La Permuta - Trabajo

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  • 8/17/2019 La Permuta - Trabajo

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    LA PERMUTA

    INTRODUCCION

    En Roma, al tener en sus inicios una economía eminentementeagrícola,centrada en el domus , que constituía una comunidad de vida y detrabajo del grupo familiar encabezado por el paterfamilias, surge el mercadode animales agrícolas, entre los cuales destacaban el ganado ovino y elbovino, que permitían un intercambio y una renovación constante de losanimales, los mismos que eran utilizados en las labores agrícolas; estosconstituían la pecunia; asimismo se utilizaba el metal informe, llamado aesrude, aes signatum . En ambos casos eran bienes susceptibles deintercambio y préstamo, adecuados para constituir unidades de medida y devalor económico. a pecunia comienza así a adquirir su sentido de dineroque dar! lugar a la economía monetaria y a la obligación pecuniaria.

    "lgunos estudiosos del #erec$o como %ayar, afaille, &onnecasse,'azeaud, (asca, )olín y )apitant, &arandiar!n relacionan el precioinmediatamente conel dinero. *ero otros como Rezzónico, Rubino, +!nc$ez,en algunos casos, lorelacionan con el valor pecuniario, de nición que porcierto se acercaría m!sa su verdadero signi cado.

    -o obstante, cabe aclarar que el dinero es, simplemente, una de lasformas que el $ombre $a inventado para reducir los costos de transacciónpara $acer m!s r!pidas y e cientes sus transferencias pues, como vimos,en la antig edad el uso de bienes como medio de pago, poco a poco, fueresultando menos adecuado. "sí, la permuta, que sirvió como medio deintercambio, en su real sentido, fue desapareciendo. a valorización

    absolutamente subjetiva que las partes $acían de sus prestaciones en elcontrato de permuta tuvo que dejar paso a su sucesora/ la compraventa. Elprecio, entonces, no es igual al dinero.

    El dinero es tan sólo una de las formas como se ve representado, elcual es visto como uno de los medios m!s 0tiles para minimizar los costosde transacción y ma1imizar los bene cios que provienen del intercambio debienes.

    " este respecto resulta fundamental comprender la distinción entrevalor de uso y valor de cambio para establecer la manera cómo se llegan aestablecer los precios.

    Este problema fue planteado por primera vez por el padre de la

    economía, "dam +mit$, a través de “ la paradoja del agua y el diamante 2.

    #ic$o economista indicaba que nada es m!s 0til que el agua, peroque con ella difícilmente podría comprarse algo, o muy pocas cosas podríanintercambiarse con ella. *or el contrario, un diamante con di cultad poseeun valor de uso, pero frecuentemente puede intercambiarse con él una grancantidad de bienes. os teóricos cl!sicos no pudieron resolver este dilemaporque pensaban en términos de la utilidad total que el agua y losdiamantes proporcionaban a los consumidores y no comprendían laimportancia de la utilidad marginal. os economistas marginalistas, encambio, propusieron que no es la utilidad total de un bien la que ayuda aaveriguar su valor de cambio sino la utilidad de la 0ltima unidad consumida."sí, por ejemplo, el agua es ciertamente 0til, necesaria para la vida, perocomo es relativamente abundante, el consumo de un vaso m!s ira

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    disminuyendo $asta tener un valor relativamente bajo. os marginalistasrede nieron el concepto de valor de uso sustituyendo la idea de la utilidadtotal por la idea de utilidad marginal o adicional es decir, la utilidad de unaunidad adicional de un bien.

    1.- DEFINICIÓN .-

    Es la forma más antigua de adquirir la propiedad . La permuta es el trueque decosa por cosa. En este tipo de contrato se compromete una cosa oun derecho a cambio de una contraprestación, pero no consiste en dinero , sino enotra cosa o un derecho.

    Entonces, el trueque o permuta no es sino el cambio de una cosa por la otra,la que se le asigna un valor igual. Es el convenio que primero practicó el hombre en suvida de relación, al cambiar los bienes que le sobraban por los que le hacían falta parasatisfacer sus necesidades. En ese entonces, se le denominó simplemente "trueque".

    A pesar de ser tan antigua la permuta, la compra- venta ha evolucionado enma or escala , a tal punto que todas las legislaciones del !rbe le dan más importanciaa esta que a aquella. El legislador peruano participa de ese mismo criterio pues el Art.

    #$% del && nos demuestra tal hecho, al remitirnos a las normas de la compra- venta .'ientras la compra-venta es el cambio de un bien por dinero , la permuta es el cambiode un bien por otro bien. En ambos e(iste cambio, pero se diferencian en lo quecambian.

    La permuta es un contrato bilateral, oneroso que puede asumir lasmodalidades de conmutativo por el cual ambos contratantes, como recíprocosacreedores se obligan a entregar con transferencia de dominio uno al otro, una cosa.

    Efectos de la Permuta

    a.- &ada parte ha de ser propietario de la cosa que cambia) porque la permutaes un modo de adquirir la !ro!iedad , solamente el due*o puede disponer delderecho de propiedad.

    b.- +e debe producir el cambio de una cosa por la otra, de tal manera que cadaparte del contrato sea a a la ve dador de la cosa que entrega recibidor de la cosaque recibe.

    c.- En toda permuta la parte ha de obrar con ánimo de due*o. Es decir queadquirirá la propiedad del bien recibido transmitirá la propiedad del bien entregado.

    2.- OBJETO DE LA PERMUTA.-

    La permuta tiene por ob eto la transferencia en la cosa en cr ditos o derechos . /or consiguiente la permuta puede consistir en el trueque decosas corporales o incorporales o de una corporal otra incorporal.

    0anto en el &ódigo &ivil de 1%# como en el 2iccionario 3sual de &abanellas,consideran como ob eto del contrato el intercambio de "cosas". El &ódigo &ivil de

    145, cambia cosas por " bienes " que son más amplios, pues los bienes comprendenlas cosas los derechos.

    En conclusión el ob eto del contrato de permuta es el intercambio de "bienes".

    http://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dige/dige.shtml#evohttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/doin/doin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/diccienc/diccienc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/dige/dige.shtml#evohttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/doin/doin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/diccienc/diccienc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtml

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    "#$ LA PERMUTA EN EL C%DI&O CI'IL#$

    ART(CULO )*+,.- "/or la permuta los permutantes se obligan a transferir recíprocamente la propiedad de los bienes".

    La contraprestación no es el dinero , quienes contratan son los propietarios delos bienes que se transfieren, con la capacidad de e ercicio ena enación , al igual queen la compra-venta procede la garantía por vicios ocultos.

    ART(CULO )*+".- "La permuta se rige por las disposiciones sobre compra-venta, en lo que le sean aplicables".

    +e remite a las disposiciones de la compra-venta en lo que se le seanaplicables a la permuta. En cuanto el bien, se aplicarán los Art. 678, 675)En cuanto a los efectos del contrato los Art. %#%, 66%, a 8667, con las

    e(cepciones impuestas por la naturale a de la permuta.9o se aplican a la permuta, consecuentemente las disposiciones de la compra-

    venta referentes a la venta al cr dito , pacto de reserva de dominio , tampoco, el pactode retroventa, el retracto, el precio en dinero, etc.

    &oncordancia.- Antecedentes, Art. 5#6 del && de 1%#.

    4.- FUNCIÓN ECONÓMICA.-

    +u función económica es preponderante, pues ha sido el primer contratotransmisorio de dominio cuando no se había establecido aun la moneda.

    5.- ELEMENTOS ESENCIALES.-

    +on los elementos de todo contrato: &onsentimiento, ob eto físico urídicamente posible, finalidad lícita forma prescrita ba o sanción de nulidad.

    El consentimiento debe hacerse con el ánimo de transferir la propiedad elob eto debe e(istir en la naturale-a n estar en el comercio de los hombres) así comodebe ser determinado o determinable.+u finalidad debe ser estar conforme a la le su formalidad es similar a la compra-venta.

    6.- CARACTERÍSTICAS.-

    La permuta tiene las siguientes características tipificantes:

    a. Contrato Princi!al# - La permuta es un contrato autónomo e independiente,por ser un contrato principal. 9o depende de nadie para su e(istencia valide .

    b. Contrato Conmutativo .- /orque las pretensiones de las partes sonrecíprocas. &ada uno a su turno deberá e ecutar una obligación de dar, con traslaciónde dominio.

    c. Contrato Oneroso .- En la permuta se dan bienes por eso es oneroso, peroesa entrega no importa equivalencia económica, sino equivalencia urídica.

    d. Contrato Consensual .- La permuta se perfecciona con el consentimiento delas partes contratantes.

    e. Contrato no solemne .- /ara su valide la le no e(ige forma solemnealguna. 2e ando a las partes en libertad para que adopten la forma que más les

    http://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/concepto-enajenacion/concepto-enajenacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/concepto-enajenacion/concepto-enajenacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/concepto-enajenacion/concepto-enajenacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtml

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    convenga. La entrega de los bienes forma parte de la e ecución del contrato, nosu constitución .

    7.- SUJETOS DEL CONTRATO.-

    'ientras en la compra-venta e(isten su etos diferenciados con el nombre de"comprador" "vendedor", en la permuta, los contratantes tienen un nombre com;n:"permutantes".

    8.- LEGISLACIÓN:

    La permuta no tiene legislación propia. En efecto, el Art. #$% del &ó di/o &ivildispone que la permuta se ri a por las normas del contrato de compra-venta.

    En consecuencia le son aplicables:• El Art. 6%$ sobre pago de gastos de conservación, entrega transporte ) pero

    referido a ambos permutantes, en ra ón de que ambos tienen

    similares obligaciones de conservar el bien hasta su entrega, corriendo con los gastos.• 0ambi n son aplicables a la permuta los Art. 6%8 a 655 referentes a los

    bienes.

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    &uando una de las partes obtiene una cosa, estando obligado de su lado aentregar otra cosa además dinero, ha que calificar la operación dentro de laalternativa, con un criterio cuantitativo de prevalecía, seg;n que el importe del dinerosea ma or o menor que el valor asignable a la cosa que unto con aqu l, ha depagarse, para reputar que setrata de una compraventa o una permuta.

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    Conclusiones

    >estaría, pues, emitir nuestra refle(ión acerca de la e(posición reali ada,conclu endo lo siguiente:

    a? &omo puede desprenderse del análisis de la doctrina urídica especiali adatendríamos que la lesión no e(iste en la permuta simple, pues las partes no toman encuenta el valor de los bienes que intercambian, no siendo claro si en la permutaestimatoria e(istiría la lesión , pues en palabras de sus defensores al tratarse de unavaloración sub etiva debería haber una equivalencia entre los bienes que seintercambian, siendo esta apreciación de manera absolutamente sub etiva, quedandodescartada así la lesión . La otra posibilidad es que se ha a utili ado el dinero comounidad de valor o cuenta o incluso como medio de cambio, como el precio mixto ,resultando el tratamiento de la lesión , que se presenta en la compraventa, máscercado al caso de la permuta estimatoria.

    b? /or nuestra parte consideramos que tanto en la compraventa como en lapermuta no debe aplicarse la lesión , a que uno de los requisitos de sta es ladesproporción entre las prestaciones que se intercambian, lo que tiene como punto dereferencia el llamado precio justo que no es otra cosa que un valor supuestamenteob etivo que debe servir de parámetro para establecer el valor de los bienes que seintercambian, el cual generalmente es relacionado con el precio de mercado, lo que ennuestra opinión es contrario a los avances que se han e(perimentado en el estudio dela teoría del valor, a que imponer como parámetro el precio de mercado a todas lastransacciones comerciales lo convertiría en un precio injusto , además no ha nadamás usto que el precio que han acordado las partes contratantes e erciendolibremente su autonomía privada dentro de las reglas del mercado.

    c? 9osotros pensamos que la permuta es un contrato que ha sidoincomprendidodurante cientos de a*os, lo que ha provocado sea definido de distintasmaneras. La permuta tiene una serie de variantes que han sido poco estudiadas, loque ha ocasionado sean mal interpretadas por muchos uristas obviandocaracterísticas importantes que las distinguen entre sí.

    d? /or ;ltimo, invitar a nuestros uristas a investigar las importantesconsecuenciasde este estudio que busca contribuir en la formación de un sistema

    urídico más eficiente usto, que se muestre acorde con los avances de nuestrasociedad.

    0iblio/rafia

    Albalade o, 'anuel @ 14$?: Derecho Civil @ arcelona, osch? 0omo

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