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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: TRANCOSO, ZAC. 2009

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

TRANCOSO, ZAC.

2009

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

TRANCOSO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................. 10

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 14

BANCOS ............................................................................................................................................................... 16

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 18

ANTICIPO A PROVEDORES .................................................................................................................................. 20

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 21

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 25

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 28

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 37

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 37

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 45

PROGRAMA FONREGION ..................................................................................................................................... 49

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 51

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 51

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 55

FONDO REGIONAL ............................................................................................................................................... 56

(FIDEM) FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS .......................................................................................................................................................... 57

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ........................................................................ 63

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 64

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 65

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 66

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 12

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

8

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

29

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 23

Subtotal 72

Acciones Preventivas

Recomendación2 35

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 35

TOTAL 107

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

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Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Trancoso, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

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El municipio de Trancoso, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2009 por un monto total de $52,509,842.18 los cuales se encuentran conformados por $24,878,133.22 de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública con un alcance de revisión de 93.10%. Además de $12,931,841.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $14,699,867.96 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física de la Obra.

Resultado AF-01, Observación AF-01 Derivado de la revisión al rubro de ingresos se observó que el ente fiscalizado no integró como parte del soporte documental, las fichas de depósito de los ingresos generados durante los meses de enero, junio, agosto, septiembre y octubre relativos al ejercicio 2009, motivo por el cual se procedió a cotejar estos ingresos contra los estados de cuenta emitidos por la Institución Bancaria denominada Banorte, obteniendo como resultado de dichas conciliaciones un diferencia total de $486,589.25, misma que no fue depositada a las cuentas bancarias del Municipio, cantidad que se detalla a continuación:

MES

INGRESOS REGISTRADOS EN CONTABILIDAD

DEPÓSITOS LOCALIZADOS

DIFERENCIA

ENERO 1,792,608.72 1,404,841.20 $ 387,767.52

JUNIO 1,743,759.95 1,735,281.89 8,478.06

AGOSTO 1,847,582.39 1,831,550.43 16,031.96

SEPTIEMBRE 1,480,027.52 1,446,395.31 33,632.21

OCTUBRE 1,766,922.54 1,726,243.04 40,679.50

TOTAL $ 486,589.25

Cabe destacar que en las referidas conciliaciones existen algunos depósitos en los estados de cuenta bancarios del municipio que no fueron identificados en los registros contables y viceversa. Además, es importante mencionar que en los documentos correspondientes a dichos ingresos, existen algunos que adolecen de las firmas de las personas que intervienen en su elaboración.

AF-09/50-001 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por un importe de $486,589.25, correspondiente a ingresos sobre los cuales no se demuestra que fueran depositados a las cuentas bancarias del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I y 151 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-02, Observación AF-02 Derivado de la revisión al rubro de ingresos se observó que el ente fiscalizado no utilizó recibos oficiales de ingresos para el cobro de conceptos como impuestos, derechos y aprovechamientos, etc., en los siguientes días 24, 25, 26, 27, 28 y 31 del mes

AF-09/50-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal fortalecer en lo sucesivo, encaminar hacia el cumplimiento de los requisitos fiscales, ya que es una obligación del Municipio expedir recibos

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

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de Agosto, 1, 2, 3, y 4 del mes de Septiembre y 14, 15, 16, 19 y 20 del mes de octubre del ejercicio 2009, imprimiendo dichos cobros directamente en una hoja en blanco, en los cuales se pudo apreciar que carecen de folios y otros se elaboraron manualmente.

que cumplan lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Derivado de la revisión al capítulo de Ingresos referente a los Impuestos Predial y Rústico, generados durante el ejercicio 2009, se observó que no coincide lo informado por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública del ejercicio 2009, que asciende a $140,431.86, con el informe de recaudación emitido por el departamento de Catastro del Sistema de Impuesto Predial (SIP-ZAC), el cual indica que el monto recaudado por estos conceptos fue de $143,181.41, existiendo una diferencia de menos por $2,749.55 en registros contables, misma que se considera no relevante ya que representa un 1.96% con relación a los ingresos totales recaudados, sin embargo denota la falta de coordinación entre las áreas responsables en la conciliación en registros.

AF-09/50-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, el establecimiento de medidas de control interno que permitan la conciliación entre las áreas responsables del cobro y el registro del ingreso. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-04, Observación AF-04 Derivado de la revisión al Impuesto Predial, se observó que el municipio cuenta con contribuyentes morosos, de los cuales 156 corresponden a predios

AF-09/50-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal en lo sucesivo realizar las acciones necesarias que permitan abatir

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada

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INGRESOS

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rústicos y 3620 a predios urbanos, sumando un total de 3776.

el rezago en el cobro del Impuesto Predial para beneficio del erario municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Derivado de la revisión física de los cobros efectuados al impuesto predial, se verificó por el personal actuante de esta Entidad de Fiscalización, que las condonaciones realizadas por el ente auditado corresponden a las estipuladas en la Ley de Ingresos, sin embargo, no se cuenta con un padrón de contribuyentes que especifique el tipo de beneficiarios, es decir: madres solteras, discapacitados, mayores de edad, etc., así mismo no se solicita a los contribuyentes evidencia documental que justifique el motivo del descuento, lo cual no permitió corroborar su correcta aplicación.

AF-09/50-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo documentar en cada recibo de ingresos en los que realice algún descuento, la documentación que avale el motivo por el cual se hizo efectivo el mismo, así como implementar y elaborar un padrón de beneficiarios. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y

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se le dará seguimiento.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Derivado de la revisión a los ingresos por concepto del Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles, se observó que existe un cobro que adolece de los documentos que sustenten el valor de operación, valor de avalúo y recibo oficial que sustente el ingreso a cargo de la C. Ana María Gaytán Trejo por un monto de $1,978.40, de igual forma existe otro ingreso del que se omitió presentar el recibo oficial a cargo de la C. María de los Ángeles Vela Romo por $366.00, por lo que no se pudo verificar el correcto calculo de dicho impuesto, es importante señalar que dichos ingresos fueron registrados en la póliza de ingresos número I00166 del 22 de julio de 2009, así mismo de dichos contribuyentes el municipio no cuenta con sus expedientes correspondientes.

AF-09/50-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo sucesivo en lo referente al cobro del Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles se integre el debido soporte documental dejando plenamente identificado el valor de la operación y valor del avalúo. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-07, Observación AF-07 De la revisión del ingreso relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, se solicitó al municipio la relación de expendios de bebidas alcohólicas misma que al ser revisada y analizada se determinaron las siguientes observaciones: 1) La recaudación por dicho Derecho ascendió a

$344,724.18 según información proporcionada por el Departamento de Alcoholes, que al ser cotejada con lo contabilizado por el Departamento de Tesorería en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) fue por $337,989.91 por tal motivo se determina una diferencia de menos en registros contables por un monto de $6,734.27.

2) Por lo que se refiere a la aplicación de las cuotas establecidas en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, se detectó una diferencia cobrada de más por un monto de $7,166.18.

AF-09/50-013 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclarar la cantidad de $26,272.70, presentando a esta Auditoría Superior del Estados las bases que se tomaron para el cálculo de las sanciones cobradas durante el ejercicio 2009. Lo anterior con fundamento en el artículo 95 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

AF-09/50-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo considerar lo siguiente:

1. Realizar el cobro correcto de las licencias de bebidas, aplicando las disposiciones legales establecidas en el artículo 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vigente, en el cual se establecen las

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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3) Derivado de la revisión realizada a la documentación de las licencias de renovación otorgadas por el H. Ayuntamiento durante el ejercicio 2009, se observó que no cuentan con el formato de solicitud de renovación autorizado por la propia Tesorería Municipal.

4) Se detectó que en la mayoría de los casos no se está cobrando por concepto del 10% adicional por aquellos establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos.

5) Así mismo, se verificó que el municipio realizó la aplicación de sanciones, sin embargo se observó que las cantidades cobradas por dicho concepto son muy elevadas en relación a las previstas en el artículo 95 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, ya que se obtuvo como resultado una diferencia de más por $26,272.70.

6) Por otra parte se detectó una licencia a la cual no se realizó la clausura temporal en virtud de que su pago fue posterior al 31 de marzo de 2009.

7) Asimismo se observó que los recibos que expide el ente auditado, por lo que corresponde a bebidas alcohólicas, no mencionan los datos suficientes para determinar el cobro correcto de las cuotas establecidas, como son: cantidad de licencias, costo unitario, sanciones, Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, entre otros.

Como parte del seguimiento de recomendaciones emitidas en el Informe de Resultados relativo al ejercicio 2008, se emitieron las acciones número AF-08/47-005 y AF-08/47-008, consistentes en dos recomendaciones, citando en la primera, establecer mecanismos de control y conciliación de la recaudación cobrada por concepto de Bebidas Alcohólicas a fin de que la información sobre los cobros realizados por este concepto sean coincidentes con los montos reportados por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública, así mismo en la segunda se recomienda que deberá incluir en los recibos de ingresos los datos suficientes para determinar su correcto cobro, tales como: cantidad de licencias, costo unitario,10% de derecho adicional por

cuotas y tarifas que deben utilizarse para el pago de Derechos por la venta de bebidas alcohólica.

2. Se recomienda presentar la solicitud de renovación en el formato “autorizado” por la propia Tesorería Municipal, para su envió a cada licenciatario y notificarles que tendrán de plazo hasta el último día del mes de diciembre para presentarla ante la citada Tesorería a fin de renovar su licencia sin sanción alguna.

3. Aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea en la renovación de las licencias en esta materia y, en su caso, instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva, según corresponda.

4. Realizar el cálculo por la renovación de licencias de manera correcta, efectuar el desglose adecuado de los conceptos cobrados, como son lo correspondiente a la tarifa aplicada y lo correspondiente a la retención realizada del 5% para la UAZ, aplicar el cobro del 10% adicional en aquellos locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos y realizar el cobro de los derechos conforme a lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas.

5. Además se recomienda nuevamente que los recibos que expida por concepto de bebidas alcohólicas mencionen los datos suficientes para determinar el cobro correcto de las cuotas establecidas, como son: cantidad de licencias, costo unitario, sanciones, Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, entre otros.

Lo anterior con fundamento en los artículos 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, 62 y 106 de la Ley

realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

consumo dentro de los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, sanciones, entre otros, mismas que no fueron atendidas al determinarse las observaciones ya referidas.

Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, así como los artículos 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/50-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-08, Observación AF-08 Derivado de la revisión a la cuenta 4104-08 de nombre Otros Aprovechamientos generados durante el mes de diciembre de 2009, se observó que existen ingresos por concepto de descuentos vía nómina en las siguientes pólizas D00551 de fecha 15 de diciembre por un monto de $4,174.60 y E00893 de fecha 15 de diciembre de 2009 por $3,878.20, de los cuales no quedo claro el origen de dichos ingresos, además cabe hacer mención que no anexan documentación comprobatoria que sustente los mismos.

AF-09/50-016 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclarar la cantidad de $8,052.80, presentando documentación que permita verificar el origen de los ingresos registrados en la cuenta 4104-08, exhibiendo para tal efecto, los recibos de ingresos correspondientes y demás documentación justificativa. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado AF-09, Observación AF-09 Derivado de la revisión a los ingresos específicamente del rubro de Participaciones otorgadas al municipio de Trancoso, Zac., durante el periodo del 1° de julio al 31 de diciembre del ejercicio 2009, se observó una diferencia por un monto de $2,915,933.00, el cual se encuentra registrado en las cuentas de ingresos 4105-08 de nombre Apoyos Extraordinarios y 4105-08 de nombre FEIEF, se corroboró que el recurso se encuentra debidamente registrado e ingresado a las cuentas bancarias del Municipio, sin embargo no se localizaron los documentos que sustenten dicho ingreso, es decir, las constancias de participaciones y/o recibos de ingresos.

AF-09/50-017 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclarar la cantidad de $2,915,933.00, presentando documentación que permita verificar el origen de los ingresos registrados en las cuentas 4105-08.- Apoyos Extraordinarios y 4105-08.- FEIEF, exhibiendo para tal efecto, los recibos de ingresos correspondientes y demás documentación justificativa. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Trancoso, Zacatecas, durante el ejercicio 2009, fue por $51,276,090.46 los cuales se encuentran conformados por $24,171,733.09 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 35.59%. Además de $701,524.67 de Obra Pública, $11,739,985.29 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $14,662,847.41 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión al rubro de Egresos son los siguientes:

Resultado AF-10, Observación AF-10 Derivado de la revisión a la muestra seleccionada de egresos así como denuncias expuestas ante esta entidad de fiscalización, se detectaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación observándose para el primer caso la cantidad de $2,381,059.32, mientras que para el segundo el importe de $937,198.79 dando un monto total de $3,318,258.11. (El desglose del importe observado se puede verificar en el anexo de egresos, mismo que se presenta de manera electrónica en el CD. No.1 en cual se anexa al final del Informe de Resultados).

AF-09/50-018 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $3,318,258.11 correspondiente a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental o comprobación que respalde y justifique los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-11, Observación AF-11 Al realizar la revisión y análisis de la cuenta 1311 de nombre Maestros Comisionados, la cual se baso en el reporte proporcionado por Secretaría de Finanzas y en las constancias emitidas por la misma, se observa descuento durante el mes de enero del ejercicio fiscal 2009 por un importe de $7,641.33 correspondientes a la Profra. Gloria Estela Rosales Díaz, quien según nóminas presentadas por el municipio solamente laboró hasta el mes de octubre de 2008.

AF-09/50-019 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $7,641.33 por no efectuar las gestiones necesarias ante la Secretaría de Finanzas tendientes a obtener el reembolso del monto descontado indebidamente por concepto de maestros comisionados a nombre de la Profra. Gloria Estela Rosales Díaz durante el mes de enero del ejercicio fiscal 2009 ya que según nóminas presentadas por el municipio solamente laboró hasta el mes de octubre de 2008. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-12, Observación AF-12 Derivado de la revisión a la muestra seleccionada de egresos así como a denuncias expuestas ante esta entidad de fiscalización, se detectaron erogaciones que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto, siendo el monto para el primer caso de $553,472.31, mientras que para el segundo de $68,606.81 dando un importe total observado de $622,079.12. (El desglose de este concepto se puede verificar en el anexo de Egresos que se adjunta al final de este documento de manera electrónica, en el disco compacto que forma parte integral del presente Informe de Resultados como Anexo No.1).

AF-09/50-020 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $622,079.12 correspondiente a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifica la aplicación del gasto. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-13, Observación AF-13 Derivado de la revisión practicada a la cuenta 1510 de nombre Compensación Garantizada, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por concepto de pagos a miembros del H. Ayuntamiento adicionales a sus dietas por $71,000.00, así como a funcionarios de primer nivel por $98,000.00 haciendo un total de $169,000.00, situación que fue autorizada en sesión ordinaria número 50 de fecha 01 de septiembre de 2009. Cabe señalar que en Sesión Ordinaria número 50 de fecha 01 de Septiembre de 2009, se vierten diversos comentarios por parte de los integrantes del H. Ayuntamiento, que el municipio se encuentra en un estado de austeridad en el que no le es posible complementar cantidades para efectuar pagos de los adeudos existentes a cargo del Municipio. No obstante de lo manifestado anteriormente por el ente fiscalizado, éste no tiene la capacidad financiera para afrontar gastos de tal relevancia, en virtud de que sus Indicadores Financieros de Liquidez y Solvencia, revelan que dispone de $0.47 de activo circulante para pagar cada $1.00 de obligaciones a corto plazo. Y no cuenta con solvencia para cumplir con sus compromisos a largo plazo.

AF-09/50-021 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento conformado por Presidente Municipal, Síndico Municipal y Regidores (as) de la Administración 2007-2010, así como también al L.E. Eliseo Juárez Martínez quien se desempeñó como Tesorero Municipal, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, por no haber vigilado ni administrado adecuadamente el presupuesto de egresos ya que para afrontar el pago del Bono Especial, presupuestado de origen, no contaba con suficiencia financiera recurriendo a empréstitos con GODEZAC, observándose por el contrario, que otorgó préstamos personales, así como desfases presupuestales en diversas partidas

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

destacando las cuentas de Gastos de Difusión e Información y Gastos de Ceremonia y de Orden Social. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I, III y IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado AF-14, Observación AF-14 Derivado de la revisión a la muestra seleccionada de egresos así como de denuncias expuestas ante esta entidad de fiscalización, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta, siendo el monto de $28,787.00 para el primer caso, mientras que en el segundo de $82,281.44, dando un total de monto observado de $111,068.44, (El desglose del importe observado se puede verificar en el anexo de egresos, mismo que se presenta de manera electrónica en el CD. No.1 en cual se anexa al final del Informe de Resultados).

AF-09/50-022 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, aclarar las erogaciones descritas anteriormente por la cantidad de $111,068.44, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental que permita corroborar que los beneficiarios recibieron los recursos erogados y/o materiales adquiridos, así como la comprobación y reportes fotográficos de los eventos realizados. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado AF-15, Observación AF-15 Derivado de la revisión practicada a la muestra seleccionada de egresos así como de denuncias expuestas ante esta entidad de fiscalización, se observaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria sin firma de los beneficiarios que corresponden al pago de nóminas de las cuales el ente auditado acredita las transferencias de los recursos a los mismos, siendo el monto del primer caso de $20,000.00, mientras que de las denuncias de $80,430.36, dando un importe total observado de $100,430.36.

AF-09/50-023 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal en lo sucesivo, hacer exigible la firma de cada uno de los beneficiarios que reciban pagos por concepto de nómina aún y cuando dicho pago no sea en efectivo sino a través de Servinomina o transferencias bancarias con el fin de que el Municipio cuente con un adecuado control Interno de sus Egresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, Artículo 78 fracción I, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 7 de la Ley de Fiscalización

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Superior del Estado de Zacatecas.

AF-09/50-024 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-16, Observación AF-16 Derivado de la revisión practicada a la muestra seleccionada de egresos, se observaron erogaciones con cargo al presupuesto por concepto de combustibles por un monto de $10,000.00 presentando el Municipio como soporte documental para esta partida una serie de facturas que justifican la cantidad de $19,955.16, determinándose una diferencia de más por $9,955.16. (El desglose de las facturas está contenido en el anexo de egresos en la observación número 124, mismo que se presenta de manera electrónica en el CD. No.1 en cual se anexa al final del Informe de Resultados).

AF-09/50-025 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal, presente a la Auditoría Superior del Estado la aclaración correspondiente por el importe de $9,955.16, en virtud de que se realizaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por concepto de Combustibles de los cuales se presentó documentación comprobatoria de más. Lo anterior con fundamento en los artículos 7 de la Ley de fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184,185, y 187 de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Trancoso, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2009 un Superávit de $1,233,751.72, en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-17, Observación AF-17 El Municipio de Trancoso, Zacatecas registra un saldo en esta cuenta al 31 de diciembre de 2009 según el Estado de Posición Financiera de $66,154.72, el cual representa una disminución del 48.76% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Derivado de la revisión correspondiente a este rubro se detectó lo siguiente: De conformidad con los registros contables del municipio se observa que se informan 3 fondos fijos, mismos que no mostraron movimientos durante el ejercicio sujeto de revisión, cabe señalar que dos de ellos son por montos mínimos y con saldos negativos y uno más por un monto de $5,000.00, es de importancia señalar que no fue posible su revisión en vista de campo, ya que según argumentos verbales de personal del área de Tesorería del ente fiscalizado éstos no existen y no se cuenta con información que respalde los mismos ya que provienen de otros ejercicios, por lo que únicamente están reflejados en sus registros. No obstante de lo anterior se detectó que el Municipio de Trancoso, Zac., cuenta con 2 fondos fijos uno por $10,000.00, utilizado por el área de Tesorería y otro por $5,000.00 asignado al Departamento de Agua Potable, mismos que al ser revisados se verificó que éstos no se encuentran registrados contablemente; los mismos cuentan con su respectivos pagarés que los sustentan a nombre del Tesorero Municipal, observándose que sólo uno de ellos cuenta con fecha de expedición.

AF-09/50-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo la cancelación de los fondos fijos obsoletos mediante autorización de Cabildo, así mismo se recomienda que se registren en la contabilidad del municipio aquellos Fondos que efectivamente sean utilizados con el fin de que los Estados Financieros reflejen la situación real del mismo. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, y 170 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-18, Observación AF-18 La cuenta de Bancos presentó un saldo de $533,523.79 al 31 de diciembre de 2009, el cual está integrado por 16 cuentas bancarias de la institución bancaria de nombre Banco Mercantil del Norte, S.A., de las cuales solo 13 cuentas mostraron saldo al cierre del ejercicio ya referido. Derivado de la revisión a esta cuenta de activo se observó lo siguiente:

1. Tres cuentas bancarias que se encuentran registradas en contabilidad, sin embargo no fueron confirmadas por la Institución Bancaria.

2. Derivado de la inspección física de las chequeras propiedad del Municipio se observó que existen chequeras que pertenecen a cuentas que se encuentran registradas en contabilidad, mismas que tampoco fueron confirmadas por la institución bancaria, así mismo, se detectaron 2 chequeras cuyas cuentas bancarias a las que pertenecen están registradas en contabilidad y no fueron confirmadas por el banco.

3. Según confirmación enviada por el Banco Mercantil del Norte S.A., Sucursal 823 de fecha 08 de junio de 2010, suscrita por el Lic. Jaime Humberto Alonso Borrego, titular de dicha institución, se observa que confirma 9 cuentas bancarias las cuales no fueron reportadas por el Municipio.

A continuación se muestra el detalle de cada una de las situaciones observadas anteriormente:

No. De cuenta

Tipo de cuenta

Nombre de la cuenta

Folio inicial

Folio final

Cantidad

Cuentas registradas por el Municipio no confirmadas por el banco

n/a n/a 3 X 1 2006 599-5 n/a n/a n/a

n/a n/a Fondo III 2007

310-8 n/a n/a n/a

n/a n/a Fondo IV 2006

5822 n/a n/a n/a

Cuentas registradas en contabilidad las cuales cuentan con chequeras, sin embargo no fueron confirmadas por el banco.

0552165738 n/a Fondo III 2008 196 320 125

0552165813 n/a Empleo Temporal

5813 21 120 100

AF-09/50-028 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal realizar las aclaraciones y justificaciones respecto de cada una de las situaciones expuestas en los tres puntos detallados anteriormente, presentando a esta entidad de fiscalización documentación comprobatoria que así lo respalde. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I y XV, artículo 191 de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

561186034 n/a Fondo IV 2007

6034 87 120 34

0576908463 n/a Empleo Temporal

2009 57 70 14

Cuentas que no se encuentran registradas en contabilidad, no fueron confirmadas por el banco, sin embargo cuentan con chequeras.

563727208 n/a Administradora de Aguinaldo

21 70 50

552165765 n/a MTR000101LP5 4 70 67

Cuentas confirmadas por el banco, sin embargo, no fueron reportadas por el Municipio.

603819607 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

608070935 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

608071754 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

613496892 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

553903656 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

553914045 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

573659429 Inversión

Global n/a n/a n/a n/a

676908468 Enlace Global

n/a n/a n/a n/a

434735 Mesa de dinero

n/a n/a n/a n/a

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-19, Observación AF-19 El saldo de Deudores Diversos del Municipio de Trancoso, Zac. al 31 de diciembre de 2009 fue de $4,969,687.36 representando un incremento con relación al cierre del ejercicio anterior del 78.49%. Derivado de la revisión a este rubro se observó lo siguiente:

1) Saldos provenientes de ejercicios anteriores que no mostraron movimientos durante el ejercicio sujeto a revisión por un monto de $345, 603.01.

AF-09/50-029 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $397,256.34, relativo a préstamos personales otorgados durante el ejercicio 2009 los cuales no cuentan con documento mercantil que permita la recuperación de los mismos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-09/50-030 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.C. Juan Carlos López Almanza quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, por no realizar acciones tendientes a la recuperación de los créditos otorgados y por continuar realizando préstamos con recursos públicos tanto a particulares como entre áreas de la propia Administración Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

AF-09/50-031 Solicitud de Aclaración

Se solicita al ente auditado aclaración debidamente documentada de las causas

Se solventa

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que originaron el saldo negativo al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión, en la cuenta de Otros Deudores 1105-03-0019.- Sistema Municipal de Agua Potable Trancoso por el orden de $400,000.00. Lo anterior con fundamento artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ANTICIPO A PROVEDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-20, Observación AF-20 El municipio de Trancoso, Zacatecas, presentó un saldo en Anticipos a Proveedores al 31 de diciembre de 2009 en el Estado de Posición Financiera por la cantidad de $106,922.00, mismos que provienen de ejercicios anteriores y que no presentaron movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión, detallándose a continuación:

CUENTA NOMBRE DE CUENTA SALDO

1106-01 PROVEEDORES LOCALES

1106-01-0001 EVERARDO JASSO GARCÍA

$ 1,000.00

1106-01-0005 PEDRO ALVARADO ZAPATA

3,200.00

1106-01-0008 CARLOS VILLAGRÁN RAMÍREZ

5,000.00

1106-01-0011 ELIAZAR LÓPEZ LÓPEZ

9,722.00

1106-01-0014 J. INÉS CARRILLO CASTRO

43,000.00

1106-01-0015 SERGIO RICARDO VILLAFUERTE GONZÁLEZ

30,000.00

1106-01-0018 JORGE RODRÍGUEZ DE LA ROSA

5,000.00

1106-01-0019 CIAS. PERIODÍSTICAS DEL SOL DEL CENTRO

10,000.00

TOTAL $ 106,922.00

Es importante comentar que durante el proceso de revisión de auditoría, el ente fiscalizado no presentó soporte documental de dichos anticipos por lo que se desconocen los bienes y servicios por los cuales se otorgaron dichos anticipos, en consecuencia, no se justifica su realización. Cabe señalar que en los informes de resultados de los ejercicios 2007 y 2008, se promovieron acciones por una observación similar, emitiéndose para el primero la acción número AF-07/50-021 consistente en una recomendación, mientras que para el segundo ejercicio se promovió la acción número AF-08/50-021 consistente en una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, por observaciones similares a esta.

AF-09/50-032 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.C. Juan Carlos López Almanza quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, por no realizar acciones tendientes a lograr la recepción de los bienes o servicios por los cuales se otorgaron los anticipos observados. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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ACTIVO FIJO

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Resultado AF-21, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 fue por $9,566,297.37, en el cual se consideran incorporaciones de ejercicios anteriores por $495,491.25. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $282,105.91, de las cuales $24,963.71 (8.85%) se realizaron con Recursos Propios, $63,131.00 (22.38%) con Recursos Federales y $194,011.20 (68.77%) con Recursos de Otros Programas.

Resultado PF-01 Observación PF-01 En el ejercicio 2009, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $63,131.00, de los cuales $49,784.00 provienen de recursos de Fondo III y $13,347.00 de recursos de Fondo IV; además de $194,011.20 de recursos de Otros Programas, correspondientes a la adquisición de mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación, maquinaria y equipo agropecuario, industrial y de construcción y vehículos y equipo terrestre. Las adquisiciones fueron incorporadas al Activo Fijo y por lo tanto reflejadas como incremento en el Patrimonio del municipio a excepción de una cámara digital, dos motobombas y dos bombas cloradoras por un importe total de $32,029.00 correspondientes a Fondo III.

PF-09/50-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que las adquisiciones realizadas con Recursos del Fondo III, específicamente la cámara digital, dos motobombas y dos bombas cloradoras no incorporadas por la cantidad de $32,029.00, se registren contablemente en el Activo Fijo y en el Patrimonio del municipio y sean consideradas en el inventario del mismo con su correspondiente vale de resguardo.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-23, Observación AF-22 Derivado de la revisión física a los bienes muebles se observó que los adquiridos recientemente adolecen de etiqueta con el número de inventario o código correspondiente lo que dificulta su ubicación, así como de sus resguardos. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover AF-08/50-024 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-09/50-034 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, llevar a cabo la actualización del inventario de los bienes muebles agregando etiquetas a cada bien que permita la identificación de los mismos verificando que estos cuenten con su respectivo resguardo firmado por los servidores públicos a quienes se les confieren bienes muebles necesarios para el desempeño de sus labores siendo obligación de Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del Municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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ACTIVO FIJO

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elaboración de inventarios físicos semestrales conjuntamente con el Secretario de Gobierno Municipal, situación que será objeto de seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/50-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-24, Observación AF-23 Derivado de la revisión física del parque vehicular se detectó que algunas de las unidades no cuentan con logotipo del H. Ayuntamiento y número económico, además que algunos choferes no tienen licencia de conducir y quienes si cuentan con ella ya están vencidas. Por otra parte se ubicaron que varias unidades oficiales carecen de placas y los vehículos que representan mayor riesgo por las características de su uso no cuentan con póliza de seguro.

Así mismo, derivado de la revisión a la documentación relacionada con el parque vehicular se detectó que no cuentan con expedientes individuales de los mismos, así como tampoco se ha cubierto la tenencia de la totalidad de los vehículos ya que solamente se cubrió lo correspondiente a 3 vehículos, además no se cuenta con resguardos a nombre de la persona que utiliza el vehículo.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover

AF-09/50-036 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal marcar todos los vehículos oficiales con el logotipo del H. Ayuntamiento y el número económico que les corresponda. También se recomienda actualizar todas sus unidades en cuanto al pago de tenencia, asimismo que todos los choferes de vehículos oficiales cuenten con licencia de manejo vigente, además de asegurar los vehículos que representan mayor riesgo para evitar posibles contingencias. Se sugiere también elaborar expedientes individuales de los vehículos para una mayor identificación de los documentos, así como también elaborar los resguardos de cada vehículo a nombre de la persona que utiliza la unidad en cada momento. Lo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

AF-08/50-026 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/50-037 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-25, Observación AF-24 De la revisión practicada al Activo Fijo propiedad del municipio de Trancoso, Zacatecas, se observó que de los 15 bienes inmuebles con los que cuenta el ente fiscalizado, 14 no cuentan con la Escritura Pública, así como tampoco se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, mismos que se detallan a continuación:

No. CLAVE

CATASTRAL DEL PREDIO

DESCRIPCIÓN UBICACIÓN

UTILIZACIÓN QUE SE LE

DA AL INMUEBLE

SUPERFICIE

1 17-004-01-124-004-00

RASTRO MUNICIPAL

C. GENERAL BARRAGAN

S/N

RASTRO MUNICIPAL

3,110.80 M2.

2 17-004-01-059-003-00

EDIFICIO DE LA PRESIDENCIA

C. GENERAL BARRAGAN No.

PRESIDENCIA MUNICIPAL

2726.93 M2.

3 ASM 03 44

120 PARQUE

ALAMEDA

C. ISURGENTES

S/N

PARQUE ATRACC. AL

PUBLICO

4,000.00 M2.

4 AS M01 COMANDANCIA

DE POLICÍA C. FRANCISCO I MADERO S/N

COM. DE POLICÍA

PREVENTIVA

421.84 M2

5 17-004-04-034-001-00

PANTEÓN MUNICIPAL

C. REVOLUCIÓN

S/N

PANTEÓN MUNICIPAL

8854.56 M2.

6 S/N LIENZO

CHARRO C- GENERAL

BARAGAN S/N

LIENZO CHARRO

MUNICIPAL

9425 M2.

7 ASM -01-11-

32 HOSPITAL

CALLE BELIZARIO

DOMINGUEZ Y CAMINO REAL

CLÍNICA HOSPITAL INTEGRAL

2663.88 M2.

8 ASM-020-

119 AUDITORIO MUNICIPAL

C. FRANCISCO I MADERO S/N

AUDITORIO MUNICIPAL

9 ASM-020-

119 BIBLIOTECA

C. HIDALGO S/N

BIBLIOTECA PUBLICA

152.OO M2.

AF-09/50-038 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, en especifico al Síndico Municipal, efectúe los procedimientos, ante las instancias correspondientes, para la escrituración de los bienes propiedad del municipio y su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, y en consecuencia presente los documentos que se deriven de este trámite y conforme un expediente para su seguimiento, ya que esta observación será objeto de verificación en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-039 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10 S/N SALÓN C. FRANCISCO I MADERO S/N

REUNIONES DE MESEROS

653.05 M2.

11 S/N KIOSCO C. FRANCISCO I MADERO S/N

KIOSCO MUNICIPAL

406.89 M2.

12 S/N

JARDÍN "MÁRTIRES DE

LA BLANQUITA"

C. EMBARCACIÓN

Y C. REAL

JARDÍN MUNICIPAL

349.6 M2.

13 S/N AULA/ SALÓN C. HIDALGO

S/N

EVENTOS PERS. DE LA 3RA. EDAD

108.88 M2.

14 S/N JARDÍN "JUAN

PADILLA"

C. GENERAL BARRAGAN

S/N

JARDÍN MUNICIPAL

934.53

Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover AF-08/50-028 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-26, Sin Observación El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2009 ascendió a un importe de $14,536,524.77, del cual $2,452,840.42 corresponde a Deuda Pública a Largo Plazo, $977,141.09 a Deuda Pública a Corto Plazo, y $11,106,543.26 a Adeudos con Proveedores, Acreedores Diversos e Impuestos y Retenciones por Pagar.

Resultado AF-27, Observación AF-25 De la revisión efectuada a los pasivos con los que cuenta el ente auditado al 31 de diciembre de 2009 se determinaron las siguientes observaciones: PROVEEDORES El saldo de la cuenta de Proveedores del Municipio de Trancoso, Zac., reflejado en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 fue por el orden de $989,975.05, detectándose un incremento con relación al cierre del ejercicio anterior del 81.21%. De la revisión a esta cuenta se observó lo siguiente:

1) Cuenta con saldos que no presentaron movimientos durante el ejercicio sujeto a revisión los cuales suman un total de $ 203,818.45.

CUENTA NOMBRE DE CUENTA SALDO

2102-01 PROVEEDORES GASTO CORRIENTE

2102-01-0008 EVANGELINA RAMOS CORDERO $ 0.04

2102-01-0016 LUIS BASILIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ 4,613.70

2102-01-0028 JOSE H. JASSO ALVARADO 1,254.00

2102-01-0049 ELECTRÓNICA Y PAPEL, S.A. C.V. 3,428.84

2102-01-0069 CARLOS VILLAGRANA RAMÍREZ 5,100.00

2102-01-0079 LAURA ELENA DE LA ROSA GUEVARA 769.00

2102-01-0082 AUTO PARTES DE SAN JUAN SA. DE CV 1,300.00

2102-01-0084 RAFAEL TENORIO A. 4,943.15

2102-01-0093 ESTELA ARAIZA ALVARADO 1,085.50

2102-01-0098 TORRES CORZO AUTOMOTRIZ DE ZAC Y FLLO.

313.42

2102-01-0102 COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS DE LIMZA.

518.65

2102-01-0103 GRUPO EDITORIAL ZACATECAS SA DE CV

0.50

2102-01-0104 BEBIDAS PURIFICADAS LOS PINOS SA DE CV

5,207.03

2102-01-0110 REMAQ 1,409.50

2102-01-0111 COAVSI SA DE CV 1,490.00

AF-09/50-040 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal la aclaración debidamente documentada de las causas que originaron los saldos negativos al 31 de diciembre del ejercicio sujeto a revisión, en las cuentas de pasivos incluidas en la observación que antecede por el orden de $239,942.04, el cual se conforma de la siguiente manera: $58,823.82 de Proveedores y $181,118.22 de Impuestos y Retenciones por Pagar. Lo anterior con fundamento artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

AF-09/50-041 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2102-01-0113 CONSORCIO HIDRO SA DE CV 10,350.00

2102-01-0120 LEOBARDO PARGA URISTA 53,053.00

2102-01-0121 JOSÉ LUIS GARCÍA DELGADO 38,355.80

2102-01-0125 MA. CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ GUARDADO

402.00

2102-01-0133 GAS CAMPANITA SA DE CV 12,434.59

2102-01-0142 EMMA CECILIA ROSALES GUERRA 2,300.00

2102-01-0144 JUAN ALBINO SAUCEDO RAMÍREZ 1,644.50

2102-01-0147 MODESTO HERNÁNDEZ VARGAS 1,050.00

2102-01-0152 J. JESÚS LÓPEZ DÍAZ 944.00

2102-01-0154 FRIDA KARINA DE LA TORRE LÓPEZ 2,600.00

2102-01-0155 BLANCA LILIA FÉLIX MURILLO 20,125.00

2102-01-0157 FRANCISCO ROSENDO BARVA VIZCAINO 4,140.00

2102-01-0158 LUIS MANUEL MEDINA RUIZ 3,000.00

2102-01-0159 CASA LIM SA DE CV 1,950.40

2102-01-0165 CEMOZAC SA DE CV 5,032.00

2102-01-0169 LUIS ENRIQUE MENDOZA ROSAS 5,750.00

2102-01-0175 SERGIO ARMANDO BRIONES CABRAL 1,800.00

2102-02 PROVEEDORES OBRAS PUBLICAS

2102-02-0002 MANUEL TENORIO IBARRA 20.00

2102-02-0013 MA. CONCEPCIÓN VARGAS CÁRDENAS 0.83

2102-02-0015 AMELIA MARTÍNEZ REYES 7,433.00

TOTAL $ 203,818.45

2) Se detectaron saldos negativos que suman un total de $58,823.82.

CUENTA NOMBRE DE CUENTA SALDO

2102-01-0076 AMELIA MARTÍNEZ REYES -$ 44,521.18

2102-01-0131 MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ESCAREÑO -10,000.00

2102-01-0132 CECILIA MAGDALENA HINOJOSA MARCIAL -0.50

2102-01-0137 HOMERO ACOSTA RODRÍGUEZ -0.20

2102-01-0145 SIRRITEC SA DE CV -832.44

2102-01-0168 HECTOR MARIO MENDOZA Bañuelos -469.50

2102-01-0170 MAURICIA JUDITH RODRÍGUEZ SIFUENTES -3,000.00

TOTAL $ -58,823.82

3) Se seleccionó una muestra de proveedores más

relevantes para su revisión documental, de los cuales

Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.C. Juan Carlos López Almanza quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no haber realizado la confirmación de saldos pendientes de pago a sus Proveedores y Acreedores Diversos con el fin de verificar la autenticidad de los mismos, procediendo al pago o depuración en su caso, así como por no haber realizado el entero de los siguientes conceptos: 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas y Cuotas Obrero-Patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-09/50-042 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal efectuar la circularización de cada uno de los saldos correspondientes a Acreedores Diversos y Proveedores, a efecto de confirmar cada uno de los mismos a fin de depurarlos para que su Estado de

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

se encontró que la mayoría anexan soporte documental consistente en facturas, sin embargo, existen algunos que no se encuentran soportados con ningún documento, tales como Sergio Ricardo Villafuerte González y Cuauhtémoc Hurtado Rizo.

ACREEDORES DIVERSOS El saldo de Acreedores Diversos del Municipio de Trancoso, Zac. al 31 de diciembre de 2009 fue de $7,035,527.22; detectándose un incremento con relación al cierre del ejercicio anterior del 31.02%. De la revisión a este rubro se observó lo siguiente:

1) El Municipio cuenta con Acreedores que no registraron movimientos durante el ejercicio mismo que suman un total de $2,981,415.75.

2) Acreedores internos tales como: Cuenta 3 X 1 por $12,000.00, Fondo IV por $1,898,277.00, Aportación de Beneficiarios por $33,000.00, Fondo III por $1,423,758.73 y Fondo Único Tesorería por $686,704.28.

Cabe hacer mención que se seleccionaron algunos Acreedores Diversos para su revisión, obteniéndose como resultado que no cuentan con soporte documental alguno. IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR Derivado de la revisión al rubro de Impuestos y Retenciones por Pagar, se observó que existen saldos pendientes de enterar muy relevantes como son: IMSS por un monto de $3,018,696.72 y 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas por $163,872.14. Además cuenta con saldos negativos en las siguientes cuentas: Fonacot con $170,603.22 y Dcto lentes $10,515.00 Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2007 se emitió la acción a promover número AF-07/50-038 consistente en una Recomendación, de igual forma en el Informe de Resultados del ejercicio 2008 se emitieron las acciones números AF-08/50-031 relativa a una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, así como la acción número AF-08/50-032 consistente en una Solicitud de Aclaración relativa a los saldos negativos informados en las cuentas de Proveedores, Acreedores Diversos e Impuestos y Retenciones por Pagar, prevaleciendo dicha situación en la primera y última cuenta ya mencionadas.

Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean plenamente aclarados, previa autorización del H. Ayuntamiento. Así mismo se recomienda anexar tanto en Proveedores como en Acreedores Diversos el debido soporte documental que respalden y justifiquen las obligaciones financieras contraídas. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-09/50-043 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, además de verificar en forma general la normatividad aplicable al municipio, sin haber observaciones relevantes que hacer notar al respecto. El municipio de Trancoso, Zacatecas, no presentó modificación al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2009. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2009 el municipio recaudó y recibió 40.36% más de lo presupuestado, observándose que el rubros de Participaciones y Aportaciones Federales presenta aumento en su recaudación, además el rubro de Otros Programas y Ramo 20 no fue presupuestado y presenta recaudación; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 37.06%, registrándose desfases considerables en los conceptos Materiales y Suministros y Ayudas, Subsidios y Transferencias y Obras Públicas. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, observándose además que el incremento recibido y recaudado en el Ingreso es mayor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-29, Observación AF-27

Derivado del análisis y revisión a la Plantilla del Personal correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio sujeto a revisión, se observó que los Regidores del Ayuntamiento ni el Asesor Jurídico se encuentran en la misma.

AF-09/50-044 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante la autoridad competente, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de Trancoso, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2009. Infringiendo así los artículos 121 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio y 5° párrafo 1, fracciones I, V y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como el artículo 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

AF-09/50-045 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal integrar a la Plantilla de Personal a todos los funcionarios y miembros del Ayuntamiento. Lo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-30, Observación AF-28

Derivado del análisis a las actas de Cabildo celebradas por el H. Ayuntamiento durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, se detectó que no se llevaron a cabo las reuniones ordinarias correspondientes a los meses de febrero, mayo, julio y diciembre del ejercicio ya referido, tal y como se establece el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que a la letra dice: "Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegiada, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes".

AF-09/50-047 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo las reuniones de cabildo de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio el cual establece: “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegiada en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias….se celebrarán cuando menos una vez al mes…”. Lo anterior con fundamento en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-048 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-31, Observación AF-29

Derivado de la Revisión a la documentación comprobatoria correspondiente a los ingresos y egresos del ejercicio 2009, se observó la ausencia de firmas de los funcionarios facultados para hacerlo, tales como el Presidente,

AF-09/50-049 Recomendación

Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal que en lo sucesivo tome las medidas necesarias para hacer exigible la firma de los funcionarios, con la finalidad de lograr la transparencia en su documentación comprobatoria. Lo anterior

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Tesorero y Síndico Municipales. Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover AF-08/50-013 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-050 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-32, Observación AF-30

Derivado de la revisión a la cuenta de Sueldos Administrativos de Egresos se observó que el Municipio no cumple con las disposiciones fiscales en materia de sueldos y salarios, es decir, no se realiza retención y entero del Impuesto Sobre la Renta a estos conceptos, así como el cálculo del Subsidio para el Empleo, por ende no se presentan las declaraciones informativas a que se encuentra obligado el ente auditado.

AF-09/50-051 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realizar la retención y entero del Impuesto Sobre la Renta a sueldos y salarios, así como el cálculo de Subsidio para el Empleo, presentando las declaraciones informativas a que se encuentra obligado el ente auditado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracciones I y XI de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 102 segundo párrafo,113 y 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-052 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-33, Observación AF-31

Derivado de la revisión física al procedimiento de control de Viáticos, se observó que el municipio no tiene implementadas reglas de comprobación específicas aplicables a este tipo de gastos, además se carece de un tabulador que señale las cuotas de viáticos

AF-09/50-053 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar las políticas para el pago y comprobación de viáticos, estableciendo un tabulador que señale los montos autorizados para cada una de las comisiones de acuerdo a sus distancias y destinos, indicando las cuotas pernoctables y no pernoctables, así como los requisitos para su otorgamiento y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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pernoctables y no pernoctables para el municipio, para el estado, fuera del mismo y en el extranjero, el cual deberá contar con la debida aprobación por parte del H. Ayuntamiento.

comprobación. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI, 170, y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

seguimiento.

AF-09/50-054 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-34, Observación AF-32 Derivado de la revisión del Combustible se observó que el Municipio adolece de un adecuado control del mismo, ya que aunque utiliza bitácoras, estas no reflejan el kilometraje de cada vehículo, así como también utiliza vales los cuales son considerados que son susceptibles a un mal manejo debido a que contiene muy pocos datos, es decir, mencionan la Institución o empresa a las que se le surte combustible en este caso sólo mencionan “Presidencia” y firma de la encargada del Proveedor y sello. Aunado a lo anterior se detectó que en las Ayudas de combustible, no se verifica que el combustible otorgado se aplique para lo que fue solicitado. Además de existir suministro a vehículos no oficiales autorizados por el Presidente Municipal debido a que el parque vehicular con que cuenta el Municipio no es suficiente lo que origina la utilización de vehículos particulares de los funcionarios municipales, mismos que no están considerados dentro de los controles utilizados, adicionalmente se observó que durante el ejercicio 2009 y lo que va del 2010 se han registrado varios cambios en el personal que está a cargo del

AF-09/50-055 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal evaluar el procedimiento del control y suministro del combustible utilizado actualmente, realizando cambios totales o parciales, así mismo establecer medidas de coordinación y conciliación entre las áreas responsables del suministro, control y registro del gasto por este concepto. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-056 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

suministro del combustible lo que ha complicado su control.

Resultado AF-35, Observación AF-33 Derivado de la revisión al rubro de Ayudas, se observó que el Municipio cuenta con un control Interno deficiente para el otorgamiento de las mismas, esto al detectarse que los siguientes funcionarios, el Presidente, Síndico y el Secretario de Gobierno municipales, otorgan dichas ayudas las cuales no se sustentan con la totalidad de los requisitos, tales como: solicitud de apoyo, comprobación fiscal, recepción de recurso, copia de identificaciones personales de quien recibe la ayuda, estudios socioeconómicos que garanticen el otorgamiento de las ayudas. Adicional a lo anterior se detectó que el Ente Fiscalizado no verifica que las ayudas otorgadas sean aplicadas para el fin que fueron solicitadas.

AF-09/50-057 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar políticas para el otorgamiento de Ayudas, las cuales establezcan los requisitos para su comprobación, asimismo se verifique la aplicación de dichas Ayudas otorgadas y considere las justificaciones para que funcionarios del municipio sean los autorizados para su otorgamiento, por lo que se sugiere que sea la Tesorería Municipal, por ser el área responsable del manejo de los recursos, del control presupuestal así como de la comprobación documental de las operaciones financieras del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracción I, 170, 186 y 190 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-058 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-36, Observación AF-34 Dentro de la revisión efectuada al rubro de Servicios Personales se observó que la Entidad Fiscalizada no cuenta con el tabulador de sueldos debidamente autorizado por el H. Ayuntamiento, que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la Administración Municipal, dependiendo del puesto y función que le sean encomendados. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover AF-08/50-040 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que

AF-09/50-059 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal la implementación del tabulador de sueldos y salarios que muestre las categorías que existen y que homologue de acuerdo a estos los sueldos y salarios de los trabajadores, lo anterior con la debida autorización de Cabildo, por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-060 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

no fue atendida. los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-37, Observación AF-35 De la revisión física de los expedientes de los trabajadores, se observó que específicamente los correspondientes a los funcionarios de mandos directivos o medios no se encuentran actualizados, ya que carecen de los documentos básicos, tales como curriculum vitae, certificado médico, constancia de estudios, CURP, carta de recomendación, etc. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se emitió la Acción a Promover AF-08/50-036 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-09/50-061 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal actualizar cada uno de los expedientes del personal de manera inmediata, integrando por expediente individual los documentos de cada uno de los empleados y funcionarios municipales. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 78 fracción II, 92 fracción XIV, 93 fracción I y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-062 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-38, Observación AF-36 Derivado de la revisión de los pasivos del Municipio correspondientes al ejercicio sujeto a revisión, se observó que no cuenta con expedientes individuales de cada uno de sus Proveedores, que contenga acta constitutiva y/o copia de su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, condiciones de compra, estadísticas, copias de facturas, requisiciones, etc.

AF-09/50-063 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal elaborar expedientes individuales de sus proveedores con el fin tener un control más adecuado de sus compras y una mayor identificación de los mismos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 78 fracción II, 92 fracción XIV, 93 fracción I y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-064 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-39, Observación AF-37 Derivado de la comparación efectuada entre la nómina de personal correspondiente al mes de diciembre, la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS y la Plantilla del Personal correspondiente al 4° trimestre, todos relativos al ejercicio 2009, se detectó lo siguiente: 1) Existen 19 trabajadores que se

encuentran en nómina y no así en la plantilla de personal.

2) Se detectaron 3 trabajadores que se encuentran el Plantilla del personal y no así en nómina.

3) Se identificaron 28 trabajadores que no se encuentran dados de alta ante algún régimen de seguridad social.

4) Hay 4 personas que se encuentran inscritos al IMSS, sin embargo, no se encuentran en nómina.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2008 se efectuó la Acción a Promover AF-08/50-038 consistente en una Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-09/50-065 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal inscribir a la totalidad de sus trabajadores y únicamente a ellos a algún régimen de seguridad social con el fin de prevenir posibles créditos fiscales por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, aportando evidencia documental que demuestre las bajas de las personas que no tiene relación laboral con el municipio, así mismo se recomienda realizar la actualización de la Plantilla de Personal. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 12 fracción I y 15 de la Ley del Seguro Social.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-066 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-40, Observación AF-38 De la visita realizada al DIF Municipal de Trancoso, Zac., se detectó que no se tiene implementado un sistema de registro contable de los ingresos y egresos de dicha institución.

AF-09/50-067 Recomendación Se recomienda al DIF Municipal implementar un sistema de registro de contabilidad de ingresos y egresos, con el fin de lograr un control adecuado de sus recursos financieros. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-068 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

TRANCOSO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 35 de 67

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-41, Observación AF-39 Derivado de la realización del Inventario de formas valoradas se observó que el Municipio hace un uso inadecuado de las mismas, ya que no las utiliza en forma consecutiva, por otra parte se detectó que no son resguardadas en un lugar seguro.

AF-09/50-069 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal utilizar de una manera adecuada sus formas valoradas, así como asignar un lugar seguro para resguardarlas. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/50-070 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-42, Observación AF-40 Mediante Oficio número PL-02-07-1058/2010 de fecha 18 de mayo de 2010 se solicitó al Patronato de la Feria Regional 2009 el soporte documental o comprobación de los ingresos y egresos originados durante la misma, la cual no fue entregada ante esta entidad de fiscalización.

AF-09/50-071 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar el soporte documental correspondiente a la Feria Regional de Trancoso 2009, presentando a esta Auditoría Superior del Estado el soporte documental de los ingresos y egresos de la misma. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 167 segundo párrafo y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado AF-43, Observación AF-41 Derivado de la revisión a los Informes Contables Financieros presentados por el municipio durante el ejercicio fiscal 2009 ante esta entidad de fiscalización se determinaron observaciones definitivas a

AF-09/50-072 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclaración debidamente documentada y justificada de la situación de cada uno de los puntos expuestos anteriormente. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

algunos informes, estas fueron realizadas por el Departamento de Análisis Financiero de esta Auditoría Superior del Estado, de las cuales algunas observaciones fueron objeto de seguimiento por el área de Auditoría Financiera a Municipios que no fueron solventadas por el ente auditado, las cuales se detallan a continuación: 1. Reflejan un Fondo fijo de caja a

nombre de Oscar Juárez Cordero por $5,000.13, del cual no presentan arqueo del mismo. Manifiestan que es un saldo del tesorero de la administración anterior y desconocen si se entregó el recurso o la documentación que lo ampare.

2. Registran la obtención de un préstamo

por parte de la Secretaría de Finanzas por $1,181,305.55, pero no presentan convenio.

3. Se detectó la omisión del registro de

los descuentos de participaciones y una parte del ingreso por $266,927.31, según constancia de participaciones 0746/2009 del 30 de julio del 2009.

4. Se detectó el registro de un préstamo del Fondo III al gasto corriente para pago del IMSS por $437,719.20, no ubicando el pago al IMSS ni la amortización a dicho pasivo.

5. En la póliza E00900 registran un pago a Manuel de Jesús Hernández Rivera por $60,000.00 por Indemnización pero no registran ningún gasto y cargan al deudor 1105-03-0005 Fondo IV.

IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-02, Sin Observación El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2009 fue por el orden de $6’917,082.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras por un importe de $6’571,227.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $207,513.00 y 2.00% para Desarrollo Institucional por $138,342.00. Al 31 de diciembre del 2009 los recursos fueron aplicados en un 70.31% y revisados documentalmente al 100% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el 2009, se recibió un monto de $8,339.00, derivado de Rendimientos del ejercicio anterior, los cuales fueron ejercidos por un importe de $2,863.50, en el pago de análisis de metales y microbiológico en agua potable. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-03, Observación PF-02 De los recursos del Fondo III, el municipio aprobó la obra número 090157002 denominada “Aportación para el pago de proyecto del Plan Maestro del CEAPA” para la ejecución de la obra de Alcantarillado (sanitario) en la comunidad del Porvenir, por un importe de $600,000.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A., se realizaron transferencias a favor de la Secretaría de Finanzas en fechas 25 de mayo y 03 de junio de 2009 por los importes de $118,508.00 y $7,466.83 respectivamente, soportadas con las Constancias del Fondo Único de Participaciones números, 0166/2008, 0282/2008 y 0398/2009 correspondientes a los meses de febrero y marzo 2008 y abril 2009; así como el cheque número 20 de fecha 14 de mayo de 2009 po7ñr

PF-09/50-002 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, el proyecto del Plan Maestro del CEAPA” para la ejecución de la obra de Alcantarillado (sanitario) en la comunidad del Porvenir que justifique las erogaciones realizadas con recursos del Fondo III, asimismo números generadores, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que demuestren documentalmente la realización y conclusión de la obra.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$474,027.17 a favor de la citada Secretaría soportado con recibo oficial número 3993970 de fecha 15 de mayo de 2009. Sin embargo, no se presenta copia del Plan Maestro que justifique documentalmente la correcta aplicación del recurso, así como números generadores, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que demuestren documentalmente la ejecución y término de la obra citada.

Resultado PF-04, Observación PF-03 Dentro de la vertiente de Desarrollo Institucional, se aprobó la obra número 091257001 denominada “Pago de Catálogo de Conceptos y Localización de Trazo y Proyecto de los Caminos Trancoso-La Blanquita-El Carmen-El Porvenir-San Salvador del Bajío” por un importe de $33,350.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A., se expidió el cheque número 12 de fecha 29 de abril de 2009 a favor de MOVAPUL Grupo Constructor S.A. de C.V. soportado con facturas números 111 y 112 por un importe total de $33,350.00, por pago de catálogo de conceptos y cantidades de trabajo y localización, trazo y proyecto carretero del camino. Sin embargo, no se presenta el proyecto de los caminos ni el catálogo de conceptos que respalden la erogación realizada con los recursos del Fondo III.

PF-09/50-003 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, a correspondientes a la obra número 091257001 denominada “Pago de Catálogo de Conceptos y Localización de Trazo y Proyecto de los Caminos Trancoso-La Blanquita-El Carmen-El Porvenir-San Salvador del Bajío por un importe de $33,350.00 que demuestre documentalmente la correcta y transparente aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-05, Observación PF-04 Dentro de la vertiente de Gastos Indirectos se aprobaron las acciones números 091157002 denominada “Seguro de Vehículos” por $6,649.00 y 091157003 “Plaqueo/Vehículo” por $1,081.00; para lo cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte, S.A. expidiendo el 18 de

PF-09/50-004 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado documentos probatorios suscritos por funcionarios municipales que muestren la autorización para la compra del seguro y del plaqueo de los vehículos oficiales correspondientes a las acciones número 091157002 denominada “Seguro de Vehículos” por $6,649.00 y número

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

marzo de 2009 los cheques números 4 a favor de Seguros INBURSA S. A. por $6,649.00 y 3 a favor de Secretaría de Finanzas por 41,081.00, soportados con la documentación comprobatoria respectiva. Sin embargo no se presenta autorización de los funcionarios responsables tanto para la compra del seguro como para el plaqueo, ni se presenta documento que indique los vehículos oficiales destino del seguro y del plaqueo correspondiente.

091157003 “Plaqueo/Vehículo” por $1,081.00, que demuestren y justifiquen el destino de aplicación de los recursos erogados, haciendo un monto total por aclarar de $7,730.00.

Resultado PF-06, Observación PF-05 Dentro de la vertiente de Gastos Indirectos se aprobó la acción número 091157005 denominada “Adquisición de equipo de cómputo” por $18,475.00, para la cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte, S.A., mediante la expedición de los cheques números 7 y 11 de fechas 06 y 28 de abril del 2009, amparados con facturas de Laura Elena de la Rosa Guevara número 26611 de fecha 07 de abril de 2009 por la compra de 2 computadoras Acer-emachines et1160-01m por $12,896.00 y factura número 26768, de fecha 28 de abril de 2009 por la compra de 1 netbook acer aspire one 150-1491 z por $5,579.00. Asimismo se aprobó la acción número 091157010 denominada “Compra de cámara digital” por $3,139.00 para la cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte, S.A., con el cheque número 62 de fecha 17 de noviembre del 2009 por el importe antes citado, amparado mediante factura número POSA5,087,955 de fecha 18 de noviembre de 2009 de Office Depot de México, S. A. de C.V., por compra de papelería y de una cámara digital Sony DSC-W180 por un importe de $2,500.00; sin embargo, no se presentan copias de los vales de resguardo respectivos que demuestren su ubicación física.

PF-09/50-005 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo tratándose de adquisiciones de bienes muebles con Recursos Federales del Fondo III, se elaboren los vales de resguardo respectivos en los que se indique marca, modelo y número de serie, con nombre y firma de las personas que están a cargo de los bienes adquiridos, así como por Funcionarios Municipales que autorizan, incluyendo al Síndico como responsable de los activos fijos, integrando copia del mismo al expediente unitario y conservar el original en los archivos de los inventarios, a fin de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/50-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-07, Observación PF-06 En la vertiente de Gastos Indirectos se aprobó la obra número 91157006 denominada “Adquisición de una pieza para la bomba del pozo de agua potable” por un importe de $51,198.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A., se expidió el cheque número 21 de fecha 20 de mayo del 2009 a nombre de Alfredo Zuñiga Carrillo, por un importe de $51,198.00, soportado con factura número 16594 de fecha 28 de abril de 2009 por pago de 1 pieza de tazones. Asimismo en la vertiente de Desarrollo Institucional se aprobó la obra número 091257003 denominada “Reparación de bomba sumergible del pozo de agua potable y reparación de bomba del rebombeo del Carcamo” por un importe de $36,036.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575, del Banco Mercantil del Norte S.A., se expidieron los cheques números 22 y 23 ambos de fecha 20 de mayo de 2009 de José Luis García Delgado por los importes de $27,680.50 y $8,354.75 respectivamente, amparados con factura número 01425 de fecha 11 de mayo de 2009, por pago de reparación de bomba sumergible mod. upd212 y maniobra de grúa y factura número 01427 de fecha 13 de mayo de 2009, por pago de reparación de bomba sumergible y maniobra de grúa. Sin embargo, no se presentan reportes fotográficos que muestren la ubicación de los pozos, documento que acredite la entrega e instalación de la pieza adquirida, así como la orden debidamente autorizada por los funcionarios responsables de la reparación realizada.

PF-09/50-007 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado reportes fotográficos que muestren documentalmente la ubicación de los pozos de agua y documento que acredite la entrega e instalación de la pieza adquirida validado por los beneficiarios del pozo y Funcionarios responsables respecto a la obra número 91157006 denominada “Adquisición de una pieza para la bomba del pozo de agua potable” por un monto $51,198.00 asimismo orden autorizada por los funcionarios correspondientes que justifique la reparación realizada en la obra número 091257003 “Reparación de bomba sumergible del pozo de agua potable y reparación de bomba del rebombeo del Carcamo” por la cantidad de $36,036.00. lo anterior con el fin de transparentar la aplicación y destino de los recursos del Fondo III por un monto total de $87,234.00.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-08, Observación PF-09 En la vertiente de Desarrollo Institucional, se aprobaron las acciones números 091257002 denominada “Compra de motobombas a

PF-09/50-008 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado bitácoras de vehículos oficiales que muestren el destino de

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

gasolina para las pipas” por $17,224.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A. se expidió el cheque número 16 de fecha 05 de mayo de 2009 a favor de Manuel Garza Verastegui por un importe de $17,224.00 soportado con factura número 2329 de fecha 30 de abril de 2009 por la compra de 2 motobombas a gasolina y 60 mts de manguera. Sin embargo no se presentan bitácoras de vehículos que muestren el destino de las refacciones adquiridas, así como la orden de compra que justifique la adquisición realizada. Asimismo, se autorizó la acción número 091257004 denominada “Compra de refacciones para la camioneta y pipa del área de protección civil” por $13,411.00, para lo cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A, se expidieron los cheques números 15 de fecha 30 de abril de 2009 a favor de Central de Frenos S.A. de C.V. por $6,555.00 soportados con factura número 0057 de fecha 02 de mayo de 2009 por concepto de varias refacciones así como el cheque número 19 de fecha 11 de mayo de 2009 a nombre de Inyección Diessel de Zacatecas, S.A. de C.V. por $6,856.00 soportados por factura número 3836 de fecha 15 de mayo de 2009 por arreglo de bomba de inyección e inyectores. Sin embargo, no se presentan la orden y la autorización del servicio realizado a los vehículos suscritos por funcionarios municipales.

las refacciones adquiridas correspondientes a la acción número 091257002 y 091257004 denominada “Compra de motobombas a gasolina para las pipas” y “Compra de refacciones para la camioneta y la pipa del área de protección civil por un importe de $17,224.00 y $13,417.00 respectivamente, por lo que deberá presentar orden y autorización del servicio realizado a vehículos del área de protección civil, suscritos por funcionarios municipales, lo que hace un monto total por aclarar de $30,635.00.

Resultado PF-09, Observación PF-08 En la vertiente de Gastos Indirectos se aprobó la acción número 091157008 denominada “Mantenimiento a la copiadora” por $5,796.00, para la cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A, se expidió el cheque número 13 de fecha 29 de abril de

PF-09/50-009 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado bitácora de mantenimiento, orden y autorización del servicio realizado correspondiente a la acción número 091157008 denominada “Mantenimiento a la copiadora” por un importe de $5,796.00, debidamente autorizado por los

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2009 a nombre de Luis Basilio Hernández Hernández por un importe de $5,796.00 soportados con factura número 16807, de fecha 28 de abril de 2009 por pago de servicio a copiadora. Sin embargo no se presenta bitácora de mantenimiento, orden y autorización del servicio.

funcionarios responsables que demuestren la transparente aplicación de los recursos erogados.

Resultado PF-10, Observación PF-09 En la vertiente de Desarrollo Institucional se aprobó la acción número 091257005 denominada “Compra de papelería” por un importe de $10,653.00, para la cual de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte S.A., se expidió el cheque número 35 de fecha 10 de julio de 2009 soportado con factura número 00748 de fecha de 06 noviembre de 2009 por el pago de toner hp.laser jet 1005, 4050 ecos y sf280; sin embargo no se presenta documento que ampare la solicitud y entrega de los toners adquiridos para las diferentes direcciones de la Presidencia Municipal..

PF-09/50-010 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, documentos suscritos por funcionarios municipales que amparen la solicitud y entrega de los toners adquiridos para las diferentes direcciones municipales correspondiente la acción número 091257005 denominada “Compra de papelería” por un importe de $10,653.00.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-11, Observación PF-10 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del ejercicio fiscal 2009 del Fondo III se detectó incongruencia entre la información presentada por las direcciones de Tesorería y Desarrollo Social en las diferentes vertientes.

PF-09/50-011 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales y precisas en las Direcciones de Tesorería y de Desarrollo Económico y Social, conciliando periódicamente las operaciones entre ambas áreas, de manera que se muestre confiabilidad de la información emitida y en la toma de decisiones

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/50-012 Solicitud de Intervención del Órgano interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-12, Observación PF-11 Con recursos del Fondo III, el municipio aprobó la realización de 65 obras por un monto de $6’917,082.00, de las cuales 6 se

PF-09/50-013 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, llevar un adecuado control programático y presupuestal que permita la realización de las obras y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

TRANCOSO, ZAC.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

encuentran sin iniciar y 19 en proceso según Informe de Avance Físico Financiero al 31 de diciembre de 2009, con lo cual el municipio refleja un inadecuado control programático y presupuestal, al no realizar obras y acciones dentro del ejercicio para el que fueron programadas, por consecuencia el incumplimiento de metas y objetivos del Fondo.

acciones en el ejercicio fiscal para el que fueron programadas, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del Fondo III en beneficio de la población en condiciones desfavorables. Asimismo obtener un óptimo manejo de los recursos asignados a éste Fondo.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/50-014 Solicitud de Intervención del Órgano interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-13, Observación PF-12 De los recursos del Fondo III se aprobó la obra número 099957048 denominada “Construcción de Muro Perimetral en Colegio de Bachilleres en calle de la Cruz, barrio del Refugio” por el Consejo de Desarrollo Municipal, ejerciendo recursos por un importe total de $273,678.00 para la realización de la obra, la cual se considera improcedente por incumplir con lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

PF-09/50-015 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor a los CC. L.E. Daniel Hernández Juárez y L.E. Diana Fabiola Alvarado Jasso, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Directora de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Lo anterior en virtud de que dicha inversión no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie a personas de escasos recursos.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado PF-14, Observación PF-13 De los recursos de Fondo III, se expidió un cheque y se realizó transferencia electrónica por un monto total de $10,639.00, detectados como cargos en la cuenta bancaria operativa del Fondo III número

PF-09/50-016 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones al municipio de Trancoso por un monto de $10,639.00 correspondiente a erogaciones sin soporte documental, mediante la expedición del cheque

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

0603839575 del Banco Mercantil del Norte, S.A, de los cuales el municipio no exhibió póliza cheque ni comprobante de la transferencia electrónica, así como la documentación comprobatoria que corresponda a las obras y/o acciones aprobadas del Fondo III, desconociéndose su destino de aplicación, mismos que se listan a continuación:

FECHA DE CARGO EN EL BANCO

NÚMERO DE CHEQUE

IMPORTE DEL CHEQUE

04-Ago-09 TRANSFERENCIA

$ 7,500.00

10-Nov-09 58 3,139.00

TOTAL $ 10,639.00

número 58 y trasferencia bancaria, de la cuenta bancaria número 0603839575 del Banco Mercantil del Norte, S.A., de la cual el municipio no exhibe documentación comprobatoria que corresponda a las obras y/o acciones aprobadas para Fondo III, desconociéndose el destino de aplicación de los recursos ejercidos. En su caso, exhibir documentación técnica y social que evidencie documentalmente la ejecución y término de las obras y/o acciones realizadas.

Resultado PF-15, Observación PF-14 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Fondo III, se determinó faltante de documentación técnica y social, consistente en: croquis del proyecto e identificación oficial del presidente (a) y tesorero (a) del comité de obra.

PF-09/50-017 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa y de acuerdo a la normatividad establecida, los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos del Fondo III por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en obras y/o acciones realizadas, así como de las participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-16, Sin Observación En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $5’937,345.00, la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: 60.30% para Obligaciones Financieras por $5’483,368.00, 34.70% para Pasivos, 6.25% para Infraestructura Básica Obras por un importe de $370,904.00 y 1.40% para Seguridad Pública por un importe de $83,073.00. Al 31 de diciembre del 2009 los recursos fueron aplicados en un 97.55% y revisados documentalmente el 100% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2009 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $6,313.00, los cuales fueron aplicados en el pago de refrendo a vehículos oficiales. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-17, Observación PF-15 De los recursos del Fondo IV, el municipio aprobó la acción número 09FM57006 denominada “Pago de Indemnización de Angélica Juárez Castro”, por un importe de $230,000.00, para lo cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 055391403-6 del Banco 0603839584, mediante la expedición de la póliza cheque número 1039 de fecha 17 de diciembre de 2008, por un importe de $230,000.00, soportados con copia de recibo de egresos del municipio número 1790 de fecha 17 de diciembre de 2008 por el mismo importe, el cual no contiene firmas del Presidente y Síndico Municipales, además no se presenta evidencia del finiquito a la C. Angélica Juárez Castro e identificación oficial, que justifique la erogación por dicho concepto.

PF-09/50-018 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado la evidencia del finiquito a la C. Angélica Juárez Castro correspondiente al cheque número 1039 por un importe de $230,000.00 de la acción denominada “Pago de Indemnización de Angélica Juárez Castro” a fin de que se demuestre documentalmente el destino y aplicación de los recursos. De igual manera presentar documento que acredite la autorización del Presidente y Síndico Municipales para liquidar dicho recurso a la persona ya citada, anexando la identificación oficial de la misma.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-18, Observación PF-16 De los recursos correspondientes a los Rendimientos 2008, el municipio aprobó el pago de tenencias y tarjetas de circulación a vehículos oficiales” para lo cual de la cuenta bancaria número

PF-09/50-019 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, soporte documental de

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

0056186034 del Banco Mercantil del Norte S.A. se expidió el cheque número 85 de fecha 21/04/09 a favor de la Secretaría de Finanzas por un importe de $6,313.00. Sin embargo, no se presenta el soporte documental del gasto, ni relación de vehículos oficiales a los que se les pagó el refrendo que demuestre el destino de la aplicación del recurso.

la erogación realizada de la cuenta bancaria número 0056186034 del Banco Mercantil del Norte S.A. por $6,313.00 a favor de la Secretaría de Finanzas, correspondiente al pago de tenencias y tarjetas de circulación a vehículos oficiales, realizada con Rendimientos 2008 del Fondo IV incluyendo relación de vehículos oficiales a los que se les pagó el refrendo que demuestren el destino de la aplicación del recurso.

Resultado PF-19, Observación PF-17 De los recursos del Fondo IV el municipio aprobó la acción número 09FM57012 denominada “Pago de capacitación a los nuevos integrantes del Cabildo de Trancoso”, para lo cual realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839584 del Banco Mercantil del Norte, S.A. expidiendo el cheque número 29 de fecha 11 de noviembre de 2009 a favor de Jesús Enedino Martínez García por un importe de $30,000.00 soportado con factura número 014 de fecha 8 de mayo de 2009 por concepto de programa de capacitación para los regidores de nuevo ingreso y la elaboración de un manual básico. Sin embargo, no se presenta contrato que ampare la capacitación, constancia de personas participantes, programa o temario impartido ni copia del material entregado a los regidores.

PF-09/50-020 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado la documentación comprobatoria correspondiente al cheque número 29 de fecha 11 de noviembre de 2009 por un importe de $30,000.00 respecto de la acción denominada “Pago de capacitación a los nuevos integrantes del Cabildo de Trancoso” consistente en: contrato que ampare la capacitación, constancia de personas participantes, programa o temario impartido y copia del material entregado a los regidores a fin de que se demuestre el destino y aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-20, Observación PF-18 De los recursos del Fondo IV el municipio aprobó la acción número 09FM7015 denominada “Adeudo de la Feria de Trancoso 2009” para la cual realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839584 del Banco Mercantil del Norte, S.A., mediante la expedición de los cheques números 31 y 30, soportados con factura número 0104 del proveedor Arturo Calzada Puentes por concepto de pago de renta de equipo de sonido por $40,250.00 y factura número 1103 de C. Laura Marín López por

PF-09/50-021 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado documentos que demuestren el motivo de la renta del equipo, presentar contrato con dicho grupo musical y evidencia del evento realizado correspondiente a la acción número 09FM7015 denominada

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

pago de servicios profesionales musicales de grupo “Los Mier” por $80,500.00. Sin embargo, no se presenta contrato con dicho grupo musical ni evidencia del evento realizado, tampoco se realizó el registro contable para su pago posterior mediante la vertiente de obligaciones.

“Adeudo de la Feria de Trancoso 2009” para la cual se realizaron erogaciones por un importe de $120,750.00 que demuestre documentalmente el destino y aplicación de los recursos.

Resultado PF-21, Observación PF-19 Con recursos del Fondo IV, se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0603839584 del Banco Mercantil del Norte, S.A. por un importe total de $12,000.00 detectados como cargo en el estado de cuenta y con base al seguimiento del flujo de efectivo, de los cuales el municipio no exhibe póliza cheque número 30 de fecha 25 de noviembre de 2009 por un importe de $12,000.00, ni la documentación comprobatoria; que corresponde a la obra aprobada, desconociéndose el destino de su aplicación.

PF-09/50-022 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $12,000.00 relativo el importe del cheque número 30, detectado como cargo de la cuenta bancaria número 0603839584 del Banco Mercantil del Norte, S.A., detectados como cargo en el estado de cuenta y con base al seguimiento del flujo de efectivo, de los cuales el municipio no presentó la póliza de egreso ni documentación comprobatoria, que correspondan a la acción aprobada a realizarse con recursos del Fondo IV, que compruebe y justifique documentalmente la aplicación de los recursos ejercidos. En su caso, exhibir documentación técnica, social que evidencie documentalmente la ejecución y término de las obras y/o acciones.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-22, Observación PF-20 Con recursos del Fondo IV ejercicio 2007, se expidió el cheque número 86 de fecha 01 de junio del 2009 por un importe de $24,250.00, detectado como cargo en estado de cuenta bancario número 0561186034 del Banco Mercantil del Norte, S.A. y con base al seguimiento del flujo de efectivo, de lo cual el municipio no exhibe póliza cheque ni la documentación comprobatoria; que corresponde a las obras aprobadas, desconociéndose el destino de su aplicación

PF-09/50-023 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $24,250.00 relativo el importe del cheque número 86, detectado como cargos de la cuenta bancaria número 0561186034 del Banco Mercantil del Norte, S.A. y con base al seguimiento del flujo de efectivo, de los cuales el municipio no presentó las póliza de egresos

Solventa.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ni documentación comprobatoria, que corresponda a las obras y acciones aprobadas a realizarse con recursos del Fondo IV ejercicio 2007, compruebe y justifique documentalmente la aplicación de los recursos ejercidos. En su caso, exhibir documentación técnica, social que evidencie documentalmente la ejecución y término de las obras y/o acciones.

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PROGRAMA FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa de FONREGIÓN se revisaron documentalmente recursos por un monto de $1’000,000.00, correspondientes a 2 obras de la muestra, las cuales fueron aprobadas en el rubro de Infraestructura Básica. La aplicación de los recursos al cierre del ejercicio 2009, así como su revisión documental se realizó al 100%. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinó la observación que a continuación se indica:

Resultado PF-24, Observación PF-21 De los recursos del Programa FONREGIÓN, el municipio aprobó la obra denominada “Construcción de Terrecerías, Obras de Drenaje, Pavimentación y señalamiento del km. 0+000 al km. 2+500 E. C.” por un importe de $746,128.00 para la cual se expidieron cheques de la cuenta bancaria número 0553914036 del Banco Mercantil del Norte, S.A., por un importe total de $854,990.77 que no presenta el soporte documental correspondiente, como enseguida se detallan:

FECHA DE CARGO EN EL BANCO

NÚMERO DE CHEQUE

IMPORTE DEL CHEQUE

IMPORTE OBSERVADO

15-Jul-09 Transferencia $ 585,287.87

$ 468,168.27

06-Nov-09 Transferencia 300,000.00

300,000.00

20-Abr-09 31 7,000.00

7,000.00

08-May-09 32 10,000.00

10,000.00

11-May-09 33 8,172.50

8,172.50

18-Jun-09 39 10,000.00

10,000.00

03-Jun-09 38 10,000.00

10,000.00

23-Mar-09 24 15,000.00

15,000.00

24-Mar-09 25 26,650.00

26,650.00

TOTAL $ 972,110.37

$ 854,990.77

PF-09/50-024 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $854,990.77, relativo al importe de los cheques número 31, 32, 33, 39, 38, 24, 25 y dos transferencias, expedidos de la cuenta bancaria número 0553914036 del Banco Mercantil del Norte, S.A., del cual el municipio no presentó la documentación comprobatoria de la erogación realizada, relativo a la obra de FONREGION denominada “Construcción de Terrecerías, Obras de Drenaje, Pavimentación y señalamiento del km. 0+000 al km. 2+500 E. C.”. En su caso, exhibir documentación técnica, social que evidencie documentalmente la ejecución y término de la obra.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado PF-25, Observación PF-22 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Programa FONREGIÓN, se determinó faltante de documentación técnica y social, consistente en: Acta Constitutiva de Comité de Obra, Acta de Aceptación de la Obra, Convenio de Concertación, Cédula de Información Básica, Croquis de localización de la obra, Croquis del proyecto, Presupuesto base,

PF-09/50-025 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa y de acuerdo a la normatividad establecida los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos de FONREGIÓN, por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y trasparencia de las características, especificaciones y

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le

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PROGRAMA FONREGION

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Calendario de la inversión, Auxiliares de obra, Recibos de entrega de recursos al comité e Identificación oficial del presidente (a) y tesorero (a) del comité de obra.

metas alcanzadas en obras y/o acciones realizadas, así como de las participación ciudadana y de la población beneficiada.

dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

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Resultado OP-01, Sin Observación Del monto de $37,410,446.00 aprobado para el Presupuesto de Egresos del Municipio, se destino para el Programa Municipal de Obras un importe de $523,765.70 el cual representa un 1.40%; asimismo según informe del mes de diciembre presentado por el municipio se ejerció al 100%, respecto del total presupuestado en dicho programa, durante el transcurso del ejercicio se realizaron modificaciones al presupuesto con la debida autorización de Cabildo, Asimismo de las 5 obras programadas, 3 se terminaron y 2 quedaron en proceso, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución en virtud de que corresponden a mantenimientos. Dejando asentadas las modificaciones finales en las actas ordinarias de Cabildo, de fechas 09 de octubre de 2009, y 26 de febrero de 2010.

Resultado OP-02, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

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Derivado de la revisión física y documental de 34 (treinta y cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones.

Resultado OP-03, Observación OP-01 Derivado de la revisión documental a las 34 obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó que falta documentación por integrar a los expedientes unitarios de 5 obras, dicha relación de obras se anexa a continuación:

DATOS DE LA OBRA EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN

NO. DE

OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y

UBICACIÓN

PR

OY

EC

TO

PR

ES

UP

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ST

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O

CO

NT

RA

TO

CA

TA

LO

GO

DE

CO

NC

EP

TO

S

CO

NT

RA

TA

DO

A) FONDO III

44

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN LA CALLE 12 DE OCTUBRE, BARRIO LOS CORDERO EN CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

45

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN CALLE SOLEDAD, BARRIO 1ERA. DEL RANCHO EN CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

42

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN LA CALLE CAPILLA, BARRIO SAN ISIDRO EN CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

47

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN CALLE JOAQUÍN AMARO, BARRIO LA PROVIDENCIA EN CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

37

PAVIMENTACIÓN A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE EL SALTO, BARRIO EL REFUGIO EN CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

OP-09/50-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, adopte las medidas o ejerza las acciones que sean necesarias para que sean integrados los documentos necesarios en los expedientes unitarios de las obras, presentando a esta Auditoría Superior del Estado, la documentación que compruebe su terminación.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-04, Observación OP-02 Para la obra "Adquisición de bombas hipocloradoras en las comunidades de El Porvenir San José del Carmen y San Salvador del Bajío", se aprobó un monto por $36,736.00, obra que fue ejecutada por administración directa, para la ejecución de los siguientes trabajos: Adquisición de 2 bombas hipocloradoras Milton Roy modelo P141358T 1,800 ml de manguera especial 1/4 MT, 2 diafragmas, 250 kg de hipoclorito de sodio, 10 bidones de 20 litros e instalación de 3 bombas dosificadora de cloro. Durante la revisión física realizada el día 06 de agosto de 2010 a la obra, se detectó que las dos bombas hipocloradoras se encuentran físicamente en los pozos de agua potable de las comunidades de San José del Carmen y San Salvador del Bajío, sin embargo estas aún no se encuentran en operación en el primer caso debido a que no se encuentra instalada y en el segundo es debido a que el motor del pozo del agua potable no funcionaba ya que se encuentra en reparación. Derivado de la revisión documental se constató que el importe total aprobado, se liberó en su totalidad mediante póliza No. 33 de fecha 07 de julio de 2009 por la cantidad de $29,235.42 amparada con factura No. 746 de fecha 06 de julio de 2009, así como transferencia electrónica por un importe de $7,500.00 soportada con factura No. 257 de fecha 20 de julio de 2009, ambos pagos amparan el suministro e instalación de las bombas respectivamente.

OP-09/50-002 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, adopte las medidas o ejerza las acciones que sean necesarias para que se pongan en operación las 2 bombas hipocloradoras mismas que se encuentran en las comunidades de San José del Carmen y San Salvador correspondientes a la obra "Adquisición de bombas hipocloradoras en las comunidades de El Porvenir, San José del Carmen y San Salvador del Bajío", presentando a esta Auditoría Superior del Estado, la documentación que compruebe su terminación.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/50-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

resultados obtenidos a esta Auditoria Superior del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-05, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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FONDO REGIONAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-06, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprenden observaciones, sin embargo debido a que los recursos de este programa se mezclaron con los recursos de FIDEM para realizar dos obras, para no duplicar observaciones los resultados se plasmaron en el FIDEM.

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(FIDEM) FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-07, Observación OP-03 Para la realización de la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimentación y señalamiento del km 0+000 al km 2+500 E. C. el Carmen-el Porvenir San Salvador del Bajío, Trancoso”, fue programado un monto de $5,546,128.00, los cuales se componen por $4,800,000.00 como aportación del FIDEM y por $746,128.00 como aportación del FONREGIÓN.

Durante la revisión física realizada en fecha 01 de junio del presente año, la obra se encontró terminada.

Derivado de la revisión documental se constató que la obra fue asignada por invitación a cuando menos tres personas, sin embargo con base en el monto aprobado y a los rangos establecidos en el anexo No. 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2009 debió haberse licitado públicamente. Cabe indicar que el monto destinado para gastos indirectos fue de $287,731.30 correspondiente a un 11.3%, del monto total programado.

Asimismo, para la ejecución de la obra se suscribió un contrato por el mismo monto aprobado de $5,546,128.00 con Fernando Lara Nieves, la asignación del anticipo fue del 50% por un monto de $2,773,064.23 siendo superior al 30% establecido en la normatividad vigente aplicable; de igual forma erogo recursos por gastos indirectos por $51,650.00 a nombre del presidente municipal sin embargo no especifica el destino del gasto y $37,811.00 pagados por asesoría para la licitación de proyectos carreteros al Lic. José Antonio Saldívar Tinajero, pero al final de cuentas se realizó la obra por invitación a 3 contratistas y no por licitación pública, además de que no presenta elementos probatorios en que consistieron los trabajos de dicha asesoría motivo por el cual no se justifica.

Durante el proceso de solventación el H. Ayuntamiento presentó escrito de excepción a la licitación pública donde manifiesta que éste es bajo

OP-09/50-005 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada presentar aclaración fundamentada y por escrito con respecto a $37,811.00 pagados por asesoría para la licitación de proyectos carreteros al Lic. José Antonio Saldívar Tinajero si al final de cuentas se realizó por invitación a 3 contratistas y no por licitación pública, en la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimentación y señalamiento del km 0+000 al km 2+500 E. C. el Carmen-el Porvenir San Salvador del Bajío, Trancoso” ya que según pólizas únicamente ha liberado $2,241,869.62, así como la justificación de la asignación del 50% de anticipo lo cual representa un monto de $2,773,064.23 ya que de acuerdo a la normatividad vigente únicamente debió ser el 30%, cabe mencionar que falta por liberar un monto por $3,304,258.38, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada a esta Auditoría Superior del Estado, la documentación faltante señalada anteriormente, acta de entrega-recepción, bitácora de obra, proyecto ejecutivo, oficio de aprobación y demás documentación que compruebe su aplicación, lo que hace un monto total por aclarar de $3,342,069.38.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

responsabilidad de los que en ella firman conforme a la facultad que les confiere la Ley Orgánica del Municipio.

Durante la revisión documental se constató que fue pagada, como se muestra en el siguiente cuadro:

POLIZA No

FECHA

FACTURA

FECHA

MONTO POLIZA

MONTO FACTURA

PROVEEDOR

OBSERVACIONES

T/E

22-Abr-09

274 16-Abr-09

$ 469,953.79

$ 469,953.79

FERNANDO LARA NIEVES

ESTIMACIÓN NUMERO 1

T/E

30-Abr-09

279 30-Abr-09

406,019.00

406,019.00

FERNANDO LARA NIEVES

ESTIMACIÓN NUMERO 2

T/E

22/05/2009 283

11/05/2009

161,816.75

161,816.75

FERNANDO LARA NIEVES

ESTIMACIÓN NUMERO 3

T/E

08/06/2009 287

03/06/2009

176,697.21

176,697.21

FERNANDO LARA NIEVES

ESTIMACIÓN NUMERO 4

289

10/06/2009

FALTA POLIZA

117,119.60

FERNANDO LARA NIEVES

ESTIMACIÓN NUMERO 5

T/E

15/07/2009

585,287.87

FERNANDO LARA NIEVES

FALTA EST. NUMERO 6

T/E

06/11/2009

300,000.00

FERNANDO LARA NIEVES

FALTA EST.NUMERO 7

269

23-Mar-09

2,773,064.23

FERNANDO LARA NIEVES

ANTICIPO 50%

SUBTOTAL

$ 2,099,774.62

$ 4,104,670.58

GASTOS INDIRECTOS

31

20/04/2009

$ 7,000.00

LIC. JOSE A. SALDIVAR TINAJERO

ASESORIA Y PROYECTOS

32

08/05/2009

10,000.00

DANIEL HERNANDEZ JUAREZ

GASTOS IND.

33

11/05/2009

8,172.50

J. GERARDO DUEÑAS GUERRERO

CHEQUE DEVUELTO

39

18/06/2009

10,000.00

JAIME CORDERO GALINDO

GASTOS IND.

38

03/06/2009

10,000.00

JAIME CORDERO GALINDO

GASTOS IND.

35

13/05/2009

12,500.00

AARON GONZALEZ TREJO

ADQ. EQ. DE COMPUTO

740

04-May-09

14,572.80

COMERCIALIZADORA ZACATECA

2 CAMARAS FOTO Y 1

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(FIDEM) FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

S GRABADORA

T/E

25/05/2009 2384

22-May-09

$ 134,095.00

134,095.00

DERAL AUTOMOTRIZ, S. A. DE C. V.

ADQ. DE VEHICULO VW TREND

RECIBO 1463 DE TES.

09/03/2009

16,811.00

LIC. J. ANTONIO SALDIVAR TINAJERO

ASESORIA Y PROYECTOS

POLIZA No

FECHA

FACTURA

FECHA

MONTO POLIZA

MONTO FACTURA

PROVEEDOR

OBSERVACIONES

5654 S/F 430.00

RESTAURANT PARDIÑOS

44503

17/03/2009 500.00

HOTELERA FLEMING, MEX. DF

24

23/03/2009

15,000.00

DANIEL HERNANDEZ JUAREZ

GASTOS IND. PRESIDENTE MPAL.

RECIBO 1464 DE TES.

23/03/2009

7,000.00

LIC. J. ANTONIO SALDIVAR TINAJERO

ASESORIA Y PROYECTOS

25

24/03/2009

26,650.00

DANIEL HERNANDEZ JUAREZ

PRESIDENTE MPAL.

RECIBO 2001 DE TES.

20/04/2009

7,000.00

LIC. J. ANTONIO SALDIVAR TINAJERO

ASESORIA Y PROYECTOS

29 01/04/2009

1105

01/04/2009 8,000.00

8,000.00

MUEBLES EQ. Y ACC. P/OFNA. INDUSTRIA Y COMERCIO IMP. Y EXP.

2 CAMARAS DIGITALES Y UNA IMPRESORA

SUBTOTAL

$ 142,095.00

$ 287,731.30

TOTAL

$ 2,241,869.62

$ 4,392,401.88

T/E= TRANSFERENCIA ELECTRONICA

Con base en el cuadro anterior se observó que falta comprobar la liberación de $3,304,258.38 de acuerdo a las pólizas presentadas y un saldo de $1,153,726.12, de acuerdo a lo comprobado asimismo no presentó las pólizas correspondientes de las estimaciones número 5, 6 y 7.

Resultado OP-08, Observación OP-04 Para la realización de la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimento y señalamiento del km 0+000 al km 4+460 E. C.

OP-09/50-006 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ubicado en la Blanquita, Trancoso”, fue programado un monto de $8,253,872.00 y contratado un monto de $8,141,747.85, los cuales se componen de $8,000,000.00 por aportación del FIDEM y por $253,872.00 como aportación del FONREGIÓN, asimismo de este monto sólo se aplicaron recursos por $141,747.85 existiendo una diferencia de $112,124.15.

Durante la revisión física realizada en fecha 02 de junio del presente año, la obra se encontró en proceso, con un avance del 71.00% aproximadamente, faltando la construcción de carpeta asfáltica de 1,240 ml siendo del km 1+360 al km 2+600,en ambos carriles con un ancho de 7.04 m y 120 ml del km. 2+600 al km 2+720 solo en el carril derecho, con un ancho de 3.09 m, lo cual nos da una área total de pavimento de 9,100.40 m2, asimismo falta colocar el riego de impregnación y riego de liga en un área de 9,100.40 m2, con un monto de $1,134,045.64, aproximadamente según precios unitarios utilizados en las estimaciones de la obra, (conceptos que no han sido pagados).

Asimismo se encontró que fue estimado y pagado de más un volumen de 329 m3 de material para subrasante por un monto de $26,249.92

Durante la revisión documental se constató que se suscribió un contrato para la ejecución de la obra por un monto de $8,141,747.85, estableciendo en la clausula tercera del mismo un plazo de ejecución del 7 de abril al 03 de septiembre de 2009, sin embargo la obra no se terminó en el tiempo establecido, por lo que no se dio cumplimiento y existe un atraso considerable, sin que la Entidad Fiscalizada haya aplicado las penas convencionales por dicho atraso.

Asimismo durante la revisión documental se constató que fue liberado y pagado un monto de $7,024,046.38 como se muestra en el cuadro

presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Trancoso, Zacatecas, por un monto $26,249.92, por concepto pagado no ejecutado en la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimentación y señalamiento del km 0+000 al km 4+460 E. C. ubicado en la Blanquita, Trancoso", correspondiente a un concepto que fue estimado y pagado de más un volumen de 329 m3 de material para subrasante, debiendo presentar la Entidad Fiscalizada a la Auditoría Superior del Estado elementos probatorios de que el concepto faltante fue ejecutado, exhibiendo memoria fotográfica, acta de entrega-recepción y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

Responsabilidades Resarcitorias.

OP-09/50-007 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclare por escrito porque no ha terminado y puesto en operación la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimentación y señalamiento del km 0+000 al km 4+460 E. C. ubicado en la Blanquita, Trancoso", siendo que derivado de la revisión física se detectó que no se han realizado trabajos consistentes en: la construcción de carpeta asfáltica de 1,240 ml siendo del km 1+360 al km 2+600,en ambos carriles con un ancho de 7.04 m, y 120.00 ml del km 2+600 al km 2+720 solo en el carril derecho, con un ancho de 3.09 m por un monto de $1,134,045.64, falta por liberar el recurso de esta obra por un monto de $1,117,701.47, así como aclare cuál fue el destino de los recursos por $112,124.15 del programa FONREGION mismos que ascienden a un monto de $1,246,169.79, asimismo debiendo presentar la Entidad Fiscalizada a esta Auditoría Superior del Estado, elementos

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

siguiente:

POLIZA No

FACTURA

FECHA

MONTO $ FACTURA

MONTO LIBERADO SEGÚN POLIZA

PROVEEDOR

OBSERVACIONES

28 272

08-Abr-09

2,442,524.35

2,442,524.35

FERNANDO LARA NIEVES

ANTICIPO DEL 30%

T/E 280

30-Abr-09

1,645,578.15

1,645,578.15

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE LA 1a EST. EXC. EN C. 2,566 M3, PTMO LAT. 2,824 M3, EXC. P/CANAL 120.75 M3, EXC. P/EST. 335.67 M3, TERR AL 90% 12792 M3, SUBRAS 8575 5 M3, FORM. TERR. A VOLT 2118 M3, RELLENO 119.53 M3, EST 9 PZA

T/E 284

12-May-09

764,182.70

764,182.70

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE LA 2a EST. EXC. P/CANAL 40.25 M3, TERR AL 90% 4264 M3, SUBRAS 2858.5 M3, FORM. TERR. A VOLT 706 M3, EST 9 PZA, BASE HID 1395 M3

T/E 288

10-Jun-09

428,401.60

1,079,856.15

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE LA 3a EST. BASE HID 2793 M3

POLIZA No

FACTURA

FECHA

MONTO $ FACTURA

MONTO $ POLIZA

PROVEEDOR

OBSERVACIONES

297

23-Jun-09

1,079,856.15

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE 4a. EST. CARPETA ASF. 430.82 M3, RIEGO DE IMPR. 11466.25 M2

T/E 295

23-Jun-09

372,522.16

372,522.16

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE 5a. EST. BASE HID. 2,793 M3

T/E 298

06-Jul-09

939,002.62

585,287.87

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE LA 6a. EST. IMPR. 11,466.25 M2, CARPETA ASF. 430.82 M3

311

31-Jul-09

135,711.94

FERNANDO LARA NIEVES

PAGO DE LA 7a. EST. IMPR. 14,642.43 M2.

SUMA $7,7

probatorios de que la obra ya fue terminada y puesta en operación, exhibiendo acta de entrega-recepción, bitácora de obra, proyecto ejecutivo, oficio de aprobación y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

OP-09/50-008 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, al Presidente Municipal C. L. E. Daniel Hernández Juárez, y Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Ramiro Mauricio Rodríguez, por haber no haber terminado y puesta en operación la obra "Construcción de terracerías obras de drenaje, pavimentación y señalamiento del km 0+000 al km 4+460 E. C. ubicado en la Blanquita, Trancoso" la cual fue asignada mediante contrato No MTRA-FIDEM-01-09, con un monto de $8,141,747.85, ya que no se han realizado trabajos consistentes en: la construcción de carpeta asfáltica de 1,240 ml siendo del km 1+360 al km 2+600,en ambos carriles con un ancho de 7.04 m, y 120.00 ml del km. 2+600 al km 2+720 solo en el carril derecho, con un ancho de 3.09 m y por no haber cumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 4, 49 fracción V, 79 fracción XXVI, 102 fracción I y 183 de la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

(FIDEM) FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ESTIMACIONES 62,067.73

T/E 134,095.00

DERAL AUTOMOTRIZ

ADQ. VEHICULO VW PICK UP TREND

TOTAL

7,807,779.67

7,024,046.38

T/E= TRANSFERENCIA ELECTRONICA

De la misma forma existe un monto por liberar de $1,117,701.47

Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-09, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 9 (nueve) obras que constituyeron la muestra seleccionada no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-10, Observación OP-05 Se observa que el Municipio no cuenta con un Relleno Sanitario, solo un tiradero a cielo abierto, asimismo cumple en un 63.2% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un tiradero a cielo abierto, ocupando 1 hectárea aproximadamente, no se realizaron estudios geotécnicos los cuales no garantizan la protección del medio ambiente, dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna.

Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con: la distancia mínima requerida para su ubicación de 1500 m contados a partir del limite de la traza urbana, caseta de vigilancia, franja de amortiguamiento, controles de dispersión de materiales ligeros, no se tiene diseñado un drenaje pluvial para escurrimientos pluviales ni área de emergencia para recepción de residuos sólidos.

OP-09/50-009 Recomendación Se reitera la recomendación al ente auditado por conducto del Sindico Municipal, inicie el procedimiento ante las instancias correspondientes para que sea construido un Relleno Sanitario y cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible, conformando el expediente respectivo con la documentación que se derive de estos trámites para su seguimiento, ya que esta observación será sujeta de verificación en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-11, Observación OP-06 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 61.5% de las normas antes descritas.

Adicionalmente, carece de la documentación reglamentaria tal como acreditación de médico veterinario, autorización operativa de impacto ambiental, certificado de control de fauna nociva, aviso de funcionamiento sanitario del establecimiento, certificado de salud, con respecto a la infraestructura básica, carece de área de desangrado adecuada, no cuenta con incinerador, cerco perimetral seguro, firme y confiable para el control de accesos y salidas, además de un corral de recepción, un corral de cuarentena, una bascula, un corral de drenaje con red independiente para desechos orgánicos, corrales antemortem y de cuarentena, cajón de insensibilización.

OP-09/50-010 Recomendación Se reitera la recomendación al ente auditado que por conducto del Sindico Municipal, se analice la viabilidad de la construcción de un Rastro Municipal, que cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas, que proporcione a la ciudadanía confiabilidad para la matanza de animales y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia conformando el expediente respectivo con la documentación que se derive de estos trámites para su seguimiento, ya que esta observación será sujeta de verificación en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

Abreviaciones:

Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2008 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

12 2 10 FRR 10

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

8 - - - 8

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

29 0 29 OIC 29

Solicitud De Aclaración.

23 1 20 REC 20

3 FRA 3

Preventivas

Recomendación 35 0 35 REC 35

TOTAL 107 3 97 97