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El Seguro es administrado por el estado y organismos privados:
Organismos Estatales
ISL (ex ISP)
Servicio de Salud
OrganismosPrivados
Mutualidades de empleados : ACHS, IST, Mutual deSeguridad
AdministradoresDelegados (sobre 20.000 trabajadores)Ej.: Codelco, Enami, UC, CMP, entre otras
Administración del Seguro
Si una empresa no se inscribe en una Mutual, automáticamentequeda inscrita en el ISL (Instituto de Seguridad Laboral)
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Financiamiento
La fuente principal de financiamiento de esta ley son a cargo del empleador:
Cotización básica:
Corresponde al 0,95% de las remuneraciones imponibles que se cancelen a los trabajadores
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Cotización Adicional Diferenciada:• Se cancela en función de la actividad
o riesgo de la empresa, que oscila entre el 0 y el 3,4% de las remuneraciones que paga el empleador a sus trabajadores
• Esta cotización puede aumentarse o rebajarse dependiendo del incremento o disminución de la tasa de accidentabilidad
Financiamiento II
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Prestaciones del Seguro
A) Prestaciones Médicas:
Se reciben gratuitamente, hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente
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Atención médica,
Quirúrgica y dental
HospitalizaciónMedicamentos y
Productos farmacéuticos
Prótesis y aparatos
ortopédicos
Rehabilitación física
Reeducación profesional
Prestaciones del Seguro (cont.)
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B) Prestaciones Económicas
Para que un trabajador accidentado no pierda su medio de sustento durante el tiempo que se encuentre imposibilitado para trabajar
Prestaciones del Seguro II
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Subsidios
• Cuando el trabajador pierde su capacidad para trabajar en forma temporal
• El trabajador recibe un subsidio diario de 100% de su remuneración imponible
• Se calcula como el promedio de los 3 meses anteriores al accidente
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Indemnizaciones
Si la incapacidad de ganancia es igual o superior a un 15% e inferior a un 40%, el trabajador recibe de una sola vez una indemnización que va de 1,5 a 15 veces del sueldo base
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Pensiones
• Si la disminución de la capacidad de ganancia es ≥ 40% e < 70%, recibe una pensión mensual equivalente al 35% del sueldo base
• Cuando la pérdida permanente de su capacidad de ganancia es ≥ 70%, recibe un pensión mensual del 70% de su sueldo base
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Cuando el trabajador pierde toda su capacidad de ganancia y no puede valerse por sí mismo (gran invalidez) recibe una pensión mensual del 100% de sus sueldo base. No puede exceder de 140%, incluido el incremento por tener más de 2 hijos causantes de asignación familiar
Pensiones II
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Derecho-Habientes:
• Cónyuge• Hijos afectos a asignación familiar• Conviviente con hijos reconocidos• Ascendientes o descendientes causantes
de asignación familiar
Pensiones III
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DEL ESTADO:• Supervigilancia y fiscalización de la
prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo
• Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo necesarias en las empresas o entidades a través de los servicios de salud y aplicar sanciones por incumplimiento
Obligaciones
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Obligaciones II
DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES:• Prescribir todas las medidas de higiene y
seguridad• Aplicar variación de cotización adicional• Están obligadas a realizar actividades
permanentes de prevención de riesgos
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Obligaciones III
DE LAS EMPRESAS:• Implementar, adoptar y poner en práctica
las medidas de prevención de riesgos que se le indiquen
• Mantener actualizados los reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo
• Proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios