1
Análisis de la Organización y Actividad Administrativa
Administración Consultiva:El Consejo Económico y Social
2
EL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
Orígenes y naturaleza Composición Órganos Régimen económico-financiero
3
ORÍGENES Y NATURALEZA Art. 131.2 Constitución Española Ley 21/1991, de 17 de junio, de Creación
del Consejo Económico y Social (LCES) Reglamento de organización y
funcionamiento interno del Consejo Económico y Social, de 25 de febrero de 1993
Órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral
Ente de Derecho Público adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
4
COMPOSICIÓN
61 miembros Distribución:
El Presidente Grupo Primero Grupo Segundo Grupo Tercero
5
GRUPO I 20 consejeros En representación de las organizaciones
sindicales Actualmente representados:
CC.OO. (9) Convergencia Intersindical Gallega (CIG) (1) U.G.T. (9) Solidaridad de Trabajadores Vascos STV (1)
6
GRUPO II
20 consejeros En representación de las
organizaciones empresariales Actualmente representada:
CEOE – CEPYME: Confederación Española de Organizaciones
Empresariales Confederación Española de la Pequeña Y
Mediana Empresa
7
GRUPO III 20 Consejeros
14 Consejeros 3 Consejeros – Sector agrario 3 Consejeros – Sector marítimo-pesquero 4 Consejeros – Consumidores y Usuarios 4 Consejeros – Sector de la Economía social
6 Consejeros Personas con una especial preparación y
reconocida experiencia en el ámbito socioeconómico y laboral.
8
ORGANIZACIONES REPRESENTADAS EN EL GRUPO III ASAJA - Asociación Agraria Jóvenes Agricultores CEPES - Confederación Empresarial Española de la Economía HISPACOOP - Confederación Española de Cooperativas de
Consumidores y Usuarios CEACCU - Confederación Española de Organizaciones de Amas de
casa, Consumidores y Usuarios Cooperativa de Armadores del Puerto de Vigo COAG - Coordinadora de Organizaciones Agricultores y Ganaderos Federación Nacional de Cofradías de Pescadores ONPROA - Organización Nacional de Productores de Ostra y
Almeja OCU - Organización de Consumidores y Usuarios UCE - Unión de Consumidores de España UPA - Unión de Pequeños Agricultores
9
LOS MIEMBROS DEL CONSEJO Nombrados por el Gobierno A propuesta del Ministro de Trabajo y
Seguridad Social De entre los nombres presentados
por las Entidades y Asociaciones correspondientes
Rasgos principales Autonomía e independencia Mandato de 4 años renovable
10
ÓRGANOS
Órganos colegiados: El Pleno La Comisión Permanente Las Comisiones de Trabajo
Órganos unipersonales El Presidente Los Vicepresidentes El Secretario General
11
EL PLENO Integrado por:
Presidente Secretario General Miembros del Consejo
Sesiones: Sesión ordinaria: una vez al mes Sesión extraordinaria
Acuerdos: Mayoría absoluta Voto de calidad del Presidente
Dictámenes del Consejo Económico y Social Son los pareceres del Consejo No son vinculantes Puede haber votos particulares
12
LA COMISIÓN PERMANENTE Integrada por:
Presidente Secretario General 6 representantes del Grupo I 6 representantes del Grupo II 6 representantes del Grupo III
Sesiones: Ordinaria: una vez al mes Extraordinaria
Funciones principales 1. Aplicación de las líneas generales de actuación del Consejo. 2. Colaborar con el Presidente en la dirección de la actuación del Consejo. 3. Tramitación y distribución de las consultas, demandas y propuestas formuladas
al Consejo. 4. Elaborar propuesta de fijación de orden del día 5. Solicitar la convocatoria de sesiones extraordinarias 6. Preparación de documentación, informes y estudios necesarios para el mejor
conocimiento de los temas que se hayan de tratar en el Pleno. 7. Emitir los dictámenes por delegación del Pleno 8. Supervisar las actividades del Consejo, fijar su calendario y coordinar los
trabajos de los distintos órganos colegiados y comisiones del mismo.
13
LAS COMISIONES DE TRABAJO Constituidas por decisión del pleno Con arreglo al principio de proporcionalidad 2 tipos:
Carácter permanente Economía y Fiscalidad. Mercado Único Europeo, Desarrollo Regional y
Cooperación al Desarrollo. Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social. Salud, Consumo, Asuntos Sociales, Educación y Cultura. Agricultura y Pesca. Políticas Sectoriales y Medio Ambiente. Para la elaboración de la Memoria sobre la situación
Socioeconómica y Laboral de España Para cuestiones específicas
14
El PRESIDENTE D. Jaime Montalvo Correa Nombrado por el Gobierno A propuesta de los Ministros de Trabajo y Seguridad
Social y Economía y Hacienda Con el apoyo de al menos 2/3 de los miembros del
Consejo Funciones principales:
Dirigir la actuación del Consejo y ostentar la representación del mismo.
Convocar las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, presidirlas y moderar el desarrollo de los debates.
Fijar el orden del día de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente.
Visar las actas, ordenar la publicación de los acuerdos y disponer el cumplimiento de los mismos.
15
LOS VICEPRESIDENTES 2 Vicepresidentes:
Dª. Almudena Fontecha López D. Juan Jiménez de Aguilar
Elegidos por el pleno A propuesta de los representantes representantes de
los sindicatos y de las organizaciones empresariales De entre los mismos. Funciones principales:
Ejercer las funciones que el Presidente expresamente les delegue.
Sustituir al Presidente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
Colaborar con el Presidente en todos aquellos asuntos para los que sean requeridos.
16
EL SECRETARIO GENERAL Órgano de asistencia técnica y administrativa del Consejo y el depositario
de la fe pública. D. Juan Luis Nieto Fernández Nombrado y separado libremente por el Gobierno A propuesta de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y Economía y
Hacienda Con el apoyo de al menos 2/3 de los miembros del Consejo Funciones principales:
Ejercer la dirección administrativa y técnica de los distintos servicios del Consejo y velar porque sus órganos actúen conforme a los principios de economía, celeridad y eficacia.
Asistir con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo.
Extender las actas de las sesiones, autorizarlas con su firma y el Visto Bueno del Presidente y dar el curso correspondiente a los acuerdos que se adopten.
Custodiar la documentación del Consejo. Expedir certificaciones de las actas, acuerdos, dictámenes, votos particulares y
otros documentos confiados a su custodia con el Visto Bueno del Presidente. Asumir la Jefatura del personal al servicio del Consejo.
17
LOS SERVICIOS TÉCNICOS Dirección del Gabinete del Presidente Dirección de Programación de la Acción Exterior y
Relaciones Internacionales Dirección de Área de Estudios y Análisis Dirección de Área de la Gerencia Dirección de Documentación y Apoyo a los Órganos
del Consejo Dirección de Relaciones Institucionales y
Publicaciones Dirección del Gabinete del Secretario General Director de comunicación
18
FUNCIONAMIENTO Legislación aplicable Sesiones Convocatoria y quórum de constitución Dictámenes del Consejo Económico y
Social Informes del Consejo Económico y Social Régimen económico-financiero y medios
al servicio del Consejo
19
Legislación aplicable
Ley 21/1991, de 17 de junio, de Creación del Consejo
Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno aprobado por el Pleno del Consejo Económico y Social el 25 de febrero de 1993
Directrices e instrucciones que para su desarrollo dicte el propio Consejo
20
Sesiones
Públicas (Reservadas sólo si lo decide el Pleno)
Asistentes: Previa petición Miembros del Gobierno Previa invitación Autoridades o
funcionarios Regulación principal: Reglamento de
Organización y Funcionamiento Interno
21
Sesiones: Regulación principal: Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno
Procedimiento Plazos de convocatoria y el quórum
de constitución (Pleno y Comisión) Procedimiento ordinario de envío de
solicitudes de dictamen o informe a las Comisiones de Trabajo
Regula las deliberaciones del Pleno
22
Sesiones: Regulación principal: Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno
Y para los órganos colegiados del CES: Procedimiento de presentación de
enmiendas Votaciones Adopción de acuerdos Votos particulares Elaboración de las actas de las sesiones Emisión de dictámenes del Consejo
Económico y Social (ordinarios y urgentes <15 días)
23
Convocatoria y Quórum de Constitución
PLENO (sesiones): Ordinaria 1 vez al mes Extraordinaria:
A iniciativa del Presidente Acuerdo de la Comisión Permanente A solicitud de al menos veinte Consejeros.
Es necesaria la presencia de: El Presidente El Secretario General Treinta y uno de los miembros en primera
convocatoria o veinte en segunda.
24
Convocatoria y Quórum de Constitución
Comisión Permanente (Sesiones): Ordinaria 1 vez al mes Extraordinaria Cuando sea necesario
Es necesaria la presencia de: El Presidente El Secretario General Veinte de los miembros en primera
convocatoria o nueve en segunda.
25
Convocatoria y Quórum de Constitución
Comisiones de Trabajo (Sesiones): Se dotan de sus propias normas de
convocatoria y funcionamiento Es necesaria la presencia de:
La mayoría de sus miembros
26
27
Dictámenes del Consejo Económico y Social
Definición:“Pareceres del Consejo Económico y Social sobre los asuntos que, con carácter preceptivo o facultativo, son sometidos a su consulta”
Carácter (preceptivo o facultativo): No vinculante para el Gobierno.
28
Dictámenes del Consejo Económico y Social
Órgano emisor: Pleno Comisión Permanente (previa
delegación)
29
Dictámenes del Consejo Económico y Social
Estructura:1. Antecedentes2. Valoración3. Conclusiones4. Rúbricas:
Firma Secretario General Visto Bueno Presidente
5. Votos particulares
30
Informes del Consejo Económico y Social
Materia: Estudios e informes en el marco de los
intereses económicos y sociales
Solicitud: Gobierno Miembros del Gobierno Propia iniciativa del Pleno a instancia de:
El Presidente La Comisión Permanente Un grupo u once Consejeros, a través de la Comisión
Permanente
31
Informes del Consejo Económico y Social
Órgano emisor: Pleno Comisión Permanente (previa
delegación)
32
RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO Recursos económicos consignados en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado Sometidos al Régimen régimen de la
contabilidad pública y al control de carácter financiero del Ministerio.
Sometido al control del Tribunal de Cuentas Medios y Recuros Humanos:
Plena capacidad para dotarse de los medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones
Reglamento General de Contratación del Estado
33
Proceso de elaboración de un Dictamen del CES
1. Recepción de la solicitud o acuerdo de elaboración por iniciativa propia
2. Traslado a la Comisión de Trabajo 3. Trabajo en Comisión 4. Convocatoria de la sesión en la que se debatirá la
propuesta de dictamen 5. Presentación de enmiendas 6. Debate y, en su caso, aprobación de la propuesta de
dictamen 7. Votos particulares 8. Emisión del Dictamen y comunicación al órgano
solicitante
34
CES Autonómicos
35
CES Autonómicos
36
CES Autonómicos
37
CES Autonómicos
38
CES Autonómicos (CEUTA) Estatuto de Autonomía de la
Ciudad de Ceuta (art. 21.1.11) la Ciudad de Ceuta ejercerá competencias sobre:
"Fomento del desarrollo económico de la Ciudad, dentro de
los objetivos, planes y programas aprobados por el Estado"
39
CES Autonómicos (CEUTA)Ciudad autónoma de CEUTACiudad autónoma de CEUTA
CONSTITUCIÓN 10/03/1998 Sesión constitutiva del Consejo 20/03/1998 Sesión constitutiva de la Comisión
Permanente Comisiones de Trabajo permanentes:
De Economía y Fiscalidad De Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social De Salud, Consumo, Asuntos Sociales, Educación y
Cultura Para la elaboración de la Memoria De Estudio y Reforma del Reglamento del CES.
40
CES Autonómicos (CEUTA)NATURALEZA JURÍDICA:
CES-CEUTA: Órgano colegiado de carácter consultivo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta, en materia socioeconómica y laboral.
Es un ente de Derecho público, con autonomía orgánica y funcional, que goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Sus relaciones jurídicas externas se regulan por el Derecho privado.
El Consejo está adscrito a la Presidencia de la Ciudad.
41
CES Autonómicos (CEUTA)COMPOSICIÓN DEL CONSEJO:
El Consejo se compone de diecinueve miembros:
El Presidente
Grupo Primero: Seis Consejeros designados por organizaciones sindicales
Grupo Segundo: Seis Consejeros designados por organizaciones empresariales
Grupo Tercero: Seis expertos
42
CES Autonómicos (CEUTA)
ÓRGANOS
El Pleno.
La Comisión Permanente y las Comisiones de Trabajo.
El Presidente.
Los Vicepresidentes.
La Secretaría General.
43
CES Autonómicos (CEUTA)FUNCIONES:
1.- Emitir dictamen, con carácter preceptivo, sobre:
a) Anteproyectos, proyectos y planes generales del Gobierno Local en materia económica, social y laboral.
b) Anteproyectos o proyectos de disposiciones administrativas que afecten a la organización, competencias y funcionamiento del Consejo.
c) Separación del Presidente y del Secretario General del CES.
d) Cualquier otro asunto que, por precepto expreso de una Ley, haya que consultar al Consejo.
44
CES Autonómicos (CEUTA)2.- Emitir dictamen, con carácter facultativo,
en los asuntos que se sometan a consulta del mismo por el Consejo de Gobierno o sus miembros.
3.- Elaborar estudios o informes por propia iniciativa o a propuesta del Consejo de Gobierno sobre cuestiones sociales, económicas y laborales, de interés para la ciudad. En cualquier caso, anualmente se elaborará una Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral de la ciudad.
45
TRESMED El proyecto TRESMED
se basa en una amplia participación de los Consejos Económicos y Sociales de Europa y del Mediterráneo y se financia con recursos procedentes del instrumento financiero de la Comisión Europea para el Mediterráneo (MEDA).