Libro Blanco Del Deporte

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  • 7/29/2019 Libro Blanco Del Deporte

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    COMISIN EUROPEA

    Libro blanco sobre el deporte

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    ndicePrefacio 04

    Introduccin 06

    El papel del deporte en la sociedad 08

    La dimensin econmica del deporte 20

    La organizacin del deporte 24

    Seguimiento 34

    Conclusin 37

    Europe Direct es un servicio que le ayudar a encontrar respuestasa sus preguntas sobre la Unin Europea

    Nmero de telfono gratuito (*):00 800 6 7 8 9 10 11

    (*) Algunos operadores de telefona mvilno autorizan el acceso a los nmeros o cobran por ello.

    Ms informacin sobre la Unin Europea, en el servidor Europa deInternet (http://europa.eu).

    Al final de la obra figura una ficha bibliogrfica.

    Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las ComunidadesEuropeas,

    ISBN 9-9-9-55-

    Comunidades Europeas, Reproduccin autorizada, con indicacin de la fuente bibliogrfica

    Printed in Belgium

    Impreso en papel blanqueado sin cloro

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    PrefacioEstimado amigo del deporte:

    Con el Libro Blanco que tiene entre sus manos,la Comisin participa en el debate europeo sobrela importancia del deporte en nuestras vidas. Esla primera vez que las cuestiones deportivas seabordan en la UE de forma tan completa.

    Europa es la cuna del olimpismo. El deporte atraea una amplia mayora de los ciudadanos europeos,

    y aqu se practica la mayor parte de las discipli-nas deportivas y competiciones internacionalespopulares. Adems de sus aspectos ldicos yeconmicos, el deporte tiene un importante papelsocial, y presta un servicio esencial al bienestar dela sociedad. Por ello, los agentes pblicos, incluidala Unin Europea, tienen la responsabilidad deapoyarlo. As se ha reconocido al ms alto nivelpoltico europeo en diversas declaraciones, comolas de Amsterdam (199) y de Niza ().

    La Comisin Europea inici su dilogo en firme conorganizaciones deportivas hace quince aos, alabrir el primer foro europeo del deporte en 1991.Desde entonces, los llamamientos a la Comisinpara que refuerce su compromiso en este sentidoson cada vez ms frecuentes. En 5, la Comisincre un marco de consulta con el movimientodeportivo y los Estados miembros, denominadoLa UE y el deporte: estar a las altura de las expec-tativas. En la consulta, las instancias interesadas,

    tanto administrativas como particulares, pidierona la Comisin un fomento ms intenso del deporteeuropeo y sus especificidades al definir las polti-cas de la UE, as como ms claridad jurdica.

    Por todo ello entend llegado el momento de quela Comisin presentase un documento estratgicopara definir sus lneas de accin en el mbito

    deportivo. Para prepararlo escuch atentamente ainteresados y a autoridades de los Estados miem-bros, convoqu conferencias y reuniones ministe-riales. Al cabo, el Libro Blanco es el resultado deun largo proceso de consulta con las organizacio-nes del mundo deportivo.

    Su principal objetivo es integrar el deporte en lasotras polticas de la UE, para as prestarle apoyo,y sentar las bases de una mejor gobernanza deldeporte europeo aportando orientacin sobre laaplicacin de las normas comunitarias. Conformeal mandato que dio el Consejo Europeo de juniode a la Conferencia Intergubernamental, quecontempla la inclusin en el Tratado de una dispo-

    sicin en materia de deporte, la Comisin puede,cuando sea necesario y oportuno, indicar otrospasos en el contexto de una nueva disposicin delTratado.

    Estoy convencido que este Libro Blanco reforzarla presencia del deporte en la elaboracin de laspolticas de la UE, fomentar una mejor conciencia-cin sobre las necesidades y especificidades delsector deportivo y har una contribucin activa yconcreta en favor del deporte.

    Un cordial saludo de

    Jn FigelComisario Europeo responsable de Deporte

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    1 Pierre de Coubertin (119), pedagogo e historiadorfrancs, fundador de los Juegos Olmpicos modernos.

    En aras de la claridad y la simplicidad, en el presente LibroBlanco se utilizar la definicin de deporte establecida porel Consejo de Europa: Cualquier forma de actividad fsicaque, a travs de participacin organizada o no, tiene por ob-jeto la expresin o mejora de la condicin fsica y psquica,el desarrollo de las relaciones sociales o la obtencin deresultados en competicin a todos los niveles.

    1. IntroduccinEl deporte es parte de la herencia de cada hombre

    y cada mujer y su ausencia no puede ser compen-

    sada, Pierre de Coubertin 1

    El deporte es un fenmeno social y econmico enexpansin que contribuye en gran medida a losobjetivos estratgicos de solidaridad y prosperidadde la Unin Europea. El ideal olmpico de impulsarel deporte para promover la paz y el entendi-miento entre las naciones y culturas, as como la

    educacin de los jvenes, naci en Europa y se haextendido bajo los auspicios del Comit OlmpicoInternacional y los Comits Ol mpicos Europeos.

    El deporte atrae a los ciudadanos europeos,quienes, en su mayora, participan en actividadesdeportivas con regularidad. Genera importantesvalores, como el espritu de equipo, la solidaridad,la tolerancia y el juego limpio, y contribuye aldesarrollo y la realizacin personales. Fomenta lacontribucin activa de los ciudadanos de la UE ala sociedad y, de este modo, ayuda a impulsar laciudadana activa. La Comisin reconoce el papelfundamental del deporte en la sociedad europea,en particular en un momento en el que necesitaacercarse a los ciudadanos y abordar cuestionesque les afectan directamente.

    Sin embargo, el deporte tambin se ve confrontadoa nuevos retos y amenazas que han surgido en lasociedad europea, como la presin comercial, la

    explotacin de los jvenes jugadores, el dopaje, elracismo, la violencia, la corrupcin o el blanqueode dinero.

    A travs de la presente iniciativa, la Comisinaborda por primera vez las cuestiones relaciona-das con el deporte de manera global. Su objetivofundamental es ofrecer una orientacin estratgica

    acerca del papel del deporte en Europa, impulsarel debate en torno a problemas especficos,mejorar la visibilidad del deporte en la elaboracinde polticas europeas y sensibilizar a la opinin

    pblica sobre las necesidades y particularidadesdel sector. La presente iniciativa pretende ilustrarimportantes cuestiones, como la aplicacin dela legislacin de la UE al deporte, y emprender,asimismo, nuevas acciones relacionadas con eldeporte a nivel europeo.

    El presente Libro Blanco no parte de cero: eldeporte est sujeto a la aplicacin del acervocomunitario y, en determinadas reas, las polticas

    europeas ya tienen un impacto considerable ycreciente en l.

    En diciembre de , en la Declaracin delConsejo Europeo sobre las caractersticas espe-cficas del deporte y su funcin social en Europa,se reconocieron tanto el importante papel quedesempea el deporte en la sociedad europeacomo su naturaleza especfica, lo que deberatenerse en cuenta a la hora de implementar laspolticas comunes (Declaracin de Niza). Endicha Declaracin se seala que las organizacionesdeportivas y los Estados miembros tienen unaresponsabilidad primordial en la conduccin delas cuestiones deportivas y un papel central lasfederaciones y se aclara que las organizacionesdeportivas tienen la misin de organizar y pro-mover su disciplina siempre que se conformenal Derecho nacional y comunitario. Al mismotiempo, se reconoce que, aunque no dispongade competencias directas en este mbito, en su

    actividad desarrollada en virtud de las distintasdisposiciones del Tratado, la Comunidad debetener en cuenta las funciones social, educativa ycultural del deporte, que conforman su especifi-cidad, a fin de salvaguardar y promover la tica yla solidaridad necesarias para preservar su papelsocial. Las instituciones europeas han reconocidola especificidad del papel basado en estructuras

    de carcter voluntario que desempea el deporteen la sociedad europea en cuestin de salud,educacin, integracin social y cultura.

    El Parlamento Europeo ha seguido con gran interslos diversos retos a los que se ha enfrentado eldeporte europeo y, en los ltimos aos, se haocupado con regularidad de asuntos relacionadoscon el tema.

    En el transcurso de la elaboracin del presenteLibro Blanco, la Comisin ha celebrado numerosasconsultas sobre cuestiones de inters comn conpartes interesadas en el deporte, as como una

    consulta en lnea. Dichas consultas han puesto demanifiesto que existen importantes expectativasen cuanto al papel del deporte en Europa y a laaccin de la UE en este mbito.

    El presente Libro Blanco se centra en el papelque desempea el deporte en la sociedad, en ladimensin econmica de este y en su organizacinen Europa, as como en el seguimiento que se dara la presente iniciativa. Se han reunido propuestasconcretas de nuevas acciones de la UE en un Plande Accin bautizado con el nombre de Pierre deCoubertin, que contiene actividades que implemen-tar o financiar la Comisin. Los servicios de laComisin han elaborado un documento de trabajoen el que figuran los antecedentes y el contextode las propuestas y en el que se incluyen anexossobre el deporte y las normas de la UE en materiade competencia, sobre el deporte y las libertadesdel mercado interior y sobre consultas con laspartes interesadas.

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    2. El papel del deporte en la sociedad

    Eurobarmetro especial (): Los ciudadanos de la UninEuropea y el deporte.

    COM () 9 final, de . 5. .

    El deporte es un rea de la actividad humanaque interesa mucho a los ciudadanos de la UninEuropea y tiene un gran poder de convocatoria,puesto que llega a todo el mundo, independien-temente de la edad o el origen social. Segnuna encuesta de Eurobarmetro de noviembrede , el % de los ciudadanos europeosaproximadamente participa con regularidad enactividades deportivas, en el marco de unos

    clubes (o al margen de estos), que, a su vez,son miembros de numerosas asociaciones y fede-raciones. La gran mayora de la actividad deportivatiene lugar en estructuras no profesionales. Eldeporte profesional est cobrando cada vez msimportancia y contribuye igualmente al papel quedesempea el deporte en la sociedad. El deporte,adems de mejorar la salud de los ciudadanoseuropeos, tiene una dimensin educativa y desem-pea un papel social, cultural y recreativo. El papelque desempea el deporte en la sociedad tiene,adems, el potencial de reforzar las relacionesexternas de la Unin.

    2.1 Mejora de la salud pblica a travs de laactividad fsica

    La falta de actividad fsica aumenta la incidenciadel sobrepeso, la obesidad y una serie de enfer-medades crnicas, como las cardiovasculares o ladiabetes, que disminuyen la calidad de vida, ponenen riesgo la vida de las personas y constituyenuna carga para los presupuestos sanitarios y la

    economa.

    En el Libro Blanco de la Comisin Estrategiaeuropea sobre problemas de salud r elacionadoscon la alimentacin, el sobrepeso y la obesidad se destaca la importancia de adoptar medidasproactivas para invertir la tendencia a la disminu-cin de la actividad fsica; las acciones sugeridasen el rea de la actividad fsica en los dos LibrosBlancos se complementarn entre s.

    El Movimiento Deportivo, como herramienta para lallamada actividad fsica beneficiosa para la salud(AFBS, HEPA en ingls), tiene una influencia mayorque cualquier otro movimiento social. El deportees atractivo para la gente y tiene una imagenpositiva. Sin embargo, el reconocido potencial delMovimiento Deportivo para fomentar la actividadfsica beneficiosa para la salud a menudo seinfrautiliza y necesita ser desarrollado.

    La Organizacin Mundial de la Salud (OMS)recomienda un mnimo de treinta minutos diariosde actividad fsica moderada para adultos yde sesenta minutos para nios (que incluye eldeporte, pero no se limita a l). Las autoridadespblicas y las organizaciones privadas de losEstados miembros deberan contribuir a alcanzareste objetivo. Estudios recientes muestran que nose est progresando lo suficiente.

    (1) La Comisin propone elaborar nuevas d irec-trices sobre la actividad fsica con los Estadosmiembros antes de ue finalice 2008.

    La Comisin recomienda que se fomente enlos Estados miembros, a nivel ministerial, unacolaboracin ms estrecha entre los sectoressanitario, educativo y deportivo, al objeto dedefinir e implementar estrategias coherentes parareducir el sobrepeso, la obesidad y otros riesgospara la salud. En este contexto, la Comisin anima

    a los Estados miembros a estudiar la manera depromover el concepto de vida activa a travs delos sistemas nacionales de educacin y formacin,incluida la formacin del personal docente.

    Se anima a las organizaciones deportivas a teneren cuenta su potencial en el mbito de la actividadfsica beneficiosa para la salud y a emprenderactividades en este sentido. La Comisin facilitar

    el intercambio de informacin y buenas prcticas,en particular por lo que se refiere a los jvenes,centrndose en el nivel de base.

    (2) La Comisin dar su apoyo a una red europeasobre actividad fsica beneficiosa para la salud(AFBS) y, en su caso, a redes ms peueas y msespecficas ue aborden aspectos concretos deltema.

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    5 Recomendacin del Parlamento Europeo y del Consejo, de 1de diciembre de , sobre las competencias clave para elaprendizaje permanente (DO L 9 de . 1. ).

    (3) La Comisin har de la actividad fsica bene-ficiosa para la salud una piedra angular de susactividades relacionadas con el deporte y tratarde ue tal prioridad se tenga en cuenta de manerams adecuada en los instrumentos financierospertinentes, entre otros:

    el Sptimo Programa Marco de Investigacin yDesarrollo Tecnolgico (estilo de vida y aspectosde la salud);

    el Programa de Salud Pblica 20072013;

    los programas sobre Juventud y Ciudadana(cooperacin entre organizaciones deportivas,centros escolares, sociedad civil, progenitores yotros interlocutores a nivel local);

    el Programa de Aprendizaje Permanente (forma-cin del personal docente y cooperacin entrecentros escolares).

    2.2 Unin de fuerzas en la lucha contra el dopaje

    El dopaje supone una amenaza para el deporteen todo el mundo, incluido el deporte en Europa,debilita el principio de competencia abierta y leal,constituye un factor desalentador para el deporteen general y coloca al profesional bajo una presin

    excesiva. Afecta, adems, seriamente a la imagendel deporte y plantea una grave amenaza para lasalud individual. A nivel europeo, la lucha contrael dopaje debe abordarse tanto desde el punto devista de la aplicacin de la ley como desde unaperspectiva de prevencin y salud.

    (4) Podran establecerse partenariados entre lasautoridades de control de los Estados miembros(guardia de fronteras, polica nacional y local,aduanas, etc.), los laboratorios acreditados porla Agencia Mundial Antidopaje (AMA) e Interpol,al objeto de intercambiar informacin acerca denuevas sustancias y prcticas dopantes en elmomento adecuado y en un entorno seguro. La UEpodra secundar tales esfuerzos a travs de cursosde formacin y mediante el establecimiento de

    redes entre los centros de formacin de personalde control.

    La Comisin recomienda que el comercio de sus-tancias dopantes ilcitas se trate de la misma formaque el comercio de drogas ilcitas en toda la UE.

    La Comisin insta a todas las partes con respon-sabilidad en materia de salud pblica a tener encuenta los aspectos del dopaje peligrosos parala salud. Invita a las organizaciones deportivasa establecer normas de buenas prcticas paravelar por que los jvenes deportistas reciban msinformacin y educacin acerca de las sustanciasdopantes, los medicamentos sujetos a prescripcinmdica que puedan contener dichas sustancias,as como las implicaciones que stas pueden tenerpara la salud.

    La UE se beneficiara de un planteamiento mscoordinado en la lucha contra el dopaje, en par-

    ticular mediante el establecimiento de posturascomunes con respecto al Consejo de Europa, laAMA y la Unesco, y a travs del intercambio deinformacin y buenas prcticas entre gobier-nos, organizaciones nacionales de lucha contrael dopaje y laboratorios. En este contexto, esparticularmente importante la adecuada imple-mentacin por parte de los Estados miembros de

    la Convencin de la Unesco contra el dopaje en eldeporte.

    (5) La Comisin desempear un papel facilitador,por ejemplo brindando su apoyo a una red de orga-nizaciones nacionales de lucha contra el dopaje enlos Estados miembros.

    2.3 Optimizacin del papel del deporte en laeducacin y la formacin

    El deporte, a travs del papel que desempeatanto en la educacin formal como en la no formal,refuerza el capital humano de Europa. Los valorestransmitidos a travs del deporte contribuyen adesarrollar el conocimiento, la motivacin, lascapacidades y la disposicin para el esfuerzopersonal. El tiempo invertido en actividades

    deportivas tanto en el colegio como en la universi-dad aporta unos beneficios en materia de salud yeducacin que han de ser optimizados.

    La Comisin, basndose en la experiencia adqui-rida durante el Ao Europeo de la Educacin atravs del Deporte , invita a impulsar eldeporte y la actividad fsica a travs de diversasiniciativas polticas en el mbito de la educaciny la formacin, como el desarrollo de competen-cias sociales y cvicas, de conformidad con laRecomendacin de sobre las competenciasclave para el aprendizaje permanente 5.

    (6) El deporte y la actividad fsica pueden recibirayudas a travs del Programa de AprendizajePermanente. Impulsar la participacin en oportu-nidades educativas a travs del deporte es, portanto, un asunto prioritario para los partenariadosde centros escolares financiados por el programaComenius, para las acciones estructuradas en el

    mbito de la educacin y formacin profesionalesa travs del programa Leonardo da Vinci, para lasredes temticas y la movilidad en el mbito de laenseanza superior financiadas por el programaErasmus, as como para los proyectos multila-terales en el mbito de la formacin de adultosfinanciados por el programa Grundtvig.

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    (7) El sector del deporte tambin puede solicitarayudas a travs de las convocatorias de propuestasindividuales para la implementacin del MarcoEuropeo de Cualificaciones (MEC) y el SistemaEuropeo de Crditos para la Educacin y FormacinProfesionales (ECVET). El sector del deporte seha incluido en el desarrollo del MEC y ha sidoseleccionado para recibir ayuda financiera en2007/08. Habida cuenta del alto grado de movilidadprofesional de los deportistas, y sin perjuicio de lodispuesto en la Directiva 2005/36/CE, relativa alreconocimiento de cualificaciones profesionales,

    el sector del deporte puede establecerse tambincomo sector piloto para la implementacin delECVET, al objeto de incrementar la transparenciade los sistemas nacionales de competencias ycualificaciones.

    (8) La Comisin introducir la concesin de undistintivo europeo a los centros escolares ueparticipen activamente en el impulso y el fomentode la actividad fsica en un entorno escolar.

    Para garantizar la reintegracin de los deportistasprofesionales en el mercado laboral al trmino desus carreras deportivas, la Comisin hace hincapien la importancia de tener en cuenta en una fase

    temprana la necesidad de impartir formacin parauna doble carrera a los jvenes deportistas y crearcentros locales de formacin de calidad para prote-ger sus intereses ticos, educativos y profesionales.

    La Comisin ha puesto en marcha un estudio sobrela formacin en Europa de los jvenes deportistas,cuyos resultados podran alimentar las polticas yprogramas mencionados.

    Invertir en la formacin de jvenes deportistas contalento en condiciones adecuadas, y promover dichaformacin, es fundamental para el desarrollo sos-tenible del deporte a todos los niveles. La Comisinhace hincapi en que los sistemas de formacin parajvenes deportistas con talento deberan estar abier-tos a todos y no dar lugar a la discriminacin entre

    ciudadanos de la UE por motivos de nacionalidad.

    (9) Las normas ue obligan a los euipos a incluirun cupo determinado de jugadores formados a nivellocal podran considerarse compatibles con lasdisposiciones del Tratado sobre la libre circulacinde personas si no dieran lugar a ningn tipo dediscriminacin directa por motivos de nacionalidad ysi las posibles consecuencias indirectas de discri-minacin resultantes pudieran justificarse por serproporcionadas a un objetivo legtimo perseguido,como mejorar y proteger la formacin y el desarrollode jvenes deportistas con talento. El estudio uese est realizando sobre la formacin en Europa delos jvenes deportistas proporcionar informacin

    valiosa para este anlisis.

    2.4 Fomento del voluntariado y la ciudadana activaa travs del deporte

    La participacin en un equipo, los principios comoel juego limpio, el cumplimiento de las reglas deljuego, el respeto de los dems, la solidaridad y ladisciplina, as como la organizacin de deportesno profesionales por parte de clubes sin nimo delucro y sobre una base de voluntariado refuerzan laciudadana activa. El voluntariado en organizacionesdeportivas ofrece numerosas oportunidades deeducacin no formal, algo que es necesario recono-

    cer y mejorar. El deporte tambin ofrece atractivasposibilidades para el compromiso de los j venes ysu participacin en la sociedad, y puede tener unefecto beneficioso para ayudar a las personas aapartarse de la delincuencia.

    Existen, sin embargo, nuevas tendencias en lamanera de practicar el deporte, especialmente entrelos jvenes. Hay una tendencia creciente a practicardeportes individuales, en detrimento de los depor-tes de grupo y en estructuras organizadas, lo quese traduce en un descenso del voluntariado en losclubes no profesionales.

    (10) La Comisin, junto con los Estados miembros,determinar los retos clave para las organizacionesdeportivas sin nimo de lucro y las principalescaractersticas de los servicios ue prestan dichasorganizaciones.

    (11) La Comisin brindar su apoyo al deportede base a travs del programa Europa con losCiudadanos..

    (12) La Comisin propondr, adems, ue se anime alos jvenes a practicar el voluntariado en el deporte

    a travs del programa Juventud en Accin, en mbi-tos como el intercambio de jvenes y el servicio devoluntariado en los acontecimientos deportivos.

    (13)Asimismo, la Comisin impulsar el intercambiode informacin y mejores prcticas sobre volunta-riado en el deporte entre los Estados miembros, lasorganizaciones deportivas y las autoridades locales.

    (14)A fin de entender mejor las demandas especfi-cas y las necesidades del sector del deporte volun-tario en la elaboracin de polticas nacionales yeuropeas, la Comisin pondr en marcha un estudioeuropeo sobre el voluntariado en el deporte.

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    2.5 Aprovechamiento del potencial del deportepara la inclusin social, la integracin y laigualdad de oportunidades

    El deporte contribuye en gran medida a la cohesineconmica y social y a lograr unas sociedadesms integradas. Todos los ciudadanos deberantener acceso al deporte, para lo cual es necesarioabordar las necesidades especficas y la situacinde los grupos minoritarios, adems de tener en

    cuenta el especial papel que puede desempearel deporte en el caso de los jvenes, las personascon discapacidad y aquellas procedentes deentornos ms desfavorecidos. El deporte tambinpuede facilitar la integracin de los inmigrantes ylas personas de origen extranjero en la sociedad, yservir de apoyo al dilogo intercultural.

    El deporte fomenta el sentimiento compartidode pertenencia y participacin y, de este modo,puede convertirse, adems, en una herramientaimportante para la integracin de los inmigrantes.En este contexto, es importante poner espacios adisposicin del deporte y respaldar las actividadesrelacionadas con ste para permitir a los inmi-grantes y a la sociedad de acogida interactuar demanera positiva.

    La Comisin considera que el potencial del deportecomo instrumento para la inclusin social enlas polticas, acciones y programas de la Unin

    Europea y los Estados miembros puede aprove-charse mejor. El deporte podra contribuir a lacreacin de empleo, al crecimiento econmico y ala revitalizacin, en particular en las zonas desfa-vorecidas. Las actividades deportivas sin nimode lucro que contribuyen a la cohesin social y a lainclusin social de los grupos vulnerables puedenconsiderarse servicios sociales de inters general.

    El Mtodo Abierto de Coordinacin sobre pro-teccin e inclusin sociales seguir incluyendoel deporte como herramienta e indicador. Losestudios, seminarios, conferencias, propuestaspolticas y planes de accin incluirn el acceso aldeporte y la pertenencia a estructuras deportivassociales como elementos clave para el anlisis dela exclusin social.

    (15) La Comisin sugerir a los Estados miembros

    ue el programa Progress y programas comoAprendizaje Permanente, Juventud en Accin yEuropa con los Ciudadanos respalden accionespara el fomento de la inclusin social a travsdel deporte y la lucha contra la discriminacinen el deporte. En el contexto de la poltica decohesin, los Estados miembros deberan teneren cuenta el papel del deporte en el mbito de lainclusin social, la integracin y la igualdad deoportunidades como parte de su programacindel Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo deDesarrollo Regional; asimismo, se les invita aimpulsar la accin en el marco del Fondo Europeode Integracin.

    Por otro lado, la Comisin anima a los Estadosmiembros y a las organizaciones deportivas aadaptar sus infraestructuras deportivas de maneraque tengan en cuenta las necesidades de laspersonas con discapacidad. Los Estados miembrosy las autoridades locales han de velar por que

    las sedes deportivas y sus instalaciones estnpreparadas para el acceso de las personas condiscapacidad. Deben adoptarse criterios espec-ficos para garantizar que todos los alumnos y, enparticular, los nios con discapacidad, puedanacceder al deporte en las mismas condiciones.En los clubes y organizaciones se fomentar laformacin de monitores, voluntarios y personal de

    acogida para el recibimiento de las personas condiscapacidad. La Comisin, en sus consultas conlas partes interesadas, se preocupa especialmentepor dialogar con representantes de los deportistascon discapacidad.

    (16) La Comisin, en su Plan de Accin sobre laEstrategia de la Unin Europea en materia deDiscapacidad, tendr en cuenta la importanciadel deporte para las personas con discapacidad yrespaldar las acciones de los Estados miembrosen este mbito.

    (17) En el marco de su Plan de Trabajo parala Igualdad entre las Mujeres y los Hombres20062010, la Comisin impulsar la perspectiva

    de gnero en todas sus actividades relacionadascon el deporte, prestando especial atencin alacceso a ste de las mujeres inmigrantes y lasmujeres de etnias minoritarias, al acceso de lasmujeres a los puestos de toma de decisiones enel mbito del deporte y a la cobertura del deportefemenino en los medios de comunicacin.

    2.6 Refuerzo de la prevencin y la lucha contra elracismo y la violencia

    La violencia en los acontecimientos deportivos, enparticular en los campos de ftbol, sigue siendo unproblema inquietante que puede adoptar dife-rentes formas. Ha ido saliendo del interior de losestadios al exterior, extendindose incluso por laszonas urbanas. La Comisin se ha comprometido acontribuir a la prevencin de incidentes medianteel impulso y la facilitacin del dilogo con los

    Estados miembros, las organizaciones internacio-nales (como el Consejo de Europa), las organiza-ciones deportivas, los servicios responsables dela aplicacin de la ley y otras partes interesadas(como las organizaciones de aficionados y lasautoridades locales). Las autoridades responsablesde la aplicacin de la ley no pueden hacer frentepor s solas a las causas subyacentes a la violencia

    deportiva.

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    La Comisin anima, igualmente, al intercambio demejores prcticas y de informacin operativa sobrelos aficionados de riesgo entre los servicios de lapolica y las autoridades responsables del deporte.Se conceder especial importancia a la formacin dela polica en control de multitudes y vandalismo.

    El deporte concierne a todos los ciudadanos, inde-pendientemente de su sexo, raza, edad, discapaci-dad, religin y creencia, orientacin sexual y condi-cin social o econmica. La Comisin ha condenadoen repetidas ocasiones cualquier manifestacin de

    racismo y xenofobia, incompatibles con los valoresde la UE.

    (18)) Por lo ue se refiere a las actitudes racistasy xenfobas, la Comisin seguir promoviendo eldilogo y el intercambio de mejores prcticas enlos marcos de colaboracin existentes, como la redFtbol contra el Racismo en Europa (FARE).

    La Comisin recomienda a las federaciones deporti-vas que cuenten con procedimientos para combatirlos actos de racismo durante los partidos, basn-dose en iniciativas existentes. Asimismo, reco-mienda que se refuercen las disposiciones relativasa la discriminacin en el sistema de licencias de los

    clubes (vase el apartado .).

    La Comisin:

    (19) promover, de conformidad con las normasnacionales y europeas vigentes, el intercambio deinformacin operativa, as como de conocimientosprcticos y experiencia sobre la prevencin deincidentes violentos y racistas entre los serviciosresponsables de la aplicacin de la ley y con lasorganizaciones deportivas;

    (20) analizar posibles nuevos instrumentos jur-dicos y otras normas a escala de la UE para evitar

    los desrdenes pblicos en los acontecimientosdeportivos;

    (21) impulsar un enfoue multidisciplinar paraimpedir el comportamiento antisocial, prestandouna atencin particular a las acciones socio-educati-

    vas, como la educacin de los aficionados (es decir,el trabajo a largo plazo con los aficionados paradesarrollar una actitud positiva y no violenta);

    (22) reforzar la colaboracin peridica y estructu-rada entre los servicios responsables de la aplica-cin de la ley, las organizaciones deportivas y otraspartes interesadas;

    (23) animar a utilizar los programas siguientespara contribuir a prevenir y combatir la violenciay el racismo en el deporte: Juventud en Accin,Europa con los Ciudadanos, Daphne III, DerechosFundamentales y Ciudadana, y Prevencin y Luchacontra la Delincuencia;

    (24) organizar una conferencia de alto nivel paradebatir con las partes interesadas medidas destina-das a prevenir y combatir la violencia en los aconte-cimientos deportivos.

    2.7 Intercambio de valores con otras partes delmundo

    El deporte puede desempear un papel por lo quese refiere a diferentes aspectos de las relacionesexteriores de la UE: como elemento de programasde ayuda exterior, como elemento del dilogo conpases asociados y como parte de la diplomaciapblica de la UE.

    A travs de acciones concretas, el deporte ofreceun potencial considerable como herramienta parapromover la educacin, la salud, el dilogo intercul-tural, el desarrollo y la paz.

    (25) La Comisin fomentar el uso del deportecomo herramienta en su poltica de desarrollo, enparticular:

    impulsar el deporte y la educacin fsica comoelementos esenciales de una educacin de calidady como medios para imprimir ms atractivo a los

    centros escolares y mejorar la asistencia;

    dirigir la accin a facilitar el acceso de las niasy las mujeres a la educacin fsica y el deporte,con el objetivo de ayudarlas a aduirir confianza,mejorar la integracin social, superar los prejui-cios y promover estilos de vida saludables, ascomo el acceso de las mujeres a la educacin;

    respaldar la promocin de la salud y las campa-as de sensibilizacin a travs del deporte.

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    A la hora de abordar el deporte en sus campaas dedesarrollo, la UE dedicar sus mayores esfuerzosa establecer sinergias con los programas actualesde las Naciones Unidas, los Estados miembros, lasautoridades locales y los organismos privados eimplementar acciones complementarias o inno-vadoras con respecto a los programas y accionesexistentes. El memorando de acuerdo firmado entrela Comisin y la FIFA en para hacer del ftboluna fuerza para el desarrollo en los Estados defrica, del Caribe y del Pacfico es un ejemplo eneste sentido.

    (26) La UE incluir en su dilogo poltico y en lacooperacin con pases asociados, cuando resulteadecuado, cuestiones relacionadas con el deporte,como los traspasos de jugadores internacionales,la explotacin de jugadores menores de edad, eldopaje, el blanueo de dinero a travs del deportey la seguridad durante los grandes acontecimientosdeportivos internacionales.

    La rapidez de los procedimientos de inmigraciny obtencin de visados, en particular para losdeportistas de elite procedentes de terceros pases,

    constituye un elemento importante para aumentarel atractivo internacional de la UE. Adems delproceso en curso para la conclusin de acuerdosde facilitacin de visados con terceros pases y laconsolidacin del rgimen de visados aplicable a losmiembros de la familia olmpica durante los JuegosOlmpicos, la UE necesita desarrollar nuevos meca-nismos de admisin (temporal) para deportistasprocedentes de terceros pases.

    La Comisin prestar especial atencin al sector deldeporte:

    (27) a la hora de implementar la Comunicacinrecientemente presentada sobre migracin circular yasociaciones de movilidad con terceros pases;

    (28) en el momento de elaborar planes armonizadospara la admisin de diversas categoras de ciudada-nos de terceros pases, con f ines econmicos, sobrela base del Plan de Poltica en materia de MigracinLegal de 2005.

    2.8 Apoyo al desarrollo sostenible

    La prctica del deporte, as como las instalacionesy acontecimientos deportivos tienen un i mpactosignificativo en el medio ambiente. Es importantepromover la gestin sana del entorno, adecuadapara abordar, entre otras cuestiones, la contratacinpblica ecolgica, las emisiones de gases de efectoinvernadero, la eficiencia energtica, la eliminacinde residuos y el tratamiento del suelo y el agua. Lasorganizaciones deportivas europeas y los organi-zadores de acontecimientos deportivos deberan

    establecer objetivos medioambientales para quesus actividades sean sostenibles desde el punto devista del medio ambiente. Al mejorar su credibilidaden asuntos medioambientales, las organizacionesresponsables podran esperar obtener beneficiosespecficos a la hora de proponerse como sedes deacontecimientos deportivos, as como beneficiosrelacionados con un uso ms racionalizado de losrecursos naturales.

    La Comisin:

    (29) utilizar su dilogo estructurado con lasprincipales organizaciones deportivas internaciona-les y europeas, as como otras partes interesadas,

    para animarlas, tanto a ellas como a sus miembros,a participar en el Sistema de Gestin y AuditoraMedioambientales (EMAS) y en los sistemas comu-nitarios de concesin de etiueta ecolgica, y apromover estos sistemas voluntarios durante losgrandes acontecimientos deportivos;

    (30) impulsar la contratacin pblica ecolgicaen su dilogo poltico con los Estados miembros yotras partes interesadas;

    (31) concienciar, a travs de directrices elabo-

    radas en colaboracin con las partes interesadaspertinentes (responsables de la elaboracin depolticas, PYME, comunidades locales, etc.), sobrela necesidad de trabajar juntos, mediante acuerdosde colaboracin, a nivel regional para organizaracontecimientos deportivos de manera sostenible;

    (32) considerar el deporte como parte del com-ponente Informacin y Comunicacin del nuevoprograma LIFE+.

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    3. La dimensin econmica del deporte

    D. Dimitrov / C. Helmenstein / A. Kleissner / B. Moser / J.Schindler: Die makrokonomischen Effekte des Sports inEuropa, Studie im Auftrag des Bundeskanzleramts, SektionSport, Viena, 2006.

    El deporte es un sector dinmico que crece conrapidez, tiene un impacto macroeconmico infrava-lorado y puede contribuir a los objetivos de Lisboade crecimiento y creacin de empleo. Puede servir,adems, como herramienta para el desarrollo localy regional, la regeneracin urbana o el desarrollorural. El deporte tiene sinergias con el turismo ypuede estimular la mejora de las infraestructurasy el establecimiento de nuevos partenariados para

    financiar las instalaciones deportivas y de ocio.

    Pese a que, en general, no hay datos fiables ycomparables sobre el peso econmico del depor te,su importancia viene confirmada por estudios yanlisis de las cuentas nacionales, del aspectoeconmico de los acontecimientos deportivos degran envergadura y de los costes de la inactividadfsica, que incluyen los relativos al envejecimientode la poblacin. Un estudio presentado durantela Presidencia de Austria en sugera que, en, el deporte, en un sentido amplio, gener unvalor aadido de cuatrocientos siete mil millonesde euros, es decir, el , % del PIB de la UE, y diotrabajo a quince millones de personas, es decir, el5, % de la mano de obra . Esta contribucin del

    deporte debera ser ms visible y debera tenerseen cuenta en las polticas de la UE.

    Una parte cada vez mayor del valor econmicodel deporte est vinculada a los derechos depropiedad intelectual. Estos derechos estnrelacionados con los derechos de autor, la s comu-nicaciones comerciales y las marcas, as como conlos derechos de imagen y difusin. En un sector

    cada da ms globalizado y dinmico, la aplicacinefectiva de las normas en materia de derechos depropiedad intelectual en todo el mundo empiezaa ser una parte fundamental de la salud de laeconoma del deporte. Es importante, adems,que se garantice a los destinatarios la posibilidadde disponer de acceso a distancia a los aconteci-mientos deportivos a nivel transfronterizo en elterritorio de la UE.

    Por otro lado, pese a la importancia econmicaglobal del deporte, la amplia mayora de las acti-vidades deportivas tiene lugar en estructuras sinnimo de lucro, muchas de las cuales dependen dela financiacin pblica para poder dar a todos losciudadanos acceso a las actividades deportivas.

    3.1 Hacia unas polticas en materia deportivabasadas en la evidencia

    La puesta en marcha de acciones polticas y lamejora de la colaboracin en materia de deportea nivel de la UE han de estar respaldadas por unabase slida de conocimientos. A fin de optimizar laplanificacin estratgica y la elaboracin de polti-cas en el mbito del deporte, es necesario mejorar

    la calidad y la comparabilidad de los datos.

    Las partes interesadas, tanto gubernamentalescomo no gubernamentales, han instado a laComisin en repetidas ocasiones a establecer unadefinicin estadstica europea del deporte y acoordinar esfuerzos para, a partir de ah, generarestadsticas sobre el deporte y relacionadas con l.

    (33) La Comisin, en estrecha colaboracin conlos Estados miembros, tratar de establecer unmtodo estadstico europeo para medir el impactoeconmico del deporte como base para las cuentasestadsticas nacionales en la materia, ue podradar lugar, con el tiempo, a una cuenta satliteeuropea sobre el tema.

    (34)Asimismo, deberan seguir realizndoseencuestas especficas sobre informacin relacio-nada con el deporte cada pocos aos (encuestasde Eurobarmetro, por ejemplo), en particular paraobtener informacin distinta de la econmica ueno puede obtenerse a partir de las cuentas esta-dsticas nacionales en materia de deporte (ndicesde participacin, datos sobre voluntariado, etc.).

    (35) La Comisin pondr en marcha un estudiopara evaluar la contribucin, a la Agenda deLisboa, del sector del deporte: directa (por lo uese refiere al PIB, el crecimiento y el empleo) eindirecta (a travs de la educacin, el desarrolloregional y el mayor atractivo de la UE) .

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    (36) La Comisin organizar, entre los Estadosmiembros y las federaciones deportivas, elintercambio de mejores prcticas relativas a laorganizacin de acontecimientos deportivos degran envergadura, con vistas a impulsar el creci-miento econmico sostenible, la competitividad yel empleo.

    3.2 En busca de una base ms segura para lafinanciacin pblica del deporte

    Las organizaciones deportivas cuentan con nume-rosas fuentes de ingresos, como las tarifas delos clubes y la venta de entradas, la publicidad yla esponsorizacin, los derechos de difusin, laredistribucin de ingresos en el seno de las fede-raciones deportivas, el merchandising, la finan-ciacin pblica, etc. Sin embargo, algunas organi-zaciones deportivas pueden acceder mucho msfcilmente que otras a los recursos procedentesde los operadores econmicos, si bien en algunoscasos existe un sistema de redistribucin que fun-ciona bien. En el deporte de base, la igualdad de

    oportunidades y el acceso libre a las actividadesdeportivas slo puede garantizarse mediante unafuerte participacin pblica. La Comisin entiendela importancia de la financiacin para el deportede base y el deporte para todos, y est a favor deque dicha financiacin se conceda de conformidadcon la legislacin comunitaria.

    En muchos Estados miembros, el deporte se finan-cia en parte a travs de una tasa o retencin sobre

    los servicios de lotera o de apuestas estataleso con licencia estatal. La Comisin invita a losEstados miembros a reflexionar acerca de la mejormanera de mantener y desarrollar un modelo definanciacin sostenible para proporcionar ayuda alargo plazo a las organizaciones deportivas.

    (37) Para contribuir a la reflexin sobre la finan-ciacin del deporte, la Comisin llevar a caboun estudio independiente sobre la financiacinen los Estados miembros del deporte de base y eldeporte para todos, procedente tanto de fuentespblicas como privadas, as como el impacto enlos cambios ue se estn produciendo en estembito.

    Por lo que se refiere a la imposicin indirecta, lalegislacin de la UE sobre el IVA se recoge en laDirectiva /11/CE del Consejo, en la que sepretende garantizar que la aplicacin de la legis-lacin de los Estados miembros en materia de IVAno distorsione la competencia ni obstaculice lalibre circulacin de bienes y servicios. La Directivacontempla la posibilidad de que los Estadosmiembros eximan del pago del IVA determinadosservicios relacionados con el deporte y, cuando la

    exencin no sea posible, la posibilidad de aplicartipos reducidos en algunos casos.

    (38) Dada la importancia del papel ue desempeael deporte en la sociedad y su fuerte arraigo local,la Comisin defender el mantenimiento de lasposibilidades actuales de aplicar tipos reducidosdel IVA al deporte.

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    4. La organizacin del deporte

    Por ejemplo, la conferencia The Rules of the Game, organi-zada en 1 por la Federacin Internacional del Automvil(FIA) y los Comits Olmpicos Europeos (EOC), y el InformeIndependiente sobre el Deporte Europeo, elaborado en .

    El debate poltico sobre el deporte en Europa sueleconceder gran importancia al llamado ModeloDeportivo Europeo. La Comisin considera quedeberan promoverse determinados valores y tra-diciones del deporte europeo. No obstante, habidacuenta de la diversidad y complejidad de lasestructuras deportivas europeas, considera queno es realista tratar de definir un modelo unificadode organizacin del deporte en Europa. Por otro

    lado, los avances econmicos y sociales comunesa la mayora de los Estados miembros (crecientecomercializacin, desafos al gasto pblico,incremento del nmero de participantes y estanca-miento del nmero de trabajadores voluntarios) sehan traducido en nuevos retos para la organizacindel deporte en Europa. La llegada de nuevas partesinteresadas (participantes fuera de las disciplinasorganizadas, clubes deportivos profesionales, etc.)est planteando nuevas preguntas relativas a lagobernanza, la democracia y la representacin deintereses en el seno del Movimiento Deportivo.

    La Comisin puede contribuir a impulsar el inter-cambio de mejores prcticas en materia de gober-nanza en el deporte. Asimismo, puede ayudar aestablecer un conjunto comn de principios debuena gobernanza en este mbito, como transpa-rencia, democracia, responsabilidad y represen-

    tacin de las partes interesadas (asociaciones,federaciones, jugadores, clubes, ligas, aficiona-dos, etc.). Para ello, la Comisin se inspirar entrabajos previos. Debera prestarse atencin,asimismo, a la representacin de las mujeres enposiciones de gestin y liderazgo.

    La Comisin reconoce la autonoma de las orga-nizaciones deportivas y las estructuras represen-

    tativas (como las ligas). Reconoce, asimismo, quela gobernanza es bsicamente responsabilidad delos organismos que dirigen el deporte y, en ciertamedida, de los Estados miembros y los interlo-cutores sociales. Sin embargo, el dilogo conlas organizaciones deportivas ha concentrado laatencin de la Comisin en una serie de reas quese tratan a continuacin. La Comisin consideraque la mayora de los retos pueden abordarse atravs de la autorregulacin, respetando los prin-cipios de la buena gobernanza y siempre y cuandose cumpla la legislacin de la UE, y est dispuestaa desempear un papel facilitador o a intervenircuando sea necesario.

    4.1 La especificidad del deporte

    La actividad deportiva est sujeta a la aplicacinde la legislacin de la UE, lo que se describedetalladamente en el documento de trabajo de losservicios de la Comisin y en sus anexos. La legis-lacin en materia de competencia y las disposicio-nes sobre mercado interior se aplican al deporteen la medida en que ste constituye una actividad

    econmica. El deporte tambin est sujeto a otrosaspectos importantes de la legislacin de la UE,como la prohibicin de discriminar por razonesde nacionalidad, las disposiciones relativas a laciudadana de la Unin y la igualdad entre hombresy mujeres en materia de empleo.

    Al mismo tiempo, el deporte presenta determi-nadas particularidades a las que suele hacersereferencia como la especificidad del deporte. Laespecificidad del deporte europeo puede abor-darse desde dos prismas:

    La particularidad de las actividades deportivasy las normas en materia de deporte, como lascompeticiones separadas para hombres y muje-res, los lmites en el nmero de participantes enlas competiciones o la necesidad de garantizarla incertidumbre de los resultados y preservarel equilibrio competitivo entre los clubes queparticipan en las mismas competiciones;

    La particularidad de la estructura del deporte,que incluye, entre otras cosas, la autonoma ydiversidad de las organizaciones deportivas; unaestructura piramidal de las competiciones, desdela base hasta la elite, y mecanismos organizadosde solidaridad entre los diferentes niveles yoperadores; la organizacin del deporte sobreuna base nacional; y el principio segn el cualhay una nica federacin por deporte.

    La jurisprudencia de los tribunales europeos y lasdecisiones de la Comisin ponen de manifiestoque se ha reconocido y tenido en cuenta la espe-cificidad del deporte. Asimismo, orientan sobreel modo en que la legislacin de la UE se aplicaal deporte. En consonancia con la jurisprudenciaconsolidada, seguir reconocindose la especifi-cidad del deporte, pero no podr interpretarse demanera que justifique una excepcin general a laaplicacin de la legislacin de la UE.

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    Como se explica detalladamente en el documentode trabajo de los servicios de la Comisin y susanexos, existen normas organizativas en materia dedeporte que, basndose en sus objetivos legtimos,es probable que no incumplan las disposicionesantimonopolio del Tratado CE, siempre y cuandosus efectos contrarios a la competencia sean, en sucaso, inherentes y proporcionados a los objetivosperseguidos. Ejemplos de estas normas seran lasreglas del juego (por ejemplo, las normas queestablecen la duracin de los partidos o el nmerode jugadores sobre el terreno), las normas relativas

    a los criterios de seleccin en las competicionesdeportivas, las normas de local y visitante, lasnormas que impiden la propiedad mltiple en lascompeticiones de clubes, las normas relativas a lacomposicin de los equipos nacionales, las normasantidopaje y las normas relativas a los perodos detraspasos.

    No obstante, por lo que se refiere a los aspectosreguladores del deporte, la evaluacin destinada aestablecer si una determinada norma deportiva escompatible con la legislacin de la UE en materia decompetencia slo puede llevarse a cabo caso porcaso, tal y como confirm recientemente el Tribunalde Justicia de las Comunidades Europeas en susentencia Meca-Medina. El Tribunal facilit unaaclaracin relativa al impacto de la legislacin dela UE en las normas en materia de deporte y des-ech la nocin de reglas puramente deportivas,por considerarla irrelevante para la cuestin de la

    aplicabilidad al sector del deporte de las normas dela UE en materia de competencia.

    El Tribunal reconoci que ha de tenerse en cuentala especificidad del deporte en el sentido de quelos efectos restrictivos sobre la competencia queson inherentes a la organizacin y al buen funciona-miento de la competicin deportiva no incumplen lasnormas de la UE en materia de competencia siemprey cuando dichos efectos sean proporcionados alinters deportivo genuino y legtimo perseguido.

    Asunto C-519/P, Meca-Medina/Comisin, REC. , I-991.Ms informacin en el documento de trabajo de los serviciosde la Comisin.

    La necesidad de una prueba de proporcionalidadimplica que es necesario tener en cuenta las carac-tersticas individuales de cada caso. No permite,por tanto, formular orientaciones generales sobre laaplicacin de la legislacin en materia de competen-cia al sector del deporte.

    4.2 Libre circulacin y nacionalidad

    La organizacin del deporte y de las competiciones

    sobre una base nacional es parte del bagaje his-trico y cultural del planteamiento del deporte enEuropa y responde a l os deseos de los ciudadanoseuropeos. En particular, los equipos nacionalesdesempean un papel esencial, no slo en cuestinde identidad, sino tambin de cara a garantizar lasolidaridad con el deporte de base y, por consi-guiente, merecen que se les preste apoyo.

    La discriminacin por razones de nacionalidad estprohibida en los Tratados, en los que se estableceel derecho de todo ciudadano de la Unin a circulary residir libremente en el territorio de los Estadosmiembros. Los Tratados tambin estn dirigidosa eliminar cualquier tipo de discriminacin entretrabajadores de los Estados miembros basada enla nacionalidad, por lo que se refiere al empleo, laremuneracin y otras condiciones laborales y decontratacin. Las mismas prohibiciones se aplicana la discriminacin basada en la nacionalidad en laprestacin de servicios. Por otro lado, la pertenencia

    a clubes deportivos y la participacin en compe-ticiones son factores adecuados para impulsar laintegracin de los residentes en la sociedad del pasde acogida.

    La igualdad de trato tambin concierne a los ciu-dadanos de los Estados que han firmado con la UEacuerdos que contienen clusulas de no discrimina-cin y que trabajan con arreglo a la legalidad en elterritorio de los Estados miembros.

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    (39) La Comisin insta a los Estados miembros yorganizaciones deportivas a combatir la discrimi-nacin por razones de nacionalidad en todos losdeportes. Por su parte, luchar contra la discrimina-cin en el deporte a travs del dilogo poltico conlos Estados miembros, mediante recomendaciones,dilogo estructurado con las partes interesadas y,llegado el caso, procedimientos por infraccin.

    La Comisin se reafirma en su aceptacin de restric-ciones, limitadas y proporcionadas (en consonanciacon las disposiciones del Tratado de la UE en

    materia de libre circulacin y de las sentencias delTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas),al principio de libre circulacin, en particular por loque se refiere a:

    el derecho a seleccionar a atletas nacionales paralas competiciones de equipos nacionales;

    la necesidad de limitar el nmero de participantesen una competicin;

    el establecimiento de plazos para los traspasos dejugadores en los deportes de equipo.

    (40) Por lo ue se refiere al acceso de no naciona-les a las competiciones individuales, la Comisintiene la intencin de poner en marcha un estudiopara analizar todos los aspectos de esta complejacuestin.

    4.3 Traspasos

    Ante la ausencia de normas de traspaso, la integri-dad de las competiciones deportivas podra peligrar

    como consecuencia de la contratacin, por partede los clubes, de jugadores en el transcurso deuna temporada determinada para imponerse a susrivales. Al mismo tiempo, cualquier norma sobre eltraspaso de jugadores ha de respetar la legislacinde la UE (disposiciones en materia de competencia ynormas sobre la libre circulacin de trabajadores).

    En 1, en el transcurso de un asunto relacionadocon un supuesto incumplimiento de la legislacincomunitaria en materia de competencia y tras deba-tir con la Comisin, las autoridades futbolsticasdecidieron revisar la normativa de la FIFA en materiade traspasos en el ftbol internacional, basndoseen la compensacin de los costes de formacin

    soportados por los clubes deportivos, el estableci-miento de perodos de traspaso, la proteccin de laeducacin escolar de los jugadores menores de edady el acceso garantizado a los tribunales nacionales.

    La Comisin considera que este sistema constituyeun ejemplo de buena prctica que garantiza elequilibrio competitivo entre los clubes, al tiempoque tiene en cuenta los requisitos de la legislacinde la UE.

    Por lo que se refiere al traspaso de jugadores,tambin preocupa la legalidad de los flujos financie-ros que genera. A fin de aumentar la transparenciaen los flujos monetarios relacionados con lostraspasos, el establecimiento de un sistema deinformacin y verificacin de los traspasos podra

    ser una solucin eficaz. La Comisin considera quesemejante sistema slo debera tener una funcinde control; las transacciones financieras deberanrealizarse directamente entre las partes implicadas.En funcin del deporte, el sistema podra estargestionado por la organizacin deportiva europeapertinente o por sistemas nacionales de informaciny verificacin en los Estados miembros.

    4.4 Agentes de jugadores

    El desarrollo de un autntico mercado europeo dejugadores y el aumento del nivel de los sueldosde estos en algunos deportes han dado lugar alincremento de las actividades de los agentes. Enun entorno jurdico cada vez ms complejo, muchosjugadores (y clubes deportivos) recurren a los servi-cios de agentes para negociar y firmar los contratos.

    Existen informes de prcticas irregulares en lasactividades de algunos agentes que se han tradu-

    cido en casos de corrupcin, blanqueo de dinero yexplotacin de jugadores menores de edad. Estasprcticas perjudican al deporte en general y suscitanimportantes cuestiones en materia de gobernanza.Es necesario proteger la salud y la seguridad de losjugadores, en particular de los menores, y combatirlas actividades delictivas.

    Por otro lado, los agentes estn sujetos a nor-mativas que difieren de un Estado miembro aotro. Algunos Estados miembros han introducidolegislacin especfica sobre agentes de jugadores,mientras que, en otros, la ley aplicable es la leygeneral relativa a las agencias de colocacin, perocon referencia a los agentes de jugadores. Adems,

    algunas federaciones internacionales (como la FIFA ola FIBA) han establecido sus propias normativas.

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    Por todo ello, se ha instado repetidamente a laUE para que regule la actividad de los agentes dejugadores a travs de una iniciativa legislativa.

    (41) La Comisin llevar a cabo una evaluacinde impacto para obtener una visin clara de lasactividades de los agentes de jugadores en laUE, as como una evaluacin destinada a deter-minar si es necesario actuar a nivel europeo y, almismo tiempo, a analizar las diferentes opciones

    posibles.

    4.5 Proteccin de menores

    La explotacin de jvenes jugadores contina.El problema ms grave se refiere a los niosque no son seleccionados para competir y sonabandonados en un pas extranjero, de maneraque a menudo se encuentran en una situacinirregular, ms propensa a la explotacin. Pese aque, en la mayora de los casos, este fenmeno noentra en la definicin jurdica de trfico de sereshumanos, resulta inaceptable, dados los valoresfundamentales reconocidos por la UE y sus Estadosmiembros. Asimismo, es contrario a los valores deldeporte. Es necesario aplicar con rigor las medidasde proteccin para menores no acompaados dela legislacin de los Estados miembros en materiade inmigracin. Debe lucharse tambin contra el

    abuso sexual y el acoso de menores en el deporte.

    (42) La Comisin seguir supervisando la imple-mentacin de la legislacin de la UE, en particularla Directiva relativa a la proteccin de los jvenesen el trabajo. Recientemente ha puesto en marchaun estudio sobre el trabajo infantil como comple-mento a la supervisin de la implementacin de laDirectiva. La cuestin de si los jvenes jugadoresentran en el mbito de la Directiva se tendr encuenta en dicho estudio.

    (43) La Comisin propondr a los Estadosmiembros y a las organizaciones deportivas uecooperen en la proteccin de la integridad moraly fsica de los jvenes a travs de la difusin deinformacin sobre la legislacin vigente, el esta-blecimiento de normas mnimas y el intercambiode mejores prcticas.

    4.6 Corrupcin, blanueo de dinero y otras formasde delito financiero

    La corrupcin, el blanqueo de dinero y otrasformas de delito financiero estn afectando aldeporte a nivel local, nacional e internacional.Dado el alto nivel de internacionalizacin delsector, la corrupcin en el deporte a menudopresenta aspectos transfronterizos. Los problemasde corrupcin de dimensin europea han de ser

    combatidos a nivel europeo. Los mecanismos de laUE para luchar contra el blanqueo de dinero debenaplicarse tambin de manera eficaz en el sectordel deporte.

    (44) La Comisin dar su apoyo a los partenaria-dos pblico-privados ue representen los intere-ses del deporte y a las autoridades responsablesde la lucha contra la corrupcin, los cuales, a su

    vez, identificaran los puntos vulnerables a lacorrupcin en el sector del deporte y contribuiranal desarrollo de estrategias preventivas y represi-

    vas eficaces para combatir dicha corrupcin.

    (45) La Comisin seguir supervisando laimplementacin en los Estados miembros de lalegislacin de la UE en materia de lucha contrael blanueo de dinero con respecto al sector deldeporte.

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    4.7 Sistemas de licencias de los clubes

    La Comisin reconoce la utilidad de contar con sli-dos sistemas de licencias para los clubes profesio-nales a nivel nacional y europeo como herramientapara impulsar la buena gobernanza en el deporte.Los sistemas de licencias, en general, pretendengarantizar que todos los clubes respeten las mismasnormas bsicas en materia de gestin financiera ytransparencia, pero tambin podran incluir dispo-siciones relativas a la discriminacin, la violencia,la proteccin de menores y la formacin. Dichos

    sistemas han de ser compatibles con la s disposi-ciones sobre competencia y mercado interior y nopueden ir ms all de lo necesario en su persecucinde un objetivo legtimo en relacin con la adecuadaorganizacin y el buen funcionamiento del deporte.

    Los esfuerzos han de concentrarse en la implemen-tacin y el refuerzo gradual de los sistemas de licen-cias. En el caso del ftbol, donde dentro de pocoser obligatorio un sistema de licencias para losclubes que participen en competiciones europeas, laaccin ha de concentrarse en fomentar e impulsar eluso de sistemas de licencias a nivel nacional.

    (46) La Comisin promover el dilogo con las orga-nizaciones deportivas para abordar la implementa-cin y el refuerzo de sistemas autorreguladores delicencias.

    (47) Empezando con el ftbol, la Comisin tieneprevisto organizar una conferencia sobre sistemasde licencias y mejores prcticas en este mbitocon la UEFA (Unin Europea de las AsociacionesNacionales), la EPFL (Unin Europea de LigasProfesionales), la FIFPro (Federacin Internacionalde Futbolistas Profesionales), as como las asocia-

    ciones y las ligas nacionales.

    4.8 Medios de comunicacin

    Los asuntos relativos a las relaciones entre elsector del deporte y los medios de comunicacin (latelevisin, en particular) han cobrado una importan-cia crucial a medida que los derechos de difusin sehan convertido en la primera fuente de ingresos deldeporte profesional en Europa. Los derechos de difu-sin de acontecimientos deportivos, por su parte,constituyen una fuente decisiva de contenido paramuchos operadores de medios de comunicacin.

    El deporte ha sido un motor para la llegada denuevos medios de comunicacin y servicios detelevisin interactiva. La Comisin seguir dando suapoyo al derecho a la informacin y al amplio accesode los ciudadanos a la difusin de acontecimientosdeportivos considerados de gran inters o especialimportancia para la sociedad.

    La aplicacin de las disposiciones en materia decompetencia del Tratado CE a la venta de los dere-chos de difusin de acontecimientos deportivostiene en cuenta una serie de caractersticas especfi-

    cas en este mbito. A veces, una asociacin depor-tiva vende colectivamente los derechos de difusinde acontecimientos deportivos en nombre de losdiferentes clubes (como alternativa a la comerciali-zacin de dichos derechos por los clubes de maneraindividual). Si bien la venta colectiva de derechosde difusin aumenta las preocupaciones en materiade competencia, la Comisin lo ha aceptado bajodeterminadas condiciones. La venta colectiva puederesultar importante para la redistribucin de ingre-sos y, por tanto, puede ser una herramienta querefuerce la solidaridad en el seno del deporte.

    La Comisin reconoce la importancia de una redis-tribucin equitativa de los ingresos entre los clubes,incluidos los ms pequeos, y entre el deporteprofesional y no profesional.

    (48) La Comisin recomienda a las organizacionesdeportivas ue presten la debida atencin a lacreacin y el mantenimiento de mecanismos de soli-daridad. En el mbito de los derechos de difusinde acontecimientos deportivos, tales mecanismospueden adoptar la forma de un sistema de ventacolectiva de derechos de difusin o, alternativa-

    mente, de un sistema de venta individual de losclubes, en ambos casos vinculado a un mecanismoconsistente de solidaridad.

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    5. SeguimientoLa Comisin realizar un seguimiento de las ini-ciativas que figuran en el presente Libro Blanco, atravs de la implementacin de un dilogo estruc-turado con las partes interesadas del deporte,la cooperacin con los Estados miembros y elfomento del dilogo social en el sector del deporte.

    5.1 Dilogo estructurado

    El deporte europeo se caracteriza por la existenciade mltiples estructuras complejas y diversas quepresentan formas jurdicas de diferentes tiposy distintos niveles de autonoma en los Estadosmiembros. A diferencia de lo que ocurre en otrossectores y debido a la propia naturaleza deldeporte organizado, las estructuras deportivaseuropeas suelen estar peor desarrolladas que lasestructuras deportivas a nivel nacional e interna-cional. Adems, en general, el deporte europeoest organizado con arreglo a estructuras conti-nentales, y no a nivel de la UE.

    Las partes interesadas estn de acuerdo en que laComisin tiene un importante papel que desem-pear para contribuir al debate europeo sobre eldeporte, proporcionando una plataforma para eldilogo con ellas. Segn los Tratados, la ampliaconsulta con las partes interesadas es una de lasobligaciones de la Comisin.

    Habida cuenta de la complejidad y la diversidadde la cultura del deporte en Europa, la Comisinpretende involucrar en su dilogo estructurado, enparticular, a los siguientes actores:

    federaciones deportivas europeas;

    organizaciones europeas del sector del deporte,en particular los Comits Olmpicos Europeos(EOC), el Comit Paralmpico Europeo (EPC)

    y las organizaciones deportivas europeas nogubernamentales;

    organizaciones nacionales del sector del deportey comits nacionales olmpicos y paral mpicos;

    otros actores del mbito del deporte representa-dos a nivel europeo, incluidos los interlocutoressociales;

    otras organizaciones europeas e internaciona-les, en particular las estructuras del Consejode Europa para el deporte y los organismosde las Naciones Unidas como la Unesco y laOrganizacin Mundial de la Salud (OMS).

    (49) La Comisin pretende organizar el dilogoestructurado de la manera siguiente:

    Foro Europeo del Deporte: encuentro anualue rena a todas las partes interesadas en eldeporte.

    Discusiones temticas con un nmero limitadode participantes.

    (50)Adems, tratar de dar ms v isibilidad a lasmanifestaciones deportivas europeas. La Comisinpresta su apoyo al futuro desarrollo de la iniciativaCapitales Europeas del Deporte.

    5.2 Cooperacin con los Est ados miembros

    La cooperacin entre los Estados miembros enmateria de deporte a nivel de la UE tiene lugar enreuniones ministeriales informales, as como anivel administrativo a travs de los directores dedeporte. Los ministros de deporte de la UE adopta-ron en una agenda continua para el deporte,a fin de establecer los temas prioritarios paralas discusiones sobre deporte entre los Estadosmiembros.

    (51)Al objeto de abordar las cuestiones enume-radas en el presente Libro Blanco, la Comisinpropone reforzar la cooperacin existente entreella y los Estados miembros.

    Basndose en una propuesta de la Comisin,los Estados miembros pueden querer reforzar elmecanismo de la agenda continua, por ejemplo:

    para definir conjuntamente las prioridades de

    cooperacin en la elaboracin de polticas enmateria deportiva;

    para informar peridicamente de los progresos alos ministros de deporte de la UE.

    De cara a una cooperacin ms estrecha, esnecesario organizar reuniones peridicas de losministros y directores de deporte en el marco decada Presidencia, que deberan tener en cuentalos equipos de dieciocho meses de las futuraspresidencias.

    (52) La Comisin informar sobre la implementa-cin del Plan de Accin Pierre de Coubertin atravs del mecanismo de la agenda continua.

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    6. ConclusinEl presente Libro Blanco contiene una serie deacciones para ser implementadas o financiadas porla Comisin. En conjunto, dichas acciones consti-tuyen el Plan de Accin Pierre de Coubertin, queguiar a la Comisin en sus actividades relaciona-das con el deporte durante los prximos aos.

    Este Libro Blanco ha aprovechado al mximo lasposibilidades que ofrecen los Tratados vigentes.El Consejo Europeo de junio de confiri a la

    Conferencia Intergubernamental un mandato quecontempla la introduccin en el Tratado de unadisposicin en materia de deporte. Si es necesario,la Comisin podr volver sobre este asunto e indi-car nuevas medidas en el contexto de una nuevadisposicin del Tratado.

    En otoo de , la Comisin organizar unaconferencia para presentar el Libro Blanco a laspartes interesadas del deporte. Las conclusionesde dicha conferencia se presentarn a los ministrosde deporte de la UE antes de finales de . ElLibro Blanco tambin se presentar al ParlamentoEuropeo, al Comit de las Regiones y al ComitEconmico y Social Europeo.

    5.3 Dilogo social

    A la vista del creciente nmero de retos queafronta la gobernanza del deporte, el dilogosocial a nivel europeo puede contribuir a abordarlas preocupaciones comunes de los empleadoresy los atletas, incluidos los acuerdos relativos a lasrelaciones de trabajo y las condiciones laboralesen el sector, de conformidad con lo dispuesto en elTratado CE.

    La Comisin ha financiado proyectos destinadosa la consolidacin del dilogo social en el sectordel deporte en general, as como en el sectordel ftbol en particular. Dichos proyectos hanestablecido una base para el dilogo social a niveleuropeo, as como la consolidacin de organizacio-nes europeas. La Comisin puede crear un ComitSectorial para el Dilogo Social sobre la base deuna peticin conjunta de los interlocutores socia-les; considera que el dilogo social europeo en elsector del deporte o en sus subsectores (como eldel ftbol) es un instrumento que permitira a losinterlocutores sociales contribuir a dar forma a las

    relaciones laborales y a las condiciones de trabajode forma activa y participativa. En este mbito,el dilogo social tambin podra llevar al esta-blecimiento de cdigos de conducta o estatutos,acordados mutuamente, con los que abordar lascuestiones relacionadas con la formacin, las con-diciones laborales o la proteccin de los jvenes.

    (53) La Comisin impulsa y acoge con satisfac-cin todos los esfuerzos ue lleven a establecer

    comits europeos para el dilogo social en elsector del deporte. Seguir dando su apoyo tantoa los empleadores como a los empleados y conti-nuar su dilogo abierto al respecto con todas lasorganizaciones deportivas.

    La financiacin que los Estados miembros deberanponer a disposicin del desarrollo de capacidadesy de acciones conjuntas de los interlocutoressociales a travs del Fondo Social Europeo en lasregiones incluidas en el objetivo de convergenciadeberan destinarse tambin al desarrollo decapacidades de los interlocutores sociales en elsector del deporte.

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    Comisin Europea

    Libro blanco sobre el deporte

    Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de lasComunidades Europeas

    pp.1, 9, cm

    ISBN 9-9-9-55-

    CMO ADqUIRIR PUBLICACIONES DE LA UNIN EUROPEALas publicaciones de la Oficina de Publicaciones que se hallana la venta puede encontrarlas en la librera electrnica de la UE

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