48
Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 1 Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 28 DE OCTUBRE DE 2010. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) D. JUAN JOSE IBAÑEZ LEJONAGOITIA (PSE-EE(PSOE) D. ANGEL ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE) Dª ITALIA CANNA CASTRO (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) Dª NEKANE TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) CONCEJALES Dª MARIA JESÚS GÓMEZ-MARAÑÓN DÍEZ (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª RAKEL ANTUÑANO AGIRRE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. GAIZKA BILBAO SANDOVAL (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª AITZIBER MARTINEZ INTXAURTIETA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. ASIER BASAGOITI ELORZA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª CRISTINA CUELLAR YARNOZ (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. JAVIER HUIDOBRO LORENZO (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª MARIA DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (Ezker Batua-Berdeak) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTORA Dª VIRGINIA PEREZ BERASATEGUI SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria, convocada al efecto bajo la presidencia del Alcalde D. MIKEL TORRES LORENZO, asistido de mí, la Secretaria General.

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 1

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTA MIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 28 D E OCTUBRE DE 2010. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) D. JUAN JOSE IBAÑEZ LEJONAGOITIA (PSE-EE(PSOE) D. ANGEL ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE) Dª ITALIA CANNA CASTRO (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) Dª NEKANE TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) CONCEJALES Dª MARIA JESÚS GÓMEZ-MARAÑÓN DÍEZ (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª RAKEL ANTUÑANO AGIRRE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. GAIZKA BILBAO SANDOVAL (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª AITZIBER MARTINEZ INTXAURTIETA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. ASIER BASAGOITI ELORZA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª CRISTINA CUELLAR YARNOZ (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) D. JAVIER HUIDOBRO LORENZO (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) Dª MARIA DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (Ezker Batua-Berdeak) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTORA Dª VIRGINIA PEREZ BERASATEGUI SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria, convocada al efecto bajo la presidencia del Alcalde D. MIKEL TORRES LORENZO, asistido de mí, la Secretaria General.

Page 2: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 2

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Excusa su ausencia los Sres. GORKA ECHAVE DE PABLOS (PSE-EE(PSOE) y JOSE MANUEL LORENZO GOMEZ (Ezker Batua-Berdeak). I.- PARTE RESOLUTORIA 1.01.- SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE 24.05.10 (SESIÓN

EXTRAORDINARIA-URGENTE). El Sr. Alcalde pregunta si algún corporativo desea formular alguna observación al acta de la sesión de 24 de mayo de 2010. No se producen intervenciones, por lo que el Sr. Alcalde somete el acta a votación. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de la sesión extraordinaria urgente de 24 de mayo de 2010. 1.02.- SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE 27.05.10 (SESIÓN

ORDINARIA). El Sr. Alcalde pregunta si algún corporativo desea formular alguna observación al acta de la sesión de 27 de mayo de 2010. No se producen intervenciones, por lo que el Sr. Alcalde somete el acta a votación. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de la sesión ordinaria de 27 de mayo de 2010. 1.03.- SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE 24.06.10 (SESIÓN

ORDINARIA) El Sr. Alcalde pregunta si algún corporativo desea formular alguna observación al acta de la sesión de 24 de junio de 2010. No se producen intervenciones, por lo que el Sr. Alcalde somete el acta a votación. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de la sesión ordinaria de 24 de junio de 2010. 1.04.- SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE 29.07.10 (SESIÓN

ORDINARIA). El Sr. Alcalde pregunta si algún corporativo desea formular alguna observación al acta de la sesión de 29 de julio de 2010. No se producen intervenciones, por lo que el Sr. Alcalde somete el acta a votación. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de la sesión ordinaria de 29 de julio de 2010.

Page 3: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 3

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

1.05.- SE PROPONE, APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA

MODIFICACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2011, DE LA ORDENAN ZA FISCAL Nº 6 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDAD ES ECONÓMICAS.

El Sr. ALCALDE explica que primeramente habrá un debate general sobre las ordenanzas fiscales y luego se pasará a votar cada una de ellas. Cede la palabra al Concejal de Hacienda y luego abrirá un turno de palabra, de menor a mayor, al resto de grupos políticos. Toma la palabra el Sr. PEREZ HERNANDEZ (PP) para señalar que: es una buena noticia lo que vamos a hacer hoy: aprobar las ordenanzas fiscales. Sólo traemos a pleno 4 epígrafes de las más de 30 ordenanzas fiscales que componen el elenco; esto se debe a que vamos a congelar los impuestos, tasas y precios públicos. Es la tercera vez que el Ayuntamiento no recurre al criterio habitual de aplicar una actualización a través del IPC. Esto va a suponer un considerable esfuerzo para las arcas municipales, pero la medida es necesaria en los tiempos en los que vivimos. Por lo tanto, la noticia importante es que el Ayuntamiento apuesta por segundo año por congelar la presión fiscal de los portugalujos y de las portugalujas, aún sabiendo las consecuencias que eso va a tener para las arcas municipales en un momento delicado. También se introducen modificaciones que se han explicado en comisión informativa. La primera se refiere a la actualización del callejero fiscal del impuesto de actividades económicas. Se ha hecho un barrido de las calles que estaban desfasadas y se ha incorporado la Avenida del Ballonti como calle de categoría 1. Se han unificado los criterios en los precios públicos de cultura; es una cuestión meramente técnica. Se incorpora como novedad el cobro por las bodas. La justificación no es la actividad, sino el uso de las dependencias; se trata de dar una cobertura a los costes derivados del desarrollo de la actividad: los gastos que supone el uso de las dependencias municipales en cuanto a logística, sobre todo de limpieza y gastos de conserje. El Ayuntamiento no persigue un afán recaudador; simplemente cobra por los gastos derivados de la actividad y no por la actividad propiamente dicha. Con esta medida no vamos a sufragar el Polideportivo de Pando, ni las laderas de Azeta, ni vamos a poder devolver lo que se debe a Udalkutxa, dado que no tiene un afán recaudador, ni se espera una recaudación significativa al respecto. Simplemente se pretende cubrir parte de los costes generados por la apertura del Ayuntamiento para la celebración de los enlaces, así como concienciar a la ciudadanía de la importancia de financiar las prestaciones que el Ayuntamiento ofrece. Por último, hay una pequeña modificación en la tasa relativa a la venta ambulante. En definitiva, estas son las ordenanzas fiscales que proponemos al Pleno. Es una excelente noticia para las portugalujas y portugalujos que por segundo año consecutivo vayan a pagar los mismos impuestos, tasas y precios públicos. Y también hay que decir que en los dos años anteriores el Ayuntamiento optó por una actualización por debajo

Page 4: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 4

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

del IPC y que en los últimos cuatro años la fiscalidad no ha ido acorde al incremento del coste de la vida; es decir, estamos hablando de una pérdida de poder adquisitivo del Ayuntamiento respecto a la fiscalidad de los vecinos, de una menor presión fiscal de hecho. A continuación interviene el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) y dice lo siguiente: Compartimos plenamente la posición que trae el gobierno a este Pleno respecto a las tasas y a los impuestos. Es un esfuerzo que está haciendo el Ayuntamiento y va a repercutir en su recaudación, pero muchos ciudadanos están en una situación delicada y todos tenemos que arrimar el hombro para que la crisis sea mejor soportada sobre todo por aquellos que peor lo están pasando. Seguidamente interviene el Sr. BASAGOITI ELORZA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) y comenta que a su grupo en líneas generales les parece correcta la congelación de las tasas e impuestos municipales para el ejercicio que viene. Lo dijimos previamente, incluso, en la presentación del proyecto de ordenanzas por el equipo de gobierno. Ponemos en valor también el esfuerzo que hace el Ayuntamiento porque va a perder ingresos. Y en cuanto a las modificaciones de naturaleza más bien técnica que se nos proponen, en el caso de actividades económicas es una inclusión de calles y reordenación de las ya existentes. En cuanto a la modificación de los precios públicos del Área de Cultura, por fin se atiende a una vieja reivindicación de su grupo y se corrige la ordenanza. Y en cuanto a la modificación de la tasa de la ordenanza fiscal relativa a industrias callejeras y ambulantes, es una cuestión meramente de gestión técnica del cobro, que parece más que razonable. Es decir, generas menor números de recibos, menos gastos y simplificas el pago, con lo cual esas modificaciones son absolutamente razonables. Respecto a la nueva tasa por la prestación de servicios derivados de la celebración de bodas civiles, a su grupo le suscitan muchas dudas. Esta ha sido una tasa polémica, que incluso motivó la apertura de diligencias previas penales a algún alcalde en su momento. Decía el Concejal de Hacienda que no cobramos por la celebración de matrimonio en sí, y así tiene que ser porque de otro modo sería ilegal. Se cobra por el uso del salón de sesiones. Es cierto que se generan unos gastos, pero también es verdad que con la recaudación que ascenderá a la cifra de 1.500 euros anuales no vamos ni a cubrir los costes. En su opinión, ésta ha sido una tasa dudosa y muy discutida. No supone ningún servicio adicional que la mera celebración del matrimonio civil, porque hay otros ayuntamientos que cobran, pero porque tienen el salón de plenos y un edificio emblemático y, según dónde se quieran casar, se cobra una tasa o no. Supone que ese tipo de tasas incluye flores, música y otro tipo de servicios. Por la simple celebración del matrimonio civil, que al final es lo que se hace en Portugalete, no se debe cobrar. La recaudación que se puede obtener de esta tasa no es significativa y sólo puede dejar a muchas parejas que se aproximen al Ayuntamiento un

Page 5: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 5

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

cierto mal sabor de boca. Consideran que no procede la implantación de esta tasa y van a votar en contra. Además, la ordenanza hace referencia, con una redacción indeterminada, a que los contrayentes justifiquen una cierta vinculación con Portugalete. Quien se acerque aquí a casarse lo hará porque tiene una cierta vinculación con Portugalete, pero está claro que no se puede exigir expresamente el empadronamiento para la celebración del matrimonio civil en este Ayuntamiento. Por todo ello, consideran que para generar más problemas de los que tenemos, es mejor no implantar una tasa, que va a dar más pegas que beneficios. Interviene el Sr. RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) y manifiesta que se ha hecho un esfuerzo importante con el fin de aliviar a cuantos están padeciendo la crisis. Es un esfuerzo más por parte del Ayuntamiento, que, como sabéis, padece, como todos los ayuntamientos del país, una disminución de recursos. Decía el Concejal de Hacienda, en tono jocoso, que con la escasa recaudación que se iba a obtener con la nueva tasa por bodas no se iba a poder financiar el polideportivo, y como ha dicho el portavoz del PNV, posiblemente no se podrá ni siquiera sufragar los gastos que realmente origina la boda. Pero, en su opinión, es bueno que se sepa que el servicio cuesta dinero y es necesario que la gente lo tenga en cuenta a través de esta cuota, más bien simbólica. Además si no cobramos esta tasa, al resto de los portugalujos se lo estamos subiendo, porque a sus impuestos va el coste. En la mayoría de los ayuntamientos (socialistas y no socialistas) están cobrando. El Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) comenta que su grupo tampoco aprobó en la comisión esta nueva tasa, porque nos parecería que no es el momento ahora, en la línea de lo que precisamente está haciendo el gobierno, que es congelar los impuestos por la crisis. No nos parecía ahora el momento oportuno, puesto que la gente que se casa tiene que afrontar un montón de gastos. No es un gasto extraordinario, pero sí sería al menos un detalle porque hasta ahora no lo hemos cobrado, no va a aportar gran cosa, muchos servicios que prestamos son deficitarios y en estos momentos no nos estamos planteando encarecerlos para recaudar más. Esto no encaja con la línea de lo que se ha planteado en este debate, que es congelar los precios. Por ello, están en contra de esta nueva tasa. No es el momento de crear nuevas tasas, y aunque ésta sea poco significativa en lo económico, sí lo es en cuanto a lo que la imagen que pueda transmitir y sobre todo de cara a la gente que emprende una nueva vida, que es cuando más necesitada está. Toma la palabra el Sr. PEREZ HERNANDEZ (PP): y señala que ha quedado de manifiesto, pues han coincidido los cuatro grupos municipales, el esfuerzo que realiza el Ayuntamiento con estas ordenanzas fiscales y con la propuesta de congelación. Es conveniente recordar que para aquellos vecinos y vecinas que tienen una situación económica delicada, el Departamento de Bienestar Social gestiona ayudas de devolución de las tasas y otro tipo de ayudas sociales, que vienen a dar una cobertura

Page 6: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 6

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

económica a esas situaciones sociales más precarias. Es importante destacar que, aunque se van a congelar, si hay algún vecino o vecina que tiene algún problema para pagar estas tasas, el Departamento de Bienestar Social, concede ayudas. En su opinión, la polémica por la tasa de las bodas es absolutamente estéril y ficticia. Estamos hablando de un servicio que van a pagar las personas que voluntariamente decidan casarse aquí, porque se pueden casar por la iglesia, donde también les cobran, o se pueden casar en el juzgado, que es gratuito. Sólo se pretende cubrir una serie de costes que se producen derivados de la actividad, aunque el precio público que vamos a cobrar no sirve para pagar ni tan siquiera los costes del conserje. No estamos hablando de un afán recaudador, sino de introducir la mentalidad de que, si quieres un servicio, tienes que pagar por él, pues es razonable que se pague por los servicios. El PNV ha dicho que va a votar a favor de la ordenanza fiscal nº 7, reguladora de los precios de cultura, y en esa ordenanza están incluidos los precios públicos por utilizar Santa Clara o por utilizar el cívico; es exactamente igual. ¿Por qué cobramos por utilizar el cívico a una asociación que no sea de Portugalete y no podemos cobrar a una persona que viene a casarse al Ayuntamiento? En el momento en el que encendemos la luz, el Ayuntamiento tiene un gasto. Si no hay ningún problema en cobrar a las personas o entidades que utilizan Santa Clara o el cívico, ¿por qué no vamos a cobrar parte de los gastos que genera una boda?. No hay más que acudir al Ayuntamiento un lunes para comprobar que están las escaleras llenas de confeti, arroz, flores; eso tiene unos costes adicionales de limpieza y tiene también los costes salariales del conserje. El Ayuntamiento de Portugalete va cobrar 50 euros; el de Barakaldo este año está cobrando 94, y el de Leioa a la gente que no está empadronada en el municipio le cobra casi 500. A él el palacio de Artaza y el Ayuntamiento de Portugalete le parecen igual de dignos. Cincuenta euros no es una cantidad desorbitada y además estamos hablando no de cobrar una actividad, sino de cobrar los gastos derivados de la apertura del Ayuntamiento. Por lo tanto, beneficios tampoco hay. A su entender, esta polémica que se ha suscitado no es más que es una estrategia para desvirtuar lo que hoy traemos a Pleno, que es la buenísima noticia de que vamos a congelar los impuestos, tasas y precios públicos a las vecinas y vecinos de Portugalete. Esa es la noticia; el resto le parece una anécdota, porque estamos hablando de 50 euros para aproximadamente 30 parejas que se suelen casar al año, no tiene afán recaudador y además también se cobra por utilizar otros espacios, como Santa Clara o el cívico. Es importante inculcar a las vecinas y vecinos la mentalidad de que los servicios hay que pagarlos para darles un uso más racional. Por lo tanto, si el Ayuntamiento está teniendo unos costes por las bodas, derivados no de la actividad sino de la apertura del Ayuntamiento, conserjes y limpieza adicional, eso se tiene que repercutir, como dice la Norma Foral, que dice que todas las ordenanzas fiscales tienen que tender a cubrir el coste del servicio.

Page 7: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 7

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

A continuación interviene el Sr. BASAGOITI ELORZA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): Admite que en cierta medida esta tasa es algo anecdótico, porque afecta a treinta parejas y son 1.500 euros lo que se recauda. Pero la realidad es que no se puede cobrar, porque está prohibido, por la celebración del matrimonio civil; en todo caso se cobraría por el uso del salón de plenos. Aún así, eso plantea dudas de legalidad. Otros ayuntamientos tienen ordenanzas que establecen el cobro por la prestación de servicios derivados de la celebración de bodas civiles, y tienen incluso la opción de hacerlo en el salón de plenos o en un edificio emblemático. Por ejemplo, Leioa en el palacio de Artaza, y el Ayuntamiento de Santander en el palacio de La Magdalena; existen varias posibilidades y ofrecen diversas opciones y servicios también diversos. Entonces, en función de cuál escoges, pagas o no, o pagas menos. Pero nosotros nos reafirmamos en que, para lo que supone, que tampoco cubrimos los gastos que nos suscita, no merece la pena establecer esta tasa. Sin ir más lejos, la página web del Departamento de Justicia del Gobierno Vasco dice literalmente que: “El expediente y la ceremonia de matrimonio civil son gratuitos, y no es admisible que algunos ayuntamientos impongan tasas o precios públicos a los particulares por la utilización de sus locales. Si el juez tiene conocimiento de ordenanzas municipales que no se concilien con la gratuidad de los actos del Registro Civil, deberá poner los hechos en conocimiento de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la localidad.” Toma la palabra el Sr. ALCALDE y recuerda que lo más importante es que todos vamos a votar a favor de las ordenanzas fiscales y de los impuestos, que es lo que afecta al 99,99 de la gente de Portugalete. Ningún ciudadano de Portugalete va a pagar ni un céntimo de euro más de lo que pagaba hace dos años; esa es la noticia, y eso es lo importante. Ese esfuerzo lo hace el Ayuntamiento porque creemos que en estas épocas lo tiene que hacer, aunque lo suframos en nuestras arcas públicas porque se nos merman los ingresos mientras que todo sube: pagamos más por el agua, la luz, los contratos, sube el IVA. Pero intentamos no repercutirlo a los ciudadanos y eso vamos a aprobar aquí todos juntos; todos vais a votar a favor, eso es lo importante. Respecto al tema bodas; el 99% de la gente no lo va a usar, porque es voluntario. Aquí vienen los novios y preguntan cuánto hay que pagar, el 99% de los novios lo preguntan y decimos no, nada, es gratis, pero todos lo preguntan. Además, habláis todos de tasas y es precio público, precio público por usar unas instalaciones municipales, como cuando alguien usa la casa de cultura o una sala municipal. En este caso se usa una instalación municipal que es el salón de plenos, y usarlo tiene un coste, y lo que se propone fijar es un precio público simbólico, porque es importante que se ponga en valor. Cuando alguien se casa por la Iglesia se paga veinte o cincuenta veces más. Y la gente que viene aquí no se va a dejar de casar por pagar 50 euros, que el día de su boda lo que les sobra es dinero. Lo hace por su convicción moral de querer casarse en un ayuntamiento o en una iglesia. No es la cantidad que se cobra sino la simbología, el porqué se tiene que cobrar por la utilización de un espacio público, porque cualquier cosa que queramos usar nosotros en otro sitio nos cobran. Ha dicho el concejal de EBB que en época de crisis no hay que crear nuevas tasas. El año pasado creamos una tasa la de cajeros automáticos y él voto a favor.

Page 8: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 8

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Pero la noticia importante de este Pleno es que los ciudadanos de Portugalete van a seguir pagando las mismas tasas, precios públicos e impuestos que hace dos años, y que el esfuerzo lo hace el Ayuntamiento para todos sus vecinos. Tendremos menos ingresos y tendremos que estirar más el euro, como lo hacemos siempre, pero ese es el esfuerzo que hacemos toda la corporación y todo el Ayuntamiento. No habiendo más intervenciones, el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo. “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Presidencia y Planificación Estratégica, de 13 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO : Aprobar provisionalmente la modificación de la ORDENANZA FISCAL Nº 6 Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas en los siguientes términos:

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 6 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

ANEXO

CALLEJERO FISCAL

PRIMERA CATEGORIA

VIA PUBLICA AVENIDA ABARO AVENIDA ALCALDE CANDIDO BUSTEROS CALLE ANTONIO GURRUCHAGA CALLE ARABA AVENIDA BALLONTI CALLE BERNARDO CASTET AVENIDA CARLOS VII CALLE CENTENARIO PUENTE COLGANTE CALLE CORREOS AVENIDA DE LA SIERRA AVENIDA DE LA VEGA DE IBARRA AVENIDA LOS HOYOS CALLE DOCTOR MARCOS DE ESCORIHUELA Y CONESA CALLE FERDINAN ARNODIN CALLE FRAY GABRIEL DE LAZURTEGUI CALLE GENERAL CASTAÑOS hasta los números 54 y 77 CALLE GIPUZKOA CALLE GREGORIO UZQUIANO AVENIDA LA PASTORA AVENIDA LIBERTADOR SIMON BOLIVAR AVENIDA LOS LLANOS

Page 9: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 9

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

CALLE MARIA DIAZ DE HARO CALLE NAFARROA CALLE SANTIAGO AVENIDA SAN CRISTOBAL CALLE ZUBEROA POLIGONO INDUSTRIAL BALLONTI

SEGUNDA CATEGORIA

VIA PUBLICA CALLE ALBERTO PALACIO CALLE ALMIRANTE CRISTOBAL MELLO PLAZA ATARAZANAS CALLE ARTURO CAMPION CALLE BIZKAIA CALLE CANTON DE LA IGLESIA CALLE CASILDA ITURRIZAR CALLE CONCEPCIÓN ARENAL CALLE COSCOJALES CALLE DANOK BAT PLAZA DEL SOLAR PLAZA DOCTOR FLEMING CALLE EL ABRA PLAZA EL CRISTO PLAZA GABRIEL CELAYA CALLE HERMANOS DE LA INSTRUCCIÓN CRISTIANA CALLE HERMANOS UBAO CALLE LOPE DE VEGA CALLE LOPE GARCIA DE SALAZAR CALLE MADRE TERESA DE CALCUTA CALLE MANUEL CALVO CALLE MARCELINO AMENABAR CALLE MARIANO CIRIQUIAIN CALLE MARTIN FERNANDEZ VILLARAN CALLE MUGAKOA CALLE ORTUÑO DE ALANGO hasta los números 29 y 36 CALLE PADRE CORTAZAR CALLE PEDRO SAN MARTIN AVENIDA PEÑOTA CALLE POETA LARRAÑAGA PLAZA RANCHERIA CALLE SALCEDO CALLE SANTA CLARA CALLE SANTA MARIA CALLE VALENTIN DE BERRIOCHOA CALLE VICTOR CHAVARRI

Page 10: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 10

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

TERCERA CATEGORIA

VIA PUBLICA CALLE ABATXOLO CALLE ALMIRANTE MARTIN VALLECILLA CALLE AZETA AVENIDA CAMPANZAR CALLE DOCTOR JOSE ZALDUA hasta los números 4 y 11 GRUPO EL METAL CALLE GENERAL CASTAÑOS de los números 56 al 72 y del 79 al 91 PLAZA GORBEAMENDI CALLE JULIO GUTIERREZ LUMBRERAS GRUPO LA FLORIDA PLAZA MAESTRO MATEO HERNANDEZ CALLE MAESTRO ZUBELDIA CALLE ORTUÑO DE ALANGO de los números 31 y 38 al final CALLE POETA DIAZ GAVIÑO CALLE PRACTICANTES ADAN Y GRIJALBA AVENIDA RAMON Y CAJAL AVENIDA REPELEGA CALLE RUPERTO MEDINA CALLE SAN IGNACIO CALLE SAN PEDRO CALLE SAN ROQUE TRAVESIA SIERVAS DE MARIA CALLE SOTERA DE LA MIER PLAZA URDIBAI

CUARTA CATEGORIA

VIA PUBLICA CALLE ALFONSO DEL POZO CALLE ALMIRANTE DIAZ DE LA PIMIENTA CALLE ANGEL CHOPITEA CALLE ARANTZA TRAVESIA ARANTZA CALLE AXULAR CALLE BAILEN CALLE BARRENGOITIA CALLE BUENAVISTA CALLE CARMEN GANDARIAS CALLE CRISTOBAL COLON PLAZA DARIO REGOYOS CALLE DOCTOR JOSE ZALDUA desde los números 6 y 13 al final CALLE EL FRONTÓN GRUPO EL PROGRESO

Page 11: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 11

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

CALLE ESTEBAN HERNANDORENA CALLE FEDERICO GARCIA LORCA PLAZA FILOMENA TROCONIZ CALLE FRANCISCO DE GOYA CALLE FRANCISCO DE BERRIOZABAL CALLE FRANCISCO PIZARRO CALLE GABRIEL ARESTI CALLE GENERAL CASTAÑOS desde el 93 y 74 hasta el final CALLE JUAN JOSE CONDE PELAYO PLAZA JOSE Mª MARTINEZ DE LAS RIVAS CALLE JUAN ANTONIO ZUNZUNEGUI CALLE JUAN DE LA COSA CALLE JUAN PEREZ DE ARANA CALLE JUAN XXIII CALLE LA ATALAYA CALLE LA CRUZ CALLE LA PAZ CALLE LEONARDO RUCABADO CALLE LEPANTO CALLE LUIS FERNANDEZ GOMEZ CALLE LUIS GALDOS CALLE MARIA VALLEJO CALLE MARTIN PEREZ ZABALLA CALLE MIGUEL DE CERVANTES CALLE MIGUEL DE UNAMUNO CALLE MIGUEL LOREDO AVDA. MIGUEL PEREZ DE HEREDIA CALLE MIRALRIO GRUPO MIRAMAR CALLE PALANGREROS CALLE PEDRO DE HEREDIA CALLE REYES CATOLICOS CALLE SAN JOSE CALLE SANCHO ARCHINIEGA CALLE SANCHO DE L A PEDRIZA CALLE SAN JUAN BAUTISTA CALLE SAN NICOLAS CALLE VAZQUEZ MELLA CALLE VICENTE DURAÑONA CALLE VIRGEN DE LA GUIA CALLE ZOMILLO

QUINTA CATEGORIA

VIA PUBLICA

CALLE ABARRA CALLE ARBINAGA CALLE ARTURO KAMPION

Page 12: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 12

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

CALLE BLAS DE OTERO CALLE BUENOS AIRES CALLE EL ROBLE CALLE ETAUREGUI CALLE FABULISTA SAMANIEGO CALLE FEDERICO MARTINEZ CALLE FORJA CALLE FUNDICION CALLE GALDAMES CALLE GRUMETE DIEGO CALLE HERMANOS ZUBIAURRE CALLE HERNAN CORTES CALLE JUAN LARREA CALLE JUAN SEBASTIAN ELCANO CALLE LA COLINA CALLE LA VID CALLE MAQUINARIA CALLE PIO BAROJA CALLE TUBOS GRUPO VILLANUEVA

SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia y en un diario de la mayor difusión del Territorio Histórico. CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO : La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación.” 1.06.- SE PROPONE, APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA

MODIFICACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2011, DEL EPÍGRAFE D) PRECIOS PÚBLICOS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR EL ÁREA DE CULTURA, DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACI ÓN DE ACTIVIDADES.

No habiendo intervenciones el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo.

Page 13: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 13

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

“En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Presidencia y Planificación Estratégica, de 13 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO : Aprobar provisionalmente establecimiento, fijación y ordenación del EPIGRAFE D) PRECIOS PUBLICOS POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES Y PRESTACION DE SERVICIOS POR EL AREA D E CULTURA de la ORDENANZA FISCAL Nº 7 Reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades en los siguientes términos: “ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS O REALIZACION DE ACT IVIDADES

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS O

REALIZACION DE ACTIVIDADES EPIGRAFE D) PRECIOS PUBLICOS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y PRESTACION DE SERVICIOS POR EL AREA D E CULTURA A) ACTIVIDADES DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA 1) CURSOS DE ARTE Y ARTESANIA Y DIVERSOS/precio público entre 0 y 100,00 euros El precio público a aplicar a cada curso, se establecerá teniendo en cuenta la duración del mismo y el coste que suponga su realización. B) SERVICIO DE VISITAS (Museo RIALIA) Audioguía. El precio se fijará entre 0 y 6,00 euros C) TARIFA TALLERES DIDÁCTICOS (Museo RIALIA) Talleres didácticos, el precio se fijará entre 0 y 100,00 euros D) OTRAS ACTIVIDADES (Museo RIALIA) Otras actividades culturales, el precio se fijará entre 0 y 200,00 euros 14) TORRE DE SALAZAR (Museo RIALIA) Uso de sala de exposición itinerante.

• Quincena, entre 0 y 200,00 euros • Mes entre 0 y 400,00 euros

SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia y en un diario de la mayor difusión del Territorio Histórico.

Page 14: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 14

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado.

QUINTO : La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación.” 1.07.- SE PROPONE, APROBACIÓN PROVISIONAL DEL

ESTABLECIMIENTO, FIJACIÓN Y REGULACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2011, DEL EPÍGRAFE M) PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DERIVADOS DE LA CELEBRACIÓN DE BODAS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE, DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES.

No habiendo intervenciones, el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE) y PP, que suman 10 votos. Votan en contra los grupos políticos municipales Eusko Abertzaleak EAJ-PNV, EBB y el Sr. CASTAÑO MORENO (PP), que suman 9, y, por lo tanto, se aprueba el siguiente acuerdo. “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Presidencia y Planificación Estratégica, de 13 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO : Aprobar provisionalmente establecimiento, fijación y ordenación del EPIGRAFE M) POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CELEB RACIÓN DE BODAS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE PROTUGALETE de la ORDENANZA FISCAL Nº 7 Reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades en los siguientes términos: “ORDENANZA FISCAL Nº 7 REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS O REALIZACION DE ACT IVIDADES EPIGRAFE M) POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CELEB RACION DE BODAS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE ARTICULO 1.- De conformidad con lo previsto en la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre de Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Portugalete establece el precio público por la “Prestación del servicio de celebración de bodas civiles en el Ayuntamiento”, que se regirá por la presente Ordenanza, que se ajusta a lo dispuesto en los artículos 44 a 50 de dicha Norma Foral.

Page 15: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 15

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

ARTICULO 2.- OBLIGADOS AL PAGO Están obligados al pago de este servicio público quienes se beneficien del servicio prestado y lo hubieren instado de este Ayuntamiento. No obstante, para poder optar a la prestación de este servicio será necesario que, en el momento de la solicitud, se justifique alguna vinculación con este municipio. ARTICULO 3.- DEVENGO La obligación del pago del precio público nace en el momento de presentar la solicitud de la prestación del servicio, entendiéndose por tal inicio la recepción de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento. Los solicitantes del servicio presentarán simultáneamente, junto con la solicitud, justificante del ingreso del importe del precio público. En el supuesto de que los solicitantes desistieran del servicio solicitado, procederá la devolución del 75% del importe abonado. ARTICULO 4.- CUANTIA La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza se fija en 50,00 €. DISPOSICION FINAL La presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la corporación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2010 y comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2011, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa” SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia y en un diario de la mayor difusión del Territorio Histórico. CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO : La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación.” 1.08.- SE PROPONE, APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA

MODIFICACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2011, DEL EPÍGRAFE D) INDUSTRIAS CALLEJERAS O AMBULANTES, DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 8, REGULADORA DE TASAS POR LA UTILIZACIÓN

Page 16: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 16

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

No habiendo intervenciones el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo. “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Presidencia y Planificación Estratégica, de 13 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO : Aprobar provisionalmente la modificación de del EPIGRAFE D) INDUSTRIAS CALLEJERAS O AMBULANTES de la ORDENANZA FISCAL Nº 8 Reguladora de Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal en los siguientes términos:

“MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 8 REGULADORA DE TASAS POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O EL APROVECHAMI ENTO

ESPECIAL DEL DOMINIO PULICO MUNICIPAL

EPIGRAFE D) INDUSTRIAS CALLEJERAS O AMBULANTES

NORMAS DE APLICACIÓN DE LAS TARIFAS Como norma general, el pago de tasas por el ejercicio de venta ambulante en el término municipal de Portugalete se realizará en un único pago, que se efectuará una vez concedida la autorización y con carácter previo a la entrega de la tarjeta identificativa. Como excepción, en los “mercados periódicos” los pagos serán semestrales. El primer pago se efectuará una vez concedida la autorización y con carácter previo a la entrega de la tarjeta identificativa. El segundo pago y sucesivos, hasta la finalización del periodo de vigencia de la autorización, se realizará el mes anterior al inicio del semestre. En todos los casos, de no acreditarse su pago, no se expedirá la tarjeta identificativa, se extenderá diligencia acreditativa del incumplimiento y se procederá al archivo de la solicitud. SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia y en un diario de la mayor difusión del Territorio Histórico. CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO : La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Page 17: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 17

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación.” 1.09.- SE PROPONE, APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE REDUCCIÓN DE

DÉFICIT DERIVADAS DEL REAL DECRETO LEY 8/2010 DE 20 DE MAYO.

El Sr. ALCALDE: explica brevemente el asunto y cede la palabra a los grupos municipales. Toma la palabra el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) y manifiesta lo siguiente: “Se trae aquí la aplicación de todo lo que hasta ahora hemos venido discutiendo como consecuencia de las medidas del Gobierno Central, es decir, reducir los sueldos de los funcionarios. Ahora se trata de aplicarlo en base a lo que planteaba aquella medida. En su momento estuvimos en contra de esa medida; en consecuencia, ahora no vamos a cambiar, puesto que es aplicar aquello a lo que en su momento ya votamos en contra”. A continuación interviene el Sr. PEREZ HERNANDEZ (PP) y dice: “No se trata de una medida agradable ni fácil, pero es necesaria. Tal vez se podían haber adoptado otro tipo de medidas en otro momento, mucho antes, pero bueno, es lo que toca. Estamos hablando de una reducción del 5% en los costes de personal. Va a afectar a un segmento social que goza del privilegio, entre comillas, de contar con un empleo estable en un contexto de cuatro millones de parados y una tasa de paro del 20%. Insisto: no es una medida ni agradable ni fácil, pero hay que ser consecuentes. Se va aplicar con un criterio de proporcionalidad en función del nivel de renta y nuestro grupo va a votar a favor, sabiendo que es una medida con un componente antisocial y que no es fácil ni agradable. Ningún grupo querría haber tenido que aplicarla.” Seguidamente interviene el Sr. MIRANDA GARATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): y comenta que se trata de un tema que deriva de un Real Decreto Ley. No queda más remedio que ajustarnos a las medidas que nos vienen impuestas por normativa legal. En su momento se discutieron estas medidas, muchos grupos políticos se manifestaron en contra, pusieron sus pegas y llega el momento de aplicarlas en Portugalete. Nos ajustamos a lo que marca la medida, pero de alguna manera hay que reflejar la postura de cada grupo político. Es una medida por imperativo legal, no vamos a impedir que se apruebe pero debemos reflejar una postura de protesta, pues no estábamos de acuerdo con aquellas medidas que se establecieron, con lo cual nos abstendremos. Interviene el Sr. ALCALDE y dice que: al ser un Real Decreto Ley, es de obligado cumplimiento. A nadie, a ningún trabajador del Ayuntamiento de Portugalete le gusta que le reduzcan un 5% su sueldo, o la masa salarial en conjunto de los gastos de personal en un 5%. Viene marcado por una situación económica muy complicada, por lo que es de entender que todos tenemos que hacer ese esfuerzo, y al personal funcionario y laboral le toca hacer ese esfuerzo. Es un esfuerzo que se hace de forma progresiva; es decir, los que más sueldo tienen son los que más van a aportar y los que menos cobran son los que menor incidencia tendrán

Page 18: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 18

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

en sus salarios. No toda la rebaja la hemos traducido en salario para que los funcionarios no tengan esa merma importante en el salario mes a mes, sino en la paga extra de noviembre. Y lo otro lo hemos hecho reduciendo otros conceptos como los préstamos al consumo o unas plazas de personal funcionario, de forma que trasladásemos a los funcionarios la menor carga posible de esta reducción. No es del gusto de nadie, pero es necesario en este momento y en la medida de cada uno tenemos que contribuir a ello. No habiendo más intervenciones, el Sr. Alcalde somete el punto a votación. Votan a favor los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE) y PP, que suman 10 votos. Vota en contra el grupo político municipal EBB, que suma 1. Se abstiene el grupo político municipal Eusko Abertzaleak EAJ-PNV y el Sr. CASTAÑO MORENO (PP), que suman 8, y, por lo tanto, se aprueba el siguiente acuerdo: “El Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo adopta una serie de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público derivada de la reacción conjunta de la Unión Europea en defensa de sus países miembros y del euro, como respuesta a las dudas sobre la capacidad de determinados países para corregir los déficits y devolver su deuda. A ello responden las medidas incluidas en el citado Real Decreto Ley cuyo objetivo se concreta en reducir un cinco por ciento de la masa salarial, en términos anuales. En concreto, el Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, dispone que en un escenario económico caracterizado por la intensidad de la crisis económica con origen en la crisis financiera internacional y con efectos sobre el crecimiento y el empleo, resulta urgente adoptar medidas de contención de los gastos de personal de las diversas administraciones públicas, indicando a continuación que su objetivo es “reducir un cinco por ciento de la masa salarial en términos anuales”, reducción que según dispone “es de obligada aplicación a todas las administraciones, lo que supondrá un importante ahorro para las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, dado el importante peso que el empleo público tiene en las mismas”. La Comisión Ejecutiva de EUDEL acordó en fecha 27 de mayo de 2010 que en cuanto a la reducción de las retribuciones de los empleados públicos, EUDEL debía proponerse una actuación conjunta y coordinada con el resto de instituciones ─Diputaciones Forales y Gobierno Vasco─, para concretar tanto el alcance como los efectos del Decreto Ley. Dando cumplimiento a dicho acuerdo, y sin perjuicio de las diferencias y particularidades propias de cada institución, se ha mantenido esa coordinación como principal línea de trabajo, partiendo de la premisa compartida de que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, nuestra singularidad posibilita ciertos márgenes de cara a la concreta aplicación de este Real Decreto Ley de obligado cumplimiento, como se desprende de la Ley 3/2010, de 24 de junio, del Parlamento Vasco que modifica la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Vasca para 2010, que lo aplica en Euskadi. Dando cumplimiento a todo ello, el Acuerdo que a continuación se desarrolla tiene por objetivo lograr una disminución del 5% de la masa salarial en términos anuales, parte de la cual deberá provenir de la reducción de las retribuciones del personal de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 1.2 y 1.3 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por los que se modifican diversos apartados del artículo 22 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, artículos todos

Page 19: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 19

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

ellos de carácter básico, tal y como explícitamente recoge la propia Disposición Final Segunda del Real Decreto Ley 8/2010. Sin perjuicio de lo anterior, y en cuanto a la concreta aplicación de esta medida, resulta razonable interpretar que, al igual que se ha hecho por las demás instituciones públicas vascas, la reducción de las retribuciones obedezca a un criterio de progresividad, de tal manera que sean las retribuciones más altas las que deban contribuir con un porcentaje mayor, para lo cual se fijan unos tramos de retribuciones en los que, inspirados en el punto 1 b.2.2. III del artículo 5 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Vasca para 2010, redactado según la mencionada Ley 3/2010, se aplica dicha progresividad para el conjunto de las Corporaciones Locales Vascas a propuesta de EUDEL. Esta misma progresividad resultaría aplicable al personal laboral dado el principio inspirador que regula el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal de las Instituciones Locales Vascas UDAHITZ, de establecer iguales condiciones de trabajo para el personal laboral y funcionario, siendo así que explícitamente se recoge, en el Título II, artículos 64 y siguientes, para el personal laboral una estructura retributiva equivalente con los mismos conceptos retributivos que para el personal funcionario. De todo ello se deriva que resulte razonable aplicar las mismas deducciones progresivas a ambos colectivos. La asunción de estas medidas extraordinarias derivadas del Real Decreto Ley 8/2010 precisa que el Ayuntamiento de Portugalete adopte una serie de modificaciones que posibiliten su aplicación efectiva, que son las que se detallan en el contenido del presente Acuerdo. En este sentido resulta ineludible que, al igual que se contempla en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Ley 8/2010, con efectos de uno de junio de 2010, se proceda a la suspensión parcial del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal de las Instituciones Locales Vascas UDALHITZ en los términos necesarios para la aplicación del Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo y del presente Acuerdo, y en concreto, las medidas de contenido económico. Con fecha 22 de junio de 2010 y, posteriormente, con fecha 30 de junio de 2010, EUDEL convocó a la Comisión Paritaria de Interpretación, Conciliación y Mediación de UDALHITZ con el fin de informar, y en su caso acordar, con las organizaciones sindicales tanto las medidas y criterios derivados del Real Decreto Ley, como la suspensión parcial del Acuerdo en los términos manifestado. En dicha Comisión no fue posible alcanzar un acuerdo. Como quiera que las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Portugalete, reguladas por los acuerdos de Pleno de 23 de diciembre de 2008 y 30 de noviembre de 2006, se inspiran, con las correspondientes adaptaciones, en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal de las Instituciones Locales Vascas UDALHITZ, y es norma de la política de personal del Ayuntamiento seguir los criterios emanados desde EUDEL, sin perjuicio de las adaptaciones que se acuerden con la representación del personal municipal, el Pleno Municipal hace suyos estos criterios, así como los derivados de los citados Real Decreto Ley 8/2010 y Ley 3/2010 y, en base a ellos, se adoptará el presente acuerdo.

Page 20: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 20

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

No obstante la anteriormente mencionada suspensión parcial de UDALHITZ, el Ayuntamiento de Portugalete manifiesta su compromiso con la negociación colectiva como forma de regular las condiciones de trabajo del personal municipal, sólo afectada por el cumplimiento de la normativa legal vigente promulgada como consecuencia de las circunstancias excepcionales de índole económica que han afectado a las instituciones públicas, por lo que el impacto de la suspensión, salvo la reducción de retribuciones que se desarrollará más adelante, afectará exclusivamente a aspectos que incidan directamente en el gasto presupuestario y, como medida más relevante, a la suspensión del artículo 100 que regula los préstamos de consumo. Más allá de la reducción de retribuciones y la suspensión de la concesión de préstamos de consumo, el Ayuntamiento ha adoptado medidas para la reducción del gasto, de las que resulta necesario destacar la reducción de plazas en la convocatoria de Agentes de Policía Municipal, lo que representa una importante economía presupuestaria. En consecuencia, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Presidencia y Planificación Estratégica, de 13 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO.- El Ayuntamiento de Portugalete ha adoptado y adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el RDL 8/2010, de 20 de mayo y en la Ley 3/2010, de 24 de junio, y así establecer una reducción de los gastos de personal para el año 2010 en un 5% en términos anuales para el periodo de Junio a Diciembre, es decir ocho catorceavas partes del porcentaje del 5%, es decir del 2,86% teniendo en cuenta el porcentaje de dicha reducción. SEGUNDO.- En aplicación de lo anteriormente expuesto, el concepto retributivo sueldo a percibir por el personal al servicio del Ayuntamiento, a partir del 1 de junio de 2010, será el contemplado en los artículos 1.2 y 1.3 del RDL 8/2010 de 20 de mayo, por los que se modifican los apartados DOS y CINCO del artículo 22 de la Ley 26/2009 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, en los términos del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 25 de junio de 2010. TERCERO.- A fin de garantizar que las medidas adicionales de reducción se apliquen con criterios de progresividad entre los diversos niveles retributivos existentes en el Ayuntamiento, los cargos públicos y los empleados municipales tendrán la reducción anual en términos porcentuales que se determina en la siguiente tabla:

ENTRE € Y € DESCUENTO EN % 70.000, 01 más cantidad 2,86 65.000,01 70.000,00 2,78 61.257,34 65.000,00 2,72 59.547,58 61.257,33 2,68 57.837,42 59.547,57 2,62 56.127,26 57.837,41 2,55 54.418,32 56.127,25 2,48 52.707,46 54.418,31 2,38 50.997,43 52.707,45 2,25 49.287,01 50.997,42 2,20 47.577,93 49.287,00 2,15 45.867,22 47.577,92 2,10 44.157,61 45.867,21 2,05

Page 21: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 21

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

42.447,44 44.157,60 1,97 40.737,54 42.447,43 1,91 39.027,25 40.737,53 1,86 37.317,22 39.027,24 1,82 35.607,20 37.317,21 1,81 33.897,16 35.607,19 1,73 32.187,26 33.897,15 1,65 30.703,14 32.187,25 1,55 29.219,30 30.703,13 1,05 27.735,30 29.219,29 0,95 26.251,44 27.735,29 0,78 24.870,67 26.251,43 0,68 24.870,67 menos cantidad 0,56

La presente tabla se aplicará a las retribuciones fijas y periódicas que, por todos los conceptos, se perciban en cada puesto de trabajo, excluyendo únicamente las retribuciones variables y los trienios. Para aplicar este criterio se hará uso con carácter prioritario el presente año de la paga extraordinaria del mes de Noviembre. Para ello la parte afectada de la paga extraordinaria de Noviembre por el concepto complemento específico tramo general se reducirá en las cuantías señalas en el anexo a este acuerdo. En los casos no contemplados en el anexo se actuará por analogía. CUARTO.- Los cargos públicos con dedicación exclusiva y el personal eventual, verán reducidas sus retribuciones en un porcentaje idéntico al aplicado al empleado público de similar retribución, que se aplicará en la parte de la paga extra afectada por el concepto sueldo. QUINTO.- Se acuerda con efectos de uno de junio de 2010 la suspensión parcial del acuerdo de Pleno de 23 de diciembre de 2008, que aprueba el Reglamento del personal al servicio del Ayuntamiento y sus condiciones de trabajo en los términos imprescindibles para la correcta aplicación del Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo y del presente Acuerdo, y en concreto, los aspectos que incidan en el gasto presupuestario y, como medida más relevante, la suspensión del artículo 100 que regula los préstamos de consumo. SEXTO.- De conformidad con la normativa vigente, los recursos obtenidos de la aplicación de las medidas de reducción de costes de personal derivados del RD 8/2010 de 20 de mayo tendrán por finalidad la adopción de aquellas medidas de actuación necesarias para mejorar la situación económico-financiera de la institución. SÉPTIMO.- Se faculta al Alcalde a fin de que en el ejercicio de su cargo pueda adoptar cuantas medidas resulten necesarias para el cumplimiento efectivo del presente Acuerdo. OCTAVO.- Del presente Acuerdo se dará traslado a la Asociación de Municipios Vascos EUDEL.”

Page 22: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 22

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

1.10.- SE PROPONE, APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENAN ZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE EN EL MUNICIPIO DE PORTUGALETE.

El Sr. Alcalde cede la palabra al concejal responsable del área que ha tramitado la ordenanza. Toma la palabra el Sr. ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE) para manifestar lo siguiente: traemos aquí la aprobación de una ordenanza, cuyo objetivo es adecuarse a la directiva de 2006, del Parlamento Europeo, de servicios, y a la correspondiente transposición estatal y autonómica. El borrador de ordenanza se entregó a los grupos municipales con un mes de antelación, han tenido ocasión todos de revisarla, de estudiarla y en la última comisión también se debatió este asunto y se aclararon las dudas que plantearon los grupos municipales. También se ha entregado a los propios afectados, y hoy la traemos aquí para su votación. A continuación el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) retrotrayéndose a lo manifestado en el punto 1.05, reitera que, respecto a la ordenanza fiscal sobre venta ambulante, está muy bien que todos los ayuntamientos regulen este tipo de situaciones, porque todos nos acordaremos de la desgracia que supuso para muchos ciudadanos la famosa venta del aceite de colza, porque se vendía de manera fraudulenta, en la calle, en furgonetas, que es una manera de provocar una catástrofe como la que provocó la venta de aquel producto. Interviene el Sr. PEREZ HERNANDEZ (PP) y dice: La ordenanza incorpora y se adapta a la reglamentación de la directiva europea de libertad de establecimiento y prestación de servicios del denominado mercado interior y, por lo tanto, supone una adaptación y una serie de mejoras en los preceptos rectores hasta entonces vigentes. Somos conscientes de las dificultades que entraña regular una actividad tan compleja como la venta ambulante, pero debemos valorar las oportunidades que esta ordenanza abre en cuanto a reglamentación de la actividad. En la comisión informativa se explicaron en profundidad algunos aspectos del texto, algunas dudas de los grupos políticos. Despejadas las dudas de legalidad sobre la comunicación vía teléfono móvil, así como otras cuestiones que se plantearon en esa comisión, estimamos que la ordenanza cumple con los requisitos legales para su aprobación. Esta actividad supone en cierto modo una competencia con el comercio tradicional, pero no debemos olvidar que una parte importante de la ciudadanía de Portugalete recurre a este tipo de servicios por precio y variedad de oferta. Con esta ordenanza se regulan aspectos esenciales de la venta ambulante, determinando los productos y sus características, en aras de una mayor seguridad de las personas usuarias. La ordenanza es absolutamente garantista de los derechos de los consumidores; por eso este grupo va a votar a favor.

Page 23: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 23

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

A continuación interviene el Sr. MIRANDA GARATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): Como ya se ha dicho, esta ordenanza fue debatida ampliamente en la comisión, se despejaron todas las dudas que teníamos desde el Partido Nacionalista. Se modificó en el artículo 34 un error y se ha puesto conforme a la ley el tema de los recursos, y se nos han despejado las dudas que nosotros planteamos, especialmente en el tema de los SMS. La ordenanza se adapta a la normativa, tiene cuestiones de fondo importantes que regula, como la posible desaparición de mercadillos, su traslado etc. que son cosas que deberemos afrontar, porque el área donde se encuentra el mercadillo está sujeta a una regulación urbanística y tendrá que amoldarse. La ordenanza deja resuelto este tema y otros. Es una ordenanza garantista y adecuada para Portugalete, por lo cual nosotros vamos a dar nuestro apoyo, en vista de que se han visto satisfechas las dudas y peticiones que planteábamos en la comisión. No habiendo más intervenciones, el Sr. Alcalde somete el punto a votación. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “El Ayuntamiento de Portugalete en fecha 23 de diciembre de 1995 aprobó la ordenanza reguladora de la venta ambulante en Portugalete. La aprobación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior y su transposición a diferentes normativas estatales, nos obliga a modificar la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en Portugalete, vigente hasta este momento. Visto el informe de los Servicios Técnicos verificando que la Ordenanza elaborada se ajusta a los requisitos exigidos en las diferentes Normativas de aplicación, Previo dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Acción ciudadana, de 18 de octubre de 2010, se acuerda: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el municipio de Portugalete. El texto completo de la Ordenanza es el siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA VENTA AMBULANT E EN EL MUNICIPIO DE PORTUGALETE EXPOSICION DE MOTIVOS

El objetivo de la presente Ordenanza es dotar de un marco de oportunidades, objetividad y libre competencia a los profesionales de esta actividad protegiendo a su vez a consumidores y usuarios dentro del ámbito de competencias de las entidades locales, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 7/85 de la Ley Reguladora de las Base del Régimen Local.

La Ordenanza se elabora de conformidad con lo con lo establecido en la Directiva

2006/123 CE del Parlamento Europeo relativa a la libertad de establecimiento y prestación de servicios respetando los principios de la Directiva y de la normativa estatal y autonómica para la

Page 24: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 24

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

transposición de aquella. Cabe destacar la ley 17/2009 de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios que establece la necesidad de limitar el número de autorizaciones otorgadas cuando esté justificado por la escasez de recursos naturales o inequívocos impedimentos técnicos; en estos supuestos el procedimiento establecido para otorgar la autorización garantizará en todo caso el cumplimento de los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.

Así mismo se ha utilizado también como base para la elaboración de esta Ordenanza la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Título preliminar

Ámbito de aplicación Art 1 La presente Ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de la Venta Ambulante en el término municipal de Portugalete. Art 2 .- Venta ambulante. Concepto Se considera venta ambulante aquella realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente cualquiera que sea su periodicidad y el lugar donde se celebre. El ejercicio de la venta ambulante requerirá de previa autorización municipal

Capitulo I Modalidades de venta

Art 3 .- Tipos de venta ambulante 1º.-Constituyen modalidades de venta ambulante sujetas al ámbito de aplicación de la presente ordenanza las siguientes:

a) Venta en mercadillos periódicos, son aquellas agrupaciones de puestos de venta de carácter tradicional o de nueva implantación, ubicados en lugares o espacios determinados. Estos sólo se podrán celebrar un máximo de dos días a la semana.

b) Venta en mercados ocasionales, son las agrupaciones de puestos de venta que se instalan en espacios públicos no predeterminados con motivo de ferias, fiestas o eventos urbanos de toda naturaleza.

c) Venta en vía pública mediante puestos fijos de temporada, son los puestos singulares de venta que se instalan en diversos puntos del espacio público de Portugalete con carácter de temporada para la comercialización de diversos artículos

d) Venta en camiones-tienda, es aquella que se realiza utilizando un vehículo tipo furgoneta o camión acondicionado, de acuerdo a la normativa aplicable al transporte y venta de los productos autorizados. Queda expresamente prohibido en esta modalidad la venta de productos alimenticios

2º.- No se incluirán en este apartado los puestos de carácter no desmontables y por duración indeterminada destinados a la venta de los siguientes productos:

a) Puestos de churros y freidurías b) Puestos de helados c) Puestos de periódicos, revistas, ONCE y publicaciones periódicas

3º .- No se determina perímetro urbano exceptuado del ejercicio de la venta ambulante Art 4. – Mercados Periódicos 1. En el municipio de Portugalete se consideran mercados periódicos los denominados Mercado Hortofrutícola de producción propia, Mercado de Flores y Plantas y “El Mercadillo ” 2. Dentro del Mercado Hortofrutícola solo podrán venderse productos hortofrutícolas de producción propia. 3. Dentro del Mercado de Flores y Plantas solo podrán venderse plantas y flores ornamentales. Así como la venta de árboles navideños de especies no protegidas, que queda sujeta a la

Page 25: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 25

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

obtención por parte del vendedor, de la guía de venta, expedida en SEFOCONA y el cumplimiento de los requisitos exigidos para su venta . 4. Dentro del “El Mercadillo” los artículos cuya venta se autoriza en general son calzado, bolsos, textil de todo tipo, bisutería, artículos de regalo y de pequeño ornato, artesanía, menaje y ferretería, mercería, artículos y soportes musicales y audiovisuales, juguetes y cosméticos. Queda expresamente prohibida la venta de productos alimenticios, bebidas, plantas y animales. 5. Sólo podrán celebrarse un máximo de dos días a la semana. En la convocatoria pública que se realice al efecto, se señalará la ubicación, días, horarios de funcionamiento, lugar de recogida de las bases reguladoras del Mercado, número de puestos y plazo de presentación de las solicitudes. Art 5.- Mercados ocasionales 1.- Son aquellos que se celebran de manera no periódica en razón de fiestas o acontecimientos populares y otros de interés social ( deportivos, culturales o lúdicos). 2.- En la resolución que lo autorice se resolverá, entre otros, sobre su localización, las fechas de celebración, los productos de venta autorizados, número de puestos, todo ello de acuerdo a las bases reguladoras aprobadas. Art 6.- Venta en vía pública mediante puestos fijos de temporada La venta se realizará mediante la instalación de puestos desmontables o transportables, durante el tiempo y en los diferentes emplazamientos que a tal efectos se señalen por el órgano municipal competente, en el procedimiento de concurrencia que se promueva en orden a la adjudicación de los puestos de venta. Además de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la autorización de venta, en el caso de puestos transportables, las personas solicitantes deberán acompañar a la solicitud, el permiso de circulación del vehículo, carnet de conducir de la persona que lo utilice y documento acreditativo de haber superado la I.T.V. correspondiente. El Ayuntamiento podrá establecer un determinado modelo de puesto, de forma general o particular para determinados emplazamientos, que habrá que respetarse en todo caso por la personas solicitante y adjudicataria. Las tasas, que por ocupación privativa, han sido fijadas por el Ayuntamiento podrán ser considerados como tipos mínimos de licitación en los casos que el otorgamiento de autorizaciones se resuelva por procedimientos de concurrencia con licitación. Los puestos de venta de castañas, deberán limitarse a la venta de castañas asadas Art 7.- Queda prohibida en todo el término municipal la venta ambulante fuera de los supuestos previstos en la presente Ordenanza.

Capitulo II Del ejercicio de la venta ambulante

Art 8. – Competencias municipales 1º) Las autorizaciones del uso de espacios públicos serán concedidas por la Alcaldía

Presidencia y facultan a su titular a realizar la actividad, instalar u ocupar el espacio público, en las condiciones concretas con las que se otorgan. Las autorizaciones son personales e intransferibles salvo en los supuestos previstos en el art. 18.e, y no otorgan derechos subjetivos sobre el espacio público, son revocables por el Ayuntamiento en cualquier momento, sin derecho a indemnización, por razón de interés público, cuando las autorizaciones resulten incompatibles con las condiciones generales de utilización aprobadas con posterioridad a su otorgamiento, provoquen daños en el espacio público, impidan la utilización del espacio para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general, previamente justificadas en el expediente de revocación. La autorización siempre se entenderá otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero, no pudiendo ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en que hubiere incurrido la persona titular en el ejercicio de sus actividades, ni exime de la necesidad, en su caso, de obtener otras autorizaciones de competencia no municipal.

Page 26: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 26

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

2º) Es potestad de la Alcaldía-Presidencia autorizar la implantación de nuevos mercadillos periódicos, ocasionales, los puestos de temporada y aprobar sus bases reguladoras. Igualmente podrá suprimir los mercadillos, trasladarlos de emplazamiento, aumentar o reducir su número, variar la superficie de ocupación de los puestos, modificar los objetos o artículos que puedan ser objeto de venta en los mismos, imponer los modelos de instalaciones que se juzguen oportunos y resolver cuantas cuestiones se planteen en el ámbito de cada mercadillo. Art 9.- Requisitos para el ejercicio de la venta ambulante Para el ejercicio de la venta ambulante en el término municipal de Portugalete se requiere: 1.- Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades Económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa o , en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios. 2 .- Estar dado de alta la persona comerciante en el régimen de la Seguridad Social y estar al corriente del pago de las cuotas. Este requisito será exigible para el personal trabajador a su cargo y también para el personal colaborador, en número de dos como máximo. 3 .- Disponer de autorización municipal 4.- Satisfacer, en los plazos que se determinen, el pago de las tasas correspondientes. 5 .- Los prestadores de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo. 6 .- No tener la condición de persona deudora con este Ayuntamiento. 7.- Un número de teléfono móvil válido para la recepción de SMS, que identifique fidedignamente al interesado, durante el periodo de vigencia de la autorización a efectos de recibir las notificaciones/comunicaciones municipales. En caso de cambio de número de teléfono, este deberá ser comunicado al Servicio municipal competente en la tramitación de las autorizaciones de venta ambulante. 8.- Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad comercial en vigor y al corriente de pago 9.- Cumplir los requisitos higiénico sanitarios o de otra índole establecidos por las reglamentaciones específicas. Art 10.- Declaración responsable Las autorizaciones se otorgarán previa solicitud del interesado dirigida a la Alcaldía-Presidencia de una declaración responsable en la que manifieste:

a) Nombre y apellidos de la persona titular y en su caso del trabajador a su cargo o personal colaborador que no podrá exceder de dos el número de personas autorizadas junto al titular de la licencia.

b) En su caso, número del DNI, CIF, NIE c) Domicilio o razón social. d) Dirección para la recepción de las posibles notificaciones, comunicaciones y

reclamaciones durante el ejercicio de la actividad. e) En el caso de personas jurídicas, referencia al nombre, domicilio y DNI del empleado o

socio de la entidad que vaya a hacer uso de la autorización por cuenta de esta f) Lugar, fecha, horario o en su caso mercado para el que se solicita autorización g) Número de metros que precisa ocupar h) Cumplir los requisitos exigidos para el ejercicio de la venta ambulante en el término

municipal de Portugalete i) Estar en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la

actividad j) Consentir/autorizar la utilización de medios electrónicos para las

notificaciones/comunicaciones municipales. k) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización l) Cumplir con todas las condiciones exigidas por la Normativa reguladora del producto o

productos objeto de la venta ambulante

Page 27: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 27

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Art 11 .- Junto a la solicitud a la que se refiere el artículo anterior, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

a) Acreditación de estar dado de alta y al corriente del pago del impuesto de actividades económicas o, en su caso, en el censo de obligados tributarios o bien autorización al Ayuntamiento de Portugalete, para que verifique su cumplimiento

b) Documentación acreditativa de los criterios de adjudicación de acuerdo a las bases reguladoras que se determinarán en la correspondiente convocatoria.

Art 12 .- Procedimiento de selección 1º) Las autorizaciones se otorgarán de forma directa por el órgano municipal competente, a solicitud de la persona o entidad interesada, previa consideración de razones de interés general. De estar limitado su número serán otorgadas en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo a las bases reguladoras que se determinarán en la correspondiente convocatoria. Las tasas, que por ocupación privativa, han sido fijadas por el Ayuntamiento podrán considerarse como tipos mínimos de licitación en los casos que el otorgamiento de autorizaciones se resuelva por procedimientos de concurrencia con licitación. Se utilizará el sorteo como mecanismo de desempate de las solicitudes una vez valorados los diferentes factores. Se fuese necesario, se utilizará el sorteo o la licitación para la adjudicación del número de puesto.

2º) Si se advirtiera la existencia de algún error, defecto o inexactitud en la solicitud presentada, se le comunicará al solicitante, concediéndole un plazo de diez días para que proceda a su subsanación. Transcurrido dicho plazo sin haber procedido a la subsanación, la solicitud se archivará sin más trámites. 3º) Las resoluciones municipales favorables se comunicarán, por los medios más ágiles al efecto, electrónicos y/o normalizados, a la persona interesada a fin de que comparezca en la oficina competente, donde se le notificará el acto autorizante y se le facilitara la tarjeta de identificación correspondiente, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos previos exigidos. En caso de no acreditarse el cumplimiento de tales requisitos, no se expedirá la tarjeta, se extenderá diligencia acreditativa del incumplimiento y se procederá al archivo de la solicitud. En las autorizaciones de mercados periódicos aportaran una fotografía reciente, tamaño carnet, del titular de la autorización y personas colaboradoras. 4º) El silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio, de forma que no cabrá utilización del espacio sin autorización municipal. Art 13 .- Generación de vacantes y adjudicación de las mismas Los puestos que se queden vacantes en los diferentes mercados periódicos se ofertarán, en primer lugar, a los puestos colindantes. En el caso de que lo quieran ocupar, incrementarán la superficie a ocupar que figura en su licencia y por lo tanto la tasa a pagar por ocupación, manteniendo el resto de las condiciones de la autorización inalterables. En segundo lugar, serán adjudicados entre los peticionarios que no obtuvieron anteriormente la autorización y reunían todos los requisitos. Se tendrá en cuenta el orden, obtenido en el proceso de concurrencia competitiva. La duración de estas nuevas autorizaciones, tendrán como plazo máximo, el vigente hasta agotar el plazo pendiente de vencimiento del mercado. En tercer lugar, si se mantienen las vacantes y el Ayuntamiento lo considera necesario, podrán ofertarse, a los posibles interesados, mediante oferta pública durante el segundo semestre del año. Las solicitudes se resolverán por el procedimiento de concurrencia competitiva que al efecto se determine en las bases reguladoras. La mera presentación de solicitud en los procedimientos de concurrencia que se aprueben para el otorgamiento de las autorizaciones de venta ambulante faculta a la unidad municipal competente para verificar en las correspondientes administraciones la concreta situación de la persona interesada, al respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales así como su condición de no deudora con este Ayuntamiento.

Page 28: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 28

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Art 14 .- Autorizaciones municipales 1º.- La autorización municipal contendrá de forma expresa:

a) Identificación de la persona titular y en su caso del personal colaborador o trabajador a su cargo

b) Número de puesto del Mercado autorizado o en su caso, el concreto lugar en el que ejercer la actividad

c) Productos de venta autorizados d) Fechas y horarios del ejercicio de la actividad e) Periodo de validez de la autorización f) Superficie a ocupar g) Características de la instalación, en su caso.

2º .- La autorización conlleva la obligación de su titular de ejercer la actividad de forma personal, directamente o a través de la personas empleadas o colaboradoras debidamente autorizadas y se acreditará mediante la correspondiente tarjeta de identificación, que estará expuesta al público de forma fácilmente visible y a disposición de la autoridad municipal que la requiera y que contendrá:

a) La autorización municipal b) La dirección para la recepción de la posibles reclamaciones durante el ejercicio de la

actividad Solo se expedirá una autorización por persona física o jurídica en cada mercadillo. 3º.- En ningún caso podrá concederse a un mismo titular de licencia dentro del mismo periodo, más de una autorización para el ejercicio de la venta ambulante. Art 15.- Duración de las autorizaciones Las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados periódicos tendrán un período de vigencia de un año hasta un máximo de cuatro años, que se determinará en las bases reguladoras. Las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados ocasionales tendrán la duración correspondiente a los concretos eventos y festividades en el marco de los cuales tengan lugar. Las autorizaciones correspondientes al ejercicio de la venta en puestos fijos, desmontables o transportables y otros durarán la temporada que se determine para cada una de ellas pero podrán ser otorgadas por un plazo de hasta cuatro años en función de las inversiones que exija cada una de las modalidades y que se determinará en las bases reguladoras. Art. 16 .- Registro de comerciantes ambulantes 1.- A efectos de control y gestión del supuesto de venta ambulante en mercadillos se crea un registro municipal de comerciantes de venta ambulante que se confeccionará en el momento del otorgamiento de la autorización para el ejercicio de la actividad en cada mercadillo concreto, partiendo de los datos contenidos en la “declaración responsable”. 2.- Los datos contenidos en los registros serán actualizados de oficio y podrán ser objeto de intercambio de información con otras Administraciones Públicas de acuerdo a la Ley 17/2009 de 23 de noviembre sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Art 17.- Extinción de la autorización 1º.- Las autorizaciones para la venta ambulante se extinguirán por:

a) Caducidad por vencimiento de plazo b) Renuncia del titular c) Fallecimiento de la persona titular de la autorización o disolución de la empresa d) Impago de las tasas correspondientes e) Pérdida de todos a algunos de los requisitos exigidos para obtener la autorización. f) No asistir al mercado durante dos semanas consecutivas, sin previo conocimiento del

Ayuntamiento g) Supresión del mercado o del ejercicio de la venta ambulante en general en el término

municipal de Portugalete

Page 29: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 29

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

h) Como consecuencia de una sanción que conlleve la pérdida de la autorización i) La acumulación de tres requerimientos de subsanación de deficiencias o denuncias por

incumplimiento de las condiciones a que se sujetó su otorgamiento, sin perjuicio de las sanciones que por tales razones resulten procedentes

j) Por revocación establecida en el art.8.1 k) Por razones de planeamiento urbanístico u otros de interés general.

La extinción de la autorización por los motivos d) e) f) g) i) j) y k) requerirán la adopción de un acuerdo por el Órgano municipal competente, previa audiencia del interesado por un plazo máximo de 15 días.

Capitulo III

Derechos y obligaciones de las personas que ejerzan la venta ambulante Art 18 .- Las personas titulares de la autorización tienen derecho a:

a) Ocupar los puestos de venta para los que están autorizados. b) Ejercer pública y pacíficamente, en el horario y condiciones establecidas en la

autorización, la actividad de venta autorizada por el Ayuntamiento c) En el caso de supresión del mercado para el que se haya otorgado la autorización y en el

periodo de vigencia de esta , tendrá un derecho preferente a un nuevo puesto en el mercado que, en su caso, le sustituya y siempre que reúna las condiciones específicas exigidas

d) Presentar las reclamaciones y sugerencias que consideren oportunas en defensa de sus derechos e intereses y para el mejor funcionamiento del mercado en el que se autoriza el ejercicio de la actividad

e) Ser sustituidas por causa de fallecimiento o jubilación del titular de la autorización por su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el correspondiente registro, o familiar de 1º ó 2º grado, por consanguinidad o afinidad, quienes deberán cumplir las formalidades y requisitos exigidos en la Ordenanza. La sustitución, que en todo caso requerirá del formal reconocimiento municipal, estará vigente hasta agotar el plazo pendiente de vencimiento de la autorización.

f) En los Mercados periódicos, podrá constituirse una Junta de Representantes elegida democráticamente entre los titulares de los puestos del mercado, con un número mínimo de tres y máximo de cinco, intentando que su composición sea representativa de los géneros que en él se comercializan. Constituida la misma, se acreditará ante el Ayuntamiento presentando el acta de su constitución. La Junta de Representantes del mercado actuará como portavoz del mismo ante el Ayuntamiento, intentando dar soluciones a los temas que afecten al mismo.

Art 19 .- Son obligaciones de las personas autorizadas las siguientes: a) Las personas titulares de las autorizaciones de venta respetaran los perímetros y lugares

para el ejercicio de la venta que en ningún caso deberán coincidir con el acceso a lugares de uso público, privado o establecimientos comerciales o industriales. No podrán, así mismo, situarse de forma que impidan la visibilidad de sus escaparates o exposiciones, señales de tráfico y circulación.

b) La venta deberá realizarse en puestos o instalaciones desmontables de fácil transporte y en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público y que reúnan todos los requisitos establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación así como los que pudieran ser exigidos por la Administración Municipal. Todas las mercancías deberán exponerse al público debidamente protegidas y a una altura mínima de 60cm del suelo excepto aquellas que por su volumen o peso generen algún tipo de problema, previa autorización municipal.

c) En la venta ambulante de productos alimenticios, estos, deberán cumplir con todos los requisitos establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación así como los que pudieran ser exigidos por la Administración Municipal

Page 30: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 30

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

d) Deberán colocar en lugar visible la tarjeta de identificación otorgada por el Ayuntamiento. El incumplimiento de esta obligación así como la venta de productos no incluidos en la autorización dará lugar al levantamiento cautelar del puesto y en su caso decomiso de la mercancía, sin perjuicio, de la eventual incoación de actuaciones sancionadoras

e) En el desarrollo de su actividad mercantil deberán observar lo dispuesto en la Normativa vigente especialmente en lo que se refiere a la protección de la Salud Pública, el ejercicio del comercio, la disciplina del mercado, la protección de los consumidores y usuarios y el régimen fiscal y de la Seguridad Social. Siendo responsables en todo momento de sus productos, que no supongan fraude en calidad o cantidad, sean falsificados, no identificados o incumplan los requisitos mínimos para su comercialización.

f) Los puestos que expendan artículos que sean objeto de peso o medida, deberán disponer de báscula y metro reglamentario.

g) Informaran mediante cartel visible, de la dirección donde se atenderán, en su caso, las reclamaciones de las personas consumidoras. Estando obligadas a entregar recibo o justificante de la operación de compraventa, impreso en documento y por duplicado, cuyo contenido mínimo será el siguiente: .- Datos personales y/o Denominación .- DNI, CIF o NIE .- Domicilio o Razón social donde se atenderán las reclamaciones. .- Producto/s .- Cantidad .- Precio IVA incluido .- Fecha

h) No se podrán expender mercaderías fuera del puesto asignado, ni obstaculizar la libre circulación de los pasillos entre puestos.

i) Estarán obligadas a facilitar la documentación que les sea solicitada por el personal o

autoridad municipal. j) Los puestos de venta deberán ser atendidos por alguna de las personas que se señalan a

continuación: - En los adjudicados a personas físicas: su titular, cónyuge o pareja de hecho inscrita en

su correspondiente registro, familiar de 1º o 2º grado por consanguinidad o afinidad o persona trabajadora a su cargo.

- En los encargados a personas jurídicas: socio o socia de la entidad que figure de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social o persona trabajadora por cuenta de la misma.

Cada titular deberá nombrar a la persona colaboradora entre las anteriormente señaladas acreditando documentalmente al Ayuntamiento que cumple los requisitos exigidos, entre ellos la relación familiar, societaria o laboral que les une. Una vez comprobados estos extremos, la unidad administrativa competente autorizará a esta persona como colaboradora constatando su identidad de manera expresa en su tarjeta de identificación extendida a favor del titular Sólo se admitirán dos cambios de persona colaboradora durante el plazo de vigencia de la autorización. Está prohibida la presencia en el puesto de venta de persona no autorizada

k) La entrada de vehículos en el recinto del mercado para la realización de las operaciones de carga y descarga de los productos, se deberá llevar a cabo en las dos horas anteriores a la celebración del mismo y en la inmediata posterior a la terminación. Durante el horario de venta queda prohibida la circulación de vehículos en el interior del mercado

l) Durante y al finalizar el mercado, deberán dejar el lugar ocupado por el puesto y sus proximidades en buen estado de limpieza, retirando especialmente los desperdicios, envases, envoltorios y demás residuos ocasionados como consecuencia de la actividad.

m) Serán responsables de la reposición de los daños que pudieran inferir al pavimento, arbolado o bienes de dominio público en general todo ello con independencia de la responsabilidad en que pudieran incurrir por daños o lesiones causados a terceros derivados

Page 31: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 31

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

de su actividad, tanto en bienes como en sus personas, para lo que deberán poseer y acreditar el correspondiente seguro de responsabilidad civil.

n) Queda prohibida la utilización de aparatos acústicos, salvo autorización municipal expresa que deberá tener en cuenta los diferentes intereses en conflicto.

Capitulo IV

Régimen Sancionador Vigilancia e inspección de la venta ambulante

Art 20.- El Ayuntamiento de Portugalete, a través del personal de sus diferentes Servicios así como de la Policía Municipal, vigilará y garantizará el debido cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza y de la Normativa vigente en cada momento en materia de Venta Ambulante. Art 21.- 1º .- El personal funcionario adscritos a estos Servicios tienen la condición de agentes de la autoridad y harán efectivas las potestades municipales velando por el cumplimiento integro de la presente Ordenanza. A tales efectos podrán inspeccionar productos, actividades e instalaciones así como solicitar a los vendedores cuanta información resulte precisa en relación a los mismos. En sus actuaciones y debidamente acreditados, informarán del alcance de la actuación municipal, requiriendo el inmediato cese de las actividades y ocupaciones no amparadas en la preceptiva autorización municipal y advertirá de las consecuencias sancionadoras que pueden deparar tales utilizaciones, extendiendo acta de todo ello que podrá ser completada mediante el correspondiente informe. En caso de no ser atendido de forma inmediata u observarse reiteración en las utilizaciones no autorizadas, se hará constar tal circunstancia en orden a modular la responsabilidad del infractor. Las correspondientes denuncias, contenidas en las actas de inspección e informes, tendrán pleno valor probatorio respecto de los hechos objetivos así constatados. Las personas que se encuentren realizando las concretas utilizaciones tienen la obligación de identificarse ante el personal inspector, así como colaborar con su labor inspectora concreta. De no conseguirse voluntariamente la identificación se requerirá el auxilio de agentes de la Policía Municipal. 2º.- El personal actuante, adoptarán las medidas pertinentes entre ellas el levantamiento cautelar del puesto, en orden a evitar la venta ambulante que carezca de autorización o aún teniéndola, se desarrolle con evidente conculcación de las condiciones de la autorización, y habiéndose requerido su cese o regularización con anterioridad, no lo hayan cumplido, en especial en los siguientes casos:

a) Ejercicio de la Venta Ambulante sin la autorización municipal preceptiva. b) Venta de productos distintos a los autorizados. c) Ejercicio de la venta ambulante por persona/s diferentes a las autorizadas d) Ocupar un espacio distinto al autorizado

En estos casos se podrá realizar la intervención cautelar de las instalaciones, mercancías que obren en poder de la persona infractora. Así mismo, en el caso de que los productos puestos a la venta puedan, a juicio de la autoridad inspectora, ocasionar riesgos para la salud o seguridad de los consumidores o usuarios, no pueda ser correctamente acreditada su procedencia o suponga fraude en la calidad o cantidad, se podrá proceder a la intervención cautelar del género. De estos hechos se dará cuenta a la Alcaldía-Presidencia para iniciar el expediente sancionador correspondiente. Todos los bienes incautados serán trasladados al correspondiente depósito municipal, salvo los productos perecederos que serán destruidos. El resto de bienes serán devueltos siempre que se acredite su propiedad y sean de lícito comercio. Las tasas municipales por realización del decomiso, estancia en el depósito municipal e inspección del género, serán por cuenta de la persona usuaria, que habrá de satisfacerlos con anterioridad a retirar los mismos.

Page 32: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 32

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

El destino de los bienes incautados, sobre los que se ha determinado su decomiso como sanción accesoria, se indicará por la autoridad que resuelva el expediente y se establecerá atendiendo a las características del producto. Aquellos géneros o instalaciones en los sea imposible la identificación de su propietario por abandono de los mismos o en los que no habiendo ningún obstáculo para su devolución y no sean retirados por sus propietarios y/o no hayan satisfecho el pago de las tasas municipales u otras circunstancias similares y hayan transcurrido seis meses desde su retirada, sin que nadie haya solicitado su devolución, el destino de los mismos se establecerá por medio de una resolución del Concejal Delegado del Área responsable del servicio de Venta Ambulante atendiendo a las características del producto.

Capítulo V Infracciones y Sanciones.

Artículo 22.-De la competencia. Son infracciones a esta Ordenanza las acciones y omisiones que contravengan tanto su articulado como las concretas condiciones a que se sujeten las correspondientes autorizaciones La tipificación de estas infracciones y sanciones se determinaran de acuerdo a lo establecido en la Ley de Bases de Régimen Local Será órgano competente para incoar y resolver la comisión de las infracciones dentro de las facultades que la legislación vigente atribuye al Ayuntamiento, la Alcadía-Presidencia. Las infracciones que se encuentren tipificadas en la correspondiente normativa sectorial especifica serán sancionadas con las sanciones establecidas en dicha legislación. Artículo 23.- Personas responsables de las infracciones Son imputables de las infracciones que se cometan, las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de tales acciones u omisiones, extendiéndose a quien sea titular de la autorización la responsabilidad derivada de las acciones u omisiones imputables a la persona colaboradora o empleada, en contra de lo dispuesto en esta Ordenanza. Art 24 .- Infracciones

1.- Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. 2.- Se considerarán de infracciones leves las simples inobservancias de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza y que no sean calificadas como graves o muy graves 3.- Se consideran infracciones graves:

a) No colocar en lugar visible la tarjeta de identificación otorgada por el Ayuntamiento b) Conformar la extensión del establecimiento comercial de forma diferente a la

autorizada o cuando se realice con una ocupación superior al 15% de la superficie autorizada.

c) La desatención del primer requerimiento documentado realizado por los, Inspectores y/o Agentes de la autoridad

d) Carecer del seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad y/o utilización autorizada

e) Reincidencia en la comisión de faltas leves f) Las que concurran con infracciones sanitarias graves

4.- Se consideran infracciones muy graves: a) Ejercicio de la Venta Ambulante sin la autorización municipal preceptiva. b) Venta de productos distintos a los autorizados. c) Ocupar espacio distinto del autorizado d) Ejercicio de la venta ambulante por persona/s diferentes a las autorizadas e) La desatención del segundo requerimiento documentado realizado por los Inspectores

y/o Agentes de la autoridad f) La falta de respeto, coacciones, amenazas, la negativa o resistencia a suministrar datos o

facilitar la información requerida por las autoridades competentes y/o los Agentes de la autoridad

g) Reincidencia en la comisión de faltas graves

Page 33: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 33

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

5.- Hay reincidencia cuando se hayan cometido en el término de un año más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme Art 25 .- Sanciones

a) Las infracciones leves se sancionarán con apercibimiento y/o multa de hasta 750€ b) Las infracciones graves se sancionarán con multas de hasta 1.500€ c) Las infracciones muy graves con multas de hasta 3.000€ y/o pérdida de la autorización

de venta Artículo 26 .-Graduación de las sanciones.

En todo caso, se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad, para la graduación de las sanciones, además de la naturaleza de los productos vendidos, los perjuicios causados, la intencionalidad o reiteración del infractor y la trascendencia social de la infracción.

Art 27 .- Prescripción de infracciones y sanciones

Las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.

Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por infracciones graves a los dos años y las impuestas por infracciones leves al año. Los cómputos de los plazos de prescripción y su interrupción se realizará conforme a lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo y sancionador.

Capítulo VI Del procedimiento sancionador.

Artículo 28.- De la competencia 1. En virtud de lo dispuesto en la ley 7/85 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local corresponde al Ayuntamiento la competencia sancionadora de las infracciones dispuestas en este ordenanza 2. Será órgano competente para incoar y resolver la comisión de infracciones a esta Ordenanza, dentro de las facultades que la legislación vigente atribuye al ayuntamiento, la Alcaldía presidencia. Artículo 29.- 1. El procedimiento sancionador se iniciará de oficio por Resolución de Alcaldía bien por propia iniciativa o como consecuencia de denuncia. 2. El acuerdo de iniciación se formalizará con el siguiente contenido: a) Identificación de la persona o personas responsables. b) Hechos que motivan la incoación del procedimiento, normativa aplicable, su posible calificación y sanción. c) Instructor, y en su caso, Secretario del procedimiento. d) Órgano competente para la resolución y norma que le atribuye la competencia. Indicando que si el infractor reconoce su responsabilidad se podrá resolver el procedimiento, con la imposición de la sanción. e) Medidas de carácter provisional adoptadas. f) Derecho a formular alegaciones y a la audiencia en el procedimiento indicando los plazos para su ejercicio. 3. El acuerdo de iniciación se comunicará junto a las actuaciones al instructor y se notificará a los interesados y el denunciante, en su caso. Concediendo a los interesados un plazo de 10 días para formular alegaciones, advirtiéndoles que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación, ésta podrá ser considerada como propuesta de resolución. Indicando asimismo, que si la infracción está tipificada como leve, el acuerdo de iniciación será considerado como propuesta de resolución. Artículo 30 . Con la finalidad de asegurar la eficacia de la resolución, la autoridad que ordene la incoación del expediente podrá acordar mantener la intervención cautelar de las mercancías falsificadas, fraudulentas, no identificadas, o que incumplan los requisitos mínimos establecidos para su

Page 34: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 34

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

comercialización, y de aquellas que puedan ocasionar riesgos para la salud o seguridad de los consumidores. Esta medida requerirá acuerdo motivado y previa audiencia del interesado. Artículo 31 . Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo para efectuarlas, el órgano instructor, podrá acordar la apertura de un período de prueba por un plazo de 10 días. Artículo 32 . 1. Concluida, en su caso la prueba, el órgano instructor formulará propuesta de resolución en la que se fijarán los hechos, especificando los que resulten probados, determinarán la infracción que aquéllas constituyen y la persona o personas responsables, la sanción que se propone y las medidas provisionales que se hubieran adoptado, o bien se propondrá la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad. 2. La propuesta de resolución se notificará a los interesados concediéndoles un plazo de 10 días para formular alegaciones y presentar documentos e informes que estimen pertinentes, y se cursará al órgano competente para resolver. Artículo 33. 1. La resolución será motivada y se adoptará en el plazo de 10 días desde la recepción de la propuesta de resolución y demás documentación. 2. Si no hubiera recaído resolución transcurrido seis meses desde la iniciación, teniendo en cuenta las interrupciones de su cómputo por causas imputables a los interesados o por la suspensión del procedimiento, se iniciará el plazo de caducidad establecido en el artículo 43.4.o de la ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. Artículo 34. La resolución dictada pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse el correspondiente recurso administrativo.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Primera.- Los titulares de autorizaciones para la venta ambulante concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ordenanza, podrán continuar ejerciendo la actividad al amparo de la misma hasta el término de su vigencia. Segunda.-Los expedientes para la concesión de autorización para la venta ambulante que iniciados con anterioridad, se encuentren en fase de tramitación a la entrada en vigor de la presente Ordenanza, se ajustarán en sus resoluciones a lo dispuesto en la misma. A tal efecto se requerirá a los interesados para que, presenten la documentación adicional que, en su caso, fuera exigible. Tercera.- Las regulaciones contenidas en esta Ordenanza Reguladora se modificaran tanto en sus disposiciones reguladoras como en su ámbito de aplicación, en el mismo sentido en que así lo establezcan normas de superior jerarquía dictadas en el ejercicio de sus competencias por la Administración Foral, Administración Autonómica Vasca, Administración Estatal o Unión Europea.

DISPOSICION DEROGATORIA.

A partir de la entrada en vigor, de la presente Ordenanza queda derogada la Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 23 de noviembre de 1995 así como las modificaciones introducidas por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria el 17 de junio de 1998, así como cuantas disposiciones de igual o inferior jerarquía se opongan, contradigan o resulten incompatibles con el texto que ahora se aprueba.

DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de la Noble Villa de Portugalete queda facultada para dictar cuantas instrucciones resulten precisas para la adecuada interpretación y aplicación de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigor a los 15 días de la publicación integra de su texto definitivo en el Boletín Oficial de Bizkaia.

Page 35: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 35

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

SEGUNDO.- El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento durante treinta días, a fin de que los interesados puedan presentar reclamaciones o sugerencias a la Ordenanza. TERCERO.- La exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Vizcaya. CUARTO.- En caso de no presentarse reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional.” 1.11.- SE PROPONE, PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA,

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDIT O Nº MC 2010/109, EN LA MODALIDAD DE BAJA POR ANULACI ÓN.

Toma la palabra el Sr. ALCALDE y explica que los puntos 11 y 12 del orden del día se debatirán conjuntamente y se votarán por separado. La urgencia viene dada porque hemos hecho una regularización de determinadas obras que han acabado ya, y, por tanto, había una serie de sobrantes de dinero, que lo repartíamos a otras obras en proyecto para poder financiarlas. Una de ellas es la de la calle San Pedro, que estaba en el presupuesto de 2010 contra préstamo, con lo cual la financiamos con recursos propios; y para completar también la financiación de otras obras en proyecto, como la urbanización del Grupo Alonso Allende, el equipamiento de la oficina de atención municipal, y la ampliación del alumbrado del Casco Viejo, pues todavía nos falta una parte del alumbrado, concretamente la que viene por la fachada del Ayuntamiento y de Atarazanas; y la recogida neumática de Federico García Lorca. El dinero sobrante, como es de obras que pertenecen al patrimonio municipal de suelo, se va a la partida de patrimonio municipal de suelo, pues, como sabéis, la necesitaremos en un futuro. El Sr. Alcalde somete a votación la urgencia del asunto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba la urgencia. Interviene el Sr. BASAGOITI ELORZA (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) y avanza que votarán favorablemente a ambas propuestas, porque de la propuesta se deduce con claridad en qué consiste, y están a favor. El Sr. ALCALDE aclara que hay un sobrante importante de dinero, porque ahora la obra pública es mucho más barata. Por cada tres obras que hacemos de alrededor de un millón, se saca un millón limpio de ahorro, lo cual es importante para, por ejemplo la de la calle San Pedro: contra préstamo, la podemos financiar con recursos propios, y lo que viene de patrimonio municipal de suelo lo metemos en la partida de patrimonio municipal de suelo, que es para equipamientos municipales, suelo, etc. La gestión es buena para utilizar esos recursos de forma inmediata y seguir haciendo que Portugalete siga creciendo bien. No habiendo intervenciones, el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo:

Page 36: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 36

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

“Vista la Providencia de Alcaldía de fecha 22 de octubre de 2010, en la cual se explica por una parte, que no es necesario recurrir al préstamo de 750.000,00 € inicialmente previsto en el Presupuesto 2010 para financiar la “Urbanización de la Calle San Pedro” dado que existe Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales derivado de la Liquidación del Presupuesto 2009, y por otra, que los proyectos que a continuación se citan han finalizado, existiendo crédito sobrante en las respectivas partidas presupuestarias: - “Urbanización de la Calle Correos” - “Rampas mecánicas de José Zaldua” - “Plan de actuación del Campo San Roque” Visto el Expediente de Modificación de Crédito nº MC 2010/109 tramitado para dar de baja la financiación de la “Urbanización de la Calle San Pedro” con un préstamo y los créditos que no se van a ejecutar de los tres proyectos citados que ya han finalizado. Y considerando el informe de la Intervención municipal en el que se hace constar que la instrucción de dicho expediente se ajusta a la normativa legal que le es de aplicación. En base a la competencia atribuida al Pleno de la Corporación por el artículo 33.4 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, se acuerda: PRIMERO .- Aprobar el Expediente de Modificación de Crédito nº MC 2010/109 en la modalidad de BAJA POR ANULACIÓN por importe de 2.107.623,15 €, de acuerdo con el siguiente detalle: Partidas de Gasto con baja de crédito:

Partida Denominación Importe

09.4321.60103 Urbanización Calle San Pedro 750.000,00 09.4321.60141 Urbanización Calle Correos 580.910,30 09.4325.6230202 Rampas mecánicas; PMS 749.729,85 09.4325.60105 Plan actuación Campo San Roque; PMS 26.983,00

TOTAL 2.107.623,15

Conceptos de ingreso con previsión de baja:

Concepto Denominación Importe

93301 Préstamos recibidos a largo plazo de fuera del sector público 750.000,00

87001 Remanente de Tesorería para Gastos Generales 1.357.623,15

TOTAL 2.107.623,15

1.12.-SE PROPONE, PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA,

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDIT O Nº MC 2010/110, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO ADICIONA L.

El Sr. Alcalde somete a votación la urgencia. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba la urgencia.

Page 37: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 37

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

No habiendo intervenciones, el Sr. Alcalde somete a votación el punto. Votan a favor todos los grupos políticos municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Vista la Providencia de Alcaldía de fecha 22 de octubre de 2010, en la que se informa sobre la necesidad de dotar/ampliar el crédito de las siguientes partidas de gasto: - Por cambio de financiación y ampliación de crédito: “Urbanización de la calle San Pedro” - Por ampliación del crédito: “Inversión en terrenos de uso general; Patrimonio Municipal del Suelo” “Urbanización del Grupo Alonso Allende” “Equipamiento de la Oficina de Atención Municipal” “Sustitución alumbrado de diversas calles” (ampliación alumbrado del Casco Viejo) - Para acometer nuevas inversiones: “Recogida neumática de basuras en la calle Federico García Lorca” Vista la tramitación del Expediente nº MC 2010/109 en la modalidad de BAJAS POR ANULACIÓN de créditos, a causa del cambio de financiación de la “Urbanización de la Calle San Pedro” y de finalización de inversiones con excedente de crédito, por importe de 2.107.623,15 €. Visto el Expediente nº MC 2010/110 en la modalidad de CRÉDITO ADICIONAL tramitado para dotar de crédito o ampliar el crédito existente en los proyectos relacionados en la Providencia de Alcaldía de 22 de octubre de 2010. Y considerando el informe de la Intervención municipal en el que se hace constar que la instrucción de dicho expediente se ajusta a la normativa legal que le es de aplicación. En base a la competencia atribuida al Pleno de la Corporación por el artículo 34.3 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, se acuerda: PRIMERO .- Aprobar el Expediente de Modificación de Crédito nº MC 2010/110 en la modalidad de CRÉDITO ADICIONAL conforme al siguiente detalle: Recurso que financia los gastos propuestos:

CONCEPTO DENOMINACIÓN IMPORTE

87001 Remanente Tesorería para Gastos Generales derivado de la Liquidación del Presupuesto 2009

2.176.282,03

Gastos propuestos:

PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE

09.4325.60001 Inversión en terrenos de uso general 699.929,85

Page 38: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 38

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

09.4321.60103 Urbanización calle San Pedro 805.265,28

09.4321.60104 Urbanización Grupo Alonso Allende 432.035,92

12.4325.62201 Equipamiento Oficina Atención Municipal; NNTT 76.783,00

04.4324.6230203 Sustitución alumbrado diversas calles 74.467,98

14.4421.60104 Recogida neumática calle Federico García Lorca 87.800,00

TOTAL 2.176.282,03

SEGUNDO.- Dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 15, 17, y 18 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de la Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de información, reclamaciones, publicidad y recursos de los Presupuestos Generales”.

1.13.- MOCIONES, PREVIA SU DECLARACIÓN DE URGENCIA. Toma la palabra el Sr. ALCALDE y comenta que en la Junta de Portavoces se ha acordado por unanimidad elevar al Pleno la aprobación de una declaración presentada por EUDEL conmemorativa del “Día de la Memoria” a celebrar el próximo 10 de noviembre con una concentración y una ofrenda floral en el Parque de Ellacuría a las 12,00 horas. El Sr. Alcalde somete a votación la urgencia. Votan a favor todos los grupos políticos municipales, dando lectura a continuación a la citada declaración. Hecho lo cual somete a votación la propuesta de acuerdo quedando aprobada por unanimidad el siguiente acuerdo: “PRIMERO: Aprobar la propuesta de declaración institucional para el día de la Memoria (10 de noviembre) acordada en la Comisión Ejecutiva de EUDEL, cuyo tenor literal es el siguiente: Hoy, por primera vez en la historia de este país, celebramos una jornada trascendental. Por acuerdo solemne de todas las instituciones vascas, el 10 de noviembre es y será el DÍA DE LA MEMORIA en Euskadi. Y en un día como este, queremos proclamar lo siguiente: 1.- Los ciudadanos y las ciudadanas vascas tenemos derecho a convivir en paz y en libertad sin la amenaza del totalitarismo, de la violencia y de la exclusión. El final del terrorismo y la consecución de la paz es un objetivo prioritario de la sociedad vasca y de las instituciones que la representan. 2.- La sociedad vasca y sus instituciones estamos empeñados en convertir la memoria de las víctimas del terrorismo en el referente de un futuro en paz, basado en la libertad, la tolerancia, la justicia y el respeto al pluralismo. 3.- La memoria no sólo constituye un derecho fundamental de las personas que han sufrido la violencia terrorista. Es un argumento primordial que contribuirá a construir un

Page 39: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 39

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

relato compartido y genuino de lo ocurrido, a través de la mirada de la víctima, en el que la violencia y sus justificaciones queden definitivamente desterradas y sus víctimas reconocidas para siempre en un nuevo tiempo de concordia cívica. 4.- La memoria pone nombres y fechas allí donde el terrorismo pone excusas y justificaciones imposibles. La memoria levanta acta del sufrimiento injusto e impide ningún tipo de tolerancia con la impunidad. La memoria, en fin, previne a la ciudadanía frente a la tentadora seducción del olvido forzado o interesado. 5.- Recordamos hoy a todas las víctimas del terrorismo, sin excepción. A las víctimas del terror de ETA, el único grupo terrorista que todavía hoy amenaza la convivencia entre los vascos, pero también a las víctimas provocadas por otros grupos terroristas que, si bien hoy son pasado, originaron un sufrimiento que merece el mismo reconocimiento y reparación. 6.- La preservación de la memoria es el mejor servicio que podemos prestar por los que no están con nosotros y, también, por el sufrimiento del conjunto de las víctimas del terrorismo. Pensando en todos, en el presente, pero, sobre todo, pensando en el porvenir, porque guardar la memoria de todas las víctimas contribuirá al logro de un futuro en paz y libertad, en el que podamos desarrollar una sana convivencia entre todos. 7.- Hoy, 10 de noviembre, es una fecha que pertenece ya a nuestro patrimonio común. En 10 de noviembre es un aniversario que nos pertenece a todos. A partir de hoy, esta efemérides nos recordará lo que ha ocurrido y lo que, jamás, vuelva a ocurrir. Para que las víctimas de la violencia no sean, también, víctimas del olvido. Para que manteniendo viva su memoria, mantengamos viva nuestra fe y esperanza en una porvenir mejor para todos. SEGUNDO: Convocar a la ciudadanía a la concentración que tendrá lugar el próximo 10 de noviembre, a las 12:00 horas en el camelio, Parque de Ellacuría, para la realización de una ofrenda floral” II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRG ANOS DE

GOBIERNO POR EL PLENO. 2.- Dar cuenta de la información trimestral de la gestión presupuestaria al

30.09.10. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta que este punto es obligatorio y se adjunta a la presente acta como anexo número 1. 4.- Preguntas El Sr. Alcalde abre el turno de preguntas y cede la palabra a los grupos proponentes por orden de presentación: Realiza la primera pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB): El 18 de julio de 2010 entra en el registro general una solicitud de la Asamblea de Parados de

Page 40: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 40

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Portugalete, avalada por unas 170 firmas. En dicha solicitud se afirma que desde hace más de 15 años la asamblea de parados ha estado desarrollando su actividad en un local cedido por el Ayuntamiento en el mercado de abastos, que en la actualidad tiene los accesos cerrados. Por todo ello, solicitaron al Ayuntamiento un nuevo local para desarrollar su actividad en las mismas condiciones en que lo han venido haciendo durante 15 años. En consecuencia, preguntamos al gobierno: ¿por qué todavía no ha dado ninguna respuesta a la mencionada solicitud? ¿tiene pensado el Ayuntamiento la cesión de algún local y, de ser así, para cuándo piensan dar una respuesta? Responde la Sra. RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE): que sí que se les ha dado una respuesta puesto qué mayor respuesta hay que ser recibidos por el Alcalde. En esa reunión se les da una respuesta y también en varias ocasiones más. El Sr. Alcalde les dice exactamente que en el Centro Cultural Santa Clara y también en el edificio cívico pueden utilizar en las mismas condiciones que anteriormente los locales, como los están utilizando la asamblea de trabajadores de los antiguos Altos Hornos o la de la Babcock Wilcox. Así mismo, el Área de Bienestar Social también les ha comunicado que pueden utilizar los locales del edificio cívico. Desde que la persona que regentaba el último puesto que estuvo abierto en el mercado de abastos, deja definitivamente su actividad, lógicamente las instalaciones se cierran porque no hay un uso y consideramos que no es conveniente que se pueda tener acceso. Así pues, se les ha dado la opción del centro cultural o del edificio cívico. La solicitud, por lo tanto, está solventada y contestada. El Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) matiza que no se ha cuestionado en esta pregunta para nada el que se haya cerrado el mercado de abastos. Es totalmente lógico que, si no hay actividad, no esté abierto y menos para una actividad mínima. No se ha cuestionado; simplemente la pregunta era para solicitar un nuevo local. Le ha sorprendido la respuesta de la Sra. Concejala porque no es lo que a él le han manifestado. No entiende que alguien transmita una situación que no se corresponde con la realidad. A él no le han trasladado eso, porque si no, no habría hecho esta pregunta, por sentido común y por coherencia. Tampoco tiene ningún motivo para no creer a la Sra. Concejala así que, sin más, trasladará su respuesta al citado colectivo. Interviene el Sr. ALCALDE y aclara que: cuando registraron el escrito, vino uno de los portavoces de la asamblea, y le comentó el tema; él personalmente puso a su disposición el Centro Cultural Santa Clara y el salón cívico para sus reuniones, sin ningún tipo de coste. Lo que no podíamos es dejarles la llave de la plaza del mercado para que usaran su local, porque una vez que se cierra la plaza, esa llave es de un edificio municipal y no se puede dejar la llave a nadie ajeno al consistorio, como es lógico.

Page 41: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 41

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Reitera que les ofreció los locales municipales para las reuniones pero ellos demandaban un local que pudieran cerrar para poder dejar todos su papeles. Este colectivo no les ha hecho ninguna petición para reunirse en algún local municipal sino que lo que quieren es un local con llave propia para tener todas sus cosas allí, a lo cual les hemos respondido que en este momento no disponemos de locales para dejar con una llave propia. Realiza la segunda pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB): En el último Pleno, celebrado el 30 de septiembre de 2010, ante una pregunta del Grupo Municipal Eusko Abertzaleak EAJ-PNV relacionada con los criterios de designación y nombramiento de procuradores y abogados, el Sr. Alcalde en su respuesta hizo mención a una demanda pendiente del Ayuntamiento relacionada con la propiedad intelectual. Pues bien, puestos a investigar sobre las razones del citado comentario nos enteramos de que xxxxx, ganador del Premio de Investigación Histórica “xxxxx de 2008, tiene presentada una demanda contra el Ayuntamiento de Portugalete por apropiación indebida de la propiedad intelectual. Por todo lo descrito, preguntamos al gobierno ¿qué actuaciones ha desarrollado el Ayuntamiento relacionadas con el trabajo de esta persona, por las cuales ha decidido demandar al Ayuntamiento? Puesto que está a punto de comenzar el XII Premio de Investigación Histórica, nos gustaría saber ¿cuál es el motivo de no haberse publicado hasta el momento el trabajo del ganador del último premio de investigación histórica? La Sra. CANNA CASTRO (PSE-EE(PSOE) responde que la actuación del Ayuntamiento con este señor han sido como con todos. Ganan el premio, se les da el premio en metálico (2.700 euros) y luego la obra queda en propiedad del Ayuntamiento en el archivo histórico. Con todos los ganadores se ha tenido la misma actuación. Esa persona en cuestión está un poco molesta, aparte que está difamando al Ayuntamiento, a los políticos y a las áreas porque esta obra está en el archivo histórico, se puede consultar, por eso está depositada, es propiedad del Ayuntamiento. A los dos años se puede publicar. No se ha publicado porque desde el año 88 que estamos con este certamen, se han premiado veinte obras y solamente se han publicado siete; entre ellas, una de él. El Ayuntamiento no la va a publicar, y a los dos años ya pasa a posesión de él y puede publicarla. Como digo, esta obra está a disposición de todo el que quiera consultarla, es pública y está depositada en los archivos. El está molesto y enfrentado con ciertas personas; dice que tenemos una apropiación indebida de la propiedad intelectual. No es verdad, es una obra premiada y es propiedad del Ayuntamiento. Si nos lleva a los tribunales, allí nos dirá por qué. El Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) comenta que los premios son propiedad del Ayuntamiento durante dos años. En caso de que el Ayuntamiento los publique tiene que citar al autor y darle el 5% de los ejemplares de la primera publicación. Él tiene un dossier bastante largo en el que esta persona narra su versión. El Ayuntamiento se la reserva, está en archivo, y de alguna manera su obra está secuestrada, él no puede hacer

Page 42: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 42

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

nada, porque existe la posibilidad de que el Ayuntamiento en dos años la pueda publicar. El Ayuntamiento no la ha publicado, ni hace ni deja hacer, ni la ha podido publicar él ni la ha publicado el Ayuntamiento, y algo que es premiado y que es importante que los ciudadanos lo conozcan, una manera de que se conozca es publicarlo, como así se ha hecho en muchas ocasiones, y porque además se reciben subvenciones para ello: tenían una subvención del 40% de la Diputación para poderlo haber hecho y no se hizo. A él, según su versión, se le manifestó que se iba a publicar y que se iban a hacer las gestiones a través de la Diputación. El no tiene capacidad para saber si se ha vulnerado la propiedad intelectual o no; ha demandado porque entiende que es así, y está en su derecho de hacerlo, porque se está utilizando una obra suya sin su consentimiento, aunque no voy a entrar porque está sub iudice. La versión del Ayuntamiento y la versión suya son totalmente diferentes y hay una demanda. Cando hay una demanda es porque algo serio pasa, nadie demanda porque sí y menos por una cuestión de prestigio personal, de una persona que ha hecho un trabajo, que se ha esforzado, que le ha dedicado mucho tiempo, presentarse a un concurso, ganarlo, y luego ver cómo ese trabajo queda en el anonimato. Las explicaciones que acaba de dar la Sra. Concejala se las trasladaré a la persona en cuestión. La respuesta consta en acta y ahí quedará y se verá al final quién tiene la razón. Él simplemente ha trasladado una pregunta y acepta la respuesta tal y como las has manifestado. Desconoce si a la persona afectada le valdrán o no estas explicaciones. La Sra. CANNA CASTRO (PSE-EE(PSOE) aclara que en el momento en que se presenta a un concurso, acepta las bases, y las bases dicen que en dos años son propiedad del Ayuntamiento. El acta está firmada el 4 de diciembre de 2008, o sea que a partir del 4 de diciembre en dos años tiene que esperar a si el Ayuntamiento va a publicarlo. Lo que pasa es que este señor está enfrentado con el Ayuntamiento, personal técnico, políticos, con todo el mundo y ha usado unos métodos inadecuados. El Sr. ALCALDE: añade que no hay más que visitar su página web para comprobar cómo descalifica al archivero municipal, al técnico y a la concejala. Realiza la tercera pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA (EBB): La Asamblea de Parados de Portugalete nos hace llegar la siguiente pregunta para que la traslademos al Pleno municipal. Dada la situación de paro que vivimos en Portugalete (en la actualidad 3.248 desempleados), a esta Asamblea de Parados le gustaría saber ¿cuáles son los criterios que utiliza el Gobierno a la hora de seleccionar a las personas que optan a ocupar los puestos de trabajo que genera el Ayuntamiento, al margen de la Oferta Pública de Empleo. Y también, si es posible, nos gustaría que se publicase todos los meses la lista de las personas que en cada momento están trabajando para el Ayuntamiento, con el fin de visualizar la rotación de los parados que engloba a lo largo de todo el año dicha lista. La Sra. RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) responde que la forma de contratación de los organismos municipales ahora mismo en Portugalete es el convenio

Page 43: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 43

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

que tenemos con INEM Corporaciones, con la selección de los desempleados de Portugalete, que selecciona el propio INEM. Luego tenemos diversos convenios con la Diputación y el Gobierno Vasco y es Lanbide quien los gestiona: son las personas que optan a puestos fuera de la OPE y las bolsas de trabajo. En relación con la segunda parte de la pregunta, hay un escrito de la Secretaria en el cual dice: “Ante la petición de la asamblea de parados de que se publiquen todos los meses la lista de las personas que en cada momento estén trabajando para el Ayuntamiento, con el fin de visualizar la rotación de los parados que engloban a lo largo de todo el año dicha lista, se informa de que: La confección de un listado como el solicitado implica la existencia de un fichero con datos de carácter personal sometido a la regularización contenida en la Ley Orgánica de Protección de Datos y legislación de desarrollo, cuyos artículos 6.1, 10 y 11 establecen como principios generales la prohibición de divulgar datos de carácter personal sin el previo consentimiento de sus titulares, así como el deber de secreto por parte del responsable del fichero y de quienes intervengan en cualquier fase de su tratamiento. Tanto la Ley Orgánica de Protección de Datos en sus artículos 6 y 11 como el reglamento que la desarrolla, prevén excepciones a la necesidad de obtención del consentimiento previo (entre otras, la existencia de una ley que los autorice), excepciones que no concurren en el presente caso, y la publicación de listados solicitados sin el consentimiento de los afectados no está amparada por ninguna ley que la autorice, en este caso. El Sr. VICENTE CAÑADA (EBB) comenta que él ve en los tablones de anuncios de los ayuntamientos muchas listas publicadas, veo que en las elecciones aparecen listas de todos los ciudadanos de Portugalete, aparecen sus datos y están al alcance de cualquiera. Por eso se ha atrevido a hacer esa pregunta, que le ha trasladado la asamblea de parados para que yo la haga aquí, puesto que ellos no tienen la posibilidad de hacerlo. La respuesta es la que es; es cuestión de creérsela o no creérsela, es decir. Hay un informe de la Secretaria y yo tengo mis dudas de que eso no pueda ser así, pero tengo mis dudas por la práctica habitual, es decir, no se trata de que ahí aparecen unas personas que en teoría trabajan para el Ayuntamiento, como aparecen en multitud de ocasiones personas que han concursado, que han sido multadas. Aparecen sus nombres continuamente en los tablones de anuncios; entonces no sé por qué en este caso no; no hay ninguna maldad, la única maldad existe en la ocultación. En este caso se trata de transparencia y tranquilidad para las personas que tienen dudas. Él simplemente traslada la pregunta y cuando el río suena agua lleva. El Sr. ALCALDE aclara que hay leyes que lo respaldan y dicen que tienen que aparecer esos nombres y apellidos en el tablón de anuncios. La ley lo respalda, pero la ley no respalda lo que el Sr. Concejal quiere hacer. Además, no está por la labor de permitir que el concejal de EBB lance amenazas veladas de cuando el río suena algo lleva o claridad y transparencia. Dinos lo que es, pero dínoslo aquí, que quede grabado; claridad y transparencia. No va a permitir que los que no quieren claridad y transparencia vengan al Ayuntamiento o se manifiesten en los soportales, porque no tienen más derecho que los que están apuntados en el INEM, van a los cursos de formación y cumplen sus deberes.

Page 44: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 44

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Que quede claro que el Ayuntamiento no selecciona a nadie, lo hace el INEM y Lanbide. Van al centro del Behargintza, hacen la selección de una serie de personas pero tampoco los eligen: se traslada a quienes los han pedido, porque esa es la labor de un servicio público. A continuación, se abre el turno de preguntas del grupo municipal Eusko Abertzaleak EAJ-PNV Realiza la primera pregunta el Sr. BILBAO SANDOVAL (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): En diversas ocasiones hemos preguntado sobre el programa de apertura de los patios escolares fuera del horario lectivo. En relación con esta cuestión a este grupo municipal nacionalista le gustaría saber: cuál es la situación actual y cuál es la intención del gobierno municipal respecto a este asunto. La Sra. NEKANE TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) responde que llevan bastante tiempo con el tema de la apertura de los patios escolares. Actualmente con la gente que ha llegado del programa “+ Euskadi 09”, estamos haciendo un estudio de la utilización de instalaciones y la disponibilidad de los patios escolares. Estas personas durante todo el mes de octubre están yendo por los centros escolares y se están reuniendo con los equipos directivos, con las AMPA e incluso con los clubes deportivos. Se está haciendo un calendario anual de los horarios de los centros, las extraescolares y todos los grupos deportivos que utilizan los patios. Una vez que tengamos idea de la disponibilidad que tenemos, empezaremos a hablar. Estamos pensando en utilizar algún centro como piloto para ver qué tal funciona. Para noviembre, el Gobierno Vasco nos ha dado la autorización para hacer el programa de “+ Euskadi 09” para los patios escolares. Posiblemente para finales de noviembre o primeros de diciembre nos llegue el personal, porque si no va a ser imposible realizar este proyecto, y calculamos que como muy tarde a primeros de enero podremos iniciar el programa. En principio, la idea es empezar en un centro, para ver qué tal funciona, y si vemos que tiene una buena aceptación, ir ampliándolo. Como vamos a tener el calendario anual de todos los centros y la disponibilidad real, con eso ya podemos empezar. El Sr. BILBAO SANDOVAL (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) entiende, por la explicación dada por la concejala, que son dos personas las que están haciendo el estudio, pero que luego van a venir dos personas financiadas por el Departamento de Educación. La Sra. NEKANE TORRES LORENZO responde que la apertura de los patios escolares no es simplemente salir al patio: tiene que haber una o dos personas que lo controlen, hay que incluir también una limpieza adicional de los patios si están utilizados fuera de los horarios lectivos; es decir, implica una cierta cantidad de personal.

Page 45: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 45

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Vamos a empezar en un centro. Posiblemente el centro inicial será Maestro Zubeldia, un colegio céntrico, y el personal va a ser joven, dinamizador, con cercanía al Aula Joven para cualquier tipo de necesidad que puedan tener. Realiza la segunda pregunta el Sr. HUIDOBRO LORENZO (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): Hemos tenido noticia que en el CEP Zubeldia hay un ascensor, que en estos momentos sí funciona, pero desde hace semanas está ocasionando grandes problemas en el traslado principalmente de los niños y niñas del aula de integración. Estos alumnos padecen graves dificultades motoras, por lo que el ascensor les es imprescindible para llegar a clase con normalidad y seguridad. Otros alumnos y alumnas, por otras lesiones, necesitan ir a clase en ascensor y se ven obligados a hacerlo también por las escaleras. Este grupo dio aviso de este problema el jueves 21. Al parecer la empresa se personó en el centro ese mismo día, pero no se arregló nada. El viernes 22 y el lunes 25 las cosas seguían igual, es decir, sin arreglarse. Nosotros presentamos este escrito el 26; al parecer se ha arreglado el 26 a la tarde o el 27. La pregunta es: ¿por qué no se han arreglado con la suficiente rapidez como las circunstancias requieren?, ¿qué es necesario para que se agilice la solución de este tipo de averías? La Sra. NEKANE TORRES LORENZO responde que se trata de una avería de un ascensor. El día 21, efectivamente, el Sr. Bilbao Sandoval le llamó personalmente y le comentó la situación. En el Área de Educación no tenían constancia de nada, y ella habla con el director de Maestro Zubeldia. La pregunta mía fue: ¿qué problema tienes en el centro? Me sorprendió cuando me dijo: No tengo ninguno. Entonces le cuento la situación que el Sr. Concejal le había trasladado. El director le respondió que ya lo había gestionado directamente con el Área de Obras y Mantenimiento y que estaban intentando localizar la avería. Es un ascensor que tiene cinco o seis años, que nunca había fallado y empieza a tener unos pequeños fallos. El lunes 18 de octubre llaman del colegio a la propia empresa Thyssen, que es la que tiene el mantenimiento del ascensor. El problema era un acuñamiento en las cuñas de seguridad y lo dejan funcionando. El miércoles 20 los conserjes llaman al Área de Obras porque el ascensor funciona pero con mucho ruido. El Departamento de Obras se lo comunica directamente a Thyssen; el jueves 21 se para el ascensor nuevamente por otro acuñamiento. La empresa Thyssen logra repararlo; queda parado por una rotura de una pieza el viernes 22 se cambia la pieza y lo dejan en funcionamiento. Lunes 25: una nueva avería; se para debido a una holgura en la polea tensora del limitador. Entre el lunes y el martes queda reparado. Cambian el sistema de limitador de velocidad, incluido cable, y lo dejan en funcionamiento hasta el día de hoy. El ascensor estaba dando problemas. Le hicieron pequeñas localizaciones de averías, las fueron reparando, pero por seguridad hicieron un mantenimiento integral. Han tenido incluso que hacer modificaciones porque el cableado rozaba con la pared y lo han dejado solucionado.

Page 46: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 46

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

La pieza me consta que era una pieza muy complicada, iba a tardar en llegar y lo han hecho en troquelería directamente antes de solicitarla. A mí me parece sorprendente que por este problema se haya llegado incluso a decir que hay barreras en la educación. Yo creo que no es cierto que se pongan barreras a la educación. El Sr. HUIDOBRO LORENZO (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) comenta que no sabe quien ha podido decir eso. No obstante, los problemas empezaron a primeros de mes y no hacia el día 18. No han sido seis, sino veinte días el retraso en arreglarlo, porque parece ser que ya el día 26 está arreglado. Habrá que evaluar si es grave o es algo nimio un ascensor. A los niños y niñas de integración, que padecen graves problemas de discapacidad y movilidad, los han tenido que subir y bajar a un tercer piso, que es donde está su clase, bastantes más veces de lo que algunos admitirían, y los han subido y bajado los profesores, bedeles y auxiliares de Zubeldia. Desde aquí quiero agradecerles su implicación, su responsabilidad y su esfuerzo, que eso sí que es símbolo de calidad. Después, a estos alumnos y alumnas se les ha cambiado de clase, imagino que por los riesgos que suponía el andar subiéndoles y bajándoles al tercer piso. Por otro lado, se ha tenido que sacar por los menos en cuatro ocasiones al personal del centro y a alumnos, porque se habían quedado encerrados, y además creo que ha habido una queja en la Delegación de Educación. A este grupo municipal le parece que la situación ha sido grave, y esperamos que no se vuelva a repetir, y que haya una buena coordinación entre los departamentos municipales para cumplir con la responsabilidad que adquirimos con la ciudadanía, que las empresas cumplan con las obligaciones que adquieren en los contratos y que el Ayuntamiento los haga cumplir, y que ni en éste ni en ningún otro caso la parte más débil, los niños y niñas del aula de integración, se conviertan en los paganos de toda esta historia. La Sra. NEKANE TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) señala que se está hablando de una avería de un aparato eléctrico. Ella personalmente ha estado hablando directamente con el director del centro quien le ha comentado que no entiende que se haya montado este revuelo por una avería. La queja a la Delegación me consta que no la ha hecho ningún padre del Aula de Integración. Se está haciendo una bola enorme de una avería de un ascensor que ha estado controlada desde el primer momento. El director lo comunica el 18 de octubre a Obras. El ascensor empieza a fallar, hasta que se localiza la avería y se le coloca la pieza. No se puede hacer nada más. Es una avería como ha pasado muchas más veces aquí, tanto en el Ayuntamiento, en el cívico o en nuestro domicilio. El Sr. ALCALDE añade que él personalmente ha estado hablando con el director, y también le he mandado un correo electrónico al padre que hizo la queja, porque la ha mandado a Educación y a un medio de comunicación. Le he respondido al padre y el padre me ha vuelto a responder dando las gracias por todo. Él comprende que es un fallo mecánico, pero su hija, que no es del aula de integración, tenía un esguince y tenía que subir con muletas o a la pata coja a su clase.

Page 47: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 47

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Comprendo que es un incordio, pero también le intenté hacer comprender que es un fallo mecánico de un ascensor, que se han sustituido por seguridad varias piezas importantes y que durante seis años ha funcionado bien el ascensor. Igual con el paso del tiempo ha cedido alguna pieza. El director, con muy buen criterio, ha trasladado el área de integración a otro lado para que no tuvieran que subir escaleras y se ha vuelto a restablecer el orden. Es un fallo mecánico de un ascensor que no pone en riesgo la educación de nadie; sí es un incordio, pero se ha atendido desde el momento que se tuvo conocimiento de ello y ya está arreglado. Por cierto, lo de las “barreras a la educación” no lo decía el PNV; lo decía ese padre en su e-mail. Fue una expresión que él utilizó. Realiza la tercera pregunta el Sr. MIRANDA GÁRATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV): Las obras que se están llevando a cabo en Ruperto Medina están invadiendo un carril de la Avenida Carlos VII. Esto está provocando problemas de tráfico, sobre todo en horas punta, que se han visto agravados al coincidir con el comienzo de las obras de reforma de la plaza José Zaldúa. Su grupo quiere saber por qué motivos se están dando estos problemas, si se van a tomar medidas para solucionar esta situación y cuáles son estas medidas. El Sr. RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) responde que se trata de unas obras que estaban programadas y que se han tenido que hacer para dar conexión a la recogida neumática de basura. O sea, era insalvable hacerlas y se han hecho, como para hacer la supersur ha habido obras en la A-8, pero esto no es una cosa específica de Portugalete, sino que cada vez que se hace una obra origina molestias. No obstante, se han adoptado medidas para que se acaben cuanto antes. El Sr. MIRANDA GÁRATE (Eusko Abertzaleak EAJ-PNV) comenta que se ha empezado la obra de Ruperto Medina marcando el suelo, serrándolo en un fin de semana que no había nada en la carretera y se podía haber pasado. El arquitecto también dijo que se tomen medidas para que una obra, por comodidad, no perjudique a los ciudadanos, y que pinten, que hagan lo que tengan que hacer, pero que la valla la pongan el lunes a primera hora de la mañana y no el viernes a la tarde. Él frecuenta esa zona y se ha encontrado camiones intentando entrar a la zona de obras, que interrumpe un carril y con todos los que salimos de Simón Bolívar y subimos de Carlos VII hacemos una confluencia y tenemos que irnos al carril izquierdo de la salida para meternos al carril derecho. Ahí suele haber coches y camiones de obra aparcados. ¿No se puede dinamizar de tal manera que no se produzca el fenomenal atasco que se produce?. Muchas veces cuando pasas la rotonda de Carlos VII, ya todo el mundo fluye, pero el problema es desde esa rotonda, porque los semáforos paran y se crea una cola en la que los coches no caben. Igual un policía en horas punta, que dé prioridad a la entrada, podría ser una solución.

Page 48: Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete ACTA DE LA ... 2010/10102… · En la Noble Villa de Portugalete, a las 09:20 del 28 de octubre de 2010, se constituyó el Ayuntamiento

Plaza del Solar, S/N – 48920 PORTUGALETE – NIF : P-4809100-C – Tfno: 94 472 92 00 – Fax: 94 472 92 99 www.portugalete.org 48

Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

Ya sé que las obras causan problemas y que todos las sufrimos, pero nos parece que se han visto agravadas porque en José Zaldúa se podía haber empezado de otra manera o que los camiones entren por arriba y no por abajo, o no haber puesto las dos obras a la vez, haber hecho que la empresa hubiese acabado la de Ruperto Medina. Ya sé que las obras se complican, pero deberíamos haber adoptado alguna medida y pedir a la policía municipal que en horas punta regule el tráfico, para que no se produzcan tales atascos y problemas para la ciudadanía. El Sr. RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) responde que la huelga había afectado a la hora de empezar; los de la obra no actuaron bien. Imagina que lo del camión que ha comentado el Sr. Concejal sería un hecho puntual porque la verdad es que el tráfico ha mejorado sustancialmente con las obras; ya no salen coches por ahí, ya no sale tráfico, se ha quitado un semáforo, en Zaldúa antes había un sitio de bajada y subida, salían todos los taxis, y entraba por ahí todo el reparto, era mucho más complicado antes, porque todos los servicios iban ahí, toda la carga y descarga, todos los repartos, etc. En su opinión, las dos obras no se afectan la una a la otra. Pero el grupo nacionalista tiene que aclararse porque a veces dice que no agotan el presupuesto y que estamos retrasando el beneficio de los portugalujos y nos echáis la bronca. Y él les ha respondido mil veces que no quieren levantar toda la ciudad a la vez, y que tienen que dosificar las obras, y eso es lo que han hecho. Reitera que, en su opinión, con las obras de Zaldúa el tráfico se ha amainado; era peor lo que salía antes de Zaldúa a Carlos VII. El Sr. ALCALDE aclara que las obras coinciden por las subvenciones. Hay un programa que subvenciona la calle Ruperto Medina mientras que la Plaza José Zaldúa va a otra subvención, nos exigen unos plazos de empezar y acabar y eso condiciona mucho cuándo empiezan y cuándo acaban las obras. 5.- Ruegos No se han formulado ruegos. El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las 10:55 del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General, doy fe. EL ALCALDE-PRESIDENTE LA SECRETARIA GENERAL Mikel Torres Lorenzo Begoña Serra Ispizua