142
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESULTANTE DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO. CASO: CONSEJO COMUNAL BARRIO CENTRO, CHIVACOA, ESTADO YARACUY. CAROLINA T. VEGA MORÓN Barquisimeto, 2012

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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL

“LISANDRO ALVARADO”

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESULTANTE DE LAS POLÍTICAS

PÚBLICAS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO. CASO: CONSEJO COMUNAL

BARRIO CENTRO, CHIVACOA, ESTADO YARACUY.

CAROLINA T. VEGA MORÓN

Barquisimeto, 2012

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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO”

DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

COORDINACIÓN DE PRACTICAS PROFESIONALES

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESULTANTE DE LAS POLÍTICAS

PÚBLICAS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO. CASO: CONSEJO COMUNAL

BARRIO CENTRO, CHIVACOA, ESTADO YARACUY.

Trabajo presentado para optar al grado de

Licenciada en Administración

Por: CAROLINA T. VEGA MORÓN

Barquisimeto, 2012

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LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESULTANTE DE LAS POLÍTICAS

PÚBLICAS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO. CASO: CONSEJO COMUNAL

BARRIO CENTRO, CHIVACOA, ESTADO YARACUY.

Por: CAROLINA T. VEGA MORÓN

Trabajo de grado aprobado

______________________ ______________________

Lcdo. Juan F. Gómez Soc. Nelson Fréitez

Jurado Jurado

______________________

Dr. Cécil Pérez

Tutor

Barquisimeto, 31 de Julio de 2012

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INDICE GENERAL

INDICE GENERAL v

DEDICATORIA vii

AGRADECIMIENTO viii

INDICE DE CUADROS ix

INDICE DE GRAFICOS xi

INDICE DE FIGURAS xiii

RESUMEN xiv

INTRODUCCION 1

CAPITULO

I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Conceptualización y Definición del Problema 4

Interrogantes de la investigación 7

Objetivos de la Investigación 8

Objetivo General 8

Objetivos Específicos 8

Justificación 9

Alcance y Limitaciones 11

Sistema de Variables 11

Definición Conceptual 12

Definición Operacional 13

II MARCO TEORICO

Antecedentes 15

Bases Teóricas 20

Participación 22

Características de la Participación 23

Tipos de Participación 24

Principios de la Participación 25

Niveles de Participación 27

Medios de Participación Ciudadana 28

Consejos Comunales 30

Bondades de la Participación Ciudadana 38

Barreras de la Participación Ciudadana 39

v

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Organización Comunitaria 41

Desarrollo Comunitario 42

Bases Legales 45

III MARCO METODOLÓGICO

Naturaleza de la Investigación 48

Tipo y Diseño de la Investigación 49

Población 50

Muestra 51

Técnicas e Instrumento de Recolección de

Datos

52

Técnicas de Análisis de Datos 53

Validación del Instrumento 54

Confiabilidad del Instrumento 55

Cronograma de Actividades 56

IV PRESENTACION Y ANÁLISIS DE LOS

RESULTADOS

57

V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 96

REFERENCIAS

BIBLIOGRAFICAS

100

ANEXOS 106

A Validación del Instrumento de Recolección de

Datos

107

B Instrumento de Recolección de Datos 115

C Confiabilidad del Cuestionario 121

D Base de Datos de los Resultados Obtenidos 123

E Currículo de Experto 125

vi

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DEDICATORIA

A mi Dios

A la Virgen

A mis padres

A mis hermanos

A mi tío Chepel (+)

vii

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AGRADECIMIENTO

A Dios, por guiar mi camino e iluminar mis pensamientos.

A mi familia, por su amor, apoyo y protección:

Mi madre, quien es el motor que me impulsa día a día y por ser mi más grande

ejemplo a seguir.

Mi padre, por estar allí siempre.

Mis hermanos, Yorkyi y Renny, por alentarme y ayudarme cuando les necesité.

A Ángel Emilio, por ser incondicional.

A la familia Suárez Quevedo en Chivacoa, por su gentileza, y hacer de su hogar mi

hogar.

A todos los compañeros con quienes compartí en la universidad a lo largo de mi

carrera, todos dejaron una marca especial en mí.

A mis profesores que en cada semestre se hicieron sabios al regalarme su

conocimiento.

A mi universidad la UCLA, a mi decanato, el DAC por hacerme más grande aún.

viii

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LISTA DE CUADROS

p.p

CUADRO

1 Identificación y Definición de Variables 13

2 Operacionalización de Variables 14

3 Barreras de la Participación 40

4 Cronograma de Actividades 56

5 Asamblea de Ciudadanos 58

6 Rendición de Cuentas 59

7 Debate de Ideas 61

8 Iniciativa Popular 62

9 Inclusión Social 64

10 Respeto a las diferencias y superación de las

divisiones

65

11 Consulta 66

12 Control Social 68

13 Intervención 69

14 Beneficios 71

15 Decisiones 72

16 Obstáculos 74

17 Conflictos 75

ix

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18 Consejo Comunal 77

19 Ley Orgánica de los Consejos Comunales 78

20 Organización Comunitaria 79

21 Desarrollo Comunitario 81

22 Apoyo Técnico y Financiero 82

23 Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela

84

24 Ley Orgánica del Poder Popular 85

25 Potestad para intervenir en asuntos públicos 87

26 Ley Orgánica del Poder Público Municipal 88

27 Ejercicio de la Participación Ciudadana 89

28 Ley Orgánica de Planificación Pública y

Popular.

91

29 Vinculación con Asuntos de Representantes

de Gobierno

92

30 Declaración Universal de los Derechos

Humanos

94

x

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LISTA DE GRÁFICOS

p.p

GRÁFICO

1 Asamblea de Ciudadanos 58

2 Rendición de Cuentas 60

3 Debate de Ideas 61

4 Iniciativa Popular 63

5 Inclusión Social 64

6 Respeto a las diferencias y superación de las

divisiones

65

7 Consulta 67

8 Control Social 68

9 Intervención 70

10 Beneficios 71

11 Decisiones 73

12 Obstáculos 74

13 Conflictos 76

14 Consejo Comunal 77

15 Ley Orgánica de los Consejos Comunales 78

16 Organización Comunitaria 80

xi

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17 Desarrollo Comunitario 81

18 Apoyo Técnico y Financiero 83

19 Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela

84

20 Ley Orgánica del Poder Popular 85

21 Potestad para intervenir en asuntos públicos 87

22 Ley Orgánica del Poder Público Municipal 88

23 Ejercicio de la Participación Ciudadana 90

24 Ley Orgánica de Planificación Pública y

Popular.

91

25 Vinculación con Asuntos de Representantes

de Gobierno

93

26 Declaración Universal de los Derechos

Humanos

94

xii

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LISTA DE FIGURAS

p.p

FIGURA

1 Niveles de Participación Ciudadana 27

xiii

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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO”

DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA RESULTANTE DE LAS POLÍTICAS

PÚBLICAS DEL GOBIERNO BOLIVARIANO. CASO: CONSEJO COMUNAL

BARRIO CENTRO. CHIVACOA, YARACUY.

Autora: Carolina T. Vega Morón

Tutor: Dr. Cécil Pérez

RESUMEN

En nuestro país, la intervención del ciudadano en los asuntos públicos está

consagrada en la Constitución como un derecho y un deber. El presente trabajo de

investigación está dirigido a explicar la participación ciudadana resultante de las

políticas públicas del Gobierno Bolivariano. Caso: Consejo Comunal Barrio Centro

en Chivacoa, Yaracuy. Para alcanzar el objetivo, se consideraron los fundamentos

teóricos y legales que explican la variable participación ciudadana. Correspondiente a

las ciencias sociales, aplicando una metodología enmarcada en las ciencias fácticas,

basada en un diseño no experimental con un abordaje cuantitativo; apoyada en una

investigación de campo de tipo descriptivo. Los datos fueron recolectados a través de

una encuesta elaborada con escala Likert que se aplicó a la muestra seleccionada.

Efectuando el proceso investigativo se concluyó que una participación ciudadana

eficiente y eficaz, productiva y provechosa, orientada al colectivo y dedicada a la

mejora de las condiciones de vida, requiere de la intervención del pueblo en la gestión

de las instancias administrativas de gobierno por medio del Consejo Comunal, y

demanda el compromiso de la ciudadanía de conocer los fundamentos legales para

ejecutar, activamente, estas acciones.

Descriptores: Participación Ciudadana, Consejo Comunal.

xiv

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1

INTRODUCCIÓN

En Venezuela se vive desde hace un poco más de una década, un proceso de

profundas transformaciones político-administrativas que requieren de la formación de

mecanismos que sirvan de enlace entre el Estado y la sociedad civil para

coordinar acciones orientadas a elevar la calidad de vida de la población.

Es a partir de la creación de la Constitución de la República Bolivariana en 1999,

que se inicia una nueva relación Estado-sociedad con presencia de mayores espacios

de participación ciudadana, esto fue dando paso al surgimiento de comunidades

organizadas, impulsadas por los cambios y oportunidades que se venían generando,

deviniendo así, un fundamento jurídico que apoyase a las mismas, dándoles la

facultad de intervenir de manera directa en los asuntos públicos.

Así pues, nacen los Consejos Comunales para profundizar a la participación

popular, que como instrumentos de planificación comunal, permitirán la

participación armónica y coordinada para avanzar con el proceso político,

democrático y participativo que transita la República en función de las

particularidades comunales. Con la creación de los Consejos Comunales, las

comunidades disponen de un ente para la discusión y toma de decisiones en

la elaboración de proyectos y mejoras en pro del desarrollo de su propia comunidad y

ámbito vecinal.

De tal manera, y siendo el área de la participación y la búsqueda del

bienestar social de las comunidades una de las preocupaciones esenciales, se

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2

realizó el presente estudio, mediante el cual se explicó la participación ciudadana

resultante de las políticas públicas del Gobierno Bolivariano en el Consejo Comunal

Barrio Centro de Chivacoa, Yaracuy.

En este sentido, el presente estudio investigativo desarrolla y trata los aspectos

de la participación ciudadana y al Consejo Comunal como la instancia más

importante, destinada a buscar soluciones y a ejecutar acciones tendentes a

mejorar las situaciones que afecten a las comunidades, entendiendo éstas como el

ámbito operativo más adecuado para detectar las necesidades y problemas que se

manifiesten, además de implicar a los ciudadanos en la toma de decisiones para

desarrollar una verdadera participación en relación a alcanzar un mayor bienestar y

una mejor calidad de vida de los mismos, y así hacer aportes para lograr el buen

funcionamiento de la gestión local.

La investigación, se fundamenta en una investigación de campo, con un diseño

no experimental del tipo descriptivo–cuantitativo, cuyos principales informantes

fueron líderes comunitarios, así como los voceros y voceras principales del

mencionado Consejo Comunal, que funciona en el área objeto de estudio.

El contenido del trabajo de investigación se estructura en cinco capítulos:

En el Capítulo I: se presenta el problema de investigación, en el cual se plantea

qué genera el problema. Se incluyen los objetivos de la investigación, la justificación

del estudio así como su alcance.

El Capítulo II: comprende un marco teórico que se divide en antecedentes del

estudi,; es decir, estudios o publicaciones previas y similares a la presentada, las

bases teóricas y bases legales que respaldan la información sobre la variable de la

investigación.

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3

El capítulo III: contiene el marco metodológico del trabajo, tipo de estudio, diseño

de la investigación, población y muestra, el instrumento utilizado para recoger la

información, el procedimiento y por último la validez y confiabilidad.

Así mismo el capítulo IV, contiene el análisis e interpretación de los resultados. Y

por último, en el capítulo V se presentan las conclusiones, se explica

descriptivamente el resultado, proporcionando las respuestas a las interrogantes y

objetivos planteados, así como también, recomendaciones para contribuir al estudio.

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4

CAPITULO I

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Conceptualización y Definición del Problema

La aplicación de las políticas implementadas por los gobiernos en el siglo pasado y

a mediados de los 90 condujo al país a una crisis estructural donde la mayoría de la

población se encontraba no solo en niveles de pobreza extrema sino también excluida

del aparato productivo y los beneficios sociales que este genera. Las pocas

expresiones o mecanismos de organización y participación ciudadana que se hicieron

presentes en este período fueron usadas como una estrategia política diseñada para

garantizar una adhesión al pacto de élites y la gobernabilidad.

En los últimos 13 años en Venezuela por parte del gobierno, se ha estimulado a la

participación y la organización social comunitaria disponiendo gran cantidad de

recursos económicos, técnicos y logísticos para fortalecer lo que desde la nueva

hegemonía en la conducción del Estado se ha llamado la construcción del socialismo

del siglo XXI, teniendo como uno de sus pilares el poder popular, y éste, nace desde

la comunidad organizada.

Inspirado en estos preceptos, en 1999, el Gobierno Bolivariano convoca al pueblo a

manifestarse mediante consulta popular para que fuera el mismo ciudadano quien

decidiera o no si era necesario formar una Asamblea Nacional Constituyente, que

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5

tendría la tarea, de refundar la sociedad y reconstruir el marco jurídico, institucional y

paradigmático de la República, a través de una nueva Constituyente, en la cual

pudiera expresarse el modelo de democracia participativa y protagónica que ahora se

desarrolla.

A partir de ese momento, se sientan las bases para la construcción de un modelo

de desarrollo alternativo donde prevalecen la inclusión social y la participación

ciudadana, con la aprobación de un nuevo texto constitucional en 1999 en la que

existen alrededor 130 artículos que promueven la participación ciudadana directa o

indirectamente en varios aspectos de la vida pública del país, algunos de ellos, hacen

alusión directa a la participación popular y dando impulso a las formas participativas

posibilitando la aparición de diversos tipos de las mismas.

Se establecen las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de

la Nación 2001-2007, basadas en cinco ejes, con la finalidad de construir una

sociedad más justa, enmarcados en el crecimiento general del país, donde se demanda

la planificación estratégica en base a la construcción de nuevas realidades,

incorporando la participación colectiva mediante consulta abierta y la promoción de

la mejora sustentable a partir de las comunidades. En este momento se sientan los

fundamentos del sistema nacional de planificación pública del Estado Bolivariano

para diseñar e implantar el Sistema Nacional de Planificación. En este mismo año la

Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Planificación (LOP) (2001), que

regularizaba entre otros, los mecanismos de inclusión popular dentro del sistema para

de este modo transformar la planificación en la asignación recursos en función del

desarrollo de la nación y el mejoramiento del bienestar de la gran mayoría del pueblo.

Se fueron instaurando diversas organizaciones: Comités de Tierras Urbanas, las

Mesas Técnicas de Agua, los Comités de Salud, los Núcleos de Desarrollo

Endógeno, la Cooperativas, los Medios de Comunicación Alternativos, igualmente se

dio paso al nacimiento de las Misiones, todas, políticas del gobierno actual en la

búsqueda de incrementar las formas de participación como pilar fundamental de su

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6

gestión y a fin de garantizar los derechos fundamentales establecidos en la Carta

Magna. Lo importante aquí era buscar la manera de integrar a las comunidades en los

procesos de su cometido que abandera la política social.

Mediante un proceso de articulado desde las alcaldías, las gobernaciones y el nivel

nacional, que van desde arriba hacia abajo y desde abajo hacia arriba, con el

compromiso participativo de las comunidades involucradas, se fue dando paso en

2006 al nacimiento de los Consejos Comunales mediante ley, como medio de

articulación entre las comunidades y el gobierno, siendo la principal representación

de participación y protagonismo de los ciudadanos que es ejercida por medio de la

elaboración de proyectos que satisfacen sus propias necesidades, vinculando los

esfuerzos de las comunidades organizadas y las instituciones gubernamentales, por lo

cual el Estado a través de los mecanismos establecidos legalmente, otorgará los

recursos necesarios para que las comunidades puedan ejecutar los proyectos que se

han planteado. También está posibilidad de que los ciudadanos participen

directamente en la gestión de las políticas públicas y tomen decisiones en la solución

de los principales problemas que los afectan a nivel local. Una de sus

finalidades es el mejoramiento de la calidad de vida mediante la autogestión de

los servicios comunitarios y la realización de una acción supervisora por parte de las

comunidades, esto es el control social.

Lo expresado anteriormente, supone que hoy el pueblo participa de manera activa

en seminarios de formación, en la organización y formulación de misiones sociales,

en políticas de salud, en proyectos de mejora de condiciones sanitario-ambientales, en

la planificación de presupuestos locales, en proyectos de leyes, ordenanzas y

normativas, todo esto, guiado por instancias gubernamentales, entre ellas se destacan:

Ministerio de Participación y Protección Social (MPS), la Fundación para el

Desarrollo Comunal (FUNDACOMUNAL), la Guardia Nacional, PDVSA,

Universidad Bolivariana, Ministerio del Poder Popular para las Comunas y

Protección Social, Superintendencia Nacional de Auditoría Interna (SUNAI),

Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal, el Instituto Nacional de

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Capacitación y Educación Socialista (INCES), Fondo de Desarrollo Microfinanciero

(FONDEMI), Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), entre

otros, que brindan ayuda técnica a las comunidades organizadas, en cuanto a la

incentivación y correcta aplicación de la participación en todos los ámbitos.

Es por esto, que nace el presente estudio, tomando en consideración que todo lo

descrito debe realizarse través de los voceros comunitarios y mediante la asamblea de

ciudadanos, principal elemento de la toma de decisiones en el ámbito comunitario, en

el cual la organización más relevante, el Consejo Comunal, es la instancia de

participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones

comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas que permitan al pueblo

organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos

orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la

construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

Interrogantes de la investigación.

Por lo antes expuesto, surge la necesidad de ahondar en el tema de participación

ciudadana y organización comunitaria, en este caso en el sector Barrio Centro de

Chivacoa, Yaracuy, planteando las siguientes interrogantes:

¿Cómo es la participación ciudadana que estipula la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela?,

¿Es el Consejo Comunal el instrumento más idóneo para ejercitar la participación

ciudadana en la gestión pública? y

¿Cómo se organiza la comunidad?, ¿Cuáles son los medios del ejercicio de la

participación ciudadana y de qué manera se pudieran abrir espacios a los ciudadanos

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para disponer de mayores posibilidades de integración superando las barreras

existentes?

Objetivos de la Investigación

Objetivo General

Explicar la participación ciudadana resultante de las políticas públicas del

Gobierno Bolivariano. Caso: Consejo Comunal Barrio Centro en Chivacoa, Yaracuy.

Objetivos Específicos

1. Contextualizar la participación ciudadana en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

2. Analizar al Consejo Comunal como instrumento de participación ciudadana

en la gestión pública.

3. Identificar las experiencias de organización comunitaria y participación

ciudadana en el Consejo Comunal Barrio Centro del Municipio Bruzual en

Chivacoa, Estado Yaracuy.

4. Examinar las bondades y barreras que presenta la participación ciudadana en

el Consejo Comunal Barrio Centro del Municipio Bruzual en Chivacoa,

Estado Yaracuy.

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Justificación

La Ley Especial de Consejos Comunales (LECC) se aprobó en abril del año 2006,

para el mes de marzo de 2008 estaban contabilizados 26.143 consejos comunales.

En una nota de prensa del Ministerio del Poder Popular para la Participación y la

Protección Social (2009) se señala que “hay…. 27.872 Consejos Comunales...” y en

2010 al mes de hacer la promulgación de la reforma de la Ley Especial de Consejos

Comunales (LECC), existían 31.000 Consejos Comunales alrededor del país y para el

año 2011 unos se habían constituido unos 41 mil 600.

En el presente año aunque no existen cifras oficiales, en base a los años anteriores,

se evidencia un incremento de comunidades que organizadamente han ido sumándose

a la política participativa y protagónica implementada por el gobierno desde la CRBV

y dentro del marco legal constituyéndose como Consejos Comunales.

La intención de apuntar el estudio de investigación en el Consejo Comunal,

se precisa por el hecho significativo de que dicho poder popular se instituye como el

motor de arranque de la expresión organizada del colectivo social logrado mediante

la participación ciudadana, en otras palabras, que el pueblo desempeñe tareas de

gobierno en ejercicio de su soberanía contemplada en la Constitución Nacional y a

través de los diversos medios de participación y protagonismo allí establecidos.

De manera tal que, el Ejecutivo del Estado Venezolano encomienda un pequeño

pero importante fragmento de su poder político y administrativo a las comunidades,

establecidas en Consejo Comunal y éstas, en Comunas, potestad que por demás, es

muy específica, a razón de que el Consejo Comunal, logra operar en materias

concernientes a la gerencia de temas públicos comunitarios, sin oportunidad de

instaurar acciones destinadas al establecimiento o creación de tributos, así como

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legislar, expropiar o administrar justicia, entre otros, que son potestad de los otros

poderes públicos.

El Estado delega en las comunidades un conjunto de atribuciones, para que

estas sean dueñas de su propio destino y protagonista de la mejora integral, social y

económica de quienes allí habitan. Esto supone, además, que la colectividad adquiere

un gran compromiso puesto que se compromete cuidar que el poder que se le ha

otorgado se maneje de forma adecuada y conveniente, conforme a derecho, para

impedir que sea manipulado y distorsionado por intereses con propósitos

inadecuados, opuestos a los señalados que les fueron dados previamente.

Este encargo se amplía a la administración de los recursos generados, dados o

alcanzados, por el banco comunal; de la operatividad de los servicios públicos

comunitarios; de la integración, inclusión e incorporación social; y en definitiva por

la buena función y bienestar de la comunidad, entre otros. Entretanto, la

responsabilidad impone otra obligación, quizá la más importante de todos, y es que

la comunidad debe ser el guía del proceso de cambio, perfeccionando el Estado, pero

antes, ésta debe estar organizada, como requisito previo.

Por lo planteado anteriormente, se evidencia la importancia de la presente

investigación dado que se justifica:

Desde el punto de vista jurídico-social del presente estudio se desprenderán

conclusiones que coadyuvarán a consolidar el proceso de participación, es decir,

dando a conocer la realidad de la participación ciudadana en el sector, se podrán

implantar mecanismos de acercamiento para involucrar a los ciudadanos en la gestión

pública y propiciar su participación en asuntos económicos, administrativos y

políticos.

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11

En cuanto a lo académico, este trabajo se justifica, por cuanto beneficiará no solo a

los involucrados en el proceso, sino a estudiantes del área quienes podrán contar con

material documental valioso sobre un tema de interés para la colectividad venezolana,

y además podrá servir de base para elaborar otros trabajos de la misma línea de

investigación.

Alcance y Limitaciones

El presente estudio investigativo tiene como propósito explicar la participación

ciudadana resultante de las políticas públicas del Gobierno Bolivariano

específicamente en el sector Barrio Centro, Municipio Bruzual de Chivacoa, estado

Yaracuy.

La limitación que mostró el presente estudio obedece a la disponibilidad de las

personas para el encuentro presencial al momento de la aplicación del instrumento.

Sistema de Variables

Tamayo y Tamayo (1996) “las variables son aspectos o dimensiones de un

fenómeno que tiene como característica la capacidad de asumir distintos valores ya

sea cualitativa o cuantitativamente” (p. 23).

Las variables son todo aquello que se va a medir, controlar y estudiar en una

investigación o estudio. La capacidad de poder medir, controlar o estudiar una

variable viene dado por el hecho de que ella varía, y esa variación se puede observar,

medir y estudiar.

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12

“Es una propiedad que puede variar y cuya variación es susceptible de medirse”,

Hernández y otros (2000) (p. 143). Las variables se clasifican según su capacidad o

nivel, de modo que permita medir los objetos de estudio, es decir, dependiendo de su

propia naturaleza, características o propiedades.

En primer lugar son rasgos que pueden ser observados, y que por tanto, van a

permitir confrontarlos con la realidad. En segundo lugar tienen la propiedad de poder

variar, de asumir valores diferentes para cada uno de los sujetos o fenómenos

estudiados.

Las variables que se presentan o se manifiestan como sistema, dos o más variables

constituyen un Sistema de Variables. Aparentemente una variable no constituye un

sistema, pero es la expresión del efecto de un sistema. Todo lo que existe en el

universo es la expresión de las relaciones interactivas de variables.

Definición Conceptual

Hace referencia a los objetivos específicos de la investigación y se encuentra

estrechamente relacionada con el cuerpo teórico en el cual está contenida la hipótesis

en cuestión o la variable de estudio.

La definición conceptual de las variables es una acción que requiere precisión pues

con ella se pone de manifiesto qué va a entender el investigador por ese concepto y

cuáles son sus límites; al definir se deben expresar todos los elementos a que

componen el concepto de forma tal que se manifiesten todos los aspectos que lo

componen.

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Este proceso es incluso decisivo para las etapas posteriores de la investigación, por

cuanto es en este momento en que se decide de acuerdo a los indicadores elaborados,

qué técnicas o procedimientos serán utilizados para medir las variables, e incluso el

contenido de los instrumentos que se elaboren para recoger la información necesaria

para dar respuesta al problema de investigación.

En el siguiente cuadro se presenta la identificación y definición de variables:

Cuadro 1

Identificación y definición de variables

OBJETIVOS ESPECÍFICOS VARIABLE DEFINICIÓN

CONCEPTUAL

Enmarcar la participación ciudadana en

la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Participación Ciudadana

“el conjunto de

mecanismos e instancias

que poseen los ciudadanos

y las comunidades para

incidir en la toma de

decisiones, para la

formulación, control y

seguimiento de las políticas

públicas”. Fermín (2004).

Analizar al Consejo Comunal como

instrumento de participación ciudadana

en la gestión pública.

Identificar las experiencias de organización comunitaria y participación

ciudadana en el Consejo Comunal

Barrio Centro del Municipio Bruzual en

Chivacoa, Estado Yaracuy.

Examinar las bondades y barreras que

presenta la participación ciudadana en el

Consejo Comunal Barrio Centro del

Municipio Bruzual en Chivacoa, Estado

Yaracuy

Fuente: Elaboración propia (2012).

Definición Operacional

Es la medición, cuantificación de la variable, demostrada mediante pruebas de

validación que determina su presencia y las dimensiones que estas abarcan. Para esto

es necesario descomponerla. Sabino (2002), expresa, que las dimensiones: son

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aquellos factores o rasgos de las variables que deben medirse, continúa: “es un

componente significativo de una variable que posee relativa autonomía” (p. 79).

Para operacionalizar las variables, el primer paso que se desarrolla es identificar

las dimensiones en la realidad que ella presenta (definición real de la variable),

después de establecerse para cada dimensión de las variables, los indicadores, es

decir, los rasgos observables y medibles de cada una de esas dimensiones. En el caso

que ocupa esta investigación se asumen la variable, las dimensiones e indicadores de

acuerdo a cada uno de los objetivos planteados en esta investigación.

Cuadro 2

Operacionalización de la Variable

VARIABLE DIMENSIÓN INDICADOR INSTRU-

MENTO

ITEM

Participación

Ciudadana

Socio-Política

Noción de participación ciudadana

E

N

C

U

E

S

T

A

21- 23- 25

Características de la participación

ciudadana

9

Principios de la participación

ciudadana

3 - 5

Niveles de participación ciudadana 7 - 11

Medios de participación ciudadana 1- 2- 4 -8

Bondades de la participación

ciudadana

6-10

Barreras de la participación

ciudadana

12-13

Socio-

económica

Consejos Comunales 14

Organización Comunitaria 16

Desarrollo comunitario 17

Jurídica

Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela

19

Ley Orgánica del Poder Popular 20

Ley Orgánica de Planificación

Pública y Popular

24

Ley Orgánica del Poder Público

Municipal

22

Ley Orgánica de los Consejos

Comunales

15

Ley Orgánica del Sistema Económico Municipal

18

Declaración Universal de los

Derechos Humanos

26

Fuente: Elaboración propia (2012)

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15

CAPITULO II

MARCO TEORICO

Antecedentes

De acuerdo a las revisiones de estudios científicos se tiene en primer lugar que:

Avendaño E. Carmen (2005), estudió la participación de los ciudadanos en

formaciones públicas locales. En su trabajo que tenía como objetivo analizar la

situación actual de Participación Ciudadana en las Formaciones de Políticas Públicas

locales a través de organizaciones socio comunitarias en la parroquia Bolívar del

Municipio Moran del estado Lara, utilizando una metodología descriptiva, toma

como referente la teoría planteada por Malinowski en relación a que los fenómenos

culturales están determinados por las necesidades básicas y por las necesidades para

satisfacerlas. Interpreta, que la comunidad debe valerse en la sustentabilidad de su

entorno para alcanzar la satisfacción de sus necesidades y demandas, pues la

participación ciudadana es vista desde la sociedad civil organizada como un medio

para lograr objetivos concretos que permitan un cambio en la situación de desventajas

que se encuentren, mediante un problema a resolver. Recomienda la necesidad de

impulsar sistemas formales-institucionales de participación ciudadana local.

La anterior postura se relaciona con la presente investigación debido a que

concentra la importancia de que la ciudadanía participe, por cuanto se tienen

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instrumentos legales para que la misma desarrolle un ambiente donde se convierta en

un actor consecuente en la formación de políticas públicas, y así se generar formas de

organización social.

Leonci, y Graterol (2007), presentan una investigación titulada “La Relación del

Capital Humano y la Participación Ciudadana en el Consejo Comunal Ruezga Norte,

Sector 3 del Municipio Iribarren Barquisimeto – Estado Lara”; enmarcada en un

estudio descriptivo, de campo, efectuado con la intención de analizar la relación entre

el capital humano y la participación ciudadana en el Consejo Comunal Ruezga Norte,

Sector 3. La investigación determinó, que los miembros del Consejo Comunal,

conocían los conceptos: el de capital humano, sustentado en un esquema de valores

compartidos que los une en formas de comportamiento conllevándolos a ejercer

participación ciudadana y concluyó con la recomendación de que los Consejos

Comunales para alcanzar los objetivos y metas trazadas, deben basarse en las leyes

que los regulan, con el fin de formular y ejecutar los proyectos en beneficio de la

comunidad.

Esta investigación que estudia la participación ciudadana como derecho mediante

el cual el ciudadano puede incluirse en los asuntos públicos, guarda relación con la

presente investigación en razón de que presenta la vinculación de los individuos

conllevándolos a la participación ciudadana como tema principal, entendiéndose que

su buen ejercicio coadyuva en el funcionamiento del Estado.

En la Revista de Sociedad, Cultura y Desarrollo Sustentable, López (2008) en el

trabajo: Una estrategia de innovación política en Venezuela: los Consejos Comunales,

describe la participación ciudadana formal en los Consejos Comunales. Los

resultados preliminares de este estudio revelaron que existían instrumentos

institucionales sobre la organización y participación ciudadana en los asuntos

públicos; la promoción de la organización de las comunidades para la toma de

decisión, ejecución y control de proyectos, por parte del ejecutivo nacional; avances

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en la instalación formal de los Consejos Comunales en el país; se evidenció, en la

práctica, la consolidación de proyectos de inversión en áreas como vivienda, salud,

educación, agua, entre otros, por parte de los Consejos Comunales aun cuando

persistían algunas influencias personales y partidistas y por último el apoyo de

instituciones nacionales en cuanto a la capacitación de las comunidades para su

participación directa en dichos Consejos. Concluye que, en el marco de la democracia

participativa aparecen los Consejos Comunales como una estrategia de innovación

política para la inclusión social en las decisiones de interés público, promovida por el

gobierno nacional.

En este sentido, en Venezuela y mediante la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela (2000), se enmarcan la participación ciudadana en la

gestión pública, con un rol preponderante del gobierno nacional para su promoción y

en la definición de políticas públicas orientadas a la rearticulación de las relaciones

entre el Estado y la sociedad civil, en la cual la participación ciudadana se concibe

como un medio para profundizar la democracia, razón por la cual ambos estudios

guardan relación.

En un Trabajo de Ascenso, Gómez (2009), presenta un estudio que permite

relacionar las misiones como política educativa de Estado de incentivación a la

participación ciudadana del adulto mayor para el desarrollo local, estudio basado en

un diseño no experimental apoyado en una investigación de campo del tipo

descriptivo que se concentró específicamente en el Municipio Arístides Bastidas, del

Estado Yaracuy. La recolección de datos mediante encuesta y entrevista lo que le

permitió al investigador realizar un análisis y revelar que las políticas de estado

contribuyen al estímulo para el progreso educativo del adulto mayor, llegando a la

conclusión fundamental que existe una relación entre las misiones educativas y la

participación del adulto mayor en las diversas asociaciones y estructuras del quehacer

comunitario, pues se le dota de las capacidades necesarias para enfrentar con éxito los

nuevos retos que se plantean en la sociedad.

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El estudio conduce y orienta la presente investigación, porque hace una invitación

a profundizar en otros aspectos de la participación ciudadana, a partir de la

generación de espacios en base a las directrices de políticas sociales conducentes a la

inclusión social en la búsqueda del desarrollo social y comunitario del país.

Otro estudio de investigación de Ortega, y Rodríguez, (2011), titulado

Participación de la comunidad organizada en la Política social a través del consejo

local de Planificación Pública. Caso: Consejos Comunales de la Parroquia Araya,

Municipio “Cruz Salmerón Acosta”, Estado Sucre en el año 2009 y cuyo objetivo

general de investigación fue analizar el proceso de participación de la comunidad

organizada en la política social a través del Consejo Local de Planificación Pública,

mediante un trabajo de campo del tipo exploratorio-descriptivo arrojó una serie de

fallas en el funcionamiento del Consejo Local de Planificación Pública debido a

irregularidades en su gestión, entre ellos: la carencia de una ordenanza y reglamento

interno que oriente su labor. Igualmente concluye que el desconocimiento de los

Consejos Comunales acerca de la presencia de este órgano ha limitado la

participación directa de la comunidad organizada en el diseño, formulación,

ejecución, seguimiento y control de las políticas sociales que se implementan.

Dicho lo anterior, se desprende que esta investigación ayuda a la comprensión de

situaciones que conllevan a la planificación aislada de las comunidades y, por ende, a

los riesgos de que la inversión social tenga escaso impacto, correspondiendo al

Consejo Comunal mejorar o incorporar nuevos mecanismos para promover su

participación en la formulación, aplicación, evaluación, seguimiento y control de la

política social.

La Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Central de Venezuela,

Caracas, en un boletín interno, imprimió la publicación de la ponencia basada en la

investigación de Chacín, y Márquez (2011) sobre Organización y participación

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comunitaria en el proceso de conformación de los consejos comunales.

Específicamente el estudio centraba la organización y participación comunitaria en el

proceso de conformación del Consejo Comunal León Droz Blanco ubicado en la

parroquia San Pedro, municipio bolivariano Libertador, Distrito Capital. Deducen que

los procesos de organización y participación pudiesen ser más efectivos cuando el

colectivo trabaja en sinergia para el logro de un mismo objetivo, compartiendo

intereses y deseos comunes.

Consideraron que el proceso de conformación del primer consejo comunal en el

sector León Droz Blanco fue exitoso y se realizó un esfuerzo teórico-interpretativo

para profundizar el “por qué pasa lo que está pasando” y contextualizarlo dentro del

abordaje social que se llevó a cabo con los integrantes (muchos de ellos líderes) de

este importante sector.

Destacan que los testimonios realizados por los actores sociales que vivieron esta

experiencia, demuestran que aunque el proceso de conformación de los Consejos

Comunales no es nada sencillo, es posible su configuración, lo que valida la

importancia y coherencia de los niveles de participación y organización comunitaria

que deben tener todos los sectores que buscan una forma de entender y analizar

aspectos en común para buscar soluciones a las demandas sociales que se le presentan

en su entorno.

La solidaridad y el interés común se erigen como categorías que impulsaron la

movilización del colectivo al momento de ejercer la participación en este proceso, en

la medida que esta decisión emane de la comunidad existirá una relación mucho más

armoniosa entre los actores. En virtud de esto, existe correspondencia de acuerdo a la

investigación realizada, puesto que habrá que identificar en la comunidad las

experiencias de vinculación entre los actores sociales, así como de participación, ya

que es la comunidad, el centro donde convergen todas las acciones sociales.

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Bases Teóricas

En todo estudio de investigación, las bases teóricas son las herramientas a través

de las cuales el científico respalda su tesis en conceptos ya establecidos del objeto

que se investiga. Se tomarán en consideración un conjunto de definiciones que

proporcionan información para analizar y seguidamente complementar el estudio que

actualmente se realiza, elementos que permitirán guiar y comprender teóricamente el

proceso investigativo.

Comunidad

En las Leyes venezolanas el concepto de comunidad se maneja de acuerdo a lo

expresado en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009), que, en su artículo

4 num. 1, así como también en la Ley Orgánica del Poder Popular (2010) en su art. 8

num. 4, la Ley de Orgánica de las Comunas art. 4 num. 4, establece la siguiente

definición de comunidad: “Núcleo espacial básico e indivisible constituido por

personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por

características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y

potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole”.

Se distingue que el elemento esencial que conforma una comunidad son las

familias. La definen los lazos afectivos que, de manera espontánea, surgen dentro del

colectivo; señalado por Sánchez (2000): “lo que distingue una comunidad de

cualquier otra agrupación social, tenga o no un territorio específico, es el sentimiento

global de pertenencia, de solidaridad y de confianza, el valor del colectivo…” (p. 48).

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Este sentimiento de pertenencia es definido como aquel donde “los miembros se

preocupan unos por los otros y el grupo por ellos y una fe compartida de que sus

necesidades serán satisfechas permaneciendo juntos”, McMillan y Chavis (1986) (p.

9).

De lo anterior se asume, por comunidad, el conjunto de personas que interactúan

ocupando un área común, unidas por vínculos de solidaridad y pertenencia, fundados

en el interés del bien común.

Ciudadanía

El término proviene de la palabra ciudad. Aristóteles y Platón ya hablaban del

ciudadano como miembro de la ciudad-estado, de la polis griega, aquel que tenía

derecho, por nacimiento, de contar con un mínimo de participación en la vida política

de la ciudad-estado.

Parafraseando a Touraine (1994), en la modernidad pueden distinguirse dos

conceptos de ciudadanía: la primera está relacionada con el espíritu republicano, con

la sociedad política de la libertad y la igualdad. Hace referencia a los deberes que el

ciudadano tiene que asumir para beneficio de la comunidad. El ciudadano es miembro

de un estado nacional, es el artífice de la soberanía popular que otorga legitimidad a

ese estado.

La otra idea de ciudadanía afirma los derechos del individuo, no como miembro de

una comunidad política, sino como hombre, con el sentido de universalidad que le

otorga a este concepto la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano. Este

enfoque brinda a los individuos garantías frente a los poderes y las instituciones, y

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eventualmente contra ellos. Es decir, apela al derecho natural y lo vuelve inalienable

frente a los posibles abusos del derecho positivo.

Fermín (2004) conceptualiza ciudadanía como “el ejercicio de los derechos y

deberes que corresponden a todo individuo de la sociedad venezolana”. La ciudadanía

siempre está relacionada a la acción, esto es, al ciudadano activo y sujeto participante.

Participación

Desde el punto de vista etimológico la participación significa “la acción de tomar

parte” en algún asunto. La participación se puede ejecutar siendo parte directamente o

bien por representación, una vez informado.

Según el artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas en 1948, toda persona tiene

derecho de participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de

representantes libremente escogidos. Al Estado le compete institucionalizar las

normas, mientras que a la ciudadanía le corresponde la creación de identidades

colectivas que se apropien de las normas y las utilicen de forma estratégica para

avanzar en la lucha por la defensa de sus intereses, constituyendo una de las formas

como el Estado y el resto de los actores de la sociedad se interrelacionan e influyen

entre sí a través de acciones públicas.

Se define entonces la participación como el “proceso mediante el cual la

ciudadanía interviene individual o colectivamente, en las instancias de toma de

decisiones sobre asuntos públicos que le afecten en lo político, social o económico”.

Cunill (1997) (p. 16).

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A efectos de este estudio, se entenderá por participación, toda acción voluntaria

orientada directa o indirectamente a influir en o formar parte de, la toma de

decisiones en asuntos sociales y políticos de interés general. Por tanto, implica la

intervención intencional y articulada en la definición, aplicación, observación,

seguimiento y evaluación de las decisiones. Esto supone, entre otras cosas, el

ejercicio de la corresponsabilidad y la articulación de las personas en asociaciones u

organizaciones sociales, así como la modificación y ampliación de las relaciones de

poder.

Características de la Participación

La Asociación de Proyectos Comunitarios, en su Módulo 1. Liderazgo,

Participación Comunitaria y Ciudadana (2005), refiere algunas características de la

participación:

(a) Es un proceso: implica varios momentos coherentes relacionados, implica

un desarrollo en tiempo y espacio y es dinámico en cuanto que tiene que

ver con la sociedad en que se da.

(b) Implica intervención: supone la capacidad de influir en el desarrollo de

algo, en este caso en las decisiones que afectan la vida de los ciudadanos.

(c) Es organizada: implica la suma de los intereses de la comunidad a través

de las organizaciones comunitarias para que los representen ante el Estado.

(d) Es consciente: al tomar conciencia sobre la realidad, los sujetos se

transforman en protagonistas de su propio desarrollo

(e) Continua: implica un ejercicio constante, la participación está presente en

la gestión del municipio y su carácter político, social y cultural lo que la

convierte en un componente esencial de la democracia local.

(f) Protagonista de su propio desarrollo: el fin último de la participación es

mejorar la calidad de vida a partir de la acción de las personas interesadas

en hechos o situaciones en las que se interviene. (p. 7)

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Tipos de Participación

Para Cunill (1991) “la participación ciudadana tiene sentido en tanto se justifica

crear nuevos mecanismos para que la administración conozca mejor las necesidades

de sus administrados, obtenga la colaboración de estos en la ejecución de algunas

tareas o bien, directamente, para que sustituya al Estado en la realización de

determinadas funciones” (p. 43). La autora, habla de cuatro formas de participación

que tienden a confundirse, pero que son distintas entre sí y destaca las diferencias de

cada una en relación con la participación ciudadana que es su objeto de estudio:

(a) Participación Política: entendida como la acción voluntaria ejercida por los

individuos cuando se elige a un representante o cuando se es miembro de partidos

políticos para influir indirectamente en la formación de la voluntad política.

(b) Participación Social: se refiere a los fenómenos de agrupación de los individuos

en organizaciones a nivel de la sociedad civil para la defensa de sus intereses

sociales. La diferencia con participación ciudadana está en el hecho de que los

individuos en la participación social no se relacionan con el Estado sino con otras

instituciones sociales.

(c) Participación Comunitaria: supone una relación con el Estado pero en un

sentido solo de impulsor asistencial de acciones que son ejecutadas por los

ciudadanos y que se refieren a cuestiones vinculadas a su vida.

(d) Participación Ciudadana: se refiere a la intervención voluntaria de los individuos

y las organizaciones sociales en actividades públicas en tanto portadores de

determinados intereses sociales. Según esta definición, es a través de esta forma de

participación, y no de otra, que los individuos y las asociaciones estarían en

posibilidad de involucrarse en procesos de toma de decisiones en la esfera pública.

(p.10-12)

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Desde esta perspectiva se aprecia la intervención del ciudadano en las distintas

esferas de los procesos públicos, siendo menester conocer el contexto de la realidad

local, donde la implicación de las personas en las políticas, fortifique el andamio de la

participación ciudadana.

Principios de la Participación

Se hace referencia al Art. 5 de la Ley Orgánica del Poder Popular (2010):

La organización y participación del pueblo en el ejercicio de su soberanía se

inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios

y valores socialistas de: democracia participativa y protagónica, interés

colectivo, equidad, justicia, igualdad social y de género, complementariedad,

diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad,

cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad,

eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad, responsabilidad, deber social,

rendición de cuentas, control social, libre debate de ideas, voluntariedad,

sustentabilidad, defensa y protección ambiental, garantía de los derechos de la

mujer, de los niños, niñas y adolescentes, y de toda persona en situación de

vulnerabilidad, defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional.

La Participación como Principio

Resalta que la participación aparece como principio enmarcado dentro del

contenido constitucional en el Artículo 6 el cual define al gobierno de la República

Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen como

democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable,

pluralista y de mandatos revocables.

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La Participación como Derecho

En el desarrollo del artículo 62 de la Constitución Nacional, se le reconoce a todos

los ciudadanos y ciudadanas el derecho de participar libremente en los asuntos

públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos, el derecho al

sufragio, el cual se ejerce mediante votaciones libres, universales, directas y secretas

(Artículo 63), el derecho a que los representantes rindan cuentas públicas,

transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado,

el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de

organización, funcionamiento y dirección así como el derecho a concurrir a los

procesos electorales postulando candidatos (Artículo 67).

Participación como Deber

El artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

establece que los ciudadanos tienen por un lado el derecho de participar libremente en

los asuntos públicos, directamente por medio de sus representantes elegidos y por otra

el deber de facilitar la generación de las condiciones más favorables la práctica de la

participación. Así como también se exige participación solidaria de las familias y la

sociedad, para la creación de oportunidades para estimular su tránsito productivo

hacia la vida adulta y, en particular, para la capacidad y el acceso al primer empleo;

en relación con la tercera edad se señala que los mismos deben formar parte de

manera conjunta también para hacer respetar la dignidad humana, su autonomía y

garantizar la atención integral y los beneficios de la seguridad social que lleven y

aseguren la calidad de vida de los ancianos (artículos 79 y 80).

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Por otro lado en la Carta Magna, la participación ciudadana aparece como un

deber individual de rango constitucional, de acuerdo con el artículo 132: “Toda

persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar

solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y

defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática

y de la paz social”. De este modo se exhorta a la participación de todos los

ciudadanos en la formación, ejecución y control de la gestión pública como medio

para lograr la sociedad democrática, participativa y protagónica proclamada en el

preámbulo el texto fundamental. Este derecho constituye la vertiente subjetiva que da

vida a la estructura democrática y social de derecho y de justicia del Estado

venezolano.

Niveles de Participación

Figura N° 1

Niveles de Participación Ciudadana

Fuente: Torres (2007) UCAB

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Según Torres (2007):

Se puede hablar de al menos cinco niveles que pudieran ser representados en

forma piramidal toda vez que a medida que ésta se hace más angosta, la

participación presente es más autónoma y protagónica y, tanto los espacios

como la cantidad de asociaciones involucradas, son cada vez más reducidos:

(a) Nivel de decisión. En el cual la participación supone siempre tomar

decisiones. Este es el máximo nivel de participación. En este nivel descansa el

protagonismo en la acción.

(b) Nivel de planificación. El cual supone la participación en asuntos relativos

a la definición de estrategias de acción para dar cumplimiento a las decisiones

tomadas. En algunos casos, los que planifican pueden ser los mismos que

deciden.

(c) Nivel de consulta. Donde la participación está circunscrita a emitir una

opinión en torno a un asunto particular. Este es el nivel de participación de los

electores.

(d) Nivel de ejecución. En el cual, la participación se ejerce mediante la

realización de actividades definidas por los que ejercen los niveles de decisión

y planificación.

(e) Nivel de recepción del beneficio. En donde la participación es

absolutamente pasiva que consiste en recibir los beneficios o consecuencias de

la participación activa de otros actores. Algunos autores plantean que este

último nivel no puede considerarse propiamente como una forma de

participación. Sin embargo, otros autores afirman que el rol pasivo es también

una forma de participar.

Medios de Participación Ciudadana

Los medios de participación son los mecanismos a través de los cuales los

ciudadanos pueden manifestar su aprobación, rechazo, observación, propuesta, quejas

o sugerencias para expresar aquello con lo que está de acuerdo.

Dentro del diseño constitucional vigente la participación ciudadana se concreta a

través de los llamados medios de participación y protagonismo político del

ciudadano, que en los términos de la propia Constitución actual, están consagrados en

el artículo 70:

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Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su

soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la

consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa,

constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y

ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo

social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la

cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter

financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas

asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.

El artículo 259 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010) establece

también:

Los medios de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía, son

aquellos a través de los cuales los ciudadanos y ciudadanas podrán, en forma

individual o colectiva, manifestar su aprobación, rechazo, observaciones,

propuestas, iniciativas, quejas, denuncias y, en general, para expresar su

voluntad respecto a asuntos de interés colectivo. Los medios de participación

son, entre otros, los siguientes:

1. Cabildos abiertos.

2. Asambleas ciudadanas.

3. Consultas públicas.

4. Iniciativa popular.

5. Presupuesto participativo.

6. Control social.

7. Referendos.

8. Iniciativa legislativa.

9. Medios de comunicación social alternativos.

10. Instancias de atención ciudadana.

11. Autogestión.

12. Cogestión.

Existe una evidente diferenciación en dos sentidos: medios de participación en

lo político y medios de participación en lo económico y social. Los mecanismos

presentes en lo que atañe al caso de estudio basado en la gestión de los consejos

comunales son: asambleas ciudadanas, consultas públicas, instancias de atención

ciudadana, iniciativa popular, presupuesto participativo, control social, autogestión y

cogestión.

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Consejos Comunales

Uno de los mayores esfuerzos que ha realizado el Gobierno nacional en torno a la

organización para la participación ciudadana ha sido a través de los consejos

comunales. El origen de estos se fundamenta en el texto constitucional de 1999. El

artículo 62 refiere a la participación popular en la gestión pública. El artículo 70

determina las formas de participación en lo económico, social y político. El artículo

182 establece la creación del Consejo Local de Planificación Pública (CLPP), el cual

estaría "presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y

concejalas, los presidentes o presidentas de las juntas parroquiales y representantes de

organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las

disposiciones que establezca la ley". El articulo 184 también de la Carta Magna

expresa que: “La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y

los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales

organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad

para prestarlos…”, este sería el articulo sustento de los consejos comunales en la

Constitución vigente.

La Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009) en su artículo 2, en el marco

constitucional de la democracia participativa y protagónica, define a los Consejos

Comunales como:

Instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos,

ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y

populares que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y

la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a

las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la

construcción del nuevo modelo de la sociedad socialista de igualdad, equidad y

justicia social.

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Medios de Participación de los Consejos Comunales

(a) Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas: Es considerada como medio de

participación de carácter deliberativo, en la que todos los ciudadanos tienen

derecho de participar por sí mismo y cuyas decisiones serán de carácter vinculante.

Según la Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009) en su artículo 20:

“La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de

deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y

el protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el consejo

comunal en el marco de esta Ley.”

En este marco de ideas, la Ley, formalmente establece a la Asamblea de

Ciudadanos como la máxima instancia para la toma de decisión de las

comunidades; integrada “por los habitantes de las comunidades mayores de 15

años”. La toma de decisión en los Consejos Comunales se ubica en diferentes

áreas, vinculadas con: las normas de convivencia de la comunidad; los estatutos y

acta constitutiva de los Consejos Comunales; el plan de desarrollo de la

comunidad; elección y revocación del mandato de los integrantes de las

comisiones promotoras, electoral, órgano ejecutivo, unidad de gestión financiera;

evaluación y aprobación de la gestión financiera y, en general la definición y

aprobación de los mecanismos necesarios para el funcionamiento de los mismos.

La Unidad Ejecutiva es la instancia del consejo comunal encargada de

promover y articular la participación organizada de los habitantes de la

comunidad, se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada

uno de los comités y de las áreas de trabajo. Los voceros tienen la responsabilidad

de coordinar todo lo relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la

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instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante las

instancias correspondientes. Con respecto a las decisiones vinculadas al manejo de

los recursos financieros bajo la responsabilidad de la Unidad de Gestión

Financiera (Banco Comunal).

El artículo 263 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal reza “La

asamblea de ciudadanos y ciudadanas es un medio de participación en el ámbito

local de carácter deliberativo, en la que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen

derecho a participar por sí mismos, y cuyas decisiones serán de carácter

vinculante.” Esto quiere decir que, si se cumplen todos los pasos que son

necesarios para que su convocatoria tenga validez, lo que decida la asamblea es de

obligatorio acatamiento para todos los miembros de la comunidad que esté

circunscrita al espacio geográfico que corresponda al consejo comunal respectivo.

Luego, el artículo 264 específica “…convocada de manera expresa, anticipada y

pública. Sus decisiones tienen carácter vinculante para las autoridades, deben

contribuir a fortalecer la gobernabilidad, impulsar la planificación, la

descentralización de servicios y recursos, pero nunca contrarias a la legislación y

los fines e intereses de la comunidad y del estado”.

Al cotejar las disposiciones de ambas leyes, se evidencia que en la Ley

Orgánica de los Consejos Comunales se incorpora el término ejercicio del poder.

Esto es muy importante, porque con ello se inviste al consejo comunal con el aura

política de gobierno local, dentro del ámbito espacial que le corresponda.

(b) Presupuesto Participativo: es el resultado de los procesos mediante los cuales.

Los ciudadanos proponen, deliberan y deciden en la formulación, ejecución,

control y evaluación del presupuesto de inversión anual del municipio, atendiendo

a las necesidades y propuestas de las comunidades y sus organizaciones. Para

Fidika (2006) citado por Márquez y Rodríguez (2009):

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“Se ha denominado de ésta manera al mecanismo por medio del cual los

ciudadanos de un municipio participan en la definición de asignación de

recursos y prioridades presupuestaria. Se instrumenta mediante una serie de

rondas de consultas orientadas a ampliar actores y consensos en torno al

tratamiento y toma de decisiones acerca del presupuesto municipal.

Generalmente se desarrolla en un ciclo de reuniones durante el año previo a

la sanción del presupuesto” (p. 32)

En el artículo 269 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se

establece: “El presupuesto participativo es el resultado de la utilización de los

procesos mediante los cuales los ciudadanos del Municipio proponen, y deciden

en la formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto de inversión

anual municipal con el propósito de materializarlo en proyectos que permitan el

desarrollo del Municipio, atendiendo a las necesidades de las comunidades y sus

organizaciones”.

En este sentido la autora Harnecker (2005), hace referencia al presupuesto

participativo como el “…proceso a través del cual es la población la que, en el

desarrollo de debates y consultas, define los valores de los ingresos y gastos, y

decide en qué áreas deberán hacerse las inversiones y cuáles deben ser las

obras priorizadas…”. (p. 46).

(c) Rendición de cuentas: proceso político-administrativo mediante el cual los

gobernantes dan cuenta de sus decisiones y acciones, con todas las variantes que

puedan existir respecto a: El sujeto que da cuentas, el sujeto a quien se rinde

cuentas, el objeto de la rendición de cuentas y los medios a través de los cuales

tiene lugar. (Ochoa y Montes de Oca, 2004). La rendición de cuentas significa,

como ha dicho Crespo (2001) (p. 6), que los actores envían señales a los

contralores, las cuales pueden ser comparadas con la memoria de éstos, a partir de

lo cual pueden aplicarse castigos y recompensas.

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Según lo establecido en el artículo 51 de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010) se

expresa: “…La rendición de cuentas implica la obligación de demostrar formal y

materialmente la correcta administración, manejo o custodia de los recursos”. Así

también en el siguiente:

Artículo 52. Quienes administren, manejen o custodien recursos de

cualquier tipo afectados al cumplimiento de finalidades de interés público

proveniente de los entes y organismos señalados en el artículo 9, numerales

1 al 11, de esta Ley, en forma de transferencia, subsidios, aportes,

contribuciones o alguna otra modalidad similar, están obligados a establecer

un sistema de control interno y a rendir cuentas de las operaciones y

resultados de su gestión … Los administradores que incurran en

irregularidades en el manejo de estos fondos serán sometidos a las acciones

resarcitorias y sanciones previstas en esta Ley.

En el proceso de rendición de cuentas los consejos comunales como mecanismo

de gestión participativa han logrado desatar polémica ante la idea de que sean las

mismas comunidades quienes pasan administrar los recursos económicos

provenientes de los órganos e instituciones financieras del Estado. Con sus

respectivas ordenanzas según sean las exigencias y particularidades de cada

comunidad; en pro de organizar las comunidades desde abajo hacia arriba, se

busca las mejores alternativas de solución a los múltiples problemas que de allí se

desprenden. Previsto como principio en el artículo 3 de la Ley Orgánica de los

Consejos Comunales y presentado conforme al artículo 31 que dicta las funciones

de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria de la misma ley en su

numeral “3: Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de

cuentas pública cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas, por el Colectivo de Coordinación comunitaria o por cualquier otro

órgano o ente del Poder Público que le haya otorgado recursos”.

(d) Control Social: En lo que respecta la gestión de los Consejos Comunales, el

proceso de control social se considera como uno de los principios de su

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organización y funcionamiento, fundamentado en otros como: la

corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas,

honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, equidad, justicia e igualdad

social y de género de acuerdo a la Ley de los Orgánica de los Consejos

Comunales, Art. 3 (2009).

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal referente a control social en el

artículo 270 “Es un mecanismo a través del cual todo ciudadano, individual o

colectivamente a los efectos de prevenir, racionalizar y promover correctivos,

participa en la vigilancia y control de la gestión pública municipal”.

Con referencia a lo anterior, el control social representa un mecanismo a través

del cual el ciudadano puede incluirse en el proceso de transformación social,

económica, cultural y política que se vive en el país, esto acorde al mandato

establecido en la Carta Magna, en donde se expresan aspectos que despiertan el

interés de las comunidades por intervenir activamente en los asuntos del Estado,

en función de mejorar sus gestiones y coadyuvar en la concreción de los planes de

desarrollo del mismo.

El modulo formativo para la Formación en Participación Ciudadana del

FONDEMI (2007) señala que el control social “es un conjunto de prácticas,

actitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades”.

Aunque a veces el control social se realiza por medios coactivos o violentos, el

control social también incluye formas no específicamente coactivas, como los

prejuicios, los valores y las creencias. Además es el conjunto de acciones de

control, vigilancia y evaluación que realizan las personas, de manera organizada o

independientemente, sobre los asuntos vinculados a la localidad donde hace vida la

organización social a la que pertenece, con el propósito de contribuir a que la

gestión gubernamental local y el manejo de los recursos públicos se realicen con

transparencia, legalidad y honradez.

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En este mismo sentido, el ejercicio del control social a través de la

participación ciudadana representa un deber y un derecho ciudadano establecido

legalmente, que permite la observación, vigilancia, seguimiento y evaluación del

desempeño de las instituciones que prestan servicios, ejecutan obras o desarrollan

programas sociales, por lo tanto el control social representa una actividad esencial

que debe y tiene que ser ejercida directamente por las comunidades interesadas en

obtener un mejoramiento en la calidad de vida.

En este orden, en Venezuela el ejercicio de la participación se corresponde con

el hecho de que los ciudadanos y ciudadanas, se organizan a través de asambleas y

mediante procesos democráticos a fin de integrar los Consejos Comunales, de

acuerdo al ámbito geográfico que les corresponde, para la Ley Orgánica de los

Consejos Comunales (2009), dichas organizaciones son: “instancias de

participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones

comunitaria” (Art 2).

Dentro de la estructura organizativa de estas organizaciones se conforma la

Unidad de Contraloría Social con el propósito de contribuir a que la gestión

pública se realice con la transparencia, legalidad y honradez que exige la Ley, esto

último se presenta en función de los cambios que se han dado en nuestro país, en

donde se dan diversas formas de participación establecidas en la Constitución. Es

ejercido en esta organización por la Unidad de Control social artículo 33 de la Ley

Orgánica de los Consejos Comunales.

(e) Planificación Participativa: los Consejos Comunales son la última instancia

del Sistema Nacional de Planificación integrado por: El Consejo Federal de

Gobierno, los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas

Públicas, los Consejos Locales de Planificación Pública, los Consejos de

Planificación Comunal, los Consejos Comunales.

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Artículo 15 de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular circunscribe al

consejo comunal en el marco de las actuaciones inherentes a la planificación

participativa, se apoyará en la metodología del ciclo comunal, que consiste en la

aplicación de las fases de diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y contraloría

social, con el objeto de hacer efectiva la participación popular en la planificación,

para responder a las necesidades comunitarias y contribuir al desarrollo de las

potencialidades y capacidades de la comunidad.

Ciclo Comunal como forma de gestión de los Consejos Comunales

Es una propuesta metodológica elaborada por instancias del Poder Nacional que

pretende orientar la actividad local de los consejos comunales.

Instrumentado en el artículo 44 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales y

expresa que:

El ciclo comunal en el marco de las actuaciones de los consejos comunales, es

un proceso para hacer efectiva la participación popular y la planificación

participativa que responde a las necesidades comunitarias y contribuye al

desarrollo de las potencialidades y capacidades de la comunidad. Se concreta

como una expresión del poder popular, a través de la realización de cinco fases:

diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y contraloría social.

González (2008), define estas fases:

(a) Diagnóstico Comunal o Diagnóstico Participativo: Es el diagnóstico

integral de las necesidades de una comunidad en sus distintas áreas. Es

realizado en forma participativa. El diagnóstico participativo produce

insumos para el presupuesto participativo.

(b) Planificación Comunal: O Plan Comunal de Desarrollo (PCD) contempla

la visión, los objetivos, y los proyectos que se propone alcanzar una

comunidad en un tiempo determinado.

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(c) Presupuesto Comunal: Refleja los recursos financieros y no financieros,

expresados en costos y gastos, para realizar el Plan Comunal.

(d) Ejecución Comunal: Es la realización de los proyectos del plan, a cargo

de organismos públicos o privados, de carácter comunitario, municipal,

estadal, regional o nacional.

(e) Contraloría Social: Efectúa el control, supervisión, vigilancia y

fiscalización de los recursos asignados y, la ejecución eficaz y eficiente de

los proyectos; por parte de los organismos públicos o privados de carácter

local, municipal, estadal, regional y nacional. (p. 6).

Bondades de la Participación Ciudadana

Entre los beneficios de la Participación ciudadana está el hecho de desarrollar la

capacidad de participación responsable y amplia de la ciudadanía y permitir que los

ciudadanos hagan aportes en los procesos de planificación y ejecución sobre la base

del conocimiento detallado de las condiciones y necesidades locales.

Resuminedo a Montero (2007) en Carvajal (2011), el alcance de la participación

comunitaria produce los siguientes efectos positivos:

a) Tiene efectos socializantes y concientizadores

b) Desarrolla la colaboración y la solidarida

c) Reúne simultáneamente enseñanza y aprendizaje

d) Produce intercambio y genera conocimientos

e) Desarrolla capacidad reflexiva y crítica

f) Puede introducir diversidad, haciendo posible el diálogo y la relación con

otros en un plano de igualdad basado en la inclusión

g) Fomenta el surgimiento de nuevas ideas, nuevos modos de hacer, nuevos

resultados.

h) Fortalece el compromiso para con la comunidad, entre otros (p. 14) .

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Parafraseando a Harnecker (2005), se exponen tres bondades o ventajas mediante

las que la participación permite que las comunidades crezcan y desarrollen valores y

nuevas sensibilidades:

(a) Eleva la autoestima popular: a medida que las personas van participando en los

asuntos que le son propios y logran, con su organización y lucha, resolver sus

propios problemas, se produce un cambio cualitativo con respecto a lo que antes

existía, las personas comienzan a recuperar la confianza y se ven a sí mismas

como sujetos que aprenden, transforman y propician el cambio positivo.

Constatan, al mismo tiempo, el poder de las comunidades organizadas.

(b) Respeto a las diferencias y superación de las divisiones: en la medida que una

comunidad organizada de base trabaja por alcanzar las metas consensuadas, se

genera un proceso de reconocimiento de los “otros” como ciudadanos con iguales

derechos. Ese proceso hace visible temas y agendas subterráneas como la del

género, la diversidad sexual, las minorías étnicas o el respeto a la biodiversidad,

enriqueciendo las prácticas comunitarias de base.

(c) Politización: la participación popular protagónica en las distintas instancias de

gobierno hace que las personas involucradas en ella crezcan en conciencia

política.

Barreras de la Participación Ciudadana

Las barreras son todos aquellos obstáculos que podría presentar el ejercicio de la

participación ciudadana. La en su trascendencia conlleva a una serie de dificultades o

bien se pueden presentar una serie de problemas en los procesos de participación

ciudadana, en reglas generales para el ejercicio de los mecanismos de participación y

vigilancia que impiden al ciudadano o al colectivo ejércela libremente.

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Cuadro 3

Barreras de la Participación Ciudadana

Manifestación Producto

Escepticismo y apatía -Incredulidad de las promesas gubernamentales.

-Desconfianza de la ciudadanía en sus

representantes

-Estado paternalista repartidor de dádivas

Oposición de las asociaciones

Comunales organizadas a

otorgamiento de favores

Cultura clientelar

Burocratismo Multiplicidad de organismos y funcionarios

Aumento de procedimientos administrativos

Discrecionalidad en la toma de decisiones

Aumento de corrupción

Cultura clientelar

Otorgamiento de favores

Verticalismo y autoritarismo Líneas de acción impositiva y sin consulta a las

comunidades

Aplicación del temor como forma de coacción

basado en la arbitrariedad en aras de evitar la

reflexión crítica, el pensamiento y las

capacidades creativas de las personas

Oposición y descontento de

los miembros de la comunidad

Escasez de tiempo Metas a corto plazo impidiendo

procesos participativos

Reuniones improductivas

Desconfianza y apatía hacia lo

planificado

Incapacidad de escuchar Diligentes de espalda a las exigencias de los

representados

Perdida del contacto con la comunidad

Diálogos sordos

Intolerancia Dirigencia con idea de poseer la verdad absoluta

sin consideración de otras vertientes de la

problemática

No se aceptan opiniones

Descontento

Desconfianza en el pueblo Desconfianza en la capacidad intelectual

y creadora de la ciudadanía.

Resignación ante la dirigencia

y entes gubernamentales

Improvisación de los funcionarios del

gobierno

Precaria preparación para enfrentar la

problemática social de la comunidad

Irrespeto a la comunidad

Desconfianza de la comunidad

Dirigente sabelotodo Persona que se cree súper conocedor de los

problema de la comunidad

Pasividad

Espontaneismo de las comunidades Dispersión de los objetivos hacia interés

particulares y no consensuados

Discusiones sin claridad en el

seno de la comunidad

Asambleismo Exceso de reuniones sin horizonte prefijado Presencia para figurar

Formalismo Declarativo

Intervenciones declarativas, de lucimiento

personal, que no aportan al análisis ni la solución

de los problemas

Cercenar el derecho de

participación de los demás

miembros del colectivo

Perfeccionalismo Marcada tendencia a buscar el mejoramiento de

un trabajo sin decidirse a considerarlo nunca

totalmente acabado, lo que retrasa y muchas

veces limita algunas iniciativas exagerado deseo

por alcanzar metas excesivamente elevadas

Indecisión en sus labores

Repetición de tareas

Sectarismo Solo existe la secta, el partido o grupo de amigos.

Antepone los intereses del partido a los de la

comunidad

No se razona

Se deben cumplir los objetivos

del partido

Dogmatismo Se aferra a ideas fijas, para él nada cambia, la

realidad no es dinámica sino que se reproduce en

ciclos reiterativos

Reglas son inalterables

Inflexibilidad en las

propuestas innovadoras

Uso de calificativos peyorativos Descalificación despectiva de la disidencia como

forma de control organizacional

Aislamiento de los sectores

críticos del colectivo

comunitario

Excesos de pragmatismo Privilegia sobre todo la utilidad y el valor

practico de las cosas

Lo importante es hacer las cosas sin pensar en los

aspectos éticos comprometidos

Desdeñan la teoría

Fuente: Herramientas para la Participación de Harnecker (2005)

Elaboración: Gómez (2009) UCLA

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Organización Comunitaria

Con la aprobación de un nuevo texto constitucional en 1999, se da un nuevo

impulso a las formas participativas posibilitando la aparición de diversos tipos de las

mismas. A lo que habría que añadir la estimulación profunda que hace el actual

Presidente de la República para la organización social comunitaria.

La Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009) la define como

organizaciones que existen o pueden existir en el seno de las comunidades y agrupa

un conjunto de personas con base a objetivos e intereses comunes, para desarrollar

actividades propias en el área que les ocupa (Art. 4, num.4.)

Se considera a la Organización Comunitaria, como “base potencial de la

participación y el desarrollo social, merece especial atención para lograr establecer su

proceso de cualificación, ya que es éste, un elemento de alta significación para los

habitantes de los sectores populares”. Ley Orgánica de Consejos Comunales (LOCC),

según Gaceta Oficial Nº 5.806 Extraordinaria del 10/04/06.

Algunas formas organizativas establecidas en la comunidad, pueden ser, por

ejemplo: las asociaciones de padres y representantes, las cooperativas de ahorro y

préstamo, los clubes deportivos, las asociaciones de ancianos, de ambiente, de

transporte, las asociaciones de vecinos, etc., diferentes a las señaladas en la Ley, la

comunidad deberá incorporarlas a la constitución, funcionamiento y atribuciones de

los comités de trabajo de la Unidad Ejecutiva, de conformidad con artículo 27 de la

Ley Orgánica de los Consejos Comunales:

La Unidad Ejecutiva es la instancia del consejo comunal encargada de

promover y articular la participación organizada de los habitantes de la

comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares

en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución

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de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como

conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.

Desarrollo Comunitario

El Desarrollo Comunitario prioriza como eje fundamental de su quehacer el

desarrollo de los sujetos a partir de su participación activa en procesos que, si bien

tiene por objeto ofrecer herramientas para satisfacer necesidades, ello no puede ser

posible sin la corresponsabilidad de los sujetos en sus propios procesos, partiendo de

su dinámica particular y de sus recursos personales para potencializar acciones que

conduzcan al crecimiento y desarrollo, Zárate (2007) (p. 197-199), en Fleitas (2012).

Rezsohazy (1988) citado por Zárate (2007), define el desarrollo comunitario como

“una acción coordinada y sistemática que, en respuesta a las necesidades o a la

demanda social, trata de organizar el progreso global de una comunidad territorial

bien delimitada o de una población-objetivo, con la participación de los interesados.”

(p. 197-199).

El desarrollo local y comunitario consistiría en el proceso de recomponer las

relaciones comunitarias, articular el contacto entre el movimiento asociativo y

generar participativamente la definición compartida de las necesidades, problemáticas

y posibles soluciones dentro de un territorio concreto entre el mayor número posible

de agentes sociales (instituciones, movimiento social y asociativo y bases sociales

afectadas).

El diagnóstico elaborado colectivamente debe de ser la herramienta principal que

posibilite la intervención de la ciudadanía en un proceso participativo de

transformación de sus condiciones de vida, Fleitas (2012) (p.7).

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Según Carvajal (2011), la ONU adopta una noción de “desarrollo comunitario”,

como “el conjunto de procedimientos por los cuales los habitantes de un país unen

sus esfuerzos a los de los poderes públicos con el fin de mejorar la situación

económica, social y cultural de las colectividades, de asociar estas colectividades a la

vida de la nación y permitirles contribuir sin reserva al progreso del país” (p. 28)

Los rasgos que definen al desarrollo comunitario según Nogueiras, (1996) y citado

por Zárate (2007):

a) Es un proceso educativo destinado a lograr cambios cualitativos en las

actitudes y comportamientos de la población.

b) Es una técnica de acción social. Por tanto, necesita de la intervención o

colaboración de agentes con cierto grado de especialización.

c) Se dirige a aquellas comunidades que se encuentran en situación de

subdesarrollo (sociocultural o económico) o de insuficiente utilización de los

recursos disponibles.

d) Su objetivo primordial consiste en la consecución del bienestar social; y,

consecuentemente, la mejora de la calidad de vida de la población o

comunidad objeto de la intervención.

e) Requiere la participación voluntaria, consciente y responsable de los

individuos en la resolución de sus propios problemas.

f) Surge del seno de las comunidades. (p. 20).

Si lo que se busca es alcanzar el desarrollo comunitario se hace necesario que la

comunidad este organizada, informada, sea actora de su propio desarrollo,

conocedora de sus derechos y políticas sociales. Los Consejos Comunales, con su

activa participación, pueden contribuir al desarrollo urbano local sustentable, siempre

que tengan la supervisión, formación, disponibilidad de fondos (Ley Orgánica del

Sistema Económico Comunal artículo 66, Fondo Comunitario para la Reinversión

Social, destinado al desarrollo social comunitario), asesoría técnica y profesional, y

estén bajo la coordinación del gobierno local, así como también, al desarrollo

económico local de una comunidad; pues, el objetivo global de éstos no nace para

sólo dar satisfacción a las necesidades de una comunidad, tienen como misión

alcanzar el desarrollo integral de su comunidad de manera permanente.

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Los Consejos Comunales tienen, entre sus atribuciones, a través de la Asamblea de

Ciudadanos y Ciudadanas la aprobación del Plan Comunitario de Desarrollo Integral

(PCDI) (Artículo 22, numeral 5 de la Ley Orgánica de Consejos Comunales) así

como también, a través del Colectivo de Coordinación Comunitaria (CCC) le

corresponde la coordinación de la elaboración, ejecución y evaluación del Plan

Comunitario de Desarrollo integral (PCDI) articulado con los planes de desarrollo

municipal y estadal de conformidad con el Plan de la Nación (Art. 25, ordinal 2, 7 y 9

de LOCC).

Desde el ámbito legal, el objeto global del desarrollo integral irá de la mano con la

Constitución, porque es en ella, donde se condensan las aspiraciones de los

venezolanos. Está sustentado por el Preámbulo constitucional, los principios

fundamentales y demás normas de la Constitución y todos quienes habiten en el

territorio del consejo comunal tienen la titularidad de este objetivo global, tomando

en cuenta lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

“Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede

desarrollar libre y plenamente su personalidad” (Art. 29 Núm. 1) por ser el medio

donde ha crecido y a él se debe su forma de ser, pensar y actuar.

Este objetivo comprende todos los aspectos que conforman el desarrollo integral,

los cuales tienen carácter de permanencia en el tiempo y están constituidos, siguiendo

a Dávila Fernández (2008) por doce (12) grandes sectores, y que resumen las

actividades comunitarias. Dichos sectores son: 1. Social, 2 Educación, 3 Promoción,

4 Planificación Integral. 5 Políticas, 6 Normativo, 7 Administrativo, 8 Economía y

Finanzas, 9 Comercio y Producción, 10 Infraestructura y Mantenimiento, 11

Ecológico y 12 Salud. Esto significa que estos serían las áreas de los comités de

trabajo que se deberían conformar en cada consejo comunal y que constituyen la

Unidad Ejecutiva (UE), cuyos voceros y voceras deben ser elegidos por la asamblea

de ciudadanos con vocación para cada área de trabajo, es decir, con perfil apropiado

para ejercer las funciones pertinentes a cada área o sector (p. 39).

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Bases Legales

La realización de este estudio preliminar sobre la participación ciudadana en los

consejos comunales, requirió la revisión de los instrumentos jurídicos vigentes y

encauzarlos fin que pretende la presente investigación.

Las bases legales que sustentan la investigación se fundan en:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000):

Desde el Preámbulo y los Principios Fundamentales, los artículos 62 y 70 de la

Constitución Nacional dejan por sentado que la participación ciudadana está

destinada a ser una de las metas principales para dar cumplimiento al fin supremo del

Estado.

Los artículos 6, 182 y 184 donde se expresa la participación ciudadana en sus

diversas facetas, el derecho que tienen los ciudadanos y ciudadanas de participar, los

medios para participar, también se muestra la participación como un principio, como

parte de del derecho de asociación de las comunidades para incidir en procesos

decisorios para solventar la problemática comunitaria presente en su localidad.

Los artículos, 62, 79, 80 y 132 establecen la participación como un deber.

En los artículos 62, 63 y 67 se establece la participación como un derecho.

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Ley Orgánica del Poder Popular (2010)

En su artículo 8 num.4, y en su artículo 5. En el primero trata la definición de

comunidad como expresamente lo es para la legislación venezolana, y en el segundo

se tratan de los principios y valores que deben regir la organización al ciudadano, al

pueblo, en la organización y participación, en ejercicio de su soberanía.

Ley Orgánica De Planificación Pública y Popular (2010)

En sus artículos 10 y 15 el primero expresa cuales son los órganos que integran el

sistema Integración del Sistema Nacional de Planificación y el articulo 15 enuncia los

deber inherente al consejo comunal en cuanto a la planificación participativa, que

para la misma ha de seguir el ciclo comunal.

Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010)

En sus artículos: 259, 263, 264, 269, 270 indican y explican cada uno de los

medios de participación, en específico los más importantes o relevantes

correspondientes al ejercicio de la gestión pública por parte de las organizaciones

comunitarias o en el caso que atañe a la investigación, los Consejos Comunales.

Ley Orgánica de los Consejos Comunales (2009)

Que, en su artículo 4, núm. 1 y artículos: 4, 2, 3, 20, 44, 27, 33 se establece la

conceptualización de comunidad y de consejos comunales como instancia primaria de

participación, señala también el objeto de la ley y los principios a los que debe

sujetarse el consejo comunal. El numero 27 precisa la utilidad de la Unidad Ejecutiva

como órgano decisorio dentro de los Consejos Comunales. También corresponde

destacar que se hizo énfasis en la descripción de los medios de participación de los

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47

consejos comunales, tal es el caso de la Asamblea de Ciudadanos, la Unidad de

Control Social

Ley de Orgánica de las Comunas (2010)

Artículo. 4 Trata la definición de comunidad evidenciando su principal aspectos

por un sitio geográfico con una agrupación de las familias.

Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal (2008)

En su Artículo 66, que explica sobre el Fondo Comunitario para la Reinversión

Social, destinado al desarrollo social comunitario, comunal y nacional, estará

constituido por recursos financieros excedentes del proceso socioproductivo y

transferidos por esas organizaciones a la instancia del Poder Popular que corresponda

y al Ejecutivo Nacional. La administración y distribución de la inversión de los

recursos de éste fondo, destinados al desarrollo comunitario y comunal,

corresponderá a la respectiva instancia del Poder Popular; mientras que lo relativo al

aporte para la reinversión social nacional será establecida mediante decreto del

Presidente de la República.

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

El artículo 21 que da sentido al termino ciudadano permitiendo construir una

definición de ciudadanía. Así mismo el artículo 29 que especifica que el perteneciente

a una comunidad tiene deberes para con ésta.

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48

CAPITULO III

MARCO METODOLÓGICO

Naturaleza De La Investigación

Todas las comunidades poseen características que las identifica y las hace distintas

de otras, inclusive los miembros de una familia son distintos entre sí, no tienen

formas de pensar exactamente igual, sino que por el contrario, tienen ideas propias.

Los individuos poseen esta característica llamada voluntad que guía sus acciones y

hace que reaccionen razonadamente, lo que lo hace impredecible al momento de ser

investigados puesto que los resultados siempre serán distintos en las diversas

ocasiones que se repitan. El campo de las ciencias sociales que están dedicadas al

estudio del hombre en todos sus aspectos, como el cultural, económico y político.

El presente trabajo se enmarca dentro de las ciencias fácticas que son las que

estudian los objetos y hechos reales que forman parte del habitad del hombre en

sociedad que es el tema de estudio de esta investigación. Para Méndez, (2002) “las

ciencias fácticas o empíricas toman como su objeto hechos o situaciones percibidas

por la experiencia del hombre” (p. 42)

Expuesto lo anterior, y para el desarrollo de esta investigación, se empleó una

serie de técnicas, procedimientos e instrumentos que permitieron recolectar, organizar

e interpretar la información pertinente relacionada con el tema de estudio.

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49

Tipo y Diseño de la Investigación

"Un diseño de investigación es un plan global de investigación que integra de

modo coherente y conecta las técnicas de recolección de datos, análisis previstos y

objetivos; el diseño de investigación que intente dar respuesta a la preguntas

planteadas en la misma" Alvira (1996) (p. 67).

La siguiente investigación cuenta con las características de un estudio del tipo

descriptivo, que según Hernández y otros (2000), los estudios de carácter descriptivo

buscan “especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades o

cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis” (p. 215)

Se efectuó bajo la modalidad de Investigación de Campo y sustentada en una

investigación documental, a través de las cuales se obtendrá teorías, información y

resultado del análisis. La investigación de campo se caracteriza porque los problemas

que estudia surgen de la realidad y la información requerida debe obtenerse

directamente de lugar donde está planteado el problema.

Arias (2006) con respecto a la investigación de campo señala: “consiste en la

recolección de datos directamente de la realidad donde ocurren los hechos, sin

manipular o controlar variable alguna”. (p. 57).

Por otra parte, la investigación documental, es el estudio del problema con el

propósito de ampliar y profundizar los conocimientos de su naturaleza con apoyo

principalmente en fuentes bibliografías, en trabajos previos, datos divulgados por

medios audiovisuales o electrónicos. Universidad Pedagógica Experimental

Libertador, (2006) (p.6).

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50

Al respecto Arias (2006) explica: “es aquella que se basa en la obtención y análisis

de datos provenientes de materiales impresos u otro tipo de documentos”. (p.71)

Así mismo, la investigación no experimental del tipo transversal. Para Hernández,

y otros (2000), la investigación transversal es “tomar una fotografía de algo que

sucede” (p. 270). Arias (2006)

Finalmente dados los rasgos característicos de la presente investigación, se ubica

en el enfoque cuantitativo, sobre lo cual Stracuzzi y Martins (2003), afirman que: ...

“la investigación cuantitativa requiere el uso de instrumentos de medición y

comparación que proporcionan datos cuyo estudio necesita la aplicación de modelos

matemáticos y estadísticos”. (p. 186)

Población

La población es definida por Sabino (2002) como “…el conjunto de unidades que

constituye el universo” (p. 104)

La población objeto de estudio de la investigación: el Consejo Comunal del sector

Barrio Centro, de Chivacoa, perteneciente al Estado Yaracuy, como instrumento de

participación ciudadana.

En tal sentido Arias (2006) la define como “un conjunto finito o infinito de

elementos con características comunes para los cuales serán extensivas las

conclusiones de la investigación. Ésta queda delimitada por el problema y los

objetivos de la investigación” (p. 81).

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51

Muestra

La muestra representa un conjunto de la población elegida para la realización del

estudio, Valera (2005), define la muestra como “una parte representativa de la

población, con el objeto de estudiar a la población de la cual proviene” (p. 41). La

representatividad se relaciona con poseer las mismas particularidades del universo o

población de la cual es extraída. Por lo grande o infinita que puede llegar a ser la

población en estudio es preciso utilizar un tipo de muestreo que permita reducir las

unidades de información y no exceda las posibilidades de la investigadora.

Para el análisis, fueron tomados veinte (20) personas pertenecientes a la

comunidad del sector barrio Centro de Chivacoa, Estado Yaracuy, comprendida por

diez (10) voceros del Consejo Comunal y diez (10) de las personas que forman parte

de las diferentes organizaciones comunitarias que integran el espacio geográfico

seleccionado.

Se usó el muestreo no probabilístico: “procedimiento de selección en el que se

desconoce la probabilidad que tienen los elementos de la población para integrar la

muestra y del tipo Intencional u Opinático donde la selección de los elementos con

base en criterios o juicios del investigador” (Arias, 2000: p. 84). Las principales

ventajas de una muestra de juicio son la facilidad de obtenerla y que el costo

usualmente es bajo.

Se seleccionan veinte (20), puesto que este número de personas es representativo

de las organizaciones comunitarias existentes en la comunidad. Los criterios elegidos

para la selección: líderes comunitarios, conocimiento de la comunidad, integrantes de

alguna forma de asociación comunitaria, la disposición y amabilidad y por último la

seguridad de la información.

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52

La muestra está constituida por los principales voceros de los diez (10) comité que

integran el Consejo Comunal Barrio Centro, y otros diez (10) habitantes de la

comunidad quienes participan activamente puesto que son líderes de las

organizaciones comunitarias o algún otro tipo de asociación existente, pero que se

relacionan directa o indirectamente con el Consejo Comunal, que son:

Comité de Carnaval Barrio Centro

Club de Futbol Barrio Centro

Casa de la Cultura

Danzas Santa María

Comité de Tierras Urbanas

Movimiento Yaracuy

Club Social y Deportivo Barrio Centro

Misiones Educativas

Patrullas Zamoranas

Danzas Bruzual

Técnicas e Instrumento de Recolección de Datos

Las técnicas e instrumentos para recabar información permiten medir las variables

en estudio. Parafraseando a Arias (2006) representan las formas y medios materiales a

través de los cuales se recolecta la información (p. 92). Para este caso se

aprovecharon los beneficios que ofrece la encuesta escrita para recoger la

información a través del cuestionario, el cual se aplicó a los integrantes de la

comunidad del sector Barrio Centro de Chivacoa, Yaracuy, incluidos miembros de

organizaciones comunitarias y Consejo Comunal

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53

En cuanto al cuestionario Hernández y otros (2000) expresa que es un instrumento

que “…consiste en un conjunto de preguntas respecto a una o más variables a medir”

(p. 276). Además el autor señala que las preguntas pueden variar tanto como la

cantidad de aspectos que se pretenden medir, es decir, el cuestionario puede estar

diseñado con preguntas bien sean abiertas o cerradas. Con relación a esta

investigación, el cuestionario se estructuró en una encuesta tipo likert, compuesta por

26 preguntas cerradas, y cuya escala esta desglosada en: siempre, casi siempre, a

veces, casi nunca, nunca; para conocer la opinión de los integrantes de la comunidad

y del consejo comunal (Ver Anexo B).

Técnicas de Análisis de Datos

Representa la forma de cómo fue procesada la información recolectada. Los datos

se recaudaron de manera cuantitativa, expresados a través de puntajes o codificados

de manera numérica, luego, la información se vacía en una base de datos o matriz,

procedimiento que se realizó en un programa de computadora, analizando

estadísticamente los datos. Esto permitirió representar gráficamente los resultados de

los datos obtenidos para tener la información ordenada con representaciones visuales

que permiten su posterior estudio.

Según Sabino (2002) el análisis cuantitativo se define como: “una operación que

se efectúa, con toda la información numérica resultante de la investigación. Esta,

luego del procesamiento que ya se le habrá hecho, se nos presentará como un

conjunto de cuadros y medidas, con porcentajes ya calculados” (p. 451), donde se

describen las figuras elaboradas con los datos.

Para este tipo de datos se emplea primero un análisis descriptivo: el uso continuo

de la descripción de los procesos, el registro de la data e información para el

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54

desarrollo de los cálculos, la interpretación y el análisis de los resultados obtenidos al

transcurrir las investigaciones durante el proceso del proyecto a ejecutar

Validación

La validación del instrumento según Balestrini (2002) se refiere “al grado de

precisión en que mide la variable en estudio, mediante el establecimiento de la

fidelidad, representativa o adecuación del contenido” (p. 69), es decir, se refiere a la

ausencia de sesgos y representa la relación que existe entre lo que se mide y lo que

realmente se quiere medir. Por otro lado Hernández y otros (2000) se refieren al

grado en que un instrumento realmente mide la variable que pretende medir (p. 157).

Sabino (2002), reafirma que la validez “indica la capacidad de la escala para medir

las cualidades para las cuales ha sido construida...”, “...Una escala tiene validez

cuando verdaderamente mide lo que afirma medir” (p.120).

Para contrastar la validez de los ítems, se pidió a personas expertas que

dominan el tema, que midan los ítems, en relación con su grado de adecuación a un

criterio determinado.

Con este propósito de los objetivos, el cuadro de definición y operacionalización

de variables y el instrumento (cuestionario tipo encuesta) fue presentado a Juicio de

Expertos: un Doctor en Ciencia Política y Políticas Públicas el (Prof. Samuel

Scarpato Mejuto), una Licenciada en Contaduría Pública (Prof: Silvia Thais Pérez) y

una Metodóloga, (Prof. Gladis Aguilar), respectivamente (Ver Anexo A).

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55

Confiabilidad

En lo que respecta a la fiabilidad del instrumento, Stracuzzi y Martins (2003)

definen la confiabilidad como” el nivel en que las medidas no se ven afectada por las

desviaciones que se producen por los errores causales” (p.150).

Existen variedad de métodos para medir la confiabilidad, uno de estos es el

coeficiente Alfa de Cronbach, que requiere que el instrumento sea aplicado una sola

vez. Este método de cálculo produce valores que van desde 0 a 1, donde 0

representa confiabilidad nula y 1 confiabilidad absoluta, Hernández y Otros (2000).

Cuando el resultado de 0.8 o superior, se dice que el mismo es confiable.

Este coeficiente es aplicable a escalas de varios valores posibles, por lo que puede

ser utilizado para determinar la confiabilidad en escalas cuyos ítems tienen como

respuesta más de dos alternativas. Su fórmula determina el grado de consistencia y

precisión; la escala de valores que determina la confiabilidad está dada por los

siguientes valores:

Criterios de Confiabilidad:

No es confiable de: -1 a 0

Baja confiabilidad de: 0.01 a 0. 49

Moderada confiabilidad de: 0.5 a 0.75

Fuerte confiabilidad de: 0.76 a 0.89

Alta confiabilidad de: 0.9 a 1. Hernández y Otros (p. 1), citado por Gómez (2009)

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56

Para obtener la confiabilidad del instrumento presentado, se aplicó el coeficiente

Alfa de Cronbach, en su dos formas de calcular, mediante el programa SPSS, el cual

arrojó un resultado de un nivel fuerte de confiabilidad de 0,882 en el método de

varianza de los ítems. (Ver Anexo C).

Cronograma de Actividades

Cuadro 4

Cronograma de Actividades. Diagrama de Gantt

Etapas

Semanas

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16

Diseño del

proyecto.

Taller de Metodología

Capítulo I

Capitulo II

Capitulo III

Entrega del

anteproyecto

Observaciones

Validación del

Instrumento

Aplicación del Instrumento

Capitulo IV

Capítulo V

Entrega de Trabajo

de Grado

Fuente: Elaboración propia (2012)

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CAPITULO IV

PRESENTACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS

“El propósito del análisis es resumir las observaciones llevadas a cabo de forma tal que

proporcionen respuestas a las interrogantes de investigación”. En relación a la

interpretación, agrega, “su objetivo es buscar un significado más amplio a las respuestas

mediante su trabazón con otros conocimientos disponibles”. Selltiz et al (1976), citado por

Ballestrini, M. (2002).

En tal sentido, esta etapa está fundamentada en el análisis de la información recabada

con el fin de extraer conclusiones en cuanto a los hallazgos encontrados mediante la

aplicación de los instrumento a la muestra seleccionada y con base en la estadística

descriptiva, plateada mediante cuadros de frecuencia (f) y porcentajes (%), facilitando la

interpretación en función de las premisas que apoyan el marco teórico y que dan respuestas

a los objetivos planteados en la investigación.

A continuación se presenta el análisis e interpretación de los datos obtenidos en

cuadros y gráficos circulares que muestran la distribución porcentual de los resultados

obtenidos para mayor objetividad y claridad; los mismos son explicados de forma

cuantitativa y cualitativa, de acuerdo a su objetividad y a los resultados que estos expresan,

lo señala Hurtado (1997) “es necesario presentar ordenadamente los cuadros y gráficos e

irlos explicando y comentando de manera que queden claros los resultados obtenidos de la

investigación” (p.92).

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58

Ítem 1. ¿Considera que se cumplen los acuerdos de la asamblea de ciudadanos?

Cuadro 5

Asamblea de Ciudadanos

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 1. Asamblea de Ciudadanos

80%

20%

0%

0%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

De los encuestados, el ochenta por ciento (80%) expresó que los acuerdos

establecidos en la asamblea de ciudadanos siempre se cumplen; el resto, veinte por

ciento (20%), opinó que casi siempre se cumplían estos acuerdos.

f %

Siempre 16 80

Casi Siempre 4 20

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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En Venezuela el ejercicio de la participación se corresponde con el hecho de que

los ciudadanos y ciudadanas, se organizan a través de asambleas y mediante procesos

democráticos a fin de integrar los Consejos Comunales, de acuerdo al ámbito

geográfico que les corresponde.

El espacio considerado como Asamblea de Ciudadana se forjó como un escenario

para debatir acciones de interés común que se presenten en la comunidad, siendo el

proceso de conformación debatido en esta instancia.

De acuerdo a lo antes planteado, las prácticas de asambleas comunitarias para

discutir los proyectos necesarios de las comunidades y su posterior aprobación,

muestra un ejercicio de lo democrático con amplia repercusiones en la cultura política

del país.

Ítem 2. ¿El Consejo Comunal rinde cuentas de manera periódica?

Cuadro 6

Rendición de Cuentas

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 12 60

A veces 8 40

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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60

Gráfico 2. Rendicion de Cuentas

60%

0%

0%

40%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Al indagar sobre la periodicidad con la que el Consejo Comunal Barrio Centro

rinde cuentas públicas, de los sujetos encuestados, el sesenta por ciento (60%) de

ellos respondió que casi siempre se rendían cuentas públicas, mientras que un

cuarenta por ciento (40%) expresó: a veces.

En la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, quienes administren

recursos, estarán obligados a llevar un registro de la administración, con los soportes

que demuestren los ingresos y desembolsos efectuados y tenerlos a disposición de la

Unidad de Contraloría Social y demás miembros de la comunidad. Dicha ley

contempla en su artículo 31 las funciones de la Unidad Administrativa y Financiera

Comunitaria y en el numeral 3 establece que dicha unidad deberá “Presentar

trimestralmente el informe de gestión y la rendición de cuentas pública cuando le sea

requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el Colectivo de

Coordinación comunitaria o por cualquier otro órgano o ente del Poder Público que le

haya otorgado recursos”.

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Ítem 3. ¿Considera que existe libre debate de ideas entre Consejo Comunal y la

comunidad?

Cuadro 7

Debate de Ideas

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 3. Debate de Ideas

20%

80%

0%

0%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Al respecto de este ítem, se tiene que el ochenta por ciento (80%) de los

encuestados respondió que siempre hay libre debate de ideas, tal como lo enuncian

los principios de la participación en el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder

Popular (2010); mientras que el resto de la muestra, veinte por ciento (20%)

f %

Siempre 16 80

Casi Siempre 4 20

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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62

respondió referente a esto casi siempre se hay un espacio de discusión abierto para

intercambiar ideas y difundir la información.

El respeto y protección de la libertad de expresión adquiere una función

primordial, ya que sin ella es imposible que se desarrollen todos los elementos para el

fortalecimiento democrático y el respeto a los derechos humanos. El derecho y

respeto de la libertad de expresión se erige como instrumento que permite el

intercambio libre de ideas y funciona como ente fortalecedor de los procesos

democráticos, a la vez que otorga a la ciudadanía una herramienta básica de

participación. Igualmente, la ciudadanía adquiere el poder de participar y/o controlar

el desempeño de las acciones de los funcionarios públicos.

Ítem 4. ¿Cree usted que las iniciativas de elaboración de proyectos, que parten de la

comunidad han sido tomadas en cuenta por el Consejo Comunal?

Cuadro 8

Iniciativa Popular

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 16 80

A veces 4 20

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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63

Gráfico 4. Iniciativa Popular

80%

0%

0%

20%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Ochenta por ciento (80%) dijo que siempre se toman en cuenta las iniciativas de

proyectos presentadas por la comunidad ante el Consejo Comunal. El veinte por

ciento (20%) expresó que a veces.

La iniciativa popular es una herramienta de participación, contemplada en el

artículo 70 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, que permite a los

ciudadanos, presentar proyectos de Ley a la Asamblea Nacional, que tiene la

obligación de tratar. De igual modo, la creación de instancias de gestión comunitaria,

con el fin de contribuir a formular, ejecutar, controlar y evaluar sus políticas públicas,

impulsando de este modo la participación popular.

También, iniciativa popular, son todos aquellos proyectos que surjan desde las

comunidad en función de las necesidades propias de su desarrollo. Es así como la

Carta Magna en el Título VI, Del Sistema Socioeconómico, artículo 308, establece:

“El Estado protegerá y promoverá las cooperativas con el fin de fortalecer el

desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular”.

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64

Ítem 5. ¿En este Consejo Comunal se realizan planes de desarrollo con la inclusión

de jóvenes y adultos mayores?

Cuadro 9

Inclusión Social.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 5. Inclusión Social

25%

75%

0%

0%0%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Para el setenta y cinco por ciento (75%) de los encuestados siempre se toman en

consideración a los jóvenes y a los adultos mayores en los proyectos para los planes

de desarrollo de la comunidad y un veinticinco por ciento (25%) opina que casi

siempre. Respecto a este ítem, se cita a Sosa (2001), quien señala que: “ser excluido

no significa solamente ser pobre. Significa no haber sido considerado en la

f %

Siempre 15 75

Casi Siempre 5 25

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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65

determinación de los asuntos públicos. Significa estar ausente de la política que

define el rumbo de una sociedad en una época, en un territorio determinado” (p. 3).

Se trata entonces de inclusión entendida como ejercicio efectivo de derechos

por parte de una ciudadanía que enfrenta el desafío de construir verdaderas

democracias que abran el camino de la inclusión social plena

Ítem 6. ¿Son admitidas las diferencias dentro del Consejo Comunal?

Cuadro 10

Respeto a las diferencias y superación de las divisiones.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 6.Respeto a las diferencias y

superación de las divisiones.

35%

65%

0%

0%0%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 13 65

Casi Siempre 7 35

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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66

De la totalidad de encuestados el sesenta y cinco por ciento (65%) expresó que

siempre son admitidas las diferencias, mientras que casi siempre, fue lo que opinó el

treinta y cinco por ciento (35%) restante, aludiendo el respeto a las diferencias y

superación de divisiones como un beneficio puesto que se unen los grupos humanos y

se consolidan las comunidades, cuando sus ciudadanos y ciudadanas participan.

Lo primero que ocurre es un reconocimiento de las otras personas como seres con

iguales derechos, pues, el trabajo en comunal permite unirlos en el esfuerzo común;

admitiendo, la participación de diferencias, y al respetarse, como antes se dijo, se

superan en buen grado las divisiones preexistentes.

Ítem 7. ¿El Consejo Comunal consulta a los miembros de la comunidad sobre las

necesidades de sus cuadras?

Cuadro 11

Consulta.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 6 30

A veces 10 50

Casi Nunca 4 20

Nunca 0 0

Total 20 100

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67

Gráfico 7. Consulta.

30%

0%

20%

50%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

En un cincuenta por ciento (50%) se posiciona la opinión de que a veces se

consulta a miembros de la comunidad sobre sus necesidades, otro treinta por ciento

(30%) asume que casi siempre y en un (20%) se expresa que casi nunca se consulta.

Se infiere que quienes no participan activamente en las sesiones o reuniones

convocadas por el Consejo Comunal no son consultados.

Ante este hecho y siguiendo a Harnecker y otros (2005) “La participación puede

expresarse a través de varias formas. La tradicional en el desarrollo de diagnósticos

participativos se asocia a la realización de sesiones de trabajo con los miembros de la

comunidad, sin embargo, existen otras formas de ir incorporando a quienes no

asisten”. Continúan destacando ciertos ejemplos de sobre otras maneras de consultar

a la comunidad:

Las mismas preguntas y planteamientos se pueden hacer a través de

desplegables en la escuela, en la bodega o de murales donde los vecinos con

pinturas o graffitis expresen la respuesta o por medio de sociogramas, de

teatros invisibles donde un grupo del equipo promotor se coloca en paradas,

en canchas, en bodegas y aparentemente comienza a confrontar puntos de

vista sobre las situaciones de la comunidad, hasta comenzar a involucrar al

resto de los vecinos en la discusión (p. 43- 44).

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68

Ítem 8. ¿Los proyectos comunitarios son supervisados por la comunidad de modo

que sean ejecutados de acuerdo a lo planificado?

Cuadro 12

Control Social.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 8. Control Social

30%70%

0%

0% 0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Con respecto a este ítem, se observa que siempre está presente el control social

según opinión del setenta (70%) de los encuestados, mientras que el otro treinta por

ciento (30%) opina que casi siempre se da este mecanismo de participación por parte

de la comunidad y sobre sus proyectos comunitarios.

f %

Siempre 14 70

Casi Siempre 6 30

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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69

En Venezuela existe un régimen democrático – participativo según el artículo 6 de

la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), por lo tanto el

ciudadano posee la capacidad de decisión y control, los ciudadanos y ciudadanas

tienen el deber y derecho de estar atentos ante la ejecución de programas, planes,

proyectos, prestación de servicios públicos, conducta de funcionarios públicos, entre

otras.

El control social representa un mecanismo a través del cual el ciudadano puede

incluirse en el proceso de transformación social, económica, cultural y política que se

vive en el país, esto acorde al mandato establecido en la Carta Magna, en donde se

expresan aspectos que despiertan el interés de las comunidades por intervenir

activamente en los asuntos del estado, en función de mejorar sus gestiones y

coadyuvar en la concreción de los planes de desarrollo del Estado.

Ítem 9. ¿Se involucran las organizaciones comunitarias y demás habitantes de la

comunidad, en las acciones del Consejo Comunal?

Cuadro 13

Intervención.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 8 40

Casi Siempre 8 40

A veces 4 20

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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70

Gráfico 9. Intervención

40%

40%

0%

20%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Así pues, un cuarenta por ciento (40%) respondió: siempre, una misma proporción

de cuarenta por ciento (40%) se refirió a casi siempre, mientras que el resto, veinte

por ciento (20%), optó por responder a veces, con respecto a la intervención de las

organizaciones comunitarias y demás vecinos del sector en las acciones del Consejo

Comunal.

Las organizaciones comunitarias que se forman en los barrios o sectores, se

agrupan en base a intereses comunes, es decir que tiene objetivos que les son

similares y desde este punto tienen claro que la unificación de fuerzas y el trabajo en

común es la manera de lograr lo que se proponen.

El desempeño de la participación por parte de las asociaciones existentes y la

comunidad de forma ordenada, es de suma importancia puesto que por medio del

Consejo Comunal como instancia del ejercicio del Poder Popular es que se va a

permitir al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de

las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades,

potencialidades y aspiraciones de las comunidades.

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71

Ítem 10. ¿Los proyectos puestos en marcha por el Consejo Comunal han beneficiado

a la comunidad en general?

Cuadro 14

Beneficios.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 10. Beneficios

65%

0%

35%

0%0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Un sesenta y cinco por ciento (65%) de los encuestados expresó que casi siempre

se ha beneficiado la comunidad en general con los proyectos que se han puesto en

marcha desde el Consejo Comunal. El otro treinta y cinco por ciento (35%) dijo que

casi nunca se benefician todos. Estas respuesta deriva del hecho que aún no aprecian

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 13 65

A veces 0 0

Casi Nunca 7 35

Nunca 0 0

Total 20 100

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72

que la ayuda que se le otorga a un particular es en beneficio de la comunidad, todavía

hay una impresión de individualismo ante el provecho de pocos. El hecho es que

quien no participa en las reuniones comunitarias difícilmente se hace oír sus

necesidades para que estas puedan, con la ayuda de todos, ser solventadas, en cambio

quienes constantemente acuden, se hacen sentir y obtienen con regularidad ayudas

para sí, su cuadra o los suyos.

La constancia en la participación conlleva a generar en el individuo un cambio de

actitudes, de valores y de pensamientos, de conciencia, y le hacer preocuparse más en

objetivos colectivo que individuales. Por eso el hacer de esto un ejercicio permanente

para realizarse como personas, para el logro de su felicidad y el mejoramiento de su

calidad de vida, transformándolos en actores capaces de construir su propio destino.

Ítem 11. ¿Se siente usted satisfecho con las decisiones que toma el Consejo

Comunal?

Cuadro 15

Decisiones.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 15 75

Casi Siempre 0 0

A veces 5 25

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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73

Gráfico 11. Decisiones

0%

75%

0%

25%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

En un setenta y cinco (75%) se ubican los sujetos que siempre están satisfechos

con las decisiones que ha tomado el Consejo Comunal, y un veinticinco por ciento

(25%) expresa que a veces han sido acertadas. El nivel decisorio en los Consejos

Comunales según el art. 20 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales: ”La

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de deliberación y

decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y el

protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el Consejo

Comunal…”.

Hay una instancia dentro del Consejo Comunal que es el Colectivo de

Coordinación Comunitaria que se encarga de realizar el seguimiento de las desiciones

aprobadas en asamblea de ciudadanos y ciudadanas (artículo 25 numeral 1 de la Ley

Orgánica de los Consejos Comunales). conformado por los voceros y voceras de la

Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y Unidad de

Contraloría Social del consejo comunal.

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74

Ítem 12. ¿Cree que el Consejo Comunal ha experimentado que algunas personas

pretenden tomar decisiones por encima de todos los demás?

Cuadro 16

Obstáculos.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 12. Obstáculos

10%

90%

0%0%0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Casi la totalidad de la muestra, un noventa por ciento (90%) considera que existen

personas que toman decisiones por encima de los demás, esto tanto dentro del

f %

Siempre 18 90

Casi Siempre 2 10

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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75

Consejo Comunal, como en los organismos gubernamentales con los que se han

relacionado, sin embargo, reconocen que al suceder dentro del propio Consejo

Comunal, estas medidas arbitrarias aunque causaron tensión, son ajustadas a lo que

decide la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y han sido convenientes para el

desarrollo de la actividad o proyecto que se pretendía ejecutar. Pero estas actitudes,

representan en todo caso una barrera para la participación pues hay quien se cohíbe a

participar suponiendo que las decisiones particulares de algunos voceros son las

aceptadas.

Por último hay piedras que comúnmente son encontradas en el camino que pueden

surgir del burocratismo, del verticalismo o autoritarismo que, como desviación

indeseable, puede surgir en algunos sectores del Poder Público.

Ítem 13. ¿Se presentan conflictos entre los miembros que conforman este Consejo

Comunal, en la búsqueda de soluciones a los problemas de la comunidad?

Cuadro 17

Conflictos.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 0 0

A veces 0 0

Casi Nunca 4 20

Nunca 16 80

Total 20 100

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76

Gráfico 13. Conflictos

0%0%

20%

0%

80%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

El ochenta por ciento (80%) de la muestra, opina que nunca se presentan

conflictos de mayor transcendencia dentro del Consejo Comunal en la búsqueda de

soluciones a los problemas de la comunidad, el otro veinte por ciento (20%) dijo casi

nunca.

En este caso, es el sentido de comunidad está por encima de los intereses propios

al momento de solucionar problemas comunitarios. Los encuestados entienden que,

se benefician participando en la gestión pública y que para lograr esto, hay que

incorporarse, no creando conflicto, sino, trabajando unidos, pues:

a) Evalúan en conjunto la satisfacción de los destinatarios de los beneficios.

b) Mayor transparencia en la administración de recursos.

c) Con ideas aportadas con todos, diseñan proyectos más factibles y viables.

d) Identifican adecuadamente las necesidades y los intereses de los destinatarios.

e) Hay un mayor control en la prevención de la corrupción.

f) Contribuyen a la equidad, asegurando la presencia de los más desfavorecidos.

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77

Ítem 14. ¿El Consejo Comunal actúa como instancia de articulación directa en la

gestión pública?

Cuadro 18

Consejo Comunal.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 14. Ley Orgánica del Poder

Popular

0%

90%

0%

10%

0%Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

En un noventa por ciento (90%), se encuentra la opción siempre para indicar que el

Consejo Comunal actúa como instancia de acción directa en la gestión pública, el otro

por ciento (10%) piensa que a veces procede como tal. Los datos expresados dan a

f %

Siempre 18 90

Casi Siempre 0 0

A veces 2 10

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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78

entender que se tiene por parte de la comunidad, voceros y líderes de organizaciones

comunitarias un concepto claro de lo que significa y para que se destina la creación

del Consejo Comunal, tal como está establecido en la Ley.

Ítem 15. ¿La elección de los miembros del Consejo Comunal se realiza cada 2 años

con la participación abierta de todos los miembros de la comunidad, conforme a la

Ley?

Cuadro 19

Ley Orgánica de los Consejos Comunales.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 15. Ley Orgánica de los Consejos

Comunales

10%

90%

0%0%

0%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 18 90

Casi Siempre 2 10

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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79

De la totalidad de los encuestados, el noventa por ciento (90%) opinó siempre y el

diez por ciento (10%) casi siempre con respecto a si las elecciones del Consejo

Comunal se realiza con la participación de todos los miembros de la comunidad y con

la periodicidad que rige en la LOCC (2010). Esto quiere decir que los procesos

electorales sucedidos con respecto a la elección de los voceros y miembros del

Consejo Comunal se ajustan a lo establecido en Ley y, que del conocimiento de los

habitantes de la comunidad.

La Ley (art. 11) menciona que: “Los ciudadanos y ciudadanas de manera

individual o colectiva tendrán derecho a participar y postular voceros o voceras a las

unidades del consejo comunal, de acuerdo a los requisitos establecidos en esta Ley”,

y, entre las funciones de la Asamblea de Ciudadanos está: “Elegir y revocar a los

voceros y voceras del consejo comunal a través de un proceso de elección popular

comunitaria, conforme a lo que establezca la presente Ley” (art. 23 Num.3).

Ítem 16. ¿La comunidad promueve la creación de otras formas de asociación

comunitaria aparte de los Consejos Comunales?

Cuadro 20

Organización Comunitaria.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 6 30

A veces 8 40

Casi Nunca 0 0

Nunca 6 30

Total 20 100

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80

Gráfico 16. Organización Comunitaria

30%

0%

0%

40%

30%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Para esta pregunta, el cuarenta (40%) expresó que a veces y el resto dividió su

posición. Treinta por ciento (30%), expresó casi siempre, mientras que el otro treinta

por ciento (30%) restante dijo nunca, esto con respecto a si la comunidad promueve

la creación de otras formas de asociación comunitaria aparte de los Consejos

Comunales. En este sentido los habitantes del sector han sido algo apáticos en la

formación de asociaciones que contribuyan al desarrollo integral de la comunidad.

Desde las comunidades se deben generar mecanismos que conduzcan a la

incorporación progresiva de los habitantes en los modelos de organización

comunitaria, para que tomen las iniciativas de mejoras e innovaciones en la

recuperación de los espacios habitados.

Se destaca que en la ley, que, entre las funciones de la Asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas en el artículo 23 de se señala en el numeral 2: “Aprobar la creación de

comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria, con carácter

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81

permanente o temporal”, lo que nos conduce a la existencia de organizaciones

comunitarias dentro del Consejo Comunal.

Ítem 17. ¿Considera que cuándo la comunidad se organiza y participa, activa el

proceso de desarrollo comunitario?

Cuadro 21

Desarrollo Comunitario.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 17. Desarrollo Comunitario

25%75%

0% 0%0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 15 75

Casi Siempre 5 25

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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82

Un setenta y cinco por ciento (75%) de la muestra respondió siempre, mientras

que el otro veinticinco por ciento (25%), casi siempre, respecto a si consideraban que

cuando la comunidad se organiza y participa, activa el proceso de desarrollo

comunitario, denotando que tienen certeza y son conocedores que la evolución de su

comunidad se fundamenta en la participación de todos los sectores de manera

constante.

Para Ander-Egg (2005), cuando se habla de desarrollo de la comunidad se señala

como objetivo lograr que las comunidades impulsen su propio desarrollo y resuelvan

sus problemas más agudos. El autor advierte que hoy, las pretensiones son más

modestas, pero al mismo tiempo más realistas y realizables: “de lo que se trata (en las

actuales circunstancias) es integrar/articular los programas de desarrollo de la

comunidad en el desarrollo local y la acción comunitaria” (p.10).

Ítem 18. ¿El Consejo Comunal recibe apoyo técnico o financiero de instituciones

especializadas o de organismos gobierno para proyectos socioproductivos?

Cuadro 22

Apoyo Técnico y Financiero.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 12 60

Casi Siempre 0 0

A veces 7 35

Casi Nunca 0 0

Nunca 1 5

Total 20 100

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83

Gráfico 18. Apoyo Técnico y Financiero 0%

60%

0%

35%

5%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

En un sesenta por ciento (60%) los encuestados optaron por contestar, siempre. Un

treinta y cinco por ciento (35%) respondió a veces y un (5%) nunca sobre si recibían

apoyo técnico o financiero de instituciones especializadas u organismos de gobierno

en proyectos socioproductivos. Se pudo captar que existe en la comunidad una alta

valoración de las iniciativas del Estado en la promoción de la participación y, en este

sentido, “el Estado tiene la gran responsabilidad de proporcionar información técnica

y asistir a la comunidad con el propósito evitar que la burocracia entorpezca el

proceso de incorporación de las comunidades en la gestión pública”, Sánchez Tovar

(2008) (p. 4).

Los encuestados están conscientes que carecen de conocimientos técnicos y

requieren de apoyo para poder canalizar las iniciativas dirigidas a las mejoras del

barrio. De modo que, los entes gubernamentales deben apoyar el proceso de

información a las comunidades tal como lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica

del Sistema Económico Comunal (2008): “que explica sobre el Fondo Comunitario

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84

para la Reinversión Social, destinado al desarrollo social comunitario, comunal y

nacional…”.

Ítem 19. ¿La participación en la Constitución, ampara la intervención del ciudadano

en los asuntos públicos?

Cuadro 23

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 19. Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

50% 50%

0%

0%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 10 50

Casi Siempre 10 50

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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85

En cincuenta por ciento (50%) se ubicó la opción siempre y en otro cincuenta por

ciento (50%) casi siempre en cuanto a si la participación como principio

constitucional ampara la intervención del ciudadano en asuntos públicos.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) desde el

preámbulo consagra el carácter participativo a considerarse en las prácticas

gubernamentales, destacando como "fin supremo, refundar la República para

establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y

pluricultural, en un Estado de justicia, federal y descentralizado". Igualmente

prevé como fines esenciales del Estado "la defensa y el desarrollo de la

persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular ..."

(2000: Art. 3).

Ítem 20. ¿La Ley Orgánica del Poder Popular ha servido de impulso a la

participación de los ciudadanos en sus comunidades?

Cuadro 24

Ley Orgánica del Poder Popular.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 4 20

Casi Siempre 13 65

A veces 0 0

Casi Nunca 3 15

Nunca 0 0

Total 20 100

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86

Gráfico 20. Ley Orgánica del Poder

Popular

65%

20%15%

0%0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Al respecto de si la Ley Orgánica del Poder Popular ha servido de impulso a la

participación de los ciudadanos en sus comunidades, sesenta y cinco por ciento

respondió casi siempre, veinte por ciento (20%) respondió siempre y un (15%),

nunca. Esta opinión se infiere, que se da, por desconocimiento de Ley.

Ochoa y Montes de Oca (2004), expresan:

Se establece el marco jurídico necesario para integrar al Poder Popular en

cualquiera de sus formas de organización previstas en la ley, para que asuman

la gestión social en las funciones, atribuciones y competencias de

administración, prestación de servicios y ejecución de obras, mediante la

transferencia desde los distintos entes políticos-territoriales, hacia los

gobiernos, autogobiernos comunitarios y comunales (p. 465).

Es así como también, la Ley Orgánica del Poder Popular prevé en su artículo 8 la

Autogestión, como el conjunto de acciones mediante las cuales las comunidades

organizadas asumen directamente la gestión de proyectos, ejecución de obras y

prestación de servicios para mejorar la calidad de vida en su ámbito geográfico.

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87

Ítem 21 ¿Cree que las leyes venezolanas dan a los ciudadanos la potestad de

intervenir en los asuntos públicos?

Cuadro 25

Potestad para intervenir en asuntos públicos.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 21. Potestad para intervenir en

asuntos públicos.

30%70%

0%

0%0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Desde el año 2000, cuando entra en vigencia la Constitución, el ciudadano común

es considerado como parte fundamental en la formulación del Estado modelo, por

cuanto se considera que su participación es esencial para lograr los objetivos

planteados, además de que la participación del ciudadano en los asuntos públicos,

f %

Siempre 14 70

Casi Siempre 6 30

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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88

implica la mejoría en el cumplimiento de políticas públicas por parte de los

representantes gubernamentales, esto es considerado así por el setenta por ciento

(70%) de los encuestados, mientras que el treinta por ciento (30%) opina que solo a

veces las leyes venezolanas dan la potestad a los ciudadanos de intervenir en los

asuntos públicos.

Ítem 22. ¿Ley Orgánica del Poder Público Municipal le ha dado espacio a la

participación ciudadana por medio de los Consejos Comunales?

Cuadro 26

Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Gráfico 22. Ley Orgánica del Poder

Público Municipal

60%

0%

40%

0%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 0 0

Casi Siempre 12 60

A veces 0 0

Casi Nunca 8 40

Nunca 0 0

Total 20 100

Fuente: Elaboración propia (2012).

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89

En un sesenta por ciento (60%) se tiene que casi siempre, según la opinión de los

encuestados, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal le ha dado espacio a la

participación de los Consejos Comunales, mientras que el otro cuarenta por ciento

(40%) opina que casi nunca, esto se evidenció que fue señalado así puesto que, según

los encuestados, la participación que parte del Consejo Comunal como instancia

directa, no posee mayor relevancia dentro del instrumento legal.

Se asume que el gobierno municipal juega un papel fundamental para promover la

participación activa de las organizaciones de base, en el diseño y ejecución de

políticas públicas que respondan a los requerimientos de sus comunidades, y facilite

el proceso de control social en la búsqueda de una gestión transparente.

Ítem 23. ¿Considera que los ciudadanos realmente ponen en práctica el ejercicio de

la participación ciudadana?

Cuadro 27

Ejercicio de la Participación Ciudadana.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 13 65

Casi Siempre 0 0

A veces 7 35

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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90

Gráfico 23. Ejercicio de la Participación

Ciudadana0%

65%

0%

35%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

El sesenta y cinco por ciento (65%) de los encuestados, considera que actualmente

los ciudadanos siempre ponen en práctica la participación ciudadana estipulada en la

Carta Magna sobre ejercer sus derechos y participar activamente en la intervención de

las políticas públicas diseñadas por el Gobierno Nacional. El cuarenta por ciento

(40%), sin embargo, expresó que los ciudadanos a veces ejercen efectivamente su

derecho a la participación, considerando que en ocasiones no se le toma en cuenta.

Ziccardi (2000), citado por Hulett y otros (2008), plantea que “la participación

ciudadana es un componente de la democracia como forma de organización social y

de gobierno que permite concretar el ejercicio de la soberanía. La participación

ciudadana se ejerce mayormente en espacios micro o ámbito local, es decir, donde se

desenvuelve comúnmente la persona, a saber, el barrio, la aldea, el caserío, la

comunidad”.(p. 2)

Para llevar a cabo la participación ciudadana aparte de ser indispensable contar

con la decisión de participar de cada persona, debido a que la participación es un acto

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libre, se debe contar con implicación de los vecinos de manera organizada para poder

ejercitar las políticas públicas, tal como lo avalan el marco jurídico existente.

Ítem 24 ¿El Consejo Comunal ha sido consecuente con la planificación pública

establecida en la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular?

Cuadro 28

Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular.

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 24. Ley Orgánica de Planificación

Pública y Popular

45% 55%

0%0%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

f %

Siempre 11 55

Casi Siempre 9 45

A veces 0 0

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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92

El cincuenta y cinco por ciento (55%) opina que siempre y el otra cuarenta y cinco

por ciento (45%) casi siempre con respecto a si el Consejo Comunal es consecuente

con la planificación participativa. La Ley Orgánica de Planificación Pública y

Popular, habla de un Sistema de Planificación Pública Popular, que está integrado por

el Consejo Federal de Gobierno, el Consejo Estadal de Coordinación y Planificación

de Políticas Públicas, el Consejo Local de Planificación Pública, Consejo Comunal de

Planificación y los Consejos Comunales. (Art. 10)

Dicho sistema tiene como propósito la planificación y coordinación de las

políticas públicas a través del consenso de los diferentes actores, es decir, de arriba

hacia abajo y de abajo hacia arriba, de tal manera, que el Plan de Desarrollo Nacional

recoja las diversas inquietudes y demandas de los estados y sus municipios para una

solución más efectiva; esto en correspondencia con el Articulo 299 de la CRBV, que

establece que el “régimen socioeconómico del país se fundamenta en los principios

de justicia social, democratización, garantizar una justa distribución de la riqueza

mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta

abierta”.

Ítem 25. ¿Cree que los ciudadanos se vinculan con los asuntos político-sociales que

ejecutan los representantes de gobierno?

Cuadro 29

Vinculación con Asuntos de Representantes de Gobierno.

Fuente: Elaboración propia (2012).

f %

Siempre 14 70

Casi Siempre 0 0

A veces 6 30

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

El setenta por ciento de los encuestados (70%) afirma que los ciudadanos siempre

se vinculan con los asuntos político-sociales que ejecutan los representantes de

gobierno, el otro treinta por ciento (30%), opina que esto sucede a veces.

López (2008) dice al respecto:

El alcance formal de la intervención de los ciudadanos en los asuntos públicos,

se precisa en términos de su corresponsabilidad en el proceso de formulación,

ejecución y evaluación de las políticas públicas por parte de los diferentes

niveles de gobierno, a través de la creación de mecanismos abiertos y flexibles,

que ameritan de la organización y educación de las comunidades, a fin de que

éstas tengan las herramientas políticas y técnicas que les permitan involucrarse

en la construcción de una democracia participativa y protagónica, cuyo eje es

que la soberanía resida intransferiblemente en el pueblo (sufragio). De tal

manera, de sentar las bases para un proceso de descentralización de

competencias y servicios de los gobiernos a las comunidades organizadas, bajo

los principios de equidad y justicia social y, participación ciudadana

(Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2000: Arts.: 3, 5, 184)

(p. 562).

Gráfico 25. Vinculación con Asuntos de

Representantes de Gobierno0%

70%

0%

30%

0% Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

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Ítem 26. ¿El vivir en una comunidad, le genera deberes con la misma, así como lo

establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos?

Cuadro 30

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Fuente: Elaboración propia (2012).

Gráfico 26. Declaración Universal de los

Derechos Humanos

15%

70%

0%

15%

0%

Siempre

Casi Siempre

A veces

Casi Nunca

Nunca

Fuente: Elaboración propia (2012). Cuestionario aplicado a voceros

del Consejo Comunal y líderes de Organizaciones Comunitarias.

Un setenta por ciento (70%) de los encuestados afirma que siempre se tienen

deberes respecto de la comunidad en que se vive, un quince por ciento (15%) dice

que casi siempre y otro quince por ciento (15%) opina que a veces, indicando este

f %

Siempre 14 70

Casi Siempre 3 15

A veces 3 15

Casi Nunca 0 0

Nunca 0 0

Total 20 100

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grupo que no se sienten identificados con la comunidad ni con los problemas de ella

sino en cuanto ele es cercano a su ubicación geográfica.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos reza: “Toda persona tiene

deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y

plenamente su personalidad” (Art. 29 Núm. 1) por ser el medio donde ha crecido y a

él se debe su forma de ser, pensar y actuar.

Todos quienes habiten en el territorio del consejo comunal tienen la titularidad de

alcanzar el desarrollo integral de su comunidad de manera permanente. Desde el

ámbito legal, el objeto global del desarrollo irá de la mano con la Constitución,

porque es en ella, donde se condensan las aspiraciones de los venezolanos. Este es un

objetivo permanente, de por vida. El Desarrollo Integral de la Comunidad está

sustentado por el Preámbulo constitucional, los principios fundamentales y demás

normas de la Constitución vigente y que propendan al logro de un mejor nivel y

calidad de vida de la comunidad.

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CAPITULO IV

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Al enmarcar la participación ciudadana en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela, con su entrada en vigencia, se propiciaron en el país

cambios en lo que a forma de participación se refiere, abriéndose paso a una

democracia participativa y protagónica. Se definieron nuevos mecanismos de

integración de la ciudadanía en los asuntos públicos del Estado e igualmente se

transformó el modo de diseñar las políticas sociales, siendo éstas elaboradas a partir

de los aportes de las comunidades.

Respecto al objetivo sobre la participación ciudadana resultante de las políticas

públicas del Gobierno Bolivariana en el Consejo Comunal, se concluyó que se han

dado avances en la creación de espacios y mecanismos para la participación de los

ciudadanos en los asuntos públicos, siendo el más reciente la creación y entrada en

vigencia de una conjunto de Leyes (Gaceta 6.011 de fecha 21-12-2010) que ratifican

el sentido participativo y democrático de la Constitución, entre éstas: la Ley Orgánica

del Poder Popular, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de

Comunas y la Ley Orgánica del Sistema Económico Municipal. Se eleva a rango

orgánico la Ley Especial de los Consejos Comunales, los cuales son la expresión

organizativa de las asambleas de ciudadanos en el ámbito de una pequeña comunidad.

En consecuencia, mediante su promoción y fortalecimiento se estaría contribuyendo

con la edificación de la democracia.

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97

Además, se comprobó que los Consejos Comunales, formalmente son “ instancias

de participación, articulación e integración entre los ciudadanos y ciudadanas y las

diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que

permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de

las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades,

potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo

modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social” (Art. 2 LOCC).

Estos Consejos han sido promovidos activamente por el gobierno nacional, con la

articulación de instancias nacionales, quienes han coordinado acciones orientadas a la

organización, capacitación y financiamiento, para la efectiva conformación de estas

instancias de participación popular. Desde esta perspectiva, los Consejos Comunales

se crean con la finalidad de que la formulación de las políticas públicas se concrete

desde la base de la sociedad, es decir, que las comunidades organizadas puedan

decidir sobre diferentes opciones cuál es la solución a sus demandas sociales. Esto es

posible en la práctica, dado que estos Consejos reciben asignaciones directas de

recursos por parte del gobierno nacional a través de distintos fondos de

financiamiento. En tal sentido, las comunidades organizadas deben convertirse en

sujetos corresponsales en dar respuestas a la problemática de su realidad, a través de

su intervención directa en la definición, ejecución y control de los recursos públicos.

Por último, los encuestados manifestaron en su mayoría que les estimulan a

participar, desde el gobierno nacional, y también desde el Consejo Comunal por

medio de la elaboración de proyectos comunitarios para el servicio comunitario, para

colaborar en el diagnóstico comunitario participativo, entre otras actividades, sin

embargo no se da la movilización de los ciudadanos del sector. Del mismo modo,

expresaron estar conscientes que en el ejercicio de la participación ciudadana, existen

obstáculos y barreras, desde la comunidad, por su escepticismo y apatía, así como

también en las distintas instancias de poder, constituyendo un elemento importante en

la no consecución de sus objetivos puesto que con la presencia de estas barreras, no

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98

se generan posibilidades efectivas de distribución del poder y de intervención directa

de la población organizada en la formulación de políticas públicas municipales.

Debido a lo anteriormente planteado, se recomienda:

Mantener los espacios de participación ciudadana, a pesar de obstáculos como la

falta de transparencia de algunos gobiernos locales, el desinterés de algunos

representantes de gobierno por vincularse con los ciudadanos y la apatía de miembros

en la comunidad, puesto que es la única alternativa para que las organizaciones de la

sociedad civil logren incidir en la elaboración de políticas públicas que resuelvan sus

problemas.

Una vez logrado este primer objetivo, estos sectores sociales deben ser capaces de

plantear sus propias condiciones, para desarrollar su agenda de necesidades. Tienen

que incidir en los asuntos del municipio, para buscar el desarrollo integral de la

comunidad y del país.

Los habitantes de la comunidad deberán integrarse organizadamente an la

participación de los asuntos atinentes a su espacio geográfico, y, de este modo,

aumentar su nivel de empoderamiento ciudadano, por cuanto al incorporarse cada vez

con mayor fuerza lograrán una visión de bien común y de corresponsabilidad.

También asumirán conciencia ciudadana en términos de conocer cuáles son sus

derechos y cuáles son las vías para hacerlos respetar, puesto que no conocen de lleno

las herramientas legales que se les ofrecen.

El dominio de información, la disposición a participar, la confianza, el alcance de

metas, la eficiencia y la eficacia en los procesos de organización comunitaria favorece

el rescate de la esperanza, disminuye el fatalismo comunitario y amplía la

incorporación de nuevos sujetos colectivos a la acción popular para la mejora de sus

condiciones de vida.

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Impulsar la transparencia de la gestión pública como condición para la

participación ciudadana y la rendición de cuentas, como su principio básico y

favorecer la conducta ciudadana para la exigibilidad de esta práctica democrática.

Para alcanzar una acción participativa exitosa deberán promoverse, en el ámbito

municipal y local, procesos formativos, informativos y de intercambio de saberes

permanentes para los ciudadanos y los servidores públicos, que estos procesos

motiven a la reflexión crítica, al libre pensamiento, a la emancipación, a la autonomía

y al espíritu de cambio y transformación.

Se recomienda a la universidad, desarrollar investigaciones más amplias en el área

de políticas públicas y los Consejos Comunales, ya que se debe tener una vinculación

directa con las comunidades para ver las realidades y así crear nuevos conocimientos,

en búsquedas de soluciones efectivas; esto puede darse también incentivando a los

estudiantes a dar apoyo técnico a través del Servicio Comunitario.

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ANEXOS

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ANEXO A

VALIDACION DEL INSTRUMENTO DE

RECOLECCION DE DATOS

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Estimado Experto (a):

Me dirijo a usted con la finalidad de presentarle el instrumento que es

indispensable para la posterior aceptación de la presente investigación; diseñado para

recolectar información del trabajo de investigación titulado “La Participación

Ciudadana resultante de las políticas públicas del Gobierno Bolivariano. Caso:

Consejo Comunal Barrio Centro, Chivacoa, Estado Yaracuy” y cuyos objetivos

específicos son los siguientes:

1. Contextualizar la participación ciudadana en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

2. Analizar al Consejo Comunal como instrumento de participación ciudadana

en la gestión pública.

3. Identificar las experiencias de organización comunitaria y participación

ciudadana en el Consejo Comunal Barrio Centro del Municipio Bruzual en

Chivacoa, Estado Yaracuy.

4. Examinar las bondades y barreras que presenta la participación ciudadana en

el Consejo Comunal Barrio Centro del Municipio Bruzual en Chivacoa,

Estado Yaracuy.

Espero que usted como experto, plasme por escrito su observación en relación

con la validez del contenido y representatividad de los ítems que conforman dicho

instrumento.

A continuación se presenta los objetivos, el cuadro de operacionalización de las

variables y el instrumento (cuestionario tipo encuesta) con la finalidad de presentarle

mayor información de la investigación.

Agradeciendo su valiosa colaboración y pronta respuesta,

_________________

Br. Carolina Vega

C.I. 16.139.330

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ANEXO B

INSTRUMENTO DE RECOLECCION DE DATOS

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ANEXO B

INSTRUMENTO DE RECOLECCION DE DATOS

Instrumento de Recolección de Datos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

A continuación se presenta un cuestionario para ser respondido por los

Ciudadanos(as) integrantes del sector Barrio Centro, voceros del Consejo Comunal y

líderes de organizaciones comunitarias. El mismo tiene como finalidad analizar la

participación ciudadana resultante de las políticas públicas del gobierno bolivariano

en el Consejo Comunal Barrio Centro de Chivacoa, Estado Yaracuy, que forma parte

de una investigación cuyo resultado es la elaboración de un trabajo de grado.

En este sentido, le solicito su colaboración a objeto de conocer sus impresiones al

respecto, pues usted fue seleccionado(a) para tales efectos, por lo que necesito de su

valioso tiempo y colaboración para que por favor responda de manera objetiva y

sincera el siguiente cuestionario cuyas respuestas son estrictamente confidenciales y

solo serán utilizado para efecto de la investigación, por lo tanto no requiere de su

identificación.

Responda cada aseveración marcando con una equis (X) la alternativa que

exprese su opinión:

ITEM SIEMPRE CASI

SIEMPRE

ALGUNAS

VECES

CASI

NUNCA

NUNCA

1. ¿Cree que se cumplen

con los acuerdos de la

asamblea de

ciudadanos?

2. ¿El Consejo Comunal

rinde cuentas de

manera periódica?

3. ¿Considera que existe

libre debate de ideas

entre Consejo Comunal

y la comunidad?

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4. ¿Cree usted que las

iniciativas de

elaboración de

proyectos, que parten

de la comunidad han

sido tomadas en cuenta

por el Consejo

Comunal?

5. ¿En este Consejo

Comunal se realizan

planes de desarrollo

con la inclusión de

jóvenes y adultos

mayores?

6. ¿Son admitidas las

diferencias dentro del

Consejo Comunal?

7. ¿El Consejo Comunal

consulta a los

miembros de la

comunidad sobre las

necesidades de sus

cuadras?

8. ¿Los proyectos

comunitarios son

supervisados por la

comunidad de modo

que sean ejecutados de

acuerdo a lo

planificado?

9. ¿Se involucran las

organizaciones

comunitarias y demás

habitantes de la

comunidad, en las

acciones del Consejo

Comunal?

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10. ¿Los proyectos puestos

en marcha por el

Consejo Comunal han

beneficiado a la

comunidad en general?

11. ¿Se usted siente

satisfecho con las

decisiones que toma el

Consejo Comunal?

12. ¿Cree que el Consejo

Comunal ha

experimentado que

algunas personas

pretenden tomar

decisiones por encima

de todos los demás?

13. ¿Se presentan

conflictos entre los

miembros que

conforman este

Consejo Comunal, en

la búsqueda de

soluciones a los

problemas de la

comunidad?

14. ¿El Consejo Comunal

actúa como instancia de

acción directa en la

gestión pública?

15. ¿La elección de los

miembros del Consejo

Comunal se realiza

cada 2 años con la

participación abierta de

todos los miembros de

la comunidad,

conforme a la Ley?

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16. ¿La comunidad

promueve la creación

de otras formas de

asociación comunitaria

aparte de los Consejos

Comunales?

17. ¿Considera que cuándo

la comunidad se

organiza y participa,

activa el proceso de

desarrollo comunal?

18. ¿El Consejo

Comunal recibe apoyo

técnico o financiero de

instituciones

especializadas o de

organismos gobierno

para proyectos

socioproductivos?

19. ¿La participación en la

Constitución, ampara la

intervención del

ciudadano en los

asuntos públicos?

20. ¿La Ley Orgánica del

Poder Popular ha

servido de impulso a la

participación de los

ciudadanos en sus

comunidades?

21. ¿Cree que las leyes

venezolanas dan a los

ciudadanos la potestad

de intervenir en los

asuntos públicos?

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22. ¿Ley Orgánica del

Poder Público

Municipal le ha dado

espacio a la

participación ciudadana

por medio de los

Consejos Comunales?

23. ¿Considera que los

ciudadanos realmente

ponen en práctica la el

ejercicio de la

participación

ciudadana?

24. ¿El Consejo Comunal

ha sido consecuente

con la planificación

participativa

establecida en la Ley

Orgánica de

Planificación Pública y

Popular?

25. ¿Cree que los

ciudadanos se vinculan

con los asuntos

político-sociales que

ejecutan los

representantes de

gobierno?

26. ¿El vivir en una

comunidad, le genera

deberes con la misma,

así como lo establece la

Declaración Universal

de los Derechos

Humanos?

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ANEXO C

CONFIABILIDAD DEL CUESTIONARIO

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ANEXO C

CONFIABILIDAD DEL CUESTIONARIO

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ANEXO D

BASE DE DATOS DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS

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ANEXO E

CURRICULO DE EXPERTO

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ANEXO E

CURRICULO DE EXPERTO

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