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7/23/2019 Trabajo Principios Tributario
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CONCEPTO OBJETO CARACTERISTICAS SIMILITUDES
PRINCIPIO
DE RESERVA DE
LEY:
Entendida la ley comola fuente normativa demximo rango; en
materia tributaria, elconcepto est ligadocon el principio delegalidad tributaria, elcual a su vezcontempla elestablecimiento decontribuciones eimpuestos, a lo que ladefinicin podraderivarse como elmandato constitucionalque establece que lacreacin y regulacinde los tributos deberealizarse por ley
!iene por ob"eto, laE#$%E&'$( de quedeterminadas materiassean ob"eto deregulacin )en casoconcreto* tributaria+,
precisamente a travsde disposiciones onormas con rango deley -or ende existe lagaranta de la primacade ley
.os impuestos solopueden ser definidospor los rganoscompetentes
Es el 'ongreso quien
tiene como funcin,configurar y definir lostributos y suselementos esenciales)/(*/-*0ec0ogenerador* basegravable y tarifa+
Existe una limitacinde poder tributario porparte de la '&
En cuanto losdepartamentos y losmunicipios puedencrear tributos y gozande autonoma para laadministracin,siempre que estn
su"etos al marcoconstitucional
1nicamente la leypuede ser consideradacomo la expresin dela voluntad,manifestada por elrgano representativo
(l igual que muc0os delos principios, elPRINCIPIO
DE RESERVA DE LEY,
se encuentraamparado legalmente
ba"o el artculo 223 de'&
Existe una limitacinde poder tributario porparte de la '&
PRINCIPIO DE
SEGURIDADJURIDICA:
Es la suma de lairretroactividad y de lainterdiccin de laarbitrariedad; se derivade los actos de buenafe y consiste en que elestado no puede
(4-(5(5 unas
expectativas validasque 0an sugerido apartir de las acciones uomisiones de laadministracin p6blica,regulaciones legales ointerpretacin denormas "urdicas
El principio de
seguridad "urdicaderiva su fundamentoen la 'onfianza.egitima
.a exigencia de talprincipio no es dealcance absoluto
.a exigencia de talprincipio no es dealcance absoluto
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s6bitamente alterar lasreglas que regulan lasrelaciones con losparticulares
7ebe ser ponderado)evaluado+, paradeterminar en cadacaso si se debe aplicaro no
&i la administracin ni
el legislador puedenatropellar con actoscarentes derazonabilidad quecontradigan sus actosprevios
.a seguridad "urdicabusca el respeto desituaciones "urdicasconsolidadas ba"o lavigencia de una leyanterior
7e este principio enrelacin con los demsdebe en determinadoseventos de manera
inequvoca generarconsecuencias
"urdicas; es decir quedeber ser sometido atal ponderacin condems principios paragarantizar su contenidoesencial
PRINCIPIO DE
JUSTICIA FISCAL:
JUSTICIA
TRIBUTARIA
7ic0o por la 'orteentre otros conceptos,
como la capacidadcontributiva de lossu"etos pasivos,entendida como laposibilidad econmicaque tiene cada personapara tributar
8usca el establecer larelacin entre ingresosy recaudo de losmismos, se 0abla deuna relacin de'o0erencia, pues se
busca que es suredistribucin de"e unbalance equitativo,donde pueda cumplircon el modelo deestado adoptado
7epende de la fuerzaeconmica del su"eto,para ser llamado acumplir con el deber depagar tributos
8usca el cumplimientodel deber com6n, decontribuir alsostenimiento delgasto publico
/e considera que esteprincipio es de carcterprimario , el cualexpresa la finalidad del
ordenamiento "urdico
!iene amplia relacincon los principios deequidad yprogresividad Este6ltimo en relacin conel principio de
solidaridadcontemplado en la '&,pues as es comobusca unaredistribucin plenaentre ingreso y riquezaen la poblacin
(l igual guarda relacincon el principio de
Eficiencia , por aquellode la distribucin decargas p6blicas, tantodel contribuyente,como las autoridadesen el deber decolaborar con el controlde la recaudacin delos dineros p6blicos
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En cuanto al principiode generalidad, seenfoca bsicamente enel otorgar "usticia paratodo un territorionacional
PRINCIPIO DE
GENERALIDAD:
!odas las personasestn obligadas acolaborar con los finesdel Estado sinexcepciones niprivilegios En talsentido, la imposicindel gravamencomprende a lossu"etos pasivos sobre
quienes se verifica el0ec0o imponible
El artculo 9: de la'onstitucin poltica,establecer que esdeber de todos losciudadanos contribuir alas cargas fiscales delEstado en los
conceptos de "usticia yequidad
.o que se pretendecon dic0o principio esque cualquier manifestacin decapacidad econmicasea gravada y que al0acerlo no se generensituacionesprivilegiadas que notengan una debida
"ustificacin
!iene gran importanciapues con la aplicacinde este principio sepuede lograr laredistribucin deingresos y gasto
Es de carcter com6npor ende todos debensoportar las cargastributarias
!iene como necesidad
el no apartar a nadiedel deber com6n quees contribuir alsostenimiento de losgastos p6blicos
.a creacin delprincipio surge de lanecesidad de acabarcon las distinciones o
prerrogativasespeciales queexistieron en undeterminado momento
Es un principio queguarda relacin con elprincipio de solidaridady con el concepto muyacertado de usticia yEquidad, pues es elprimer principio que0abla de tal valor y dela regulacin con elsistema tributario
%uarda relacin con lala materia de 0acienda
p6blica por cuanto esun instrumento depoltica econmica
PRINCIPIO DE
EQUIDAD:
$gualar mediante tratodiferenciado fundado
/e refiere a cuestionesde orden tributario
%uarda relacin con elprincipio de igualdad
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/e refiere a cuestionesde orden tributarioexpresamente,mientras que el deigualdad es unprincipio ms referido a
las personas en cuantoa su proteccin y tratopor parte de lasautoridades respecto asus derec0os,libertades yoportunidades /edebe dar igual trato alos iguales y desigualtrato a los desiguales
en razones ob"etivas yproporcionadas, elsistema tributario y elpeso de las cargastributarias entre losparticulares y el estadomismo
expresamente /edebe dar igual trato alos iguales y desigualtrato a los desiguales
El principio debe recibirpreceptos legales
constituidos, pues creain"erencia entre losmismos ciudadanostendientes acategorizar
8usca que el impuestocobrado seacorrespondiente a larenta efectiva
pues se considera quemediante este principioes como se manifiestaeste derec0ofundamental
/e encuentra
ntimamente ligado conel principio deprogresividad, pues sereconoce que ba"ociertas circunstanciasel sistema tributarioesta en capacidad delograr la igualdad real yefectiva a medida delmismo trato delcontribuyente
PRINCIPIO DE
PROGRESIVIDAD:
Es aquellacaracterstica de unsistema tributarioseg6n el cual a medidaque aumenta la riqueza
de los su"etos pasivosaumenta lacontribucin enproporcin superior alincremento de lariqueza
El principio propugnaporque los titulares demayor capacidadeconmica seangravados de formams que proporcionalen comparacin conlos de capacidad ms
ba"a
/e deduce del principiode equidad vertical) mayor contribuyente,mayor renta+
( mayores ingresos opatrimonio, mayor es lacarga tributaria
El principio deprogresividad analizala capacidadeconmica que estconectada a laposesin de la riqueza
El principio deprogresividad excluye
que riquezas deben sergravadas y cules no;por e"emplo las queestn dirigidas a lasatisfaccin denecesidades bsicascarecen de gravamen
-ara que se de elperfeccionamiento delprincipio de equidad sedebe aplicar o e"ecutarel principio deprogresividad
4ediante la aplicacinadecuada del gastop6blico, el principio deprogresividad cumplecon el principio generalde "usticia financiera