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Revista SIDEME. Número 9. Julio-Septiembre, 2011
1
LA INTERVENCIÓN DEL PERITO PSICÓLOGO EN EL PROCESO DE LA
ADOPCIÓN
Elisa Alfaro Ferreres (1) Pedro Briones Illana (1)
Santiago Real Martinez (2) Susana Cervera Llorens (1)
(1) Universitat Jaume I. Castellón. España (2) Universidad de Granada. España
Dirección para correspondencia Elisa Alfaro Ferreres. [email protected]
Resumen
Durante estos últimos quince años hemos observado un espectacular incremento
en el número de solicitudes de adopción en todo el territorio español.
Este crecimiento en el número de solicitudes se ha desarrollado por varios
factores, seguramente los más destacados pudieran ser la edad más avanzada a
la hora de plantearse querer tener un hijo/a, con el consiguiente riesgo si se lleva a
cabo un embarazo biológico; mayor aceptación social de la interculturalidad;
mayor aceptación y mayor posibilidades de las familias monoparentales;
posibilidad de adopción para adoptantes homosexuales, etc.
El profesional de las ciencias de la conducta ha de estar formado en esta peculiar
área y ser muy diestro con estas y otras variables para ayudar durante el difícil
proceso que supone una adopción.
Este artículo quiere ahondar en los aspectos importantes que debiera tenerse en
cuenta por parte de los profesionales en una valoración de la idoneidad en el
proceso de adopción, así como las discordancias existentes en el marco de la
legislación vigente de algunos países de origen de los menores
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Impacto legal de la adopción internacional.
La adopción es una institución eminentemente jurídica, un acto jurídico, de
derecho privado, por virtud del cual entre adoptante o adoptantes y adoptado/s
surgen vínculos jurídicos idénticos a los que resultan de la filiación biológica. Es
decir hablamos de la llamada adopción plena que produce la ruptura de vínculos
jurídicos entre el adoptado y su familia biológica, si bien la legislación contempla la
posibilidad de la llamada adopción simple que la que tales vínculos no se rompen.
Así desde el punto de vista jurídico el proceso de adopción internacional se haya
regulado con cuerpos legales tanto internacionales como nacionales y
autonómicos
La legislación internacional base es el Convenio de La Haya de 29 de mayo de
1993, ratificado por España en fecha 27 de marzo de 1995 y en vigor desde el 1
de noviembre del mismo año, inspirado en el Convenio de la Naciones Unidas
sobre los Derechos del Niño, hecho en Nueva York, el 20 de noviembre de 1989,
el que establece como filosofía universal que todos los menores tienen derecho a
crecer en una familia, y que sólo cuando esto no sea posible, la adopción por
extranjeros se considera como un beneficio para el menor, fijando las bases
fundamentales que regulan la adopción internacional. A través de su articulado se
establece y se instaura un sistema de garantías para que las adopciones
internacionales tengan lugar en consideración al interés superior del niño y se
respeten sus derechos fundamentales.
Asi se determina que las adopciones sólo pueden tener lugar: si el país del menor
que va a ser adoptado ha establecido que éste es adoptable, si las autoridades
saben que las personas o entidades que prestan su consentimiento para la
adopción han sido debidamente informadas y asesoradas de las consecuencias
de su consentimiento y que éste ha sido dado libremente sin que medie ninguna
clase de compensación económica y finalmente, que se procederá a asignar a la
familia más adecuada siempre en interés superior del menor, basándose en los
informes de idoneidad.
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Las Autoridades Centrales del Estado de los solicitantes deben asegurarse de que
éstos son adecuados y aptos para la adopción, valorando y certificando su
idoneidad con un informe lo más completo posible que será remitido al país del
menor. Dicho informe relativo a la familia adoptante debe contener tanto los datos
relativos a su identidad, como su capacidad jurídica y aptitud para adoptar, su
situación personal, familiar y médica, su medio social, los motivos que les animan,
su aptitud para asumir una adopción internacional y, por último, los niños que
estarían en condiciones de tomar a su cargo.
Junto a esta legislación internacional las normas esenciales aplicables en nuestro
Ordenamiento Jurídico en materia de adopción fueron fruto de las reformas
operadas por la Ley Orgánica 21/87 de 11 de noviembre, que modificó
determinados artículos del Código Civil y la Ley Orgánica 1/96, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil.
En la Ley Orgánica 21/87, de11 de noviembre, se define expresamente el principio
básico de "interés del adoptado", recogiendo como filosofía fundamental, el
concepto de integración familiar como finalidad de la adopción.
La Ley Orgánica 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de
modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, está
inspirada en el principio Constitucional de protección de la familia y especialmente
del niño/a.
Y finalmente se desarrolla con mas detalle en la Ley 54/2007 de 28 de diciembre
de adopción internacional que unifica muchos criterios autonómicos en la materia.
Grosso modo en España se exige a la figura de los adoptantes tener 25 años, si
bien en la adopción por ambos cónyuges, basta con que uno de ellos haya
alcanzado dicha edad. En todo caso, el adoptante debe tener, por lo menos,
catorce años más que el adoptado y no mas de cuarenta. A las parejas se les
exige una convivencia mínima de tres años. Además siempre debe existir la
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declaración de idoneidad que es necesaria para poder estar en condición de
adoptar a un niño y a la que nos referiremos mas adelante.
Pero la legislación además de regular las condiciones de los adoptantes también
protege al menor adoptado exigiendo unas garantías mínimas, de esta forma un
menor puede ser adoptado bien porque sus padres han consentido la adopción,
bien porque este en situación de orfandad, tenga una filiación desconocida, o bien
porque los padres hayan sido privados de la patria potestad por sentencia judicial.
A medida que se han ido desarrollando los derechos del niño y se le ha
reconocido una capacidad progresiva para ejercerlos se ha fijado el axioma de que
la adopción supone la plena integración familiar, configurando el acogimiento
familiar como una institución de protección y estableciendo que es el INTERÉS
SUPERIOR DEL NIÑO/A, el que debe inspirar todas las actuaciones relacionadas
con el mismo, tanto administrativas como judiciales.
En todo caso el procedimiento general de adopciones debe pasar por los tramites
fijos de : 1. Asistencia a reunión informativa previa cita (si es la primera adopción internacional). 2. Solicitud de apertura de expediente y entrega de documentación. 3. Curso de formación para solicitantes de adopción internacional (3 sesiones). 4. Proceso de estudio sociofamiliar de los solicitantes. 5. Valoración de las solicitudes por la Comisión de Tutela del Menor. 6. Emisión, en su caso, del Certificado de Idoneidad. - Se pueden realizar a través de las TIPAI´s (Turno de Intervención Profesional para la adopción internacional) 7. Notificación de la resolución al interesado. 8. Remisión del expediente al país elegido a través de una entidad colaboradora de adopción internacional o directamente a la entidad pública correspondiente, según la legislación de cada país. 10. Preasignación de un menor adoptable por parte del país de origen. 11. Autorización por la Comisión de Tutela. 12. Aceptación por parte de la familia. 13. Constitución de la adopción.
Insistiendo en la idea de que el proceso de adopción no solo se refiere a los
adoptantes sino a los adoptados, interesa conocer los países de origen en los que
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se encuentran menores que pueden ejercer su derecho a tener una nueva familia
española.
En el año 2010 los niños adoptados en España procedían de países de los cinco
continentes: desde Europa del Este se adoptaron 1039 niños de los cuales 801
eran de la Federación Rusa. Desde el continente asiático 1016 niños encontraron
una nueva familia en España siendo 584 Chinos 320 Vietnamitas. En África,
fueron adoptados 578 niños de los cuales 508 procedían de Etiopía. Y se
tramitaron 258 adopciones con América Latina: 197 con Colombia, 24 en Perú, 12
en Bolivia, y los 10 en México.
Esta disparidad de origen del menor adoptado ha generado la proliferación de
cuerpos legales en todos estos países que regulen la adopción internacional.
Referiremos a continuación algunas legislaciones del ámbito latinoamericano.
Mas allá de Convenio de la Haya de Mayo de 1993 que suscribe todos los países,
la legislación de Colombia hace referencia en materia de adopción internacional
desde la Constitución de 1991, al Código de la Infancia y la Adolescencia
aprobado mediante Ley 1098 de 2006 y a Lineamientos Técnicos del Programa de
Adopciones de Septiembre de 2010 elaborados por el Instituto Colombiano de
Bienestar Social.
Perú se somete a los establecido en su Código Civil, arts. 377 y ss.; el Código de
los niños y adolescentes, el Decreto 27337 de Julio de 2000; la Ley nº 26981, Ley
del Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad, declarados
judicialmente en abandono(Octubre/1998); y a diferentes Reglamentos y
Directivas desarrolladas por la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio
de la Mujer y del Desarrollo Social: Nº 010-2005; 006-2002; 007-2002; 008-2002 y
726-2002.
Bolivia se rige en esta materia por la Ley nº 2026, de Octubre de 1999, Código del
Niño, Niña y Adolescente; Decreto Supremo nº 26086, de Marzo de 2001;
Reglamento del Código Niño, Niña y Adolescente; Convenio de la Haya Mayo
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1993; Decreto Supremo nº 28023, Marzo 2005, que regula los procedimientos
administrativos de las adopciones nacionales e internacionales.
México se rige por el Convenio de la Haya de Mayo de 1993; y por el Código Civil
de los Distintos Estados.
Si hasta aquí hemos visto la legislación patria, la legislación internacional y
algunas exigencias nacionales tanto de los adoptantes como de los adoptados,
veremos algunas condiciones que deben cumplir los adoptantes, en función de los
países a los que pretendan ofrecer un hogar a los menores adoptados.
Bolivia requiere que los adoptantes sean matrimonios que acrediten su
celebración antes del nacimiento del niño, y tener entre veinticinco años y
cincuenta años. Colombia exige también que el adoptante tenga más de
veinticinco años, pero no pone techo como edad máxima, únicamente pide que
tenga quince años más que el adoptado. Además admite parejas de hecho y
personas solteras.
Perú exige también más de veinticinco años para cada miembro del matrimonio
que quiera iniciar una adopción y sitúa el techo de edad en 55, aunque lo matiza
exigiendo que si la unión de dicho matrimonio no supera los dos años, sus
miembros deben tener un mínimo de treinta años; acepta las familias
monoparentales si se encuentran en un rango de edad de entre 30 y 45 años, y
descarta la adopción para parejas de hecho y parejas homosexuales. En todo
caso la diferencia de edad con el menor adoptado ha de ser de más de 18 años.
En cuanto a países no Iberoamericanos, por ejemplo China exige adoptantes de
más de 30 años y en el caso de ser pareja, deberá de ser matrimonio. Esto mismo
pasa con la Federación Rusa, quien también excluye a las parejas de hecho.
Vietnam pide que los solicitantes tengan 20 años más que los adoptados y da
prioridad a los matrimonios sin hijos antes que a los solteros.
Crecimiento y expansión de la adopción internacional.
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En estas últimas dos décadas hemos asistido a un incremento en el número de
solicitudes de adopción. De las 384 adopciones internacionales que se efectuaron
en el año 1992, o las 588 y las 645 en los años 1993 y 1994 respectivamente, la
cifra se ha ido aumentando paulatinamente.
En los últimos diez años ha habido un espectacular aumento en solicitudes de
adopción internacional. Esto es debido a la brevedad relativa del proceso hasta
que se consigue la asignación del menor a la familia adoptante, si se compara con
el proceso de adopción nacional. Por ejemplo para hacernos una idea de la
situación temporal actual, según fuentes de la Junta de Castilla la Mancha, el
tiempo medio en adopción internacional en 2010 en esta comunidad autónoma ha
sido de tres años y medio, mientras que una adopción de un niño Castellano
Manchego tiene una media de siete años hasta que se consigue la asignación.
Si atendemos a los datos de estos últimos años, según fuentes del Instituto
Nacional de Estadística, en todo el territorio español, en el año 1998 se realizaron
1487 adopciones internacionales, por las 875 adopciones nacionales; en el año
1999, se llevaron a término 2006 adopciones internacionales, por las 868
adopciones nacionales, y en el año 2000, se realizaron 3062 adopciones
internacionales, por los 964 de adopción nacional. (Véase tabla 1)
Sin duda el punto álgido y de inflexión en el número de adopciones internacionales
tuvo lugar en el año 2004, cuando se realizaron 5541 asignaciones.
Posteriormente en estos últimos años esta cifra de adopciones internacionales ha
ido reduciéndose de nuevo para pasar a realizarse en los años 2007, 2008, 2009
y 2010 un total de 3648, 3156, 3006 y de 2891 respectivamente.
Los datos de las adopciones nacionales que hacen referencia a esta última
década oscilan entre su cifra más alta con 1075 adopciones en el año 2001, y su
cifra más baja con 652 adopciones del año 2008.
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El endurecimiento de las condiciones que exigen actualmente los países donde se
pueden realizar una adopción internacional, ha hecho también disminuir este tipo
de solicitudes, en pro de las solicitudes de adopción nacional. Por ejemplo, Según
los datos de la Conselleria de Bienestar Social de la Comunitat Valenciana, en
2009 y por primera vez en los últimos trece años contabilizados, el número de
solicitudes de adopción internacional fue inferior a las solicitudes de adopción
nacional. En 2010 se mantuvo la inferioridad de solicitudes de adopción
internacional con respecto a la nacional. Así, en 2010 fueron presentadas 622
solicitudes para adopción nacional, 60 más que en 2009, y 503 para adopción
internacional, 70 más que el año anterior.
Es una tendencia esta que parece predominar en varias comunidades autónomas:
en Cataluña también en 2009, crecieron un 25 % las solicitudes de adopción
nacional respecto al año anterior, (de 582 solicitudes de adopción nacional
aumentaron a 730), y decrecieron en un 40 % las solicitudes de adopción
internacional de esos mismos dos años, (de 1430 solicitudes de adopción
internacional se pasó a 835).
Tabla 1. Cifras de adopciones Inter./nacionales en España en la ultima década.
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 Adopción Nacional
964
1075
1028
896
828
691
916
728
652
----
----
Adopción Internacional
3062
3428
3625
3951
5541
5423
4472
3648
3156
3006
2891
Fuente: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. 2010
Está misma reducción se observa también en Estados Unidos que es el país en
términos absolutos que mayor numero de adopciones efectúa. De las 22361
adopciones internacionales que se llevaron a término en 2005, se han pasado a
las 16301 y a las 11780 adopciones internacionales en los años 2008 y 2009
respectivamente.
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Según el Ministerio de Educación, en el año 2009 comunicó, que a nivel mundial
España había venido siendo el país con mayor número de trámites de adopciones
internacionales en términos relativos por habitante conjuntamente con Suecia, y el
segundo país en términos absolutos después de Estados Unidos.
Si cambiamos el punto de vista y analizamos los países de procedencia de los
menores adoptados(Vid tabla 2). Observaremos que en últimos cinco años ha
aumentado adopción de menores procedentes del continente africano mientras
que han ido decreciendo las adopciones de niños latinoamericanos, asiáticos y de
la Europa del este.
Tabla 2. Procedencia de los niños adoptados en España en 2010
F. Rusa 801
China 584
Etiopía 508
Vietnam 320
Colombi
a
197
Fuente: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. 2010
En 2010 por situación geográfica continental de origen de los niños adoptados, se
distribuyó de la siguiente manera: Europa del Este: 1039 menores; Asia: 1016
menores; África: 578 niños y América Latina: 258 infantes. (Vid tabla 3).
Tabla 3. Evolución de las adopciones internacionales hechas desde España y
distribución por continentes 2006-2010.
Continente 2006 2007 2008º 2009 2010
América Latina 490 374 331 262 258
Asia 2041 1269 865 724 1016
Europa del
este
1565 1460 1304 1236 1039
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10
África 374 545 656 784 578
Totales 4472 3648 3156 3006 2891
Fuente: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. 2010
Y más concretamente, fue la Federación Rusa el país de donde más vinieron
niños adoptados a España, con un total de 801 niños. Le siguió en segundo lugar
China, con un total de 584 niños. Etiopia, con un total de 508 niños, Vietnam con
un total de 320 niños, y Colombia con un total de 197 niños, fueron los países en
tercer, cuarto y quinto puesto respectivamente de donde más niños y niñas
adoptados vinieron a España.
Si seguimos con este análisis, destacamos también la duodécima posición de
Perú, con un total de 24 niños que han encontrado una nueva familia en España, o
los 12 niños de Bolivia, o los 10 niños de México que han encontrando una familia
nueva en España.
Tabla 4. Evolución de las adopciones internacionales hechas desde España en
América Latina y distribución por países.
América Latina 2006 2007 2008 2009 2010 Bolivia 21 42 35 17 12 Brasil 19 1 4 2 0 Chile 11 7 0 4 3 Colombia 260 174 189 160 197 Costa Rica 1 3 0 1 2 Ecuador 5 2 0 0 0 El Salvador 19 23 14 5 1 Guatemala 6 8 4 6 0 Haití 15 22 27 13 0 Honduras 5 3 3 1 1 México 35 39 14 24 10 Nicaragua 2 2 1 0 0 Panamá 41 8 4 7 2 Perú 41 21 27 17 24 R. Dominicana 9 19 9 5 6
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490 374 331 262 258 Fuente: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. 2010
El examen de idoneidad
Mencionábamos con anterioridad que uno de los requisitos exigidos ex lege para
poder ejercer la adopción internacional es la superación por parte de los
adoptantes de la llamada valoración de idoneidad.
La evaluación de la idoneidad, seguramente sea la fase más llamativa con la que
una familia puede hacerse una idea, a veces, errónea, de lo que supone todo el
procedimiento de adopción. Además es también la fase más angustiosa y temida,
ya que de la misma, depende que se permita a la familia poder seguir avanzando
en el proceso.
Una vez conseguido la aptitud de la valoración de la adopción, la familia a corto
plazo entra en un momento de relativo bienestar y descanso, ya que la inquietud
acerca de la posibilidad de que no se les conceda la idoneidad desaparece y ya
son conocedores de que van a ser padres.
Este estado de alegría e ilusión por haber obtenido la aptitud en la valoración de
adopción, se trasforma en un estado de desesperación, por el desconocimiento
del momento exacto en que van a serlo y que en no pocas ocasiones se dilata
varios años, sin tener en muchas ocasiones información de cómo va su
expediente de adopción.
Algunas familias adoptantes explican en sus reflexiones que perciben algunas
fases del procedimiento global de la adopción como interminables. Diferentes
reuniones en las Consejerías Autonómicas, entrega de documentación, formación
de padres, evaluación de la idoneidad, asignación del menor y seguimiento de
éste, hacen que el proceso se dilate en el tiempo de manera muy considerable. El
tiempo que transcurre entre la evaluación de la idoneidad y la asignación depende
de factores tales como la comunidad autónoma española en la que se encuentren
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o del país elegido para adoptar, pero suele ser de una media de diecisiete meses,
aunque con oscilaciones de tiempo muy alejadas de la media (Palacios, Sánchez
Sandoval y León 2005).
Si a este periodo, se le añade el tiempo que transcurre en tomar la decisión de
finalizar tratamientos de infertilidad, comenzar los trámites en las diferentes
consejerías o los curso de formación, puede incrementarse en una media de
tiempo de nueve meses más, (Palacios, 2005).
Muchos adoptantes se quejan además del tiempo que se tarda hasta que se
adjudica la asignación, o del paso de un subproceso a otro, o haciendo
comparación acerca de “la suerte” que tienen padres y madres biológicos ya que
nadie les pide ni “burocracia ni reflexión”, según sus propias palabras, así como de
la certeza de tiempo que tienen los padres y madres biológicos de saber cuándo
nacerá su hijo, y la ansiedad que les genera la incertidumbre de cuándo tendrá
lugar la asignación del menor, etc.
No obstante, cada vez son más los adoptantes que entienden que ser
padre/madre adoptante exige una serie de preparaciones añadidas por las
condiciones del menor.
Por poner algunos ejemplo, pensemos en el rechazo inicial que ese menor vivió en
su propia familia biológica; la exposición ciertas conductas inapropiadas por parte
de sus padres biológicos, (maltrato, alcoholismo, abandono familiar, rechazo, etc.);
la institucionalización los niños preadoptados; los problemas de salud, (retraso en
procesos cognitivos como el lenguaje o la inteligencia, raquitismo, problemas
psico-motores, etc.), nulo sentimiento de pertenencia, etc., etc.
Y no olvidemos que según normativa, prevalece siempre el bienestar del menor
por encima de las necesidades e ilusiones de la familia adoptante. Y este
bienestar del menor debe de ser buscado con mucha cautela y coherencia por
parte de la familia adoptante evitando convertirse en unos padres
sobreprotectores, o capaces de entender que si el menor no ha tenido ciertos
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privilegios sería inadecuado premiarle nada más tener la asignación a su nueva
familia con múltiples regalos en contraposición a su anterior carencia, o establecer
estilos educativos demasiado permisivos carentes de pautas y normas por pena,
De ahí que cada vez más los adoptantes decidan aprovechar estas ventajas
reflexivas que se les otorga para estar preparados a los más que posibles
problemas que van a aparecer cuando se les asigne a su hijo.
Todas estas reflexiones deben ser mostradas por parte del equipo de
profesionales que intervienen en todos los subprocesos de la adopción, mas allá
del concreto momento del examen de idoneidad.
El contenido de la valoración de idoneidad.
De manera mas o menos prefijada, la valoración consta de cuatro entrevistas
semiestructuradas a cada uno de los miembros de la familia adoptante, algunas de
las cuales serán conjuntas y otras se realizan de manera individual. Además se les
administra un cuestionario de personalidad para cotejar todo aquello que se
argumenta durante las entrevistas. En las dos primeras sesiones se recoge
información individual, información de la pareja, de la familia y del entorno social.
Se recaba además información económica, laboral, del domicilio donde habitan,
así como otro tipo de información referida a la idea preconcebida de lo que
significa una adopción. También debe observarse el duelo superado en relación a
la posible infertilidad, así como los diferentes estilos educativos de los familiares y
sus correlaciones, o información referida al propio proceso de adopción.
En la tercera visita se explora información personal, información que haga
referencia a posibles duelos y crisis, superaciones, o manera afrontar la vida entre
otras cuestiones.
Además, es necesario que cuando concluya la tercera entrevista, los solicitantes
realicen un cuestionario de personalidad para cotejar la información que allí
aparezca, con la información que se facilita al psicólogo. Si hacemos referencia a
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la Comunidad Valenciana a modo de ejemplo, observamos que los cuestionarios
de personalidad que se han venido utilizando han sido el 16 P.F., el 16 P.F.-5, o el
CUIDA.
Finalmente en la cuarta reunión se estudia la información que haga referencia a lo
que supone ser padres de un niño adoptado.
En el informe que se realizará tras estas cuatro entrevistas, se incluirá información
referida a la actitud y comportamiento del solicitante durante todo el subproceso
de la valoración de la idoneidad, como puede ser el nivel de tensión que ha tenido,
el contenido y forma del discurso empleado, comunicación verbal y no verbal, o
grado de reflexión, estas variables se hacen muy observables y cotejan
información que se relata por parte de la familia adoptante.
También se reflejará en el escrito la motivación del adoptante; es decir se
referenciará a qué miembro de la pareja se le ha ocurrido inicialmente la idea de
adopción y cómo ha sido recogida esta idea, además de exponer también el
momento concreto en el que han decidido adoptar. En relación a esta cuestión
debe de indicarse si ha existido duelo por infertilidad, y si éste ha sido superado en
su totalidad. Y es que la motivación principal siempre debe de ser la de querer ser
padre y madre. Si existiera alguna otra motivación como por ejemplo la de llenar
un hueco porque los hijos biológicos ya existentes se han hecho mayores,
consecuentemente se busca implícitamente rellenar un nido vacío, o por ejemplo
una idea altruista de darle una familia a un niño por encima de la idea de querer
ser padre y madre, seguramente no tendríamos garantías de que esa adopción
vaya a desarrollarse bien en el futuro, porque no está siendo coherente la primera
idea principal para querer adoptar, y consecuentemente la familia puede no
atender a las necesidades especiales que tiene un menor adoptado.
Además se recomienda tener muy elaborada la idea de incapacidad de ser padres
biológicos en el caso de haber buscado de manera natural y haber llevado a cabo
tratamientos de infertilidad, y que se hayan agotado las posibilidades de ser
padres de manera biológica. Esto es importante porque la elaboración de esta
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idea supone no acogerse a la esperanza de un imposible que se lleva deseando
desde hace tiempo como es el caso de ser padres de manera biológica y así
elaborar una idea total y centrada en lo que supone adoptar un hijo.
De igual forma en este sentido debe de quedar expuesto qué nivel de acuerdo e
implicación en el proceso ha ido desarrollando cada miembro de la pareja, así
como los motivos para elegir una adopción nacional o internacional, y el país de
origen del menor y el conocimiento que se tiene de ese país. Por ejemplo la idea
de querer ser padres, puede oscilar en cada miembro de la pareja en una primera
fase inicial, si bien se llega a un consenso global conforme se va consensuando
dicha idea. Además, la razón a la hora de decantarse por una adopción nacional o
internacional, o el país elegido donde realizar esa adopción muestran datos de la
idea trabajada, así como la motivación de esta.
Es muy importante asimismo la opinión de la familia extensa, o las consecuencias
futuras y las reestructuraciones posibles que debe hacer la familia para cuando
llegue el menor, ya que por ejemplo alguien cercano que no tolerase la
interculturalidad de ese menor, o sus rasgos físicos, podría mermar la formación
integral de la personalidad de ese niño.
Igualmente relevante es significar el perfil individual del adoptante, exponiendo
aquellas características de personalidad llamativas, así como sus posibles crisis y
maneras de afrontamiento y superación.
Aquí facilita mucho la labor del psicólogo el resultado del perfil que se desprende
de un cuestionario de personalidad. En este sentido un cuestionario que se ha
venido utilizando es el 16 P.F.-5, que con 185 preguntas contestadas informa de
16 factores de personalidad y cinco grandes rasgos estables de esta personalidad.
Este cuestionario por ejemplo nos informa acerca de cómo se muestra esta
persona en lo relativo a su calidez o frialdad para con otras personas, o si es una
persona que se ajusta a las normas sociales o por el contrario no se ajusta, o si
es una persona estable emocionalmente, o se desestabiliza con facilidad, o si
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tiende a estar relajado, o por el contrario suele estar ansioso; o también si es una
persona independiente o depende de la cercanía y la aprobación de los demás.
Padres y madres con rasgos de personalidad estables, relajados, sociables,
cercanos y flexibles, van a ayudar mucho mejor a que la personalidad del menor
sea más equilibrada y sana a lo largo de su evolución. Polos opuestos a estos
rasgos como por ejemplo inestabilidad emocional, ansiedad, frialdad y
dependencia, y rigidez emocional, indicarían una persona que no ofrece garantías
para poder realizar una adopción de un menor con éxito.
En este contexto se significa de igual forma en el informe la capacidad de
adaptación y flexibilidad al cambio, o el concepto que el solicitante tiene de sí
mismo, y los resultados del cuestionario de personalidad que complementen la
información.
En relación a la pareja se debe registrar el desarrollo evolutivo de esta, así como
las parejas anteriores en el caso de estar evaluando a un solicitante como familia
monoparental, ya que se debe analizar cómo ha podido avanzar la pareja, y
analizar así en qué momento se encuentra. Así también se debería tener en
cuenta en una familia monoparental, cuan de cerrado está ese solicitante a la
posibilidad de encontrar pareja una vez que se le asigne el menor, ya que esto
sería un cambio importante que podría influir en todos los componentes familiares.
Se analizarán también, los acuerdos a los que debe de llega la pareja, las ideas y
valores que les gustaría cambiar para cuando llegue el menor, la interacción y
nivel de dependencia de la pareja, los conflictos y modos de resoluciones en la
pareja, o la distribución de responsabilidades. Estas peculiaridades atañen
significativamente la evolución del menor en cuanto a su bienestar emocional y
familiar. Por ejemplo si una madre fuera dependiente y sobreprotectora, podría
menoscabar el desarrollo sano de la personalidad del menor.
Importante de la misma manera es la información referida a las capacidades
educativas. Es decir, la información de la educación recibida por la familia y/o
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instituciones, los valores, las creencias y principios educativos, así como los
temores anticipatorios y los posibles comportamientos y capacidades de
afrontamiento. Se atiende al aprendizaje a lo largo de la vida de la persona que
quiere adoptar a un menor, si está de acuerdo con todo lo que se le ha enseñado
así como las formas de instrucción, y si hubiera cambiado algo al respecto a lo
largo de su la vida, y en este sentido qué está dispuesto a enseñarle a su hijo, y
de qué manera.
El informe de idoneidad se completa con la valoración que hace el trabajador
social quien debe informar sobre la estructura familiar mediante la realización de
un genograma familiar de la persona adoptante, así como también la significación
de las figuras de autoridad, hacer mención a la salud física y psíquica, recoger los
lugares de residencia, el apoyo social y las relaciones sociales, el ocio, y la
distribución del tiempo laboral y compaginación con la vida familiar.
Es importante conocer la familia extensa del solicitante para comprender la
importancia que ha venido ocupando en esta, así como el conocimiento de las
personas de autoridad y de referencia que ha tenido dicho solicitante. Así mismo,
si un solicitante no posee buena salud no está en condiciones de poder ocuparse
de su hijo adoptado como así lo merece este. Además una vivienda poco
acondicionada o que no tiene cierta habitabilidad, no ofrece garantías de éxito
para el desarrollo adecuado del menor dentro de su familia.
Por otra parte, tanto el ocio y tiempo libre de los solicitantes, para que así puedan
realizar actividades de disfrute para con su hijo; como las compaginaciones de los
horarios del trabajo con la vida familiar, hacen referencia a una dedicación
necesaria para el abordaje de cercanía emocional, tan necesaria en la formación
de la personalidad de un niño.
Estos condicionantes se establecen para estar seguros de que la problemática
que un menor adoptado acarrea por esta condición como exponíamos con
anterioridad, pueda ser atendida y erradicada. Y la cierta solvencia de la familia en
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estas áreas va a hacer que se atienda a la problemática del menor de manera
prioritaria.
El trabajador social debe también reflejar la información referida acerca de la
actitud hacia el pasado del niño adoptado; es decir, qué conocimiento puede tener
la familia adoptante acerca de los motivos de abandono de una familia biológica
para con un menor, y la valoración que la familia adoptante hace de los mismos.
Señalar del mismo modo las ideas actuales sobre lo que considera la familia
adoptante que es la información genética de un menor, y su información adquirida
para con el entorno.
La actitud hacia la revelación de la condición de adoptado de su hijo también debe
de estar clara. Es decir, conocer el nivel de comprensión de lo que implica en un
menor ser hijo adoptado y las curiosidades que se pueden ir despertando en este
hijo a lo largo de su niñez y adolescencia, y el grado de preparación y capacidad
para afrontarlo por parte de los padres, así como la capacidad para pedir ayuda
exterior si esta fuera necesaria, es de capital importancia y así ha de verse
también reflejado en este informe de valoración de la idoneidad.
Así mismo se deben recoger datos sobre las coberturas sanitarias, para garantizar
un servicio sanitario al menor.
Por otra parte, también debe reflejarse en el informe la disponibilidad que desean
acerca del menor adoptado, es decir, qué niño desean y para qué niño se sienten
capaces de ser padres. Esto significa que los solicitantes deben de exponer las
características deseadas del menor, y aquellas que quedarían totalmente
excluidas; por ejemplo si no se vieran capaces de poder hacerse cargo de un
menor con problemas físicos, sensoriales o intelectuales, deberían de mostrar esa
idea para poder tenerlo en cuenta en ese caso cara a la asignación final del
menor.
También habría que añadir información de consideraciones puntuales cuando por
ejemplo se diera una adopción de una pareja homosexual, o una persona
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homosexual como familia monoparental donde habría que analizar la idea que
tiene acerca de la formación de la identidad de género de su futuro hijo; o por
ejemplo en el caso de ser una persona la que adopta como familia monoparental
habría que analizar también cómo lleva su condición de no tener pareja en este
momento y si está cerrado a no querer tener pareja nunca más; o qué reflexión
tiene acerca de qué pasaría si encontrara una nueva pareja una vez esté
conviviendo como madre o padre adoptante con su hijo adoptado.
Y aunque pueda parecer que son muchos los aspectos a explorar por parte de los
profesionales que van a dirimir la aptitud o no del padre o la madre, cabe resaltar
de que no se trata de exponerse a la realización de un examen, y mucho menos
de un examen de “todo-nada”.
Como posteriormente observaremos que existen variables determinantes, que son
de vital importancia para que una adopción se dé con las máximas garantías. No
obstante, si hubiera alguna carencia no determinante en la que el futuro padre o
madre pudiera tener dificultad de manejo y que además esta variable hiciera
relación al momento ya de la convivencia, la solvencia de otras variables en otras
áreas podrían paliar esta carencia, sin llegar a afectar al menor.
Del mismo modo se debe tener en cuenta la consideración de criterios críticos en
un informe. De sopesar variables críticas importantes se debe de realizar un
informe de no aptitud para una adopción, que consecuentemente desautorice a la
familia adoptante a realizar dicha adopción. Ya que si esta hipotéticamente se
hiciera, no se garantizaría el éxito, y podría menoscabar la salud del menor en lo
referente a la formación de la personalidad, o en el área emocional, familiar o
social.
Habría pues que tener muy en cuenta para poder considerar apta la evaluación de
la familia adoptante, variables tales como: la coherente motivación para la
adopción; la edad; la buena salud del padre o madre; la disposición financiera; la
aptitud domiciliaria y su contexto; la capacidad personal para asumir plenamente
el rol del padre o de madre, así como el establecimiento de unos estilos
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educativos acertados para la intervención con un hijo adoptado; la idea apropiada
al respecto de la imposibilidad actual y futura de no poder ser padre o madre
biológico si fuera el caso, y la superación emocional de lo que conlleva algunos
tratamientos de infertilidad con resultado además negativo; la capacidad en caso
de familia monoparental; la identidad sexual plenamente formada en el caso de
una adopción de pareja o monoparental homosexual, así como finalmente la idea
real y preparación de un hijo que ya tiene el padre o la madre adoptante.
Se considera que estas variables son de vital importancia para garantizar con éxito
una adopción de un menor.
Como venimos diciendo, la observación de la falta de coherencia en alguna de
estas variables expuestas, o la propia carencia de alguna de estas,
desaconsejaría la aptitud de la adopción, de no ser que existiera una buena
coherencia global en todas las variables restantes.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Berástegui A. (2005). La adopción familiar en adopción internacional: una muestra
de adoptados mayores de tres años en la Comunidad de Madrid. Madrid: Consejo
Económico y Social de la Comunidad de Madrid.
Berástegui, A. y Gómez, B. (2007). Esta es tu historia: identidad y comunicación
sobre los orígenes en adopción. Madrid: Universidad P. Comillas.
Berástegui, A. y Gómez, B. (2008). Ésta es nuestra historia. Madrid: SM.
Berasategui, A., (2008). El tiempo de la espera en adopción internacional: vivencia
de la espera y estrategias de afrontamiento. Psicothema, año/vol. 20, nº 4.
Universidad de Oviedo. Pp. 551- 556.
Bernedo, I.M., Fuentes, M.J., y Fernández, M. (2005). Percepción del grado de
conflicto en familias adoptivas y no adoptivas. Psicothema, 17 (3), 370-374.
Revista SIDEME. Número 9. Julio-Septiembre, 2011
21
Bernedo, I. M., Fuentes, M. J., Fernández-Molina, M. y Bersabé, R. (2007).
Percepción de las estrategias de socialización parentales en familias adoptivas y
no adoptivas. Psicothema, 19, 596-601.
Casalilla, J.A., Bermejo, F.A., Romero, A. (2008). Manual para la valoración de la
idoneidad en adopción internacional. Instituto Madrileño del Menor y la Familia
(IMMF); Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
Cortés, M. y Cantón, J. (2010). Familias monoparentales. En E. Arranz y A. Oliva
(Coords.). Desarrollo psicológico en las nuevas estructuras familiares (pp. 35-50).
Madrid: Pirámide.
González, M.M. y López, F. (2008). Familias homoparentales y adopción.
Monografías de Psiquiatría, 20, 66-75.
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (2011). Listado de la situación
de la tramitación de la adopción internacional en los distintos países. Dirección
General de Política Social, de las Familias y de la Infancia. Ministerio de Sanidad,
Política Social e Igualdad.
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (2011). Estadística de Adopción
Internacional años (2006-2010). Dirección General de Política Social, de las
Familias y de la Infancia. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
Mirabet, V. y Ricart, E. (comps.) (2005). Adopción y vínculo familiar: crianza,
escolaridad y adolescencia en la adopción internacional. Barcelona: Paidós.
Palacios, J. Sánchez-Sandoval, Y. y León, E. (2005). Adopción y problemas de
conducta. Revista Iberoamericana de diagnóstico y evaluación psicológica, 19,
171-190.
Palacios, J., Sánchez Sandoval, Y. y León, E. (2005). Adopción internacional en
España: un nuevo país, una nueva vida. Madrid. Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales. (240 Págs.).
Revista SIDEME. Número 9. Julio-Septiembre, 2011
22
Palacios, J., Sánchez-Sandoval, Y., León, E., Amorós, P., Fuertes, J. y Fuentes,
N. (2006). Programa de formación para la adopción. Sevilla: Dirección General de
Familias e
Palacios, Sánchez-Sandoval, Y. y León (2005). Intercountry adoption disruptions in
Spain. Adoption Quarterly, 9, 1, 35-55.Palacios, J. (2007). Intervenciones
profesionales en adopción internacional: valoración de la idoneidad, asignación de
menores a familias y seguimiento postadoptivo: Ministerio de Educación, Política
Social y Deporte, convenio con la Universidad de Sevilla.
Palacios, J. (2009). La adopción como intervención y la intervención en adopción.
Papeles del psicólogo, Vol. 30 (I), pp. 53-62.
Palacios, J. (2009). La aventura de adoptar, guía para solicitantes de adopción
internacional. Informes, Estudios e Investigación 2010 del Ministerio de Sanidad y
Política Social. Convenio con Universidad de Sevilla con Ministerio de Educación,
Política Social y Deporte.
Portugal, R. y Araúxo, A. (2004). Aportaciones desde la salud mental a la teoría de
la adopción por parejas homosexuales. Avances en Salud Mental Relacional, 3,
(2) http://www.psiquiatria.com/imgdb/archivo_doc37759631.pdf