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Implementación Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia Antecedentes: El 12 de julio de 2006, la Comisión Coordinadora tomó la decisión de coordinar, por medio de su Unidad Técnica Ejecutiva, el esfuerzo para formular el anteproyecto de ley para la protección de la niñez y la adolescencia de nuestro país, con la asistencia técnica y financiera del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Luego de un amplio y reflexivo proceso de elaboración, el 1 de octubre de 2008 el proyecto de ley recibió la iniciativa correspondiente. Agotado el proceso de discusión y estudio legislativo, la ley fue aprobada unánimemente por el Pleno de la Asamblea Legislativa el día 26 de marzo, siendo sancionada por el Presidente de la República el día 15 de abril y, finalmente, apareció publicada en el Diario Oficial No. 68, Tomo No. 383, del día 16 de abril, todas las fechas de 2009; estableciéndose inicialmente una vacación legal de un año, por lo que entraría en vigencia el día 16 de abril de 2010. En esa nueva etapa, la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia aprobó en febrero de 2009 el proyecto denominado “Apoyo a la Implementación de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia”, presentado por UNICEF con el apoyo financiero de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); el cual contempla la ejecución de diligencias de apoyo técnico a favor del Estado salvadoreño.

Implementación ley de protección integral de la niñez y adolescencia

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Implementación Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia

Antecedentes: El 12 de julio de 2006, la Comisión Coordinadora tomó la decisión de coordinar, por medio de su Unidad Técnica Ejecutiva, el esfuerzo para formular el anteproyecto de ley para la protección de la niñez y la adolescencia de nuestro país, con la asistencia técnica y financiera del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

Luego de un amplio y reflexivo proceso de elaboración, el 1 de octubre de 2008 el proyecto de ley recibió la iniciativa correspondiente. Agotado el proceso de discusión y estudio legislativo, la ley fue aprobada unánimemente por el Pleno de la Asamblea Legislativa el día 26 de marzo, siendo sancionada por el Presidente de la República el día 15 de abril y, finalmente, apareció publicada en el Diario Oficial No. 68, Tomo No. 383, del día 16 de abril, todas las fechas de 2009; estableciéndose inicialmente una vacación legal de un año, por lo que entraría en vigencia el día 16 de abril de 2010.

En esa nueva etapa, la Comisión Coordinadora del Sector de Justicia aprobó en febrero de 2009 el proyecto denominado “Apoyo a la Implementación de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia”, presentado por UNICEF con el apoyo financiero de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID); el cual contempla la ejecución de diligencias de apoyo técnico a favor del Estado salvadoreño.

En el proyecto se previó que la UTE gestionara los componentes relacionados con la “Capacitación y Formación de funcionarios y empleados del Sistema de Protección Integral” y la “Divulgación de la LEPINA”. Con el primero de los componentes se fortalecían las capacidades del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), a través de su Escuela de Capacitación Judicial (ECJ), para la formación de funcionarios judiciales y de otras instancias del Sistema de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Mientras que el segundo de los componentes permitiría la sensibilización y promoción de la ley entre la población en general.

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Por otra parte, por Decreto Legislativo No. 320, del 15 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 69, Tomo No. 387 del 16 de esos mismos mes y año, se modificó el plazo para la vigencia del Libro II, Títulos I, II, III, V, VI, VII, y los artículos del 248 al 257, 258 literal d) y 259 del Libro III, Título VII de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, que regulan el Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia; los cuales entrarían en vigencia, en principio, el día 1 de enero de 2011.

Mediante ese decreto se crearon además dos instancias: la Comisión para la Revisión de los Procedimientos Administrativos de Protección seguidos a favor de las niñas, los niños y los adolescentes que serán remitidos a los Juzgados Especializados de Niñez y Adolescencia, y la Comisión para la Implementación del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia; ambas bajo la coordinación del ISNA.

Finalmente, mediante Decreto Legislativo No. 581, de fecha 6 de enero de 2011, se otorgaron transitoriamente al ISNA las atribuciones reconocidas a las Juntas de Protección de la Niñez y de la Adolescencia, con efecto hasta el día 1 de enero de 2012.