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1 XIII Actualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012 XIII Informes Especiales Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental Área Ordenamiento territorial y catastro no minero * Autor : Dr. Pierre Foy Valencia** Título : Ordenamiento territorial y catastro no minero Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 45 - Julio 2012 Ficha Técnica 1. Introducción 2. Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT) 3. Algunas definiciones 4. Ordenamiento territorial y concesión minera 5. Directiva - Res. Jefatural Nº 1038-2002-IN- ACC-J Sumario 1. Introducción Uno de los principales problemas en relación con las actividades mineras que ciertamente acarrean muchas consecuen- cias en el orden ambiental y del aprove- chamiento de los recursos naturales, está relacionado con el sistema de catastro minero 1 y los usos no mineros. Desde una perspectiva catastral 2 debemos considerar que en nuestro sistema jurídico se sistematizan las diversas categorías de protección de los espacios y, es en ese marco que se debe correlacionar la disponibilidad para los usos mineros. Así por ejemplo, en cuanto a conservación de * Artículo que forma parte de Investigación, “La empresa minera sostenible” promovida por el Instituto de Investigación Científica (IDIC) de la Universidad de Lima. ** Profesor Asociado de la PUCP en Derecho Ambiental. Máster en Derecho Ambiental (Universidad del País Vasco). Miembro y fundador del Instituto de Estudios Ambientales (IDEA-PUCP). Docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima (Derecho Ambiental); la UNMSM (Ecología Política, Derecho del Ordenamiento del Territorio), la UNALM (Derecho y Legislación Ambiental y de los Recursos Naturales). Conductor del Estudio Foy Valencia Abogados - Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales. Gerente del Estudio Foy & Valdez. Consorcio Derecho Ambiental Consultor e investigador con diversas publicaciones en su especialidad. Dirección postal [email protected] 1 El Perú cuenta con un Catastro Minero Nacional en tiempo real, que se difunde a través de la página web (www.inaccc.gob.pe.) Ver INGEMMET. Contiene la siguiente información: demarcación territorial a nivel de regiones, provincias, distritos y centros poblados; áreas naturales protegidas, zonas arqueológicas, entre otras); concesiones mineras, de beneficio, de labor general y de transporte minero. 2 El catastro (del griego κατάστιχον, “registro”) inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Estado, en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de caracte- rísticas especiales. recursos naturales en el Perú cabría señalar lo siguiente 3 : Categorías de protección - Sistema nacional de áreas naturales protegidas Otras categorías a) Protección zonas arqueológicas b) Protección proyectos especiales c) Zonas de reserva turística d) Zonas urbanas y de expansión urbanas e) Zonas de frontera A su turno, el Reglamento de Procedi- mientos Mineros, Decreto Supremo N° 018-92-EM, en el artículo 23°, establece que el título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar actividades mineras de exploración ni explotación, previamente el concesionario deberá: a) Gestionar la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. b) Contar con la certificación ambiental. c) Obtener el permiso para la utilización de tierras. d) Obtener las demás licencias, permisos y autorizaciones. 2. Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT) Mediante la Ley Nº 28294 se crea el Sistema Nacional Inte- grado de Catastro y su vincula- ción con el Registro de Predios 4 , con la finalidad de regular la integración y unificación de los estándares, nomenclatura y procesos técnicos de las dife- rentes entidades generadoras de catastro en el país. 3 Lineamientos de política pública para formular zonas de exclusión minera. Foro Ciudades para la Vida. 4 Visión. Contar con un catastro nacional predial integrado, actualizado, moderno, dinámico y vinculado al registro de predios, que sirva al Estado peruano, como un instrumento de planificación y gestión del desarrollo social, económico y político del territorio del país. Misión. Gestionar el catastro nacional predial integrado, desarrollando mecanismos que per- mitan generar, mantener, actualizar, integrar e interconectar la información catastral a través de una infraestructura de datos catastrales, promoviendo la conciencia y cultura catastral en todos los niveles del Gobierno. De otra parte, el SIDEMCAT se encuentra a cargo de la Dirección de Catastro Minero del INGEMMET e integrado por informa- ción acerca de: - Los derechos mineros, - El catastro minero nacional, - El precatastro, - El catastro de áreas restringidas a la actividad minera y - La información acerca del cumpli- miento del pago del derecho de vigencia y su penalidad, entre otros. El INGEMMET, sobre la base de la infor- mación del SIDEMCAT, realiza la publica- ción nacional de libre denunciabilidad de los petitorios y concesiones mineras del ré- gimen general, de pequeños productores mineros y mineros artesanales, y elabora el padrón minero nacional. El catastro minero nacional comprende: Catastro minero nacional Precatastro minero Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera (catastro no minero) a. Las concesiones mineras vigentes otorgadas y las que se otorguen como consecuencia de de- nuncios formulados al amparo de legisla- ciones anteriores al Decreto Legislativo Nº 708, que cuenten con coordenadas UTM definitivas según lo dispuesto en la Ley del Catastro Minero Nacional. - Comprende los derechos mineros que aún no tie- nen coorde- nadas UTM definitivas, tienen pleno valor pero se encuentran en proceso de obten- ción de sus coordenadas UTM defini- tivas, según lo dispuesto en la Ley del Catastro Minero Na- cional. - Comprende todas las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera de las que el INGEM- MET cuenta con información que reúne las condi- ciones establecidas en la Directiva Nº 004-2002-INACC/J. - Las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera que presenten ob- servaciones técnicas y/o documentales y se encuentren en proceso de comple- tar la información, son ingresadas dife- renciadamente y con carácter referencial en el catastro no mi- nero, siempre que reúnan condiciones técnicas que no im- pidan su graficación, de acuerdo a la refe- rida directiva. b. Las concesiones mi- neras vigentes otorga- das y que se otorguen al amparo del TUO de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y que cuenten con resolu- ción consentida. c. Las concesiones de beneficio, de labor ge- neral y de transporte minero que cuenten con coordenadas UTM definitivas.

y Gestión Ambiental - aempresarial.comaempresarial.com/servicios/revista/45_56... · 004-2002-INACC/J. - Las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera que presenten

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Área Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental XIII

1XIIIActualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012

XIII

Info

rmes

Esp

ecia

les

Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental

Área

Ordenamiento territorial y catastro no minero*

Autor : Dr. Pierre Foy Valencia**

Título : Ordenamiento territorial y catastro no minero

Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 45 - Julio 2012

Ficha Técnica

1. Introducción2. Sistema de Derechos Mineros y Catastro

(SIDEMCAT)3. Algunasdefiniciones4. Ordenamiento territorial y concesión minera5. Directiva - Res. Jefatural Nº 1038-2002-IN-

ACC-J

Sumario

1. IntroducciónUno de los principales problemas en relación con las actividades mineras que ciertamente acarrean muchas consecuen-cias en el orden ambiental y del aprove-chamiento de los recursos naturales, está relacionado con el sistema de catastro minero1 y los usos no mineros.Desde una perspectiva catastral2 debemos considerar que en nuestro sistema jurídico se sistematizan las diversas categorías de protección de los espacios y, es en ese marco que se debe correlacionar la disponibilidad para los usos mineros. Así por ejemplo, en cuanto a conservación de

* Artículo que forma parte de Investigación, “La empresa minera sostenible”promovidaporelInstitutodeInvestigaciónCientífica(IDIC) de la Universidad de Lima.

** Profesor Asociado de la PUCP en Derecho Ambiental. Máster en Derecho Ambiental (Universidad del País Vasco). Miembro y fundador del Instituto de Estudios Ambientales (IDEA-PUCP). Docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima (Derecho Ambiental); la UNMSM (Ecología Política, Derecho del Ordenamiento del Territorio), la UNALM (Derecho y Legislación Ambiental y de los Recursos Naturales). Conductor del Estudio Foy Valencia Abogados - Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales. Gerente del Estudio Foy & Valdez. Consorcio Derecho Ambiental Consultor e investigador con diversas publicaciones en su especialidad. Dirección postal [email protected]

1 El Perú cuenta con un Catastro Minero Nacional en tiempo real, que se difunde a través de la página web (www.inaccc.gob.pe.) Ver INGEMMET. Contiene la siguiente información: demarcación territorial a nivel de regiones, provincias, distritos y centros poblados; áreas naturales protegidas, zonas arqueológicas, entre otras);concesionesmineras,debeneficio,delaborgeneralydetransporte minero.

2 Elcatastro(delgriegoκατάστιχον,“registro”)inmobiliarioesun registro administrativo dependiente del Estado, en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de caracte-rísticas especiales.

recursos naturales en el Perú cabría señalar lo siguiente3:

• Categoríasdeprotección- Sistema nacional de áreas naturales

protegidas• Otrascategoríasa) Protección zonas arqueológicasb) Protección proyectos especialesc) Zonas de reserva turísticad) Zonas urbanas y de expansión urbanase) Zonas de frontera

A su turno, el Reglamento de Procedi-mientos Mineros, Decreto Supremo N° 018-92-EM, en el artículo 23°, establece que el título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar actividades mineras de exploración ni explotación, previamente el concesionario deberá:a) Gestionar la aprobación del Instituto

Nacional de Cultura.b) Contar con la certificación ambiental.c) Obtener el permiso para la

utilización de tierras.d) Obtener las demás licencias,

permisos y autorizaciones.

2. Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT)

Mediante la Ley Nº 28294 se crea el Sistema Nacional Inte-grado de Catastro y su vincula-ción con el Registro de Predios4, con la finalidad de regular la integración y unificación de los estándares, nomenclatura y procesos técnicos de las dife-rentes entidades generadoras de catastro en el país.

3 Lineamientos de política pública para formular zonas de exclusión minera. Foro Ciudades para la Vida.

4 Visión. Contar con un catastro nacional predial integrado, actualizado, moderno, dinámico y vinculado al registro de predios, que sirva al Estado peruano, como un instrumento de planificación y gestión del desarrollo social,económico y político del territorio del país. Misión. Gestionar el catastro nacional predial integrado, desarrollando mecanismos que per-mitan generar, mantener, actualizar, integrar e interconectar la información catastral a través de una infraestructura de datos catastrales, promoviendo la conciencia y cultura catastral en todos los niveles del Gobierno.

De otra parte, el SIDEMCAT se encuentra a cargo de la Dirección de Catastro Minero del INGEMMET e integrado por informa-ción acerca de:- Los derechos mineros, - El catastro minero nacional, - El precatastro, - El catastro de áreas restringidas a la

actividad minera y- La información acerca del cumpli-

miento del pago del derecho de vigencia y su penalidad, entre otros.

El INGEMMET, sobre la base de la infor-mación del SIDEMCAT, realiza la publica-ción nacional de libre denunciabilidad de los petitorios y concesiones mineras del ré-gimen general, de pequeños productores mineros y mineros artesanales, y elabora el padrón minero nacional.El catastro minero nacional comprende:

Catastro minero nacional

Precatastro minero

Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera

(catastro no minero)

a. Las concesiones mineras v igentes otorgadas y las que se otorguen como consecuencia de de-nuncios formulados al amparo de legisla-ciones anteriores al Decreto Legislativo Nº 708, que cuenten con coordenadas UTM definitivas según lo dispuesto en la Ley del Catastro Minero Nacional.

- Comprende los derechos mineros que aún no tie-nen coorde-nadas UTM definitivas, tienen pleno valor pero se encuentran en proceso de obten-ción de sus coordenadas UTM defini-tivas, según lo dispuesto en la Ley del Catastro Minero Na-cional.

- Comprende todas las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera de las que el INGEM-MET cuenta con información que reúne las condi-ciones establecidas en la Directiva Nº 004-2002-INACC/J.

- Las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera que presenten ob-servaciones técnicas y/o documentales y se encuentren en proceso de comple-tar la información, son ingresadas dife-renciadamente y con carácter referencial en el catastro no mi-nero, siempre que reúnan condiciones técnicas que no im-pidan su graficación, de acuerdo a la refe-rida directiva.

b. Las concesiones mi-neras vigentes otorga-das y que se otorguen al amparo del TUO de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y que cuenten con resolu-ción consentida.

c. Las concesiones de beneficio, de labor ge-neral y de transporte minero que cuenten con coordenadas UTM definitivas.

Informes EspecialesXIII

2XIII Actualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012

3. AlgunasdefinicionesAl respecto, se deben considerar los si-guientes conceptos5:1

Área restringidas para la actividad mineraEs aquella área donde la actividad minera está limitada o prohibida de acuerdo a un dispositivo legal que así lo declara. La información de las áreas restringidas a la actividad minera es remitida por las insti-tuciones competentes como el INRENA, INC, municipalidades, etc.

Catastro minero nacionalEs el inventario de concesiones mineras de beneficio, labor general y transporte minero; otorgadas por el Estado e identi-ficadas con coordenadas UTM que tienen carácter definitivo y están referidas al Datum Geodésico PSAD56.

Catastro de áreas restringidas a la actividad mineraEs un inventario de áreas donde existen restricciones o prohibiciones para el ejer-cicio de la actividad minera. Esta informa-ción es proporcionada al INGEMMET6 por las entidades competentes. 2

CertificadodeárealibreDocumento expedido por la Dirección General de Catastro Minero, que informa sobre la existencia o no, de derechos mineros en una determinada área del territorio nacional.Según la Ley Nº 28294, que crea el Sistema Nacional Integrado de Catas-tro y su Vinculación con el Registro de Predios, se establecen las siguientes definiciones: Catastro de predios.- Es el inventario físico de los predios orientado a un uso multipropósito, y se encuentra constituido por la suma de predios contiguos que conforman el territorio de la Repúbli-ca, a los cuales se les asigna un Código Único Catastral con referencia al titular o titulares del derecho de propiedad del predio. El catastro proporcionará a los usuarios información actualizada de todos los derechos registrados sobre un predio, mediante su interconexión con el Regis-tro de Predios. El catastro comprende la información gráfica, con las coordenadas

5 INACC Información: http://www.inacc.gob.pe/informacion_con-tenido/glosario.html#a

6 El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, es un Organismo Público Técnico Descentralizado del Sector Energía y Minas del Perú, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía, técnica administrativa y económica, que tiene como objetivo la obtención, almacenamiento, registro, procesamiento, administración y difusión eficiente de la informacióngeocientíficayaquella relacionadaa lageologíabásica, los recursos del subsuelo, los riesgos geológicos y el geoambiente. Asimismo, tiene como objetivo conducir el procedimiento ordinario minero, incluyendo la recepción de petitorios, el otorgamiento de concesiones mineras y su extinción segúnlascausalesfijadasporlaley,ordenandoysistematizandola información georeferenciada mediante el catastro minero nacional, así como la administración y distribución del derecho de vigencia y penalidad.

de los vértices de los linderos de predios, en el Sistema de Referencia Geodésica Oficial en vigencia, y un banco de datos alfanumérico con la información de los derechos registrados.Certificadocatastral.- Es el documento con valor jurídico y efectos legales que emite la entidad catastral competente a favor de cualquier persona que lo solicite. La expedición del certificado catastral está sujeta al pago de los dere-chos correspondientes, según tasa que se establecerá en el reglamento de la presente Ley, con excepción de las que corresponda fijar a los gobiernos locales. Las tasas se fijarán atendiendo al criterio establecido en el artículo 45° de la Ley Nº 27444.

4. Ordenamiento territorial y concesión minera

El ordenamiento territorial es un ins-trumento de gestión del territorio que regula y define los usos posibles para las diversas áreas en que se encuentre dividido un determinado territorio. Es a la vez un proceso político, toda vez que supone tomar decisiones –de preferencia concertadas– entre los diversos actores sociales, económicos, políticos y técni-cos, para una ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, y un proceso técnico administrativo en la medida que regula y promueve “la localización y desarrollo de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial”.En este contexto, una concesión minera es una figura jurídica, mediante la cual, el Estado –como titular del dominio emi-nente sobre los recursos naturales que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional– le concede el derecho a un tercero (individuo o empresa) de realizar las actividades necesarias que le permitan aprovechar los recursos minerales que se encuentran en una zona determinada, siempre que se cumplan un conjunto de requisitos.

Características importantes7 3Si bien la concesión le da el derecho al titular sobre los recursos que se encuentran en el subsuelo, esta no otorga derecho al titular sobre el terreno superficial, por loque eltitular minero deberá llegar a un acuerdo con el propietario de dicho terreno para poder hacer uso del mismo o parte de él para sus actividades de exploración/explotación.Para poder iniciar sus actividades de explora-ción, además de la autorización para el uso delterrenosuperficial,lostitularesminerosdeben obtener:- Elcertificadodeprospecciónarqueológica

(por parte del Ministerio de Cultura).- La aprobación del estudio de impacto

ambiental que les corresponda (Declara-ción de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado).

- La licencia para el uso de agua por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

Por otro lado, para iniciar sus actividades de explotación deben obtener también:- El Certificadode InexistenciadeRestos

Arqueológicos (CIRA4).- La aprobación del Estudio de Impacto

Ambiental Detallado (diferente al presen-tado en la etapa previa).

- Nueva licencia para el uso de agua por parte de la ANA.

- Aprobación del plan de minado por parte de la Dirección General de Minería del MINEM, entre otros.

Finalmente, es importante también men-cionar que en las Áreas Naturales Protegidas de uso indirecto (como parques nacionales, santuarios nacionales y santuarios históricos) no se pueden realizar actividad minera, mien-tras que en aquellas de uso directo (como reservas nacionales y paisajísticas, refugios de vida silvestre, reservas comunales, bosques de protección, cotos de caza y áreas de conser-vación regionales) solo se podrá realizar esta actividad si es que no perjudica los objetivos por los cuales se estableció dicha área y cumple además con ciertos requisitos como sercompatibleconlacategoría,lazonificaciónasignada y el plan maestro del área.

En la siguiente gráfica se aprecia cómo en un territorio se presentan diversos desafíos sobre todo considerando los usos y alter-nativas que el territorio ofrece, frente a lo cual hay que decidir cuáles son las mejores opciones sobre la base de un conjunto de objetivos.

7 El proceso de obtención de una concesión minera. Informe quincenal SNMP 2011.

Ordenamiento Territorial

Uso del suelo

Calles

DistritosCampos decultivo

La necesidad de establecer una política de ordenamiento territorial en el Perú, parte de dos aspectos básicos:• Resolver problemas críticos relacio-

nados con la ocupación y uso del territorio.

• Por otro lado, es necesario articular las diversas políticas sectoriales con incidencia en el ordenamiento territorial, así como orientar el ac-cionar de los gobiernos regionales y locales de cara a cumplir con mayor eficiencia sus funciones en esta materia.

Henry Luna Córdova: “Congreso Internacional de Geología y Minería”.

Parcelas

AreniscaArena y GravaNapa freática

Subsuelo

RíoPunto de descarga

Área Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental XIII

3XIIIActualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012

Es en esos términos que surge la relación catastral entre concesión minera, predio superficial y subsuelo del territorio:

5. Directiva que regula confor-mación del catastro no minero yestablececriteriosparatra-tamiento de la información sobre áreas protegidas y/orestringidas a la actividad mi-nera. Resolución Jefatural Nº 1038-2002-INACC-J

Mediante esta norma, se aprueba la Directiva Nº 004-2002-INACC/J, cuya finalidad es:1

- Regular la conformación del catastro no minero.

- Establecer los criterios uniformes para el tratamiento de la información sobre áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera.

Conformación del catastro no mineroEl catastro no minero está conformado por todas las áreas protegidas y/o restrin-gidas a la actividad minera, de las que el INACC cuenta con información que reúne las condiciones establecidas en la mencionada Directiva.Las áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera que presenten obser-vaciones técnicas y/o documentales y se encuentren en proceso de completar la información, son ingresadas diferen-ciadamente y con carácter referencial en el catastro no minero; siempre que

8 Base legal Normas generales

- Artículos 25° y 26°, incisos d) y e), del Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero.

- Artículo 18° del Decreto Supremo Nº 03-94-EM.- Artículo 22° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.- Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.Normas especiales- Decreto Supremo Nº 011-93-TCC.- LeyNº27015ysumodificatoriaLeyNº27560,Leyespecial

que regula el otorgamiento de concesiones mineras en áreas urbanas y de expansión urbana.

- Decreto Supremo Nº 008-2002-EM - Reglamento de la Ley Especial que regula el otorgamiento de concesiones en áreas urbanas y de expansión urbana.

- Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Re-glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.

- Ley Nº 24047, Ley del Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y normas reglamentarias y conexas.

- Otras normas que establezcan áreas protegidas y/o restrin-gidas a la actividad minera.

reúnan condiciones técnicas que no impidan su graficación, de acuerdo a dicha Directiva.

ObjetivodelcatastronomineroEl objetivo del Catastro No Minero, es

servir como un medio de información y de consulta de las Direcciones del INACC involucradas en la evaluación de expedien-tes y de los usuarios mineros en general.Corresponde a la Dirección General de Concesiones Mineras evaluar los alcances de los dispositivos que establecen áreas protegidas y/o restringidas a la actividad minera, respecto de un derecho minero en particular.

Del tratamiento de la información Al respecto, en esta disposición se asumen criterios diferenciados sobre el tratamiento de la información buscando la concordan-cia entre los dispositivos e instrumentos técnicos, según se trate de:• Áreas protegidas y/o restringidas a la

actividad minera, distintas a las áreas urbanas y de expansión urbana.

• Áreas urbanas y de expansión urbana.

Anexo CARAM(catastro de áreas restringidas a la actividad minera)

Catastro de áreas restringidas a la actividad minera

ÍTEM Tipo de área restringida Total Hectáreas % del Perú

1 Área natural 156 22444456.44 17.464

2 Área natural amortiguamiento 52 16724776.53 12.24

3 Otras área restringidas 40 12826174.17 9.979

4 Proyectos especiales 13 13910389.36 10.823

5 Puertos y aeropuertos 20 4261.78 0.003

6 Zonas arqueológicas 2342 5740543.5 4.467

7 Zonas urbanas 130 789162.94 0.381

Total 3761 711397693.74 56.357

Fecha 28/02/11

El INGEMMET (antes: RPM, INACC), coherente con el concepto de desa-rrollo sostenible y a fin de cumplir eficiente y eficazmente con sus fun-ciones asignadas por el Estado, dis-pone desde 1998, con el: “Castastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera” (antes: catastro no minero), que gestiona e integra información de las entidades competentes como: Ministerio del Ambiente (SERNANP), municipalidades, INC, MTC, Minis-terio de Defensa, SEDAPAL, gobier-nos reginales, y otras.

Lima 15 de junio de 2012

Informes EspecialesXIII

4XIII Actualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012

Autores: Arq. Liliana Miranda Sara* Blgo. Sandro Chávez**

Título : La estructura ecológica y el ordenamiento territorial, contribuciones conceptuales - Paret final

Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 45 - Julio 2012

Ficha Técnica

1. Introducción 2. Situación de las áreas verdes3. Sistema metropolitano de áreas verdes y

espacios de recreación

Sumario

En la primera parte de este artículo, desa-rrollamos la importancia que viene dando nuestro país para lograr el Ordenamiento Territorial (OT), señalando específicamen-te a la Municipalidad Metropolitana de Lima que actualmente está efectuando estudios y presentando propuestas para incorporar el concepto de la estructura ecológica, a fin de identificar sus ecosiste-mas naturales, híbridos o artificiales para regular y normar su uso sostenible. En ese sentido, definimos y desarrollamos lo que se entiende por estructura ecológica, la misma que se originó en Colombia. Así mismo, los conceptos de los servicios ecosistémicos, la resiliencia y su capacidad adaptativa. la importancia de los ecosiste-mas para proveer bienes y servicios am-bientales, para satisfacer las necesidades básicas de la sociedad, en la prevención de riesgos, en las relaciones políticas y so-ciales así como también para el equilibrio ecológico y finalmente lo relacionado a las áreas verdes y recreativas urbanas.En esta segunda parte final del artículo nos referiremos a las áreas verdes y su impor-tancia estratégica en el ordenamiento de Lima Metropolitana.

1. IntroducciónLima se encuentra ubicada en medio del desierto de la costa peruana, a pesar de ello alguna vez se le bautizó como la Ciudad Jardín por las huertas, haciendas y parques que cubrían el paisaje limeño de aquellas épocas.En la actualidad, sus áreas verdes desapa-recen casi al mismo ritmo con el que se construyen edificaciones de diverso tipo. Al parecer, las prioridades se han trans-formado y las demandas se dirigen a un lugar donde vivir y donde estacionar el

vehículo, frente a la necesidad de contar con un espacio verde donde pasear y dis-frutar de aire limpio en el tiempo libre. Los espacios verdes cumplen un rol esen-cial y vital en la interacción de los seres humanos y el medio que habita.En ese sentido, las áreas verdes urbanas brindan, tanto a los humanos como al am-biente urbano, varios beneficios como1:• Purificación del aire• Incremento de la protección contra la

erosión del suelo• Protección contra la radiación solar• Conservación de cuerpos de agua• Aislamiento de ruidos• Generación de barreras contra el viento• Incremento de áreas para la recreación

pasiva• Incremento del valor de la propiedadExisten distritos con poca población que superan el promedio de la OMS, como San Isidro, San Borja o Miraflores, y por el contrario otros distritos con más pobla-ción, como San Juan de Lurigancho, que no llegan ni al metro cuadrado de área verde, lo cual muestra la variada evolución del concepto de estos espacios que tiene cada municipio. Algunos piensan que estas áreas le dan mayor rentabilidad a la residencia; para otros, se constituye en algo innecesario; o quizás para otros pocos distritos, es un importante espacio urbano a conservar.

2. Situación de las áreas verdesLima Metropolitana tiene una población de 8´348,403 de habitantes (INEI 2007) y una superficie de 2,679.40 km2. Según La Organización Mundial de la Salud (OMS), las ciudades deberían tener como mínimo 9 m²/hab. de área verde para garantizar un ambiente de vida saludable para la población. Lima Metropolitana según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) del 2008, es de 2,37m2/hab. El Área verde potencial se estima en 3,200 ha., es decir, unos 3.72 m2/hab.2. Nuestra capital, en comparación con

* Arquitecta,urbanista,ambientalistayplanificadora.Doctorantede la Universidad de Amsterdam. Coordinadora de Investigación del Foro Ciudades para la Vida y docente de Maestría de Gestión de Riesgos de la Universidad Nacional de Ingeniería [email protected], www.ciudad.org.pe

** Biólogo, ambientalista, coordinador Nacional del Foro Ecológico del Perú, exjefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Prote-gidas por el Estado (Sernanp), [email protected], http://cuartoambiente.blogspot.com

1 Atlas Ambiental de Lima.2 Fuente: IMP, 2008, IMP, 2010.

otras ciudades de América Latina, se encuentra en un lugar muy bajo de desempeño ambiental, por ejemplo Bogotá, en Colombia, que tiene un promedio de 107 m2 de áreas verdes por habitante.Según el Atlas Ambiental de Lima, La presencia de áreas verdes incrementa la sensación de seguridad y salubridad e identifica los barrios y distritos como hitos urbanos.

Áreaverdesurbanasporhabitante

Fuente: Atlas Ambiental de Lima

Hasta 2 m3/hab.

De 2 a 4 m3/hab.

De 4 a 8 m3/hab.

De 6 a 8 m3/hab.

Dicho Atlas también informa que en el caso de Lima Metropolitana, tal como se observa en el mapa N°1, de los 43 distritos que la conforman, solo 4 superan los 6 m²/hab. Este es el caso de San Borja (7,28 m²/hab.), San Isidro (6,51 m²/hab.), Santa María del Mar (6,68 m²/hab.) y La Punta (6,93 m²/hab.). Los dos últimos son casos particulares por la variación de la población que albergan de manera estacional.Por otro lado, distritos como Barranco (2,17 m²/hab.), Breña (0,36 m²/hab.), Lince (0,60 m²/hab.), La Victoria (0,77 m²/hab.), y El Rímac (0,98 m²/hab.) son distritos consolidados sin posibilidades de incremento de áreas verdes, ya que, por su ubicación central, reciben flujos varia-bles de población y transporte público y privado, lo cual se refleja en el estado de su paisaje urbano.Otros distritos, como San Juan de Lurigan-cho (1,37 m²/hab.), San Juan de Miraflo-res (0,16 m²/hab.), Villa El Salvador (2,05 m²/hab.), disponen de espacios destina-dos a áreas verdes sin consolidar pero en proceso, con posibilidades de acercarse a los estándares recomendados, como es el caso de Villa El Salvador que cuenta con espacios disponibles para alcanzar los 8,58 m²/hab. de áreas verdes.

La estructura ecológica y el ordenamiento territorial, contribuciones conceptuales

Parte final

Área Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental XIII

5XIIIActualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012

En el caso particular de Lurín (0,78 m²/hab.), Pachacamac (0,25 m²/hab.) y Cieneguilla (1,26 m²/hab.), el aparen-te déficit de áreas verdes urbanas se ve compensado por el entorno verde, pues son distritos ubicados en medio del valle del Río Lurín, a pesar de que la relación población/áreas verdes urba-nas esté por debajo de los parámetros recomendados.Otro aspecto que considera el Atlas Am-biental de Lima es el estado de conser-vación de las áreas verdes urbanas, pues, según información del SENAMHI, solo el 26% del total de áreas verdes estaban en buenas condiciones en 1996.Las municipalidades distritales destinan en promedio el 5% de su presupuesto para el mantenimiento de parques y jardines. El mantenimiento e incremento de las áreas verdes requiere por lo general de presupuestos adicionales, los que varían según sea el tratamiento previo del suelo y la dotación de agua para riego.El riego de áreas verdes es generalmente realizado mediante tanques cisternas. El 80% del agua utilizada es apta para consumo humano, mientras que el resto proviene de agua de puquiales, canales de riego o fuentes de afloramiento como sucede en el distrito de Comas. Son po-cas las municipalidades distritales que utilizan otras alternativas de provisión de agua, como las aguas residuales tratadas para regar áreas verdes, como Santiago de Surco, Miraflores y Villa El Salvador entre otros, prácticas exitosas que debe-rían replicarse.Para abastecer de áreas verdes a la po-blación de Lima, actualmente solo se cuenta con cerca de 1.800 ha (24% de lo requerido), de las cuales solo 1.200 ha están establecidas como áreas verdes; el resto requiere de urgente intervención para evitar que sean invadidas o destina-das a otros usos.Los parques metropolitanos y zonales de Lima tienen un área de 1,309 ha., y potencialmente podrían llegar a 1703 hectáreas.

3. Sistema metropolitano de áreas verdes y espacios de recreación

El Servicio de Parques de Lima (SERPAR) viene trabajando en el diseño y creación de un Sistema Metropolitano de Áreas verdes y Espacios de Recreación (SMA-VER) como parte de otro mayor que es el Sistema de Estructura Ecológica de la Provincia de Lima, a fin de ir sentando las bases de un ordenamiento territorial de la provincia y contar de esta manera con un conjunto de normas técnicas, instrumentos de gestión, planificación y articulación en general de las disposi-ciones y decisiones relacionadas con las

Cuadro N° 2. Parques metropolitanos y zonales de Lima

Nº Nombre DistritoÁrea total Área

habilitada Administra(Ha) (Ha)

Parques zonales 347.85 230.28

1 Manco Cápac Carabayllo 6.00 6.00 SERPAR

2 Sinchi Roca Comas 54.38 54.38 SERPAR

3 Cahuide El Agustino 69.00 17.80 SERPAR

4 Lloque Yupanqui Los Olivos 9.11 9.11 SERPAR

5 Cápac Yupanqui Rímac 3.30 3.30 SERPAR

6 Wiracocha S.J. Lurigancho 23.47 13.00 SERPAR

7 Huayna Cápac S.J. Miraflores 56.00 56.00 SERPAR

8 Huáscar Villa El Salvador 77.59 21.69 SERPAR

9 Yahuar Huaca Callao 19.00 19.00 IPD

10 Túpac Amaru-Videna San Luis 24.00 24.00 IPD

11 Mayta Cápac S.M . Porres 6.00 6.00 M.S.M. Porres

Parques metropolitanos 62.55 46.85

1 Alameda Las Malvinas Cercado 3.20 3.20 SERPAR

2 Parque de la Exposición Cercado 12.00 12.00 SERPAR

3 Parque Universitario Cercado 1.20 1.20 SERPAR

4 Parque La Muralla Cercado 6.70 6.70 SERPAR

5 Los Soldados del Perú Cercado 0.20 0.20 SERPAR

6 Coronel Miguel Boquero

Cercado 0.26 0.26 SERPAR

7 Paque Los Anillos Ate-Vitarte 8.00 3.30 SERPAR

8 Santa Rosa Santa Rosa 31.00 20.00 SERPAR

Parques especiales 1,2952.40 1,031.10

1 Reserva-Circuito del Agua Cercado 7.60 7.60 MML

2 Campo de Marte Jesús María 53.00 63.00 MML

3 Las Leyendas San Miguel 110.00 70.00 Patronato

Los Olivares San Isidro 10.00 10.00 MSI

4 Parque 23 S.J.Miraflores 8.90 8.90 MVCS

5 Parque 26 Villa El Salvador 34.00 34.00 MVCS

6 Antonio Raymondi El Agustino-Ate 210.00 210.00 MML

7 Club del Pueblo S.J. Lurigancho 15.00 15.00 MML

8 Andrés Avelino Cáceres V.M. del Triunfo 22.00 13.00 MML

9 Pantanos de Villa Chorrillos 244.00 244.00 Autoridad

10 Pantanos de Ventanilla Ventanilla 578.00 366.00 M.Ventanilla

Totalparquespúblicos 1,707.80 1,308.51

Fuente: Atlas Ambiental de Lima 2008 y SERPAR 2011

Cuadro N°3. Áreas verdes privadas

N º Nombre Distrito Área (ha)

1 Country Club Villa Chorrillos 65.00

2 Los Incas Golf Surco 55.00

3 Campo Mar-U VES 52.00

4 Lima Golf Club San Isidro 4900

5 Country Club La Planice La Molina 36.00

6 Country Club El Bosque Lurigancho 32.00

7 Club Cultural Lima Chorrillos 31.00

8 Golf Club Los Andes Lurigancho 30.00

9 Club El Remanso Lurigancho 11.00

10 Gran Azul Country Club Ate 11.00

Existen más de 400 áreas administradas de manera privada que incrementan a 4.30 m2 /hab. las áreas verdes, pero que su uso es exclusivo y se restringe solo para los socios.

Informes EspecialesXIII

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unidades de este sistema como son las áreas verdes y mediante la cual se busca organizar la actuación de todas y cada una de las autoridades competentes.De acuerdo a las propuestas del SERPAR, el SMAVER tendría como finalidad garantizar la gobernanza y el uso público de las áreas verdes y los espacios de recreación de la provincia y región de Lima a través de un trabajo coordinado, integrado, participati-vo y técnicamente consistente; utilizando instrumentos de gestión y de planificación marco que permitan un enfoque de política de áreas verdes y espacios de recreación para la provincia de Lima.El Sistema buscará estructurar, cohesionar y articular las áreas verdes y el resto del territorio, permitiendo satisfacer las nece-sidades de recreación activa y pasiva de la población.Como desarrolláramos en un artículo ante-rior, las áreas verdes cumplen una función estructurante en la ciudad mediante la arti-culación espacial de diferentes elementos, entre ellos, los parques metropolitanos, zonales, distritales y vecinales, parques lineales, arbolado urbano, jardines y demás elementos de los ecosistemas y la vegetación natural e intervenida. Su conservación, protección y manteni-miento permiten un equilibrio ecológico, bienestar colectivo y calidad de vida de las personas que viven en la ciudad.Las categorías de áreas verdes3 que se propone mantener o establecer son:3

1. Parques urbanos y periurbanos• ParquesMetropolitanos• ParquesZonales• ParquesDistritales• ParquesVecinales2. Parques lineales 3. Áreas verdes complementarias 4. Vías públicas 5. Áreas de reserva ambiental

La autoridad municipal considera que las áreas verdes y espacios de recreación son de fundamental importancia para conse-guir la sostenibilidad de la ciudad de Lima y para el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.También considera que la creación, con-servación, mantenimiento y expansión de áreas verdes y espacios de recreación 3 Según SERPAR, Municipalidad Metropolitana de Lima, 2012.

es indispensable por los múltiples servicios ambientales y sociales que prestan den-tro del ambiente urbano. Entre los más importantes se encuentran la generación de oxígeno, disminución de los niveles contaminantes en el aire, amortiguamiento del ruido, disminución de la erosión del suelo, además de representar sitios de refugio, protección y alimentación de la fauna silvestre. En cuanto a los servicios sociales, las áreas verdes y espacios de recreación representan los espacios favoritos para la convivencia, el esparcimiento, recreación activa y pasiva de sus habitantes, además del realce de la imagen urbana, haciendo de Lima una ciudad más agradable y con identidad. Siendo la Municipalidad Metropolitana de Lima el ente rector de un nuevo Sis-tema Metropolitano de Áreas Verdes y Espacios de Recreación en el ámbito de la provincia de Lima, para el cumplimiento de los objetivos del Sistema, será la Ge-rencia de Servicios a la Ciudad quien se constituye el ente normativo, supervisor y fiscalizador del Sistema.Las categorías de Parques Metropolitanos, Zonales y Lineales del Sistema estarán bajo el ámbito del SERPAR a fin de im-plementar las políticas aprobadas por la alcaldía y/o el concejo metropolitano en materia de áreas verdes, arborización urbana, recreación, cultura y deporte en las categorías de su competencia.Las categorías del Sistema comprendidas bajo el ámbito de las municipalidades dis-tritales se considera a los parques distritales y vecinales; así como áreas verdes de uso público, vías públicas y áreas complemen-tarias en la circunscripción de cada distrito bajo administración municipal, cuya fun-ciones serían la habilitación, rehabilitación, mantenimiento, administración, vigilancia y promoción de las categorías a su cargo.Existen otras entidades con competencias en áreas verdes y espacios de recreación bajo el marco del nuevo sistema a crearse, como: Autoridad del Proyecto Costa Verde (APCV), Patronato del Parque de las Le-yendas Felipe Benavides Barreda (PATPAL FBB), Proyecto Especial de Transporte no Motorizado (PETNM), Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima (EMILIMA), Empresa Municipal Administradora de Peaje en Lima (EMAPE), Instituto Metropolitano Protransporte (PROTRANSPORTE).

Se buscará un trabajo coordinado de las entidades, se propone constituir una Mesa de Coordinación Interinstitucional e Intramunicipal sobre áreas verdes, cada entidad presentará los avances y próximas actividades a trabajar en el marco de sus funciones, así como sus logros alcanzados y se definirán las líneas y actividades de trabajo conjunto.La municipalidad metropolitana a través del SERPAR, se propone que cada distrito tenga un plan verde que incluya acciones de arborización y manejo de sus parques y jardines. Asimismo, que un porcentaje de las áreas verdes distritales sean sembradas con especies xerófitas o plantas ahorrado-ras de agua, y, también, que poco a poco se sustituya el agua potable para riego de parques y jardines por aguas residuales tratadas, como ya lo hacen distritos como San Isidro, Surco o Jesús María.Así mismo, la Presidencia del SERPAR ha dicho que el tema de la construcción y el área verde también se regulará a partir de la ordenanza, pues ahí saldrán reglamentos que van a conversarse y com-patibilizarse con el Reglamento Nacional de Edificaciones, que ya establece algunos parámetros en términos de áreas libres. Tenemos un especial interés en que estos parámetros sean más ambientales y a fa-vor de la construcción de una ciudad ver-de; entonces, tendremos mucho diálogo con el sector construcción e inmobiliario.El vacío en las normativas municipales para la creación y conservación de áreas verdes en construcciones privadas es otra dificultad que los especialistas detectan. En la actua-lidad, las ordenanzas no ponen el mismo énfasis para exigir espacios verdes como el que sí se pone para pedir estacionamientos.Sin embargo, existen algunas iniciativas de distritos y empresas que son buenos ejemplos a seguir para abrir paso al verde en la ciudad.Finalmente, el Concejo de Miraflores incluyó en su ordenanza 342 parámetros de entre 10% y 30% de áreas verdes para edificaciones. La Municipalidad de San Isidro también estaría trabajando una norma para tener estándares altos ambientales.

Referencias- SERPAR, Municipalidad Metropolitana

de Lima, 2012.- Atlas Ambiental de Lima, MML.- Presentaciones “Riego de las áreas

verdes de Lima Metropolitana”, Julio Moscoso, proyecto LIWA.

- Propuesta de Ordenanza del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Es-pacios de Recreación, SERPAR, MML.

- Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

N º Nombre Distrito Área (ha)

11 Club Regatas Chorrillos 9.00

12 AELU Pueblo Libre 9.00

13 Touring Automovil Club VES 8.00

14 Lawn Tenis Cercado 5.00

15 Lima Criket Magdalena 3.00

Total privados 406.00

Fuente: INAPMAS