqueros—, y queconcluyera y declarase que el Perú poseía derechos so-beranos exclusivos en el área marítima situada dentro dellímite de 200millas náuticas desde su costa, pero fuera dela zona económica exclusiva de Chile o de la plataformacontinental —que Chile consideraba como alta mar, porestar a mayor latitud que el paralelo que señalaba comofrontera marítima entre ambos países—.[4]

Perú consideraba que lo adecuado era trazar el límite ma-rítimo mediante una «línea equidistante», forma de deli-mitar las fronteras oceánicas según las directrices conte-nidas en el «Manual Sobre los Aspectos Técnicos de laConvención de las Naciones Unidas sobre el Derecho delMar», publicado en 1982; allí se indica que el término en-tre dos países sería una línea cuyos puntos equidistan, esdecir, se sitúan a igual distancia tanto del punto más pró-ximo de un país como del punto más próximo del otro.Estos puntos de cada país no necesariamente son puntoscosteros, sino que se trata de puntos sobre las líneas debase rectas, a partir de las cuales se mide la anchura decada mar territorial. Estas líneas de base, en el borde cos-tero de tipo adyacente del norte de Chile y sur del Perú,se encuentran muy próximas a la ribera del mar.Mediante su memoria y réplica,[10][11] la República delPerú pidió a la Corte que concluyera y declarase que:

1. «La delimitación entre las respecti-vas zonas marítimas entre la Repúblicadel Perú y la República de Chile, es unalínea que comienza en el “Punto Concor-dia” (definido como la intersección con lalínea de baja marea de un arco de 10 ki-lómetros de radio, que tiene como centroel primer puente sobre el río Lluta del fe-rrocarril Arica-La Paz) y equidistante delas líneas de base rectas de ambas partes,hasta un punto situado a una distancia de200 millas marinas a partir de dichas lí-neas de base, y»

2. «Más allá del punto donde termina lafrontera marítima común, el Perú poseetítulo para ejercer derechos soberanosexclusivos sobre el área marítima que seencuentra a una distancia de 200 millasmarinas desde sus líneas de base rectas.»Traducción

En el Perú, el área indicada en su segunda petición se de-nominó «triángulo exterior» o «triángulo externo».Por su parte, mediante su contramemoria y dúplica,[12][13]la República de Chile pidió a la Corte que desestimaralas peticiones del Perú en su totalidad, y que concluyeray declarase que:

1. «Los derechos sobre las respectivaszonas marítimas entre Chile y Perú han

sido íntegramente delimitadas por acuer-do;»

2. «Tales derechos sobre las zonas maríti-mas están delimitados por una fronteraque sigue el paralelo de latitud que pasasobre el hito de la frontera terrestre entreChile y Perú más próximo al mar, cono-cido como Hito Nº 1, que tiene una la-titud de 18° 21' 00” S referida a DatumWGS84;»

3. «Perú carece de todo derecho sobre zonamarítima alguna que se extienda al surde dicho paralelo.»Traducción

2 La Corte

Palacio de la Paz, sede de la Corte Internacional de Justicia.

La sentencia fue dictada por la Corte Internacional deJusticia, principal organismo judicial de las NacionesUnidas, la cual posee jurisdicción universal, comenzó susactividades en 1946 y que tiene sede en el Palacio de laPaz, en la ciudad de La Haya (Países Bajos)....Para conocer el caso y pronunciar esta sentencia, la Corteestuvo integrada por 14 jueces titulares y 2 jueces ad hoc.Los jueces responsables del fallo fueron los siguientes:

Presidente

• Peter Tomka (de Eslovaquia).

Vicepresidente

• Bernardo Sepúlveda Amor (de México).

Jueces

• Hisashi Owada (de Japón);

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• Ronny Abraham (de Egipto);

• Kenneth Keith (de Nueva Zelanda);

• Mohamed Bennouna (de Marruecos);

• Leonid Skotnikov (de Rusia);

• Antônio A. Cançado Trindade (de Brasil);

• Abdulqawi Ahmed Yusuf (de Somalia);

• Xue Hanqin (de China).

• Joan Donoghue (de Estados Unidos);

• Giorgio Gaja (de Italia);

• Julia Sebutinde (de Uganda);

• Dalveer Bhandari (de India);

Jueces ad hoc

• Gilbert Guillaume (de Francia, designado por Perú);

• Francisco Orrego Vicuña (de Chile).

Secretario

• Philippe Couvreur.

El excanciller mexicano Bernardo Sepúlveda Amor,vicepresidente de la Corte desde febrero de 2012.

El diplomático japonés Hisashi Owada, que entre 2009y 2012 ocupó la presidencia de Corte.

Antônio A. Cançado Trindade, brasileño, jurista deDerecho internacional y profesor de la Universidad deUtrecht, juez de la Corte desde febrero de 2009.

3 La sentencia

3.1 Comunicación

El día lunes 27 de enero de 2014, a partir de las 14:00UTC, el presidente de la Corte, Peter Tomka, dio lectura aun resumen de la sentencia,[2] en una exposición realizadaen el Gran Salón de la Justicia del Palacio de la Paz, frentea las delegaciones de ambos países litigantes, y que tomócerca de dos horas.La lectura del resumen se hizo en inglés, uno de los dosidiomas oficiales de la Corte, y además se ofreció una tra-ducción simultánea del mismo, no oficial, en español, enconsideración al idioma utilizado en los países litigantes.Al finalizar la lectura del resumen, se hizo entrega a losagentes de ambos países de una copia íntegra y oficial dela sentencia. La sentencia, redactada en francés e inglés,y cuyo texto oficial es aquél en inglés, indica que fue dic-tada en el Palacio de Justicia, La Haya, a 27 de enero de2014.[1]

3.2 Decisión

La Corte decidió:[1]

1. Por 15 votos a 1 (Gaja), que el punto de inicio de lafrontera marítima es la intersección del paralelo delatitud que cruza el Hito Nº 1 con la línea de baja-mar.

2. Por 15 votos a 1 (Sebutinde), que el segmento inicialde la frontera marítima sigue el paralelo de latitudque pasa sobre el Hito Nº 1.

3. Por 10 votos a 6 (Tomka, Xue, Gaja, Sebutinde,Bhandari, Orrego Vicuña), que ese segmento inicialcorre sobre hasta un punto (Punto A) situado a ladistancia de 80 millas marinas, desde el punto deinicio de la frontera marítima.

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4 3 LA SENTENCIA

Mapa esquemático del resultado del fallo.Simbología

: Aguas chilenas no disputadas.: Aguas peruanas no disputadas.: Aguas donde Chile ejercía derechos soberanos y que Perú

solicitaba a la Corte que se le asignase por estar más próximas asus líneas de base rectas; en el fallo se mantuvieron bajo sobera-nía chilena.

: Aguas donde Chile ejercía derechos soberanos y que el fallootorgó al Perú.

(A): Aguas que Chile consideraba alta mar y que el fallootorgó al Perú.

Aguas consideradas alta mar por ambos países.Punto A: El punto que marca las 80 millas marinas sobre el pa-ralelo, que pasa sobre el Hito Nº 1, desde el punto de inicio de lafrontera marítima.Punto B: El punto que marca la intersección de la línea, queinicia en el punto anterior, equidistante desde las costas ambospaíses, con el límite de las 200 millas marinas medidas desde laslíneas de base de Chile.Punto C: El punto de término del límite marítimo binacional se-gún el fallo, que marca la intersección de las 200 millas marinasmedidas desde las líneas de base de ambos países.1: El punto extremo en donde Chile ejercía derechos soberanos(200 millas sobre el paralelo).2: Línea equidistante entre las líneas de bases rectas de ambospaíses, que según el Perú, debía ser el límite marítimo; el fallo ladesestimó.3: Punto donde comienza la frontera marítima binacional segúnel fallo..

4. Por 10 votos a 6 (Tomka, Xue, Gaja, Sebutinde,Bhandari, Orrego Vicuña), que desde el Punto Ala frontera marítima continúa en dirección sudoes-te sobre una línea equidistante desde las costas dePerú y Chile hasta su intersección (Punto B) con ellímite de las 200 millas marinas medidas desde laslíneas de base de Chile. Luego, desde el Punto B, lafrontera marítima continúa hacia el sur hasta el pun-to de intersección (Punto C) con el límite de las 200millas marinas medidas desde las líneas de base deambos países.

5. Por 15 votos a 1 (Orrego), que por las razones con-tenidas en el fallo (párrafo 189) no es necesario re-solver la parte final de la segunda petición del Perú(la del «triángulo exterior»).

Detalle del Hito 1, la línea de baja marea y el Punto Concordia.La Corte indicó que la frontera marítima inicia en la intersec-ción entre el paralelo geográfico que pasa por el Hito Nº 1 con lalínea de baja marea. La Corte señaló que no estaba llamada atomar una posición en cuanto a la ubicación del Punto Concor-dia, donde empieza la frontera terrestre entre ambos países.

La Corte no especificó las coordenadas del punto indica-do en la decisión 4, pero le asignó el nombre de “PuntoA”. Dicho punto se encuentra a 80 millas marinas de lacosta chilena más próxima en el puerto de Arica, y a 45millas marinas de la costa peruana más cercana, esto es,el puerto de Ilo, en el Departamento de Moquegua. Tam-poco especificó las coordenadas de los puntos B y C.La definición de los llamados puntos A, B y C hizo in-necesario que la Corte se pronunciara sobre la segundasolicitud peruana, por falta de objeto (punto decisorio 5),ya dicha área le fue otorgada conforme a los puntos ante-riores de la decisión (puntos decisorios 3 y 4).La Corte señaló (párrafo 175) que no está llamada a to-mar una posición en cuanto a la ubicación del Punto Con-cordia, donde empieza la frontera terrestre entre ambospaíses, e hizo presente que podría ser posible que el pun-to antes mencionado no coincida con el punto de partidade la frontera marítima, que ella misma definió, sin em-bargo, observó que tal situación sería consecuencia de losacuerdos alcanzados entre las partes.

3.2.1 Detalles del fallo

Algunos detalles de la lectura del fallo efectuada por elpresidente de la Corte, Tomka, fueron:

• Que las pronunciaciones unilaterales del año 1947no establecen el límite marítimo lateral entre ambospaíses.

• Que la Declaración de Santiago de 1952 es un tra-tado internacional, pero no definió una frontera ma-

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3.2 Decisión 5

rítima lateral correspondiente a las zonas marítimasgenerales de los países partes, y que sus disposicio-nes no van más allá de definir el límite de ciertaszonas marítimas insulares con aquellas zonas maríti-mas generadas por las costas continentales que com-prenden dicha zonas marítimas. Sin embargo, indicaque dichos elementos podrían sugerir un desarrollosobre un entendimiento de naturaleza mas generalsobre su frontera marítima, a la luz de acuerdos pos-teriores.

• Que el Convenio sobre zona especial fronteriza ma-rítima de 1954 reconoce en un acuerdo internacionalvinculante que ya existe una frontera marítima, si-guiendo el paralelo, pero no indica cuándo y de quémanera esa frontera fue acordada, de lo cual se de-duce que sólo refleja un acuerdo tácito al que habíanllegado con anterioridad.

• Que la misma tampoco da ninguna indicación de lanaturaleza de la frontera marítima ni su extensión.

• Que ambos países pactaron una frontera marítimapara todo propósito y que se extiende necesariamen-te, siguiendo el paralelo, por lo menos, a la distanciahasta la cual la actividad de pequeñas embarcacio-nes pesqueras era realizada entonces, en considera-ción al objetivo específico del Convenio de 1954.

3.2.2 Anexos

Algunos de los jueces incluyeron, conforme al procedi-miento ante la Corte, opiniones separadas y disidentes,en donde se expresaban de manera particular y más de-talladamente su parecer sobre el fallo de la Corte y susposiciones respecto a las cuestiones debatidas, las cualesse incluyeron en anexos.

• El presidente Tomka añadió una declaración sobreel fallo de la Corte:[14] en ésta manifiesta su acuerdocon la decisión de la Corte, según la cual, la fronteramarítima entre el Perú y Chile inicia en la intersec-ción entre el paralelo de latitud que pasa por el HitoNº 1 y la línea de bajamar, y con que la frontera ma-rítima sigue el paralelo de latitud; sin embargo, di-fiere de sus diez colegas en cuanto se decidió que lafrontera acordada termina a una distancia de 80 mi-llas contadas desde su punto de inicio, manifestandosu imposibilidad de apoyar el trazado de la fronteramarítima efectuado de novo desde ese punto haciaadelante.[2]

• El vicepresidente Sepúlveda-Amor agregó una de-claración sobre el fallo de la Corte:[15] en ésta ex-presa serias reservas en relación con el razonamientode la Corte que sustenta la existencia de un acuerdotáctico sobre la delimitación marítima.[2]

• El juez Owada añadió una opinión separada al fallode la Corte:[16] en ésta señala que, aceptado las con-clusiones contenidas en los párrafos operativos delfalo, no le es posible asociarse completamente conel razonamiento que precede las conclusiones de laCorte en relación con la delimitación concreta de lafrontera marítima entre el Perú y Chile.[2]

• El juez Skotnikov agregó una declaración sobre elfallo de la Corte:[17] en ésta expresa que ha votadoa favor de las conclusiones de la Corte en la cláusu-la operativa del fallo; sin embargo, no está acuerdocon el tratamiento que la Corte hizo del asunto re-lativo a la extensión de la frontera marítima entre elPerú y Chile; no está convencido con el argumentode la Corte, según el cual, el estado de aceptacióninternacional general en relación con los derechosmarítimos de los Estados durante los años 1950 in-dica que era poco probable que las Partes hubieranestablecido sus fronteras marítimas hasta una dis-tancia de 200 millas náuticas; tampoco está conven-cido con el tratamiento que le otorgó la Corte a va-rias prácticas, entre ellas, actividades pesqueras y deejecución, como determinativas de la extensión dela frontera marítima acordada; y concluye que dadoque el tratamiento otorgado por las Partes a la ex-tensión de la frontera marítima acordada carece dela claridad que hubiera sido esperada, ha sido posi-ble para él sumarse al voto favorable mayoritario altercer párrafo operativo.[2]

• Los jueces Xue, Gaja, Bhandari y el juez ad hocOrrego Vicuña añadieron una opinión disidente con-junta al fallo de la Corte:[18] en ésta consideran que,del texto del párrafo IV de la Declaración de 1952sobre Zona Marítima (la Declaración de Santiago)implica que el paralelo que paso sobre el punto enque llega al mar la frontera terrestre representa lafrontera lateral entre las Partes como consecuenciade las zonas marítimas generadas por sus costas con-tinentales; sobre la base de las reclamaciones marí-timas de las Partes según fueron consagradas en laDeclaración de Santiago, esta frontera se extiendehasta 200 millas náuticas; algunos acuerdos subsi-guientes entre las Partes confirman esta interpreta-ción de la Declaración de Santiago, en particular, elConvenio de 1954 relativo a la Zona Especial Fron-teriza Marítima (el Convenio de 1954), el Protoco-lo de Santiago de Adhesión a la Declaración sobre“Zona Marítima” (el Protocolo de 1955) y el actade 1968 sobre la instalación de faros entre el Perú yChile (el acta de 1968).[2]

• La juez Donoghue agregó una declaración sobre elfallo de la Corte:[19] en ésta destaca que los argu-mentos de ninguna de las Partes resultaron convin-centes para la Corte; observa que las Partes no abor-daron la existencia o los términos de un acuerdo táci-to, y no presentaron evidencia enfocada específica-mente en la extensión de esa frontera; que ninguna

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6 4 REACCIONES AL FALLO

de las Partes abordó la posibilidad de que el seg-mento inicial de la frontera marítima hubiera sidoestablecida mediante acuerdo de las Partes, dejandoque la parte restante del límite fuera determinadosobre la base del Derecho internacional consuetudi-nario; por ende, la Corte abordó estas cuestiones sinel beneficio de los puntos de vista de las Partes.[2]

• El juez Gaja añadió una declaración sobre el fallo dela Corte:[20] en ésta indica que, tal como fue expli-cado en la opinión disidente conjunta, la delimita-ción marítima entre Chile y el Perú de conformidadcon la Declaración de Santiago sigue el paralelo delpunto en que llega al mar la frontera terrestre; aun-que por razones prácticas las Partes posteriormentehan utilizado un hito ubicado cerca de ese punto pa-ra los propósitos de identificar su frontera marítima,no existe evidencia de que ellos alguna vez alcanza-ran un acuerdo para adoptar como punto de partidaun punto diferente al referido en la Declaración deSantiago.[2]

• La juez Sebutinde agregó una opinión disidente alfallo de la Corte:[21] en ésta expresa su desacuer-do con las conclusiones de la Corte en relación conlos méritos de la disputa según fueron expuestos enlos puntos 2, 3 y 4 del párrafo operativo del fallo;en particular, está manifiesta su desacuerdo con laconclusión de la Corte, según la cual, sobre la basedel acuerdo tácito entre las Partes, es posible cole-gir que una frontera marítima general ya existe en-tre las Partes a lo largo del paralelo de latitud quepasa sobre el Hito Nº 1; y considera que la Cortedebió haber determinado la totalidad de la fronte-ra marítima entre las Partes de novo, aplicando alefecto su bien establecido método de delimitaciónde tres pasos, con el propósito de alcanzar un resul-tado equitativo.[2]

• El juez ad hoc Guillaume añadió una declaración so-bre el fallo de la Corte:[22] en ésta señala que está deacuerdo con la decisión de la Corte y comparte elenfoque que ella ha adoptado y, adicionalmente, ex-plica que también ha aceptado la solución adoptadapor la Corte en relación con el punto de inicio de lafrontera marítima; añade, sin embargo, que esto deninguna forma prejuzga la ubicación del punto ini-cial de la frontera terrestre y cuya determinación nocorresponde a la Corte; las Partes difieren en la ubi-cación de este punto y él tiende a creer que no estáubicado en el Hito Nº 1, el cual está localizado tie-rra adentro, sino en el punto de intersección entre elOcéano Pacífico y un arco con un radio de 10 kmque tiene su centro en el puente sobre el río Lluta.[2]

• El juez ad hoc Orrego Vicuña emitió una opiniónseparada sobre el fallo de la Corte, en parte concu-rrente y en parte disidente:[23] en ésta explica aque-llos aspectos del fallo con los cuales concurre y aque-llas materias con las que disiente. Entre las prime-

ras se encuentra, en primer lugar, el punto de iniciode la delimitación marítima, establecida en el pun-to en que el paralelo que pasa sobre el Hito Nº 1se interseca con la línea de bajamar; igual impor-tancia le agrega al reconocimiento del paralelo co-mo un criterio para efectuar la delimitación marí-tima hasta una cierta extensión; la de reconocer laexistencia de una frontera marítima única, y que elDominio Marítimo sea aplicado de forma concor-dante con la Convención sobre el Derecho del Mar.La disidencia se refiera al establecimiento del puntofinal del paralelo utilizado para efectuar la delimita-ción marítima a una distancia de 80 millas náuticas,una decisión que no encuentra soporte en el Dere-cho aplicable bajo las Declaraciones presidencialesde 1947, la Declaración de Santiago de 1952 y elConvenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítimade 1954, o en la práctica abundante tanto de Perúcomo de Chile; además, el efecto combinado de lalínea equidistante que el falló siguió desde el puntofinal del paralelo y el área del “triángulo exterior”,cuando se añaden a los derechos marítimos del Pe-rú, generan como resultado una asignación despro-porcional de áreas marítimas a cada Parte.[2]

4 Reacciones al fallo

4.1 Declaraciones de los agentes ante laCorte

El líder del equipo jurídico presentado por Chile, Alberto vanKlaveren, fue uno de los primeros chilenos en comentar el resul-tado del fallo.

El agente peruano ante la Corte, Allan Wagner, fue el

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4.2 Declaraciones oficiales y otras reacciones 7

primero realizar una declaración tras conocerse el fallo:

«Deseo agradecer al presidente de la Cortede Justicia, a los magistrados, y a todo el perso-nal de esta prestigiosa institución por la dedica-ción que han puesto durante estos seis años pa-ra solucionar el conflicto marítimo entre Chiley Perú» [...]«La apreciación oficial será dada a conocer porel presidente de la República y la canciller enlas próximas horas».[24]

El agente de Chile ante la Corte, Alberto van Klaveren,luego de que la sentencia fuere comunicada, señaló que:

[...] «La Corte ha reafirmado la vigenciadel paralelo limítrofe que pasa del Hito núme-ro 1, como la frontera marítima de Arica paratodo efecto. Eso es suelo, subsuelo y columnade agua» [...]«La Corte Internacional de Justicia tambiénha efectuado una modificación del límite de200 millas, reduciendo la extensión del pa-ralelo. Lamentamos profundamente esta re-solución que, en nuestra opinión, carece defundamento».[25]

4.2 Declaraciones oficiales y otras reaccio-nes

4.2.1 En Chile

El presidente en ejercicio, Sebastián Piñera, manifestóque:

«la Corte Internacional de Justicia de LaHaya ha confirmado en lo sustancial los argu-mentos de la posición chilena. En efecto, la Cor-te, por 15 votos a 1, ha reconocido la existenciade un acuerdo de límite marítimo y que ese lími-te marítimo es, en parte, un paralelo geográfico.Y, adicionalmente, también por 15 votos a 1, haconfirmado que ese paralelo pasa por el Hito 1y no por el punto 266, y que ese Hito 1 cons-tituye el punto inicial del límite marítimo entreChile y Perú... En consecuencia, la confirma-ción por parte de la Corte de La Haya que lafrontera marítima comienza en el paralelo delHito 1, ratifica nuestro dominio sobre el trián-gulo terrestre respectivo».[26]

Aseguró que el gobierno de Chile acatará el fallo de laCorte de La Haya, y que su implementación se hará encoordinación con la presidenta electa Michelle Bache-let.[6]

El Ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo MorenoCharme, señaló que “lo que estamos transfiriendo no es

Sebastián Piñera fue el presidente de Chile que estaba en ejercicioal conocerse el fallo.

territorio, lo que vamos a entregar son sólo los derechoseconómicos sobre eso, hoy día pesca, que significa el 0,1% de la pesca que hay en esa zona”.[27]

4.2.2 En el Perú

Inmediatamente de darse a conocer el resultado del con-tencioso de límites, el expresidente peruano Alan Garcíacelebró el fallo de la Corte de La Haya y pidió a mante-ner una relación binacional armónica.[28] Además, escri-bió un tuit en donde exclamó: «¡Justicia! En este día deemoción, demos gracias a Dios con un Padre Nuestro pornuestra Patria. ¡Viva el Perú!»[29]

El presidente en ejercicio, Ollanta Humala, aseguró que:

«[...] El triángulo exterior es nuestro. Hoyes una fecha histórica, en vísperas de celebrarel bicentenario de la independencia del Perú.¡Qué mejor que una instancia internacional re-conocida, como La Haya, que ha reconocidonuestros derechos soberanos, que ha reconoci-do la justicia de nuestra causa y que hoy díanos permite modificar para bien el mapa dePerú!»[30]

Asimismo señaló que la sentencia de la Corte otorgóal Perú alrededor del 70 % de lo que pretendía con lademanda.[30] A su vez, uno de los abogados extranjeros

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8 4 REACCIONES AL FALLO

Ollanta Humala fue el presidente del Perú que estaba en ejercicioal conocerse el fallo.

que integraron el equipo del Perú, el jurista italiano Tu-llio Treves, consideró que el fallo resultó «muy favorable»para ese país, el cual según él ganó «al menos el 80 % delproceso».[31]

Si bien entre los peruanos las voces mayoritarias marca-ban optimismo frente al resultado del fallo, también hubovoces críticas, las que hicieron hincapié en que la Corteconcedió la zona próxima a la costa de Tacna (la más ricaen recursos pesqueros) a la soberanía chilena,[32] siendoel área adjudicada al Perú frente a Tacna sólo rica en re-cursos pesqueros de altura como el tiburón, perico, pezespada, pota, jurel y caballa.[33]

Los pescadores artesanales de Tacna. El presidente de susindicato, David Patiño, señaló que:

«Los pescadores (artesanales) no puedencostear el traslado hasta la zona que han consi-derado en el fallo. Supongo que eso beneficiaráa la pesca industrial que tiene las embarcacio-nes y el equipo necesario. Solo les digo que elpescador artesanal no ha ganado nada».[34]

El Primer Ministro César Villanueva señaló al día si-guiente del Fallo que “se tiene previsto enviar buques deinvestigación a la zona y realizar “lo antes posible” ac-ciones operativas junto al Ministerio de la Producción yal Instituto del Mar del Perú (Imarpe). Indicó que: “Po-demos tomar posesión desde ahora mismo. Tenemos que

trabajar en la investigación, conocer mucho más esa zonay que los empresarios y pescadores puedan explotar (losrecursos hidrobiológicos)”.[35] Esto, un día después queel Presidente chileno Sebastián Piñera planteara la nece-sidad de “acuerdos entre las partes” para materializar laresolución del tribunal internacional.[36]

4.3 Repercusiones en la prensa

La noticia monopolizó la atención de los medios perio-dísticos de ambos países en sus ediciones del 27 de enerode 2014 y del siguiente. El fallo ocupó las portadas de lamayoría de las revistas y los diarios.Las portadas de los periódicos de las ediciones del 28 deenero de 2014 trataron el hecho de la siguiente manera:

En Chile

• El Mercurio: «Corte de La Haya reconoció parcial-mente los derechos de Chile».[37]

• La Tercera: «Corte ratifica límites de Chile, pero re-duce su Zona Económica Exclusiva».[38]

• LaCuarta: «¡No fue bacán, pero salvamos!. Cáchesecompletito el fallo de La Haya».[39]

• Las Últimas Noticias: «Las mejores tallas del fallode La Haya».[40]

• Estrategia: «Validan paralelo desde el Hito I co-mo frontera marítima y Chile conserva riquezapesquera».[41]

• HoyxHoy: «Fallo fijó el límite desde el Hito 1 hastala milla 80».[42]

• La Estrella de Arica: «Chile y Perú se comprometena acatar fallo de los jueces».[43]

• La Estrella de Iquique: «Piñera: Fallo cautela el marterritorial».[44]

• El Longino: «Iquiqueños opinan del fallo de LaHaya».[45]

• El Mercurio de Antofagasta: «Corte de La Hayaacepta límite y crea nueva línea equidistante».[46]

• El Mercurio de Calama: «El Tribunal de LaHaya reconoce límite marítimo y crea líneaequidistante».[47]

• La Estrella de Antofagasta: «Un fallosalomónico».[48]

Page 9: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

4.3 Repercusiones en la prensa 9

• El Diario de Atacama: «La Haya valida límite en elmar y fija línea equidistante en zona económica».[49]

• El Día: «La Haya zanja conflicto de límites entreChile y Perú».[50]

• El Mercurio de Valparaíso: «Fallo reconoció HitoN° 1 y la frontera marina hasta 80 millas».[51]

• El Tipógrafo: «Fallo de La Haya: las diversas reac-ciones que generó en el mundo político y social».[52]

• La Prensa: «La Haya reconoció límite marítimo en-tre Chile y Perú».[53]

• El Centro: «La Haya reconoció zona pesquerachilena».[54]

• El Sur: «Corte de La Haya reconoce límite marítimoy crea línea equidistante».[55]

• Crónica Chillán: «La Haya reconoce frontera marí-tima y fija una nueva línea equidistante».[56]

• El Austral: «Fallo valida Hito I como límite y dis-minuye zona económica».[57]

• El Diario Austral de Los Ríos: «Fallo dictado porCorte de La Haya reconoce Hito I y fija líneaequidistante».[58]

• El Austral: «La Haya reconoce frontera marina ycrea línea equidistante».[59]

• El Llanquihue: «Fallo de La Haya confirma Hito 1,pero cede porción de mar a Perú».[60]

• El Divisadero: «Tribunal de La Haya define nuevolímite marítimo entre Chile y Perú».[61]

• La Prensa Austral: «Piñera lamenta pérdida de másde 20 mil km cuadrados tras fallo de La Haya».[62]

En el Perú

• El Comercio: «La Haya delimitó la frontera maríti-ma y le dio al Perú 50 mil km²».[63]

• Perú.21: «Triunfo por la paz. Corte de LaHaya otor-gó al Perú 70 % de zona marítima en disputa conChile».[64]

• Expreso: «Es un fallo salomónico. Solución “inter-media” nos devuelve soberanía sobre 50 mil kiló-metros cuadrados de mar territorial».[65]

• La República: «Recuperamos 50 mil km² del marde Grau».[66]

• Gestión: «Perú obtiene 50 mil km² más de mar,pero Chile mantiene área rica en la pesca deanchoveta».[67]

• El Peruano: «Fallo histórico. Presidente Humala: ladecisión es un triunfo de la paz».[5]

• Trome: «¡Ganamos a Chile!».[68]

• Del País: «Ganó el Perú. Ya tenemos límites marí-timos con Chile».[69]

• Diario 16: «¡Victoria de todos! Recuperamos 50000 km² de mar soberano».[70]

• Ojo: «Triunfo y bronca. Perú recupera parte del marde Grau, pero tacneños protestan».[71]

• La Primera: «Ganamos 50 mil km². La Haya fijónueva frontera marítima con Chile».[72]

• La Razón: «¡Ganamos 50 mil km² de mar deGrau!».[73]

• El Chino: «¡Ganamos! Chilenos aceptaron suderrota».[74]

• El Diario de Hoy: «Para siempre».[75]

• El Men: «¡Ganamos! El Perú recupera su soberaníay dignidad».[76]

• Correo de Lima: «Un fallo justo».[77]

• El Diario del Cusco: «Esta es la nueva frontera ma-rítima sur».[78]

• Correo de Cusco: «Cusqueños hablan sobrefallo».[79]

• Correo de Pasco: «Perú triunfa sobre Chile ganandomar y peces».[80]

• Correo de Ica: «50 mil km² de mar».[81]

• Correo de Tumbes: «Chilenos con caras largas».[82]

• Correo de Piura: «Mar de Grau gana 50 milkm²».[83]

• Correo de Lambayeque: «Piñera se lamenta».[84]

Page 10: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

10 5 EFECTOS DEL FALLO

• Correo de Moquegua: «Triunfo a medias».[85]

• Correo de La Libertad: «Desazón en Chile».[86]

• Correo de Arequipa: «Arequipa con 200millas».[87]

• Correo de Puno: «El mar es peruano».[88]

• Correo de Ayacucho: «Perú gana 50 mil km² demar».[89]

• Correo de Chimbote: «Ganamos mar, pero noanchoveta».[90]

• Correo de Huancavelica: «Perú gana 50 mil km² demar».[91]

• Correo de Huancayo: «Una sentencia conjusticia».[92]

• Correo de Tacna: «Tacna seguirá sin mar».[93]

En Ecuador

• Hoy: «Lío Chile-Perú: La Haya dio ayer un fallo sa-lomónico. En Lima celebran y en Santiago de Chilehay descontento».[94]

• El Universo: «Perú gana zona marítima a Chile trasfallo judicial».[95]

• Diario Expreso: «El fallo del litigio marítimo satis-face a Perú y a Chile».[96]

• ElMercurio: «El fallo da parte de razón a Chile perobeneficia a Perú».[97]

En Bolivia

• El Diario: «Fallo favorece a Perú».[98]

• LaRazón: «Bolivia espera que LaHaya actúe con “lamisma equidad” sobre su demanda con Chile».[99]

• El Día: «La Haya cede a Perú una parte del marchileno».[100]

En la Argentina

• La Nación: «Salomónico fallo sobre la frontera deChile y Perú».[101]

• Diario Popular: «Fallo histórico: Perú tendrá partedel Pacífico que controlaba Chile. Lo dispuso Cortede La Haya».[102]

• Diario Los Andes: «La Haya: Perú festeja y Chile selamenta».[103]

5 Efectos del fallo

5.1 Adjudicación de áreas y derechos sobrelas mismas

De acuerdo al punto 4 de la conclusiones de la sentenciade la Corte, una superficiemarítima de 21 928 km²,[5] queera considerado por Chile como parte de su zona econó-mica exclusiva y por tanto explotado como mar patrimo-nial, pasó a formar parte de la zona económica exclusi-va del Perú —dentro del denominado Mar de Grau—, alestar situada a menos de 200 millas náuticas de sus cos-tas. Dicha zona representa el 57,3 % del área marítimachilena que era objeto de disputa —y que es conocidacomo «triángulo interno» por el Perú—. Respecto al res-tante 42,7 %, equivalente a 16 352 km², la Corte rati-ficó, respectivamente, la soberanía —como mar territo-rial— y los derechos soberanos —como zona económicaexclusiva— de Chile sobre dicha área.[5]

Asimismo, un área de una superficie marítima de 28 356km²,[5] situada a menos de 200 millas náuticas de las cos-tas del Perú y fuera de las 200 millas náuticas de Chile, lamisma que era considerada por este país como alta mar—y denominada como «triángulo externo» por el Perú—, ahora forma parte del mar peruano, como zona econó-mica exclusiva, de modo tal que este país podrá explotaren forma exclusiva sus recursos, además de cobrar rega-lías a terceros que deseen operar en dichas aguas. Dichazona, además, formaba parte del llamado mar presencialde Chile.[104]

De ese modo, tras la expedición del fallo, el ejercicio delos derechos de soberanía de ambos estados en la zonaen disputa se ha modificado en parte, como consecuen-cia del nuevo límite establecido por la Corte, en tanto seconfirmó la soberanía y derechos soberanos de Chile enla zona más próxima a su costa —hasta las 80 millas náu-ticas desde sus líneas de base—, y se reconoció al Perúderechos soberanos a partir de dicho punto y hasta las200 millas náuticas desde sus líneas de base, siguiendouna bisectriz.

5.2 Impacto económico

El Presidente chileno Sebastián Piñera aseguró que:

«Es importante destacar que la casi totali-dad de la pesca existente en la zona norte denuestro país se produce al este de la milla 60.En consecuencia, se produce íntegramente den-tro de la Zona Económica Exclusiva de nuestropaís, reconocida por la Corte. En consecuencia,el fallo confirma que Chile conserva la casi to-talidad de sus derechos de pesca y muy especial-mente sus derechos de pesca de nuestros pesca-dores artesanales»[105]

Page 11: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

11

La anchoveta (Engraulis ringens) es el producto pesquero másimportante de los que habitan las aguas objeto de este fallo jurí-dico.

No obstante, agregó que:

«Esta decisión de la Corte significa que Chi-le debe ceder derechos económicos en una zo-na de aproximadamente 20 a 22 mil kilómetroscuadrados... Si bien en esta zona Chile mantieneen plenitud sus libertades de navegación marí-tima y navegación aérea, sin duda, esta cesiónconstituye una lamentable pérdida para nuestropaís».[106]

Según expertos pesqueros chilenos, las 80 millas náuticasque Chile conserva son esenciales para la captura de laanchoveta (Engraulis ringens).[107]

El Ministro de Economía de Chile, Félix de Vicente, ase-guró que “Prácticamente la totalidad de la pesca de laregión de Arica y Parinacota se produce al este de la mi-lla 60, es decir íntegramente dentro de los límites quemantiene Chile. La pesca en “altura”, que corresponde alas especies palometa, jurel, tiburón, albacora y bacalao,que se podría ver parcialmente afectada, representa cercade un 0,1 % de la pesca de la región”.[108]

Sin señalar cifras, la Presidenta de la Sociedad Nacionalde Pesquería del Perú (SNP), Elena Conterno, manifestóque el fallo no incrementará la captura de anchoveta enel Perú, ya que este recurso se concentra en las prime-ras millas marinas y que el mar otorgado beneficiará a lapesca de altura. En dicho mar, señaló, las especies que síse pueden encontrar son el tiburón, perico, pez espada ypota, así como jurel y caballa.[109]

6 Diferencias de interpretación delfallo

7 Ejecución e implementación delfallo

7.1 Exploración por el Perú de las áreasadjudicadas

Al día siguiente de la comunicación del fallo, el 28 deenero de 2014, dos naves de la Marina de Guerra delPerú ingresaron a la zona conocida como «triángulo ex-terno», la patrullera guardiamarina “San Martín” y el bu-que de investigación científica “Melo”, para realizar ta-reas de exploración,[118][119] y pocos días después, el 8 defebrero de 2014, otras dos naves peruanas, el buque “JoséOlaya Balandra” y una patrullera, realizaron una expedi-ción en un sector de la zona denominada como «triángulointerno», con el objeto de determinar el potencial de pes-ca del área,[120] —ambas áreas reconocidas por la Cortecomo parte de la zona económica exclusiva del Perú—,actos mediante los cuales la República del Perú comenzóa ejercer sus derechos de soberanía y jurisdicción en lazona, de acuerdo al Derecho Internacional como se en-cuentra reflejado en el artículo 56 de la Convención delas Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

7.2 Reunión de coordinación entre minis-tros del Perú y Chile

El 6 de febrero de 2014 se realizó en Santiago de Chileuna reunión del Comité Permanente de Consulta y Coor-dinación Política entre el Perú y Chile —denominada«reunión 2+2»—, encabezada por los ministros de Re-laciones Exteriores y de Defensa de ambos países, EdaRivas y Pedro Cateriano —del Perú— y Alfredo Mo-reno y Rodrigo Hinzpeter —de Chile—, para tratar losaspectos vinculados a la ejecución del fallo de la Corte,la cual se extendió por casi 14 horas.[121] Al término dela reunión se dio lectura a una declaración conjunta denueve puntos.[122]

En la referida declaración se expresó, entre otras cosas,que:[122]

2. Los Ministros toman nota del mandatocontenido en el párrafo 197 del Fallo, queencomendó a los países la tarea de determinarlas coordenadas geográficas precisas de lalínea de la frontera marítima, “en conformidadcon el Fallo y con espíritu de buena vecindad”.De acuerdo a ello, los Ministros encomiendana los organismos competentes de ambos paísesllevar a cabo las tareas identificadas en elAnexo adjunto, de acuerdo al cronograma allí

Page 12: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

12 7 EJECUCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL FALLO

señalado.

3. Conforme a lo dispuesto por la CorteInternacional de Justicia en el párrafo 178 delFallo, el Perú ejercerá sus derechos y obliga-ciones en toda su zona marítima, en formaconsistente con el Derecho Internacional comose encuentra reflejado en la Convención de1982, tanto respecto de Chile como frente aterceros Estados. Chile declara, a su vez, quecontinuará ejerciendo sus derechos y obliga-ciones en toda su zona marítima conforme a laConvención de 1982.

4.Cada país asume el compromiso de efec-tuar la identificación de su normativa internaque pudiere ser inconsistente con el Fallo; 2 te-niendo en cuenta lo antes expresado, y proce-derá a adecuar dicha normativa de conformi-dad con dicho Fallo. Sin perjuicio de lo ante-rior, Chile y el Perú coinciden en que el Falloprevalece sobre su normativa interna.

Se fijó una una nueva reunión 2+2, para el 24 y 25 demarzo, con el fin de concluir con las tareas vinculadasa la ejecución del fallo, que se llevará a cabo en Lima,Perú.[121]

7.3 Retiro de boya DART de aguas adju-dicadas al Perú

Como parte del proceso de implementación y cumpli-miento del fallo, fijado en el cronograma elaborado tras lareunión 2+2, el 09 de marzo de 2014 el gobierno de Chileretiró y trasladó una boya de profundidad DART (Deep-ocean Assessment and Reporting of Tsunamis), destinadaa la evaluación y reporte de tsunamis, que se encontra-ba en aguas que estuvieron bajo su dominio, pero quefueron adjudicadas al Perú por la Corte. Dicha labor fuerealizada por el Buque de Investigación Científica “Cabode Hornos AGS-61”, de la Armada de Chile, en presen-cia de la embarcación de la Marina de Guerra del Perú“Guardiamarina San Martín PO-201”, que se encontrabarealizando actividades de patrullaje en el área.[123][124]

7.4 Determinación de las coordenadas dela frontera marítima

Las coordenadas exactas de la frontera marítima entre elPerú y Chile no fueron establecidas en el fallo de la Corte,por lo cual ambos países convinieron en fijarlas durante elmes de marzo de 2014, conforme al acuerdo de la reunión2+2 celebrada el 6 de febrero del mismo año,[121] en lacual se aprobó un cronograma de trabajo.[125]

Como consecuencia de dicho acuerdo, el 17 y 18 de fe-brero de 2014, se reunió una comisión de autoridades,

69°70°71°72°73°74°75°76°77° 68°

69°70°71°72°73°74°75°76°77° 68°

16°

17°

18°

19°

20°

21°

16°

17°

18°

19°

20°

21°

18° 21' 00.42''70° 22' 49.80''

18° 21' 00.42''71° 46' 56.23''

18° 37' 46.94''72° 02' 01.13''

18° 53' 23.91''72° 20' 24.42''

19° 17' 23.40''72° 47' 33.04''

19° 21' 03.52''72° 51' 48.05''

19° 24' 08.15''72° 55' 39.04''

19° 52' 42.20''73° 36' 12.17''

19° 58' 24.38''73° 45' 11.78''

20° 11' 54.41''73° 43' 50.58''

Ilo

Tacna

Arica

P E R Ú

C H I L E

BOLIVIAPunta Coles

Cabo LobosPunta Argolla

Punta Madrid

Punta Gorda

Punta Islay

Punta Pichalo

Punta Barrientos

Puerto Mollendo

Punto Inicio Frontera Marítima

N

E

S

O

SESO

NENOOCÉANO PACÍFICO

A

B

C

Coordenada fija de trazado de límite marítimoCoordenada de punto de inflexión en el límite marítimo

LEYENDA

200 millas náuticas desde la costa peruanaFrontera marítima y/o terrestre

200 millas náuticas desde la costa chilenaLínea de equidistancia

A Punto situado a la distancia de 80 millas náuticas

B Punto final de la frontera marítima a

C Punto final de la frontera marítima (intersecciónde las 200 millas náuticas de ambos países)

lo largo de la línea de equidistancia

desde el punto de inicio de la frontera marítima

Representación cartográfica de la frontera marítima entre Chiley Perú con indicación de las coordenadas.

expertos y asesores chilenos y peruanos, en las oficinasdel Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armadade Chile, en Valparaíso, en la cual se precisó la metodo-logía y detalles técnicos a seguirse para los trabajos decampo, los cuales se iniciaron en Chile el 24 de febrerodel mismo año con la finalidad de determinar en la costade dicho país los puntos de base contribuyentes para lafijación de las coordenadas.[126] Una vez concluidos lostrabajos en la costa chilena, el 12 de marzo de 2014 tuvolugar una nueva reunión, en la ciudad de Arica, en la cualse analizaron y aprobaron los resultados obtenidos.[127]Posteriormente, entre los días 17 y 19 de marzo de 2014,el grupo de trabajo se trasladó a las ciudades peruanas deIlo y Mollendo para determinar los puntos de base con-tribuyentes en la costa de este país para la fijación de lascoordenadas.[128]

Finalmente, entre el 24 y 25 de marzo de 2014, las dele-gaciones técnicas de ambos países se reunieron en la sedede la Dirección de Hidrografía y Navegación de laMarinade Guerra del Perú, en Callao, donde se determinaron lascoordenadas precisas del punto de inicio de la fronteramarítima (PIFM) y de los puntos A, B y C, del trazadode la frontera marítima establecido por la Corte en su fa-llo, en base a las mediciones realizadas previamente enlas costas de los dos países. Dichas coordenadas, y su re-presentación cartográfica, se hicieron constar en un actafinal, elaborada por dichas delegaciones, las cual fue sus-crita por representantes de ambos países —Nicolás Ron-cagliolo, de la Dirección General de Soberanía, Límitesy Asuntos Antárticos del Perú, y María Teresa InfanteCaffi, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límitesdel Estado de Chile— el 25 de marzo de 2014, en la se-de del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, enLima. Con la suscripción de tal documento, quedó fija-da de manera definitiva la frontera marítima entre ambosEstados.[129][130]

A julio de 2014, las coordenadas de la frontera maríti-ma aún no habían sido informadas a las Naciones Uni-das. Tras la asunción de Gonzalo Gutiérrez Reinel como

Page 13: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

13

nuevo ministro de Relaciones Exteriores del Perú, ésteaseguro que la demora se debe a que «hay un procesoque tiene que ver con la adecuación de normas internas,tanto en Chile como en el Perú, para completar el cum-plimiento del fallo de la Corte».[131]

7.5 Adecuación de normativa interna

El 25 de marzo de 2014 se informó que el Perú adecuótres normas de su legislación interna a fin de dar cum-plimiento al fallo de la Corte de La Haya, para asegurarla libertad de navegación como lo establece el DerechoInternacional como se encuentra reflejado en la Conven-ción sobre el Derecho del Mar, eliminando la obligaciónque tenían las naves extranjeras de reportar su posición y,además, reformar algunas disposiciones sobre aeronáuti-ca civil en el Perú, sobre el libre tránsito aéreo.[130] Enefecto, se modificó el Decreto de Control y Vigilanciade Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres de 2001y se dictó la Resolución Directoral 0073-2014, modifi-cando el Sistema de Seguimiento, Control e Informaciónde Tráfico Marítimo, y el Decreto Supremo 002-2014-MTC, ajustando el reglamento de Aeronáutica Civil.[132]

En abril de 2014 se informó sobre la idea de que Perúgarantice, a través de una ley especial, el derecho de libretránsito de naves extranjeras en la nueva zona marítimabajo su control.[133]

Por otro lado, Perú preparó cambios a su Ley de Líneasde Base del Dominio Marítimo, promulgada en 2005,para adecuarla a la sentencia de la Corte Internacionalde Justicia,[133] ingresándose así un proyecto de ley alCongreso en junio de 2014, siendo aprobado por este el 8de julio de 2014 —estableciéndose dentro del sistema delíneas de base del litoral peruano un «Punto Nº 255-A»,que corresponde al punto de inicio de la frontera maríti-ma Perú-Chile, del fallo de la Corte, y elimina el «Punto266»—, promulgado por el presidente Ollanta Humala el10 de julio de 2014 y publicado al día siguiente en El Pe-ruano,[134] convirtiéndose en la Ley n.º 30.223.[135] Chilepresentó al Perú una nota con reservas en torno al conte-nido de la referida ley, en cuanto incide en las diferenciassobre el llamado «triángulo terrestre», esto es, respectoal inicio de la frontera terrestre.[136]

El 19 de agosto de 2014, el presidente Ollanta Humalafirmó un decreto supremo aprobatorio de un nuevo mapadel límite exterior, sector sur, del dominio marítimo delPerú, tras el fallo de la Corte Internacional de Justicia, enbase al trabajo realizado por la comisión binacional quedeterminó en marzo del mismo año las coordenadas pre-cisas de los límites marítimos entre Perú y Chile, seña-lando además que la frontera terrestre binacional se iniciaen el punto Concordia,[137][138] esto último basado en elTratado de Lima de 1929. Ante ello, el gobierno de Chiledio a conocer, el mismo día, una declaración pública ex-presando que en la carta del límite exterior del Perú «seabordan materias que exceden lo dispuesto en aquel fallo

y lo acordado en el mencionado Grupo de Trabajo Técni-co y Cartográfico binacional», haciendo «expresa reservaen lo que atañe a la representación del punto final de lafrontera terrestre entre ambos países».[139]

De otro lado, Chile también deberá efectuar cambios ensu legislación interna como consecuencia del fallo de laCorte de La Haya, en particular la ley referida al llamado“mar presencial chileno”. Cabe señalar que el conceptode “mar presencial” no tiene ningún reconocimiento enla comunidad internacional, como lo demuestra el hechode que la Corte en su sentencia otorgó al Perú un área de28,356 km2 (denominada “triangulo externo” en la de-manda peruana) que según la ley chilena pertenecería a su“mar presencial”. El fallo de La Haya, al demoler la tesisdel “mar presencial” obliga a Chile a modificar su legisla-ción, siendo ésta una exigencia de la Cancillería peruana.[140]

8 Véase también

• Fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigioentre Colombia y Nicaragua

• Laudo Arbitral de 1977

9 Referencias[1] Judgment Maritime Dispute (Peru v. Chile) (en inglés)

[2] Maritime Dispute (Peru v. Chile) Summary of the Judg-ment (en inglés)

[3] Maritime Dispute (Peru v. Chile) (en inglés)

[4] Case concerning maritime delimitation between the Re-public of Peru and the Republica of Chile. Applicationinstituting proceedings of the Republic of Peru (en inglés)y (en francés)

[5] «Fallo histórico. Presidente Humala: la decisión es untriunfo de la paz». El Peruano (Lima). 28 de enero de2014.

[6] «Piñera ratifica que Chile acatará fallo y anuncia coordi-nación con Bachelet para su implementación». Diario LaTercera. Santiago de Chile. 27 de enero de 2014. Consul-tado el 27 de enero de 2014.

[7] Artículo 94.2 del Reglamento de la Corte Internacional deJusticia.

[8] Art. 59 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

[9] Art. 94.1 de la Carta de las Naciones Unidas.

[10] Memorial of the Government of Peru (en inglés) -Memoria del Gobierno del Perú (en español)

[11] Reply of the Government of Peru (en inglés) - Réplica delGobierno del Perú (en español)

Page 14: Fallo de La Corte de La Haya Sobre La Delimitación Marítima Entre Chile y Perú

14 9 REFERENCIAS

[12] Counter-Memorial of the Government of Chile (en inglés)- Contramemoria del Gobierno de Chile (en español)

[13] Rejoinder of the Government of Chile (en inglés) -Dúplica del Gobierno de Chile (en español)

[14] [Declaration of President Tomka http://www.icj-cij.org/docket/files/137/17938.pdf] (en inglés)

[15] Declaration of Vice-President Sepúlveda-Amor (en in-glés).

[16] Separate opinion of Judge Owada (en inglés).

[17] Declaration of Judge Skotnikov (en inglés).

[18] Joint dissenting opinion of Judges Xue, Gaja, Bhandariand Judge ad hoc Orrego Vicuña (en inglés).

[19] Declaration of Judge Donoghue (en inglés).

[20] Declaration of Judge Gaja (en inglés).

[21] Dissenting opinion of Judge Sebutinde (en inglés).

[22] Declaration of Judge ad hoc Guillaume (en francés).

[23] Separate opinion, partly concurring and partly dissenting,of Judge ad hoc Orrego-Vicuña (en inglés).

[24] Alan Wagner agradece pero no se refiere al fallo de LaHaya Ahora Noticias, MEGA. 27 de enero de 2014.

[25] Agente chileno dice que entrega de zona post 80 millas“carece de fundamento” Diario La Tercera, de Santiagode Chile. 27 de enero de 2014.

[26] Gobierno de Chile. «Presidente Piñera: “La Corte Interna-cional de Justicia de La Haya ha confirmado en lo sustan-cial los argumentos de la posición chilena”». Consultadoel 27 de enero de 2014.

[27] La Razón. «Alfredo Moreno: “Lo entregado a Perú sonsolo derechos económicos”». Consultado el 28 de enerode 2014.

[28] Corte de La Haya define frontera marítima paralela desdeel Hito Uno hasta 80 millas de mar y una línea equidis-tante hasta las 200 millas chilenas Diario La Tercera, deSantiago de Chile. 27 de enero de 2014.

[29] AlanGarcía: Chile y Perú pueden comenzar “una senda deprogreso, desarrollo y paz” tras el fallo Diario La Tercera,de Santiago de Chile. 27 de enero de 2014.

[30] «Ollanta Humala asegura que La Haya le otorgó el 70%de lo demandado por Perú». Diario La Tercera. Santiagode Chile. 27 de enero de 2014. Consultado el 27 de enerode 2014.

[31] Jurista del equipo peruano: Ganamos el 80% del diferendoEl Comercio, de Lima. 27 de enero de 2014.

[32] Para Simon “Chile ganó carne, el Perú mucho mondongoy hueso” El Comercio, de Lima. 27 de enero de 2014.

[33] Presidenta nacional de los Pescadores Artesanales y LaHaya: “Perdemos la pesca del tiburón, bacalao y la palo-meta”

[34] Pescadores tacneños tras fallo de La Haya: “No ganamosnada” El Comercio, de Lima. 27 de enero de 2014.

[35] EMOL (Chile). «Ministro de Humala: Perú ya comenzóa ejecutar el fallo y no habrán comisiones». Consultado el28 de enero de 2014.

[36] El Mostrador (Chile). «Primer ministro peruano descartaaplicar con gradualidad el fallo y asegura que “podemostomar posesión desde ahora mismo”». Consultado el 28de enero de 2014.

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[66] «Recuperamos 50 mil km² del mar de Grau». La Repúbli-ca (Lima). 28 de enero de 2014.

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[68] «¡Ganamos a Chile!». Trome (Lima). 28 de enero de2014.

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10 Enlaces externos

• Wikimedia Commons alberga contenido multi-media sobre la controversia de delimitación ma-rítima entre Chile y Perú. Commons

• Sentencia de la Corte Internacional de Justicia de 27de enero de 2014. (en inglés)

• Resumen de la sentencia de la Corte Internacionalde Justicia de 27 de enero de 2014 (en inglés)

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18 11 TEXTO E IMÁGENES DE ORIGEN, COLABORADORES Y LICENCIAS

11 Texto e imágenes de origen, colaboradores y licencias

11.1 Texto• Fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitación marítima entre Chile y Perú Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Fallo_de_la_Corte_de_La_Haya_sobre_la_delimitaci%C3%B3n_mar%C3%ADtima_entre_Chile_y_Per%C3%BA?oldid=85433099 Colaboradores:Chvsanchez, Yakoo, Petronas, BOT-Superzerocool, Warko, CEM-bot, Laura Fiorucci, Penquista, Rosarinagazo, Coquimbano, Montgo-mery, Ggenellina, Ninovolador, CommonsDelinker, Carturo222, Fertejol, Chico512, Arafael, Edubucher, Ener6, UA31, Rodri cyberdog,Arjuno3, Sfs90, Elelch, Mathonius, Sergio Andres Segovia, Prisciliapriscilia, Grillitus, JackieBot, CHUCAO, Levatians, ProfesorFavalli,Dieter xD, Sofifiruli, MrCharro, Gianellabossio, Maasbracht y Anónimos: 46

11.2 Imágenes• Archivo:Antônio_Augusto_Cançado_Trindade.jpg Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/e/e5/Ant%C3%B4nio_Augusto_Can%C3%A7ado_Trindade.jpg Licencia: CC BY-SA 2.5 Colaboradores: Agência Brasil, image 1255ac0129.jpg Artistaoriginal: Antônio Cruz/ABr

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• Archivo:ICJ_Peru_Chile_judgment_map4.png Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/1/1e/ICJ_Peru_Chile_judgment_map4.png Licencia: Public domain Colaboradores: Judgment of 27 January 2014 Artista original: International Court of Justice.United Nations

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• File:Peru location map.svg Artista original: Shadowxfox• Archivo:Novoa_Piñera_recorte.jpg Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/e/ef/Novoa_Pi%C3%B1era_recorte.jpg Licencia: CC BY 2.0 Colaboradores: originally posted to Flickr as Presidente del Senado Artista original: Sebastián Piñera E.

• Archivo:Ollanta_Humala_(Brasilia,_March_2006).jpeg Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/a/a0/Ollanta_Humala_%28Brasilia%2C_March_2006%29.jpeg Licencia: CC BY 3.0 br Colaboradores: Original from http://img.radiobras.gov.br/Aberto/index.php/Imagens.Principal.00.0.2006-03-02. Original file name: 145482.jpeg. Artista original:Cropped (lossless) by High on a tree from a larger image showing Humala together with Brazilian president Lula da Silva.

• Archivo:Vanklaveren.JPG Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/7/7c/Vanklaveren.JPG Licencia:Copyrighted freeuse Colaboradores: http://www.minrel.gov.cl/prontus_minrel/site/artic/20080818/pags/20080818124546.phpArtista original:Ministry forForeign Affairs of Chile - Press release

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