26
¿Qué son los derechos humanos? Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad. Los derechos humanos se basan en el principio de respeto por el individuo. Su suposición fundamental es que cada persona es un ser moral y racional que merece que lo traten con dignidad. Se llaman derechos humanos porque son universales. Mientras que naciones y grupos especializados disfrutan de derechos específicos que aplican sólo a ellos, los derechos humanos son los derechos que cada persona posee (sin importar quién es o dónde vive) simplemente porque está vivo. En épocas pasadas, no existían los derechos humanos. Entonces surgió la idea de que la gente debería tener ciertas libertades. Y esa idea, a raíz de las Segunda Guerra Mundial, resultó finalmente en un documento llamado la Declaración Universal de los Derechos Humanos y derechos que todas las personas poseen. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es la piedra angular en la historia de estos derechos. Fue redactada por representantes de procedencias legales y culturales de todo el mundo y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en París, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse. Mediante esta Declaración, los Estados se comprometieron a asegurar que todos los seres humanos, ricos y pobres, fuertes y débiles, hombres y mujeres, de todas las razas y religiones, son tratados de manera igualitaria. Establece que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona, a la libertad de expresión, a no ser esclavizados, a un juicio justo y a la igualdad ante la ley. También a la libertad de circulación, a una nacionalidad, a

TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad.

Los derechos humanos se basan en el principio de respeto por el individuo. Su suposición fundamental es que cada persona es un ser moral y racional que merece que lo traten con dignidad. Se llaman derechos humanos porque son universales. Mientras que naciones y grupos especializados disfrutan de derechos específicos que aplican sólo a ellos, los derechos humanos son los derechos que cada persona posee (sin importar quién es o dónde vive) simplemente porque está vivo.

En épocas pasadas, no existían los derechos humanos. Entonces surgió la idea de que la gente debería tener ciertas libertades. Y esa idea, a raíz de las Segunda Guerra Mundial, resultó finalmente en un documento llamado la Declaración Universal de los Derechos Humanos y derechos que todas las personas poseen.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es la piedra angular en la historia de estos derechos. Fue redactada por representantes de procedencias legales y culturales de todo el mundo y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en París, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse.

Mediante esta Declaración, los Estados se comprometieron a asegurar que todos los seres humanos, ricos y pobres, fuertes y débiles, hombres y mujeres, de todas las razas y religiones, son tratados de manera igualitaria.

Establece que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona, a la libertad de expresión, a no ser esclavizados, a un juicio justo y a la igualdad ante la ley. También a la libertad de circulación, a una nacionalidad, a contraer matrimonio y fundar una familia así como a un trabajo y a un salario igualitario.

Una Breve Historia sobre los Derechos Humanos

El Cilindro de Ciro (539 a.C.)

En el año 539 a.C., los ejércitos de Ciro el Grande, el primer rey de la Persia antigua, conquistaron la ciudad de Babilonia. Pero sus siguientes acciones fueron las que marcaron un avance significativo para el Hombre. Liberó a los esclavos, declaró que todas las personas tenían el

Page 2: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

derecho a escoger su propia religión, y estableció la igualdad racial. Éstos y otros decretos fueron grabados en un cilindro de barro cocido en lenguaje acadio con escritura cuneiforme.

Conocido hoy como el Cilindro de Ciro, este documento antiguo ha sido reconocido en la actualidad como el primer documento de los derechos humanos en el mundo. Está traducido en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y sus disposiciones son análogas a los primeros cuatro artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La Difusión de los Derechos Humanos

Desde Babilonia, la idea de los derechos humanos se difundió rápidamente por la India, Grecia y por último a Roma. Ahí nació el concepto de “ley natural”, tras observar el hecho de que las personas tendían a seguir, en el transcurso de la vida, ciertas leyes que no estaban escritas, y la ley romana se basaba en ideas racionales derivadas de la naturaleza de las cosas.

Los documentos que afirman los derechos individuales, como la Carta Magna (1215), la Petición del Derecho (1628), la Constitución de Estados Unidos (1787), la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), y la Carta de Derechos de Estados Unidos (1791) son los precursores escritos de muchos de los documentos de los derechos humanos de la actualidad.

La Carta Magna (1215)

Podría decirse que la Carta Magna o la “Gran Carta”, fue la influencia primitiva más significativa en el extenso proceso histórico que condujo a la ley constitucional actual en el mundo de habla inglesa.

En 1215, después de que el rey Juan de Inglaterra violara un número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra, sus súbditos lo forzaron a firmar la Carta Magna, la cual enumera lo que después vino a ser considerado como los derechos humanos. Entre ellos estaba el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.

Considerada ampliamente como uno de los documentos legales más importantes en el desarrollo de la democracia moderna, la Carta Magna fue un punto de cambio crucial en la lucha por la libertad.

La Petición del Derecho (1628)

El siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos fue la Petición del Derecho, producida en 1628 por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una declaración de

Page 3: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

libertades civiles. El rechazo del Parlamento para financiar la impopular política externa del rey, causó que su gobierno exigiera préstamos forzosos y que tuvieran que acuartelar las tropas en las casas de los súbditos como una medida económica. El arresto y encarcelamiento arbitrarios por oponerse a estas políticas, produjo en el Parlamento una hostilidad violenta hacia Carlos y George Villiers, el primer duque de Buckingham. La Petición del Derecho, iniciada por Sir Edward Coke, se basó en estatutos y documentos oficiales anteriores y hace valer cuatro principios: (1) No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento. (2) No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada (reafirmación del derecho de habeas corpus), (3) A ningún soldado se le puede acuartelar debido a su ciudadanía, y (4) No puede usarse la ley marcial en tiempos de paz.

La Declaración de Independencia de Estados Unidos (1776)

El 4 de julio de 1776, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Declaración de Independencia. Su autor principal, Thomas Jefferson, escribió la Declaración como una explicación formal de porqué el Congreso había votado el 2 de julio para declarar la Independencia de Gran Bretaña, más de un año después del estallido de la Guerra de la Revolución de Estados Unidos, y cómo la declaración anunciaba que las trece Colonias Americanas ya no eran parte del Imperio Británico. El Congreso publicó la Declaración de Independencia en varias formas. Inicialmente se publicó como un impreso en gran formato que fue distribuido ampliamente y leído al público.

Filosóficamente, la declaración hace énfasis en dos temas: derechos individuales y el derecho de revolución. Estas ideas llegaron a ser ampliamente aceptadas por los estadounidenses y también influenció en particular a la Revolución Francesa.

La Constitución de Estados Unidos de América (1787) y la Carta de Derechos (1791)

Escrita en el verano de 1787 en Filadelfia, la Constitución de Estados Unidos de América es la ley fundamental del sistema federal estadounidense y es el documento histórico del mundo occidental. Es la constitución nacional escrita más antigua en uso y define los organismos principales del gobierno y sus jurisdicciones, y los derechos básicos de los ciudadanos.

Las primeras diez enmiendas a la Constitución (la Carta de Derechos), entraron en vigor el 15 de diciembre de 1791, limitando los poderes del gobierno federal de Estados Unidos y protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, residentes y visitantes en territorio estadounidense.

La Carta de Derechos protege la libertad de expresión, la libertad religiosa, el derecho de tener y portar armas, el derecho de reunirse y la libertad de petición. También prohíbe la búsqueda e incautación irrazonable, castigo cruel e inusual y la autoincriminación obligada. Entre las protecciones legales que brinda, la Carta de Derechos le prohíbe al Congreso hacer cualquier ley respecto al establecimiento de religión y le prohíbe al gobierno federal privar a cualquier persona

Page 4: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

de la vida, libertad o propiedad sin el debido proceso legal. En casos criminales federales se requiere de una acusación por un gran jurado, por cualquier delito capital, o crimen reprobable, garantiza un juicio público rápido con un jurado imparcial en el distrito en el cual el crimen ocurrió, y prohíbe el doble enjuiciamiento.

La declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789

En 1789, el pueblo de Francia causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa. Sólo seis semanas después del ataque súbito a la Bastilla, y apenas tres semanas después de la abolición del feudalismo, la Asamblea Nacional Constituyente adoptó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (En francés: La Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen) como el primer paso para escribir la constitución de la República Francesa.

La Declaración proclama que a todos los ciudadanos se les deben garantizar los derechos de “libertad de propiedad, seguridad, y resistencia a la opresión”. Argumenta que la necesidad de la ley se deriva del hecho de que “… el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, tiene sólo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la misma sociedad el goce de estos mismos derechos”. Por lo tanto, la Declaración ve a la ley como “una expresión de la voluntad general”, destinada a promocionar esta equidad de derechos y prohibir “sólo acciones dañinas para la sociedad”.

La Primera Convención de Ginebra (1864)

En 1864, dieciséis países europeos y varios países de América asistieron a una conferencia en Ginebra, por invitación del Consejo Federal Suizo, y por iniciativa de la Comisión de Ginebra. La conferencia diplomática se llevó a cabo con el propósito de adoptar un convenio para el tratamiento de soldados heridos en combate.

Los principios más importantes establecidos en la Convención y mantenidos por las últimas Convenciones de Ginebra estipulan la obligación de proveer atención medica sin discriminación a personal militar herido o enfermo y de respetar el transporte y el equipo del personal médico con el signo distintivo de la cruz roja sobre fondo blanco.

Las Naciones Unidas (1945)

La Segunda Guerra Mundial había avanzado violentamente de 1939 a 1945, y al aproximarse el fin, las ciudades de toda Europa y Asia yacían en ruinas humeantes. Millones de personas murieron, millones más quedaron sin hogar o morían de hambre. Las fuerzas rusas se acercaban, rodeando los restos de la resistencia alemana en la bombardeada capital de Alemania, Berlín. En el Pacífico, la infantería de Marina de los Estados Unidos todavía estaba luchando contra las fuerzas japonesas atrincheradas en islas como Okinawa.

Page 5: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

En abril de 1945, delegados de cincuenta naciones se reunieron en San Francisco, llenos de optimismo y esperanza. La meta de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y evitar guerras futuras. Los ideales de la organización se establecieron en el preámbulo al Acta constitutiva que propusieron: “Nosotros, la gente de las Naciones Unidas, estamos decididos a proteger a las generaciones venideras del azote de la guerra, la cual dos veces en nuestra vida ha producido un sufrimiento incalculable a la humanidad”.

El Acta Constitutiva de la nueva organización de las Naciones Unidas entró en vigencia el 24 de octubre de 1945, fecha que se celebra cada año como Día de las Naciones Unidas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

Para 1948, la nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se había apoderado de la atención mundial. Bajo la presidencia dinámica de Eleanor Roosevelt (viuda del presidente Franklin Roosevelt, defensora de los derechos humanos por derecho propio y delegada de Estados Unidos ante la ONU), la Comisión se dispuso a redactar el documento que se convirtió en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Roosevelt, a quien se atribuyó la inspiración del documento, se refirió a la Declaración como la Carta Magna internacional para toda la humanidad. Fue adoptada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.

En su preámbulo y en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones, los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente común... Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Los países miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a trabajar juntos para promover los 30 Artículos de los derechos humanos que, por primera vez en la historia, se habían reunido y sistematizado en un solo documento. En consecuencia, muchos de estos derechos, en diferentes formas, en la actualidad son parte de las leyes constitucionales de las naciones democráticas.

Hablar de Derechos Humanos en las personas con discapacidad, es atender el pleno goce que como seres humanos tienen. Es decir, sujetos de los mismos derechos tal y como están establecidos en la Convención Universal de los Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales, sujetos con igualdad de trato, que al mismo tiempo tienen necesidades y limitaciones propias, que los hacen sujetos de derechos especiales. Necesitan, sí, ciertas condiciones específicas que les permitan moverse, trabajar y estudiar como cualquier otra persona, pero sobre todo necesitan que se les reconozca como personas competentes y se les trate con respeto.

Page 6: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Características de los derechos humanos

Las características fundamentales de los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos son las siguientes:

Universales. Los derechos que incluye la Declaración Universal de los Derechos Humanos pertenecen a todos los seres humanos por el mero hecho de serlo.

Inalienables. No se pueden enajenar, nadie puede ser despojado de ellos.

Irrenunciables. No se puede renunciar a ellos, aunque sea por propia voluntad, y por lo tanto son también intransferibles, nadie más que el propio titular puede valerse de ellos.

Imprescriptibles. Son para toda la vida, no tienen fecha de caducidad por ningún motivo.

Indivisibles. Ningún derecho puede disfrutarse a costa de otro derecho, no puede prescindirse de ninguno.

Estas distintas características en ocasiones son discutidas, empezando por la universalidad: se argumenta que los derechos humanos se deben interpretar dentro de las distintas culturas, de forma que estas pueden matizar o alterar los principios contenidos en la Declaración Universal. Por lo tanto, los derechos humanos no serían siempre los mismos, variarían en función de los contextos culturales. Es la postura conocida como relativismo cultural. El ejemplo más claro es el de los países islámicos, que defienden la necesidad de que los derechos humanos no entren en contradicción con la Ley Islámica.

La realidad es que los particularismos culturales se suelen utilizar para mantener sistemas opresivos por parte de los respectivos gobiernos (o de las jerarquías religiosas dominantes), y no suelen ser compartidos por las respectivas poblaciones, especialmente cuando éstas han tenido acceso a la información y a la educación. Éste es precisamente uno de los motivos por el que las Naciones Unidas defienden la universalidad del derecho a la educación y a la información, en la misma medida que algunos gobiernos defensores del relativismo cultural, de forma harto sospechosa, lo restringen.

También se presentan objeciones al principio de indivisibilidad de los derechos humanos, argumentando que algunos derechos son prioritarios. Cuando se preparaba el texto de la Declaración Universal estas discrepancias se pusieron de manifiesto en la prioridad que asignaban las democracias occidentales a los derechos civiles y políticos y la presión de los países socialistas para que se reconocieran e incluyeran los derechos económicos y sociales. En la actualidad estas discrepancias no están del todo superadas.

Pero la necesaria indivisibilidad de los distintos derechos es evidente: las personas no pueden mejorar sus derechos económicos, sociales y culturales sin espacio y libertad política. Y por otro lado, las libertades políticas, si no se acompañan de un desarrollo económico y social, no siempre benefician en la práctica a los más necesitados.

Page 7: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

A las características de los derechos humanos finalmente hay que añadir la inderogabilidad, pero con algunos matices, ya que según las distintas normas internacionales, regionales o nacionales de derechos humanos, la inderogabilidad no afecta por igual a todos los derechos. En determinadas circunstancias, de forma excepcional se legitima a los Estados para derogar algunos derechos. Otros han de ser respetados siempre, sin excepción alguna, como el derecho a la vida, a no ser esclavizado o a no ser torturado, a no recibir tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y a la no discriminación por motivos de raza, religión, origen social o de cualquier otra índole.

La inderogabilidad de algunos derechos se refleja en distintos documentos regionales, como el Convenio Europeo de Derechos humanos de1950 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos de1969. Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, aprobados por las Naciones Unidas en 1966, también contienen disposiciones derogatorias; el primero de forma garantista y concreta en el caso de algunos derechos y el segundo de forma más genérica, con un enunciado similar al de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Universalidad de los Derechos frente a la exclusión de las minorías sociales

Los colectivos y personas excluidas presentan unas diferencias muy relevantes en cuanto a oportunidades vitales, condiciones y calidad de vida y están al margen del modo de vida habitual en sociedades desarrolladas y siempre por debajo de un mínimo digno.

Puede afectar a personas con una historia anterior normalizada puede devenir por fracaso escolar, frustración laboral que desemboca en exclusión según psicologías-.

El mundo de los excluidos, con todo, es de gran heterogeneidad, complejo, incierto y desconcertante; no es una "clase social"; la problemática es diversa y diferenciada, sólo tienen en común el haber quedado excluidos. Ocupan una misma geografía: barrios, puerto, cárcel, calle, pero no hacen historia común, cada uno carga con su historia personal.

Algo sorprendente, pero real es, el hecho de que las personas y colectivos en procesos de exclusión social, están dispuestos a trabajar por su incorporación, muchos más de lo que pensamos y esperamos. Conviene tenerlo en cuenta para no perder ese potencial, latente en muchos, aunque no en todos.

Causas o factores que inciden en la exclusión (Económico. Político. Social. Cultural. Religioso. Étnicos, entre otros.).

La exclusión se puede producir debido a diferentes factores, así también puede ser el resultado indirecto de procesos de desarrollo, ya sea por el hecho de seguir ciertos ideales de una comunidad, por una precaria situación económica, o bien en algunos casos se produce cuando la sociedad responde a los intereses de un grupo minoritario que ejerce el poder. La privación o dificultad para la satisfacción de ciertas necesidades secundarias e incluso algunas de las

Page 8: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

necesidades básicas (tales como disponibilidad de servicios como agua potable, desagüe y electricidad) es una característica común en todos los grados y tipos de exclusión

CAUSAS ECONOMICAS.

Entre las causas económicas más comunes encontramos:

La pobreza

Falta de acceso a los recursos

Dificultad financiera en el hogar, ya sea por incapacidad de ahorro o ingresos insuficiente

El desempleo

Dependencia económica de la protección social; pensiones, subsidio, contribuciones o ayuda no monetaria y becas; entre otros.

CAUSAS POLITICAS.

Entre las causas políticas más comunes encontramos:

Extranjeros sin documentación o sin trabajo

No pertenecer a partidos políticos, sindicatos o asociaciones

No participar en elecciones

No participación política y social

CAUSAS SOCIALES.

Entre las causas sociales más comunes encontramos:

Ruptura de lapsos sociales y familiares

Personas con problemas penales o que hayan sido juzgadas; o han pagado penas por delitos cometidos

Distinciones de clases sociales; si eres pobre eres marginado

Emigrantes o sin ciudadanía

Desempleo

Discapacidades físicas o enfermedades

CAUSAS CULTURALES.

Entre estas causas podemos mencionar:

Page 9: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Analfabetismo

Niveles formativo bajos

Carencia de una profesión

CAUSAS ETNICAS

Esto se refiere a que por no pertenecer a una clase de raza en particular muchos son excluidos, por ejemplo: los indígenas, los negros, entre otros.

CAUSAS RELIGIOSAS.

Entre estas causas tenemos las diferencias entre los credos religiosos, ejemplo de ello está la pugna entre religiones o creencias por mantener el mayor número de creyentes.

El concepto relacionado con la exclusión, incidían en factores limitados al desarrollo y crecimiento humano, donde la alimentación era el de mayor importancia, luego seguían los niveles económicos y culturales. Hasta el año 1974, se utilizaban en nuestro país el cambio de la condición social, por estrato social, aplicando criterios sobre los barrios y sus condiciones para inferir en condiciones de alojamientos. Es decir, que aquellos que pertenecían a estratos IV y V, debían reunir los aspectos requeridos para su ingreso a dichas universidades.

Otros conceptos que podemos contemplar son: Pobreza, Vulnerabilidad, Discriminación, Dominación y agresión social.

En especial la agresión que se ejerce sobre los grupos o personas que están en posiciones asimétricas de poder, como son / padres-hijos, hombres-mujeres o marginados-no marginados.

Terrorismo de Estado

El terrorismo de Estado consiste en la utilización de métodos ilegítimos por parte de un gobierno orientado a inducir miedo o terror en la población civil para alcanzar sus objetivos o fomentar comportamientos que no se producirían por sí mismos. Dichas actuaciones se justificarían por razón de Estado.

Terrorismo de Estado en Argentina en las décadas de 1970 y 1980

El terrorismo de Estado en Argentina en las décadas de 1970 y 1980 fue un período de terrorismo de Estado llevado a cabo durante la última dictadura cívico-militar autodenominada "Proceso de Reorganización Nacional", que gobernó la Argentina entre comienzos desde 1976 hasta la

Page 10: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

restauración de la democracia en 1983. Durante este tiempo la dictadura realizó un régimen de represión ilegal, violencia indiscriminada, persecuciones, tortura sistematizada, desaparición forzada de personas, manipulación de la información y demás formas de terrorismo de Estado.

La denominación también utilizada de «guerra sucia» alude al carácter informal e irreglamentado del enfrentamiento entre el poder militar —desligado de la autoridad civil—, contra la misma población civil y las organizaciones guerrilleras, que no obtuvo en ningún momento la consideración explícita de guerra civil. El uso sistemático de la violencia y su extensión contra objetivos civiles en el marco de la toma del poder político y burocrático por las Fuerzas Armadas, determinó la inmediata suspensión de los derechos y garantías constitucionales y propició la aplicación de tácticas y procedimientos bélicos irregulares a toda la población. La denominación «guerra» es objetada por organizaciones políticas y de derechos humanos, quienes sostienen que se trata de un argumento esgrimido originariamente por la dictadura militar para justificar la represión indiscriminada.)

El Terrorismo de Estado terminó hace años, y la situación de los derechos humanos en Argentina ha mejorado mucho. Al abrirse la posibilidad de condenar por "genocidio" los crímenes de Estado durante ese período, se ha comenzado a juzgar a militares, sacerdotes, policías, entre otros. Sin embargo, el destino de muchos de los 30.000 desaparecidos durante la guerra sucia sigue siendo un enigma. Por muchos años, leyes conciliatorias evitaron la investigación y el castigo, habiéndose condenado sólo a los jefes de las cúpulas militares, indultados años después. Finalmente han sido anuladas y algunas investigaciones comienzan a reactivarse. Niños, ahora adolescentes y jóvenes, que fueron arrancados de los brazos de sus madres desaparecidas, siguen viviendo con sus familias adoptivas (muchas veces parientes o amigos de los mismos asesinos de sus padres). Sus abuelos y familiares (nucleados en la asociación Abuelas de Plaza de Mayo) los siguen buscando hasta la actualidad.

EJERCICIO Y CONSTRUCCION DE LA MEMORIA COLECTIVA.

En la Argentina, luego de la dictadura militar autodenominada como Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), el concepto de «memoria» adquirió un importante valor cultural y político de la mano de las luchas de la población y, en particular, de las organizaciones de derechos humanos.

La política sistemática de desapariciones, represión clandestina y supresión de la identidad de hijos de opositores, llevó a que la democracia impulsara una activa política de «reconstrucción de la memoria» y descubrimiento de «la verdad», aludiendo fundamentalmente al destino de los desaparecidos. La estructura básica del régimen de terrorismo de Estado en la Argentina fue destruir la memoria de las actividades y la identidad misma de los opositores.

Las organizaciones de derechos humanos, y en especial las Madres de Plaza de Mayo y las Abuelas de Plaza de Mayo desempeñaron desde 1977 un decisivo papel en la preservación de la memoria

Page 11: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

de los desaparecidos, en el primer caso, y de los hijos de desaparecidos secuestrados, cuya identidad fue suprimida y muchas veces criados por padres sustitutos cómplices del asesinato de los padres biológicos.

Un paso fundamental en la reconstrucción de la memoria histórica en la Argentina fue la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas CONADEP, creada en 1983 por el presidente Raúl Alfonsín, que investigó profundamente el modo en que se ejecutó la represión clandestina para producir, en 1985, un famoso informe conocido como el Informe Nunca Más, pieza de prueba central en el Juicio a las Juntas que condenó a los militares que condujeron la represión y dio a conocer masivamente los actos criminales de Terrorismo de Estado.

En la reconstrucción de la memoria histórica desempeñó un importante papel la iniciativa de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo de organizar el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), dirigido por el estadounidense Clyde Snow, que desarrolló nuevas técnicas de exhumación de tumbas colectivas, reconocimiento de cadáveres y estudios de ADN. Estas técnicas fueron luego utilizadas en otros países de América Latina en donde se dieron también este tipo de desapariciones.

Debido a una serie de insurrecciones militares entre 1986 y 1990 se dictaron una serie de leyes de impunidad que cerraron las investigaciones sobre delitos de lesa humanidad cometidos en la Argentina entre 1976 y 1983. Ello llevó a que las organizaciones de derechos humanos impulsaran los llamados Juicios de la Verdad, que no podían condenar a los culpables pero podían averiguar qué es lo que realmente había sucedido con cada desaparecido. En 2003, el Congreso anuló las leyes que había cerrado las investigaciones. Poco después se reabrieron las causas por delitos de lesa humanidad cerradas en la década del '80. El 3 de agosto de 2006 se habían reabierto 959 causas penales en las que 211 acusados se encontraban con prisión preventiva.

En 2010, la Comisaria de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navy Pillay, dijo que Argentina es el país "con mayor número de juicios por derechos humanos del mundo" y elogió la política de Argentina en la materia al decir que el país "ha demostrado que conocer la verdad es un derecho sin límites, es un derecho que nadie puede negar". "La posición de la ONU sobre las aministías es clarísima: no son admisibles si evitan el juicio de personas que pueden ser penalmente responsables de crímenes de guerra, genocidio, crímenes contra la humanidad o violaciones graves de derechos humanos" indicó Navy Pillay.

Memoria, nietos desaparecidos y Abuelas de Plaza de Mayo

Artículo principal: Robo de bebés en la dictadura Argentina

Un caso especial de memoria histórica son los niños desaparecidos-secuestrados, entregados a familias que convalidaron la sustracción de identidad, y que en algunos casos fueron cómplices del asesinato de sus padres. Existe la certeza de que la mayoría de esos niños siguen con vida. Para encontrar a esos niños, un grupo de abuelas y abuelos de detenidos-desaparecidos crearon la organización Abuelas de Plaza de Mayo, dirigida por Estela de Carlotto. Desde que se estableció la

Page 12: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

democracia en 1983, y febrero de 2010, las Abuelas habían encontrado a 101 de esos niños. Las Abuelas de Plaza de Mayo estiman que alrededor de 500 niños fueron secuestrados y privados de su identidad.

La recuperación de los nietos exige adicionalmente un inédito desafío de reconstrucción de las memorias familiares, personales e históricas relacionadas con la verdadera identidad de los niños detenidos-secuestrados. Hoy esos niños ya son jóvenes y su situación se agrava si se tiene en cuenta que las personas a quienes consideraban sus padres, en quienes naturalmente confiaban, les habían negado su identidad y origen, y en algunos casos fueron cómplices o conocieron a los asesinos de sus padres biológicos.

La conocida banda de rock argentina, Bersuit Vergarabat, realizó a pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo una canción que refleja el drama de estos jóvenes.

ACUERDOS Y CONVENCIONES EN CONTRA DE TODA FORMA DE DISCRIMINACION Y GENOCIDIO

La Declaración Universal de Derechos Humanos ha inspirado a numerosas convenciones y declaraciones elaboradas en el sistema de las Naciones Unidas en ámbitos muy diversos. Algunas de estas convenciones han establecido órganos especializados que velan por el respeto de los derechos enunciados en las convenciones correspondientes por los Estados Partes. Al ratificar estos tratados, los Estados aceptan que órganos de expertos independientes examinen su legislación y sus prácticas relativas a los derechos humanos.

A continuación se proporciona una breve descripción de algunas de estas convenciones:

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948)

Responde directamente a las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial. El genocidio se define como la perpetración de ciertos actos para destruir un grupo nacional, étnico, racial o religioso y obliga a los Estados a responder con la justicia cuando se sospecha que se han cometido dichos

actos.

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951)

Se definen los derechos de los refugiados, en particular el derecho a no ser enviados forzosamente a los países en los que su vida esté en peligro. Establece también disposiciones sobre diversos aspectos de la vida cotidiana, como el derecho al trabajo, a la educación, a la asistencia pública y a la seguridad social, así como el derecho a los documentos de viaje. El Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados(1967) garantiza la aplicación universal de la Convención, que en principio concernía a los refugiados de la Segunda Guerra Mundial.

Page 13: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1966).

Establece como principio que toda doctrina de superioridad racial basada en la diferenciación entre las razas es injustificable, científicamente falsa y condenable moral y jurídicamente. Define la «discriminación racial» y obliga a los Estados Partes a tomar medidas para abolir este tipo de discriminación, tanto en la legislación como en la práctica. La Convención estableció un órgano de verificación: El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial . Si el Estado correspondiente aceptó esta aplicación facultativa de la Convención, el Comité se encarga de examinar los informes de los Estados Partes y las peticiones de particulares que muestren violaciones de la Convención.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979)

Garantiza a las mujeres la igualdad con los hombres ante la ley y especifica medidas para eliminar la discriminación contra las mujeres en ámbitos como la vida política y pública, la nacionalidad, la educación, el empleo, la salud, el matrimonio y la familia. La Convención estableció el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, que es el órgano encargado de velar por su aplicación y de estudiar los informes que emiten los Estados Partes. El Protocolo Facultativo de la Convención (1999) autoriza a los particulares a informar al Comité de supuestas violaciones de la Convención.

La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984)

Define la tortura como un delito internacional, deja en manos de los Estados la responsabilidad de impedir la tortura y les obliga a castigar a los autores. Ninguna circunstancia excepcional se puede utilizar como justificación de la tortura ni como defensa por haber obedecido a órdenes. El órgano de control establecido por la Convención, el Comité contra la Tortura, estudia los informes de los

Estados Partes y puede iniciar investigaciones en el país donde crea que la práctica de la tortura es sistemática.

La Convención sobre los Derechos del Niño (1989)

Reconoce la vulnerabilidad particular de los niños y reúne en una selección recapitulativa todas las formas de protección de los niños para todas las categorías de derechos fundamentales. La Convención garantiza firmemente la no discriminación y reconoce que todas las decisiones deben estar guiadas por el interés superior del niño. Se presta especial atención a los niños refugiados, con discapacidad o pertenecientes a minorías. Los Estados Partes deben garantizar la supervivencia, el desarrollo, la protección y la participación de los niños. El Comité de los Derechos del Niño establecido en virtud de la Convención vela por su aplicación y estudia los informes presentados por los Estados Partes.

Page 14: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

La Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990)

Define los derechos y principios fundamentales de los trabajadores migratorios que están en situación regular o irregular, así como las medidas destinadas a su protección durante todo el

proceso de migración.

Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (1981)

Afirma el derecho de toda persona a la libertad de pensamiento, conciencia y religión y el derecho a no ser objeto de discriminación por su religión o por otras convicciones.

Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (1992)

Proclama el derecho de las minorías a disfrutar de su cultura, de profesar y de practicar su religión, de utilizar su lengua y de salir del país, incluyendo el derecho a volver al mismo. La Declaración invita a los Estados a adoptar medidas para promover el respecto de estos derechos.

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

El 13 de diciembre de 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad con miras a desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana; desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad; hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre; con el objetivo de la plena inclusión.

Su principal interés en las medidas que se adoptan en aplicación de las recomendaciones de la misma es hacer que el sistema existente sea más eficaz para las personas con discapacidades. Esta convención marca un tremendo paso adelante y no menoscaba sino refuerza las protecciones que ofrecen los seis tratados de derechos humanos existentes.

En nuestro país, adoptó la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la aprobación de la Ley 26.378, el 21 de mayo de 2008.

Convención Americana sobre Derechos Humanos

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica o CADH)fue suscrita, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José en Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos.

Page 15: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción, sin discriminación alguna".

Si el ejercicio de tales derechos y libertades no estuviese ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlos efectivos.

Además, establece la obligación, para los Estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.

Como medios de protección de los derechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Las organizaciones de derechos humanos en la Argentina

Durante la última dictadura militar que ocupó ilegalmente el gobierno del Estado argentino entre 1976 y 1983, se crearon y consolidaron organizaciones de ciudadanos dedicadas a luchar por la plena vigencia de los derechos humanos frente al terrorismo de Estado.

A través de las distintas acciones de lucha por la verdad y la justicia, y la permanente promoción de los derechos humanos, estas organizaciones fueron generando espacios de recuperación de la memoria y de la participación ciudadana.

Organizaciones de Derechos Humanos

Organismos y proyectos de derechos humanos de Argentina

Abogarte.com.ar – Derechos HumanosDiferentes cuestiones referidas a represores, temas de derechos humanos, jurisprudencia, literatura.

Abuelas de Plaza de MayoHistoria y logros, lista de denuncias, campañas y otros contenidos.

Amnistía ArgentinaFilial argentina de Amnistía Internacional, una organización independiente que trabaja por un mundo en el que todas las personas disfruten de los derechos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Asamblea Permanente por los Derechos HumanosOrganismo que promueve la defensa de los derechos humanos de la democracia y que luchó durante la dictadura

Page 16: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

militar contra las desapariciones de personas, torturas y excarcelaciones arbitrarias. Asociación de ex-detenidos desaparecidos

Documentos propios y de conjuntos, testimonios, “archivo del genocida”, chat y debates. Asociación Madres de Plaza de Mayo

Información sobre la Universidad de las Madres, nueva sede, historia, documentos, denuncias, entrevistas, grupos de apoyo, actividades y fotografías.

Comisión Provincial por la MemoriaLa Comisión Provincial por la Memoria es un organismo público que tiene como objetivos evaluar, planificar e implementar el funcionamiento de un ámbito destinado a investigar los horrores del terrorismo de estado y contribuir a la educación y difusión de este tema y a la construcción de la memoria colectiva para que nunca más se repitan hechos de esta naturaleza.

Desaparecidos.orgNunca más: Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas.

Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF)El EAAF es una organización científica, no gubernamental y sin fines de lucro. Desde 1984, trabaja en la aplicación de las ciencias forenses, particularmente la antropología forense, en la investigación de violaciones a los derechos humanos.

H.I.J.O.S.Organización de derechos humanos que agrupa a los hijos de desaparecidos y perseguidos políticos de la última dictadura militar del país.

Memoria AbiertaMemoria Abierta es una alianza de ocho organismos de Derechos Humanos reunidos para promover acciones en favor de la memoria sobre lo ocurrido en la Argentina durante el período del terrorismo de Estado. Entre otras acciones, proyectan un museo y reúnen archivos y entrevistas.Movimiento Ecuménico por los derechos humanosOrganización de derechos humanos creada por iglesias en 1976, año de inicio de la dictadura militar argentina. Principios, objetivos, actividades y documentos.

Page 17: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Bibliografía

https://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_Americana_sobre_Derechos_Humanos

https://es.wikipedia.org/wiki/Memoria_hist%C3%B3rica#Memoria_hist.C3.B3rica_en_Argentina

https://Apuntes de catedra

http://www.educ.ar/sitios/educar/recursos/ver?id=14437

http://educacionymemoria.educ.ar/secundaria/notas/organizaciones-de-derechos-humanos/

http://www.un.org/es/rights/overview/

http://www.amnistiacatalunya.org/edu/es/historia/dh-caracteristicas.html

https://www.educ.ar/dinamico/UnidadHtml__get__a9005f93-7a07-11e1-8229-ed15e3c494af/index.html

http://www.equiponaya.com.ar/congresos/contenido/laplata/LP5/29.htm

Page 18: TRABAJO DE MARCO LEGAL UNIDAD II Parcial.docx

Carrera: Profesorado en Educ. Esp. Con Orientación Intelectual

Catedra: Marco Normativo

Profesora: Acevedo Aida

Curso: 4° año

Alumnos: Brandan, Contreras, Agaard, Navarro

UNIDAD II