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“ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS: MARCO LEGAL Y REGULATORIO. MODELO
DE DELEGACIÓN. OPORTUNIDADES Y AMENAZAS EN SU IMPLEMENTACIÓN”
DRA. MARIA FERNANDA GARCÉS D.IV SEMINARIO DE DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO INTERNACIONAL
PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO 2016
ANTECEDENTES
“Para promover el desarrollo económico, Latinoamérica y el Caribe (LAC) debe aumentar su nivel de inversión en infraestructura, del nivel existente e histórico de 2-3% a un mínimo de 5%, lo que representa un incremento de más de $ 280 mil millones USD al año en precios de 2014” 1
“A través de una combinación de mayor eficiencia deplaneación y licitación de proyectos, y el aprovechamientode nuevas modalidades de financiamiento”
(1) Infraestructura sostenible para la competitividad y el crecimiento inclusivo. BID 2014
Leyes que promueven las ASOCIACIONES
PÚBLICO –PRIVADAS
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES
Art. 313.- El Estado se reserva el derecho deadministrar, regular, controlar y gestionar lossectores estratégicos, de conformidad con losprincipios de sostenibilidad ambiental, precaución,prevención y eficiencia.Los sectores estratégicos, de decisión y controlexclusivo del Estado, son aquellos que por sutrascendencia y magnitud tienen decisiva influenciaeconómica, social, política o ambiental, y deberánorientarse al pleno desarrollo de los derechos y alinterés social.
Se consideran sectores estratégicos:•Energía en todas sus formas,•Telecomunicaciones,• Recursos naturales no renovables,• Transporte y la refinación dehidrocarburos,• Biodiversidad y el patrimoniogenético,• Espectro radioeléctrico,• Agua,• y los demás que determine la ley.
Art. 314.- El Estado será responsable de la provisión de losservicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento,energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructurasportuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley.
El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisiónrespondan a los principios de obligatoriedad, generalidad,uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad,accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad
El Estado dispondrá que los precios y tarifas de los serviciospúblicos sean equitativos, y establecerá su control y regulación.
Se consideran servicios públicos:•Riego,•Saneamiento,•Energía eléctrica,•Telecomunicaciones,•Vialidad,•Infraestructuras portuarias y•aeroportuarias,y los demás que determine la ley.
Art. 315.- El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores
estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento
sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otrasactividades económicas.
ANTECEDENTESC
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Ley de Modernización
Decreto 811
Decreto 582
COPCI
Art. 100.-
La modalidad de delegación podrá ser la de concesión, asociación, alianzaestratégica, u otras formas contractuales de acuerdo a la ley, observando,para la selección del delegatario, los procedimientos de concurso públicoque determine el reglamento, salvo cuando se trate de empresas depropiedad estatal de los países que formen parte de la comunidadinternacional, en cuyo caso la delegación podrá hacerse de forma directa.
Régimen de excepcionalidad
Regula proyectos de iniciativa privada
Ley de EP
Art. 316.- El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y serviciospúblicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria. La delegación se sujetaráal interés nacional y respetará los plazos y límites fijados en la ley para cada sector estratégico.
El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular
y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley.
COOTAD
LEY ORGANICA DE INCENTIVOS A LAS
ASOCIACIONES PUBLICO-PRIVADAS Y
LA INVERSIÓN EXTRANJERA
ANTECEDENTES P
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SECTORES ESTRATEGICOS
Y SERVICIOS PUBLICOS
DELEGABLES
EMPRESAS MIXTAS CON MAYORIA ACCIONARIA O A LA
INICIATIVA RIVADA
ANTECEDENTESFILIAL
SUBS
ALIANZA ESTRATEGICA
CAPACIDAD ASOCIATIVA DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS
INICIATIVA PRIVADA
LEY DE INCENTIVOS A LAS
APP
EMPRESA PRIVADA
ESTADO
EMPRESA PRIVADA
EMPRESA PUBLICA
D
E
L
E
G
A
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES
Establecer incentivos para atraer inversión privada para la ejecución de proyectos públicos en asociación público
privada.
Promover el financiamiento productivo y la inversión extranjera.
Reducir efectos tributarios en el costo de los proyectos
• Reducir el esfuerzo de capital
• Facilitar el financiamiento
• Reducir el precio de los bienes y servicios para el usuario
MARCO LEGAL.- DEFINICIONES
Es la modalidad de gestión delegada por la que el Gobierno Central o los Gobiernos Autónomos Descentralizados encomiendan al gestor privado la ejecución de un
proyecto público específico y su financiamiento total o parcial , para la provisión de bienes, obras o servicios a cambio de una contraprestación por su inversión, riesgo y trabajo de conformidad con los términos, condiciones, límites y más estipulaciones
previstas en el contrato de gestión delegada
Asociación público privada
Es la entidad pública a cargo de la evaluación de los proyectos públicos, los aspectos precontractuales y contractuales, la adjudicación y suscripción de los contratos de
gestión delegada, su administración y supervisión
Entidad delegante
El sujeto de derecho privado responsable del desarrollo del proyecto público que para efectos tributarios debe contar con un RUC especifico.
Gestor Privado
MARCO LEGAL.- ÁMBITO
Hidroeléctricas y Energías Alternativas
Sectores Estratégicos
Servicios de Interés General
InfraestructuraDesarrollo Urbano
Proyectos InmobiliariosVialidad
Puertos AeropuertosDefinidos por el ComitéServicios Públicos
Por Excepción
MARCO LEGAL.- DEFINICIONES
Obra nueva
Construcción, equipamiento, operación y mantenimiento
Obra Pública existente
Rehabilitación o mejora, operación y mantenimiento
Equipamiento (cuando la inversión requerida para estepropósito sea sustancial)
Operación y mantenimiento cuando se justifique mejorassustanciales
Construcción y comercialización
Proyectos inmobiliarios, de vivienda de interés social y enobras de desarrollo urbano, y
Desarrollo de actividades productivas, de investigación y engeneral en las que participe el Estado directamente y enconcurrencia con el sector privado
Demás calificados como prioritarios por el ComitéInterinstitucional.
MARCO LEGAL.- LINEAMIENTOS
Sostenibilidad Fiscal
Derecho de propiedad
Valor por dinero
Distribución adecuada de riesgos
Respeto a los intereses y derechos de los usuarios
Cobertura e inclusión social
MARCO LEGAL.- ORIGEN DE LOS PROYECTOS
PROYECTO PÚBLICO
ENTIDAD DELEGANTE
SUJETO PRIVADO
INICIATIVA PRIVADA
PROCESO ESTABLECIDO EN EL DTO 582. feb 2015
PROCESO ESTABLECIDO EN EL DTO 1040. jun
2016
La selección del sujeto privado se hace por concurso público, en caso de iniciativa privada se reconocerá puntaje (bonificación)
MARCO LEGAL.- INCENTIVOS
Impuesto a la Renta
En los sectores priorizados por el Comité APP, exención IR por 10años contados a partir del ejercicio fiscal en el que se genereingresos operacionales de acuerdo con el plan económico-financiero agregado al contrato.
Impuesto de Salida de Divisas (ISD)
Están exentas del impuesto a la salida de divisas
Impuestos comercio exterior
Aplican las mismas exenciones que tiene una empresa pública enmateria de tributos al comercio exterior. Se aplicará la exenciónúnicamente respecto de aquellos bienes de los que no existaproducción nacional en la cantidad y calidad requeridas en elproyecto público
Declaración de utilidad pública
Los órganos y entidades del sector público, incluidos los gobiernosautónomos descentralizados, pueden declarar de utilidad públicabienes que requieran ser destinados a la ejecución de proyectospúblicos en asociación público-privada.
MARCO LEGAL.- COMITÉ INTERINSTITUCIONAL
Atribuciones
Definición de sectores
Regular en materia de APP
Elaborar Guías y notas técnicas y estandarización de procesos
Aprobar incentivos
Registrar proyectos APP
SRI
Entidad delegante
SENPLADES
POLÍTICA ECONÓMICA
MCPEC
Voz y voto
Voz
Unidad de APP (MCPEC)
MARCO REGULATORIO.- ELEMENTOS ESENCIALES
ELEMENTOS ESENCIALES
a. Distribución adecuada de riesgos;
b. Un gestor privado claramente identificado;
c. Un esquema de obligaciones bilaterales de largo plazo;
d. Indicadores de desempeño, niveles de servicio u otros equivalentes con énfasis en la calidad del servicio a los usuarios;
e. La forma de contraprestación establecida al gestor privado, que podrá ser a través de tarifas pagadas por los destinatarios, pagos diferidos del sector público, una combinación de ambas u otras que establece la Ley APP;
f. Combinación total o parcial de las etapas de planificación, diseño, construcción, financiamiento, comercialización, operación o mantenimiento, en función de lo establecido en el artículo 14 de la Ley APP;
g. El régimen de incentivos y beneficios aprobados por el Comité Interinstitucional; y,
h. La determinación de los aspectos regulatorios sectoriales específicos, que se encuentran sometidos a la garantía de estabilidad jurídica
PROXIMOS PASOS
LEY RGMTO A LA LEY
RESOUCIÓN (INSTITUCIONALIDAD)
RESOLUCION APROBATORI
A DEL PROCESO
RESOLUCION QUE APRUEBE GUIAS
METODOLOGICAS
MARCO REGULATORIO.- PROCESO POR APROBAR
VERIFICACION DE VIABILIDAD
• Evaluación económica, financiera
• Declaratoria de Interés público
• Análisis de conveniencia: índice de elegibilidad, comparador publico-privado
APROBACIÓN DE MODALIDAD DE APP
• Tramite ante el Comité para aprobación de incentivos
GESTIÓN CONTRACTUAL
• Elaboración de pliegos
• Proceso concursable
• Adjudicación
• Gestión del contrato
Emitirá las guías técnicas y
metodológicas, modelos
contractuales y mecanismos de
registro y evaluación
Entidad deleganteComité Interinstitucional
Entidad delegante
OPORTUNIDADES Y AMENAZAS
Diversidad de fuentes de financiamiento
Mecanismo adicional para atracción de inversión
Certeza para la inversión, si se logra contar con un portafolio De Proyectos
Estandarización de mecanismos de evaluación
OPORTUNIDADES Y AMENAZAS
“Captura del regulador”
Procesos sin distribución de riesgos inadecuados
Falta de técnicos especializados en el proceso
Poco conocimiento de las metodologías
Dispersión de la normativa vigente
mfgarcesd@gmail.com
Inversiones:
Asesoramiento y acompañamiento durante todo el proceso de:
Inversiones en el marco del Código de la Producción
Asociaciones Público Privadas
Derecho Público:
Leyes y normativa secundaria: formulación o revisión
Consultas a la Procuraduría General del Estado
Asesoría y acompañamiento en procedimientos precontractuales, ydurante la ejecución y liquidación de los contratos públicos
Derecho mercantil y Derecho Financiero
Asesoría
AR
EAS
DE
PR
AC
TIC
A
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