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INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE RRHH DEL SNS SOBRE LOS TÉCNICOS SANITARIOS DE GRADO SUPERIOR 1. ANTECEDENTES Las reivindicaciones del colectivo profesional técnicos sanitarios superiores producidas durante los últimos años, que originariamente recogían diversos aspectos, tanto formativos como laborales, se han centrado finalmente entorno a la revisión de las enseñanzas formativas, con el objetivo de que estas pasen del ámbito de la formación profesional al ámbito universitario, constituyendo un nuevo título de grado con el que se daría respuesta, por añadidura, a las otras reivindicaciones de reconocimiento profesional y laboral, entre la que se incluyen la libre circulación en los países de la Unión Europea y la consideración de su ejercicio como profesión sanitaria en la LOPS. El pleno de la Comisión Delegada de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud celebrado el 7 de marzo de 2007, alcanzó un acuerdo respecto a la revisión de la cualificación profesional de los técnicos sanitarios superiores. Dicho acuerdo contemplaba, por un lado, la realización de una investigación de las competencias de los técnicos sanitarios superiores en países de nuestro entorno europeo y, por otro, la solicitud de no revisar la cualificación vigente, al menos hasta que dicho estudio hubiera concluido. El estudio de investigación se llevó a cabo en una muestra de ocho países representativos de la variabilidad existente en la Comunidad Europea. (Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Holanda, Inglaterra y Portugal) con el propósito de identificar los aspectos laborales y profesionales de los técnicos superiores especialistas en Radiología, Análisis Clínicos y Anatomía Patológica, con especial atención a la clasificación y régimen de acceso en los sectores públicos sanitarios en relación con los requisitos legales y formativos para el desempeño de la actividad profesional. La metodología utilizada para la realización del estudio incluía técnicas de investigación cualitativa, como las entrevistas a informantes clave y la observación en el medio natural, lo que supuso una dilatación del tiempo previsto para la realización del mismo. En cuanto a la segunda parte del acuerdo, la Subdirección General de Ordenación Profesional trasladó a la Directora del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) la solicitud de retrasar la revisión de la cualificación de técnico de “Imagen para el Diagnóstico” hasta la conclusión del estudio mencionado. El pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, celebrado el 12 de septiembre de 2008, una vez informado de la finalización del estudio en el ámbito europeo, aprobó la creación de un grupo de trabajo sobre este colectivo profesional con los siguientes objetivos : - Analizar y discutir los resultados del estudio europeo sobre las competencias de los técnicos sanitarios superiores de las especialidades

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INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE RRHH DELSNS SOBRE LOS TÉCNICOS SANITARIOS DE GRADO SUPERIOR

1. ANTECEDENTESLas reivindicaciones del colectivo profesional técnicos sanitarios superioresproducidas durante los últimos años, que originariamente recogían diversosaspectos, tanto formativos como laborales, se han centrado finalmente entornoa la revisión de las enseñanzas formativas, con el objetivo de que estas pasendel ámbito de la formación profesional al ámbito universitario, constituyendo unnuevo título de grado con el que se daría respuesta, por añadidura, a las otrasreivindicaciones de reconocimiento profesional y laboral, entre la que seincluyen la libre circulación en los países de la Unión Europea y laconsideración de su ejercicio como profesión sanitaria en la LOPS.

El pleno de la Comisión Delegada de Recursos Humanos del Sistema Nacionalde Salud celebrado el 7 de marzo de 2007, alcanzó un acuerdo respecto a larevisión de la cualificación profesional de los técnicos sanitarios superiores.Dicho acuerdo contemplaba, por un lado, la realización de una investigación delas competencias de los técnicos sanitarios superiores en países de nuestroentorno europeo y, por otro, la solicitud de no revisar la cualificación vigente, almenos hasta que dicho estudio hubiera concluido.

El estudio de investigación se llevó a cabo en una muestra de ocho paísesrepresentativos de la variabilidad existente en la Comunidad Europea.(Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Holanda, Inglaterra y Portugal) con elpropósito de identificar los aspectos laborales y profesionales de los técnicossuperiores especialistas en Radiología, Análisis Clínicos y AnatomíaPatológica, con especial atención a la clasificación y régimen de acceso en lossectores públicos sanitarios en relación con los requisitos legales y formativospara el desempeño de la actividad profesional.La metodología utilizada para la realización del estudio incluía técnicas deinvestigación cualitativa, como las entrevistas a informantes clave y laobservación en el medio natural, lo que supuso una dilatación del tiempoprevisto para la realización del mismo.

En cuanto a la segunda parte del acuerdo, la Subdirección General deOrdenación Profesional trasladó a la Directora del Instituto Nacional de lasCualificaciones (INCUAL) la solicitud de retrasar la revisión de la cualificaciónde técnico de “Imagen para el Diagnóstico” hasta la conclusión del estudiomencionado.

El pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud,celebrado el 12 de septiembre de 2008, una vez informado de la finalización delestudio en el ámbito europeo, aprobó la creación de un grupo de trabajo sobreeste colectivo profesional con los siguientes objetivos:

- Analizar y discutir los resultados del estudio europeo sobre lascompetencias de los técnicos sanitarios superiores de las especialidades

de laboratorio de análisis clínicos, anatomía patológica, imagen para eldiagnóstico y radioterapia.

- Identificar el perfil profesional requerido por los servicios de salud- Analizar el impacto organizativo derivado de un potencial aumento de la

cualificación de estos profesionales.

2.ACTIVIDAD DEL GRUPO DE TRABAJOEl grupo de trabajo se ha reunido en dos ocasiones. El 12 de noviembre de2008 tuvo lugar la primera reunión del grupo con la asistencia derepresentantes de 15 Comunidades Autónomas, además de loscorrespondientes a los Ministerios de Defensa, Educación, Política Social yDeporte, Administraciones Públicas, Economía y Hacienda y Sanidad yConsumo.

Se hizo entrega a los asistentes una copia (en formato CD) del informerealizado por la consultora sobre el estudio de la formación y competenciasprofesionales de los técnicos de las mencionadas especialidades en 8 paísesdel entorno europeo y su comparación con la situación en España, así comouna copia en papel del resumen ejecutivo.

Al objeto de contar con la mejor información posible para llevar a cabo eltrabajo encomendado, se acordó el envío por parte de cada CCAA deinformación relativa al número de técnicos de cada una de las especialidadescontempladas que trabajan en sus respectivos servicios de salud.

Durante la segunda reunión celebrada el 20 de enero de 2009 con unaparticipación similar a la primera, se discutieron los aspectos considerados másrelevantes del estudio europeo y los informes enviados por las diferentes CCAAy tras confirmar el acuerdo sobre las propuestas a adoptar, se decidió finalizarel trabajo con la elaboración de este informe.

3. ANALÍSIS DE RESULTADOS DEL ESTUDIO EUROPEOEl resumen ejecutivo de la investigación realizada se recoge en el anexo 1.Del análisis sobre los aspectos formativos se desprende lo siguiente:

- Aunque en cada país la formación está organizada de diferente forma,en todos los países se sitúa en educación superior, en cinco de ellos,como en España, se trata de formación profesional, y en los otros tresson estudios universitarios.

- En España, Imagen para el diagnóstico y Radioterapia son dostitulaciones diferentes, mientras que en la mayoría de los paísesestudiados existe una única titulación de radiología que engloba las dos.Lo mismo ocurre con las titulaciones de Laboratorio de análisis clínicos yAnatomía Patológica y Citología, en España son diferentes y en lamayoría de los países se estudian conjuntamente, dando lugar a unúnico título.

- La duración del periodo formativo para obtener la titulación es menor enEspaña (2 años) que en el resto de los países del entorno (3-4 años),

aunque hay que tener en cuenta la diferenciación de titulacionesanteriormente mencionada.

- No se especifican los estudios previos que se requieren en los diferentespaíses para el acceso a la formación de técnico superior en estasespecialidades.

- Los técnicos titulados en radiología y en laboratorio pueden acceder aestudios de Master en Bélgica, Italia, Dinamarca, Inglaterra Holanda yPortugal.

En cuanto al análisis de las competencias profesionales se ha identificado queno existen grandes diferencias en las áreas de responsabilidad, así comotampoco difieren en las tendencias en cuanto a la ampliación de las mismas.Las escasas diferencias encontradas en el ámbito de la radiología son lassiguientes:

- La administración de sustancias de contraste radiológico puedenrealizarla en todos los países excepto en Italia y en España.

- En algunos países realizan cuidados clínicos del paciente relacionadoscon las pruebas de diagnóstico.

- Tienen competencia para la realización de ecografías en cinco países- Tan solo en Dinamarca e Inglaterra los técnicos con experiencia y

estudios de posgrado realizan la validación e interpretación de lasimágenes e informan de los resultados.

En el ámbito del laboratorio de análisis clínico, las principales diferencias son:- Disponibilidad en servicios de laboratorio de personal auxiliar para la

realización de tareas que requieren menor cualificación- Están capacitados para realizar la extracción de muestras de sangre,

excepto en Italia, Inglaterra y España

En líneas generales, se ha observado que el proceso de asunción de nuevascompetencias transferidas o delegadas por otros profesionales se acompañade los siguientes elementos:

- Experiencia acumulada en el campo específico en el que seproduce la delegación

- Conocimientos avanzados mediante formación continuadaacreditada o formación de master

- Existencia de protocolos- Asesoramiento y supervisión facultativa.

4. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN APORTADA POR LAS CCAALas siguientes CCAA y el Ministerio de Defensa han proporcionado informaciónsobre el número de técnicos de las especialidades de Radiología, Laboratorio,Anatomía Patológica, Medicina Nuclear y Radioterapia, con los que cuentan ensus servicios de salud: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias,Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Murcia, Navarra, País Vasco,La Rioja y Valencia (Tabla 1).

Asimismo, la mayoría de estos organismos autónomos, además de Cataluña,Extremadura y Galicia, así como el Ministerio de Defensa, enviaron información

sobre las funciones que desempeñan actualmente estos técnicos especialistasen sus respectivos servicios.

La situación actual de los técnicos que muestran los informes recibidos, apuntala necesidad de adaptación del contenido curricular de los estudios a lasnecesidades de los servicios, de forma que se incluyan nuevas técnicas dediagnóstico, así como la pertinencia de que se dedique más tiempo a laformación práctica.Se argumenta la necesidad de que el nivel de cualificación y formación de lostécnicos se mantenga en el nivel actual y se expone la dificultad de identificar laexistencia de espacio competencial para un nuevo perfil profesional sin haberhecho previamente un análisis del conjunto de los profesionales sanitarios.La reivindicación del colectivo se interpreta como una respuesta que obedecemás al interés de crecimiento profesional que a las necesidades reales de losservicios.Se señala, asimismo, que todavía persisten algunas dificultades organizativasen los servicios, relacionadas con la presencia en los mismos deprofesionales con diferentes titulaciones (técnicos de grado superior,enfermeras y auxiliares de enfermería) realizando las mismas funciones.La creación de una figura de coordinador de técnicos en la organizacióninstitucional se menciona también en alguno de los informes como unaalternativa de mejora de la situación, subrayando que en cualquier caso es unadecisión de cada Comunidad Autónoma.

Los representantes del MEPSyD informan de que todos los títulos de formaciónprofesional, tanto los de grado medio como los de grado superior, van a ser de2000 horas, estableciéndose un mínimo de horas de formación práctica quepodrá ser ampliado por decisión de cada Comunidad Autónoma.

5. PROPUESTASSe proponen como medidas inmediatas de respuesta a las reivindicaciones delcolectivo de técnicos, y que se considera necesario clarificar antes de llevar acabo ninguna otra medida, las siguientes:

Regular el ejercicio de estos profesionales a través de la adaptación delcurrículo formativo y competencial a las necesidades actuales de losservicios, pero manteniendo la titulación en el ámbito de la formaciónprofesional.

Resolver la coexistencia de 3 tipos de profesionales (auxiliares deenfermería, enfermeras y técnicos) ocupando puestos en los serviciosde diagnóstico, progresando en la oferta de esos puestos para técnicosespecialistas.

Ofertar formación continuada que mejore la capacitación en el manejode nueva tecnología y que pueda ser tenida en cuenta para elreconocimiento de carrera profesional, ya aplicándose en algunosservicios de salud.

Considerar, ante la adopción de cualquier medida, esperar a conocer ladecisión sobre la catalogación de este colectivo como grupo B del nuevoEstatuto Básico del Empleado Público

Analizar, pero siempre desde la perspectiva de cada Servicio de Salud,las posibilidades de mejora organizativa y la creación de la figura decoordinador de Técnicos Sanitarios Superiores.

Madrid, 17 de marzo de 2009

RESUMEN EJECUTIVO

1. MARCO NORMATIVO

Dos patrones identificados:

- Países con un marco normativo específico regulador de las competencias y actos profesionales

atribuibles a los TSS, con mayor o menor desarrollo según el país (Italia, Alemania, España, Portugal,

Bélgica y Francia)

- Países sin normativa específica donde la función reguladora la ejercen directamente las autoridades

sanitarias según las disposiciones generales contenidas en la norma básica relativa a la

certificación/registro de profesiones sanitarias reguladas (Dinamarca, Inglaterra y Holanda).

Dos patrones identificados:

- Países con normativa específica con mayor o menor desarrollo según la tradición normativa del país y el

grado de reglamentación de la formación superior (Italia, Alemania, España, Portugal, Bélgica, Francia)

- Países sin normativa específica donde las instituciones formativas formulan sus planes de estudios según

las directrices generales recogidas en la norma básica relativa a las profesiones sanitarias y la educación

superior y de acuerdo a unos estándares de competencias formulados por las autoridades sanitarias y/o las

sociedades científicas reconocidas (Holanda, Portugal e Inglaterra).

2. CARACTERÍZACIÓN DE LA FORMACIÓN

Nivel Terciario, ya sea en instituciones universitarias (Inglaterra, Portugal e Italia) o de formación profesional

superior (Bélgica, Dinamarca, Holanda, Francia y España).

Alemania constituye la única excepción, con una titulación de nivel Post-Secundario impartida en escuelas

profesionales especializadas para personal técnico-sanitario

Titulo de licenciatura, ya sea ésta universitaria (Inglaterra, Portugal e Italia) o profesional (Dinamarca,

Holanda).

Excepciones: Francia y España, con un diploma profesional de técnico superior, y Alemania, diploma

profesional de grado medio.

Ciclos formativos de 3-4 años, incluida Alemania, con su correspondiente carga horaria (entre 180 y 240

ECTS).

Excepciones: España y Francia con ciclos de 2 años

Una proporción sensiblemente mayor de estancias clínicas en radiología respecto a laboratorio (45% vs. 24%)

España se sitúa ligeramente por debajo de la media tanto en radiología (42.5%) como en laboratorio (19%).

Laboratorio: solo en Portugal y España existen dos formaciones diferenciadas, una en Análisis clínico y la

otra en Anatomía patológica/análisis citológico.

Radiología: mucha mayor variabilidad constatada:

- Países con formación inicial combinada en RD + RT + MN (Alemania, Francia, Italia y Holanda)

- Países con formación inicial solo en RD / Especialización en RT y en MN en segundo ciclo o en

formación continua (Bélgica y Dinamarca)

- Países con diversas opciones de especialización en primer ciclo:

2 campos diferenciados: en RD y en RT / Especialización en MN en segundo ciclo (Inglaterra)

2 campos diferenciados: RD + MN / RT (España)

3 campos diferenciados: en RD / RT / MN (Portugal)

Acceso directo a programas específicos en radiología y laboratorio (fundamentalmente en Inglaterra) o en

campos afines a la formación inicial (Holanda, Dinamarca y Portugal)

Acceso indirecto a programas master inespecíficos tras la realización del último año de licenciatura o un curso

puente en campos afines a la formación inicial (Bélgica y Francia).

Sin posibilidad de acceso: necesidad de realizar estudios previos de primer ciclo (España y Alemania)

Proceso en curso en todos los países excepto España, único país donde no se contempla por el momento dicha

integración, y Alemania, en nivel Post-secundario y por tanto excluida del proceso de convergencia

3. REPARTO COMPETENCIAL EN ENTORNOS HOSPITALARIOS

(nivel cualificación: nivel avanzado en la carrera profesional de los TSS)

Perfil de cualificación y requisitos establecidos por lo general por el propio hospital según necesidades y

organización interna, excepto en Portugal, Italia y Francia, donde se recogen en la normativa relativa a la

progresión de carrera.

Requisitos de acceso comunes a todos los países, con o sin marco normativo:

- un mínimo de antigüedad en el ejercicio profesional, variable entre 2-5 años según el país

- una formación en gestión y cierta especialización en un campo de intervención (titulaciones master o

diplomas homologados en formación continua)

Perfil de cualificación: por lo general TSL o TSR según la especialidad del servicio. Excepciones en

radiología en Bélgica, Dinamarca y España, donde el puesto de supervisor pueden ocuparlo otros perfiles

profesionales, por lo general enfermería, dado el carácter reciente de la formación de técnicos especialistas y/o

el papel preponderante de este personal en ciertos servicios.

Funciones asignadas (comunes a todos los países): gestión del equipo y recursos técnicos, gestión económica,

de actividad estadística y de calidad, coordinación y seguimiento de aspectos logísticos del servicio.

(FP grado medio o equivalente + formación en el puesto)

En laboratorio clínico/microbiología (en todos los países, excepto Portugal y España). En Holanda, Dinamarca

e Inglaterra este personal puede promocionar hacia puestos más cualificados por la vía de la validación de la

experiencia y la formación continua.

En laboratorio de anatomía patológica (en todos los países): tareas de asistencia a la realización de autopsias

que, en caso de carecer de este personal asumen los TSL.

En radiología (en todos los países): ausencia de personal auxiliar, tan solo recurso puntual a profesionales no

cualificados tipo celador para asistir en el movimiento y posicionamiento de los pacientes en los equipos.

(nivel de formación igual o equivalente a los TSS)

Funciones asignadas: información/educación y seguimiento de las necesidades del paciente, asistencia al

facultativo durante actos clínicos en radiología intervencionista y braquiterapia, administración de

contrastes/radio-fármacos y otros medicamentos vinculados a procedimientos diagnósticos y terapéuticos.

Mayor o menor presencia y rol específico asignado según su disponibilidad en el servicio (según se trate de

servicios restringidos o ampliados) y el grado de implicación de los TSR en tareas enfermeras menos

complejas (en todos los países excepto Italia y España).

Funciones básicas comunes a todos los países: preparación de reactivos y muestras, ejecución y validación

técnica de pruebas de laboratorio, mantenimiento y puesta a punto de los equipos, control de calidad, la

gestión de residuos, toma de muestras de sangre (excepto España e Italia)

Funciones básicas comunes a todos los países: seguimiento y cuidados del paciente, posicionamiento del

paciente, ejecución de todos los procedimientos técnicos para la obtención, análisis, tratamiento y registro de

imágenes con fines diagnósticos y terapéuticos, actos enfermería menos complejos (excepto España e Italia)

4. CARRERA PROFESIONAL Y MARCO RETRIBUTIVO

Países con un sistema de clasificación de profesiones sanitarias en función del nivel mínimo de titulación

exigida: Bélgica, Francia, Italia, España y Portugal.

- marco retributivo estructurado a partir de índices salariales asociados a cada categoría profesional,

recogidos en la normativa nacional y actualizados en convenios colectivos.

- progresión salarial según criterios de antigüedad, por promoción automática.

Países con un modelo de carrera profesional/salarial estructurado en torno a un marco retributivo con niveles

salariales acordados en convenios colectivos: Alemania, Dinamarca, Holanda e Inglaterra.

- criterios de progresión salarial según cualificación, formación especializada y antigüedad en el puesto.

5. TENDENCIAS DE EVOLUCIÓN EN EL PERFIL COMPETENCIAL EN EUROPA

En laboratorio Clínico-microbiología / Anatomía Patológica

- Nuevas habilidades y conocimientos para el manejo de equipos/autómatas cada vez más sofisticados

(mantenimiento de equipos, programación, ingeniería de sistemas…)

- Nuevas competencias y conocimientos en procedimientos analíticos de nivel avanzado (contraste y

validación de resultados de autómatas, control de calidad, trazabilidad).

En radiología:

- Nuevos conocimientos y habilidades para la selección, explotación y transferencia de información e

imágenes en soporte digital (fusión de imágenes, manipulación imágenes 3-D, PACS)

- Nuevos campos de actividad clínica vinculados a los nuevos equipos de RM y ultrasonido

- Mayor intervención en la atención/seguimiento del paciente (información y educación, preparación

somática y psicológica, vigilancia clínica, cuidados enfermeros…).

En laboratorio de Anatomía Patológica

- Estudio macroscópico de piezas operatorias y autopsias sencillas (práctica generalizada)

- Screening de citologías ginecológicas (perfil de especialización generalizado)

- Screening de muestras sencillas en histo-patología (práctica restringida a países con perfiles de

especialización más avanzados).

- Screening de citologías no ginecológicas (práctica restringida a países con perfiles de especialización

más avanzados).

En radiología:

- Mayor autonomía en la planificación de tratamientos en teleterapia y ejecución de dosimetrías (práctica

generalizada)

- Interpretación de imágenes en radiología (raporting radiographers) y ejecución de ciertas exploraciones

ecográficas (sonographers): prácticas restringidas a países con perfiles de especialización más

avanzados.

Cuatro elementos esenciales que acompañan todo este proceso de delegación de competencias:

- una experiencia acumulada en el campo específico en el que se produce la delegación

- unos conocimientos avanzados en formación continua y/o en cursos acreditados (diplomas espec./

master)

- una fuerte protocolización de los actos y tareas transferidos

- un asesoramiento, seguimiento y supervisión facultativa